La Justicia Militar en la Historia del Perú III

Page 1



LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ TERCERA PARTE: DESDE 1926 HASTA 1950



PUBLICACIONES ESPECIALES DEL FUERO MILITAR POLICIAL

LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ TERCERA PARTE: DESDE 1926 HASTA 1950

Alejandro Roosevelt Bravo Maxdeo

FUERO MILITAR POLICIAL 2019


La Justicia Militar en la Historia del Perú Tercera parte: Desde 1926 hasta 1950 de Alejandro Roosevelt Bravo Maxdeo FUERO MILITAR POLICIAL DEL PERÚ Contralmirante CJ (R) Julio Enrique Pacheco Gaige Presidente del Fuero Militar Policial Contralmirante CJ Carlos Schiaffino Cherre Director del Centro de Altos Estudios de Justicia Militar Contralmirante (R) César Prada Ugaz Director Ejecutivo del Fuero Militar Policial Editor: Alejandro Roosevelt Bravo Maxdeo Corrección de estilo: General PNP (R) Jorge López Zapata Diseño y diagramación: Socorro Gamboa García Diseño de Portada: Nicol Huamanchumo Farfán Secretaria: Yasmina Santos Agapito

LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ TERCERA PARTE: DESDE 1926 HASTA 1950 Alejandro Roosevelt Bravo Maxdeo Publicación: febrero de 2019 Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N° 2017-11444 Editado por: FUERO MILITAR POLICIAL Av. República de Chile 321, Santa Beatriz, Lima Cercado Telf.: (511) 6144747 Impreso en Bio Partners SAC, Av. Petit Thouars 4610, Miraflores - Lima RUC 20524448379; RNP: 80376421 Tiraje: 1000 ejemplares IMPRESO EN EL PERÚ / PRINTED IN PERU

La escena que se muestra en la carátula del libro corresponde a una existente en el frontis del Comando de Educación y Doctrina del Ejército (COEDE), en Chorrillos-Lima. Es parte de la obra del genial artista Víctor Delfín, realizada en 1973, sobre metal sólido y en alto relieve. La escena corresponde a combatientes peruanos en la guerra de 1941 con Ecuador.


Para Carmen Luz, mi compañera de viaje por la senda del amor.



ÍNDICE PRESENTACIÓN INTRODUCCIÓN

15 19

CAPÍTULO I El Consejo de Oficiales Generales entre 1926 y 1930 I.1. I.2. I.3. I.4. I.5. I.6. I.7. I.8. I.9. I.10. I.11. I.12.

Labor del Consejo de Oficiales Generales en 1926 Memoria presentada por el general de brigada Gabriel Velarde Álvarez, presidente del Consejo de Oficiales Generales, en la ceremonia de apertura del año judicial de 1926 Labor del Consejo de Oficiales Generales en 1927 Memoria del general de brigada Gabriel Velarde Álvarez, presidente del Consejo de Oficiales Generales, presentada en la ceremonia de apertura del año judicial de 1927 Labor del Consejo de Oficiales Generales en 1928 Memoria presentada por el general de brigada Gabriel Velarde Álvarez, presidente del Consejo de Oficiales Generales, en la ceremonia de apertura del año judicial de 1928 Labor del Consejo de Oficiales Generales en 1929 Biografía del general de brigada Gabriel Velarde Álvarez Biografía del general de brigada Manuel Pío Alcalá Torres Labor del Consejo de Oficiales Generales en 1930 Biografía del coronel César Gonzales Navarrete Memoria presentada por el contralmirante José Ernesto de Mora Romero, presidente del Consejo de Oficiales Generales, en la ceremonia de apertura del año judicial de 1930

25

29 37

41 50

56 62 71 74 77 91

93


CAPÍTULO II La jurisdicción militar entre 1931 y 1933 II.1. II.2. II.3. II.4.

El golpe de estado de Luis Miguel Sánchez Cerro y sus consecuencias en la jurisdicción de guerra Los Decretos - Leyes dictados por la Junta de Gobierno presidida por Luís Miguel Sánchez Cerro y su relación con la jurisdicción de guerra Renuncia de la Junta de Gobierno presidida por Luís Miguel Sánchez Cerro y presencia de David Samanez Ocampo y Sobrino en el poder El segundo gobierno de Luís Miguel Sánchez Cerro y los sucesos ocurridos en el Perú hasta su asesinato

111

114 118 124

CAPÍTULO III Las cortes marciales de los años 1932 y 1933 III.1. III.2. III.3. III.4. III.5. III.6. III.7.

Sumario seguido a los amotinados de los cruceros “Grau”, “Bolognesi” y el B.A.P. “Rodríguez”, entre el 8 y el 11 de mayo de 1932 La revolución de Trujillo de 1932, en la versión de algunos autores Corte marcial seguida en julio de 1932 por el ataque al cuartel O’ Dónovan, el ataque a las instalaciones de la Guardia Civil y la Guardia de Seguridad, el asesinato de jefes, oficiales y subalternos en la cárcel de Trujillo y otros hechos conexos La revolución de Huaraz del 13 de julio de 1932 La corte marcial que se instauró en 1932 para juzgar a los líderes de la rebelión de Huaraz Causa seguida por la pérdida de armamento, munición, vestuario y extracción de dinero durante el movimiento subversivo estallado el 13 de julio de 1932, en Huaraz El levantamiento de Gustavo Jiménez en Cajamarca y la corte marcial que se instauró para juzgar a los responsables

133 164

170 276 278

301 306


CAPÍTULO IV La coyuntura peruana en 1933 - 1940 y la jurisdicción militar IV.1. IV.2. IV.3. IV.4. IV.5. IV.6. IV.7.

El conflicto peruano colombiano de 1932–1933, sus causas y el desenlace final Juicio extraordinario en campaña seguido al teniente Gonzalo Díaz Rojas y otros, por los delitos de negligencia y contra el honor y decoro militar, en el contexto del conflicto peruano - colombiano de 1932 – 1933 Juicio extraordinario en campaña seguido al espía colombiano José María Hernández, en el contexto del conflicto peruano colombiano de 1932 – 1933 La jurisdicción de guerra en la Constitución de 1933 Sesiones del Consejo de Oficiales Generales en 1934 y 1935 IV.5.1. Sesiones del Consejo de Oficiales Generales en 1934 IV.5.2. Sesiones del Consejo de Oficiales Generales en 1935 Causa seguida a Francisco Vargas Miranda y otros, por los ataques a los Cuarteles de la Policía en Cajamarca Causa seguida a Luís Tasayco y otros por el delito de Ataque a Fuerza Armada

313

321

322 332 333 334 344 348 358

CAPÍTULO V La Justicia Militar en tiempos de Benavides y el Código de Justicia Militar de 1939 V.1. V.2. V.3. V.4. V.5. V.6. V.7.

El general Benavides y su designación como presidente de la República Leyes emitidas sobre la jurisdicción militar entre 1935 y 1940 El Código de Justicia Militar de 1939 La organización de la Justicia Militar en el código de 1939 Alcances de la parte general del Código de Justicia Militar de 1939 Alcances de la parte especial del Código de Justicia Militar de 1939 El proceso penal militar en el Código de Justicia Militar de 1939

367 368 369 369 373 374 374


CAPÍTULO VI Normas sobre Justicia Militar y otros eventos notorios entre 1940 y 1950 VI.1. VI.2. VI.3. VI.4. VI.5. VI.6.

El primer gobierno de Manuel Prado Ugarteche y los cambios legislativos en la jurisdicción militar El conflicto armado Perú – Ecuador de 1941. VI.2.1. Antecedentes del conflicto VI.2.2. El desarrollo militar del conflicto Causa seguida al ecuatoriano Duberlí Orozco Gómez por Espionaje y otros El gobierno de José Luis Bustamante y Rivero y la jurisdicción militar Causa seguida por los delitos de rebelión, insulto al superior y otros, contra los responsables del movimiento “revolucionario” del 3 de octubre de 1948 El gobierno del general Manuel Arturo Odría Amoretti

379 381 383 399 402

403 428

CAPÍTULO VII Presidentes del Consejo de Oficiales Generales entre 1931 y 1950 VII.1. VII.2. VII.3. VII.4. VII.5. VII.6. VII.7.

Biografía del general de brigada Manuel María Ponce Brousset Biografía del general de división César Augusto De la Fuente Álvarez Biografía del general de brigada Leopoldo Arias Cáceda Biografía del general de brigada Antonio Beingolea Balarezo Biografía del general de brigada Germán Guillermo Yáñez León Biografía del general CAP (Mayor general FAP) Juan Enrique O`Connor Guevara Biografía del general de brigada Enrique V. Pérez Alvarado

Palabras de cierre de este tomo Fuentes y bibliografía

439 441 447 448 451 455 458 463 465




PRESENTACIÓN En el mes de mayo de 2018, cuando presidía el Fuero Militar Policial el general de brigada Juan Pablo Ramos Espinoza, se presentó el segundo tomo de esta obra titulada: “La Justicia Militar en la Historia del Perú”, que abarcó el período 1895–1925. Por elección de mis pares, hoy presido esta importante institución, circunstancia que me obliga a desplegar todo el esfuerzo y la dedicación posibles, entre otros aspectos, en la actualización académica del personal que presta servicios en esta jurisdicción militar policial y en el rescate de su fecunda historia. Esta labor, tan de mi agrado, fue ya adelantada por mí cuando ejercí el cargo de director del Centro de Altos Estudios de Justicia Militar y, hoy, que tengo el honor de presidir este Fuero, con más razón, seguiré impulsando esas actividades trascendentales, en busca siempre de la excelencia laboral de nuestros magistrados, los auxiliares de justicia y los demás miembros que sirven en el Fuero Militar Policial. Se ha constituido una comisión especial para realizar diversas actividades con motivo de nuestro “Bicentenario Nacional”, entre ellas, la publicación de libros que tengan que ver con el quehacer de la jurisdicción militar policial. En ese contexto, presentamos hoy el tercer tomo de “La Justicia Militar en la Historia del Perú”, escrita por Roosevelt Bravo Maxdeo, con el deseo de cubrir una etapa más de la historia de la Justicia Militar (1926–1950), tiempo en el que ocurrieron graves sucesos en nuestro país. Debo resaltar la originalidad de la obra y el esfuerzo del autor, tan comprometido con esta Institución. Las fuentes que ha explorado hace que se traten aspectos de nuestra historia poco estudiados o simplemente ignorados, en parte, por la poca accesibilidad a las fuentes primarias, que al autor le ha sido posible, o por tratarse de temas sensibles. La exposición sistemática de los procesos penales militares y el juzgamiento por cortes marciales de numerosas personas, tras FMP 15


levantamientos armados, particularmente en 1932 y 1933, son tratados por el autor con minuciosidad, que estamos seguros servirán como fuente de consulta a otros autores. Los cambios legislativos que sufrió la jurisdicción de guerra en ese “espacio tiempo histórico” (1926-1950), es otro aporte valorable de la obra, como lo es el esfuerzo desplegado para escribir las biografías de importantes personajes relacionados con la Justicia Militar, no obstante haber tenido una presencia evidente en su tiempo, incluso en el quehacer político de la Nación, no son recordados en los textos de historia. Usted amigo lector tendrá una mejor opinión del contenido de este libro al término de su lectura. Mientras tanto, nosotros haremos el esfuerzo para que un nuevo tomo de “La Justicia Militar en la Historia del Perú” llegue a sus manos muy pronto. Contralmirante CJ (R) Julio Enrique Pacheco Gaige Presidente del Fuero Militar Policial

16 FMP


Contralmirante CJ (R)

JULIO ENRIQUE PACHECO GAIGE Presidente del Fuero Militar Policial



INTRODUCCIÓN Esta tercera parte de “La Justicia Militar en la Historia del Perú” comprende el período de 1926 a 1950, tiempo en el que el Perú vivió momentos especialmente problemáticos, de crisis económica, política, social y enfrentó dos conflictos armados internacionales, temas que se tocarán, en mucho, desde fuentes inéditas. En la segunda parte de la obra (1895–1925) habíamos tratado sobre las circunstancias en las que se formuló el primer Código de Justicia Militar, de forma que el 20 de diciembre de 1898 resultaba ser la partida republicana de la organización, competencia y demás que hacer de la Justicia Militar. Hasta esa fecha, se seguían aplicando, ampliamente, las Ordenanzas Militares Españolas de Carlos III. Hicimos en ella un recuento de las memorias de los presidentes de la jurisdicción de guerra, los héroes del Combate Naval del 2 de mayo de 1866 y de la Guerra del Pacífico que habían servido en el Consejo Supremo de Guerra y Marina y, en su momento, en el Consejo de Oficiales Generales, haciendo, también, referencia a los casos emblemáticos que se habían visto en la jurisdicción de guerra, entre otras cosas. En este tomo de la obra hemos continuado anotando datos sobre el trabajo del Consejo de Oficiales Generales, en cuanto nos ha sido posible encontrar las actas sobre su labor. Incluimos resúmenes, con información trascedente, de las memorias de sus presidentes, porque en ellas se encuentran resumidas las vicisitudes, carencias y logros del Fuero. Los cambios legislativos que se produjeron en esa etapa están también detallados en el libro, en referencia a los varios gobiernos que en este tiempo se sucedieron en el Perú.

FMP 19


Los entretelones de los conflictos armados internacionales que el Perú afrontó con Colombia (1932–1933) y con Ecuador (1941) han sido tratados, con referencia a la Justicia Militar, particularmente, sobre procesos que “en tiempo de guerra” se vieron en la jurisdicción castrense. Si bien las cortes marciales no eran, y hoy tampoco lo son parte de un procedimiento penal militar, tomaban, sin embargo, para su labor, los tipos penales (Vg. Traición a la Patria, Rebelión, Sedición, Insulto al Superior y Abuso de Autoridad) y algunos alcances del procedimiento para tiempo de guerra del Código de Justicia Militar. Esa circunstancia, las graves consecuencias que ellas acarreaban para las personas, la paz social de la Nación y el no haber sido tratado estos hechos con profundidad por los historiadores, nos ha impulsado a estudiarlo aquí, teniendo a la mano los expedientes originales; así, están referidas las cortes marciales instauradas a los marineros que en Callao se levantaron en 1932; a los revolucionarios de Trujillo y Huaraz en el mismo año; el levantamiento de Cajamarca de 1933 y el del Callao en 1948, entre otros. Reitero mi agradecimiento a las autoridades del Fuero Militar Policial por propiciar la publicación de esta historia. A las personas que, en el Centro de Altos Estudios de Justicia Militar, Centro de Estudios Histórico Militares del Perú, Archivo Central de la Marina de Guerra del Perú, Archivo Central del Ejército del Perú, la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo de 1866 y Defensores Calificados de la Patria y Archivo Central del Fuero Militar Policial me han ayudado, igualmente, mil gracias por su apoyo. Roosevelt Bravo Maxdeo Lima, enero de 2019

20 FMP


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO Es autor de los libros: Personajes de la Justicia Militar; Temas de Justicia Militar; Libro homenaje a José Gálvez Egúsquiza en el sesquicentenario de su muerte heroica; La Justicia Militar en la Historia del Perú, Tomo II. Es editor de la revista “EL Jurista del Fuero Militar”.



CAPÍTULO I El Consejo de Oficiales Generales entre 1926 y 1930



I.1. Labor del Consejo de Oficiales Generales en 1926 En la sesión del 3 de febrero de 1926, se dio cuenta de una comunicación “Del Consejo distrital de Miraflores invitando al Tribunal a la colocación de la primera piedra del monumento que se levantará en Miraflores para perpetuar la actuación del señor don Augusto B. Leguía, presidente de la República, en la batalla de Miraflores en mil ochocientos ochenta y uno”.1 2 El 26 de febrero se informó de una resolución suprema disponiendo “que las jefaturas de las zonas militares de la primera, tercera, cuarta y la región de montaña serán desempeñados por un oficial superior de la clase de Coronel, con independencia de las Comandancias Generales de Región”.3 En la misma sesión se dio cuenta de la resolución suprema “por la

que se pone a disposición del Ministerio de Relaciones Exteriores al señor Vocal del Tribunal Capitán de Navío Don Pedro A. Buenaño para el desempeño del cargo de delegado ante las Comisiones de Registro y Sufragio en las provincias de Tacna y Arica, revistando en el lugar de su origen”. El 10 de marzo, los integrantes del Consejo de Oficiales Generales, tuvieron conocimiento de las resoluciones supremas con las que se nombraban como jefes de zona de la primera, tercera y cuarta regiones y la suscripción de montaña “a los señores coroneles Don Felipe J. Varela, Don Enrique L. Torres, Don César R. Mendiburu y Teniente Coronel Don Juan Carlos Gómez, respectivamente”. Posteriormente, el Ministro de Guerra comunicó que el teniente coronel Gómez había sido nombrado “adscrito a la Comisión Jurídica para la elección del plebiscito” de Tacna.

1

Comienza el tomo 12 del “Libro de Sesiones Ordinarias del Consejo de Oficiales Generales”.

2

Este es un ejemplo, de varios otros, cómo el entorno de Leguía lo adulaba.

3

En el tomo II de esta obra hemos visto que en 1899 se dispuso que las jefaturas de zona militar fueran asumidas por los prefectos de departamento. Esa medida que fue temporal, se mantuvo hasta 1911, cuando se dispuso que los comandantes generales de las regiones militares asumieran también las funciones de los jefes de zona, decisión que también fue cuestionada por afectar la independencia de la jurisdicción de guerra. En 1926, veintisiete años después de la vigencia del código de 1898, las funciones de jefe de zona fueron liberadas de la intromisión política primero y del mando militar después, dándole al jefe de zona independencia en la administración de justicia militar.

FMP 25


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

En la sesión del 22 de marzo se dio cuenta de un oficio del “Señor Doctor Don Ricardo Leoncio Elías, ex fiscal titular de este Consejo, por el que comunica que habiendo sido elegido por el Congreso Vocal titular de la Corte Suprema e incorporándose a ella, ha quedado vacante la fiscalía de este Tribunal, que ejercía también en propiedad, manifestando además su sentimiento por la obligada separación del Consejo de Oficiales Generales, (de) cuyos dignos y distinguidos miembros siempre conservará los más gratos recuerdos”. El Consejo dispuso se acuse recibo de dicho oficio y acordó se oficie al ministro de Guerra comunicándole la vacancia de la fiscalía para la provisión del puesto.

general de brigada Gabriel Velarde Álvarez, presidente del Consejo. En la sesión del 26 de abril se sometió a votación, por tercera vez, el pedido del contralmirante Ernesto de Mora, “para el enjuiciamiento del comandante y oficial de guardia del Crucero ‘Almirante Grau’ por el delito de negligencia y otros, que pudieran haber dado lugar a la encalladura de dicho buque en el bajo denominado el Camotal”. El pedido del contralmirante Mora fue desechado por la mayoría de vocales, por cuanto, la zona de la segunda región ya había ordenado diligencias previas al respecto.

El 26 de marzo se recibieron las transcripciones de las resoluciones supremas por las que se nombraba “auditor de guerra de la Zona de la Tercera Región al Doctor Don Juan A. Bustamante de la Fuente en lugar del Doctor Don Pío Artadi” y del nombramiento de este último como auditor de guerra de la zona de la cuarta región “en lugar del Doctor Don Luís Felipe Aguilar que cesa en el empleo.”

El 3 de mayo, el jefe de zona de la segunda región comunicó que había mandado abrir diligencias previas por la encalladura del crucero “Almirante Grau”, a cargo del Juez de Marina, “por comunicación del Jefe de Estado Mayor de la Armada” y el día 19 del mismo mes dijo que había ordenado el “enjuiciamiento del Capitán de Fragata Federico C. Taboada y Otros, con motivo de la varadura del crucero “Almirante Grau”.

El 12 de abril de 1926, se puso en conocimiento del Consejo la resolución suprema por la que “se nombra Fiscal del Consejo de Oficiales Generales al Doctor Don Juan Gallagher y Canaval, en reemplazo del Doctor Don Ricardo Leoncio Elías, que se ha incorporado a la Corte Suprema de Justicia como vocal en propiedad.” El doctor Gallagher prestó juramento en la misma sesión ante el

En la sesión del 28 de abril se puso en conocimiento de los miembros del Consejo la resolución suprema “por la que se resuelve que los miembros de la Justicia Militar, tendrán la asimilación que les acuerda el Código de Justicia Militar para los efectos de honores y preeminencias, sin derecho a percibir otro haber que el señalado en el presupuesto del ramo”.

26 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

El 28 de mayo se recibió del ministro de Guerra una transcripción del “decreto supremo por el que se nombra una comisión encargada de la preparación de un proyecto de Código de Justicia Militar y Naval coordinados y la ley orgánica respectiva.” 4 El 11 de junio el contralmirante José Ernesto de Mora, que presidía la sesión, manifestó que se había concedido fondos “al Oficial Auxiliar y Archivero Don Raúl Fernández García, para la impresión del segundo tomo de (su libro) “El Complemento del Código de Justicia Militar”, por la suma de ochenta libras, a cuenta de la cual ha recibido cincuenta (libras) hace año y medio… y hasta la fecha no se conoce ese trabajo, por no haberlo presentado todavía el referido oficial auxiliar, (lo que) cumple con hacer presente al Tribunal para que resuelva lo conveniente…” En la sesión del 16 de junio se informó “de un oficio del señor diputado nacional Doctor Plácido Jiménez, presidente de la comisión reformadora de Justicia Militar, comunicando que el diez del presente se instaló en el salón de la biblioteca de la Cámara de diputados, en donde funcionará, la comisión encargada de dicha reforma y pidiendo

a la vez el envío de los proyectos que hubiese formulado sobre reformas del Código, así como los acuerdos y disposiciones que el Tribunal estime necesarios para la confección del proyecto.” 5 El 16 de junio integraban el Consejo el contralmirante J. Ernesto de Mora, general de brigada Manuel Pío Alcalá, coroneles Carlos Augusto Pásara, César Gonzales y Arturo Cornejo, capitán de navío Federico Sotomayor Vigil, dejando de asistir el coronel Manuel G. de la Cotera y el doctor Juan Gallagher y Canaval, fiscal general, con aviso; así como, el general de brigada Gabriel Velarde Álvarez, presidente del Consejo de Oficiales Generales, por estar con licencia. El 5 de julio el contralmirante J. Ernesto de Mora, que presidía la sesión, expresó que era de urgencia ocuparse de la inclusión en el presupuesto general de la República, del próximo año, de un monto para la publicación de los anales de la justicia militar: “quince libras para los gastos de impresión y publicación de dichos anales; diez libras para el relator secretario del Consejo por su colaboración en los referidos anales y cinco libras para el oficial archivero con el mismo objeto.” 6

4

Este fue otro intento de reforma que no prosperó. Lo llamativo del proyecto era, reunir en un solo código las conductas delictivos militares y navales, lo que hoy es común. La ley orgánica, separada del código, recién se hizo realidad en 1963.

5

Libro de Sesiones Ordinarias del Consejo de Oficiales Generales, tomo 12, pág. 139.

6

Ibidem, pág. 161.

FMP 27


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

El 14 de julio se tuvo conocimiento de tres oficios del ministro de Marina comunicando los nombramientos de “Jefe de la Zona Naval a favor del Capitán de Navío Don Julio Carbajal…, (de) Auditor letrado de la Zona Naval, a favor del Auditor de marina Doctor Don Manuel A. Maurtua, y secretario relator de dicha Zona al Doctor Germán Grimaldo Soto.” 7 Estos nombramientos se hacían luego de la creación de la zona naval. En la sesión del 2 de agosto se reintegró al Consejo el general de brigada Gabriel Velarde Álvarez,

ocasión en la que dicho Consejo estuvo conformado, además, por el general de brigada Manuel Pío Alcalá, por el contralmirante José Ernesto de Mora Romero8, los coroneles Carlos Augusto Pásara, César Gonzales y Arturo Cornejo, los capitanes de navío Federico Sotomayor Vigil y Pedro A. Buenaño y el fiscal doctor Juan Gallagher y Canaval. El 20 de agosto se da cuenta de la resolución suprema, “(…) por la que se resuelve contratar un auxiliar para la Comisión reformadora del Código de Justicia Militar con el haber de doce libras con cargo a

7

Ibidem, pág. 167.

8

José Ernesto de Mora Romero nació en Lima el 30 de agosto de 1863. Fue hijo de José de Mora y Antonia Romero. Al estallar la guerra del Pacífico, muy joven aún, se presentó como voluntario a la Marina, embarcándose como aspirante a bordo del transporte “Talismán” y poco después pasó al “Oroya”. Durante el bloqueo chileno del puerto del Callao, sirvió en las lanchas “Resguardo” y “Urcos”. En la defensa de Lima, ya con el grado de guardiamarina, estuvo en la “Batería del Pino”. Tomada Lima por los chilenos, se puso a órdenes de Cáceres y participó con él en la “Campaña de la Breña”, tomando parte, más adelante, en la guerra civil contra el gobierno del general Iglesias y a favor de Cáceres. En 1887 sirvió en el transporte “Santa Rosa” y posteriormente viajó a Italia y sirvió en los buques “América” y “Venecia”; igualmente, en la Escuela de Torpederos y en la Escuela de Artilleros de ese país. De vuelta al Perú fue destinado al crucero “Lima” y ascendido al grado de capitán de corbeta, el 27 de julio de 1894, fue nombrado comandante del transporte “Chalaco”. En 1901 se le nombró segundo comandante del transporte “Constitución” y sub director de la Escuela de Grumetes, que funcionaba en el referido buque. En 1902 volvió a comandar el “Chalaco” y el 27 de julio de 1903 ascendió a capitán de fragata, volviendo a comandar el crucero “Lima” en 1904. En setiembre de 1912 viajó a Europa en comisión del servicio, siendo nombrado comandante del crucero acorazado “Comandante Aguirre” que el gobierno peruano pretendía adquirir en Italia, retornando al Perú en 1914, cuando esa compra fue cancelada. En Mollendo fundó “La Liga Naval”, que junto a la “Junta Patriótica”, ayudó a reunir fondos para la compra de los cruceros “Bolognesi” y “Grau”. Fue uno de los fundadores de la Asociación Nacional en Pro de la Marina (Pro Marina), con la que se relacionó hasta su muerte y la presidió también.

Por resolución de 6 de julio de 1915 se le designó vocal del Consejo de Oficiales Generales, integrándose el 9 de julio de dicho año, con el grado de capitán de navío, cuando presidía el Consejo el contralmirante Toribio Raygada. Presidió el Consejo en forma ininterrumpida entre el 29 de abril de 1929 y el 3 de setiembre de 1930, con el grado de contralmirante, grado al que ascendió en 1923. Fue presidente de la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo de 1866 y Defensores Calificados de la Patria, entre 1935 y 1937. Falleció el 3 de diciembre de 1940, en Miraflores, Lima. Estuvo casado con Claudina Lemaitre Hervé. (Esta biografía ha sido escrita con información que aparece en el libro “Reseñas Biográficas de Oficiales de Marina 1500 – 1930”, de Alicia Castañeda Martos, publicaciones del Instituto de Estudios Histórico – Marítimos del Perú, serie biografías, 1999, páginas 132 y 133; “150 Años de Historia de la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo de 1866 y Defensores Calificados de la Patria”, Lima, 2010, páginas 306 a 310 ; y “España en el Perú”, por Esteban M. Cáceres, segunda edición, 1923, páginas 148 a 150.)

28 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

los fondos de Justicia Militar.” En esta misma sesión se recibió del ministro de Marina la transcripción del “reglamento orgánico de la Zona Naval”.

Carvajal9 y Capitán de Navío Don Federico Sotomayor y Vigil, con el objeto de saludarlos por el aniversario de la fecha. Así se hizo.” 10

El 6 de octubre se comunicó de un oficio del ministro de Guerra, “transcribiendo la resolución suprema por la que se nombra auditor de guerra de la segunda región al doctor don Reynaldo Pastor, en lugar del doctor don Raúl Rey y Lama que ha obtenido el reconocimiento de sus servicios como director de gobierno”. Del mismo modo, otro oficio transcribiendo la resolución suprema por la que se nombra relator secretario de dicha Zona al “Doctor Don Juan Angulo Puente Arnao, que desempeñaba dicho cargo con el carácter de interino”.

En la sesión del 22 de octubre se hizo referencia al vocal Pedro A. Buenaño como Contralmirante.11 El coronel Manuel G. de la Cotera, dejó de asistir a las sesiones del Consejo, por enfermedad, desde el 02 de agosto al 31 de diciembre de 1926.

En la sesión del 8 de octubre de 1926, el vocal coronel Gonzales “pidió que en homenaje al glorioso combate de Angamos se pusiera el personal del Consejo de pie por breves instantes. Así se realizó”. En seguida, el general presidente, “a insinuación de los señores vocales Contralmirante Mora y Coronel Gonzales, propuso que el Consejo acordara que el ayudante se constituyera en el domicilio de los señores Contralmirante Don M. Melitón

I.2. Memoria presentada por el general de brigada Gabriel Velarde Álvarez, presidente del Consejo de Oficiales Generales, en la ceremonia de apertura del año judicial de 192612 Esta memoria corresponde al período del 1° de marzo de 1925 y el 28 de febrero de 1926. Dijo el general Velarde al iniciar su presentación, que “el 3 de febrero del año pasado (1925), por disposición del supremo gobierno, me encargué de la jefatura del Estado Mayor General del Ejército, en lugar del señor general don Pablo C. Clement,

9

Manuel Melitón Carvajal Ambulódegui fue ascendido al grado de vicealmirante el 8 de octubre de 1927, durante el gobierno de Leguía, cuando hacía mucho que se encontraba en la situación militar de retiro.

10

Manuel Melitón Carvajal y Federico Sotomayor Vigil estuvieron a bordo del Huáscar durante el combate naval de Angamos, el primero con el grado de capitán de fragata y el segundo como guardiamarina.

11 Ascendió a la clase de contralmirante mediante Resolución Legislativa N° 5488, de 8 de octubre de 1926. 12

Empresa Editorial “Cervantes”, Polvos Azules 138, Lima – Perú.

FMP 29


CONTRALMIRANTE JOSÉ ERNESTO DE MORA ROMERO Vocal del Consejo de Oficiales Generales entre el 9 de julio de 1915 y el 3 de setiembre de 1930. Retrato existente en la galería de presidentes de la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo de 1866 y Defensores Calificados de la Patria.

30 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

cuyo sensible fallecimiento deploramos hace pocos meses, que se dirigió a Europa, haciendo uso de la licencia concedida, reincorporándome al Consejo el 27 de mayo último, habiéndome reemplazado en la presidencia, durante este tiempo, el contralmirante don J. Ernesto de Mora, a quién le correspondía por ministerio de la ley.” El general Velarde explicó los cambios ocurridos en el personal del Consejo, que fueron pocos; así, el general de brigada Emilio Soyer y Cavero dejó el Consejo para hacerse cargo de la jefatura del Pensionado Militar Peruano en Francia e Italia, integrándose al Consejo, con fecha 17 de agosto de 1925, el coronel la Cotera; igualmente, el capitán de navío Pedro A. Buenaño fue designado “miembro de la comisión jurídica plebiscitaria, nombrada para actuar en nuestras provincias irredentas de Tacna y Arica, correspondiéndole honrosa misión en instantes de grave expectación nacional”. Lamentó el sensible fallecimiento del distinguido general Carlos Isaac Abrill Galindo y expresó que las “prendas personales que adornaron al señor general Abrill, hacen inolvidable su memoria en este tribunal, cuya presidencia ejerció durante cuatro años consecutivos.” El coronel César González “interpretó debidamente el hondo pesar de los miembros del consejo, haciendo uso de la palabra en el cementerio general.” Recordó también el general Velarde “La muerte del heroico y respetable señor vicealmirante don

Manuel A. Villavisencio, (que) enlutó en diciembre pasado a la armada nacional y el país, que no olvida jamás el culto de los heroes nacionales, que supieron ilustrar las páginas militares de nuestra historia.” El contralmirante José Ernesto de Mora llevó la palabra oficial del Consejo en el sepelio del citado almirante, rindiendo “justo tributo a las preclaras dotes y a la intrépida actuación del vicealmirante Villavisencio en la guerra del Pacífico.” Expresó que el Código de Justicia Militar en vigor tenía más de cinco lustros y era lógico que en la práctica se noten vacios, defectos y errores, no obstante las importantes invaciones que sufrió con las leyes 272, 273 y 2442. Decía el general Velarde que “En los últimos años, después de la dación de las citadas leyes, la legislación penal común ha sufrido trascendentales reformas, estableciendo reglas especiales para la represión de los delitos comunes.” Este solo hecho ya justificaba que la reforma del código era inaplazable. Dijo también: “Si la justicia privativa es solamente una excepción de la ordinaria, debe necesariamente regirse por las reglas generales de los procedimientos judiciales, y mucho más, cuando en el fuero común, se han sancionado, como llevo dicho, importantes reformas.” Otra crítica que el general Velarde subrayaba estaba relacionada con la ley 2442, que recortaba en extremo la competencia de la jurisdicción militar. No era admisible que delitos graves como el insulto al superior, el abuso de autoridad e incluso FMP 31


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

la deserción que se cometían fuera del servicio no cayesen en la competencia de la jurisdicción de guerra, afectando seriamente el principio de autoridad. “Al efecto, me es grato manifestar al tribunal (decía el general Velarde), que me hallo informado que el ministro del ramo, señor ingeniero don Fermín Santolalla, cuya actuación distinguida es bien conocida y apreciada en el ejército, estudia actualmente la reforma general del código militar vigente, siendo muy posible que el respectivo proyecto de ley se someta al parlamento nacional en las próximas sesiones ordinarias.” El 5 de enero de 1926 se emitió una resolución suprema por la que se dispuso separar las funciones de jefe de zona y comandante general de región, que venía ejerciéndose conjuntamente desde febrero de 1911. En esa oportunidad, el general de brigada Juan Martín Echenique señaló que si bien los comandantes generales de región serían más idoneos para la función de jefes de zona que los prefectos, que habían cumplido esa función hasta entonces, no era la solución adecuada, dado que en ambos casos funcionarios administrativos ejercían al mismo tiempo funciones jurisdiccionales, afectando el principio de independencia. Con dicha resolución suprema esa independencia deseada se evidenció y fueron designados los nuevos jefes de zona: “1ª. Región.- Coronel Felipe S. Varela. 2ª. Región.- Coronel Néstor Scamarone.

