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Carlos Caro señala que Antauro Humala no podría postular a la Presidencia por no cumplir con pago de reparación civil

El líder etnocacerista fue liberado el pasado sábado 20 de agosto.
El líder etnocacerista fue liberado el pasado sábado 20 de agosto. | Fuente: AFP or licensors

El abogado Carlos Caro señaló que para que Antauro Humala sea rehabilitado debe cumplir con el pago de la reparación civil establecido en su condena. Asimismo, consideró que la excarcelación del líder etnocacerista es ilegal, pues no se respetó el principio de legalidad.

El abogado penalista Carlo Caro señaló este martes que el líder etnocacerista, Antauro Humala, está actualmente impedido de postular a cargos público, incluida la Presidencia de la República, pese a haber sido excarcelado debido a que no ha cumplido con pagar la reparación civil que era parte de su condena.

En declaraciones a RPP Noticias, el letrado manifestó que, si bien Antauro Humala dejó prisión, eso no significa que se haya rehabilitado de la pena que le impusieron. Precisó que su condena incluye el pago de una reparación para las víctimas del ‘Andahuaylazo’, cuyo monto fue fijado en S/ 1 283 000 por la Corte Suprema y que hasta el momento no se ha cancelado.

“Hoy en día el señor Humala no podría postular porque sobre él pesa una condena y al no haber pagado la reparación, todavía no ha sido rehabilitado. Cuando una persona ha salido de la cárcel, todavía no ha pagado todo, tiene que pagar, además, la reparación”, manifestó el penalista.

Sin embargo, el abogado indicó que un benefactor que quiera tener a Antauro Humala como parte de un proyecto político podría pagar la reparación civil, lo cual permitiría que el líder etnocacerista tramite su rehabilitación y de esa forma postule a la Presidencia de la República o cualquier otro cargo público.

“Si el día de mañana un benefactor, un político que quiera tenerlo de cerca, va y le dice: oye mira o te la pago, yo pago la reparación por ti. Él puede tramitar su rehabilitación y quedar expedito para postular a la Presidencia de la República o cualquier cargo público, porque la ley electoral, no impide a los condenados por secuestro, homicidio, arrebato de armas o rebelión postular. Sí se lo impide, por ejemplo, a los casos de terrorismo o corrupción, pero la legislación no ha previsto, no ha pensado en un caso como este”, sostuvo.

Carlos Caro también consideró que la excarcelación de Antauro Humala es ilegal, pues no se respetó el principio de legalidad, al ser una decisión emitida siguiendo un reglamento interno sin dejarlo a criterio de un juez. Añadió que el Código Procesal establece un procedimiento judicial para la excarcelación, que en este caso no se ha respetado.

“La excarcelación es ilegal, porque hay un principio en el derecho penal, que es el principio de legalidad. La libertad solamente la decida una autoridad judicial, no lo decide la Policía, menos el director de un Penal. Entonces es absolutamente inasible el hecho de que una autoridad administrativa pueda concordar la pena por trabajo o educación”, indicó.

Liberación de Antauro Humala

Antauro Humala recuperó su libertad el último sábado tras 17 años, 7 meses y 14 días de prisión por el caso 'Andahuaylazo'. Fue sentenciado en 2005 por los delitos de homicidio simple, secuestro, daños agravados, sustracción o arrebato de arma de fuego y rebelión.

En vísperas, el INPE informó que el Consejo Técnico Penitenciario del penal Ancón II otorgó la libertad a Antauro Humala "por cumplimiento de la condena por redención de la pena por trabajo y educación".

Según la resolución directoral N° 104-2022-INPE/ORL-EPM-ANCON II, Antauro Humala trabajó y estudió durante su permanencia en la cárcel 3 667 días, lo cual le ha permitido redimir su pena en 1 año y siete meses.

El INPE aclaró también que el 8 de julio de 2022 el líder etnocacerista solicitó su libertad por redención de la pena por trabajo y educación ante la dirección del establecimiento penitenciario al amparo de lo establecido en el Código de Ejecución Penal y su Reglamento.

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