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PRESUPUESTO PÚBLICO 2023: INSTITUCIONALIDAD FISCAL EN RIESGO

Por ComexPerú / Publicado en Diciembre 02, 2022 / Semanario 1146 - Actualidad

La actual crisis política entre el Ejecutivo y el Legislativo puso en segundo plano lo que debía ser prioridad estos días: el debate de la Ley de Presupuesto del Sector Público 2023. La buena noticia es que, el pasado miércoles 30 de noviembre, el Congreso de la República aprobó dicha ley; sin embargo, no podemos pasar por alto que se haya puesto en riesgo nuestra institucionalidad fiscal. 

A modo de contexto, el presupuesto público es el principal instrumento de gestión del Estado para garantizar un mayor bienestar y mejorar la calidad de vida de los peruanos, a través de la asignación eficiente y eficaz de los recursos públicos. Para lograrlo, todos los años se lleva a cabo un proceso presupuestal en el cual participan el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), los tres niveles de Gobierno, la Presidencia de Consejo de Ministros y el Congreso de la República. Este proceso permite definir la manera como se van a ejecutar esos recursos y de dónde provienen, teniendo en cuenta los límites de gasto y endeudamiento del Estado.

Entre enero y agosto, el MEF define la disponibilidad de recursos y su distribución hacia las demás entidades públicas, lo cual se materializa en un Proyecto de Ley que se sustenta en la Comisión de Presupuesto del Congreso. Este último tiene hasta el 30 de noviembre de cada año para debatirlo y aprobarlo. 

Para 2023, el presupuesto inicial de apertura (PIA) asciende a S/ 214,790 millones, un 9% más que lo aprobado para 2022, el mayor incremento en los últimos cinco años y el presupuesto más alto de la historia. Cabe destacar el fuerte componente descentralizador anunciado por el Ejecutivo, pues al analizar según nivel de Gobierno se observa que, mientras que el presupuesto del Gobierno nacional se incrementó un 1.5%, el de los Gobiernos regionales y locales lo hizo un 21% y un 38%, respectivamente.


Según las fuentes de financiamiento, observamos que el incremento del presupuesto se respalda en un aumento del 19% de los recursos ordinarios, respecto de los ingresos de 2022, los cuales explican el 65.9% del total. A este le siguen los recursos determinados, que se incrementan en un 41% para 2023 y explican el 18%. Cabe destacar que estos aumentos se dan gracias a los mayores precios de commodities y el impulso de la actividad económica.


En cuanto a las prioridades de gasto, estas se centraron en educación, salud, transportes y comunicaciones, mejora de la calidad de los servicios de justicia, alivio a la pobreza, seguridad ciudadana, vivienda, fortalecimiento de la competitividad agrícola y el empleo. Así, por ejemplo, algunas de las intervenciones comprenden el financiamiento de S/ 2,000 millones para el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, que impulsaría el cierre de brechas de infraestructura educativa, mientras que otros S/ 1,400 millones van para las mejoras salariales a los profesores en el marco de la revalorización docente, S/ 515 millones para la continuidad en la implementación de la Ley del Cáncer, S/ 297.2 millones para la construcción de viviendas ante las heladas y friajes, entre otros.

ESTUVO EN JUEGO LA RESERVA DE CONTINGENCIA

En la etapa de aprobación de la Ley de Presupuesto, el Ejecutivo y el Congreso entran en una negociación para definir el destino de los recursos, el cual debe respetar los principios de equilibrio y programación multianual, así como las reglas macro fiscales y las de estabilidad presupuestaria. Sin embargo, el Congreso había aprobado el dictamen del proyecto de Ley incorporando gastos extras que ascendían a S/ 1,164 millones y que serían financiados con la Reserva de Contingencia. Aquí dos temas que no se deben pasar por alto, de cara a los siguientes años, si buscamos salvaguardar la tan reconocida estabilidad macroeconómica de nuestro país.

En primer lugar, pretender utilizar los recursos de la Reserva de Contingencia demuestra una irresponsabilidad y un grave daño a las cuentas fiscales. Debemos recordar que esta es un fondo de emergencia que permite financiar gastos no previstos por su naturaleza o coyuntura[1], tales como inundaciones, incendios, terremotos o —a modo de ejemplo más reciente— la compra de vacunas contra la COVID-19. Además, la reserva es de uso exclusivo del MEF, en su calidad de ente rector del presupuesto público, por lo que un gasto adicional amenaza nuestro equilibrio fiscal.

En segundo lugar, un tema bastante debatido es el de la no iniciativa de gasto público por parte del Congreso. De acuerdo con la Constitución Política del Perú, los congresistas no tienen iniciativa para crear ni aumentar el gasto público, debido a que se pondría en riesgo la estabilidad fiscal y se suplantarían, además, las funciones del MEF. No obstante, por si fuera poco, la última interpretación del Tribunal Constitucional dio cabida a estas acciones del Congreso, al sentenciar que la Ley 31125, que eleva el gasto público, no es inconstitucional. Ello, según diversos economistas, representaría la mayor amenaza a la estabilidad macroeconómica de las últimas décadas.

Ahora bien, cabe recordar que el presupuesto es solo un habilitador del gasto, es decir, su uso depende de la capacidad de ejecución de las entidades públicas. He aquí el problema para el Ejecutivo, pues a lo largo del año hemos sido testigos del grave deterioro de la administración pública, producto de las malas asignaciones en cargos clave de diversos sectores, a lo cual se suma la débil gestión pública subnacional. Todo ello impide capitalizar el dinero que llega al Estado en más y mejores servicios públicos para los peruanos.

Como se observa, es preocupante el precedente que ha dejado el Congreso en el proceso de aprobación presupuestal al actuar en contra de la opinión del MEF. Enhorabuena, se llegó a un consenso dentro del plazo establecido, pero queda claro que las discrepancias entre los poderes no hacen más que resquebrajar las instituciones y restar esfuerzos que deberían estar centrados en atender las demandas de la población, en lugar de generar mayores retrasos.


[1] De acuerdo con el Artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440.

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