32 FMP

3ª. Región.- Coronel Enrique L. Torres. 4ª. Región.- Coronel César Mendiburu. 5ª. Región.- Teniente coronel Juan Carlos Gómez.” El general Velarde, tras narrar las complicaciones que para el proceso penal militar tenía la falta de fiscales permanentes, abogaba por que se estableciera la figura del fiscal permanente, como en su momento ocurrió con el defensor de oficio permanente (30 de octubre de 1906), que tan buenos resultados había dado para la celeridad del proceso. Hasta entonces, conforme al artículo 106 del código, los fiscales eran designados para cada causa. Como en su tiempo lo hicieron sus antecesores, el general Velarde abogaba también por la constitución de “un consejo de guerra permanente en la capital de la república, para fallar las causas militares, en sustitución de los consejos de guerra eventuales en las diversas zonas.” Recordaba, también, que en 1905 el gobierno había enviado un proyecto al congreso con tal propósito, que tras haber sido aprobado en la cámara de diputados con algunas modificaciones, hacía 18 años que esperaba la revisión del senado. El jefe de zona de la primera región, coronel Guillermo Rivero de la Guarda, en la memoria que firmó en Lambayeque, en abril de 1926, decía que para completar la organización del servicio de justicia militar proyectado, juzgaba indispensable que la reforma avance, hasta crear los consejos de


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

guerra permanentes para cada región. Fundaba su posición en que los que integraban los consejos de guerra especiales llegaban a los consejos sin conocimiento ni estudio previos de la causa a resolverse; afirmaba: “el criterio, sobre el hecho que se juzga y el mismo fallo se improvisan en la audiencia a base de la lectura del proceso, y la sentencia surje de este modo solo por la impresión momentanea, cuando no la inclinan y resuelven la opinión de los letrados asesores. La administración de justicia en esta forma está expuesta al error o al menos a incurrir en fallos deficientes.” Proponía que los consejos de guerra permanentes tendrían cinco miembros, dos menos que los consejos de guerra especiales y tendrían la graduación militar necesaria “para ver las causas no solo de los individuos de tropa, sino también de oficiales, excluyéndose de su jurisdicción solo las causas seguidas contra Jefes, para los cuales se designaría en cada juicio un Consejo especial. Su constitución podría ser la siguiente: Un Coronel o Comandante, presidente; Dos Comandantes, vocales y Dos sargentos Mayores, vocales.” Decía el coronel de la Guarda, que las ventajas de los consejos permanentes eran induscutibles, porque daban “mayor acierto y profundidad a los fallos”, haciendo posible el despacho rápido y total de las causas en trámite, que se encontraban en gran número paralizadas. Decía también de la Guarda que la organización de los consejos permanentes “mejoraría la situación del grupo de Jefes

que pudiendo aun prestar servicios y ser útiles al Ejército se ven recluidos en situaciones pasivas con una pensión pequeña después de años de servicios llenos de amarguras y privaciones. La constante movilidad de los funcionarios judiciales es otro de los problemas recurrentes que el general Velarde señalaba. “Estimo urgente y útil que el consejo contemple debidamente este punto interesante y lo proponga al gobierno, para establecer la forma y el tiempo en que deben ser proveidas las jefaturas de zona y los juzgados militares de las distintas regiones militares.” Sus antecesores lo habían hecho también. Comentando sobre la asimilación del personal civil del Ministerio de Guerra, decía que la Ley 2442 no había derogado el artículo 10 del Código de Justicia Militar, por tanto la figura de la asimilación estaba vigente. Decía: “Los funcionarios y empleados civiles del fuero militar, desempeñan un rol importante y de trascendencia en la administración de la justicia, como auditores, relatores, secretarios y otros cargos… (y) Entendiéndolo así, el poder ejcutivo, tuvo a bien asimilar a los auditores, secretarios de zona y otros empleados civiles del ramo judicial militar, pero poco tiempo después, quedaron sin efecto estas asimilaciones, por no haberse señalado las partidas correspondientes en el presupuesto general de la república.” La deserción y la ley del servicio militar fue otro tema tratado por el general Velarde. Refería que la FMP 33


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

mayor parte del tiempo de los jueces militares era absorvido por la sustanciación de los procesos por el delito de deserción, no obstante que salvo excepciones, el delito de deserción quedaba sin sanción, dado que la pena no llegaba a cumplirse y desde luego no se corregía ni se castigaba al delincuente. “En una palabra, la pena de recargo en el servicio significa (significaba): reincidencia, y por fin, impunidad.” En un largo análisis, Velarde creía que las razones de la deserción eran múltiples: 1°.- La ignorancia del indígena (el único soldado del Perú) sobre sus más elementales derechos y deberes, “de las prescripciones de la ley del servicio militar obligatorio, de su responsabilidad, de la penalidad señalada para el delito, del positivo beneficio que el recluta obtiene con su ingreso y permanencia en filas…”; 2°.- La “odiosa aplicación de la ley del servicio militar por negligencia, falta de voluntad, incomprensión de aquella, en su origen y finalidad, por buena parte de los que intervienen, prostituyéndola con abusos y hasta convirtiéndola en fuente de explotación, contando de antemano con la impunidad, por la falta de medios y capacidad de la víctima, para defender sus derechos y denunciar a sus verdugos”; 3°.- La penalidad del “recargo en el servicio”, que hacía ilusorio el castigo, dado que el soldado tiene, desde su captura, inumerables oportunidades de burlar la ley;

34 FMP

4°.- Los “funcionarios civiles que intervienen en el cumplimiento de la ley del servicio militar obligatorio, están sujetos al fuero común, que no puede apreciar con criterio militar los gravísimos efectos y las consecuencias de la deserción, así como las causas reales que la originan, y debiendo por el contrario, ser comprendidos en la jurisdicción de guerra, considerándoseles como asimilados militares, desde el momento de la instalación de las juntas a que pertenezcan…”. El general Velarde trató también sobre los “Anales de la Justicia Militar”, publicación “de incontestable importancia”, pues los anales en la justicia privativa formaban la jurisprudencia práctica militar, conteniendo tambien los acuerdos que establecían o aclaraban el verdadero alcance o sentido de las prescripciones del código, facilitaban el ejercicio de la jurisdicción de guerra y servían de consulta al personal encargado de la aplicación de las leyes penales militares, constituyendo así una obra de utilidad excepcional, no solo para las funcionarios del fuero privativo, sino para cuantos, como defensores, encausados, etc, necesitaban o querían ocuparse de esta clase de asuntos judiciales. Mediante resolución suprema de 3 de noviembre de1925, se dejó insubsistente otra del 13 de agosto de 1918 que autorizaba al doctor Juan Manuel Carrera, entonces auditor general del Consejo, la publicación de los Anales de Justicia


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Militar, autorizándose que la publicación del quinto tomo13 se hiciese bajo la dirección del presidente del Consejo, tal como se había pedido desde 1918. Este quinto tomo se publicó recién en 1929 y comprendió las resoluciones, acuerdos y otros documentos emitidos entre agosto de 1907 y 1912, siendo el último documento publicado la memoria del general de brigada Juan Martín Echenique, correspondiente al año judicial de 1912.14 Recordó que era de verdadera necesidad por decoro y conveniencia del servicio de la Justicia Militar dotar al tribunal de local propio, cumpliendo la disposición pertinente del código que ordenaba que el Consejo de Oficiales Generales tenga un local especial, como lo exigía su rango en la organización general del ejército, lo requerían las altas y numerosas funciones que le estaban encomendadas por la ley, y también a fin de guardar con la debida seguridad los documentos de su archivo y de la secretaría. Otro tema tratado por el general Velarde fue la necesidad de un lugar de reclusión, donde debían cumplir la condena “los rematados del fuero de guerra”, porque era inconcebible que oficiales y soldados cumplieran sus condenas en la cárcel común. Recordaba que con “motivo del motín que tuvo

lugar en Arequipa en julio de 1924, un considerable número de presos militares fue trasladado a esta capital y aun existen algunos en la Isla de San Lorenzo, precisamente por la falta de una prisión especial.” Ingresaron ese año, para su estudio y resolución, 206 causas y 59 incidentes, quedando pendientes de resolverse 39 causas y 7 incidentes. De las causas ingresadas 80 eran por sentencia, 95 por sobreseimiento y 31 por asuntos varios. Durante este año el Consejo estuvo conformado de la forma siguiente: Vocales: General de brigada Gabriel Velarde Álvarez, presidente. Contralmirante José Ernesto de Mora Romero. General de brigada Manuel Pío Alcalá Torres. Coronel Carlos Augusto Pásara. Coronel César Gonzales Navarrete. Capitán de navío Federico Sotomayor y Vigil. Coronel Arturo F. Cornejo. Capitán de navío Pedro A. Buenaño. Coronel Manuel G. de la Cotera.

13

Los cuatro primeros tomos de los anales de la justicia militar abarcan el período de marzo de 1899 a julio de 1907.

14

Anales de Justicia Militar, Tomo quinto, publicación oficial, Emp. Edit. “Cervantes”- Polvos Azules 138, 1929.

FMP 35


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Fiscal general: doctor Juan Gallagher y Canaval. Suplentes del fiscal: doctores Luis Felipe Paz Soldán, Miguel Martínez y Carlos A. Calle. Suplentes de auditor general: doctores Miguel S. Girbau, Porfirio Martínez la Rosa y Ricardo García Calderón. Relator secretario: doctor J. Aníbal Solano. Suplentes del relator secretario: doctores V. Fernando Quevedo, Federico U. Gardini y Bruno Bueno de la Fuente. Es también importante para nuestra historia, mostrar la relación de personas que entre 1925 y 1926 prestaron servicios en las distintas zonas judiciales. Primera región: Jefe de zona: coronel Felipe S. Varela. Auditor de guerra: doctor Lorenzo Orrego. Relator secretario: doctor Luís A. Polar. Juez militar permanente: teniente coronel Leónidas Nalvarte. Secretario: teniente Augusto Durand. Oficial archivero: Juan Bonilla. Amanuense: Teodorico Apesteguía. Suplentes del auditor de guerra: doctores Antenor García LLaque, Juan Rivero Piedra y Mario J. Bazán. Suplentes del relator secretario: doctores Julio Raúl Alva, Medardo Revilla y Amador Mondoñedo.

36 FMP

Segunda región: Jefe de zona: coronel Néstor Scamarone. Auditor de guerra: doctor Reynaldo Pastor. Relator secretario: doctor Juan Angulo Puente Arnao. Defensor permanente: doctor F. Augusto Salamanca. Ayudante: capitán Ernesto Villalobos. Juez instructor permanente: teniente coronel Manuel E. Arias. Secretario: teniente Dr. César F. Sologuren. Juez instructor permanente: teniente coronel Federico G. Bazo. Secretario: capitán Nicanor Salazar Velarde. Juez instructor de marina: capitán de fragata V. Valdivieso. Secretario: teniente primero Carlos Zegarra. Juez instructor especial: teniente coronel Benjamín Salmón. Secretario: capitán Gilberto Artieda. Juez instructor sustituto: teniente coronel Samuel Leiva. Oficial archivero: Enrique Effio. Amanuense de la secretaría: Luis Puente Arnao. Suplentes del auditor de guerra: doctores Germán L. Gutiérrez, Edilberto Boza y Atilio Tassara.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Suplentes del relator secretario: doctores Pedro Bustamante Santisteban, Alejandro Barrios y Domingo López de la Torre.

Suplentes del auditor de guerra: doctores Wenceslao Mujica, Manuel Bueno y Timoteo Flores Ayala.

Tercera región:

Suplentes del relator secretario: doctores Manuel Jesús Villena, Roberto Vera y Max Chávez.

Jefe de zona: coronel Leopoldo Arias. Auditor de guerra: doctor Pío Artadi. Relator secretario: doctor Horacio Morales. Juez militar permanente: teniente coronel César Cereceda. Secretario: teniente José M. Chávez Alcántara. Oficial archivero: Carlos Franco. Amanuense: José M. García. Suplentes del auditor de guerra: doctores Manuel E. Piérola, Luís Barreda Landázuri y Luís Rubiera. Suplentes del relator secretario: doctores Roberto Chocano, Juan Guillermo Bedoya y Víctor R. Llerena. Cuarta región: Jefe de zona: coronel Mariano Gutiérrez. Auditor de guerra: doctor Luís Felipe Aguilar. Relator secretario: doctor Roberto Frisancho. Juez militar permanente: teniente coronel César Cereceda. Archivero: Alejandro Pinto. Amanuense: Raúl Vera Flor.

Región de montaña: Jefe de zona: coronel T. Molina Derteano Auditor de guerra: doctor Darío A. Urmeneta. Relator secretario: teniente Carlos A. Valdez. Oficial archivero: Aurelio Rocca. Suplentes del auditor de guerra: doctores Víctor Ramírez de Villar, Alfredo Borda y Alfredo Arbulú. Suplentes del relator secretario: doctores Julio Acosta, Pedro del Águila y Marcial Zumaeta.

I.3. Labor del Consejo de Oficiales Generales en 1927 No se ha podido hallar referencias sobre la labor del Consejo entre octubre de 1926 y agosto de 1927, dado que el libro N° 13 de las sesiones ordinarias no se encuentra en los archivos del Fuero Militar Policial. En la sesión del 14 de setiembre de 1927, integraban el Consejo de Oficiales Generales los generales de brigada Gabriel Velarde Álvarez y Manuel Pío Alcalá; los contralmirantes J. Ernesto de Mora, FMP 37


DOCTOR JUAN GALLAGHER Y CANAVAL Fiscal general del Consejo de Oficiales Generales Actuó como fiscal general interino entre el 29 de enero de 1924 y el 6 de abril de 1926. Prestó juramento para ejercer el cargo como fiscal general titular el 12 de abril de 1926. (Retrato ubicado en la galería de fiscales generales del Fuero Militar Policial).

38 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Pedro A. Buenaño y Federico Sotomayor Vigil15; los coroneles Carlos Augusto Pásara, César Gonzales, Arturo F. Cornejo y Manuel G. de la Cotera y el doctor Juan Gallagher y Canaval como fiscal general.16 El 30 de setiembre se recibió un oficio del ministro de Marina, transcribiendo la resolución suprema de 19 de setiembre por la que se resolvía que la defensa de oficio de los enjuiciados en las causas de Marina, correría “a cargo de un letrado”. En la misma sesión se tomó conocimiento de la resolución suprema “por la que se nombra defensor de oficio en los juicios militares navales, al doctor don Hernán Monzante.”17 En la sesión del 21 de octubre se dio cuenta de la transcripción de la ley 5862, que modificaba el artículo ciento cincuenta y seis de la Constitución, en los términos siguientes: “La justicia militar no podrá por ningún motivo, extender su jurisdicción

sobre personas que no estén en el servicio del Ejército, o fuerzas de policía, a no ser en caso de guerra nacional.”18 En la misma sesión del 21 de octubre, se dio cuenta de una comunicación del Consejo Provincial de Lima, invitando al Tribunal “a la ceremonia organizada en honor del Jefe del Estado señor don Augusto Leguía, con motivo del tercer aniversario de la exaltación al poder supremo de la República”.19 En la sesión del 9 de noviembre se hace referencia del acuse de recibo hecho por el presidente de la “Comisión Reformadora del Código de Justicia Militar”, de los “Proyectos de reforma formulados por el señor vocal coronel don Manuel G. de la Cotera”. El 11 de noviembre, el coronel Manuel G. de la Cotera presentó un proyecto para que se deroguen los artículos trescientos diez y setecientos dieciocho

15

Ascendió a contralmirante mediante resolución legislativa N° 5595, de 14 de diciembre de 1926. Fue presidente del Centro Naval del Perú en 1927 y 1928. <http://www.centronaval.org.pe/presidentes.html, consultado en mayo de 2017>.

16

Con esa información se inicia el tomo 14 de las actas de los consejos ordinarios.

17 Hernán Monzante Rubio llegó al grado de coronel y fue secretario general del Consejo de Oficiales Generales. Fue diputado de la República en 1956. El Centro de Altos Estudios de Justicia Militar ha reeditado su libro “Fuerzas Morales Militares”, en cuya edición el autor de este libro ha escrito su biografía. 18

Se refiere a la Constitución promulgada el 18 de enero de 1920, cuyo texto original era: “Art. 156º.- La justicia militar no podrá por ningún motivo, extender su jurisdicción sobre personas que no estén en servicio en el Ejército, a no ser en caso de guerra nacional”. (se agregó “o fuerzas de policía”, por la organización de la Guardia Civil por una misión española)

19 El entorno de Leguía era especialmente propenso a rendirle culto.

FMP 39


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

del código.20 En la misma fecha, el contralmirante Buenaño, después de hacer un elogio del capitán de navío Gregorio Casanova, solicitó se colgara su retrato en el salón de sesiones del Consejo, pedido que retiró por corresponder ello solo a los que presidieron el Consejo. En la sesión del 23 de noviembre, el coronel la Cotera dijo que en la sesión anterior, al haber “pedido algunos señores vocales, que se manden hacer los retratos de los varios Presidentes que han cesado en el cargo, propuso que en adelante se tengan los retratos de los señores Presidentes así como los de los Generales y Contralmirantes y también de los Coroneles y Capitanes de Navío, que hayan formado parte del Ejército o de la Marina, en la época de la guerra nacional, en un álbum, con sus respectivas fojas de servicios, en donde figuren los actos más destacados de su carrera, y que con respecto a los Presidentes que han dejado de ser del Consejo, teniendo todos igual derecho, se manden hacer todos los retratos.”21 En la sesión del 7 de diciembre, se discutió la reforma del Código de Justicia Militar “sobre el delito

20

de deuda”. Unos opinaron porque el proyecto presentado por el coronel la Cotera pasara a la comisión de reforma. El punto en discusión era finalmente si había que limitar el acceso de los militares al crédito. El contralmirante Mora, que presidía la sesión, manifestó que en el oficio de remisión a la comisión de reforma se exprese: “(…) que el Consejo considera que el crédito debe otorgarse a los militares, pero con un límite, que esté en relación con las facultades del acreedor, y no un crédito ilimitado que pueda poner en situación privilegiada, al militar, por su misma condición, para burlar a sus acreedores.” Sobre este punto, el general Alcalá “expuso que está de acuerdo con esta opinión, pues el militar está en una situación especial, que si bien es cierto no debe sancionarse con una pena como lo determina el Código al que contrae un crédito para garantizar su mismo honor”. El contralmirante Buenaño dijo, como miembro de la comisión reformadora, que tomaría en consideración las recomendaciones, pero que en su opinión las disposiciones del Código no deben ser suprimidas totalmente, sino solo modificadas. En opinión del coronel la

“Art. 310.- El oficial que contraiga deuda con individuos de tropa, será expulsado del Ejército; y el que por segunda vez la contraiga, con cualquier persona, sin tener bienes, independientes de su haber con que satisfacerla, será penado con separación absoluta del servicio.” “Art. 718.- Es falta grave, en el oficial, contraer deuda por primera vez, sin tener bienes independientes de sus haberes y de sus instrumentos profesionales, con que satisfacerla: será castigada con arresto de treinta a cincuenta días.”

21 Actas de las sesiones ordinarias del Consejo de Oficiales Generales, tomo 14, páginas 81 y 82.

40 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Cotera, no debía limitarse el crédito a los militares, “y que, si el Consejo lo creía conveniente, podía formular un nuevo proyecto”.

I.4. Memoria del general de brigada Gabriel Velarde Álvarez, presidente del Consejo de Oficiales Generales, en la ceremonia de apertura del año judicial de 192722 Esta memoria comprendía el período del 1° de marzo de 1926 al 28 de febrero de 1927. Introducía su memoria afirmando que el supremo gobierno había abordado resueltamente la reforma total del código militar vigente, “nombrando una competente comisión, presidida por el esclarecido jurisconsulto y parlamentario señor doctor Plácido Jiménez, a la que pertenecen dos distinguidos vocales del tribunal, el contralmirante don Pedro A. Buenaño y el coronel don Arturo F. Cornejo…”; no obstante, deseaba proponer, como lo había hecho en su anterior memoria, todo lo que conceptuaba útil y necesario, a la vez que factible y práctico, para mejorar el servicio de la Justicia Militar.

Sobre los movimientos del personal en el Consejo, dijo que se había mantenido en su mayoría. “El fiscal interino doctor don Juan Gallagher y Canaval, que desempeñaba el cargo desde el 29 de enero de 1924, fue nombrado fiscal titular el 6 de abril del año próximo pasado (1926), en lugar del doctor don Ricardo Leoncio Elías, elegido vocal de la Corte Suprema, por el Congreso nacional.” Informó también el general Velarde que había enviado un oficio al doctor Elías, “a raíz de su elección de vocal de la suprema, que fue publicado en los diarios de esta capital”, por cuanto, “ha dejado entre sus compañeros, huellas marcadas de su competencia profesional, de su actividad y de su gentileza, que el tribunal quiso exteriorizar…”23 Expresó que la exigencia legal de la presencia de 7 vocales de 9 para hacer quorum en las sesiones era muy alta, proponiendo que se bajara a 5 al formularse la reforma del código, porque la experiencia había enseñado que dos vocales podían siempre faltar por enfermedad o estar cumpliendo una comisión oficial, como había ocurrido el año anterior. Daba cuenta, que en octubre y diciembre de 1926, habían sido promovidos por el parlamento a la alta

22 Empresa Editorial Cervantes- Polvos Azules 138, Lima - Perú. 23

Como ya lo hemos mencionado, el doctor Ricardo Leoncio Elías Arias fue fiscal general del Consejo de Oficiales Generales y ejerció el cargo por más de seis años, entre el 4 de setiembre de 1917, en que concurrió por vez primera a sus sesiones y el 19 de noviembre de 1923, en que juró el cargo de fiscal interino de la Corte Suprema de Justicia.

FMP 41


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

clase de contralmirante de la armada, “los señores capitanes de navío don Pedro A. Buenaño y don Federico Sotomayor y Vigil”, de lo que los miembros del tribunal se congratulaban. En las noticias necrológicas, informó que el 22 de octubre de 1926 había fallecido en Arequipa el coronel Manuel Francisco Diez Canseco, “respetable ex – vocal, que prestó largos años de servicios meritorios a la nación. La presidencia, cumpliendo su deber, expresó a sus deudos el sentimiento del tribunal. Informó, igualmente, que el 17 de enero de 1926 había fallecido en Lima el doctor Samuel del Mar, auditor general del ejército y como tal del Consejo, “causando esta pérdida hondo pesar por las prendas personales del extinto, que prestó su ilustrada cooperación durante varios años a la Justicia Militar.” Tras la muerte del doctor del Mar, fue nombrado auditor general del ejército el doctor Reynaldo Pastor, “antiguo auditor de guerra de la zona de la segunda región, quien se halla en ejercicio de sus funciones desde el 7 del presente, en que prestó ante el consejo el juramento de ley.” Sobre la reforma del código insistió en que esta fuera integral. Las leyes 272, 273 y 4224 habían introducido modificaciones sustanciales, pero que buena parte de las prescripciones del código vigente eran anticuadas, “calificándoseles como una trasplantación de legislaciones o códigos extranjeros, ajenos a nuestro medio, a la raza y al grado

42 FMP

de civilización de nuestras masas.” Pensaba que la ley 2442, cuyo primer artículo “perturbaba hondamente la disciplina y el servicio militar, al establecer que los militares están sujetos a la jurisdicción privativa únicamente por infracciones cometidas en actos del servicio, sin tener en cuenta, que frecuentemente la casi totalidad de los delitos militares se realizan fuera del servicio, como el insulto al superior, el abuso de autoridad, la deserción y otros, debía ser modificado de inmediato. Los cambios ocurridos en el campo del procedimiento penal común afectaban notoriamente el procedimiento militar, por lo que debía ser modificado y concordado con dicha norma adjetiva. Por su utilidad, debía estudiarse la formulación de un reglamento de los tribunales militares, “que sin invadir en forma alguna las atribuciones consignadas para las distintas jerarquías militares, en los respectivos reglamentos militares y navales, afirme el orden y el método en el funcionamiento y en la administración de la justicia privativa, sobre bases sólidas y con la independencia que exige el reglamento de que se trata.” Un aspecto importante en la evolución de la jurisdicción de guerra fue la creación de la “Zona Naval”. El general Velarde incluye en su memoria esos detalles, que nos ayudan a percibir no solo la historia cronológica sino, también, los hitos de la jurisdicción. “Por decreto supremo de 28 de junio de 1926, el poder ejecutivo ha tenido a bien crear la zona naval de la república con jurisdicción en el


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

litoral, en la red fluvial y el lago Titicaca, compuesta del personal que establece el código de justicia militar para las zonas militares: jefe de zona, auditor de guerra, juez instructor, relator secretario y demás empleados.” La oportunidad de la medida dictada por el gobierno es indiscutible, con mayor razón hoy que el presidente de la República señor Leguía ha emprendido resueltamente el vigoroso desarrollo de la Marina en todas sus facetas, en especial de la de guerra, con especial aplauso unánime del país, decía el general Velarde. Como complemento del decreto señalado, el Ministerio de Marina expidió el reglamento orgánico de la zona naval, “con muy atinadas disposiciones para su regular funcionamiento, siendo de las más importantes, la que concede la asimilación militar de todos los funcionarios y empleados civiles a clases determinadas de la marina de guerra…, quedando todo el personal de la zona y dependencias sujetos a la jurisdicción de guerra…” Recordó también como la tramitación de los exhortos y la publicación de edictos demoraban en exceso la celeridad de los procesos y los plazos señalados en el código resultaban irreales. Proponía que los jefes de zona que tuviesen algún impedimento temporal en sus funciones, debían ser sustituidos de inmediato por el jefe regional de reclutamiento que residía en la sede de la zona, y a falta de éste, por el jefe departamental, prestando juramento

ante la Corte de Justicia de la localidad y en caso de no haberlo, ante el juez de primera instancia más antiguo de la capital de departamento. El 7 de agosto de 1926 se expidió la resolución ministerial que aprobaba el reglamento orgánico de la zona naval de la República. El artículo 4° que concedía la asimilación militar a los funcionarios y empleados de la zona naval, precisaba: “Un jefe de zona, capitán de navío. Un secretario relator letrado, asimilado a teniente segundo o teniente primero. Un auditor letrado, asimilado a capitán de fragata. Un juez instructor permanente, capitán de fragata o de corbeta. Un secretario del juez instructor, de las clases de alférez de fragata a teniente primero. Un archivero asimilado a alférez de fragata. Dos amanuenses, asimilados a oficiales de mar de segunda. Uno para la zona y otro para el juzgado de instrucción. Un porta pliegos, oficial de mar tercero.” En cuanto a la razón de causas, en el periodo que abarca la memoria ingresaron al Consejo 446 expedientes y 62 incidentes: 64 causas para revisión de sentencia; 344 por sobreseimiento, de los cuales 240 eran por prescripción y 41 por asuntos varios. Lo llamativo de esta estadística estaba en las 240 causas que ingresaron al tribunal con autos de sobreseimiento por prescripción, lo que nos puede hacer aventurar dos comentarios: a) que el nombramiento de jefes de zona a tiempo completo hizo que se revisaran las causas pendientes y se diera “solución” al hacinamiento existente; y b) que las FMP 43


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

quejas reiteradas por la falta de celeridad en la tramitación de las causas era real y muy problemática, entre otras razones, por falta de personal entrenado en la administración de Justicia Militar. Con los cambios posteriores en la legislación penal militar, la prescripción dio lugar al auto de corte de secuela de juicio por dicha causal, que ya no estaba como una de las razones del sobreseimiento. Sobre la prescripción en el delito de deserción, el general Velarde decía que procedía cuando se paralizaba el procedimiento judicial, “por el transcurso de la mitad del tiempo señalado como sanción penal a dicho delito, que es de dos años de recargo en el servicio obligatorio.” Según él, la paralización de estos procesos era perfectamente explicable y hasta cierto punto justificado, si se consideraba el crecido número de deserciones y la imposibilidad material de convocar los consejos para cada caso, porque la ley no permitía que se vieran varios casos, en forma continua, con el mismo consejo. De otro lado, particularmente en la primera y quinta zonas, no existían suficientes oficiales para convocar a tantos consejos de guerra, debido a que en Lambayeque, sede de la primera zona, solo existía un regimiento de infantería, “cuya plana mayor no pasa de 15 a 20 oficiales, de teniente coronel a subteniente, quienes deben actuar, no solo como vocales de los consejos de guerra, sino como fiscales y defensores y en varios juicios resultando en la práctica humanamente imposible que intervengan en todos ellos y a la vez atiendan sus principales

44 FMP

deberes y ocupaciones profesionales, que tienen (tenían) preferencia sobre las comisiones judiciales.” La situación en la quinta zona era aún más complicada, “donde solo existe un regimiento de infantería de guarnición en Iquitos, que se halla fraccionado en destacamentos, en los ríos y puestos de las fronteras…” El general Velarde proponía que el juicio por deserción debía terminar por un auto del jefe de zona, revisable por el Consejo. La “pena en vez del ilusorio recargo del tiempo de servicios (debía ser cumplida) en una unidad disciplinaria, por el tiempo de la condena, sujeto a rigurosa disciplina, en nuestras montañas o en los trabajos de construcción de caminos y carreteras de innegable importancia comercial y estratégica en que se halla empeñado, mediante una rigurosa y activa política vial, el Presidente de la República, señor Leguía, con beneplácito unánime del país.” Una interesante propuesta de reforma hizo el general Velarde en esta memoria, sobre las atribuciones del fiscal y del auditor general del Consejo. Con la modificación introducida en el código por la ley 273 sobre la organización del Consejo, el fiscal general pasó a formar parte del tribunal, pero no hay referencia al papel del auditor. Consideraba el general Velarde que la “duplicidad de funciones del auditor general, actuando unas veces como dependiente y asesor del Ministerio de Guerra, y otras como asesor del tribunal, ha (había) originado


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

en la práctica, como es lógico, serios entorpecimientos, habiéndose presentado casos en que este funcionario, administrativo y judicial al mismo tiempo, haya emitido su opinión en asunto de la incumbencia del gobierno, el mismo que después ha caído bajo la jurisdicción de guerra, viéndose impedido legalmente a intervenir, como asesor del Consejo y viceversa.” Era este un problema de independencia serio, que Velarde pensaba que se podía resolver eliminando la figura del auditor general y que con la opinión del fiscal bastaba para que el Consejo pudiera resolver lo adecuado. Cuestionaba la aplicación del recurso de nulidad en la jurisdicción de guerra y pensaba que la modificación que introdujo la ley 273 en el Código de Justicia Militar fue inadecuada, de forma que se creó una tercera instancia. “En suma, la revisión de los fallos del Consejo por la Corte Suprema en ciertos juicios, no debe consignarse en nuestra legislación, debiendo en tal sentido modificarse lo prescrito al respecto en la ley N° 273, al hacerse la reforma total del código, y aceptarse más bien, que a semejanza de lo que ocurre en otros países adelantados, la Suprema puede admitir el recurso de casación para las cuestiones de jurisdicción, pero no el de nulidad.” Por ser el resumen de los principales inconvenientes en la administración de justicia militar útil para el entendimiento de los problemas de ese tiempo, copiamos textualmente lo señalado por el general

Velarde al respecto, aspectos estos que se debían tener en cuenta para la reforma del código: “1°.- No tener la justicia privativa la independencia necesaria, como el poder judicial, de la que es una rama. 2°.- La movilidad constante de las autoridades y funcionarios y las licencias frecuentes que obtienen. 3°.- Falta de idoneidad y preparación de parte del personal militar destinado para actuar en los tribunales, zonas y juzgados. 4°.- Escasez de personal subalterno o auxiliar en las oficinas y falta de mobiliario y útiles indispensables para el activo despacho de los juicios. 5°.- Morosidad inexplicable, que se prolonga hasta meses, para que se constituyan en sus puestos el personal destinado a la justicia privativa y a las jefaturas provinciales y departamentales. 6°.- Poco conocimiento del código militar vigente por buena parte de nuestros oficiales, e ignorancia, casi absoluta, por los individuos de tropa de las leyes penales y de la ley de servicio obligatorio, esencial en el servicio del ejército y la armada. 7°.- Falta de asimilación militar del personal civil que presta servicios en los institutos armados, en especial en la Justicia Militar.

FMP 45


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

8°.- No estar debidamente previsto el reemplazo de las autoridades y funcionarios, en casos de ausencia, enfermedad, licencia u otro impedimento. 9°.- Vacíos notables en el código, respecto de la clase militar, nombramiento, juramento y otros requisitos de los jefes de zona y otros funcionarios. 10°.- Falta de locales propios para las zonas y juzgados, y de prisiones militares. 11°.- Falta de ternas formadas por el consejo, para el nombramiento de jefes de zona y jueces instructores. 12°.- Morosidad de los funcionarios del fuero común para la devolución de los exhortos o pedidos de los jueces militares. 13°.- La intervención del auditor general de ejército, dependiente del poder ejecutivo, en los asuntos del fuero de guerra. 14°.- La intervención de los prefectos en la Justicia Militar. 15°.- El recurso de nulidad ante la Corte Suprema, que resta autoridad y prestigio al más alto tribunal (militar) de la República. 16°.- Falta de consejos de guerra permanentes en reemplazo de los consejos eventuales, uno para cada causa.

46 FMP

17°.- Falta de fiscales y defensores permanentes de primera instancia. 18°.- No estar resuelto el llamamiento de los vocales del Consejo de Oficiales Generales, por orden de rigurosa antigüedad, sin nombramiento del Poder Ejecutivo. 19°.- Falta de cooperación de las autoridades de policía en la secuela de los presos militares. 20°.- Que la deserción, el delito más frecuente en los institutos armados, debe terminar, según el código militar en el consejo de guerra, siendo la opinión, puede decirse, unánime de los anteriores y actuales funcionarios del fuero de guerra, que la sanción de este delito concluya con el auto del jefe de zona, revisable por el Consejo de Oficiales Generales, y que se cambie la pena de recargo de tiempo de servicios… destinando al detenido a una unidad disciplinaria, por el tiempo correspondiente a la magnitud del hecho.” Esta lista de observaciones fue justificada por el general Velarde punto por punto. Durante ese año el Consejo estuvo conformado de la forma siguiente: Vocales: General de brigada Gabriel Velarde Álvarez, presidente. Contralmirante J. Ernesto de Mora. General de brigada Manuel Pío Alcalá.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Contralmirante Pedro A. Buenaño. Contralmirante Federico Sotomayor Vigil. Coronel Carlos Augusto Pásara. Coronel César Gonzales. Coronel Arturo F. Cornejo. Coronel Manuel G. de la Cotera. Fiscal general: doctor Juan Gallagher y Canaval. Suplentes del fiscal general: doctores Eulogio Cavada, Carlos Arenas Loayza y Miguel Martínez. Suplentes de auditor general: doctores Gerardo Yáñez, Miguel F. Girbau y Porfirio Martínez la Rosa.

Suplentes del relator secretario: doctores Medardo Revilla, Miguel García LLaque y Amador Mondoñedo. Segunda región: Jefe de zona: coronel Néstor Scamarone. Auditor de guerra: doctor Reynaldo Pastor. Relator secretario: doctor Juan Angulo Puente Arnao. Defensor permanente: doctor F. Augusto Salamanca. Juez instructor permanente: teniente coronel Manuel E. Arias.

Relator secretario: doctor J. Aníbal Solano.

Secretario: teniente Dr. César F. Sologuren.

Suplentes del relator secretario: doctores V. Fernando Quevedo, José M. Calle y Samuel del Mar y Morla.

Juez instructor permanente: teniente coronel Federico G. Bazo.

Personal de las distintas zonas judiciales: Primera región: Jefe de zona: coronel Felipe S. Varela. Auditor de guerra: doctor Lorenzo Orrego. Relator secretario: doctor Luís A. Polar. Juez militar permanente: teniente coronel Oswaldo Carmelino. Secretario: teniente Ernesto F. Ramírez. Suplentes del auditor de guerra: doctores Miguel A. Puga, Juan Rivero Piedra y Mario J. Bazán.

Secretario: capitán Nicanor Salazar Velarde. Juez instructor especial: teniente coronel Benjamín Salmón. Secretario: capitán Gilberto Artieda. Juez instructor sustituto: teniente coronel Samuel Leiva. Suplentes del auditor de guerra: doctores Germán L. Gutiérrez, Atilio Tassara y Federico U. Gardini. Suplentes del relator secretario: doctores Jorge Valverde, Alejandro Barrios y Luís S. Estrada Galdós. FMP 47


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Tercera región: Jefe de zona: coronel Enrique L. Torres. Auditor de guerra: doctor Pío Artadi. Relator secretario: doctor Horacio Morales. Juez militar permanente: teniente coronel César Cereceda. Secretario: teniente Juan B. Rivas.

Jefe de zona: coronel Temístocles Molina Derteano Auditor de guerra: doctor Darío a Urmeneta. Relator secretario: teniente Carlos A. Valdez. Suplentes del auditor de guerra: doctores Alfredo Borda y Federico Maguiña.

Suplentes del auditor de guerra: doctores Manuel E. Piérola, Luís Barreda Landázuri y Luís Rubiera.

Suplentes del relator secretario: doctores Héctor Ramírez del Villar, Pedro del Águila y Ángel Reyna.

Suplentes del relator secretario: doctores Roberto Chocano, Juan Guillermo Bedoya y Víctor R. Llerena.

Jefe de zona: capitán de navío Julio Carvajal

Cuarta región: Jefe de zona: coronel Mariano Gutiérrez. Auditor de guerra: doctor Luís Felipe Aguilar. Relator secretario: doctor Roberto Frisancho. Juez militar permanente: teniente coronel Víctor Revollar. Suplentes del auditor de guerra: doctores Wenceslao Mujica, Manuel Bueno y Timoteo Flores Ayala. Suplentes del relator secretario: doctores Manuel Jesús Villena, Roberto Vera y Max Chávez.

48 FMP

Región de montaña:

Zona naval Auditor de guerra: doctor Manuel Antonio Maurtua. Relator secretario: doctor Germán Grimaldos Soto. Juez instructor de marina: capitán de fragata Víctor V. Valdivieso. Secretario: teniente 1° Miguel Paulette. Suplentes del auditor de guerra: doctores Germán Amat y León, José Quesada y Juan Seoane. Suplentes del relator secretario: doctores Cesáreo Vidalón Menéndez, Marcos Grisolle Tirado y Tadeo Duarte Rodríguez.


GENERAL DE BRIGADA GABRIEL VELARDE ÁLVAREZ Presidente del Consejo de Oficiales Generales del 2 de enero de 1925 al 24 de abril de 1929, con breves interrupciones por ejercer otros cargos temporales. Retrato ubicado en la galería de presidentes del Fuero Militar Policial

FMP 49


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

I.5. Labor del Consejo de Oficiales Generales en 1928 En la sesión del 2 de enero de 1928 “se dio cuenta del informe del jefe de la Zona Naval sobre el estado del juicio por la varadura del crucero Almirante Grau. El Consejo acordó se dirija oficio al señor Ministro de Marina, pidiéndole se sirva disponer lo conveniente para que el Estado Mayor de Marina emita a la mayor brevedad el informe que se le tiene solicitado por dicho Jefe de Zona acerca de la valoración del petróleo arrojado al agua, y sobre las reparaciones de las averías...” Se recomienda al jefe de zona tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 276 del Código de Justicia Militar.24 La causa fue seguida contra el capitán de fragata Federico Taboada25 y otros.26 El 8 de febrero el presidente del Consejo solicitó se remita una recomendación al ministro de Guerra,

a favor del doctor Francisco Miguel Girban, quien ejerce como suplente del auditor general por más de tres años. El 16 de marzo se leyeron las memorias de los presidentes de la segunda, tercera y región de montaña, acordándose se publiquen junto con la memoria del presidente del Consejo. Al leerse la memoria de la tercera región, el coronel la Cotera llamó la atención sobre el caso del “Capitán Gerardo Flores y el grupo que comandaba con motivo de un movimiento del pueblo de Arequipa contra la conscripción vial”27, pues, creía que debía darse una ley que “defina definitivamente (sic) la jurisdicción militar al respecto”. En la sesión del 23 de marzo se leyó un oficio del jefe de la zona naval, manifestando que no ha recibido ninguna información “sobre el choque realizado en Balboa, entre el sumergible R.

24 “Art. 276.- El militar que en cualquier forma embarace las funciones de un juez o de una autoridad judicial, o ejerza influencia sobre los jueces o los Consejos para que se violente la ley en pro o en contra del enjuiciado, será penado con separación temporal o absoluta del servicio.” 25 Fue uno de los oficiales alumnos de la primera promoción de la Escuela Superior de Guerra Naval, nombrados el 2 de octubre de 1930, junto con el capitán de navío Tomás Pizarro, capitán de fragata Víctor S. Barrios, capitán de fragata Aurelio de la Guerra, comandante de aviación Carlos Gilardi y comandante de aviación Carlos Washburn. 26

Se inicia el libro de sesiones ordinarias del Consejo de Oficiales Generales N° 14.

27 La ley N° 4113, de 11 de mayo de 1920, conocida como “Ley de Conscripción Vial” o “Servicio de Caminos”, promulgada durante el segundo gobierno de Augusto B. Leguía, establecía el trabajo obligatorio de los peruanos y extranjeros residentes en el Perú, en la construcción y reparación de caminos u obras anexas. Los varones, con edades entre 18 - 21 años y 50 - 60 años, trabajarían 6 días al año. Los que tenían entre 21 y 50 años 12 días al año. No obstante haber ayudado a la construcción de una red vial importante, la ley tuvo una fuerte oposición de parte de un sector de la sociedad, particularmente de José Carlos Mariátegui y su entorno, que se puede apreciar, por ejemplo, de publicaciones de la revista “Amauta”.

50 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

uno (R-1) y el crucero Almirante Grau”. En la misma sesión, se leyó una comunicación del Estado Mayor de la Marina, manifestando que “se ha mandado una junta investigadora con motivo del referido choque y que tan luego se emitan los informes respectivos” se pondrán en conocimiento de dicha zona.

Con tal motivo hizo presente que tal disposición está en desacuerdo con lo que establece la Constitución del Estado en su artículo ciento cincuenta y seis, en el que se establece que la justicia militar no podrá por ningún motivo extender su jurisdicción sobre personas que no estén en servicio en el ejército, a no ser en caso de guerra nacional.”

El 23 de marzo se estableció una nueva composición de las salas del Consejo: “Sala Revisora, presidente, general de brigada Gabriel Velarde Álvarez, vocales, contralmirantes J. Ernesto de Mora y Pedro A. Buenaño y coroneles César Gonzales y Manuel G. de la Cotera; Sala de Guerra, presidente, señor general de brigada Manuel Pío Alcalá, vocales, contralmirante Federico Sotomayor y Vigil, y coroneles Carlos Augusto Pásara y Arturo F. Cornejo.”

El 11 de mayo el coronel la Cotera solicitó que se coloque en la galería de presidentes el retrato del coronel Arístides de Cárdenas y el coronel Pásara hizo lo propio respecto del retrato del coronel Francisco Diez Canseco. El Consejo acordó que “la secretaría de razón sobre el tiempo que presidieron ambos el Tribunal con vista de los libros de actas.” Se puso en conocimiento del Consejo la transcripción de la Ley N° 6194, cortando las secuelas de los juicios con motivo de diversas sublevaciones.28

En la sesión del 9 de mayo el contralmirante Buenaño manifestó que a través de la orden general de la Guardia Civil y Policía se había enterado “de un decreto supremo expedido el veintiséis de mayo último, en que se señalan penas a los civiles que faltan de palabra u obra a los individuos de la guardia civil en actos del servicio, considerando a los civiles como inmersos en el delito de insulto a centinela.

El 27 de junio se dio cuenta de un oficio del ministro de Guerra transcribiendo la resolución suprema por la que se nombraba al coronel Edgardo Arenas como vocal del Consejo de Oficiales Generales. Se integró al Consejo en la sesión del 6 de julio. El acta respectiva dice: “En este estado se incorporó al Tribunal el Coronel don Edgardo

28 Mandando cortar los juicios seguidos con motivo de las sublevaciones indígenas de Ayacucho, La Mar, Tayacaja, Huancané, Azángaro y Quispicanchis; igualmente, los juicios iniciados con motivo de los sucesos políticos ocurridos en la provincia de Tayacaja, en mayo de 1919 y los que tuvieron lugar en la ciudad de Cabana el 24 de julio de 1919…”

FMP 51


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Arenas, previo juramento de ley, retirándose de la sala el señor General Alcalá.” En la sesión del 16 de julio se integró al Tribunal el capitán de navío César Bielich29, especialmente llamado para conocer de una causa por impedimento del titular, coronel Edgardo Arenas. El 3 de agosto de 1928 se “dio cuenta de un oficio del señor Ministro de Guerra, transcribiendo la resolución suprema del veintitrés del mes próximo pasado, por la que se nombra vocal del Consejo de Oficiales Generales, al señor general don Juan M. Zuloaga”. Se dio cuenta también del oficio del referido general, “pidiendo se designe el día en que deba prestar el juramento respectivo”. El Consejo señaló como día para la juramentación el 6 de agosto, a las cuatro de la tarde.

En la misma sesión del 3 de agosto de 1928, “a petición del señor Contralmirante Buenaño, el Consejo acordó ponerse de pie, por breves momentos, y así lo hizo, en memoria del señor Coronel don Arturo F. Cornejo Herrera30 vocal que fue de este Tribunal.” El mismo contralmirante Buenaño, “manifestó que con motivo del fallecimiento del señor Coronel Cornejo, no había recibido aviso alguno sobre la forma en que se iban a realizar los funerales…” El presidente del Consejo, general Velarde, manifestó que la viuda había solicitado “que el cadáver no fuera llevado a la iglesia” y que el gobierno no había realizado ningún protocolo. El coronel Cornejo dejó de asistrir al Consejo por enfermedad, por lo que se le concedió licencias reiteradas, asistiendo por última vez a la sesión del 23 de marzo de 1928.31

29 César Bielich Pomareda (Lima, 27 de setiembre de 1873- Lima 19 de marzo de 1950), fue hijo de Adriano Bielich Mirandoli y Marcelina Pomareda Beltrán. Ingresó a la Escuela Naval en 1888 y egresó de ella como guardiamarina en 1894, prestando sus primeros servicios a bordo del transporte Santa Rosa y más adelante en los vapores Chalaco y Constitución. Prestó también servicios en la Escuela Náutica de Paita y en la Escuela Naval. Como ayudante del jefe de la Comisión de Construcción de los cruceros Almirante Grau y Coronel Bolognesi, viajó a Europa en 1905. En 1908, fue el segundo comandante del crucero Almirante Grau y entre 1909 y 1913 subdirector de la Escuela Naval, pasando después a comandar el crucero Coronel Bolognesi en dos oportunidades. En los años siguientes ocupó diversos cargos, como el de presidente de la Comisión Calificadora, inspector de las Guaneras y del Carguío del Guano. Ascendió a contralmirante en 1930 y se le nombró Director de Personal de la Marina. El 25 de agosto de 1930 integró la Junta de Gobierno presidida por el general Manuel María Ponce, tras la caída de Augusto B. Leguía, junta que duró pocos días, pues entregó el mando al teniente coronel Luís Miguel Sánchez Cerro. Pasó al retiro en 1935. 30 Su nieto Jesús Humberto “Beto” Tataje Cornejo refiere que su abuelo, nuestro biografiado, fue defensor de Arica y vencedor de Tarapacá y fue quien ordenó la composición del vals Adriana, para su enamorada Adriana Escobar Zavala, allá por los primeros años de 1900. Refiere que don Oscar Avilés fue quien le dijo que el vals Adriana lo había escribió el maestro Pedro Augusto Bocanegra, por encargo de un oficial del ejército, para la “enamorada” de este, que resultó ser después su abuela. La primera estrofa dice: “Adriana, bella mujer, yo te adoro con pasión por tu hermosura y poder me has robado el corazón.” La última estrofa dice: “En esta humilde canción te ofrezco, Adriana querida, entregarte a ti, mi vida, mi fiel prometida, tened compasión.” 31 El coronel Arturo F. Cornejo Herrera permaneció en el Consejo, como vocal, entre el 4 de febrero de 1925 y el 23 de marzo de 1928; es decir, algo más de tres años.

52 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

En la sesión del 6 de agosto de 1928 prestó juramento como vocal del Consejo de Oficiales Generales el general Juan Manuel Zuloaga32 y en la siguiente sesión, del 8 de agosto, presidió el Consejo. Integraron el mismo, en esa oportunidad, los contralmirantes J. Ernesto de Mora, Pedro A. Buenaño y Federico Sotomayor y Vigil, los coroneles Carlos Augusto Pásara, César Gonzales, Manuel G. de la Cotera, Edgardo Arenas y el doctor Juan Gallagher y Canaval como fiscal general. El general Gabriel Velarde Álvarez no concurrió a la sesión y pidió licencia, por intermendio del coronel Gonzales, por quince días, “para atender a sus asuntos particulares, la que le fue concedida.”

32

En la sesión del 22 de agosto se dio cuenta sobre una petición del jefe de zona de la segunda región militar, “insinuando al Tribunal que gestione ante el señor Ministro de Justicia que en el plan de la construcción del Palacio de Justicia, se considere un pabellón especial o compartimiento destinado a los Tribunales de la Justicia Militar.” El general Zuloaga solo participó en nueve sesiones del Consejo, hasta el 27 de agosto de 1928. Del 28 de agosto al 7 de setiembre presidió el Consejo el contralmirante de Mora. El 7 de setiembre se informó de un oficio del ministro de Guerra, transcribiendo “la resolución suprema de veintiocho de agosto último, por la que

El general de brigada Juan Manuel Zuloaga Navarrete nació en Lima en 1862 y falleció, en la misma ciudad, el 7 de noviembre de 1944. Durante la guerra con Chile, con el grado de subteniente, peleó en las batallas de San Juan y Miraflores. En la guerra civil de 1894-1895, que enfrentó a Cáceres y a Piérola, estuvo al lado del primero, con el grado de mayor. Tras la llegada de Piérola al poder, se apartó temporalmente del servicio. Retornó al ejército y entre 1904 y 1905 sirvió en la Escuela de Guerra. Con el grado de teniente coronel fue profesor de geografía en la Escuela Militar de Chorrillos en 1907 y 1908, año este último en que es nombrado comandante del Regimiento de Artillería de Montaña, permaneciendo en el puesto hasta 1910, en que asciende al grado de coronel y es designado director de Guerra. Fue “Jefe del Estado Mayor del Ejército en 1913, Comandante General de las Divisiones del Norte y el Sur entre 1914 y 1918 y Director de la Escuela Militar de Chorrillos en 1918”. Fue ascendido a general de brigada, mediante Resolución Legislativa N° 2829, promulgada el 11 de noviembre de 1918. En el segundo gobierno de José Pardo y Barreda, fue designado ministro de Guerra y posteriormente, tras la renuncia del doctor Germán Arenas, además, presidente del Consejo de Ministros, hasta el golpe de estado de Augusto B. Leguía, el 4 de julio de 1919. Durante el tiempo en que fue ministro de Estado, se fundó la Escuela de Aviación Militar, se impulsó el mantenimiento de los buques de guerra y se adquirió material bélico. Mandado apresar por Leguía, junto al presidente Pardo, fue liberado y viajó posteriormente a Europa, retornando al Perú en 1926. Ya retirado del servicio, fue elegido presidente de la “Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el Dos de Mayo de 1866 y Defensores Calificados de la Patria”, entre 1931 y 1936. Entre las obras que escribió se encuentran su tratado de Geografía Militar y su Manual de Artillería. (Algunas de estas referencias sobre la vida del general Zuloaga han sido tomadas del libro “150 años de Historia de la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el Dos de Mayo de 1866 y Defensores Calificados de la Patria”, Primera edición: julio de 2010, páginas 303 a 305.)

FMP 53


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

se subrroga en el cargo de vocal del Consejo al señor General don Juan M. Zuloaga por el de vocal de la comisión consultiva especial, para el que ha sido nombrado recientemente y se nombra en su lugar al señor Coronel don Edgardo Arenas, que desempeña interinamente el cargo.” En la misma sesión se dio cuenta de otro oficio del ministro de Guerra, “transcribiendo la resolución suprema por la que se acepta la renuncia del relator secretario de la zona militar de la primera región doctor don Luís Alberto Polar y se nombra en su reemplazo al doctor don Raúl Alva.” Igualmente, en dicha sesión, se hizo conocer de una comunicación del ministro de Guerra, invitando a los integrantes del Tribunal “a la ceremonia de las bodas de plata políticas del señor Presidente de la República que tendrá lugar en el Polígono de San Jerónimo.” El 11 de setiembre, el general de brigada Gabriel Velarde Álvarez volvió a presidir el Consejo y manifestó que “había tenido ocasión de conversar con el señor Presidente de la Corte Suprema, sobre el nuevo local del Palacio de Justicia, y que habiéndole expresado que el Consejo gestionaba la preparación de un pabellón para el Tribunal en el nuevo local en referencia, dicho señor le había manifestado que el Consejo debe tener su pabellón en dicho local, con el objeto indicado. El señor General Presidente manifestó (igualmente) que en

54 FMP

conformidad con lo acordado anteriormente, iba a ponerse al habla con el señor Ministro de Guerra y si era posible con el señor Presidente de la República.” El 8 de octubre se reintegró al Consejo el general de brigada Manuel Pío Alcalá, al término de la licencia de tres meses que se le concedió. En dicha sesión, a petición del coronel Pásara, el “Presidente dispuso que el ayudante del Consejo se constituya en el domicilio del señor Contralmirante Sotomayor a saludarlo con motivo del aniversario de Angamos. Igual cosa dispuso el Consejo, a petición del señor General Alcalá, respecto del señor Vicealmirante don Melitón M. Carbajal (sic). En seguida y a solicitud del señor General Alcalá el Consejo acordó ponerse de pie, por varios minutos, en homenaje a los que sucumbieron gloriosamente en el monitor “Huascar” en la caleta de Angamos, el ocho de octubre del (sic) mil ochocientos setentinueve, y así se realizó.” El 17 de octubre de 1928, conformaban el Consejo los generales de brigada Gabriel Velarde Álvarez y Manuel Pío Alcalá; los contralmirantes J. Ernesto de Mora, Pedro A. Buenaño y Federico Sotomayor y Vigil; los coroneles Carlos Augusto Pásara, César Gonzáles, Manuel G. de la Cotera, Egardo Arenas y el fiscal general doctor Juan Gallagher y Canaval.


GENERAL DE DE BRIGADA JUAN MANUEL ZULOAGA NAVARRETE Fue Jefe de la Zona Judicial de la Primera Región con el grado de coronel. Presidió el Consejo de Oficiales Generales del 8 al 27 de agosto de 1928. (Retrato ubicado en la galería de presidentes de la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo de 1866 y Defensores Calificados de la Patria).

FMP 55


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

I.6. Memoria presentada por el general de brigada Gabriel Velarde Álvarez, presidente del Consejo de Oficiales Generales, en la ceremonia de apertura del año judicial de 192833 Esta memoria comprendía el período del 18 de marzo de 1927 al 17 de marzo de 1928. Decía el general Velarde, que habiendo opinado franca y decididamente en sus memorias de 1926 y 1927, en pro de la urgencia y la oportunidad de la reforma, estudiando y comentando, con amplitud, distintos y numerosos tópicos, que en su modesto concepto debían contemplarse en ella, haciendo a la vez resaltar las deficiencias y los errores anotados en la aplicación del código, durante treinta años, por los funcionarios y letrados del ramo; en la presente memoria, se contraía a llamar la atención de los señores vocales y de la comisión reformadora del código, respecto de determinados puntos, no considerados en las anteriores memorias, concernientes más que a la parte sustantiva de la ley, a la de procedimientos, con el objeto de normalizar y hacer más efectiva, más práctica en una palabra, la administración de la justicia privativa, convencido de que todo lo que atañía al ejército y a la armada, debía contemplarse siempre con criterio positivo y experimental.

33 Empresa Editorial Cervantes- Polvos Azules 138, Lima – Perú.

56 FMP

Decía también, que cumpliendo lo dispuesto en el decreto supremo de mayo de 1926, que nombraba la comisión reformadora del Código de Justicia Militar, se había puesto a disposición de dicha comisión, todas las memorias anuales de los presidentes del consejo, “en las que se encuentran muchas e importantes iniciativas”, las copias de la mayor parte de acuerdos vigentes y “también las proposiciones tendientes a la reforma, presentadas al consejo por los señores vocales, coroneles don César Gonzales y don Manuel G. de la Cotera…” Precisaba que varios de sus antecesores en ese honroso sitial habían opinado que se cambie el título de Consejo de Oficiales Generales, que la ley N° 273, de 6 de octubre de 1906, había dado al tribunal, reemplazado el de Consejo Supremo de Guerra y Marina, que era muy adecuado. Proponía darle otra denominación “más adecuada a sus funciones, en una palabra, más técnica”. Esa denominación podía ser: “corte (o consejo) militar (o marcial) de guerra y marina o de corte (o consejo) de justicia militar y naval, o cualesquiera otra que corresponda mejor a la importancia y naturaleza de sus funciones técnicas, y a su condición del más alto y único tribunal permanente del fuero de guerra.” Reclamaba, de otro lado, que en el presupuesto general de la República se incluyese la partida


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

correspondiente como forma de “asegurar la aparición anual o bienal de los anales de justicia militar, y la gratificación extraordinaria a los empleados de la secretaría que cooperen en su publicación.” Refería el general Velarde, que de acuerdo “con la experiencia adquirida y la opinión de ilustrados funcionarios del ramo”, consideraba inconveniente que el secretario de la zona, sea a la vez el relator de los consejos de guerra convocados en la misma. Tras explicar la escasa o ninguna preparación jurídica del personal asignado para ejercer cargos de secretarios de juzgado e incidir en la necesidad de dotar a dichos juzgados de secretarios letrados, pedía que la reforma tuviera en cuenta e incluyera en el código, “que exista un secretario relator letrado especial en los consejos de guerra, distinto del secretario relator que actúa en las zonas y dotando a los juzgados de instrucción de un secretario letrado, se habrá dado un paso adelante y firme en el amplio camino de la reforma integral, que perseguimos actualmente, mucho más, si los consejos de guerra para oficiales y tropa han de ser permanentes, como es el sentir general de los funcionarios del ramo y de los presidentes del tribunal, que han estudiado este tópico importante de nuestra legislación militar. El artículo 384° del Código de Justicia Militar establecía que la instrucción debía terminar “en el plazo de siete días, bajo responsabilidad del juez instructor”. El general Velarde decía que esa

disposición había sido ilusoria en la práctica, “pues dado el crecido número de juicios militares y la falta de personal auxiliar de los jueces, es materialmente imposible que pueda observarse dicha prescripción legal, ni tampoco ha podido hacerse efectiva la responsabilidad de los funcionarios judiciales.” Proponía que se adoptara la disposición del artículo 165° del Código de Procedimientos en materia criminal, promulgado en 1920, que prescribía que la instrucción terminaba en 30 días, que incluso podía ampliarse por 15 días más y extraordinariamente por más días, según el artículo 166° del dicho código. El general Velarde recomendaba: “Disposición análoga convendría adoptar en la justicia militar, para que no resulten inútiles las disposiciones de la ley y pueda exigirse su cumplimiento a los funcionarios, llamados a observarlas.” Hacía también una observación sustancial al artículo 594° del Código de Justicia Militar, que establecía “que cuando el reo se halle ausente desde la iniciación del juicio o por haberse fugado después, se tramite y pronuncie la respectiva sentencia, archivándose en este estado la causa hasta que se presente o sea capturado; así que el reo es juzgado y condenado sin oírsele.” Tras razonar sobre la inconveniencia de ese artículo, refería que era urgente plantear la reforma del citado artículo y siguientes, “en el sentido de que se continúe el procedimiento hasta la acusación fiscal, en cuyo estado se reservará el proceso, como

FMP 57


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

ocurre en el fuero común; y en caso de presentarse el reo o ser capturado, se seguirá el procedimiento hasta el término del juicio.” Otro aspecto planteado por el general Velarde fue el alcance del “artículo 1° de la ley N° 2442 de 3 de setiembre de 1917”, que establecía: “a la jurisdicción de guerra están sujetos los militares, únicamente por infracciones cometidas en actos del servicio, previstas en el código de justicia militar.” Sobre este punto, decía que no obstante el presidente de la comisión reformadora del código vigente había dicho en su informe inicial al ministro de Guerra (julio de 1927) que el código se aplicaba a “todos los miembros del instituto armado o fuerza pública, comprendiendo desde los generales y contralmirantes hasta la tropa y marinería”. Igualmente, la comisión había precisado que los empleados y funcionarios del ramo de guerra, marina y policía y de todas sus dependencias estaban asimilados a la condición de servidores del ejército; “porque no es posible que cuando esas personas consagradas a labores de carácter privativo, cometan un delito típicamente militar, vayan al fuero común”. Velarde pensaba que todo lo dicho no resultaba suficiente, pues nada se decía sobre los militares en situación de retiro y disponibilidad, tampoco de las infracciones cometidas en actos del servicio o fuera de él, que era necesario precisar. Hablando sobre la comisión reformadora del Código de Justicia Militar, nombrada el 18 de mayo de

58 FMP

1926, decía que su presidente, el doctor Jiménez, el 22 de julio de 1927, había elevado “un luminoso informe al señor ministro de guerra”, publicado en los diarios de esta capital, dándose cuenta del estado de las labores de la comisión, que empezó sus funciones adoptando el siguiente orden de trabajo: “1°.- Código penal sustantivo para el ejército y la armada. 2°.- Organización judicial militar. 3°.- Procedimientos judiciales militares.” La comisión había acordado tomar como modelo el código militar vigente y tener presente las ejecutorias y acuerdos del Consejo de Oficiales Generales. Había resuelto también tener como fuentes de ilustración: “1°.- El proyecto de ordenanzas del ejército, formulado en 1878, por la comisión presidida por el general don Manuel de Mendiburu. 2°.- El proyecto de reforma del código vigente, elevado por la comisión presidida por el doctor Alberto Elmore, en setiembre de 1900. 3°.- El proyecto de Código de Justicia Militar, elevado en mayo de 1921, por la comisión presidida por el capitán de navío don Toribio Díaz. 4°.- Los códigos comunes vigentes. 5°.- Las reformas que en estos códigos introdujo la comisión que integraban los doctores Ángel Cornejo y Plácido Jiménez.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

6°.- La constitución y las leyes nacionales pertinentes. 7°.- Las memorias de los presidentes del Consejo de Oficiales Generales y de los jefes de zona. 8°.- Las legislaciones de la Argentina, Brasil, Chile, Méjico, Bélgica, Francia e Italia.” El general Velarde hacía mayores precisiones sobre el proyecto de reforma. Las disposiciones generales se dividían en cuatro secciones: De las personas sujetas al código; del delito y la responsabilidad; del delincuente y de la penalidad. En cuanto a las penas que se establecían en el proyecto, la más grave era la de muerte y en comparación con el código de 1898, fueron suprimidas las penas de reclusión militar y de retardo en el servicio. En cuanto a los delitos, estos fueron agrupados de mejor forma, de acuerdo al “bien jurídico tutelado”, como diríamos hoy. Finalizaba el general Velarde sus apreciaciones sobre el informe de la comisión, en los términos siguientes: “El estudio sereno del notable documento a que acabo de referirme, da el convencimiento que la reforma radical e inaplazable del código militar vigente, anhelada por todos, profesionales y particulares, reclamada por la opinión pública, y ordenada por el preclaro mandatario supremo, señor Augusto B. Leguía34 –que entre las grandes

34

tareas de reconstrucción nacional en que se halla empeñado, no podía olvidar a la institución militar, donde un código moderno a la altura de los que rigen en países más adelantados– se halla en marcha, bajo una hábil dirección, y que es posible, que concluido el trabajo en el curso del presente año, revisado y modificado, sea sometido al congreso nacional a fines del presente año o en 1929, a más tardar…” Durante este año el Consejo estuvo conformado de la forma siguiente: Vocales: General de brigada Gabriel Velarde Álvarez, presidente. Contralmirante J. Ernesto de Mora. General de brigada Manuel Pío Alcalá. Contralmirante Pedro A. Buenaño. Contralmirante Federico Sotomayor Vigil. Coronel Carlos Augusto Pásara. Coronel César Gonzales. Coronel Arturo F. Cornejo. Coronel Manuel G. de la Cotera. Fiscal general: doctor Juan Gallagher y Canaval.

Velarde Álvarez estuvo fuertemente vinculado a Leguía, de allí ese verbo reverente.

FMP 59


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Suplentes del fiscal general: doctores Eulogio Cavada y Carlos Arenas Loayza.

Juez instructor permanente: teniente coronel Oswaldo Carmelino.

Suplentes del auditor general: doctores Miguel F. Girbau, doctor Porfirio Martínez la Rosa y Carlos J. Broggi.

Secretario: teniente de reserva César F. Sologuren.

Relator secretario: doctor J. Aníbal Solano. Suplentes del relator secretario: doctores V. Fernando Quevedo, José M. Calle y Samuel del Mar y Morla.

Secretario: capitán Nicanor Salazar Velarde.

Personal de las distintas zonas judiciales:

Juez instructor sustituto: coronel Carlos A. Méndez.

Primera región: Jefe de zona: coronel Néstor Scamarone. Auditor de guerra y secretario: doctor Lorenzo Orrego V. Juez militar permanente: teniente coronel Enrique Vargas Mazen. Secretario: teniente Ernesto F. Ramírez. Suplentes del auditor de guerra: doctores Raúl Alva, Juan Rivero Piedra y Mario J. Bazán. Suplentes del relator secretario: doctores Medardo Revilla, Miguel García LLaque y Oscar Imana. Segunda región:

Juez instructor sustituto del Callao: teniente coronel Reynaldo Murguía.

Juez instructor sustituto: teniente coronel Antonio Rodríguez. Secretario: teniente Eulogio Velarde. Suplentes del auditor de guerra: doctores Germán L. Gutiérrez, Atilio Tassara y Federico U. Gardini. Suplentes del relator secretario: doctores Oscar Malca Holguín y Luís S. Estrada Galdo. Tercera región: Jefe de zona: coronel Enrique L. Torres. Auditor de guerra: doctor Juan A. Bustamante de la Fuente.

Jefe de zona: coronel César Zorrilla Luján.

Relator secretario: doctor Horacio Morales.

Auditor de guerra: doctor Hernán Noriega.

Juez militar permanente: teniente coronel César Cereceda.

Relator secretario: doctor Juan Angulo Puente Arnao.

60 FMP

Juez instructor permanente: teniente coronel Federico G. Bazo.

Secretario: teniente Carlos Chamorro.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Suplentes del auditor de guerra: doctores Manuel E. Piérola, Luis Rubira y E. Bustamante. Suplentes del relator secretario: doctores Juan Guillermo Bedoya, Luís E. Cuadros y Julio Gómez de la Torre. Cuarta región: Jefe de zona titular: coronel Ricardo G. Arbulú.

Secretario: teniente Héctor Barreto. Suplentes del auditor de guerra: doctores Alfredo Arbuña, Alfredo Borda y Héctor Ramírez del Villar. Suplentes del relator secretario: doctores Federico Maguiña, Pedro del Águila e Ignacio Morey.

Jefe de zona interino: coronel Mariano Gutiérrez.

Zona naval

Auditor de guerra: doctor Pío P. Artadi.

Auditor de guerra: capitán de fragata asimilado doctor Manuel Antonio Maurtua.

Relator secretario: doctor Roberto Frisancho. Juez militar permanente: coronel Manuel A. Cabrera. Secretario: teniente Severo Ramírez. Suplentes del auditor de guerra: doctores Roberto Frisancho, Pastor Ordoñez y Amadeo Landaeta. Suplentes del relator secretario: doctores Alejandro Pinto, Domingo Cortez y Ricardo Paniagua. Región de montaña: Jefe de zona: teniente coronel Carlos E. Lembecke. Auditor de guerra: doctor Darío Urmeneta. Relator secretario: doctor Carlos Badani. Juez instructor interino: teniente coronel Amaro La Rosa.

Jefe de zona: capitán de navío Julio Carvajal.

Relator secretario: teniente primero doctor Germán Grimaldos Soto. Juez instructor de marina: capitán de fragata Víctor V. Valdivieso. Secretario: teniente 1° Miguel Paulette. Suplentes del auditor de guerra: doctores Germán Amat y León, Carlos Valdez de la Torre y Carlos Sayán Álvarez. Suplentes del relator secretario: doctores Cesáreo Vidalón Menéndez, Marcos Grisolle Tirado y Tadeo Duarte Rodríguez.

Terminó “la lectura de esta breve memoria”, agradeciendo a los integrantes del Consejo por su colaboración y resaltando el trabajo realizado en armonía, en un ambiente de serenidad y tolerancia, “compatibles con las elevadas funciones del consejo y la cultura y espíritu militar de su distinguido personal…” FMP 61


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

I.7. Labor del Consejo de Oficiales Generales en 1929 En la sesión del 30 de enero de 1929, se dio cuenta de un oficio del coronel Guillermo Rivero de la Guarda, “solicitando se le señale día y hora para prestar el juramento respectivo, como vocal del Consejo”.35 Se dispuso como día del juramento el 6 de febrero de 1929. En la misma sesión se dio cuenta de 4 oficios de “los doctores Miguel Martínez, Carlos Zavala Loayza36, Carlos Gandolfo

Corvacho, suplentes del señor fiscal, y (del) doctor Germán F. Gutiérrez, suplente del señor auditor general, acusando recibo de sus nombramientos y aceptando como tales.” El 20 de febrero, el coronel Gonzales manifestó que debía decirse en el acta, “que el proyecto de reglamento interior, ha sido formulado por el ex Fiscal del Consejo doctor Elías, y por el Vocal que habla, que fueron nombrados en comisión para tal objeto por el Tribunal”.

35

El Coronel Guillermo Rivero de la Guarda se integró por primera vez al Consejo en la sesión del 18 de febrero de 1929.

36

Carlos Zavala Loayza nació en Lima el 24 de julio de 1882. Fue hijo de Pedro José Zavala y Virginia Loayza, ambos naturales de Tarapacá. Se graduó de doctor en jurisprudencia en 1904, en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Fue elegido concejal provincial de Lima en 1906, función que ejerció con gran capacidad, organizando en 1909 los primeros “Juegos Florales” literarios que se realizaron en el Perú. Se enroló en el Batallón de Voluntarios que reunía a universitarios y abogados, cuando en 1910 se dieron gritos de guerra con Ecuador. Se casó con Rosa Oyague y Noel con quien tuvo dos hijos. Ese mismo año de 1912 inició su carrera judicial como “Agente Fiscal de Lima”. En 1913, durante el primer año del gobierno de Billinghurst, fue designado secretario de primera clase de la legación del Perú en Roma y posteriormente fue encargado de negocios del Perú ante el gobierno de Italia, cumpliendo importante labor. En 1924 fue nombrado fiscal de la Corte Superior de Lima. En 1926 se desempeñó como catedrático de la Facultad de Jurisprudencia de San Marcos, donde inauguró la cátedra de Derecho Procesal Penal, en la que tuvo por alumnos a José León Barandiarán y Jorge Basadre.

En 1930 fue nombrado fiscal del Tribunal de Sanción Nacional, organismo creado por la Junta Militar de Gobierno encabezada por el teniente coronel Luis Sánchez Cerro, que tenía como misión juzgar los delitos de corrupción del régimen leguiístas y en 1932 fue nombrado vocal titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, alto organismo que presidió en 1941 y 1942.

Fue presidente del Consejo de Ministros y ministro de Relaciones Exteriores durante el gobierno constitucional de Sánchez Cerro, entre setiembre y diciembre de 1932, cargos que dejó por haber el Congreso Constituyente sancionado la incompatibilidad en el desempeño de funciones judiciales con las de ministro de Estado. Reasumió sus actividades jurisdiccionales en la Corte Suprema y su labor docente como catedrático principal de Derecho Procesal Penal en la Facultad de Derecho de San Marcos. Fue presidente del Club Nacional entre 1934 y 1936. Presidió la Corte Suprema de Justicia en 1941 y 1942. Se jubiló de la magistratura el 24 de julio de 1952. Fue autor de los libros siguientes: Programa de Derecho Procesal (1929), Programa de Derecho Procesal Penal (1937), Sinopsis Histórica de la Legislación Penal en el Perú (1941) y El Proceso Penal y sus Problemas (1947). Falleció el 24 de setiembre de 1957. Un local del Poder Judicial lleva su nombre actualmente. (MILLA BATRES, Carlos. Diccionario Histórico y Biográfico del Perú (Siglos XV – XX), Tomo IX, Lima, 1986, páginas 380 y 381; CÁCERES, Esteban M. España en el Perú, segunda edición, 12 de octubre de 1923, Lima – Perú, páginas 275, 276 y 277.)

62 FMP


DR. CARLOS ZAVALA LOAYZA Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República (1941-1942). Fiscal general suplente del Consejo de Oficiales Generales en 1929. Retrato tomado del libro España en el Perú (1923).

FMP 63


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

El 18 de marzo se dio cuenta de la resolución suprema por la que se “nombra vocal del Consejo de Oficiales Generales, al señor Contralmirante don Augusto Loayza en reemplazo del señor Contralmirante don Pedro A. Buenaño que ha fallecido.” La última sesión a la que asistió el contralmirante Buenaño fue la del 25 de febrero, de forma tal que permaneció en el Consejo desde la sesión del 12 de julio de 1926, en que se incorporó con el grado de capitán de navío, hasta la sesión del 25 de febrero de 1929; es decir, 2 años, 5 meses y 14 días. En la misma sesión del 18 de marzo, a petición del coronel Gonzales, “el Consejo acordó ponerse de pie por breves momentos en homenaje a la memoria del que fue vocal del Consejo, contralmirante don Pedro A. Buenaño, lo que así se realizó.” El 22 de marzo se integró al Consejo el contralmirante Augusto Loayza Mosquera37, integrando en esa fecha el Consejo el general de brigada Gabriel Velarde Alvarez, como presidente, los contralmirantes J. Ernesto de Mora y Federico Sotomayor y

37

Vigil, el general de brigada Manuel Pío Alcala, los coroneles César Gonzales, Guillermo Rivero de la Guarda y Edgardo Arenas y el fiscal general doctor Juan Gallagher y Canaval, encontrandose con licencia, por enfermedad, el coronel Carlos Augusto Pásara Mejía. En la sesión del 22 de marzo se dio cuenta de un oficio del doctor Germán Amat y León,”suplente del Auditor de Marina, aceptando dicho cargo…” En la misma sesión, “el señor Coronel Gonzales manifestó su complacencia por la memoria del señor General Presidente del Consejo, leida en sesión del veinte del actual, a cuya manifestación se adhirieron unánimemente los señores vocales y el señor fiscal.” El 5 de abril de 1929 se dio cuenta de un oficio del presidente de la Corte Suprema de la República, “en el que manifiesta, que el Tribunal se sirva disponer la remisión a esa Corte, de boletines de cada una de las condenas impuestas y ejecutoriadas, según los casos, por este Consejo o los demás Tribunales Militares, que se hallen bajo la jurisdicción

Nació en Lima el 1° de setiembre de 1866. Fue hijo de Miguel Loayza y Carmen Mosquera. En 1885 se hizo guardiamarina, embarcándose en el vapor “Perú”: Encontrándose con licencia navegó en barcos mercantes a Chile e Inglaterra. De vuelta al servicio estuvo embarcado en el “Lima”, “Chalaco” y “Santa Rosa”. En 1907 fue 2° comandante del “Iquitos” y en 1908 formó parte de la Comisión Hidrográfica. Después desempeñó los puestos de Intendente General de Marina, Director de Operaciones, Comandante General de la División Naval y Director de Personal. Ascendió a contralmirante en 1926. Murió en Lima el 13 de junio de 1936. (CASTAÑEDA MARTOS, Alicia, Reseñas Biográficas de Oficiales de Marina, Serie/Biografías. Publicaciones del Instituto de Estudios Histórico – Marítimos del Perú. Imprenta de la Marina de Guerra del Perú. Lima 1999, pág. 120).

64 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

de este, a partir del veintinueve de julio de mil novecientos veinticuatro, en que empezó a regir el Código Penal; asi como también el funcionamiento de registros de cuadernos, análogos a los que se llevan por los Tribunales Superiores y jueces del fuero común, en los que se haga la inscripción de las condenas, en que aparezcan registrados en un libro único, todos los individuos sobre quienes pesa alguna causa penal a favor de la sociedad, dando así cumplimiento a lo establecido en el Código Penal en vigencia, en el artículo trescientos noventa y ocho.” En la sesión del 10 de abril, a petición del fiscal y por acuerdo del Consejo, el “Relator Secretario dio lectura a la Ley de Organización del Ejército, publicada en el diario “La Prensa”, edición de la mañana del sábado seis del corriente. Con tal motivo y después de detenida deliberación, el Consejo acordó autorizar al señor General Presidente para que haga las debidas gestiones ante el señor Ministro de Guerra con el objeto de salvar los inconvenientes creados por el artículo once de dicha Ley, en que se considera a la justicia militar como un simple servicio del Ejército; siendo el voto del señor General Alcalá porque el Consejo debe asumir otra actitud, formulando una

38

exposición de hechos ante el Supremo Gobierno, demostrando el carácter anticonstitucional de la referida Ley en cuanto a la justicia militar se refiere…” Los vocales discutieron el tema ampliamente y cada uno de ellos fijó su posición. En la siguiente sesión del 12 de abril, el presidente “dio cuenta de haber tenido una conferencia con el señor Ministro de Guerra, respecto del asunto de la Ley de Organización del Ejército, exponiendo las conclusiones a las que habían llegado en esa entrevista”. El 15 de abril el presidente hizo observaciones al acta anterior y “dijo que él había manifestado que el señor Ministro de Guerra, en la conferencia le indicó que para reglamentar la Ley de Organización del Ejército, llamaría para que formen parte de la comisión dos miembros del Consejo, un marino y un militar más antiguos.” En la sesión del 26 de abril se concedió al general Velarde quince días de permiso para resolver asuntos personales. El 8 de mayo el contralmirante J. Ernesto de Mora solicitó “se gestione la designación de un Jefe para el reemplazo del señor Contralmirante Loayza en el Consejo, mientras desempeña la cartera de Marina y Aviación.”38

Fue Ministro de Marina y Aviación en las postrimerías del gobierno de Leguía.

FMP 65


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

El 10 de mayo de 1929, se dio cuenta de una resolución suprema, “por la que se concede su pase a la disponibilidad al señor General don Gabriel Velarde Álvarez”. La última vez que el General Velarde presidió el Consejo fue en la sesión del 24 de abril de 1929. El contralmirante Mora venía presidiendo el Consejo desde el 29 de abril. En la sesión del 15 de mayo se autorizó la cancelación de la factura emitida por la Imprenta Cervantes, por ciento ochenta y ocho libras peruanas, por la impresión de trescientos ejemplares, “inclusive cuatro empastados”, del tomo quinto de los “Anales de Justicia Miltiar”. Los coroneles Pásara y Arenas refirieron que el precio era muy alto. En la sesión del 29 de mayo se hizo referencia que tal monto fue rebajado en ocho libras. En esa misma fecha se integró como vocal al Consejo el coronel Juan C. Díaz, dándose lectura a la resolución suprema que lo nombraba en tal cargo. El 3 de junio se informó de la resolución suprema, de fecha 2 de mayo de 1929, “por la que se concede al señor General de Brigada don Manuel Pío Alcalá, vocal del Consejo de Oficiales Generales, su pase a la situación de retiro”. El General Alcalá concurrió a las sesiones del Consejo hasta el 20 de mayo de 1929. Tuvo una presencia dilatada en el Consejo, pues se integró a ella, como Coronel, el 15 de junio de 1915 y permaneció hasta el 20 de mayo de 1929; es decir, cerca de 14 años.

66 FMP

El 12 de junio prestó juramento y se integró al Consejo el capitán de navío José M. Tirado. El 5 de julio se informó de una resolución suprema, de fecha 25 de junio último, por la que se nombraba al coronel Enrique L. Torres, vocal del Consejo de Oficiales Generales. El 17 de julio el Consejo estuvo integrado por los contralmirantes José Ernesto de Mora, como presidente, y Federico Sotomayor y Vigil; coroneles Carlos Augusto Pasara, César Gonzales, Guillermo Rivero de la Guarda, Juan C. Dias y Edgardo Arenas; el capitán de navío José M. Tirado y el doctor Juan Gallagher y Canaval, fiscal general. En la sesión del 2 de agosto de 1929, el contralmirante J. Ernesto de Mora planteó al Consejo un procedimiento más expedio para el juzgamiento del delito de deserción simple; decía: “siendo la deserción simple, el delito que se comete con más fecuencia, y que se acumulan gran número de juicios, cuyo retardo en resolverse produce la prescripción, creía que sería conveniente establecer un procedimiento rápido para su juzgamiento. Consideraba que el nuevo Código dispusiera, que los enjuiciados por este delito sean juzgados por un Consejo de Guerra compuesto de un Mayor y dos Capitanes, el que sería convocado en cada una de las Zonas Militares o en la Naval…, para juzgar dicho delito tan sencillo en su tramitación y que exige una pronta sanción para la moralidad de los individuos de tropa; proponía … (se considere ello) en el nuevo Código


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

de Justicia Militar, que en breve será sometido a la aprobación del Poder Legislativo.” 39 40 El 10 de agosto se puso en conocimiento de los miembros del Consejo un oficio del ministro de Marina y Aviación, transcribiendo la resolución suprema del 10 de julio último, por la que “se nombra Jefe de la Zona Naval, al Capitán de Navío don Nicolás Zavala y Zavala, en reemplazo del señor Capitán de Navío don Julio Carvajal.” El 2 de setiembre prestó juramento el coronel Enrique L Torres, “nombrado por resolución suprema, vocal del Consejo, según consta del libro respectivo de juramentos, quedando incorporado al Tribunal.” En la sesión del 13 de setiembre de 1929, el Consejo estuvo integrado por los contralmirantes José Ernesto de Mora y Federico Sotomayor y Vigil; los coroneles Carlos Augusto Pásara, César Gonzales, Guillermo Rivero de la Guarda, Juan C. Díaz, Enrique L. Torres y Edgar Arenas; por el capitán de navío José M. Tirado y el doctor Juan Gallagher y Canaval como fiscal general.

El 13 de setiembre se informó de “una esquela de la Compañía Internacional de Seguros del Perú, participando que el seguro del Tribunal expirará el día catorce del presente. Se acordó renovar dicho seguro en la misma cantidad de dos mil libras.” En la misma sesión, “a petición del señor coronel Rivero de la Guarda, el Consejo acordó por unanimidad que la presidencia se sirva dirigir, una tarjeta de congratulación, a los señores generales don Manuel Pío Alcalá41 y don Gabriel Velarde Álvarez,42 por su incorporación al Congreso Nacional.” En la sesión del 18 de setiembre se dio cuenta “de la factura de la Imprenta Americana, ascendente a la suma de ciento veinticinco libras cuatrocientos cincuenta milésimos, por la impresión de la memoria última de la Presidencia del Tribunal, correspondiente al año judicial de mil novecientos veintiocho.” El 27 de setiembre, al resolver el Consejo en la causa seguida al guardia civil Leonardo Contreras, por deserción, de conformidad con el dictamen del señor auditor general, aprobó el auto por el que se le sobreseía definitivamente en dicha instrucción.

39

Se incia el libro de actas de las sesiones ordinarias del Consejo de Oficiales Generales N° 16.

40

Esa aprobación no se dio. Fue un proyecto más de los muchos que se elaboraron para reformar el Código de Justicia Militar de 1898. Un nuevo código se promulgó recién en 1939.

41

El general Manuel Pío Alcalá presidió la “Mesa Momentánea” de la Cámara de Diputados, el 12 de setiembre de 1929, en el contexto de la instalación del Congreso de la República de 1929 a 1930. <www4.congreso.gob.pe/archivo/alerta_informativa/Alerta_11.pdf.> Consulta en mayo de 2018)

42

El general Álvarez integró el Congreso de la República como senador.

FMP 67


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

“Con tal motivo el Consejo acordó dirigirse al señor ministro de Gobierno, por conducto del de Guerra, haciéndole presente que los contratos de enganche y reenganche de los guardias civiles no reunen los requisitos que exije (Sic) la ley de servicio militar obligatorio, por lo que no es posible calificarlos como desertores, y por consiguiente el Tribunal se ve en el caso de aprobar los sobreseimientos expedidos en dichas instrucciones por los Jefes de Zona.” El 7 de octubre de 1929, el presidente del Consejo manifestó: “que según informaciones que había recibido, se encontraba preso el señor vocal Coronel don César Gonzáles, por lo que el Tribunal acordó que la Presidencia se sirviera hacer las investigaciones convenientes, citando para sesión especial, el día de mañana a la hora de costrumbre, para dar cuenta del resultado de esas investigaciones.”

preso en la Prefectura… por orden del señor Ministro de Gobierno y Policía… como detenido político, complicado en una conspiración… Solicitó ver al Coronel Gonzáles y se le permitió, (…) encontrándolo en un salón de la Prefectura con centinela de vista”, expresándole el coronel Gonzáles “su sorpresa por la condición en que se encontraba y que era completamente extraño a toda maquinación de orden político…” Refirió también el contralmirante de Mora, que “encontrándose ya en su domicilio, el Oficial de Marina, hijo del señor Coronel Gonzáles, que encontró en la Prefectura, lo llamó por teléfono después de las nueve de la noche, y le comunicó que en su presencia en el Callao, fue embarcado su señor padre en una lancha, y trasladado a la isla de San Lorenzo, donde como se sabe hay otros detenidos políticos.”

El 8 de octubre, el presidente manifestó “que con motivo del aniversario del Combate de Angamos invitaba al Tribunal a rendir homenaje, a los que en ese día memorable, dieron gloria al Perú y a la Amércia, con sus heróicas hazañas. A la que se adhirieron unánimamente los señores miembros del Tribunal”. El contralmirante Sotomayor y Vigil, “manifestó su profundo agradecimiento por el saludo, que por intermedio del ayudante del Consejo, se le había enviado.”

Los miembros del Consejo discutieron el tema largamente, surgiendo varias mociones, como la de remitir una comunicación al ministro de Guerra, dándole cuenta de la situación y pueda interponer sus buenos oficios; la de pedir a dicha autoridad una investigación al respecto y se procese al coronel Gonzáles conforme a las nórmas del Código de Justicia Militar; de no remitir ningún documento, pues en esos casos procedía el hábeas corpus, como planteaba el fiscal general doctor Gallagher.

Respecto a la detención del coronel Gonzáles, el presidente dijo que efectivamente “se encontraba

El 14 de octubre se dio cuenta de un oficio del ministro de Guerra, transcribiendo una resolución

68 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

suprema del tres de octubre, por la que se nombraba jefe de zona de la cuarta región al coronel Carlos G. Fernandini. En la misma sesión, el jefe de zona de la segunda región, comunicó “haber mandado abrir juicio contra los Coroneles don Enrique F. Ballesteros y Ernesto Montagne y otros Jefes, Oficiales e individuos de tropa, por el delito de rebelión.” Esta información reavivó la discusión sobre la situación del coronel Gonzales y el 16 de octubre el presidente informó que había conversado con el ministro de Guerra respecto al caso del coronel Gonzáles, manifestando éste que se pondría al habla con el ministro de Gobierno y Policía. En la sesión del 21 de octubre se dio cuenta de “una solicitud del doctor don Roberto Frisancho, Relator Secretario de la Zona de la Cuarta Región (Puno), pidiendo tres meses de licencia, por razón de enfermedad.” El 23 de octubre el presidente manifestó que se había omitido en el acta del 16 de octubre “que el manifestó que había tenido una conferencia con el señor Ministro de Guerra43 sobre la detención del

señor Coronel Gonzáles, preguntándole sobre el resultado de la entrevista que dicho señor ministro debía tener con el de Gobierno y Policía y le contestó dicho señor Ministro de Guerra, que había hablado sobre el particular con el doctor Huamán de los Heros44, y que este le había dicho, que esa era una cuestión que debía tratarse próximamente. Además indicó el señor Contralmirante Presidente, que el día de hoy tuvo otra conversación con el señor ministro de guerra, quien le dijo, que de lo conversado con el ministro de gobierno y policía, este le daba a entender, que la situación del señor Coronel Gonzáles, no dependía exclusivamente de dicho señor ministro de gobierno, sino de más arriba.” En el acta de la sesión del 15 de noviembre se indica: “habiendo dejado de asistir con aviso el señor vocal coronel don César Gonzales”, quien no concurrió tampoco a las sesiones del 18 y 22, habiéndolo hecho recién en la sesión del 25 de noviembre. En suma, el coronel Gonzales no concurrió a 19 sesiones del Consejo, entre las sesiones del 7 de octubre y el 22 de noviembre de 1929.

43

El Ministro de Guerra del gobierno de Leguía, en ese entonces, era el general de brigada José Luis Salmón.

44

En 1929, al producirse una nueva reelección de Leguía, se le confió el ministerio de Gobierno y Policía y la presidencia del Consejo de Ministros. Conformaron su gabinete Pedro M. Olivera en Relaciones Exteriores, el general José Luis Salmón, en Guerra, Manuel G. Masías en Hacienda, Alfredo Mendiola, en Fomento, José Ángel Escalante, en Justicia e Instrucción y el contralmirante Augusto Loayza, en Marina y Aviación. Al ministro Masías le sucedió poco después Fernando Fuchs, siendo este, prácticamente, el último gabinete del Oncenio de Leguía, que estuvo en funciones hasta el 24 de agosto de 1930.

FMP 69


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

El 25 de noviembre el coronel Gonzales manifestó que presentaría al Tribunal, próximamente, por escrito, “lo ocurrido alrededor de su prisión, agregando que al siguiente día de su detención envió al Consejo, por conducto de la Prefectura del Callao, una solicitud pidiendo su enjuiciamiento.” El 29 de noviembre el coronel César Gonzales expuso sobre las circuntancias de su detención, en los siguientes terminos: “Señor Contralmirante Presidente: Considero un deber dar cuenta al Tribunal del que me es horroso formar parte, del atropello de que fui víctima el siete de octubre pasado, reducido a prisión en las calles de Lima, de orden del señor Ministro de Gobierno, conforme me manifestó el comisario del cuartel sexto, acompañado por varios agentes de la policía. Conducido a la Prefectura del Departamento, donde recibí la visita de usted, y por ella me impuse que estaba en condición de detenido político, de allí en la noche fui llevado a la isla de San Lorenzo, donde permanecí hasta el cinco del presente mes de noviembre, siendo puesto en libertad condicional sin que yo lo solicitara, para poder ver a mi hermana ya moribunda. El día nueve la acompañé al cementerio y el día diez en la mañana me presenté voluntariamente preso en la Prefectura del Callao, de donde se me envió a las doce de la mañana, nuevamente a la

70 FMP

isla; a las dos de la tarde era puesto en libertad incondicional de orden del señor Presidente de la República. Durante mi larga vida profesional, que ya está casi al terminar, he vivido estimulado por la preclara tradición de mis antepasados, que dejaron históricos ejemplos de lealtad y pundonor militar. Creí que a pesar de la accidentada vida nacional, estando en servicio, quedaría encima de suspicacias y malévolas informaciones, pero ya que desgraciadamente nada ni nadie se puede sustraer a ellas, es el caso manifestar al Consejo de Oficiales Generales, como uno de sus miembros, que ni remotamente ha pasado por mi mente, aspiraciones de otro orden que el cumplimiento de mi deber, que no habría sido capaz de comprometer el prestigio de este tribunal, mesclándome en cuestiones ajenas al decoro militar; que hago formal protesta de esta prisión, durante la cual no he sido sometido a juicio ni investigación, a pesar de haberlo solicitado en mi oficio que al día siguiente de mi prisión pasé al Presidente del Consejo, por donducto de la Prefectura del Callao, único que le es permitido ver a los presos en la isla de San Lorenzo. Pidiendo que dicha exposición conste en el acta.” Expresando también “que había pensado dejar el cargo de vocal del Consejo, pero que altos magistrados lo han persuadido para que no lo haga, porque la vocalía que desempeña no la debe a nadie, sino a su situación militar”.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

I.8. Biografía del general de brigada Gabriel Velarde Álvarez Nació en Ayacucho, el 18 de marzo de 1868. Ingresó al servicio el 15 de diciembre de 1882, obteniendo directamente la clase de subteniente45, en plena guerra con Chile. Cuando se enroló en el Batallón “9 de diciembre” era aún alumno del Colegio Nacional de Ayacucho y no había cumplido los 15 años de edad. Hizo la “Campaña del Centro” contra los chilenos, a las órdenes del bravo Andrés Alfredo Cáceres Dorregaray, el “Brujo de los Andes”. Ganó sus galones de teniente siendo ayudante del general Cáceres, en agosto de 1884; ascendió a capitán en noviembre de 1885, luego de la exitosa batalla de Huaripampa; a mayor graduado y efectivo por despachos conferidos por el mismo general Cáceres en 1889, a raíz del triunfo de la “Campaña Constitucional”. Tuvo activa participación durante la reorganización del Ejército, ayudando a la “Misión Francesa en esa tarea. Ascendido al grado de teniente coronel, fue nombrado jefe de cuerpo, comandando los batallones N° 5 y N° 11.

Elegido diputado en 1908, presidió la “Comisión de Guerra” durante cuatro legislaturas, en el primer gobierno de Leguía. Tuvo destacada participación en los debates de “las leyes de retiro, servicio militar y el proyecto de reforma del Código de Justicia Militar”, según se lee en el Diario de Debates de la Honorable Cámara de Diputados. Promovido a coronel, fue nombrado Comandante General de la Cuarta Región Militar, por resolución de 7 de febrero de 1911, y jefe de la Zona Judicial de esa región, al mismo tiempo.46 Fue sub jefe y jefe de Estado Mayor General del Ejército, Prefecto de Departamento y candidato independiente a la senaduría de Ayacucho, durante el gobierno de Pardo y Barreda. En marzo de 1920, durante el gobierno de Leguía, fue designado ministro de guerra, luego de ser relevado en el cargo de Comandante General de la Tercera Región y la jefatura de la Zona Judicial de Arequipa. Permaneció como ministro pocos meses, solo hasta 1921, siendo reemplazado por Germán Luna Iglesias. Se integró al Consejo de Oficiales Generales, como vocal, el 4 de mayo de 1920, permaneciendo en el cargo hasta el día 28 de ese mismo mes y año, al dejarse insubsistente su nombramiento.

45

Escalafón del Ejército de 1929, pág. 27.

46

BRAVO MAXDEO, Roosevelt. La Justicia Militar en la Historia del Perú, Tomo II, publicación del fuero Militar Policial, marzo 2018, pág. 227.

FMP 71


RETRATO DEL GENERAL DE BRIGADA GABRIEL VELARDE ÁLVAREZ EN 1921, cuando ostentaba el grado de coronel, tomado de la edición especial por el centenario de la independencia del Perú de la revista “Memorial del Ejército”. En la biografía que se escribió de él en dicha revista se dice que “Asistió a las batallas del 13 y 15 de enero de 1881 en San Juan y Miraflores contra el ejército chileno, como soldado distinguido de la 6ª compañía del batallón Manco Cápac N° 81.

72 FMP


GENERAL DE BRIGADA GERARDO ÁLVAREZ CASTILLO Fue jefe de la IV Zona Judicial y presidente de la Sala de Guerra del Consejo de Oficiales Generales en 1921 (retrato tomado de la edición especial por el centenario de la independencia del Perú de la revista “Memorial del Ejército”).

FMP 73


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Ascendió a general de brigada el 10 de diciembre de 1921 y retornó al Consejo de Oficiales Generales, como vocal, el 28 de abril de 1922, en reemplazo del general cusqueño Gerardo Álvarez Castillo, quien fue nombrado Prefecto de Loreto.47

I.9. Biografía del general de brigada Manuel Pío Alcalá Torres

Fue presidente del Consejo de Oficiales Generales del 2 de enero de 1925 al 24 de abril de 1929, con breves interrupciones, por haber ejercido temporalmente el cargo de jefe de Estado Mayor General del Ejército, tras la licencia y posterior muerte del general Clement.

Consideramos incluir aquí una apretada biografía del general de brigada Manuel Pío Alcalá Torres, por haber sido el vocal del Consejo de Oficiales Generales que más tiempo permaneció en el cargo, aun cuando no ejerció la presidencia de la jurisdicción de guerra. Otra consideración que hemos tenido para ello, es haber constatado que fue una persona especialmente comprometida con la labor jurisdiccional, que demostró capacidad y dedicación en su labor de magistrado.

Solicitó su pase a la situación militar de disponibilidad para presentar su candidatura de senador por Ayacucho. En la sesión del Consejo de Oficiales Generales del 13 de setiembre de 1929, “a petición del señor coronel Rivero de la Guarda, el Consejo acordó por unanimidad que la presidencia se sirva dirigir una tarjeta de congratulación, a los señores generales don Manuel Pío Alcalá y don Gabriel Velarde Álvarez, por su incorporación al Congreso Nacional.”

El general Alcalá nació en Arequipa, el 17 de junio de 1859.48 Fueron sus padres el abogado José Pío Alcalá y la señora Manuela Torres. Realizó su instrucción primaria en la escuela de Anselmo Chávez de la Rosa, de donde pasó al Colegio Americano y de allí al Colegio Nacional de la Independencia Americana, en el que concluyó su instrucción media; cursó después el primer año de Letras en la Universidad del Gran Padre San Agustín y concurrió, ese mismo año, como alumno libre a la Facultad de

47

El general Álvarez inició su carrera militar como soldado cuando era casi un niño, durante la guerra del Pacífico, ascendiendo hasta la clase de capitán graduado. Hizo la campaña constitucional sirviendo en el “Batallón Zepita N° 1” y en 1895 tenía ya el grado de teniente coronel. A la llegada de la “Misión Francesa fue nombrado comandante del Batallón N° 7…, empleo que desempeñó durante seis años, hasta su ascenso a la alta clase de coronel en 1907.” Con este grado fue “Inspector de Infantería, Comandante General de la 5ª División del Oriente, Comandante General de la 4ª División, Jefe de esta Zona Militar, Comandante General de la I Región del Norte, Sub Jefe y Jefe de Estado Mayor General del Ejército.” Durante el golpe de Estado de Leguía, el 4 de julio de 1919, participó activamente en él como “Comandante en Jefe del Ejército”, siendo designado posteriormente ministro de Guerra. Ascendió a general de brigada en octubre de 1920 y pasó a servir en el Consejo de Oficiales Generales como presidente de la Sala de Guerra. (Revista Memorial del Ejército, edición especial de 1921, páginas 261 y 262).

48

Otra versión señala que nació en 1851.

74 FMP


RETRATO DEL GENERAL DE BRIGADA MANUEL PÍO ALCALÁ TORRES Vocal del Consejo de Oficiales Generales Del 15 de junio de 1915 al 20 de mayo de 1929

FMP 75


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Jurisprudencia, asistiendo a las Lecciones de Práctica Forense.49 En 1874, y siendo casi un adolescente, ingresó como soldado distinguido al Batallón Ayacucho No. 3, al mando del coronel y después general don Pedro Silva, separándose del ejército a causa de su poca edad, hasta que, con motivo de la revolución encabezada por Nicolás de Piérola, se decidió a sentar plaza en la columna de honor, escolta del presidente de la República, organizada con ese motivo en Arequipa. Restablecido el orden constitucional, retornó a sus estudios y terminando el año de 1876, volvió al Batallón Ayacucho No. 3, siendo ascendido a subteniente al año siguiente. Declarada la guerra con Chile en 1879 e iniciada la primera etapa de la Campaña del Sur, asistió a las batallas de San Francisco (19 de noviembre de 1879) y de Tarapacá (27 de noviembre de 1879) integrando el Batallón Ayacucho Nº 3. También asistió a la Batalla del Alto de la Alianza, el 26 de mayo de 1880. Ascendió a teniente en 1881. Con los grados de capitán y sargento mayor, que gano en 1884 y 1885, respectivamente, participó en la “Campaña Constitucional” a órdenes del general Andrés A. Cáceres. Sirvió luego en la Comandancia de la Tercera División y en el Estado Mayor General del

Ejército. En 1887 y 1889, al organizarse la Escuela de Clases y el Colegio Militar, sucesivamente, fue nombrado profesor de ambas instituciones. Entre las otras acciones de armas en las que se ha encontrado, citaremos el bombardeo de Arica en 1880; el combate de Masma en 1885; los combates del 30 de noviembre y el 1° de diciembre de 1885 en Lima. Terminado el gobierno del general Cáceres, se trasladó a la República Argentina, donde fue destinado como inspector del servicio de impuestos internos de esa nación. De regreso al Perú, en 1905, fue llamado por el gobierno y comisionado para organizar las fuerzas militares de Loreto. Ascendió a coronel efectivo de Infantería mediante resolución legislativa N.º 750, de 1° de octubre de 1908. Comandó la Segunda Brigada de Infantería, acantonada en Lambayeque, en el conflicto con el Ecuador, en 1910; fue miembro de la comisión para el estudio, organización y reglamentación de la Intendencia General de Guerra en 1915; miembro de la comisión encargada de reglamentar la ejecución de la ley No. 1993 en la parte pertinente al montepío militar; presidente de la comisión encargada de examinar y catalogar los documentos reservados del Ministerio de Guerra. Fue jefe de la zona judicial de Lima y en 1915 fue prefecto de esa ciudad.50 En 1924, presidió la

49

<http://biografiasdearequipa.blogspot.pe/2016/07/manuel-pio-alcala-torres.html>, consultado el 19 de marzo de 2018.

50

MILLA BATRES, Carlos. Diccionario Histórico y Biográfico del Perú, Ob. Cit., tomo I, pág. 77.

76 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

comisión encargada de calificar a los sobrevivientes de la histórica batalla de Tarapacá.51 Se integró al Consejo del Consejo de Oficiales, como coronel, el 15 de junio de 1915. Ascendió a general de brigada, según resolución legislativa N.º 5015, de 29 de enero de 1925, y permaneció en el Consejo hasta el 20 de mayo de 1929. El 3 de junio se informó de la resolución suprema, de fecha 2 de mayo de 1929, por la que se le concedía el pase a la situación de retiro. Tuvo una presencia dilatada en el Consejo, cerca de 14 años. Su pase al retiro se dio a raíz de su elección como diputado de la República. Su actuación en el Congreso nacional fue breve, pues en febrero de 1930 falleció. Los miembros del Consejo, el 5 de febrero de dicho año, se pusieron de pie “en obsequio a su memoria”.

I.10. Labor del Consejo de Oficiales Generales en 1930 En la sesión del 5 de febrero de 1930, el jefe de zona de la cuarta región comunicaba que se había nombrado al comandante Ricardo Landa juez permanente de dicha región. El coronel Molina

51

Derteano pedía al Consejo se dirija a la Corte Superior de Iquitos para que se le reciba el juramento como jefe de zona de esa región, en razón de haber asumido el cargo de “Comandante General de la Quinta Región”. Se acordó contestarle que “subsiste el nombramiento del Coronel Abelardo Gonzales como Jefe de Zona.” En la misma sesión del 5 de febrero, el contralmirante de Mora, “después de poner en relieve los méritos e importantes servicios prestados al país por el señor General don Manuel Pío Alcalá, distinguido miembro que fue de este Tribunal, invitó a los señores presentes a ponerse de pie por breves momentos, en obsequio a su memoria, lo que así se realizó”. El 7 de marzo, el capitán de navío José M. Tirado “dijo que solicitaba que el señor Presidente se sirviera pedir de los señores presentes, un homenaje a la memoria del que fue General don Benjamín Puente, cuyo desgraciado fallecimiento ha tenido lugar fuera del país, y con tal motivo recuerda la notable personalidad del extinto que ha presidido este Tribunal y ha brillado en todos los puestos que desempeñó en su carrera militar, resaltando siempre por sus excepcionales dotes de todos conocidos, ya como particular ya como alto miembro del

MENDOZA POLICARPIO, Roberto Ysaac. Arequipeños en la Independencia y Defensa Nacional, Universidad Católica de Santa María, Total KRAPS Editores, primera edición, Arequipa, setiembre de 2009.

FMP 77


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

instituto armado, haciendose merecedor al afecto de sus conciudadanos y amigos.” El contralmirante de Mora “manifestó que participaba de los mismos sentimientos del señor Capitán de Navío Tirado, pues en efecto, el señor General Puente durante el tiempo que desempeñó la Presidencia de este Consejo puso en evidencia las excelentes cualidades que le adornaban, conduciendo las discusiones y administrando justicia, con acierto y competencia a mérito de su destacada preparación y su actitud sagaz, conquistando así el aprecio de todos. En consecuencia propuso que se pusieran de pie los señores presentes por breves momentos, lo que así se realizó. A este homenaje se adhirieron expresamente los señores vocales Coroneles Pásara, Gonzales, Díaz y Arenas”. El 24 de marzo se dio cuenta “de un oficio del señor Ministro de Guerra transcribiendo el decreto supremo relativo a la inscripción en el Registro Central de Condenas, de las impuestas por la jurisdicción de guerra”. En la sesión del 2 de abril se acordó oficiar al ministro de Guerra “manifestándole la urgente necesidad del establecimiento de una cárcel para detenidos y

52

penados militares y con tal fin se destine un pabellón ad hoc en una parte del área que debe ocupar el edificio de la cárcel de varones situado en la avenida Alfonso Ugarte, cuyo local ocupa una manzana completa … pues cada día se justifican más las múltiples razones que determinan la separación de los presos militares de los presos comunes y la necesidad de evitar que aquellos permanezcan en las unidades.” El 14 de abril se vio en el Consejo los incidentes de libertad promovidos por el “Mayor Alejandro Aliaga, Capitan Alberto Panizo, Tenientes Teodoro Garrido Lecca, Alonso Losa y Sub Teniente Ricardo Tupac Yupanqui, enjuiciados por el delito de rebelión, y en los que apelan del auto denegatorio de dicha libertad, expedidos por el Jefe de Zona.” El Consejo, de acuerdo con el dictamen del Auditor General, confirmó los autos apelados.52 En la sesión del 30 de abril “se vio la causa seguida contra el Coronel don Ernesto Montagne y otros por rebelión. De conformidad con el dictamen del señor Auditor General, declararon insubsistente el decreto por el cual se eleva dicha causa, y nulos los autos por los que se declara sin lugar las apelaciones interpuestas..”

Procesados en la misma causa seguida a los coroneles Enrique F. Ballesteros y Ernesto Montagne por el delito de rebelión.

78 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

El 14 de mayo se dio cuenta “de un oficio del señor Ministro de Guerra, pidiendo se le remita el documento original, cuya firma se instó al señor don Agusto B. Leguía, Presidente de la República, el veintinueve de mayo de mil novecientos nueve, por un grupo de revolucionarios, documento que corre en el proceso seguido con motivo del moviemto político del citado día.” 53 El Consejo acordó, “se pida el expediente original, a la Zona de la Segunda Región, para el desglose que debe hacerse en el Tribunal y su remisión al señor Ministro de Guerra.”

Región, el doctor don José M. Calle y de Autidor de la Zona Naval, el doctor don Carlos Valdez de la Torre.”

El 25 de mayo se informó de un “oficio del Ministro de Marina transcribiendo la resolución suprema por la que se dispone que el Capitán de Navío don Nicolás Zavala y Zavala, Jefe de la Zona Naval, pase a la situación de retiro.” En la misma sesión se da cuenta de la resolución suprema “por la que se llama a la actividad, al Capitán de Navío don Juan M. Garavito, que se encuentra en la situación de disponibilidad, y se le nombra Jefe de Zona Naval”, disponiéndose se le reciba el juramento de ley el “miercoles veintiocho del presente”.

El 6 de junio se informó de un oficio del ministro de Guerra, transcribiendo la resolución suprema por la que se concede tres meses de licencia, por enfermedad, al doctor Juan Gallagher. Se “nombra Auditor de la Zona de la Primera Región al doctor Pío P. Artadi, en reemplazo del doctor Lorenzo Orrego, que cesa en el empleo; Auditor de la Quinta Región al doctor don Luís Alberto Polar, en reemplazo del doctor Darío Urmeneta, que pasa a otra colocación.” En esta misma sesión se tomó conocimiento “que el coronel don Oscar F. Ordóñez, Comandante General de la Quinta Región, asumía las funciones de Jefe de Zona de dicha región” y el Ministro de Marina y Aviación transcribía “la resolución suprema del once del

El 28 de mayo prestó juramento el capitán de navío Garavito. En la misma sesión juraron el cargo de “suplentes del Autidor de Zona de la segunda

53

El 2 de junio se dio cuenta “de la solicitud del Oficial Auxiliar y Archivero del Consejo, pidiendo que el Consejo se sirva acordarle un subsidio de treinta libras peruanas para la impresión del segundo tomo de su libro Complemento del Código de Justicia Militar.” En la sesión del 9 de junio “el Consejo acordó conceder al peticionario la suma que solicita para el fin indicado.”

En el tomo II de esta obra hemos tratado extensamente el ataque de los pierolistas al palacio de gobierno, el 29 de mayo de 1909, y el proceso que se siguió después (páginas 240 a 255).

FMP 79


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

mes próximo pasado, por la que se dispone que el Capitán de Fragata don Federico C. Taboada, pase a la situación de disponibilidad, por un período de tres meses, a mérito de la sentencia expedida por el Consejo, en (el) juicio por la varadura del crucero Almirante Grau”. En la sesión del 30 de junio de 1930, “con los señores Contralmirante Presidente, Contralmirante Sotomayor y Vigil, Coroneles Pásara, Rivero, Dias, Capitán de Navío Tirado y Coronel Torres, continuó la discusión para la votación de la causa seguida contra el Coronel don Ernesto Montagne y otros por rebelión. De conformidad en parte con el dictamen del señor Auditor General, aprobaron el auto, en cuanto sobresee definitivamente a favor de los mayores: don Carlos Dellepiane54, don Eloy Ureta55 y don Teobaldo Castro; capitanes don Antonio Luna Ferrecio y don Humberto Flores; Tenientes don Justiniano Coll Cárdenas, don Oscar Pro y Arteaga, don Julio Cáceres, don Reynaldo Pasapera, don Octavio Delgado Colina, don Ricardo García Huertas, don Héctor Zapatero Fernández, don Jesús Barriga, don José Chávez Alcántara, don

Fidel Baella; subtenientes don Augusto Gil Bravo, don Domingo Zamudio, don Alberto León Díaz y don Guillermo Nieto; alféreces don Grimaldo Rosas, don Américo Gasco Hurtado, don Néstor Vallejos, don Juan Orrego y don Néstor Scamarone; sargento José Gaitán Soler; soldados Manuel Pérez, Jorge Dancourt, Rómulo Ramírez, Gilberto Calla Larrea, Manuel Cano Osorio y Rubén Figueroa Arteaga; y guardias de policía Manuel Paredes Rodríguez, Juan Bejarano Flórez y Eduardo Cilloniz Sánchez, enjuiciados por rebelión; lo aprobaron igualmente en cuanto sobresee al Coronel don Ernesto Montagne, entendiéndose con el carácter de provisional; lo aprobaron asimismo en la parte que eleva a proceso la instrucción respecto del sargento Ángel Huambachano; lo desaprobaron en cuanto eleva a proceso la causa respecto a los capitanes don Juan Mendoza Rodríguez y don Antonio Vallejos, tenientes don José Espejo Huerta y don Carlos Gonzáles, a quienes sobreseyeron definitivamente; desaprobaron ingualmente dicho auto en la parte referente al Teniente don Isaías Méndez Muñoz, a quién sobreseyeron provisionalmente; extrañaron el procedimiento observado por el juez instructor,

54

Carlos Dellepiane Alonso llegó a ostentar el grado de general de brigada. Es probablemente el historiar militar peruano más connotado; autor, por ejemplo, de la obra: “Historia Militar del Perú”, reeditada varias veces. La 5ta edición, que tenemos a la mano, forma parte de la Biblioteca Militar del Oficial N° 32 y fue impresa en la imprenta del entonces Ministerio de Guerra, en 1965, en dos tomos.

55

Eloy Gaspar Ureta Montehermoso fue “Mariscal del Perú”, grado honorífico que se le confirió por su papel de comandante en jefe exitoso del Agrupamiento Norte, en la victoria peruana de 1941 contra Ecuador. Su hermano Mario publicó un libro sobre él: “Eloy G. Ureta trayectoria de una vida”, Editorial Jurídica S.A., Lima, Perú, 1973.

80 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

al referirse en algunas de las instructivas recibidas, a la ratificación de diligencias que no tienen carácter judicial. Acordaron asi mismo, se dirija oficio al señor Ministro de Guerra, expresándole la forma ilegal del procedimiento de la Comandancia de Armas dando intervención en el asunto a la Policía, en lugar de poner a los presuntos inculapados a disposición de la Justicia Militar, de conformidad con el artículo sesenticuatro del Código de Justicia Militar.” El 11 de julio de 1930, el Consejo sesionó bajo la presidencia del contralmirante José Ernesto de Mora, con la asistencia de los vocales contralmirante Federico Sotomayor y Vigil, coroneles Carlos Augusto Pásara, César Gonzales, Guillermo Rivero de la Guarda, Juan C. Díaz, Enrique L. Torres y Egardo Arenas, capitán de navío José M. Tirado, habiendo dejado de asistir el fiscal general doctor Juan Gallagher y Canaval, por enfermedad.56 En la sesión del 16 de julio se hizo referencia a la ejecutoria suprema por la que la Corte Suprema de Justicia de la República, “establece que corresponde al fuero común, el conocimiento de los juicios que se inicien contra los omisos al llamamiento militar.” El 1° de setiembre de 1930, el coronel Gonzáles manifestó “que pedía el enjuiciamiento de todos

56

los que intervinieron en el asesinato del señor (coronel) Samuel del Alcázar y del Teniente Barreda, perpetrado en la provincia de Chota el año de mil novecientos veinticuatro, pues considera necesario que esos hechos delictuosos caigan bajo la sanción ejemplarizadora de la justicia, ya que el largo tiempo transcurrido desde que aquellos hechos tuvieron lugar no ha sido posible formular la denuncia dada la situación por la que a atravezado (Sic) el país durante el régimen oprobioso que ha presidido el gobierno que acaba de ser derrocado”. El coronel Gonzales “ofreció presentar la respectiva denuncia por escrito y esperar la presencia del señor Fiscal.” El coronel Pásara dijo a su vez “que también conviene estudiar que si la muerte del señor General don Benjamín Puente puede dar lugar al correspondiente enjuiciamiento, toda vez que esa muerte ha sido la consecuencia de su deportación y supresión del Escalafón del Ejército, sufriendo miserias y toda clase de privaciones en el destierro hasta el extremo de no tener con que alimentarse, lo que minó su salud y determinó su prematura desaparición.” En la sesión del 3 de setiembre de 1930, el coronel Pásara manifestó que en la sesión anterior había dicho también que a raíz de la muerte del sargento

Se inicia el libro N° 17 de las actas de las sesiones ordinarias del Consejo de Oficiales Generales.

FMP 81


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

mayor Caballero en Taquile pidió y el Consejo dispuso, que el entonces coronel Velarde Álvarez, jefe de zona de la cuarta región, “informara sobre el estado de dicho juicio y que ese informe lo diera cada ocho días por telégrafo, lo que también ordenó el Consejo.” En esta sesión, integraron el Consejo por última vez los contralmirantes José Ernesto de Mora y Federico sotomayor y Vigil, los Coroneles Carlos Augusto Pásara y Juan C. Díaz. El capitán de navío José M. Tirado se presentó al término de la sesión ya en su condición de “Director de la Escuela Naval.” El 15 de setiembre presidió el Consejo el coronel César Gonzales Navarrete y la integran los coroneles Guillermo Rivero de la Guarda, Enrique Torres, Edgardo Arenas y el fiscal general doctor Juan Gallagher y Canaval. En esta sesión se integraron al Consejo, previo el juramento de ley, los capitanes de navío Carlos García Rosell y Julio Carvajal, los coroneles César Zorrilla Luján y Néstor Scamarone.

En la sesión del 17 de setiembre de 1930, se dio cuenta del oficio del ministro de Guerra57 “transcribiendo el Decreto Supremo que declara la amnistía general para todos los acusados por delitos políticos y sus conexos”. Del mismo ministro de Guerra que transcribe la resolución suprema por la que se nombraba auditor de la zona de la quinta región al doctor Sebastián Peixoto, en lugar del doctor Luís Alberto Polar. Del señor ministro de Marina y Aviación58 “transcribiendo el Decreto Supremo, que derogaba el de treinta de diciembre de mil novecientos diecinueve, sobre el límite de la edad para el ejercicio del cargo de vocal del Consejo59. Del mismo señor ministro, transcribiendo las resoluciones supremas por las que “se resuelve que cesen en el cargo de vocales, los señores Contralmirantes don J. Ernesto de Mora y don Federico Sotomayor y Vigil.” El jefe de zona de la primera región remite comunicación al Consejo “manifestando que ha sido separado del cargo y consulta a quién debe hacer entrega de el, pues no hay en la localidad jefe expedito”. Se dispuso se le comunique

57

Por Decreto Supremo “Dado en mi Casa de Gobierno de Arequipa, a los veintiséis días del mes de agosto de mil novecientos treinta”, el teniente coronel Luís Miguel Sánchez Cerro, presidente de la Junta Militar de Gobierno, designó como secretario de Guerra al mayor J. Alejandro Barco. El referido Decreto fue publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 28 de agosto de 1930.

58

El ministro de Marina y Aviación era el Capitán de Fragata Carlos Rotalde, designado por Sánchez Cerro en las circunstancias descritas en la cita anterior. El Decreto se refiere a él como Capitán de Navío, en forma errada, pues ascendió a este grado recién el 28 de marzo de 1931, en que se promulgó el Decreto Ley N° 7064 firmado por el presidente de la Junta de Gobierno David Samanez Ocampo y Sobrino.

59

El ministro de Guerra hizo lo propio y se dio cuenta de ello en la sesión del 26 de setiembre de 1930.

82 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

que el jefe de zona nombrado en su lugar, coronel Pérez Manzanares, ha prestado ya juramento y que se constituirá en su puesto próximamente. En la misma sesión se dio cuenta de tres oficios del jefe de zona de la segunda región comunicando “haber ordenado la aplicación de la amnistía al mayor don Alejandro Aliaga y otros enjuiciados por rebelión, y al sargento mayor don Ladislao Espinar Taforó60, enjuiciado por el delito de sedición conexo al de rebelión; y al alférez don Dario Luna por rebelión y sus conexos.” En la misma sesión del 17 de setiembre, el presidente manifestó “que habiendo variado el personal del Consejo, había constituido las salas privativas en la forma siguiente: Sala Revisora, Coroneles César Gonzales, Guillermo Rivero de la Guarda y Enrique L. Torres, Capitán de Navío Julio Carvajal y Coronel Edgardo Arenas. Sala de guerra: Capitanes de Navío Carlos García Rosell y José M. Tirado y Coroneles César Zorrilla y Néstor Scamarone. El 19 de setiembre se recibió la transcripción del “estatuto de la junta de gobierno, publicado en dos del actual, en el número cuarentaicinco mil ciento ochentaidós del diario “El Comercio”. En dicha sesión, a pedido del coronel César Gonzales,

60

el Consejo acordó “otorgar una gratificación por trescientos soles oro, a favor del archivero del Tribunal don Raúl Fernández García, para atender al pago de la impresión de su obra Jurisprudencia de la Justicia Militar, quedando obligado dicho Fernández García, a entregar al Consejo, cincuenta ejemplares de dicha obra, para su distribución en las Zonas de la República.” Se acordó también se adquirieran once libros “con las colecciones de códigos del Perú en actual vigencia, confeccionados por el doctor don Eduardo García Calderón, con destino a los señores vocales y a la Secretaría.” El 29 de setiembre se reintegró nuevamente al Consejo el capitán de navío José M. Tirado, a quién se le tomó el juramento de ley. El 6 de octubre se informó de tres oficios del Ministro de Guerra transcribiendo las resoluciones supremas por las que “se nombran, Auditor General del Ejército al doctor don Federico Eráusquin, en lugar del doctor don Reynaldo Pastor, Auditor de la Zona Militar de la Tercera Región al doctor don Augusto Soto en lugar de don Juan A. Bustamante; Secretario Relator de la Zona de la Segunda Región al doctor don Alfredo (Hohaguren) en lugar del doctor don Juan Angulo y Puente Arnao;

Hijo del teniente coronel Ladislao Espinar Carrera, nacido en el Cusco el 16 de mayo de 1842 y muerto el 19 de noviembre de 1879 en la Batalla de San Francisco (o de Dolores como también se le conoce), durante la Guerra del Pacífico y de doña Manuela Taforó y Arróspide, de nacionalidad chilena. Tuvo como hermanos a Elvira y Fernando Espinar Taforó.

FMP 83


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Auditor de Guerra de la misma zona, al doctor don Javier Arias Schereiber en reemplazo del doctor don Hernán Noriega; y Secretario Relator de la Zona de la Quinta Región al doctor don Ignacio Morey.” Presidio las sesiones del Consejo del 6, 10, 13 y15 de octubre el capitán de navío Carlos García Rosell, por ausencia del coronel César Gonzales. En la sesión del 10 de octubre de 1930, se dio cuenta de dos oficios del ministro de Guerra, “transcribiendo en uno el decreto ley que dispone que los consejos de guerra juzgarán únicamente a los reos presentes; y en el otro el que suspende los efectos del artículo ciento cincuentiseis de la Constitución del Estado y de las Leyes veinticuatro cuarentidos y cincuentiocho sesentidos.” “Del mismo señor Ministro, transcribiendo el oficio que le ha dirijido el señor Ministro de Justicia en relación con el haber que debe percibir el señor Coronel don Carlos Augusto Pásara, vocal del Tribunal de Sanción Nacional.” En la sesión del 13 de octubre se recibió un oficio del ministro de Guerra “comunicando que (de) un incidente personal entre el General Willhelm

61

Faupel y el Teniente Coronel don Carlos Lembeck, ha resultado este con una herida en la cabeza ocasionada por el primero, por lo que se dirije al Consejo para que se instaure el juicio correspondiente.” Se remitió a la Sala de Guerra “para los efectos del artículo quinientos setentiuno del Código de Justicia Militar”. En la sesión del 15 de octubre se dio cuenta de la remisión de la “sumaria información levantada por el señor General don Manuel G. de la Cotera, por orden del Ministro, sobre dicho incidente. Se remitió a la Sala de Guerra.61 En la sesión del 15 de octubre de 1930, se dio cuenta de “la denuncia formulada por doña Zoila viuda de Alcázar, por la muerte de su esposo el Coronel don Samuel del Alcázar. Se pidio vista al señor Auditor General.” En la sesión del 20 de octubre de 1930, se dio cuenta de un oficio del Ministro de Guerra “remitiendo para informe del Consejo dos proyectos de ley relativos al establecimiento de un Consejo de Guerra Permanente, y disponiendo que los Jefes de Zona fallen las causas por deserción simple.” “Se acordó pedir dictamen a los señores Auditor General y Fiscal.” Sobre la denuncia formulada por

Wilhelm (von) Faupel, militar y diplomático alemán, que jugó papel importante durante la guerra civil española. Fue el primer embajador de la Alemania nazi en la España franquista. Dirigió en varios momentos el Instituto Ibero- americano de Berlín. Faupel entró en el Ejército imperial alemán en 1892. Estuvo presente durante el levantamiento de los boxers en China y participó en la primera guerra mundial. Entre 1921 y 1926 ejerció como consejero militar en Argentina y a partir de 1926 fue nombrado “Inspector General del ejército peruano”, perdiendo el puesto tras la caída del presidente Leguía.

84 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

doña Zoila viuda de del Alcázar… “De conformidad en parte con el dictamen del Auditor General, y teniendo en consideración que si bien por razón del delito correspondería la iniciaciáción del procedimiento judicial a la Primera Zona, las circunstancias de haber transcurrido dilatado espacio de tiempo desde la realización de los hechos a que se refiere la denuncia y el tener su residencia en la Segunda Zona los prinicipales acusados y el retiro de la provincia de Chota de las unidades militares que intervinieron en los sucesos, determinan la competencia de la Segunda Región, mandaron se remita la presente denuncia a la expresada Zona, para que procesada conforme a sus atribuciones.” El 22 de octubre se informó de un “Proyecto de decreto – ley, por el que se concede a los Consejos de Guerra la facultad de conocer de varias causas por deserción simple, y disponiendo se corte la secuela de los juicios por este mismo delito…” Se acordó pedir vista a los señores auditor general y fiscal. En esta misma sesión se dio cuenta de una denuncia del coronel Ernesto Montagne contra el sargento José Ocampo, por los delitos de insulto al superior y falsedad. Pasó a la zona de la segunda región militar.

El 24 de octubre se dio cuenta de un oficio del ministro de Guerra remitiendo dos proyectos de decreto-ley, “relativos a la asimilación del personal que trabaja en las oficinas militares, y sobre los documentos que deben presentar los voluntarios de veintiún años, para ingresar en el Ejército.” Se informó también de la “resolución suprema que declara insubsistente la de veinte de setiembre último que nombra Auditor General del Ejército, al doctor don Federico Eráusquin, debiendo continuar desempeñando dicho puesto el doctor don Reynaldo Pastor.” Se informó igualmente de la denuncia presentada por “doña Rosalía Negrini viuda de Barreda, contra los autores de la muerte de su esposo el Teniente Barreda, ocurrida en la ciudad de Chota en mil novecientos veinticuatro”. Se acordó remitir la denuncia a la zona de la segunda región, para que corra con la denuncia formulada por la viuda del coronel del Alcázar. En la sesión del 31 de octubre de 1930, se informó de un oficio del jefe de zona de la tercera región militar, “comunicando haber ordenado el enjuiciamiento del Teniente Coronel don Carlos Beytía62, por la muerte del Coronel don José Ricardo Luna.”63 En la misma sesión se dio cuenta

62

Carlos Beytía Reverdito, nació el 30 de julio de 1885. Pasó a la situación militar de retiro, con el grado de teniente coronel, por límite de edad en el grado, el 30 de julio de 1943.

63

En 1929, con motivo de la reincorporación de la ciudad heroica de Tacna al Perú, los Húsares de Junín fueron enviados a ese departamento fronterizo, siendo su primer jefe el coronel José Ricardo Luna.

FMP 85


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

del pedido del jefe de zona de la primera región “para que se autorice la inversión de la suma de quinientos soles para los gastos de traslación de Lambayeque a Piura, de los muebles y demás enseres de dicha zona, conforme al decreto supremo (de 4 de setiembre de 1930) que cambia la sede de la referida Región.” El Consejo acordó oficiar al ministro de Guerra para que disponga que los gastos del traslado corran por su cuenta. El 5 de noviembre se puso en conocimiento del Consejo un oficio del ministro de Guerra, transcribiendo la resolución suprema “por la que se llama al servicio al coronel don David Flores, y se le nombra Juez Instructor Especial para que conozca en la causa seguida con motivo del fusilamiento del coronel don Samuel del Alcázar y teniente don Carlos Barreda”.64

El 7 de noviembre, Rosa Isabel Vegas viuda de Luna, esposa del coronel José Ricardo Luna, presentó un “recurso”, “denunciando al comandante don Carlos Beytía como autor del delito de malversación en agravio de la denunciante.” El recurso pasó a la vista del auditor general, quién opinó se remitiera a la zona judicial de la tercera región; igualmente, la denuncia que tiene presentada con anterioridad, contra el referido comandante, por la muerte de su esposo, que el Consejo dispuso le fuera devuelta, por estar radicada la causa en la zona de la tercera región. El 17 de noviembre se dio cuenta del decreto ley sobre la creación de un “Consejo de Guerra Especial, para juzgar a los (que) atenten contra el orden público y los intereses sociales.”65 Se dio cuenta de una resolución suprema, por la que se nombra

64 El coronel Samuel del Alcázar y Huguet, nació en Lima en 1864. Fue hijo de Gabriel del Alcázar y de María Huguet. Durante la guerra del Pacífico luchó en la batalla de Huamachuco, el 9 de julio de 1883. Con el grado de mayor, el 17 de marzo de 1895, fue herido mientras defendía un puesto de avanzada en Cocharcas, durante el asalto de Lima por las fuerzas de Nicolás de Piérola. En la madrugada del 4 de julio de 1919, al producirse el golpe de estado de Leguía contra José Pardo, ya con el grado de coronel, comandando el Regimiento de Infantería N° 5, intentó retomar palacio de gobierno, sin éxito. El gobierno de Leguía lo desterró a Ecuador de donde volvió y en la mañana del 20 de noviembre de 1924, al mando de 80 hombres armados, junto con el doctor Arturo Osores Cabrera, el teniente Carlos Barreda Cante y Eleodoro Benel Zuloeta, tomó Chota, iniciando una insurrección armada para derrocar a Augusto B. Leguía. El gobierno envió fuerzas para combatir a los insurgentes, al mando del teniente coronel Raúl Zavala y del mayor Rosas Morán. Recuperado el pueblo de Chota y capturados el coronel del Alcázar y el teniente Barreda, fueron fusilados sin juicio alguno, el 30 de noviembre de 1924, en una plaza de Chota. 65

El Decreto-Ley N° 6929, promulgado el 13 de noviembre de 1930, mandaba “que las personas que atenten contra la seguridad del orden público, sean consideradas autoras de flagrante delito, como lo determina el artículo 636 del Código de Justicia Militar y juzgados por un Consejo de Guerra especial, cuyo personal se nombra”.

86 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

“Juez Sustituto de la Segunda Región al Teniente Coronel don Daniel Flores.” En la sesión del 19 de noviembre, se recibió una comunicación del ministro de Guerra, señalando que se había “nombrado Auditor de Guerra de la Cuarta Región al doctor don Luís G. Polar.” Se dio cuenta, también, “de la denuncia formulada por el Sargento Mayor don Alejandro Aliaga y otros Oficiales, contra los Generales don José Luís Salmón y Julio Mindreau, coroneles don César Zorrilla Luján, Ricardo Arbulú y Alejandro Gonzales, comandante don Miguel Seminario y doctor don Hernán Noriega, por el delito de prevaricato.” Los coroneles Gonzales y Rivero de la Guarda se excusaron de conocer de la denuncia. El “primero por haberse encontrado como detenido político en la isla de San Lorenzo, en la época en que los

66

denunciantes también se encontraban allí, y haber tenido oportunidad de presenciar los abusos que se cometieron con dichos denunciantes y el segundo por razón de parentesco con uno de los denunciados.” En la siguiente sesión del 21 de noviembre, se desestimó la excusa del coronel Gonzales y se aceptó la del coronel Rivero de la Guarda El 26 de noviembre se informó de un oficio del jefe de zona de la segunda región, remitiendo al Consejo el oficio del juez militar especial que conoce de la causa seguida al coronel don Raúl Zavala y otros, por la muerte del coronel Samuel del Alcázar y otros delitos, “en la que pide la extradición del doctor Jesús Salazar66, comprendido en dicho juicio, y que se encuentra (encontraba) asilado en la Legación de Cuba. Se acordó pedir vista al señor Auditor General.”

Jesús Melquiades Salazar del Valle apoyó el golpe de Estado, del 4 de julio de 1919, del electo Presidente de la República Augusto B. Leguía, argumentando un intento de fraude electoral en su contra. Al convocar el gobierno a elecciones para la Asamblea Nacional, Salazar resultó elegido representante por la provincia de Jauja. La Asamblea aprobó la Constitución de 1920. Concluidas las labores constituyentes, continuó sus labores parlamentarias en la Cámara de Diputados y fue reelecto Diputado, por la misma provincia, en 1924 y 1929. Durante estos años presidió su Cámara en tres periodos legislativos (1922, 1926 y 1927). También integró el Poder Ejecutivo durante el gobierno de Leguía, como Ministro de Gobierno y Policía en dos momentos: entre el 12 de octubre de 1924 y el 2 de agosto de 1926, y entre el 9 de agosto de 1928 y el 6 de mayo de 1929. Tras el golpe de Estado de Sánchez Cerro, mediante Decreto Ley N.º 7040, se creó el Tribunal de Sanción Nacional para procesar a Leguía y sus allegados por enriquecimiento ilícito. Salazar fue uno de esos procesados, asilándose en la legación de Cuba. El Tribunal de Sanción Nacional nombró como juez de su causa al doctor José A. Távara para que procediera de oficio a practicar el inventario de sus bienes. El dictamen de los fiscales de la segunda Sala, que lo acusaban de enriquecimiento, sostenía… “no es posible fijar en menos de 150.000 soles oro el enriquecimiento del encausado doctor Salazar”. Finalmente, víctima de una penosa enfermedad, Salazar falleció bajo la protección de la legación cubana, a las dos de la tarde del 3 de marzo de 1931. Esta referencia ha sido tomada, en parte, del artículo elaborado por Fernando Ayllón Dulanto en el sitio Web del Museo del Congreso y de la Inquisición.

FMP 87


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

El 28 de noviembre se informó de una resolución suprema “por la que se acepta la renuncia formulada por el doctor Carlos F. Broggi del cargo de miembro de la comisión encargada de la reforma del Código de Justicia Militar.” En la sesión del 1° de diciembre se vio el “expediente relativo a la extradición del doctor Jesús M. Salazar, comprendido en el juicio por la muerte del coronel don Samuel del Alcázar. De conformidad con los dictámenes del señor Fiscal y Auditor General, mandaron se eleven estos actuados a la Corte Suprema de Justicia.” El 3 de diciembre se dio lectura al Decreto-Ley, “que dispone que los conscriptos voluntarios y enrolados, no podrán ser demandados ante el fuero civil, durante el período legal de alistamiento.” 67 En esta misma sesión, el coronel Guillermo Rivero de la Guarda presentó un recurso dirigido al supremo gobierno, “en que manifiesta que se aparta del cargo que desempeña hasta que se dicte por el Tribunal de Sanción Nacional, la resolución

67

conveniente en el juicio que se le sigue por enriquecimiento ilícito.” Se acordó elevar el recurso al supremo gobierno. El jefe de zona de la segunda región militar elevó la solicitud del mayor Exequiel Padrón, “a fin de que el Consejo resuelva lo conveniente sobre el auto expedido por el Juez Instructor que conoce de la causa que se sigue al expresado jefe y otros, por la muerte del coronel don Samuel del Alcázar, y por el cual se suspende las diligencias del sumario a mérito de la Ley número cinco mil ciento sesenta y seis.” 68 En la sesión del 5 de diciembre se informó que el ministro de Guerra había transcrito el Decreto-Ley N° 6948.69 En esta misma sesión se dio cuenta de la resolución suprema, “por la que se resuelve que el coronel don Guillermo Rivero de la Guarda, vocal del Consejo, cese en el cargo, mientras se resuelve su situación jurídica por el Tribunal de Sanción Nacional, al cual se encuentra sometido por enriquecimiento ilícito.” El coronel Rivero no concurrió a la sesión del Consejo. Se informó también de otra resolución suprema

Decreto-Ley N° 6950.” Disponiendo que los conscriptos, voluntarios y enrolados en el Ejército, no podrán ser demandados ante el Fuero Civil Común, durante su período legal de alistamiento.”

68 La Ley N° 5166, de 26 de julio de 1925, “ordenaba cortar los juicios iniciados con relación a los sucesos de Cajamarca del año 1924”. El Decreto-Ley N° 6949, promulgado el 29 de noviembre de 1930, dispuso en su artículo único: “Deróguese la mencionada ley N° 5166 de 26 de julio de 1925, y en consecuencia quedan expeditos los Tribunales de Justicia para conocer de todos los juicios derivados de tales sucesos.” 69

El Decreto –Ley N° 6948 establecía “los alcances del decreto-ley N° 6881, sobre jurisdicción privativa de guerra”.

88 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

por la que se ratificaba “la resolución que llamó al servicio al coronel don David Flores, nombrándolo Juez Instructor especial para que conozca en la causa seguida con motivo del fusilamiento del coronel don Samuel del Alcázar y teniente don Carlos Barreda.”

misión, en los casos en que son convocados, procediéndose a la redacción del informe correspondiente.” El voto del capitán de navío García Rosell y del fiscal fue “por la creación del Consejo de Guerra Permanente y demás condiciones emitidas en el dictamen del referido señor Fiscal.”

En esa misma sesión, el coronel Arenas manifestó, en relación al Decreto-Ley 6948, que el jefe de zona de la segunda región militar se había dirigido al mi nistro de Guerra, pasando por la autoridad del Consejo, no obstante que estaba advertido de no hacerlo, solicitando hacerle “saber al expresado Ministro de Guerra, que él por su parte y no duda que así lo pensarán también los demás señores vocales, está dispuesto a dejar el cargo que ejerce en el Tribunal, pues no es posible tolerar que el referido jefe de zona sea consentido en sus actos de indisciplina. El señor capitán de navío Tirado manifestó que abundaba en las mismas razones, en el pedido hecho por el señor coronel Arenas, cuyo prestigio daba alta autoridad al pedido formulado.”

En la sesión del 15 de diciembre de 1930, se dio cuenta de la recepción de la transcripción del “decreto-ley número seis mil novecientos cuarenta y nueve, por la que se deroga la Ley número cinco mil ciento sesenta y seis de veintiséis de julio de mil novecientos veinticinco…”

El 12 de diciembre se supo de un proyecto de Decreto Ley, “estableciendo un Consejo de Guerra Permanente en la capital de la República.” Después de detenida deliberación, el Consejo aprobó el dictamen del auditor general, “acordando informar en el sentido de que no es necesaria la creación del Consejo de Guerra Permanente, y que los Consejos de Guerra eventuales llenan debidamente su

El 19 de diciembre se supo de un oficio del ministro de Guerra, comunicando que “el doctor don Augusto Salamanca, ha sido nombrado miembro de la comisión encargada de revisar las denuncias sobre peculado en lugar del doctor don César Sologuren.” Se dio cuenta, igualmente, de un oficio del jefe de la zona naval, “acompañando copia certificada del auto por el que se manda abrir instrucción con motivo de los cargos formulados contra los miembros de la Armada, en relación con los hechos que precedieron al fallecimiento del doctor don Augusto Durand”, hecho ocurrido el 31 de marzo de 1923, cuando tras ser apresado en Paita por sus actividades subversivas contra el gobierno de Augusto B. Leguía, era conducido a Lima, en compañía de sus correligionarios Carlos Seminario, Rómulo Guidino, el coronel Oscar Ordóñez, su hijo del mismo

FMP 89


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

nombre y Alejandro García Cortez, detenidos todos en Paita.70

otros) por la muerte del señor coronel don Samuel del Alcázar.”

El mismo 19 de diciembre, se puso en conocimiento del Consejo una comunicación del jefe de zona de la segunda región transcribiendo el auto por el que se declaraba nulo lo actuado en la denuncia por la muerte del coronel don Samuel del Alcázar, y se ordena la libertad de los inculpados. Del mismo jefe de zona “elevando el incidente de jurisdicción promovido respecto de la nueva denuncia formulada (contra el coronel Raúl Zavala y

En la sesión del 22 de diciembre “se dio cuenta de la denuncia formulada contra el General don Luís Salmón y otros (coronel César Zorrilla Luján- vocal del Consejo), por prevaricato. De conformidad con los dictámenes de los señores fiscal y auditor general, el Consejo se inhibió de conocer en dicha denuncia, y acordó elevarla a la Corte Suprema, con la respectiva nota de atención.” En la misma sesión se informó del “proyecto de Decreto-ley,

70

Augusto Durand Maldonado nació en Huánuco, el 6 de setiembre de 1870, y murió el 31 de marzo de 1923, durante un viaje por mar de Paita al Callao. Se graduó de abogado en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y fue varias veces diputado, presidiendo dicha Cámara en la legislatura de 1895-1896. Fue partidario de Piérola durante la revolución que éste dirigiera contra Cáceres en 1895. Se hizo popular por “organizar revoluciones contra diversos gobiernos de la llamada República Aristocrática, encabezando montoneras armadas”. En 1899 inició una revolución contra Piérola, en protesta por el apoyo que éste dio a la candidatura presidencial del civilista Eduardo López de Romaña, siendo vencido en Huaraz, por lo que tuvo que partir al destierro. De regreso al Perú fundó el Partido Liberal y en 1904 fue elegido nuevamente diputado. En 1908 organizó nuevamente montoneras para evitar el triunfo de Leguía en las elecciones de ese año. Se le involucró, indebidamente, en la intentona golpista de los pierolistas contra Leguía, el 29 de mayo de 1929, por lo que fue encarcelado y pudo recuperar su libertad después de dos años. Viajó por varios países de Europa y América y a su retorno fue nuevamente elegido diputado (1912) apoyando a Guillermo Billinghurst, pero no tardó en oponerse a él y de hecho apoyó el golpe de estado de Oscar Benavides y Larrea, ocurrido el 4 de febrero de 1914. Se perfilaba entonces como candidato presidencial de arraigo popular, pero el gobierno militar lo implicó en una conspiración y lo envió al destierro. Retornó al Perú y en 1915 adquirió el diario “La Prensa”, a través de cuyo medio escrito apoyó la candidatura de José Pardo y Barreda, quién se hizo Presidente de la República por segunda vez (1915-1919) y Durand fue nombrado Ministro Plenipotenciario en Argentina. El 19 de abril de 1919 se salvó de ser víctima de un atentado, en Punta de la Esperanza, Huánuco. Fue, muy probablemente, un atentado de carácter personal y localista, pero no faltó quienes le atribuyeran un origen político. Tras el golpe de estado de Leguía contra el presidente Pardo, el 4 de julio de 1919, Durand se retiró a la vida privada. Su periódico fue expropiado por el gobierno y debió marchar una vez más al destierro. Pero por enésima vez regresó para organizar una revolución, esta vez para oponerse a los planes reeleccionistas de Leguía, en 1923. Luego de ingresar al Perú por Tumbes, marchó a caballo hacia Piura, pero fue apresado en Paita y subido a bordo del crucero Almirante Grau, que zarpó rumbo al Callao, el 27 de marzo de 1923. Se hallaba enfermo y postrado con agudos dolores. Su estado fue agravándose paulatinamente, hasta que falleció el 31 de marzo, antes que el buque llegara a su destino. La autopsia practicada a su cuerpo determinó que tenía una hernia diafragmática estrangulada del estómago, originada por el balazo que sufriera en el atentado de 1919. Es decir, su muerte se había producido al agravarse una dolencia que padecía hacía tiempo. Sin embargo, surgió la versión de que en realidad había sido envenenado, acusándose al gobierno leguiísta de maquinar tal crimen. Se dijo que Durand se había empezado a sentir mal en Paita, luego que sus captores le dieran de comer o beber algo que presumiblemente se hallaba envenenado. Acusación grave que nunca se llegó a probar, porque ello no había ocurrido.

90 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

autorizando a los Jefes de Zona para que expidan sentencia en los juicios de deserción. Por mayoría aprobaron el dictamen del señor Auditor General en todas sus partes, siendo el voto de los señores vocales Capitanes de Navío García Rosell y Tirado, porque de conformidad con el dictamen del señor Fiscal, el Consejo informe en el sentido de que no es necesario el nuevo sistema legal que el proyecto establece.” Se acordó la redacción de los informes respectivos. El 26 de diciembre de 1930, se dio informó de la remisión de un Decreto-ley, “por el que se establece una prisión militar en el local que ocupó en Ancón, la Escuela de Trasmisiones.” El 29 de diciembre integraron el Consejo el coronel César Gonzales, como presidente, los capitanes de navío Carlos García Rosell y José M. Tirado, coroneles Enrique L. Torres, Edgardo Arenas, César Zorrilla Luján y Néstor Scamarone, el capitán de navío Julio Carvajal y el fiscal doctor Juan Gallagher y Canaval. En la sesión del 31 de diciembre no estuvo presente el coronel César Gonzales.

En la sesión del 31 de diciembre se dio cuenta de un oficio de la Corte Suprema de Justicia de La República, devolviendo el incidente “relativo a la extradición del doctor Jesús M. Salazar, con la resolución expedida por dicho Tribunal.” Se dio cuenta de un oficio del jefe de la zona de la segunda región, comunicando “haber ordenado el enjuiciamiento del coronel don Raúl Zavala y otros por la muerte del señor coronel don Samuel del Alcázar.”

I.11. Biografía del coronel César Gonzales Navarrete Nació el coronel César Gonzales Navarrete en Lima, el 18 de octubre de 1869. Fueron sus padres José Gonzales Sevilla y Amalia Navarrete Pezet. Estuvo casado con Ernestina Iglesias Castañeda (1874 – 1938), con quien tuvo tres hijos: José, César y Carlos y dos hijas: Adela y María Luzmila Ernestina. Su primogénito, José, fue oficial de la Marina de Guerra del Perú y llegó al grado de capitán de navío.71

El contralmirante Tomás Pizarro Rojas, en sus memorias, narra las circunstancias de la muerte de Durand, que había embarcado enfermo en Paita en el crucero “Grau”, buque que el comandaba: “El 31 de marzo de 1923 a las 8:50 p.m., en alta mar, navegando hacia el Callao y en latitud 9° 50’ S y longitud 78° 37’ W, dejó de existir el doctor Durand, a bordo del B.A.P. Almirante Grau… Nos encontrábamos más o menos a la altura de Chimbote, cuando ocurrió el deceso… (PIZARRO ROJAS, Tomás. El resurgimiento de la Armada Peruana, Memorias del señor contralmirante Don Tomás M. Pizarro Rojas, 1884 -1971, Instituto de Estudios Histórico-Marítimos del Perú, páginas 164 a 169). 71

Geneamet.org. (Francisco Javier Carbone Montes)

FMP 91


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Luego de prestar servicios en diferentes unidades del arma de infantería, fue comandante del Batallón N° 9 en 1901 y 1902, con el grado de teniente coronel. Ascendió al grado de coronel el 13 de octubre de 190872 y prestó servicios en varias dependencias del ejército y asumió cargos políticos de prefecto, en reiterados momentos, antes de llegar a la Justicia Militar. En una “carta a los compañeros apristas”, escrita por Armando Villanueva del Campo, el 23 de mayo de 2011, en Lima, se dice que la primera raíz es la que germinó en Víctor Raúl Haya de la Torre en el Cusco, en 1918, cuando siendo secretario privado del prefecto coronel César Gonzales Navarrete, pudo conocer y convivir con los indígenas peruanos y bolivianos, la tragedia de su vida y de su historia como pueblos oprimidos. En la misma carta, Villanueva refiere que el coronel Gonzales fue también prefecto de La Libertad con anterioridad, circunstancia en que intimó con la familia de Víctor Raúl, a quien invitó como secretario privado al Cusco, lo que motivó que Haya de la Torre viajara al Cusco por la ruta de Arequipa. Dice que algunos biógrafos confundieron al coronel Gonzales con un señor Gonzales Orbegozo y

que él conoció personalmente a Gonzales Navarrete, “por ser padrino de bautizo de mi hermano, y este apellido lo transmití a un biógrafo de Haya de la Torre”.73 El coronel Gonzales se integró al Consejo de Oficiales Generales en la sesión del 15 de julio de 1919, cuando presidía el Consejo el coronel Ramón Arístides de Cárdenas y eran vocales los coroneles Manuel Pío Alcalá, Carlos Augusto Pásara y Luís B. Regal; los capitanes de navío José Ernesto de Mora, Daniel S. Rivera y Federico Sotomayor y Vigil y fiscal general el doctor Ricardo Leoncio Elías. En la sesión del Consejo del 9 de enero de 1920 fue designado miembro de la Sala de Guerra. El coronel Gonzales fue un vocal con mucha iniciativa, participando activamente en la presentación de proyectos y otros remedios para el mejor funcionamiento de la jurisdicción de guerra. Entre otras iniciativas, el 14 de mayo de 1920, presentó un proyecto para que el gobierno dotara de prisiones militares a la jurisdicción de guerra, problema álgido en esos momentos, como hoy. Como vocal de cuentas, manejó por varios años los fondos de Justicia Militar y propuso inteligentes modificaciones a la normativa penal castrense.

72

Escalafón general del Ejército de 1921, Imprenta del Estado mayor General del Ejército, Lima, 1921.

73

<http://www.vanguardiaaprista.com/1205cartadearmando.html>. (revisado el 28 de noviembre de 2018).

92 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Tras la llegada al poder del teniente coronel Luís Miguel Sánchez Cerro, la conformación del Consejo de Oficiales Generales cambió radicalmente. El 3 de setiembre de 1930 dejaron el Consejo los contralmirantes José Ernesto de Mora y Federico Sotomayor y Vigil, los coroneles Carlos Augusto Pásara y Juan C. Díaz y el capitán de navío José M. Tirado. El 15 de setiembre de ese mismo año, presidió el Consejo, por primera vez, el coronel César Gonzales Navarrete y se integraron los capitanes de navío Carlos García Rosell y Julio Carvajal, así como los coroneles César Zorrilla Luján y Néstor Scamarone. Presidió el Consejo entre el 15 de setiembre y el 29 de diciembre de 1930, pasando luego a la situación militar de retiro. El 27 de junio de 1931 se fundó la Sociedad de Auxilios Mutuos de los Institutos Armados del Perú, que hoy, con el nombre de Asociación de Oficiales en Retiro de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú (ADORFAIP), agrupa a oficiales en situación de retiro y actividad. El coronel Gonzales integró la primera junta directiva de esa asociación como vicepresidente, integrándola, además, el coronel Ricardo Sevilla Peralta, como presidente, el teniente coronel César Legrand Vargas como secretario, el capitán Alejandro Seminario,

mayor Manuel Fernández Salazar, coronel Guillermo Taboada Químper, coronel Jorge Esponda y el teniente coronel Hipólito Hurtado Paredes, en los demás cargos.74 Falleció el 27 de julio de 1933, en Lima, cerca de cumplir 64 años de edad.

I.12. Memoria presentada por el contralmirante José Ernesto de Mora Romero, presidente del Consejo de Oficiales Generales, en la ceremonia de apertura del año judicial de 193075 Esta memoria fue leída por el contralmirante de Mora el 20 de marzo de 1930. Manifestó, en primer término, que cumplía el cargo de presidente por razones de jerarquía militar, dado que el 30 de abril de 1929 había pasado a la situación militar de disponibilidad el general de brigada Gabriel Velarde Álvarez, “para presentar su candidatura a los electores del departamento de Ayacucho, y ocupa hoy una curul en el Senado de la República.” Con fecha 2 de mayo de 1929 se separó también del Consejo el general de brigada Manuel Pío Alcalá,

74

<http://www.adofaip.pe/633-2/>. (revisado el 30 de noviembre de 2018).

75

Lima 9134- Imp. Americana, Pzla. del Teatro – 1930.

FMP 93


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

“para presentar su candidatura como Diputado Nacional por la provincia de Chumbivilcas, en cuyo cargo ha tenido su sensible fallecimiento.” Otros cambios que se dieron en ese período fueron el nombramiento del capitán de navío José M. Tirado (4 de junio de 1929), en reemplazo del contralmirante Augusto Loayza, que asumió las funciones de Ministro de Marina, y por las resoluciuones supremas de 14 de mayo y 25 de junio de 1929, “fueron nombrados Vocales de este Tribunal los señores Coroneles don Juan C. Díaz y don Enrique L.Torres, que se incorporaron” oportunamnete. La Corte Suprema de Justicia de la República había acordado, “que en el Registro Central de Condenas se inscriban las que imponga el Consejo de Oficiales Generales y demás autoridades de su dependencia…”, remitiendo los formularios respectivos. El Consejo consultó “si debían incluirse todas las sentencias o solamente aquellas en que los condenados quedan separados definitivamente del Ejército y la Armada.” La Corte respondió que el artículo 398 del Código Penal, que preveía el registro de las condenas, no establecía “limitaciones y que, por lo tanto, dicha disposición comprende al fuero militar”. El contralmirante de Mora hacía una disquisición sobre la naturaleza y alcances del delito militar; decía: “Entre los delitos militares, unos llevan consigo la separación absoluta del servicio y, por lo tanto, el delincuente deja de formar parte de los institutos

94 FMP

armados, y otros no tienen tal consecuencia, pudiendo el condenado, cumplida la pena, continuar su carrera militar en el instituto, alcanzar las más altas jerarquías y desempeñar importantes puestos en la Nación, y por tanto, no es justo que estos servidores de la Patria sean registrados al igual de cualquier otro condenado.” Se prodrá estar o no de acuerdo con el contralmirante de Mora, lo cierto es que el Consejo acordó remitir a la Corte los datos relativos a las condenas del fuero militar, pero, también, dirigirse a los ministros de Guerra y Marina para que “se modifique por quien corresponda el artículo 48 del Código Penal, en el sentido de que no se inscriban en el registro central de condenas a los militares cuyas penas no llevan consigo la separación definitiva del ejército y la armada.” El 17 de junio de 1909, el Consejo de Oficiales Generales acordó que antes de admitir una denuncia, los jefes de zona debían pedir el correspondiente dictamen del auditor, “para que opine si el delito materia de la denuncia”, era o no de carácter militar. El 12 de agosto de 1917, este acuerdo fue modificado, “en el sentido de que se exceptuara del expresado trámite, las denuncias sobre el delito de deserción y, por consiguiente, el Jefe de Zona, al recibir el parte respectivo, decreta directamente el enjuiciamiento.” El contralmirante de Mora expresaba que la experiencia enseñaba que había sido inconveniente exceptuar del referido trámite las denuncias sobre el delito de deserción, al constatarse que los documentos que se acompañaban


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

a los partes adolecían, en gran medida, “de inperfecciones que vician el procedimiento”, luego de haberse instruido la causa por largo tiempo. Llamaba también la atención sobre la incidencia del delito de insulto al superior “entre los clases y los individuos de tropa y entre la marinería, originados en su mayoría por la intemperancia, por un exagerado concepto de la superioridad o por la falta de tino de los clases, con relación a los inferiores.” Si bien las leyes y reglamentos imponían, y hoy mismo imponen, la subordinación y respeto al superior, también obligan a éste a guardar las consideraciones debidas al subalterno, por lo que de Mora recomendaba: “Estas circunstancias, en relación con el hecho punible, deben prevenir al Juez Instructor, para que se investigue sobre la actitud del superior y sobre los actos que han podido dar origen a la realización del hecho imputado; y conocer, por este medio, si la falta de tino u otras incorrecciones provocaron el hecho delictuoso.” Sobre el tercer proyecto de reforma intergral del Código de Justicia Militar de 1898, esta memoria resulta esclarecedora por la crítica que hace de algunas de las intituciones que contiene el mismo. Sobre el cambio de nombre del Consejo, de Mora creía que no había razón que la justificase. El nombre de “Consejo Superior de Guerra”, no guardaba armonía con la jerarquía militar de sus miembros y más bien le restaba prestigio sin haber variado “sus elevadas funciones y prerrogativas.”

El proyecto creaba “el Consejo de Guerra Permanente en sustitución del Jefe de Zona y de los Consejos de Guerra eventuales”, con todas las funciones de tramitación y de fallo que le correspondía a los jefes de zona y a los consejos de guerra eventuales. El Consejo de Guerra Permanente funcionaría en la capital de la República y estaría compuesto, para el ejército, por un coronel presidente y cuatro coroneles o teniente coroneles, y para la armada, de un capitán de navío como presidente y de cuatro capitanes de navío o capitanes de fragata. Igual organización se daría a los consejos de guerra de las regiones, cuando se decidiera crearlos. El contralmirtante de Mora no estaba de acuerdo con dicha organización, pues creía que la jerarquía de sus integrantes era excesiva, bastando para juzgar al personal subalterno consejos de guerra presididos por un sargento mayor e integrados por capitanes y tenientes. Para procesar a los jefes y oficiales debía continuarse con los consejos de guerra eventuales, dado que los casos eran pocos, entre otras razones, El decreto supremo que designó la comisión reformadora del Código de Justicia Militar, “dispuso que se preparara también un proyecto de ley orgánica de justicia militar”, proyecto que aún estaba en estudio. El artículo 808° del proyecto de Código deJusticia Militar proponía que se elevarían en consulta al Consejo Superior, las sentencias que impusieran

FMP 95


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

las penas de muerte, penitenciaría, expulsión, degradación y separación absoluta del servicio. No se consultaba la sentencia tratándose de las penas de cárcel, reclusión y separación temporal del servicio, que llegarían al Consejo Superior solo si se planteaba una apelación. En el caso de las sentencias absolutorias, la consulta se daría en casos excepcionales, medida con la que el contralmirante de Mora no estaba de acuerdo, sugiriendo una modificación para que todas las sentencias absolutorias sean consultables. Respecto de los autos de sobreseimiento, el proyecto consideraba que dictado dicho auto debía remitirse los actuados al archivo, aun cuando la opinión del auditor no concordase con la del consejo de guerra permanente. El almirante de Mora creía que tal forma de proceder sería dañino para la administración de justicia militar y no se condecía con las disposiciones del Código de Procedimientos en materia Criminal, que imponía a los jueces de la jurisdicción común a elevar la instrucción al Tribunal Superior para que resuelva definitivamente. Hacía notar también que el papel del auditor de guerra quedaba mediatizado, al no considerar el proyecto la figura de la dirimencia por el Consejo cuando el auditor y el consejo de guerra no estaban de acuerdo, dejando librada la decisión legal a militares legos en Derecho. De otro lado, se contemplaba el juzgamiento de los jueces instructores como la de cualquier otro oficial, ignorando el procedimiento vigente, por el que los jueces instructores eran

96 FMP

juzgados por el Consejo de Oficiales Generales, para cuyo efecto se dividía en dos salas. Recomendaba de Mora incluir en el proyecto la figura de la liberación condicional, tal cual se preveía en el artículo 58° del Código Penal Común, de forma que el condenado, después de haber cumplido las dos terceras partes de la pena impuesta, y haber observado buena conducta durante el tiempo de su prisión, pudiera solicitar su libertad condicional. El artículo 1° del proyecto preveía que eran delitos y faltas militares “las infracciones previstas y penadas en dicho Código, cometidas por los miembros del Ejército y de la Armada”, cualquiera fuese la situación militar en que se encontrasen. “Tal disposición, en lo que se refiere a los retirados del servicio, no tiene razón de ser mientras permanezcan en tal situación, porque el militar que ha pasado al retiro, si bien conserva su clase militar, se encuentra ya en la vida civil, ejerciendo los derechos que le acuerdan la Constitución y las leyes y como no presta servicios en los institutos armados, no puede estar sujeto a las leyes punitivas del fuero privativo.” Estas expresiones tan válidas, se sustentaban incluso en el artículo 156° de la Constitución Política de 1920, que precisaba que “la justicia militar no podrá por ningún motivo, extender su jurisdicción sobre personas que no estén en el servicio en el Ejército, o fuerzas de Policía, a no ser en caso de guerra nacional.” Otro tema analizado por el contralmirante de Mora fue el de la “generación del delito”. El


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

artículo 27° del proyecto de Código de Justicia Militar y Naval decía: “el agente es responsable si comienza la ejecución del delito y la suspende por motivos extraños a su voluntad. No lo es, si suspendió la ejecución expontaneamente, sin haber causado daño”; y el artículo 29° prescribía: “no habrá pena si el agente, por acto expontáneo e inmediato al delito consumado, evita que éste produzca sus naturales efectos.” El contralmirante de Mora pensaba que tales disposiciones eran perjudiciales para la disciplina de los institutos armados, debido a que en “el campo militar, los delitos que se cometen afectan con más o menos intensidad los fundamentos de los institutos armados, y en algunos de esos actos la afectación es tan grave que, la suspensión del hecho por voluntad de los autores, aunque no haya causado daño material, hiere evidentemente esos fundamentos de la institución, siendo por consiguiente sus autores merecedores de una pena.” Tampoco estaba de acuerdo con la pena prevista para el delito de deserción en el proyecto. La pena de reclusión militar, que conforme al artículo 41° era de dos meses a dos años, no le parecía correcta al contralmirante de Mora, pues implicaba encarcelar, en un ambiente inadecuado (cárceles comunes), a jóvenes primarios, que no habían cometido un crimen mayor, no obstante que el proyecto indicaba que estas penas debían cumplirse en penales militares, que treinta años después de la vigencia del código, no existían. Como solución a tal situación,

el almirante de Mora proponía la creación de una “Compañía de Disciplina, debidamente reglamentada, en la cual podrían ser incorporados los delincuentes militares por delitos de pequeña gravedad y los condenados por faltas graves.” Se incluyeron como anexos de esta memoria, las propias de los jefes de zona, entre ellas la del jefe de zona de la armada, que por su brevedad y puntualidad, aclaraba la situación jurídica militar del momento. Sobre las demoras experimentadas en la tramitación de los juicios, se decía que obedecían “a múltiples causas notorias: dificultades suscitadas para la designación y funcionamiento del personal de los Consejos de Guerra; falta de personal permanente para la formación de los mismos; trabajo congestionado con exceso en ciertas ocasiones en el Juzgado Militar Permanente por coincidencia de muchos juicios; gran demora con que “El Peruano” publica los edictos; y perjuicio de publicarlos en el mismo, donde no llegan a conocimiento de los respectivos enjuiciados…”; falta de secretarios letrados; falta de un local apropiado para el ejercicio de las funciones judiciales. El que ocupaba la justicia militar (naval) en ese entonces era inapropiado por: “configuración, oscuridad, dependencia, interferencia en su recinto de actividades del Ministerio de Marina; e inadecuada ubicación alejada del Callao donde son posibles y frecuentes los delitos navales. Dicho local, además, no tiene seguridad, tanto por lo expuesto como por su única puerta que tiene chapa y llave de seguridad, en

FMP 97


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

una de sus entradas, careciendo de ellas las demás”; falta de libertad económica de la Zona, faltando material “de envasamiento del Archivo, y de partida anual para gastos de mueblería, ornato, pintura y material de luz y limpieza.” En el período que abarca esta memoria, el Ejecutivo dio disposiciones para el mejor gobierno de la jurisdicción militar y naval; así, mediante Decreto Supremo de 2 de junio de 1929 dispuso que todo oficial contra quien se hubiese dictado auto de enjuiciamiento (elevación de la causa a proceso), estaba obligado “a permanecer en la jurisdicción de la Zona Militar que lo dictó o en aquella donde se traslade el juicio.” Disponía tambíen dicho decreto, que si un oficial enjuiciado obtenía “el derecho al ascenso”, éste se reservaría hasta que quedase definida su situación jurídica, “no pudiendo ascender y perdiendo sus derechos en caso de que (se) le condene.” Más adelante, esa disposición fue incluida en el propio texto de los siguientes códigos de justicia militar; así, en el de 1980 se disponía que si la elevación de la causa a juicioo ocurría en el año del proceso de ascensos, el candidato enjuiciado era automáticamente declarado inapto para el ascenso. Naturalmente, la disposición en cuestión era discutida, porque violaba el “Principio de Inocencia”, porque, no obstante haberse dictado un auto de enjuiciamiento, el imputado podía ser absuelto en el juicio. Igualmente, el 12 de agosto y el 4 de setiembre de 1929, el gobierno emitió dos decretos supremos

98 FMP

sobre fondos judiciales de la marina y del ejército, respectivamente, y el 11 de marzo de 1930 decretó que “Los Tribunales Militares remitirán a la Corte Suprema de la República, los datos referentes a las sentrencias condenatorias que expidan y que impongan al delincuente, como pena principal o accesoria la separación temporal o absoluta del servicio.” Se dispuso también que en las secretarías de todas las zonas judiciales se llevase un libro denominado “Registro de Condenas”, donde debía anotarse “todas las sentencias expedidas por los respectivos tribunales militares de su jurisdicción…” y en el Consejo de Oficiales Generales un registro en el que se anoten las sentencias emitidas por el y todas las zonas militares, “aun tratándose de sentencias que no admiten revisión y que se mandan ejecutar por la autoridad judicial, conforme al inciso octavo del artículo 51° del Código de Justicia Militar.” Durante ese año el Consejo estuvo conformado de la forma siguiente: Vocales: Contralmirante José Ernesto de Mora, presidente. Contralmirante Federico Sotomayor y Vigil. Coronel Carlos Augusto Pásara. Coronel César Gonzales. Coronel Guillermo Rivero de la Guarda. Coronel Juan C. Díaz. Capitán de navío José M. Tirado.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Coronel Enrique L. Torres.

Zona de la segunda región

Coronel Edgardo Arenas.

Jefe de zona: coronel Zorrilla Luján.

Fiscal: doctor Juan Gallagher y Canaval.

Auditor de guerra: doctor Hernán Noriega.

Relator secretario: doctor Aníbal Solano.

Relator secretario: doctor Juan Angulo Puente Arnao.

Suplentes del fiscal general: doctores Miguel Martínez, Carlos Arenas Loayza y Agustín Rivero Hurtado. Suplentes del auditor general: doctores Francisco Miguel Girbau, Porfirio Martínez La Rosa y Germán L. Gutiérrez. Suplentes del relator secretario del Consejo: doctores Fernando Quevedo, Samuel del Mar y Marcos Grisolle. Personal de las zonas militares: Zona de la primera región:

Juez instructor permanente: teniente coronel Ernesto Puccio Durand Secretario: teniente de reserva doctor César F. Sologuren. Juez instructor permanente: teniente coronel Emilio Detena. Secretario: capitán Eduardo Goñi. Juez instructor sustituto del Callao: teniente coronel Reynaldo Murguía. Juez instructor especial: coronel Ricardo Arbulú.

Jefe de zona: coronel Jorge A. Esponda.

Secretario: capitán Manuel Torrico.

Auditor de guerra: doctor Lorenzo S. Orrego V.

Suplentes del auditor de guerra: doctores Atilio Tassara, Federico U. Gardini y José M. Calle.

Relator secretario: doctor J. Raúl Alva. Juez instructor permanente: teniente coronel José S. Valega. Secretario: teniente Ernesto Cáceres C. Suplentes del Auditor de Guerra: doctores Mario F. Bazán, Miguel Puga y Rómulo Paredes. Suplentes del relator secretario: doctores Manuel Ruíz Rolando, Pedro LLuen Amaya y Amador Mondoñedo

Suplentes del relator secretario: doctores Jorge Valverde, César Augusto Lengua y capitán doctor Pedro Padrón. Zona de la tercera región Jefe de zona: coronel Teodoro Ramos Palacios. Auditor de guerra: doctor Juan A. Bustamante de la Fuente. Relator secretario: doctor Horacio Morales.

FMP 99


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Juez instructor permanente: teniente coronel César Cereceda. Secretario: teniente Severo Ramírez. Suplentes del auditor de guerra: doctores José Luis Bustamante y Rivero, Manuel E. de Piérola y Manuel Cáceres Bedoya. Suplentes del relator secretario: doctores Julio Gómez de la Torre, Guillermo Bedoya y Segundo Núñez Valdivia. Zona de la cuarta región Jefe de zona: coronel Juan F. Zubiaga. Auditor de guerra: doctor Pío Artadi. Relator secretario: doctor Roberto Frisancho. Juez instructor permanente: teniente coronel Marcos (…) Secretario: teniente Máximo Gorbitz. Suplentes del auditor de guerra: doctores Pastor Ordóñez, Pedro Salinas Rivera y Enrique Gallegos.

Juez instructor (titular): teniente coronel Emilio G. Gordillo. Juez instructor (interino): teniente coronel Amaro La Rosa. Secretario: teniente Abel Burga Vásquez. Suplentes del auditor de guerra: doctores Alfredo Borda, Víctor Ramírez del Villar y Héctor Ramírez del Villar. Suplentes del relator secretario: doctores Pedro del Águila, Federico Maguiña e Ignacio Morey. Zona naval Jefe de zona: capitán de navío Nicolás Zavala Zavala. Auditor de marina: capitán de fragata asimilado doctor Manuel Antonio Maurtua. Relator secretario: teniente primero asimilado doctor Germán Grimaldos.

Suplentes del relator secretario: doctores Washington Cano, Domingo Cortez y Guillermo Zavala del Pino.

Juez instructor: capitán de fragata Arturo Zavala.

Zona de la quinta región

Suplentes del auditor de guerra: doctores Germán Amat y León, Carlos Valdez de la Torre y Carlos Sayán Álvarez.

Jefe de zona titular: coronel Abelardo Gonzales. Jefe de zona (interino): coronel Néstor Scamarone. Auditor de guerra: doctor Darío A. Urmeneta.

100 FMP

Relator secretario: doctor Carlos Badani.

Secretario: teniente primero Alfredo Catter.

Suplentes del relator secretario: doctores José Antonio Cáceres, Humberto Rafael del Pino y Augusto Vargas Prada.


CONTRALMIRANTE JOSÉ ERNESTO DE MORA ROMERO Presidente del Consejo de Oficiales Generales del 29 de abril de 1929 al 3 de setiembre de 1930 (Retrato ubicado en la galería de presidentes del Fuero Militar Policial)

FMP 101


CORONEL CÉSAR GONZALES NAVARRETE Presidente del Consejo de Oficiales Generales Entre el 15 de setiembre y el 29 de diciembre de 1930. (Retrato ubicado en la galería de presidentes del Fuero Militar Policial)

102 FMP


FMP 103


104 FMP


FMP 105


106 FMP


FMP 107



CAPÍTULO II La jurisdicción militar entre 1931 y 1933



II.1. El golpe de estado de Luis Miguel Sánchez Cerro y sus consecuencias en la jurisdicción de guerra El 22 de agosto de 1930, el teniente coronel Luís Miguel Sánchez Cerro, comandante del Batallón de Zapadores N.º 3, se levantó en Arequipa contra el gobierno del presidente Augusto Bernardino Leguía y Salcedo. El movimiento tomó fuerza en el sur y fue respaldado por otros jefes militares de la guarnición de Lima y otras regiones. El mismo día 22 de agosto, Sánchez Cerro suscribió un decreto por el que se auto titulaba “Comandante en Jefe del Ejército del Sur y Jefe de Gobierno”, ofreciendo garantías a la población y amenazando con castigar severamente a quienes atentasen contra el espíritu del movimiento que acababa de consolidarse. Ese mismo día firmó otro decreto como “Jefe Supremo Militar y Político”,

“en mi (su) Casa de Gobierno” de Arequipa, nombrando “Secretarios de esta Jefatura”: al mayor Alejandro Barco (Asuntos Militares); a José Luís Bustamante y Rivero (Asuntos Políticos); a Manuel A. Vinelli (Asuntos Financieros y Administrativos); al mayor Rubén del Castillo (Asuntos Postales y Trasmisiones); al mayor Arboleda Viñas (Transportes y Comunicaciones) y a Gustavo de la Jara (Contralor General).76 77 En la madrugada del 25 de agosto, la guarnición de Lima pidió a Leguía su renuncia a la presidencia, que aceptada por éste, dio lugar a una Junta Militar de Gobierno presidida por el general de brigada Manuel María Ponce Brousset e integrada, además, por el coronel Eulogio Castillo (Gobierno), el capitán de navío Julio V. Goicochea Álvarez (Relaciones Exteriores), el teniente coronel Arturo Zapata Vélez (Justicia, Culto e Instrucción), el coronel Ricardo E. Llona (Hacienda), el mayor

76

BASADRE GROHMANN, Jorge. Historia de la República del Perú (1822- 1933), Empresa Editora El Comercio S. A., Primera edición 2005, tomo 15, Lima, pág. 19.

77

El mayor Alberto Arboleda Viñas llegó al grado de general de brigada y fue Presidente del Consejo de Oficiales Generales en 1956.

FMP 111


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Eduardo Castro Ríos78 (Fomento) y el contralmirante César Bielich (Marina y Aviación). El 27 de agosto de 1930 llegó a Lima Sánchez Cerro, por vía aérea, y tomó el poder, presidiendo una Junta de Gobierno que estuvo integrada también por el coronel Ernesto Montagne,79 ministro de Relaciones Exteriores; teniente coronel Armando Sologuren, ministro de Justicia e Instrucción; coronel Ricardo Llona, ministro de Hacienda; comandante Alejandro Barco80, ministro de Guerra; coronel Eulogio Castillo, ministro de Fomento; comandante Gustavo Jiménez, ministro de Gobierno; comandante Carlos Rotalde,81 ministro de Marina y Aviación.82 83 En setiembre de ese mismo año, se integraron a la Junta

de Gobierno “dos civiles: Manuel Augusto Olaechea a hacienda y José Luís Bustamante y Rivero a justicia. Este era además secretario de asuntos políticos. Esa junta permaneció en el poder solo seis meses, hasta el 28 de febrero de 1931, “porque nuevamente Arequipa se subleva y se entra en un cambio ininterrumpido de gobiernos hasta que se consolida la junta de Samanez Ocampo…”84; la misma que concedió una amnistía general, “en un alarde democrático y como respuesta a los once años de represión”,85 lo que implicó que en la jurisdicción militar se cortara una importante cantidad de juicios, particularmente los seguidos por rebelión.

78

Eduardo Castro Ríos llegó al grado de general de brigada y fue Presidente del Consejo de Oficiales Generales entre 1952 y 1954.

79

Ernesto Montagne Markholz llegó a general de brigada y tuvo amplia participación en la política peruana. Al referirnos al conflicto peruanocolombiano de 1932- 1933, hablaremos más sobre él.

80

Alejandro Barco López nació el 27 de agosto de 1893. Llegó al grado de general de brigada y pasó a la situación militar de retiro el 31 de julio de 1955 (Escalafón General del Personal de Oficiales del Ejército, Situación de Retiro de 1961, pág. 12). En 1956 se le encuentra como senador de la República. Fue autor del libro “Los tesoros de Pachacamac y Catalina Huanca”, Primera edición, Talleres Gráficos Villanueva, Lima, 1972.

81

Carlos Rotalde González del Valle (1886- 1974), llegó al grado de vicealmirante, más adelante, cuando tratemos la rebelión del 3 de octubre de 1948, haremos mayores referencias sobre su vida.

82

BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., tomo 15, páginas 19 y 20.

83

El Decreto Supremo sobre “Organización de la Junta Militar de Gobierno” se publicó en el diario oficial “El Peruano”, el jueves 28 de agosto de 1930. No se hace referencia a ministros sino a secretarios. Alejandro Barco y Gustavo Jiménez aparecen con el grado de mayor y Carlos Rotalde como capitán de navío).

84

GUERRA, Margarita. Historia General del Perú, La República Contemporánea (1919-1950), Editorial Milla Batres, tomo XII, Lima, Perú, 1984, pág. 86.

85

Ibidem, pág. 87.

112 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Se creó el Tribunal de Sanción Nacional, “con fines de moralizar la administración pública y correspondía al acusado demostrar su inocencia para salir libre.”86 87 La percepción generalizada de la población era que el entorno de Leguía se había enriquecido a costa del Estado. Para conocer de esos casos se crearon dos salas, “integraron la primera los vocales Anselmo Barreto (presidente), Ernesto Araujo Álvarez y Ezequiel Muñoz (fiscales), los señores Umeres, Burga Larrea, Mata y Valdivia, vocales, el secretario José León Barandiarán y el relator Pedro Gazats; y la segunda el coronel Pásara88 (presidente), los fiscales Fernando Palacios y Carlos Zavala Loayza, los vocales capitán de navío Manuel A. Sotil, capitán de fragata Enrique Maura, capitán Demaison y capitán Panizo, el secretario Mendoza y el relator José Valencia Cárdenas. Los cinco jueces instructores fueron: Carlos Alberto Izaguirre, José Antonio Univazo, Manuel María Vargas, José Távara y Raúl Alejandro Núñez Gómez.”89

del Tribunal Nacional de Sanción, dejó la vocalía del Consejo de Oficiales Generales para hacerse cargo de ese nuevo puesto. Uno de los fiscales de esta sala fue el doctor Carlos Zavala Loayza, quien, como ya dijimos, fue suplente del fiscal general del Consejo de Oficiales Generales en 1929 y con el tiempo presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República.

Nuestro interés en este punto es señalar que el coronel Carlos Pásara, que presidió la segunda sala

En la designación del coronel Gonzales como presidente del Consejo hay de nuestra parte sospecha

La llegada al poder del teniente coronel Luís Miguel Sánchez Cerro, cambió radicalmente la conformación del Consejo de Oficiales Generales. El 3 de setiembre de 1930 dejaron el Consejo los contralmirantes José Ernesto de Mora y Federico Sotomayor y Vigil, los coroneles Carlos Augusto Pásara y Juan C. Díaz y el capitán de navío José M. Tirado. El 15 de setiembre presidió el Consejo el coronel César Gonzales Navarrete y se integraron a él los capitanes de navío Carlos García Rosell y Julio Carvajal y los coroneles César Zorrilla Luján y Néstor Scamarone.

86

Ibidem, pág. 86.

87

La creación del “Tribunal de Sanción Nacional” fue materia del Decreto – Ley N° 7040, de 31 de agosto de 1930. El Estatuto del Tribunal de Sanción Nacional estaba contenido en el Decreto- Ley N° 6910, promulgado el 28 de octubre de 1930.

88

El coronel Carlos Augusto Pásara fue designado para este cargo cuando formaba parte del Consejo de Oficiales Generales como vocal, cargo que ocupó por muchos años. Había nacido el 6 de mayo de 1864 y ascendido al grado de coronel el 31 de octubre de 1893, según el Escalafón General del Ejército de 1919.

89

BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., tomo XV, pág. 29.

FMP 113


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

fundada de que se le facilitó el camino para ello. Para que él ocupara el cargo debían dejar el Consejo dos contralmirantes y un coronel de mayor antigüedad, lo que ocurrió. El coronel Gonzales había sido detenido el año anterior por orden del gobierno, imputándosele estar involucrado con otro grupo de oficiales en una rebelión para derrocar a Leguía de la presidencia de la República. Estuvo retenido en la prisión de la isla de San Lorenzo por más de treinta días, sin que se le notificara formalmente los cargos en su contra y sin que se le siguiera proceso alguno.

II.2. Los decretos leyes dictados por la Junta de Gobierno presidida por Luís Miguel Sánchez Cerro y su relación con la jurisdicción de guerra Entre los varios decretos leyes que dictó la Junta de Gobierno presidida por Luís Miguel Sánchez Cerro, algunos tenían que ver con la jurisdicción de guerra y en términos más generales, con la milicia, entre ellos: –– El Decreto Ley N°. 6881, promulgado el 30 de setiembre de 1930, que suspendía los efectos del artículo 156° de la Constitución del Estado y de las Leyes 2442 y 5862, quedando en vigor las disposiciones del Código de Justicia Militar. El artículo 156° de la Constitución de 1920 prescribía: “La justicia militar

114 FMP

no podrá por ningún motivo, extender su jurisdicción sobre personas que no estén en servicio en el Ejército, a no ser en caso de guerra nacional.” La Ley 5862, promulgada el 22 de setiembre de 1927, modificaba ese artículo, agregando la competencia de la jurisdicción de guerra a las “Fuerzas de Policía”. En cuanto a la Ley 2442, restringía la competencia de la jurisdicción de guerra a los militares en servicio activo y solo por delitos cometidos en actos de servicio. –– Decreto Ley N°. 6882, promulgado el mismo día, disponiendo “que los Consejos de Guerra juzguen, únicamente, a los reos presentes; y señalando el procedimiento en los casos de instrucción con reo ausente.” El artículo 2° establecía: “En los casos de instrucción con reo ausente, formulada la acusación fiscal, la autoridad judicial respectiva renovará las órdenes de captura, publicándose edictos en los que se expresará los delitos que la acusación Fiscal imputa al acusado, reservándose el proceso hasta que el reo sea habido.” Ese decreto fue una respuesta esperada y reclamada por los miembros de la jurisdicción de guerra, pues hasta entonces se permitía sentenciar en ausencia, procedimiento, per se, discutible. –– El Decreto Ley N°. 6891, “Derogando la resolución legislativa N°. 6247 (de 4 de octubre de 1928), que otorgó Despachos de General de División del Ejército del Perú, a don Wilhelm


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Faupel”; en consecuencia, se cancelaban los despachos que se le habían otorgado, se le daba las gracias por los servicios que había prestado a la Nación y se le otorgaba “dos pasajes de primera clase, por vapor entre el Callao y Hamburgo, para él y su esposa y flete para sus equipajes…” Se decretaba, igualmente, que el general Faupel percibiese sus haberes hasta diciembre de 1930 y a partir del 1° de enero del año siguiente, fuera inscrito en el Escalafón General del Ejército, en la sección correspondiente, en las mismas condiciones que los demás oficiales extranjeros. –– El Decreto Ley N°. 6923, promulgado el 10 de noviembre de 1930, “Disponiendo que todos los peruanos mayores de 20 años y menores de 50, están obligados a inscribirse en los Registros Militares”, tenía que ver con la Ley N°. 1569 sobre “Servicio Militar Obligatorio”, promulgada el 20 de junio de 1911, por el entonces presidente Leguía. Disponía el decreto que todos los peruanos mayores de 20 y menores de 50 años, debían inscribirse en los registros militares, disposición que estaba ya contemplada en la Ley 1569.

Esa inscripción debía realizarse entre el 1° de enero y el 31 de marzo de 1931 indefectiblemente y para los que se hallaban en el extranjero, ese plazo se extendía hasta el 30 de junio de dicho año. El artículo 3° prescribía: “Los omisos hasta la fecha, quedan exonerados de toda

pena; pero a partir del mes de abril próximo en que vence el plazo de Inscripción General, les serán aplicadas inflexiblemente las sanciones que determina la Ley 1569.” Esas sanciones estaban previstas en los artículos 94° y siguientes de la referida Ley; por ejemplo, el artículo 98° establecía: “Los que no hubiesen sido inscritos cumplidos los 26 años, serán sometidos a la jurisdicción de guerra, para que sean castigados con la pena de arresto mayor por el delito de omisión.” La consecuencia de esta ley fue una amnistía generalizada para los omisos al servicio militar hasta el 31 de marzo de 1931. Más adelante, el plazo para la inscripción en los Registros Militares se amplió hasta el 30 de junio de dicho año, mediante el Decreto Ley N° 6977, de 5 de diciembre de 1930. –– Por Decreto Ley N° 6926, de 12 de noviembre de 1930, se disolvió la “Confederación General de Trabajadores del Perú y demás organizaciones similares”, por haber ordenado un paro forzoso, que era “acto subversivo contrario a las leyes del Estado; igualmente, el mismo día, se promulgó el Decreto Ley N° 6927, que declaraba “en estado de sitio los departamentos de Lima y Junín”, debido al “paro general decretado por la Confederación General de Trabajadores del Perú, en la capital y en los asientos mineros del Centro”. Ese estado de sitio se suspendió el 31 de diciembre de 1930, por Decreto Ley N°. 6988.

FMP 115


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

En conexión con estos decretos leyes y hacer efectivas las sanciones correspondientes, por Decreto Ley N°. 6929, promulgado el 13 de noviembre 1930, se mandaba “que las personas que atenten contra la seguridad del orden público, sean consideradas autoras de flagrante delito, como lo determina el artículo 63690 del Código de Justicia Militar y juzgados por un Consejo de Guerra especial, cuyo personal se nombra.”

El “Consejo de Guerra especial” establecido por esa ley, estaba presidido por el coronel José Urdanivia Ginés y actuaban como vocales el capitán de navío Ernesto Salaverry, los coroneles José A. Vallejo y Juan E. O’Connor,91 los tenientes coroneles Manuel E. Rodríguez, Teobaldo E. Vegas y Luís E. Vinatea,92 el mayor Diógenes Romero como fiscal, actuando como auditor y secretario-relator, los de la zona militar de la segunda región y como defensor

de oficio el doctor Augusto Salamanca de dicha zona judicial. El procedimiento establecido era sumarísimo, tanto que la acusación y la defensa se formulaban “en el plazo improrrogable de una hora para cada uno de los nombrados” y el Consejo, oyendo la acusación y defensa verbalmente expuestas y teniendo en cuenta el mérito de lo actuado pronunciaba el fallo, “aplicándose a los infractores las penas correspondientes, desde la de arresto hasta la de penitenciaría”, no siendo las sentencias revisables ni apelables.

El Decreto Ley N°. 6948, promulgado el 28 de noviembre de 1930, “Absolviendo la consulta formulada por el Coronel Jefe de Zona de la IIa. Región,93 y de conformidad con el dictamen del señor Fiscal de la Corte Suprema”, estableció “los alcances del decreto-ley N°. 6881, sobre jurisdicción privativa de guerra.” Se decretaba que “La jurisdicción privativa de

90 “Art. 636.- Se considerará flagrante, todo delito sorprendido en el acto de su comisión, o inmediatamente después de ella. Se entenderá sorprendido en delito flagrante, no solo el criminal aprehendido en el momento de estarlo cometiendo, sino el detenido o perseguido inmediatamente después de cometerlo, que no escape a la persecución. También se considerará reo de delito flagrante, el que fuere sorprendido inmediatamente después de cometerlo, con efectos o instrumentos que infundan la presunción vehemente de su participación en él.” 91

Llegó al grado de general de aviación (mayor general) y fue presidente del Consejo de Oficiales Generales.

92

Llegó al grado de general de brigada y fue presidente del Consejo de Oficiales Generales entre 1950 y 1951.

93

Cuando la transcripción de este Decreto – Ley llegó al Consejo de Oficiales Generales, más de un vocal sugirió que se sancionara al coronel “Jefe de Zona de la IIa. Región”, por haber solicitado la aclaración de la norma en forma directa al Ministerio de Guerra y no por el conducto regular que era el Consejo.

116 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

guerra se extiende a las infracciones cometidas por militares o civiles con anterioridad a la promulgación del Decreto Ley N°. 6881, siempre que su juzgamiento corresponda a dicha jurisdicción conforme al Código de Justicia Militar y no se hubiere dictado respecto de ellas sentencia que esté ejecutoriada.”

“Los procesos en curso ante la jurisdicción común sobre hechos comprendidos en esta disposición, se proseguirán, en el estado en que se encuentren, por ante los Tribunales Militares correspondientes”.

–– El Decreto Ley N°. 6949, promulgado el 29 de noviembre de 1930, derogó la Ley N° 5166, de 26 de julio de 1925, que ordenaba cortar los juicios iniciados con relación a los sucesos de Cajamarca del año 1924; es decir, en suma, el fusilamiento (asesinato) del coronel del Alcázar y el teniente Barreda, ocurrido en Chota. En la parte considerativa del Decreto Ley N°. 6949, se decía que la Ley 5166 era “anticonstitucional porque no puede calificarse como concesora de un indulto, el cual solo procede cuando se trata de delincuentes ya juzgados y condenados por el Poder Judicial; ni cabe tampoco atribuirle los alcances de una ley de amnistía, pues esta solo tiene lugar tratándose de delitos políticos y no comunes como fueron los perpetrados en Cajamarca”; en consecuencia, quedaban “expeditos los Tribunales de Justicia para conocer de todos los

juicios derivados de tales sucesos.” El decreto estaba refrendado por José Bustamante y Rivero, secretario de Justicia. –– Decreto Ley N°. 6950, promulgado el 11 de noviembre de 1930, “Disponiendo que los conscriptos, voluntarios y enrolados en el Ejército, no podrán ser demandados ante el Fuero Civil Común, durante su período legal de alistamiento”; en consecuencia, no podían ser materia de hipoteca, anticresis ni podía decretarse embargos en su contra, hasta treinta días después de haber cumplido su servicio militar. En la parte considerativa de la norma se hacía referencia a múltiples abusos que se cometían en contra de los que se encontraban en el servicio militar, aprovechando de su ausencia y en relación con sus bienes. –– Decreto Ley N°. 6966, promulgado el 21 de noviembre de 1930, “Disponiendo que los jefes de las diferentes Zonas Militares y el de la Naval, procedan a cortar la secuela de todos los juicios por deserción simple”, dado que se hallaban “aglomerados en las distintas Zonas de la República, considerable número de juicios por deserción simple.” El artículo 2° establecía, que “Los Consejos de Guerra eventuales, que convoquen los Jefes de Zona para el juzgamiento de los delitos por deserción simple, pueden conocer de varias causas de esta naturaleza en una misma audiencia, debiendo el Jefe de Zona en el decreto de convocatoria,

FMP 117


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

especificar el número de causas para cuya vista se forme el Consejo de Guerra y el nombre de los acusados…” Esta solución venía siendo pedida reiteradamente dado que, de acuerdo con las disposiciones del Código de Justicia Militar, los consejos de guerra solo podían ver un caso.

II.3. Renuncia de la Junta de Gobierno presidida por Luís Miguel Sánchez Cerro y presencia de David Samanez Ocampo y Sobrino en el poder El país no estaba pacificado. La efervescencia política continuaba y otros líderes, que se habían opuesto a Leguía en su momento, querían también acceder al poder, pensando, como siempre ha ocurrido en el Perú, que tenían derecho a ello. En febrero de 1931 hubo un levantamiento en la fortaleza del Real Felipe que fue debelado.94 Poco después, otro levantamiento en Arequipa puso en

94

zozobra al gobierno y la junta renunció el 1° de marzo de 1931, dejando el poder en manos de monseñor Mariano Holguín, primado de la iglesia católica peruana, que encabezaba una junta de notables. Estos acordaron entregar el poder al doctor Ricardo Leoncio Elías, presidente de la Corte Suprema de Justicia y al coronel Manuel A. Ruíz Bravo, Jefe de Estado Mayor del Ejército, quienes acordaron llamar al capitán de navío Alejandro G. Vinces, Comandante General de la Escuadra, para integrar la Junta de Gobierno Transitoria. Esta junta emitió un comunicado informando, entre otras cosas, que: 1. Había iniciado conversaciones telegráficas con la Junta de Gobierno de Arequipa, presidida por David Samanez Ocampo y con la región del norte; 2. Se había dictado disposiciones para el regreso de las unidades de la Marina y Aviación y de las tropas que debían expedicionar al sur, al mando del teniente coronel Gustavo Jiménez; 3. Se había dispuesto por telégrafo la ratificación, en sus respectivas colocaciones, a

“El 20 de febrero de 1931 se produjo un levantamiento encabezado por los generales Pedro Pablo Martínez y César Landázuri, quienes se hicieron fuertes en el Castillo del Real Felipe. El alzamiento fue debelado por las fuerzas que obedecían al Presidente Sánchez Cerro, después de sangriento combate. Concluido el movimiento y apresado el General Pedro Pablo Martínez fue traído al Palacio de Gobierno y, en presencia del comandante Sánchez Cerro, fue tratado muy bruscamente por éste y enviado en calidad de detenido a la Prefectura de Lima, y, después, deportado a Chile. Un mes más tarde, los comandantes Beytía y Dianderas encabezaron un levantamiento, en Arequipa, desconociendo al Gobierno de Lima y pronunciándose a favor de don David Samanez Ocampo…” (MEZA, Tomás, 40 años al servicio de los presidentes en la Casa de Pizarro, 1959, pág. 65.)

118 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

las diversas autoridades políticas de la República; 3. Se había levantado la censura existente para la prensa periódica y las comunicaciones telegráficas y cablegráficas; y 4. Se habían puesto en libertad a los jefes y oficiales del ejército detenidos en los últimos días. El 4 de marzo, la Junta convocó a un grupo de ciudadanos distinguidos en palacio de gobierno, con quienes acordó entregar el mando a Samanez Ocampo, pero, al día siguiente, se hizo del poder el teniente coronel Gustavo Jiménez, se entendió con aquel, que tomó el poder a la cabeza de una Junta Nacional de Gobierno, que gobernó entre el 11 de marzo y el 8 de diciembre de 1931. Esta Junta la integraron, además de David Samanez Ocampo, como presidente, Rafael Larco Herrera, como ministro de Relaciones Exteriores, Francisco Tamayo Pacheco en Gobierno, el teniente coronel Gustavo Jiménez como ministro de Guerra, el capitán de fragata Federico Díaz Dulanto en Marina y Aviación, José Gálvez Barrenechea en Justicia e Instrucción, Manuel Vinelli en Hacienda y Ulises Reátegui Morey en Fomento. En abril, Vinelli pidió licencia por enfermedad y en junio Larco renunció, recomponiéndose la Junta con Gálvez que

95

pasó a Relaciones Exteriores, Emilio Gómez de la Torre fue nombrado en Hacienda y Guillermo Garrido Lecca en Justicia e Instrucción. Mediante Decreto Ley Nº. 7145, de 13 de mayo de 1931, la Junta dispuso se corte la secuela del juicio seguido a los autores del delito de rebelión perpetrado en el Callao el 20 de febrero de 1931, decretando, en consecuencia, que “Los tribunales militares inmediatamente después de promulgado el presente decreto ley, procedan a disponer el archivo del expediente y la inmediata libertad de los que se encuentran detenidos.” El 6 de mayo de ese mismo año, mediante Decreto Ley Nº. 7151, la Junta de Gobierno cortó “todos los juicios incoados a consecuencia de la revolución del Cuzco del año de 1924.” El 8 de abril, por Decreto Ley N°. 7100, ya se había establecido “que el decreto-Ley sobre amnistía de fecha 25 de agosto de 1930, alcanza los juicios por la rebelión de Iquitos del año 1921.” 95 La paz estuvo siempre comprometida en la República. El 23 de mayo de 1931 los clases y soldados del Regimiento de Infantería N° 5 se amotinaron en el cuartel Santa Catalina, salieron a las calles

Esta rebelión fue encabezada por el capitán Guillermo Cervantes Vásquez, sobre cuyo proceso hemos tratado en el tomo II de esta obra, página 382 y siguientes.

FMP 119


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

al mando del sargento segundo Víctor Faustino Huapaya Chacón e intentaron tomar el Ministerio de Gobierno y Policía sin conseguirlo; rechazados por la Guardia Republicana, trataron de asediar el palacio de gobierno sin éxito, atrincherándose después en su cuartel, que fue tomado por las fuerzas leales al gobierno. Sobre este episodio, el mayordomo de palacio de ese entonces, Tomás Meza, dice: “En cuanto al alzamiento en el Cuartel de Santa Catalina, el Ministro de Guerra de la Junta de Gobierno, comandante Jiménez, ingresó a dicho cuartel y, antes de entrar, dijo al comandante José Vásquez Benavides: “Si dentro de media hora no salgo, ustedes atacan de hecho”. Cuando ya se había hecho dos disparos de cañón a una de las torres del Cuartel, donde se encuentra el reloj, apareció el comandante Jiménez y cesó el fuego.” 96 El 24 de mayo de 1931, se promulgó el Decreto – Ley N°. 7059, “Creando un Consejo de Guerra especial para juzgar los delitos de rebelión del Regimiento de Infantería N° 5”. En la parte considerativa de dicho decreto ley se decía, que los hechos ocurridos la noche anterior constituían “los delitos de rebelión, sedición, motín e insulto al superior, previstos y penados en los capítulos 1°, 2° y 3° del Título 2° del Código de Justicia Militar y en

96

MEZA, Tomás, Ob. Cit., pág. 74.

120 FMP

el Capítulo 1° del Título 3° del mismo cuerpo de leyes.” El procedimiento que debía seguirse era el especial, como delito flagrante y ocurrido en campaña, “a fin de que la acción de la justicia sea rápida y efectiva.” El “Consejo de Guerra especial” estuvo integrado por el coronel Cirilo Ortega como presidente; los capitanes Luís G. Meneses y Abel Cordero, los tenientes Alfonso Llosa Pavón, Fernando Calderón y el subteniente Miguel Arce, como vocales. Fueron designados suplentes de los vocales el teniente Darío Luna y el alférez Américo Vargas Valdivieso. El fiscal del caso fue el capitán Armando Silva; el “Juez Instructor ad-hoc, el sargento mayor Leonardo Contreras”, quien debía terminar la instrucción “en el plazo improrrogable de cuarenta y ocho horas, ciñendo sus procedimientos a lo prescrito en el artículo 639° del Código de Justicia Militar, y elevando los autos directamente al mencionado Tribunal, para el proceso y demás efectos legales.” Debían actuar “como Auditor y Secretario Relator de dicho Consejo, los de la Zona Militar de la Segunda Región.” La pena impuesta “no era susceptible de apelación ni recurso alguno; debiendo ser


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

ejecutada por el presidente del mencionado Consejo.” El mismo 24 de mayo se promulgó el Decreto Ley N°. 7060, “Dictando disposiciones para el cumplimiento del estado de sitio decretado para el Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao.” El estado de sitio decretado importaba la suspensión de varias garantías constitucionales; el uso por las fuerzas del orden de sus armas para disolver manifestaciones; el juzgamiento de civiles y militares por delitos flagrantes de rebelión, sedición, motín o contra la tranquilidad pública, sumariamente, en el plazo de 48 horas, por una corte marcial nombrada discrecionalmente por la autoridad militar, que podía imponer la pena de muerte y ejecutarla de inmediato. El 26 de mayo de 1931, la Junta de Gobierno promulgó el Decreto Ley N°. 7160, “Convocando a elecciones para presidente de la República y para representantes a un Congreso Constituyente”, que debía celebrarse el 13 de setiembre del referido año, debiendo el Congreso Constituyente instalarse el 25 de octubre de 1931. El mismo día se promulgó el Decreto Ley N°. 7161, “Derogando todos los decretos leyes que crearon los estados de

97

sitio y la ley marcial en la República”. Diecisiete días después, el 11 de junio de 1931, al entenderse que el orden público seguía amenazado “por planes revolucionarios cuyas conexiones conocen y controlan las autoridades”, mediante Decreto Ley N°. 7187, se decretaba el estado de sitio a nivel nacional. Parte de esas amenazas fueron la huelga general que decretó en mayo de 1931 la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP). El 25 de agosto se inició en Lima una huelga de telefonistas, en demanda de mejoras salariales y en Cañete, Chiclayo, Chancay y otros lugares se produjeron desórdenes. En el Cusco, el coronel Aurelio García Godos, “cabeza de varios intentos para trastornar el orden público en toda esta época, dio lugar a la movilización de fuerzas desde Lima… Pero esta amenaza quedó eliminada sin lucha.” 97 El 26 de junio de 1931, ocurrió el pronunciamiento del teniente coronel Agustín Cabrera en el Cusco, cuyo inspirador, según se dice, fue el capitán Arístides Pachas. En Puno, el capitán Mario Abarca, al mando del 13 de infantería y parte del 4 de zapadores, sorprendió a los cuerpos de seguridad y tomó la

BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., tomo 15, pág. 77.

FMP 121


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

ciudad, pretendiendo marchar sobre el Cusco. El 30 de junio, tropas leales al gobierno, al mando del teniente coronel Alejandro Aliaga, combatieron a Abarca en Paucarcolla (entre Puno y Juliaca) y restablecieron el orden. En este enfrentamiento se distinguió el guardia civil Manuel Gutiérrez Candia (no Andía, como se consideró en algún momento), al silenciar una de las dos ametralladoras con que contaba Abarca, a costa de su vida. Una unidad de caballería de la Policía Nacional, que se encuentra acantonada en “El Potao”, Rímac- Lima, lleva su nombre.98 Sobre estos episodios de la vida nacional, Basadre dice: “Las figuras del sargento Huapaya, del capitán Pachas, del comandante Cabrera, del capitán Abarca, del coronel García Godos y otras, parecen reencarnaciones de algunas que aparecieron en los años de anarquía en el siglo XIX: 1835, 1842, 1882.” 99 Durante el gobierno de la Junta se dieron otros decretos que son de interés para nosotros; así, por Decreto Ley N°. 7291, de 24 de agosto de 1931, se dispuso que podían ser nombrados los jefes y oficiales que prestaban servicios en “los Estados Mayores de la 3ª y 4ª Región para formar los Consejos de Guerra… así como para el desempeño de

los cargos de Juez Instructor y Fiscal”, por no haber suficientes jefes y oficiales para la formación de los consejos. Por Decreto Ley N°. 7391, su fecha 26 de octubre de 1931, la Junta concedió “a doña Zoila Aurora Unzueta, a doña Rosalía Negrini y a doña Olga Caballero, viudas e hija del coronel Alcázar, teniente Barreda y mayor Caballero, respectivamente, como pensión de montepío, el haber íntegro que corresponde a la clase de los causantes, con arreglo a la escala de sueldos de 1912. Como ya lo hemos mencionado, el coronel del Alcázar y el teniente Barreda fueron fusilados, sin proceso, en Chota, en 1924, por rebelarse contra Leguía. La Junta de Gobierno presidida por Samanez Ocampo hizo un buen trabajo en el tema económico, poniendo en práctica las recomendaciones de la “Misión de Consejeros Financieros que preside el Dr. Kemmerer”; por ejemplo, estableció “como unidad monetaria de la República el Sol de Oro sin acuñar”, en reemplazo de la libra peruana. En el orden electoral, por Decreto Ley N°. 7177, de 26 de mayo de 1931, promulgó un “Estatuto Electoral” singular, cuyo anteproyecto fue elaborado por jóvenes brillantes: César Antonio Ugarte, Alberto Arca Parró, José Antonio Encinas, Luís E.

98

El nombre del guardia Manuel Gutiérrez (Paucarcolla 1901 – 1931) se encuentra en el Cenotafio del Centro de Instrucción de la PNP. (MERINO ARANA, Rómulo. Historia Policial del Perú en la República, Imprenta del Departamento de Prensa y Publicaciones de la Guardia Civil, Lima – Perú, pág. 126).

99

BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., tomo 15, pág. 79.

122 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Valcárcel, Jorge Basadre Grohmann, Carlos Telaya y Luís Alberto Sánchez, reunidos en la biblioteca de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. El Estatuto Electoral creó el Jurado Nacional de Elecciones; estableció el voto secreto y obligatorio; la representación de las minorías en el parlamento, entre otras disposiciones novedosas. Convocadas las elecciones, se presentaron a ellas Luís Miguel Sánchez Cerro por la Unión Revolucionaria, Víctor Raúl Haya de la Torre por el Partido Aprista Peruano, Arturo Osores Cabrera por la Coalición Nacional y José María de la Jara Ureta por la Unión Nacional. No entraremos en disquisiciones ideológicas ni mayores razones, tan solo diremos que las campañas de los dos primeros fueron polarizadas. El Jurado Nacional de Elecciones proclamó presidente a Sánchez Cerro. Los resultados electorales arrojaron las siguientes cifras: 152,062 votos para Sánchez Cerro, 106,007 para Haya de la Torre, 21,921 para de la Jara Ureta y 19,653 para Osores. Los apristas alegaron fraude, que nunca probaron, pero Samanez Ocampo respetó los resultados y entregó el poder a Sánchez Cerro. En esta coyuntura, la Junta Nacional de Gobierno, en postrimerías de dejar el poder, mediante Decreto Ley N°. 7414, de 19 de noviembre de 1931, indultó a militares y civiles condenados por delitos políticos cometidos desde el 22 de agosto de 1930; cortó la secuela de los juicios seguidos

contra militares y civiles por los mismos delitos; comprendió en los beneficios de esta ley “a los procesados por los delitos de motín y asonada, ocurridos en Moyobamba en 2 de noviembre de 1930”; dispuso se pusiera en libertad a todos los procesados y condenados a que se refería la ley, dejando abierta la posibilidad del retorno de los extrañados del país. El 23 de noviembre de 1931, quince días antes de dejar el poder, la Junta de Gobierno promulgó el Decreto Ley N°. 7444, que cortaba los juicios iniciados contra militares y civiles por los sucesos de tuvieron lugar en Cajamarca y particularmente en las provincias de Chota y Cutervo el año 1924 y ordenaba poner en libertad, por los jueces competentes, a los enjuiciados que ese decreto se refería. El argumento era que, habiendo fallecido los acusados principales de estos hechos delictuosos, no se había podido acreditar, hasta la fecha, “responsabilidad efectiva para los demás jefes, oficiales, clases e individuos de tropa”, que se encontraban encausados. La Junta de Gobierno, el 26 de noviembre de 1931, mediante Decreto Ley N°. 7467, dispuso remitir a la Asamblea Constituyente la investigación mandada practicar sobre el no pago de los haberes y racionamiento del general de brigada Oscar R. Benavides, entre febrero de 1923 y agosto de 1930, dinero que, estando consignado en los presupuestos de la República con dicho fin, era repartido, en concepto de gratificaciones, entre el personal FMP 123


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

del Ministerio de Guerra. El gobierno pedía “el enjuiciamiento de los ex ministros de Guerra que desempeñaron funciones en los tiempos señalados. Con anterioridad, con Decreto Ley N°. 7356, de 5 de octubre de 1931, la Junta había ya remitido el expediente “a la Corte Suprema de la República, para el juzgamiento y castigo de los culpables”, que, no obstante, debido a su alta investidura, estaban sujetos a un antejuicio en el legislativo. El monto adeudado al general Benavides ascendía a la suma de S/. 88,278.62 y le fue pagado con un crédito extraordinario, “en once letras del Tesoro, a cargo de la Caja de Depósitos y Consignaciones, Departamento de Recaudación, por S/. 8,000.00 cada una…” y el saldo en efectivo, por la Dirección del Tesoro (Decreto Ley N°. 7298, de 4 de setiembre de 1931.

II.4. El segundo gobierno de Luís Miguel Sánchez Cerro y los sucesos ocurridos en el Perú hasta su asesinato El 8 de diciembre de 1931,100 Luís Miguel Sánchez Cerro inició su gobierno como presidente electo. Desde la ceremonia misma de su asunción

al mando, a la que no asistieron los representantes apristas, la oposición de éstos a su gobierno fue constante, violenta y brutal, como fue la respuesta del gobierno. Pocas veces en la historia del Perú se produjeron, en un período tan breve, actos tan violentos como los que ocurrieron en 1932 y parte de 1933, no solo en el plano nacional sino, también, en el internacional, por el conflicto que tuvimos con Colombia. El mundo vivía las consecuencias de la gran crisis económica de 1929, que le costó a Leguía, por ejemplo, la presidencia del Perú. Europa, tras el tratado de Versalles, “que puso fin” a la primera guerra mundial, vivía en la tensa calma que precedió a la tempestad de la segunda conflagración mundial, “prosperando” los totalitarismos. Los bolcheviques en Rusia y su periferia, intentando “exportar” el marxismo-leninismo por el mundo, en nombre de un proletariado explotado; el fascismo italiano y Mussolini sirviendo de ejemplo a otros, tanto que hasta los ingleses pensaban que era un ejemplo a seguir; el nazismo y su “Der Führer” (el líder, guía o conductor) asomando en la “escena contemporánea” de entonces, todos con un común determinador: el autoritarismo y la violencia. Otro común denominador de estas agrupaciones, “con

100 Ese mismo día, martes 8 de diciembre, se instaló el Congreso Constituyente (Decreto Ley N°. 7416, de 19 de noviembre de 1931.)

124 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

ideología e ideario político”, era la pomposidad y el ostensible simbolismo con el que se presentaban en escena: banderas, camisas negras, águilas imperiales al estilo de las antiguas legiones romanas, himnos, faces, esvásticas, hoces, entre otras, y mucha reverencia por el líder.

estabilidad del régimen constitucional en la República, defendiendo las instituciones democráticas contra la acción de elementos perturbadores y de propagandas perniciosas que impiden el establecimiento de la paz pública y el libre ejercicio de las actividades lícitas de la ciudadanía”.

En el Perú esas influencias no fueron extrañas. El partido aprista, por ejemplo, adoptó esas expresiones: banderas, himno, pañuelos, estrellas, boinas e idolatría por “El Jefe”. Ideología, ideario y hasta un lema extremo: “Solo el APRA salvara al Perú”, que, llegado el momento, encendió una de las mechas que hizo arder la pradera. De otro lado, Sánchez Cerro, un mestizo arrojado, conspirador convicto y confeso, honesto según versión de muchos, que aprovechando el descontento contra Leguía se hizo del poder lejos de Lima y sin que se disparase un solo tiro. Más adelante, al no poder sostenerse en el poder, cedió el mismo a una junta de notables, para volver después “bendecido por las masas”, con ese argumento barato y muy común en el Perú de: votemos por él, que “es un cholo como nosotros”. Sánchez Cerro, apelando al nacionalismo de los miembros de la fuerza armada y la lealtad de los urristas, encendió la otra mecha que terminó de incendiar la pradera.

En la ley se establecía que eran actos contrarios a la estabilidad de las instituciones y el bienestar social, la incitación a resistir o desobedecer las leyes; “La incitación a los Institutos Armados a rebelarse contra los Poderes constituidos o a actos de indisciplina o antagonismo entre ellos”; la difusión de noticias que puedan quebrantar el crédito del País; “La posesión ilícita de armas de fuego o de sustancias explosivas”, entre otras. Las sanciones que se podían imponer en mérito a esta norma, iban desde la multa hasta la expatriación. Tratándose de funcionarios públicos, se disponía la suspensión o separación de sus cargos y se autorizaba al ministro de Gobierno y Policía a suspender las reuniones o manifestaciones públicas; clausurar los centros y asociaciones que inciten a desestabilizar la paz social; decretar la incautación de toda clase de armas o sustancias explosivas, “aún de las que se tengan lícitamente”. La historia ha dicho que no fue suficiente para parar la escalada de violencia y hasta podríamos afirmar que exacerbó los ánimos y sirvió de justificación para los hechos violentos que se sucedieron después.

El 9 de enero de1932, el Congreso Constituyente, que se hallaba reunido para darle al Perú una nueva Constitución, votó la Ley N°. 7479, conocida como “Ley de Emergencia”, a fin de “garantizar la

El 6 de marzo 1932, se produjo un atentado contra la vida del presidente de la República en la iglesia

FMP 125


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

de Miraflores. José Melgar Márquez, un militante aprista, disparó contra Sánchez Cerro “a boca de jarro, hiriéndolo cerca del corazón, comprometiendo el pulmón izquierdo, y alcanzando también (la bala) al jefe de la casa militar, coronel Antonio Rodríguez, en la pierna. Melgar, a su vez, fue herido y apresado. Juan Seoane, hermano de Manuel Seoane, resultó comprometido, pues se dijo que la pistola con la que disparó Melgar le había sido proporcionada por éste y se le acusó de instigador del crimen, por lo cual la corte marcial los condenó a muerte (14 de marzo de 1932). Más tarde, Sánchez Cerro les conmutó la pena por 25 años de penitenciaría.”101 Sobre la condena a Melgar, Basadre dice: “La corte marcial estuvo presidia por el coronel Guillermo Romero e integrada por oficiales del ejército, la marina y la policía. Los encausados fueron, aparte de Melgar, Juan G. Seoane, Reynaldo Bolaños, escritor que firmaba con el seudónimo de Serafín Delmar y era director de la revista Apra, José Carlos Olcese, Carlos Kraff y Bernardo García Oquendo.”102 Melgar y Seoane fueron condenados a muerte; Reynaldo Bolaños a veinte años

101 GUERRA, Margarita, Ob. Cit., tomo XII, pág. 103. 102 BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., tomo 15, pág. 186. 103 BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., pág. 147.

126 FMP

de penitenciaría y García, Olcese y Kraff fueron absueltos. El 17 de marzo de 1932 se promulgó la Ley N°. 7494, con la que se autorizaba “al señor Presidente de la República, para que pueda ejercitar, si lo tiene a bien, el derecho de conmutar la pena capital a los reos que han sido sentenciados por la Corte Marcial con motivo de los delitos cometidos en Miraflores el día 6 del presente mes.” Sánchez Cerro, por decreto que refrendó el 25 de mayo de ese año, conmutó la pena de muerte impuesta a Melgar y Seoane, por la pena de internamiento, “atendiendo a la gestión del obispo de Arequipa, administrador apostólico de la Arquidiócesis y en homenaje a la iglesia peruana en el día de la fiesta de Corpus Christi… Melgar se alejó del Partido Aprista al quedar en libertad en 1945.103 El 6 de mayo de ese año, Víctor Raúl Haya de la Torre, auto proclamado “presidente moral del Perú”, fue arrestado, imputándosele varios cargos, sufriendo prisión y procesos penales. El gobierno consideraba, incluso, el atentado contra Sánchez


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Cerro como obra del partido que él lideraba y que ese no era un acto personal como se sostenía por los apristas y el propio Melgar. Un motín de marineros se produjo en el Callao el 7 de mayo de 1932. Marinería de los cruceros Grau y Bolognesi tomaron sus buques; el submarino R4 no se plegó al motín y los levantiscos fueron reducidos a prisión. “La versión oficial calificó al alzamiento como comunista; pero ella tuvo origen aprista.” 104 Una corte marcial presidia por el comandante Alfredo Bazo juzgó a los responsables, siendo condenados a muerte y fusilados ocho marineros en la isla de San Lorenzo, por personal de la Guardia Republicana. Estos fueron: Eleuterio Medrano Chuquiza, Gregorio Pozo Chunga, Telmo Arrué Burga, Fredemundo Hoyos López, Arnulfo Ojeda Navarro, Pedro Gamarra Gutiérrez, José Vidal Mozanet Sánchez y Rogelio Dejo Delgado. Otros marineros fueron condenados a penas de prisión. Más adelante revisaremos en detalle el proceso que se les siguió. En la madrugada del 7 de julio de 1932, trabajadores de la hacienda Laredo, miembros algunos y simpatizantes otros del partido aprista,

encabezados por el “Búfalo” Barreto, atacaron el cuartel O ‘Dónovan de Trujillo, donde se encontraba acantonado el Regimiento de Artillería N°. 1, al mando del teniente coronel Julio P. Silva Cáceda y parte del Regimiento de Infantería Nº. 1. La escalada creció, tomaron las instalaciones de la policía, apresaron a un grupo de oficiales, incluido el comandante Cáceda, se hicieron de la ciudad, nombraron a sus autoridades políticas y se organizaron para resistir a las fuerzas del orden. En la madrugada del 10 de julio, los oficiales y personal subalterno presos en la cárcel pública fueron asesinados brutalmente, las fuerzas del orden retomaron la ciudad a sangre y fuego, instalándose una corte marcial que condenó a 44 personas a la pena de muerte. Los principales responsables, como es costumbre en el Perú, huyeron y no fueron procesados después, pasados los incidentes, a los que siempre se califican de políticos, se dictó la consabida ley de amnistía, por los delitos políticos cometidos en fecha determinada, en obsequio de la hermandad de los peruanos y la paz social, retomando los presuntos responsables a la actividad política, con la aureola de revolucionarios. Este es un episodio

104 Ibidem, pág. 200.

FMP 127


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

trágico en la historia del Perú, fruto de totalitarismos enfrentados, sobre el que volveremos más adelante, cuando repasemos los detalles de la corte marcial de Trujillo. Pocos días después, en Huaraz, se produjo otra “revolución”, que la condujo (no encabezó) el mayor Raúl López Mindreau. El levantamiento fue sofocado y se estableció una corte marcial que condenó a muerte a López Mindreau y otros, según Basadre, “en un acto de crueldad innecesaria”.105 Entre esos fusilados estuvo el odontólogo Carlos Philips, declarado mártir aprista. Detallaremos más este punto al tratar sobre la corte marcial de Huaraz. El 1 de setiembre de 1932, un grupo de peruanos residentes en Leticia, encabezados por el ingeniero Ordóñez, depusieron a las autoridades colombianas, los hicieron embarcar hacia Brasil y se apoderaron de la población. Como sabemos, Leticia y el llamado trapecio amazónico fueron entregados a Colombia durante el gobierno de Leguía, en cumplimiento del Tratado Salomón–Lozano, firmado en 1922. Colombia protestó por la ocupación y Sánchez Cerro decidió sostener la posición de los loretanos, que ansiaban recuperar ese territorio cedido, sin causa aparente, por el gobierno

105 BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., tomo 15, pág. 211.

128 FMP

de Leguía. Las hostilidades se produjeron, hubo enfrentamientos de alguna envergadura, que precisaremos después, cuando veamos las causas que se siguieron en el contexto del llamado conflicto peruano colombiano de 1932 – 1933. En el año de 1933, el 11 de marzo, el comandante Gustavo Jiménez, apodado el “Zorro”, complotando como tantas veces y proclamándose “Jefe Supremo de la República”, se levantó en Cajamarca, comprometiendo en el acto a los integrantes del Batallón de Infantería N° 11. Marchó hacia la costa y vencido en Paiján (La Libertad), se quitó la vida disparándose un tiro en la cabeza, hechos que, igualmente, comentaremos al revisar los resultados de la corte marcial respectiva. Finalmente, para terminar la narración de este contexto violento, diremos que en la mañana del 30 de abril de 1933, cuando el presidente Luís Miguel Sánchez Cerro se desplazaba en su vehículo descubierto, luego de pasar revista en el hipódromo de “Santa Beatriz” (hoy Campo de Marte) a las tropas que se preparaban para marchar a la frontera con Colombia, un sujeto de nombre Abelardo (Alejandro dicen otros) Mendoza Leyva, de filiación aprista, disparó contra Sánchez Cerro por la espalda, hiriéndolo de necesidad


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

mortal, falleciendo el presidente en el “Hospital Italiano”, a la 1.10 minutos de la tarde de aquel fatídico día. Se dice que aquello fue una conspiración en la que participaron varias personas, siendo Mendoza tan solo el chivo que expió las culpas de él y de otros, al ser muerto en el mismo lugar de los hechos. Margarita Guerra dice: “Muy pocos dudaron de la responsabilidad directa de la dirigencia

del APRA en la consumación del crimen, y los apristas, los descentralistas, y algunos otros grupos, consideraron que la muerte del presidente era el correlato necesario a las masacres de los apristas de Trujillo, Chocope y otros pueblos”.106 El Congreso eligió ese mismo día al general Óscar R. Benavides para que terminara el período presidencial del general Sánchez Cerro, que debía culminar en 1936, permaneciendo en el poder hasta 1939.

106 GUERRA, Margarita, Ob. Cit. tomo XII, pág. 113.

FMP 129



CAPÍTULO III Las cortes marciales de los años 1932 y 1933



Los años de 1932 y 1933, durante el gobierno de Luís Miguel Sánchez Cerro, se produjeron en el Perú varias rebeliones, que fueron duramente sofocadas, con cuyo objeto se dictaron leyes especiales para la conformación de cortes marciales, que juzgaron esos hechos drásticamente y con brevedad. Se conoce en la historiografía nacional al año de 1932 como “el año de la barbarie”, por los graves sucesos que en tal año ocurrieron en Trujillo, pero no solo allí se produjeron graves episodios para la vida nacional, sino, además, en Lima, Huaraz y Cajamarca. Este fenómeno se extendió, con menor intensidad, a otras regiones del país. Las cortes marciales nunca han estado previstas en un Código de Justicia Militar, pero estos órganos perentorios y efímeros tomaban algunos procedimientos establecidos en dicho código para tiempos de conflictos armados. Nuestro interés es difundir estos episodios, para que el lector se forme un juicio propio sobre ellos, dado que no encontramos en los libros de historia referencias medianamente detalladas al respecto.

III.1. Sumario seguido a los amotinados de los cruceros “Grau”, “Bolognesi” y B.A.P. “Rodríguez”, entre el 8 y el 11 de mayo de 1932107 De acuerdo con el parte de 8 de mayo de 1932, formulado por el capitán de fragata Víctor S. Barrios, comandante del B.A.P. “Coronel Bolognesi”, el 7 de mayo, a 20.15 horas, mientras los oficiales de servicio se encontraban cenando, “fueron sorprendidos por un grupo de Marineros Armados entre los que se encontraban el Marinero de 2da. Eleuterio Medrano quien los encabezaba, acompañado por los Marineros de Ira. Zenobio Durand y Telmo Arrué y de los de 2da. Francisco Coloma Díaz y Pedro Gamarra Gutiérrez, quienes les intimaron rendición, encerrándolos en la Cámara de Oficiales, dejándolos con Centinelas de vista; hicieron lo mismo con los Oficiales de Mar, a quienes encerraron en la Cámara de Torpedos, para pasarlos luego al sollado108 de marineros. A 20.30 horas, que regresó el chalupón, que hizo de bote de horario, con el Alférez de Fragata Guillermo Lostaunau quien

107 El expediente original se encuentra en el Archivo Central de la Marina de Guerra del Perú. Existe una copia autenticada en la Vocalía de Marina del Tribunal Superior Militar Policial del Centro, en Lima. 108 Sollado. - Cubierta inferior de un buque en la que se suelen instalar alojamientos o compartimentos que se utilizan como almacén. En este caso, alojamiento de marineros.

FMP 133


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

había ido a hablar urgentemente por teléfono a su casa. Lo capturaron y lo condujeron en calidad de detenido a la Cámara de Oficiales.” Estando el “Bolognesi” en poder de los amotinados, estos se armaron de fusiles y pistolas, forzando las cerraduras de los armarios; extrajeron munición de los pañoles109 para “dotar los cañones de 152 m/m y 76 m/m; sacaron los fusiles ametralladoras los que los emplazaron en cubierta” y una lancha partió “con una comisión de insurrectos al B.A.P. “Almirante Grau”, donde apresaron a los Oficiales de servicio y los condujeron a bordo del “Coronel Bolognesi”, quedando en el B.A.P. “Almirante Grau” un crecido número de insurrectos del B.A.P. “Coronel Bolognesi”; en viaje posterior trajeron también al B.A.P. “Coronel Bolognesi” algunos Oficiales de Mar del “Almirante Grau”. Partieron luego algunos amotinados en una lancha y condujeron a bordo del Bolognesi al oficial de guardia del B.A.P. “Teniente Rodríguez” y más tarde al alférez de fragata Camino de la dotación del citado buque.

Nuevamente salió la lancha “en dirección a los Submarinos con el objeto de tomar a los Oficiales de guardia, pero regresó sin el cabecilla Medrano que había sido apresado en el B.A.P. “R-4”. De madrugada se presentó el capitán de corbeta Félix Vargas Prada junto con otros oficiales, en la lancha del resguardo, siendo recibidos a balazos por los sublevados. Más tarde, a las 06.30 horas, aproximadamente, aparecieron “tres aviones de las Palmas, los cuales, después de efectuar un reconocimiento a gran altura, dejaron caer tres bombas que explotaron en la cercanía del buque”, ordenando uno de los amotinados “zafarrancho de combate”.110 El Comandante General de la Marina, embarcado en el B.A.P “R-4”, ordenó dos disparos largos para amedrentar a los sublevados, y al no conseguir su objetivo, ordenó dos disparos más “que alcanzaron al buque (B.A.P. “Coronel Bolognesi”) en el costado de Estribor,111 produciendo el desconcierto general de los sublevados, los que izaron bandera blanca y libertaron a los Oficiales, quienes asumieron inmediatamente sus respectivos mandos,

109 Pañol. - Compartimento de un barco o pequeño almacén en un puerto, que sirve para guardar víveres, municiones, herramientas, etc. 110 Preparación del buque para la lucha inmediata. Hoy, la orden se puede dar de varias maneras: a través de altavoces, sirenas, etc. En el tiempo en que ocurrieron los hechos que estudiamos, era a través de cornetas. En los ejércitos de tierra, igualmente, hoy se da la alerta por sirenas, altavoces, silbatos, verbalmente (a las armas), pero, tradicionalmente, se hacía a través de una corneta, con el toque de “generala”. 111 Estribor. - “Costado, banda o lado derecho de las embarcaciones… mirando… en la dirección de la marcha”. CABANELLAS DE TORRES, Guillermo, Diccionario Militar (Aeronáutico, Naval y Militar), Tomo III, Editorial Claridad, Buenos Aires, Argentina.

134 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

ocupándose en dominar el incendio en el tanque número tres de estribor y de colocar el pallete de colisión, escorando el buque sobre babor112 para impedir la entrada de agua.” El comandante Barrios señalaba que de las declaraciones que se habían tomado, aparecía que los cabecillas del movimiento fueron: el cabo de 1ra. Gregorio Pozo Chunga, marinero de 2da. Eleuterio Medrano Chuquiza, cabo de 2da. Félix Fernández LLaque, cabo de 1ra. Fredemundo Hoyos López, marineros de 2da. Eduardo Huapaya, Alejandro Delgado Miller y César Salmón Salazar, marinero de 1ra. Zenobio Durand Tarazona, marinero de 2da. Arnulfo Ojeda, marinero de 1ra. Artemio Collazos Valderrama y marinero 2da. Pedro Gamarra, actuando como colaboradores un grupo numeroso. El capitán de fragata Enrique Maura B., segundo comandante del B.A.P. “Almirante Grau”, daba cuenta al capitán de fragata Escudero, primer comandante del referido buque, que durante la sublevación “algunos tripulantes se dedicaron al pillaje en los alojamientos de Oficiales.” Las sustracciones de las que se dieron cuenta fueron: 130 soles oro

del cajón del alférez de fragata Juan Freundt; 50 soles del camarote del teniente primero ingeniero Federico Leguía; 100 soles del rancho de oficiales, algunos paquetes de cigarrillos y útiles de aseo personal. Resultaron complicados en estos hechos el cabo 2da (corneta) Carlos Mantilla Garagay, quien devolvió 130 soles del alférez Freundt; el marinero de 2da. Santos Isidro Condeso, quien devolvió 10 soles; los marineros Luis Campos, Manuel Carpio, Manuel Arias Cornejo, Carlos Sevilla, Jorge Mendoza y el cabo especial de 1ra., cocinero, Emilio Lalla. El teniente primero Ricardo Zevallos, comandante del B.A.P. “Teniente Rodríguez”, en el parte que formuló el 8 de mayo de 1932, señaló que el día anterior, siendo las 22.35 horas, en circunstancias en que se encontraba en su camarote leyendo la revista de Marina, sintió voces y movimiento en la cubierta del buque, ocasionado por la llegada de la lancha número uno del B.A.P. “Coronel Bolognesi” y al abrir la puerta de su camarote, fue sorprendido por gente armada, entre ellos, uno de apellido Medrano, “quien poniéndole la pistola en el estómago le exigió (se) diera prisionero, alegando que toda la escuadra se encontraba ya en poder

112 Babor. - “Costado, banda o lado izquierdo de las embarcaciones… mirando… en la dirección de la marcha”. CABANELLAS, Guillermo, Ob. Cit., Tomo I.

FMP 135


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

de los insurrectos”. Dada la rapidez de los acontecimientos “fue imposible toda reacción en sentido de defensa”, decía el teniente Velásquez; refería, igualmente, que en cubierta había encontrado que el oficial de mar 2do. Vicente Torres Luna y el marinero de 2da. Pedro Paredes Rocca se encontraban presos por los insurrectos, quedando el buque en manos de estos. El mencionado Medrano le pidió las llaves de la “Santa Bárbara”,113 requerimiento al que se negó dos veces, conservando las llaves en su bolsillo, siendo llevado al B.A.P. “Coronel Bolognesi”, donde quedó preso junto con otros oficiales del Bolognesi y del Grau. Al retornar a su buque después de haber sido dominada la insurrección, verificó que la escotilla de la “Santa Bárbara” había sido forzada y habían sacado de allí 20 tiros de fusil. El alférez de fragata Carlos P. Monge, oficial de guardia del “Grau” entre las 1600 y las 20.00 horas del 7 de mayo, refirió que al terminar su servicio se había relevado en el puesto con el alférez Julio Giannotti y, con éste, los tenientes Elías, Leguía y el alférez Freundt se habían dirigido a la cámara de oficiales a cenar, permaneciendo allí junto al teniente Leguía, cuando irrumpió en el lugar

un marinero del “Bolognesi”, de apellido Miñán, quien le dijo “se diera preso en vista de que la Escuadra se había levantado contra el Gobierno”, mientras le apuntaba con un fusil. En esa circunstancia escuchó un disparo en la cámara del comandante general y poco después ingresó al ambiente en el que se encontraba el teniente primero Elías, “a quien un Cabo llamado Medrano, sindicado como uno de los cabecillas del movimiento, venía amenazando con la misma pistola que antes había disparado.” Los oficiales fueron conducidos al “Bolognesi”, que se encontraba “en manos de la marinería que estaba armada. Frente al portalón habían instalado una ametralladora y detrás del cañón N° 2 de 152 m/m pudo ver a varios individuos que les apuntaban con pistolas y en la cámara de oficiales, observó a los tenientes Ceppi, Tudela y a los alféreces Jiménez, Ordoñez y Lostaunau. A las 22.30 horas llevaron preso al teniente Zevallos y a las 24.00 horas al alférez Camino, de civil, ambos del B.A.P. “Teniente Rodríguez”. A las 02.00 se escuchó una descarga de fusilería contra una lancha que se aproximaba, respondiendo

113 Santa Bárbara, lugar donde se guarda la munición. Para una unidad de tierra: polvorín. Lleva ese nombre por Santa Bárbara, patrona de los artilleros. Mi padre me contaba, que se pedía a Santa Bárbara protección contra las tormentas, particularmente, con rayos, truenos y relámpagos, orando: “Santa Bárbara doncella, líbrame de esta centella, así como a Jonás del viento y la ballena.”

136 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

los ocupantes de ésta el fuego. Refiere también que notó “que se conducían las granadas Shrapa 11 de la Santa Bárbara, 2 de 152 m/m a las chilleras correspondientes al cañón de popa. Igualmente, que se operaba sobre el cierre de dicho cañón, rebatiendo los candeleros de la 2ª. Div. De Armamento.” Refería también que a las 06.00 horas notó movimiento en cubierta y que el sirviente de la cámara había expresado que los submarinos resguardaban la salida de la bahía, sin embargo, pudo distinguir al B.A.P. “Condestable Saledón”114 que estaba levantando presión y creía que hacían lo mismo con el “Bolognesi”. Por la mañana llegaron tres aviones y soltaron bombas, luego se realizaron disparos contra el buque en que se encontraba y notó una ligera escora y los oficiales salieron a cubierta ya liberados. El teniente Elías tomó el comando del buque y ordenó las maniobras pertinentes para evitar que ingresara el agua al buque por las perforaciones que le fueron causadas en la línea de flotación por los dos disparos del submarino “R-4”.

El teniente primero ingeniero Federico Leguía M., en el parte que formuló, dijo que encontrándose con el alférez Monge en la cámara de oficiales del B.A.P. “Almirante Grau”, dos marineros desconocidos para él, armados de fusiles, les intimaron se den presos. Al preguntar qué ocurría, uno de ellos le dijo “que se trataba de un movimiento general hecho en todos los buques de la Armada, movimiento hecho no contra los jefes ni oficiales sino contra el Gobierno”. Fue llevado al “Bolognesi” e internado en la cámara de oficiales, donde se encontraban también los oficiales de guardia de ese buque. Por la mañana fueron liberados por un marinero desconocido, quien manifestó que el buque se estaba hundiendo e incendiando, por lo que consideró de su deber cooperar en el salvamento. El teniente primero J.J. Elías, jefe de servicio del B.A.P. “Almirante Grau”, manifestó en su parte que, encontrándose en la oficina del comandante general, ingresó al ambiente sigilosamente un marinero, que después supo se apellidada Medrano, más tres marineros armados con fusiles,

114 El presidente José Luís Bustamante y Rivero, durante su discurso a la Nación, el 28 de julio de 1948, dijo: “El Gobierno, atendiendo a la necesidad imperiosa que el país tiene de contar con una flota numerosa y eficiente, no sólo para cualquier contingencia bélica sino también para la mejor solución de una serie de necesidades de la colectividad en tiempos de paz, ha adquirido durante el último año las siguientes unidades, que actualmente se encuentran en servicio: B.A.P. Mariscal Castilla, B.A.P. Teniente Ferré , B.A.P. Teniente Palacios, B.A.P. Teniente Gálvez, B.A.P. José Olaya, B.A.P. Condestable Saledón, B.A.P. Alférez Bondy, B.A.P. Guardiamarina San Martín, B.A.P. B.T. 1 – B T 2 – B T 3 – B T 4.” Se refiere claramente a un nuevo “Condestable Saledón”.

<http://www.congreso.gob.pe/Docs/participacion/museo/congreso/files/mensajes/1941-1960/files/mensaje-1948-3.pdf>, consultado el 3 de octubre de 2018 ).

FMP 137


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

conminándole se dé preso. Al aproximarse a Medrano, éste disparó, pasando la bala muy cerca de él y después fue conducido al B.A.P. “Bolognesi”, junto con todo el personal de oficiales de servicio, encontrando allí a otros oficiales de servicio del “Almirante Grau” y del “Teniente Rodríguez”, permaneciendo encerrados en la cámara de oficiales. Al día siguiente, al ser liberados y subir a cubierta vio que el tanque de petróleo N° 3 tenía un impacto de proyectil y había incendio en el buque, ordenando, como más caracterizado, las medidas pertinentes para el salvamento del buque: se colocó el pallete de colisión,115 pidió de respaldo el pallete del “Grau”, ordenó inundar en dos pies de agua la Santa Bárbara de proa y escorar el buque a babor unos 10 grados para levantar la línea de flotación donde se encontraban los boquetes y al mismo tiempo envió oficiales para que tomasen el mando del Grau y del Rodríguez, entregando después el buque a su comandante, el capitán de fragata Víctor S. Barrios. El 8 de mayo de 1932, el gobierno, a través de una resolución suprema, nombró a los integrantes de la corte marcial encargada de juzgar a los autores del “motín comunista a bordo de los cruceros Grau y Bolognesi, cuyos autores caen bajo el imperio de la

Ley 7491 que establece las Cortes Marciales sujetas al procedimiento sumario contemplado en el Código de Justicia Militar en su título 1° de la parte tercera, y en el Decreto Ley N° 7060, para juzgar a los autores y cómplices”. Esta corte marcial la presidía el capitán de fragata Alfredo Bazo Cabello y la integraban, como vocales, el teniente primero Fernando Sarmiento, capitán Luís Iparraguirre, capitán de aviación Isaac Fernández, tenientes segundos Edgardo Llosa y Gustavo Mathey y el alférez de fragata Juan Freundt. Fueron designados como vocales suplentes el alférez de fragata Dante Capella y el teniente de policía Carlos Nolasco G. Fue nombrado juez instructor el capitán de corbeta Guillermo Lastres, quién prestó juramento para ejercer el cargo ese mismo día, ante el “Capitán de Navío Manuel A. Sotil, jefe de la Zona Naval de la República”. Fue designado fiscal el de igual clase Miguel Paulette; auditor el doctor Daniel A. Carneiro; relator secretario el doctor Arturo Meza Cavallie y como secretario del juez instructor el teniente de ejército Teodoro Garrido Lecca. Por auto fechado en la isla de San Lorenzo, se abrió instrucción, por el presidente de la corte marcial, contra los “marineros Eleuterio Medrano,

115 El pallete de colisión se utiliza para taponar vías de agua de gran magnitud y su objeto es aminorar la entrada de agua, de forma tal, que los medios de achique (Vg. Bombas) permitan mantener el buque a flote. Está confeccionado de lona y su forma es variada, comúnmente cuadrada.

138 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

José Mansilla, Telmo Arrué Burga, Fredegundo Hoyos, Félix Fernández Llaque, Gregorio Pozo Chunga, Pedro Gamarra, Mariano Saldarriaga, Arnulfo Ojeda, Arturo Pacheco López, José Vidal Mozanet, Rogelio Dejo, Eugenio Ponce Pulgar, Manuel Espinoza Alejos, Jorge Mendoza Paredes, Carlos Mantilla Garagay, Manuel Arias Cornejo, Benjamín Martínez Franco, Pedro Bustamante Santiago, Carlos Sevilla Rivas, Francisco Coloma Díaz, César Salmón Salazar, Julio García Zapata, Eulalio Gómez Chávez, Andrés Valle Risco, Lorenzo Sánchez Berna, Juan Eizaguirre Figueroa, Santos Isidro Condeso, Manuel Carpio Tejada, Emilio Lazo Bazán, Carlos Castañeira Grella, Eleazar Nalvarte Beaza, Eduardo Huapaya, Alejandro Delgado, Alejandro Pérez Hinostroza, por los delitos de rebelión, insulto al superior y desobediencia. El comandante del B.A.P. “Coronel Bolognesi”, capitán de fragata Víctor S. Barrios Ordóñez116 (natural de Moquegua), conformó una junta de oficiales que realizó una investigación administrativa, recibiendo las declaraciones de un grupo numeroso de marineros, entre ellos: Del cabo de 1ra., señalero, Gregorio Pozo Chunga de 22 años de edad, natural de Querecotillo

(Piura), quien dijo que él no había encabezado el movimiento, pero si pertenecía al grupo que dirigió el mismo; que se pretendía “organizar un sindicato de marineros”; que ese grupo dirigente estaba formado “por Medrano, Huapaya, Fernández Llaque, Hoyos, A. Pacheco, Dejo que hacía de cabo de guardia, Salcedo, Infantas, Delgado, Coloma, Miñano, Salmón, Ojeda Collazos, que los tripulantes del Bolognesi que fueron al Grau, según recuerda eran, Medrano, Fernández Llaque, Ojeda, Mansilla, Hoyos, Arrué, Dejo, Gamarra, Coloma, Salcedo, Maceda, Saldarriaga, Salmón, Infante y otros más que no recuerda; que fue al Grau y tomó la palabra en nombre de todos para que secundaran el movimiento, dándose cuenta que en ese buque ya se había producido; que fue él que a las ocho de la noche “leyó a la tripulación un papel que había traído de tierra el aprendiz Collazos, en el cual se explicaban las razones que habían motivado la sublevación y pedía la cooperación de todo el personal del buque; que él estuvo comprometido desde las siete de la noche y apoyó decididamente al movimiento; que a la llegada del comandante Vargas Prada “tenía el control de la cubierta y era quien daba las órdenes”, pero no fue el quien ordenó disparar contra la lancha en la que venía el citado comandante,

116 Llegó al grado de contralmirante y encontrándose como Jefe de Estado Mayor General de la Marina de Guerra del Perú, ocurrió el levantamiento del 3 de octubre de 1948.

FMP 139


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

sino trató de contener el fuego; el cabo Dejo estuvo comprometido desde el comienzo con el movimiento y hacía las veces de oficial de guardia; que uno de los que ordenó el apresamiento de los oficiales fue Arrué, siendo uno de sus ayudantes el cabo Fernández Llaque; que fue Medrano al R-4 (submarino) para avisarles que el movimiento se había producido y Hoyos fue a tierra a traer a la gente que estaba allí; que a las tres y media de la mañana ordenó izar los botes, pero el que ordenó prender las calderas del buque fue Arrué; que a las 06.00 ordenó “zafarrancho de combate” para combatir a los aviones que aparecieron; que, en una de las ametralladoras que se encontraba a popa estaba el marinero mariano Saldarriaga; que del sector de popa estaba encargado el cabo Pacheco, el de proa el marinero Ormeño y a cargo de uno de los cañones de 76 m/m se encontraba el marinero Huapaya y él se encontraba como jefe en el puente; Arrué, Coloma, Gamarra y Loayza fueron los jefes del movimiento en las máquinas y que saldrían fuera de la bahía, pero como el Grau tenía una máquina malograda tuvieron que quedarse; que, a las 12 de la noche avisaron que el Rodríguez estaba listo para zarpar, pero no lo hizo porque “luego dijeron que no tenían agua”. Preguntado por la finalidad del movimiento, el cabo Pozo dijo: “Que efectivamente se ha tratado de cambiar la organización social del país, pero que solo sabe que el Cabo Guerrero y el Marinero Collazos habían sido los intermediarios y que Guerrero sería el jefe y que al no venir él (que se

140 FMP

encontraba en tierra), asumió la dirección él, que por su parte sabe que la policía también cooperaba, (igualmente) la aviación de Las Palmas.” El “Cabo Especial de 2ª corneta Eliseo Oroya Balbín”, natural de Huancayo, dijo que el grupo subversivo (los marineros) estaba comandado por el “Cabo de 1ª. Señalero Gregorio Pozo Chunga, que hacía como Comandante General, y entre los que figuraban como cabecillas, los marineros S. Salcedo, Rogelio Dejo, Félix Fernández Llaque, Eleuterio Medrano, Fredegundo Hoyos, Huapaya, José Vidal Mazanet, Ántero Zamudio…”, entre otros. Dijo, igualmente, “que el movimiento se hacía de acuerdo con la policía y que en el mismo momento que daban el golpe a bordo se haría en tierra para deponer al gobierno y que habían dado un plazo de cuatro horas para que se rindiera y que al vencerse este plazo si no lo hacía bombardearían Lima y Callao, también estaban comprometidos la aviación de Las Palmas…” Refirió, que a eso de las 5 o 6 de la mañana, Pozo, por intermedio de Delgado, le ordenó que tocara “Zafarrancho de Combate”, cuando aparecieron tres aviones que lanzaron bombas, cubriendo la marinería sus puestos de combate. El marinero de segunda Pedro Gamarra Gutiérrez, de 21 años de edad, natural de Magdalena Vieja, dijo que el movimiento había sido “un rasgo de compañerismo para con sus camaradas, pues habían muchos de otras unidades que se encontraban


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

impagos y que la alimentación la encontraban deficiente, en cantidad y en preparación, que esa queja sobre los víveres era en todos los buques”, pero nunca había puesto en conocimiento de los comandantes de su buque ese hecho; no sabía quién había sido el iniciador del movimiento, pero que “había un Director o Jefe, que era el Cabo Pozo.” Dijo, además, que se plegó a la sublevación recién a las 20.00 horas, cuando vio a sus compañeros armados; tomó “un fusil y 5 tiros de un paquete de munición que estaba en la entrada a la antecámara de Oficiales” y junto a otros seis, “recibió la consigna de apresar a los Oficiales que se encontraban en la Cámara, consigna dada por el jefe Cabo Pozo, la cual fue cumplida, encerrando a los Oficiales en la Cámara, después de haberles prodigado toda clase de atenciones”. Refirió, además, Gamarra Gutiérrez, que se embarcó en la lancha N° 1 para ir al “Grau” “en compañía de Hoyos, Medrano, Pozo, Arrué, Infantes, Salcedo, Hernández, Collazos y de otros cuyos nombres no recuerda; llegado al citado buque Medrano apresó al Oficial de Guardia, el declarante fue comisionado para apresar a los Oficiales de Mar, cumpliendo dicho mandato en compañía del marinero Salcedo, embarcando seis presos, quedándose a bordo del “Grau”, donde permaneció haciendo servicio.” Dijo, también, que a las tres de la mañana llegó el comandante Vargas Prada y preguntó qué pasaba en el buque, contestándosele que nada y

que subiera abordo; luego preguntó qué oficial estaba de guardia y al decirle que no había refirió que no desembarcaría, sospechando que pasaba algo anormal, circunstancia en la que sonó un tiro “efectuado por el Marinero Ojeda (Arnulfo Ojeda Navarro) al cual el Comandante Vargas Prada respondió con tiros de pistola e impartió órdenes al patrón (de la lancha en la que venía) de que se alejara, motivo por el cual se le hicieron descargas desde abordo”. A las cuatro de la mañana formaron para escuchar el comunicado que leyó el Cabo Pozo, sería trasmitido por radio al presidente de la República, no pudiendo hacerse porque no había radiotelegrafistas. Refirió que, al avistarse los aviones por la mañana, el marinero Salcedo armó la ametralladora y el cabo Pacheco cargó el cañón de 152 m/m de popa, no recordando quienes cargaron los demás cañones; a la pregunta de si llegaron a encenderse las calderas del buque, contestó que el marinero Arrué había sido comisionado para ello, “habiendo encendido las calderas del grupo de popa, con el fin de zarpar si fuera necesario.” El cabo de 2ª, fogonero, Félix Fernández Llaque, de 22 años de edad, natural de Lima, domiciliado en la avenida España N°. 200, no da más referencias que el haberse armado en un comienzo y después haber dejado el arma en el armero. El marinero de 1ª, carbonero, Telmo Arrué Burga, natural de Cajamarca, de 18 años y siete meses de edad, el 8 de mayo de 1932, en la declaración que FMP 141


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

prestó ante el Consejo de Investigación presidido por el capitán de fragata Víctor S. Barrios, refirió “que la finalidad del movimiento era formar un sindicato compuesto por la Marinería, la Policía y la Aviación para reclamar sobre sus necesidades presentes y futuras”; dijo que el director del movimiento había sido el marinero de 2ª Eleuterio Medrano (Chuquiza) y que fue él quien lo comprometió en el movimiento; que a las dos de la tarde del 7 de mayo acompañó al marinero Collazos en su visita al “Grau”, pero que en ese momento no sabía del movimiento; no dio parte de esos hechos a sus superiores en un primer momento, porque no creía que fuera factible se realizara y después porque estaba de acuerdo con el sindicato; que, el día de los hechos, más o menos hasta las 19.30 horas, los marineros que se encontraban a bordo bailaban con la música de la vitrola; que “Medrano lo llamó y le dijo que había llegado el momento para proceder; que él junto con todos se encaminó hacia popa, enterándose de que los Oficiales estaban apresados en la Cámara; que acto seguido fue junto con otros al armario en que se guardan las pistolas, que allí Medrano le entregó una pistola y 1 cacerina con tiros, saliendo después a cubierta…”; que toda la tripulación estuvo comprometida con el movimiento y los directores eran Pozo y Medrano. El marinero de 2ª Mariano Saldarriaga Zapata, de 20 años de edad, natural de Talara, dijo que la finalidad del movimiento era reclamar el pago

142 FMP

de las demás dependencias y sobre alimentación; dirigieron el movimiento “Medrano, Collazos, Ojeda, Fernández, Dejo, Arrué; que primeramente fue el jefe Collazos, pero al ir este en una comisión a tierra, encabezaron como jefes Pozo y Arrué”; que lo comprometió en el movimiento el marinero Collazos, “el cual hacía como principal instigador para obligar a la tripulación a tomar actitud rebelde”; no dio cuenta a sus superiores porque como algunos de sus compañeros que no estaban de acuerdo no lo hicieron, él tampoco lo hizo “por considerarlo como una cobardía.” Sobre la proclama que leyó Pozo, dijo que pedía que se les mejorara el racionamiento; “que porque a ellos se les pagaba y que a otras dependencias los tenían con dos meses atrasados; que protestaban de los malos tratos y abusos de los Oficiales de Mar y que no recuerda nada más…”; que, encontrándose en cubierta, tocando la vitrola y bailando los marineros, vino el marinero Morán y le dijo que todos habían ido a tomar fusiles y que fuera el también; “que él le obedeció tomando un fusil. Entonces ingresaron al pañol de máquinas y ahí esperaron un momento, hasta que el marinero Collazos les dijo que ya los Oficiales habían bajado a comer, repartiendo entonces la gente por distintos sitios del buque, que este reparto lo hizo el marinero Collazos junto con el marinero Arrué. Que a él le tocó vigilar el pasadizo de la Camareta de Oficiales de Mar de 2ª, que su consigna fue hacerlos entrar en su camareta y no dejarlos salir…”


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

El cabo de 1ª. (Cabo de mar) Fredegundo Hoyos López, de 21 años de edad, natural de Bambamarca117, dijo “que la finalidad del movimiento era para protestar de la falta de pago de las demás unidades de la Escuadra y pedir mejoramiento en la alimentación…, que no había ningún jefe, que se hacía y procedía según lo que la mayoría acordaba…, que no dio parte a sus superiores porque estaba de acuerdo con el movimiento.” Sobre los acontecimientos directos dijo que “después del zafarrancho de coyes118, hubo una reunión en el sollado de músicos, en la que acordaron apresar a los Oficiales y a los Oficiales de Mar, que en seguida tomaron posición de sus puestos y se prepararon para resistir y seguir (llevar) sus planes adelante. Que él estuvo en la lancha N° 1 que fue al “Grau”, llevando una comisión compuesta de varios marineros entre los que se encontraba Medrano, que de los otros no se acuerda; que esta comisión subió al Grau sin resistencia, que allí apresaron, amenazándolo con un revólver, al alférez Giannotti, oficial de guardia. Refería que él se quedó en la lancha para apresar a los demás oficiales, circunstancia en la que escuchó disparos, acto seguido trajeron y embarcaron en la lancha al teniente Elías y a otros oficiales que no conocía, llevándolos presos al “Bolognesi”; en

la misma lancha fueron marineros del “Bolognesi” que se quedaron en el “Grau” y posteriormente hicieron lo mismo los del “Grau”; refiere que “después regresó con la lancha del “Grau” a traer a Oficiales de Mar de ese buque que habían sido tomados presos.” Fredegundo Hoyos refirió también que fueron al “Rodríguez” y apresaron al teniente Zevallos y a los oficiales de mar y los llevaron al “Bolognesi”, pasando luego al “R-4” en el que se quedó la comisión compuesta de marineros del “Grau” y “Bolognesi”, dirigiéndose después al muelle por el personal franco; al regresar del muelle y tocar nuevamente en el “R-4”, para recoger a la comisión, se enteró de que Medrano había quedado detenido a bordo. Respondiendo a la pregunta del incidente que protagonizó en el muelle, dijo “que estando atracado en el muelle se acercó el Teniente Castro junto con el Alférez Freundt y recibió orden de estos Oficiales de parar el motor de la lancha, orden que él no acató, diciéndole que no podía hacerlo porque tenía órdenes de los tripulantes amotinados del “Grau” y “Bolognesi” de regresar inmediatamente, que entonces el Alférez Freundt hizo ademán de sacar la pistola, habiendo también

117 Bambamarca es capital del distrito del mismo nombre en la provincia de Hualgayoc, que pertenece a la región de Cajamarca. Su economía está centrada en la agricultura y la ganadería. Su población, según el censo de 2007, era de 23,978 personas. 118 Zafarrancho de coyes. En los buques, y a cargo de la marinería, el conjunto de manipuleos para recoger sus someros lechos al levantarse y para tenderlos antes de acostarse. (CABANELLAS DE TORRES, Guillermo, Ob. Cit., tomo VI, pág. 528.)

FMP 143


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

el declarante sacado su pistola y ordenó a la lancha que saliera, produciéndose un tiroteo. Retornó al “Bolognesi”, recostándose en el portalón, quedándose dormido hasta las 4.30, hora en que oyó disparos y le dijeron que el comandante Vargas Prada había venido y se produjo un intercambio de disparos; que, cuando el “R-4” hizo disparos contra el “Bolognesi” y le hizo una vía de agua, temiendo que el buque se fuera a pique, se rindieron izando una bandera blanca. El cabo 2° Ramón Rosales dijo que no había participado en el movimiento, pero que Arnulfo Ojeda lo animaba para armarse; vio que entre los cabecillas estaban Pozo, Collazos, Arrué, Ojeda, Mansilla y otros; que un tripulante del “Bolognesi”, a quien no conocía, lo hirió con una pistola por no obedecer las órdenes de armarse, siendo trasladado a la enfermería del “Bolognesi”. El mismo 8 de mayo prestó declaración el marinero de 2ª Arnulfo Ojeda Navarro, de 23 años, natural de Tumbes, dijo que no sabía el motivo del movimiento, plegándose porque se lo exigieron sus compañeros Medrano, Pozo, Collazos, Hoyos, Gutti, Vidal Monzanet, Pacheco, Infantes; que los directores de éste fueron los marineros Collazos, Medrano y el cabo Pozo; que lo comprometieron

119 Abertura en el costado de un buque, que sirve de puerta de acceso.

144 FMP

en el movimiento Medrano y Pozo; que no informó de ello a sus superiores porque simpatizaba con ese acto; que al iniciarse el movimiento se plegó a él, armándose de un rifle y 5 tiros y emplazándose en el portalón119; que sabe que se llegaron a encender las calderas del buque. Obran en el expediente los informes elevados por los oficiales a sus comandantes y algunos al juez de la causa, sobre los hechos ocurridos la noche del 7 al 8 de mayo de 1932: teniente 1° ingeniero Luís Ceppi Hurtado (de Chocope), ingeniero de guardia del B.A.P. “Coronel Bolognesi”, identificando a los tripulantes que los tomaron presos en la cámara de oficiales: Medrano, Gamarra, Durand, Coloma y Arrué. El informe del alférez de fragata Fernando Jiménez Reyes (natural de Huacho), oficial de retén del B.A.P. “Coronel Bolognesi” al juez instructor, diciéndole que intentó influir en Durand y Gamarra diciendo que su actitud perjudicaba a la Escuadra y que bombardearían los buques, destruyéndolos, contestando éstos que estaban decididos a morir, “porque aun que ellos tenían plata y comida, sus familias se morían de hambre y que lo que perseguían era cambiar el gobierno, diciéndome Coloma que había visto los planos de la venta de Talara, entonces les dije que todo era mentira y que seguramente en tierra los habían engañado…”


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Informe del teniente 2° Francisco Tudela Salmón (natural de Lima), jefe de servicio del B.A.P. “Coronel Bolognesi”, a su comandante; del teniente 1° sanidad Víctor M. Burga Hurtado (natural de Chachapoyas). El alférez de fragata Carlos Lindley López, oficial de guardia del B.A.P. “R-4”, en el parte a su comandante, dijo: que a 22.30 horas despertó por el funcionamiento de los osciladores de la División de Submarinos y alarmado llamó al radiotelegrafista de guardia, quien le informó que se había sublevado la tripulación del B.A.P. “Coronel Bolognesi”. El “R-3” comunicaba por oscilador ese hecho y a fin de confirmarlo envió al oficial de mar telegrafista Zamora a ese buque, confirmando la noticia; ordenó cerrar las escotillas, dejando solo la de la torre; dijo, también, que armado de su pistola se situó en el puente con toda su gente de guardia y observó que se acercaba al costado del buque una lancha con gente armada, rastrilló su arma y no pudo disparar por lo que abandonaron el puente y cerraron la escotilla, verificando que faltaban el oficial de mar Zamora y el cabo Benavente, quien logró meterse y cerrar la escotilla; que Zamora trataba de convencer al cabecilla para que hablara con el oficial de guardia, por lo que envió a Benavente para que bajara el cabecilla junto con Zamora, quien una vez dentro del submarino cerró la escotilla, dejando a los revoltosos sobre la cubierta sin su jefe, que era el marinero de primera Eleuterio Medrano, a quien le puso la pistola en el pecho

para intimarlo, respondiendo de la misma manera Medrano, pero el sirviente Velarde lo despojó de ella; Medrano refirió “que ellos luchaban contra el gobierno, alegando que era un mal gobierno, que había mucha pobreza, mucha hambre y que estaban en combinación con la policía, la que se iba levantar a 04.00 contra el gobierno, ordenando su custodia en un camarote; preparó el buque para una inmersión y de esa manera desalojar a los amotinados de la cubierta, “quienes en su ignorancia golpeaban las escotillas, con sus fusiles, pensando quizá que de esa manera se abrirían las escotillas”; serían las 23.15 cuando cesaron los ruidos en la cubierta, enviando a un tripulante para que se cerciorara, refiriendo que habían civiles, constatando que eran “el Comandante General, el Comandante del Buque y el Segundo Comandante.” Al prestar su declaración instructiva en San Lorenzo, el 8 de mayo de 1932, Eleuterio Medrano Chuquiza, de veintinueve años, soltero, con hijos, natural de Castrovirreyna (Huancavelica), panadero, sirviendo en el “Coronel Bolognesi” como marinero de segunda, que ingresó al servicio de voluntario en 1923, dijo que viendo la actitud de sus compañeros que habían tomado las armas él también se armó y fue a la cámara de oficiales junto con Arrué, Gamarra, Coloma y otros, a ponerlos presos, cerrando la puerta y poniendo dos centinelas de vista; que después se dirigió al “Grau” con 15 marineros, donde “intimó de rendición al oficial de guardia con pistola

FMP 145


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

en mano, que lo condujeron todos a la Cámara de Oficiales, que allí habían dos Oficiales más y el instruyente les intimó rendición, que en seguida dispusieron para trasladar a los Oficiales al Bolognesi”. Refirió que “cuando intimó de rendición al Teniente Elías (Julio Elías Murguía), este le contestó que era un cobarde y que en ese momento al instruyente se le escapó un balazo que le pasó por delante al Teniente Elías sin herirlo”; que tomaron preso al oficial de guardia del “Teniente Rodríguez”, teniente Zevallos (teniente primero Ricardo Zevallos Miranda) y a varios oficiales de mar y los llevaron al “Bolognesi”, donde los encerraron; que fue al “R-4” en compañía de otros donde fue apresado por el oficial de guardia; que creía que la marinería se había sublevado por el mal trato de los oficiales; preguntado por quienes eran los cabecillas del movimiento dijo que suponía era el instruyente y los que estuvieron en los buques; que no pasaron a tomar “La Limeña” porque pensaban hacerlo al otro día, tomando previamente los submarinos, para “dirigirse a la superioridad para que resolvieran sus reclamos y permanecer en esa situación hasta arreglar. José Mansilla Delgado, de 25 años de edad, natural de Arequipa, radiotelegrafista del Bolognesi, dijo que a eso de las ocho vio a dos marineros “que llevaban preso al contramaestre Gárate que estaba de guardia, que lo llevaban el marinero Dejo y Ojeda, como se resistió Gárate, Ojeda lo estrujó”; que Ojeda y Dejo daban órdenes, lo mismo

146 FMP

que Huapaya que estaba de centinela; que Hoyos estaba con pistola y tenía parte activa; que vio a Medrano en ajetreos y oyó decir que había sacado ametralladoras; que Pozo leyó una proclama contra el gobierno en el Grau. Gregorio Pozo Chunga, cabo de primera, de 22 años de edad, natural de Paita, soltero, empleado, sirviendo como voluntario en el Bolognesi desde 1929, prestó declaración instructiva el 8 de mayo de 1932 y dijo: que el día de los hechos se armó como muchos y vio armarse a Arrué, Fernández Llaque, Hoyos, Collazos, Medrano; que fue al Grau en una lancha con 12 o 15 hombres, entre ellos, Medrano, Hoyos, Arrué, Huapaya, Infante, Salcedo, Izaguirre, Coloma, Ojeda, Gamarra y otros; que estando en el Grau, Arrué le dio un papel para que lo leyera, que decía: “que la Escuadra se había sublevado con la aviación y la policía por el descontento en que se encontraban por el mal comportamiento del gobierno en el pago de los salarios, por el mejoramiento del rancho, que no era posible permanecer tanto tiempo en silencio, que era necesario desplegar una protesta unánimemente y pedir que el presidente entregara el mando por no ser de agrado de los sublevados, que debía organizarse un sindicato de marineros; “que al instruyente lo hicieron jefe del movimiento, pues para todo le tomaban su parecer; que como a media noche llegó el comandante Vargas Prada queriendo subir a bordo, preguntando por el oficial de guardia y como la lancha en que venía


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

dio una vuelta se oyó un disparo “que cayó cerca del bote, a lo que procuró el instruyente que no se disparara, lo que no pudo evitar, porque continuaron los disparos, que esos disparos salían de un grupo, entre los que estaban Hoyos, Salmón, Dejo, Ojeda; la lancha escapó de los disparos y el instruyente llamó al grupo y les hizo comprender las graves consecuencias del acto; que a las seis de la mañana tres aviones lanzaron bombas por lo que ordenó zafarrancho de combate y se armó la ametralladora antiaérea y se prepararon los cañones; que supo del movimiento el día anterior por Collazos que le mostró el manifiesto y que los líderes del movimiento eran el marinero Collazos y el cabo Luís Guerrero, pero que el día de los hechos estaban en tierra; que en la dirección del movimiento lo acompañaron Fernández Llaque, Arrué, Hoyos, Dejo, Medrano. Arnulfo Ojeda Navarro, de 23 años, soltero, natural de Lima, al prestar su declaración instructiva, dijo que estando de servicio en el botalón, sus compañeros Medrano, Pozo, Collazos, Hoyos, Pacheco y Arrué le dijeron que se sublevarían “para reclamar de lo que sufrían en el buque; que acordó cooperar en el movimiento por compañerismo; que quedó en su lugar y los otros fueron a tomar a los Oficiales; que el instruyente en compañía de Dejo e Infantes tomó preso al Contramaestre García; que dirigían el movimiento e impartían órdenes Arrué, Pozo, Medrano, Collazos; que Arrué y Collazos le dijeron que estaban comprometidos la

policía y la aviación”, que Medrano tomó preso al oficial de guardia. Se recibió la declaración instructiva de José Vidal Mozanet Sánchez, soltero, de 27 años, natural de San Martín, carpintero al servicio del Bolognesi, quien dijo que a las 8 de la noche vio que sus compañeros se armaban y él también lo hizo y se fue a la radio hasta la una de la mañana; que cuando empezó a andar por el buque vio a Pozo, Arrué y otros; que no habló con Medrano, que lo conocía solamente. A la pregunta de con quienes se había entrevistado en Panamá, dijo: “que se vio con Luís Alberto Sánchez, Cox y otro aprista, pero que no le dijeron nada sobre política; que estos buscaban a los marineros.” Rogelio Dejo, de 20 años, soltero, natural de Chiclayo, al servicio del Bolognesi, dijo que él, Ojeda e Infantes tomaron preso al oficial de mar contramaestre Gárate y lo condujeron al calabozo de proa; que a las tres de la mañana, Pozo los reunió y les dijo que “pedían (la) dimisión de Sánchez Cerro, a quien iban a dar 3 horas de plazo para que dimitiera y que después, en la mañana reunió nuevamente a la tripulación para decirle que no se rindieran”; que los cabecillas del movimiento fueron Pozo, Arrué, Collazos… El cabo de segunda señalero Eugenio Ponce Pulgar, de la dotación del crucero Grau, de 20 años de edad, “soltero, natural de Iquique (chileno), nacionalizado peruano, hijo de padres peruanos,

FMP 147


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

de profesión mecánico”, prestó declaración instructiva, refiriendo que a las nueve de la noche del día de la sublevación había recibido una orden del oficial de guardia, alférez Julio Giannetti Landa, de conducir a tierra al alférez Freundt; al retornar al buque, encontró que una lancha del Bolognesi, con dotación armada, se encontraba “atracada a la escala de babor”; que desde el portalón le dieron la orden de amarrar la lancha y subir a bordo y una vez allí le dijeron que se armara, cosa que no hizo, constatando que tripulantes de Bolognesi se habían apoderado del Grau y apresado a los oficiales de guardia; que, después recibió la orden del marinero Arrué del Bolognesi de ir al muelle con la lancha dos a recoger a los francos del buque y una vez en el muelle encontró al alférez Freundt, quien le preguntó qué pasaba, diciéndole que nada; que en seguida desembarcó y se dirigió a la Capitanía, encontrando en el camino al comandante Vargas y al Jefe del Estado Mayor General, a quienes informó de lo que pasaba, escuchándose disparos en el muelle, quedando detenido en la Capitanía. El marinero de 2ª Eleuterio Medrano, al prestar su declaración instructiva el 8 de mayo de 1932, manifestó “que el primero de abril del año en curso zarparon rumbo a Balboa la Escuadra compuesta por los buques siguientes: Cruceros “Grau” y “Bolognesi” y que llegaron a dicho puerto el 10 del mismo mes; que durante su estada allí se encontró el marinero Collazos, en una de las calles de Panamá, con los señores Luis Alberto Sánchez, Manuel

148 FMP

Cox, señor Pardo Acosta y otros, cuyos nombres no recuerda, y que estos le manifestaron que deseaban conversar con algunos de los tripulantes que tuvieran ascendiente en sus camaradas, por cuanto tenían algo importante que comunicarles, y que Collazos le dijo de esta entrevista al declarante, así como también el marinero Vidal Mozanet de la dotación del “Bolognesi”, quienes acudieron a la pensión donde se alojaban los mencionados caballeros; y que una vez reunidos estos, les manifestaron la necesidad de que los jóvenes como el declarante y sus camaradas se unieran y sublevaran para derrocar al régimen de Sánchez Cerro, que significaba una vergüenza para la Patria, que la opinión pública repudiaba a Sánchez Cerro, que todo el Perú estaba con el “aprismo” y que a este partido lo respaldaba las fuerzas de policía casi en su totalidad; que el declarante sabía que esto era cierto por cuanto el marinero Guerrero había tenido algunas reuniones antes de partir (a Panamá) con algunos elementos de la policía, entre los que recuerda a los siguientes: sargentos Cornejo y Mina, los que se reunían en la calle de doña Elvira, en una casa cuya numeración no recuerda y que una vez llegados al Callao se pusieron nuevamente en contacto con los mismos elementos y en la misma casa; después de algunas reuniones en la casa del sargento Cornejo, cita en la avenida Iquitos, pero que no está seguro del nombre de la calle, pues también dice que se llama Carlos de los Heros; que la última reunión habida fue el viernes seis del mes en curso, donde acordaron que el movimiento se llevaría el siete a


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

las ocho de la noche; que durante la reunión del viernes llegó el Capitán Cervantes que se sublevó en Iquitos,120 acompañado de un civil de apellidado Chocano, quienes manifestaron que estarían al frente en todo momento; que todo lo ocurrido después lo ha manifestado el declarante en sus anteriores declaraciones.” El marinero de 2ª José Vidal Mozanet Sánchez, de 28 años de edad, soltero, natural de Tarapoto, departamento de San Martín, de ocupación carpintero, ingresó al servicio el 9 de setiembre de 1931, como voluntario, en el Bolognesi, dijo en su instructiva “que en el mes de agosto, antes de entrar al servicio como voluntario, se afilió al partido aprista, inscribiéndose en el “Sub-Comité” de Lince”; que trabó íntima amistad con Eleuterio Medrano, con quien conversó sobre la política del país y estuvieron de acuerdo en reconocer que el gobierno del coronel Sánchez Cerro era una vergüenza para el país y que había necesidad de derrocarlo; que entonces Medrano le habló de un músico Bustamante de la banda del Grau y fue el quien lo citó para hablar con mayor libertad en la casa de sargento Cornejo de la policía, “sito en la esquina de la avenida Grau y de la avenida de Iquitos

y cuyo número no recuerda…”, oportunidad en que estuvieron Medrano, el músico Bustamante, un civil de filiación aprista, los sargentos Cornejo y Mina y otro civil a quien tampoco conocía…; que dos días después tuvieron una nueva reunión, las mismas personas y en la misma casa, a la que se agregó el cabo Guerrero. El primero de abril salieron del Callao a Balboa en los cruceros Grau y Bolognesi y ya “en Panamá se puso en contacto el declarante con Bustamante quien lo llevó al hotel en que estaban alojados los deportados apristas…, encontrando allí al Dr. Luis Alberto Sánchez, al señor Arce, al Dr. Díaz, Dr. Colina, al Sr. Cox, al Sr. Arístides Guillén, al Sr. Boluarte, al Sr. Cáceres y otros; que en esa oportunidad fueron llamados por lista y por sus respectivos nombres por el Dr. Luis Alberto Sánchez, cosa que llamó la atención del declarante, por no conocer ni de vista al Dr. Sánchez ni a ninguno de los reunidos…” Pedro Bustamante Santiago, de la dotación del Grau, dijo que “en Panamá recibió dos manifiestos, elaborados por los deportados apristas y dirigidos a la Nación. Que uno de estos manifiestos lo dejó en Paita, en poder de un antiguo amigo, ex-tripulante, apodado “Charqui” y el otro lo trajo

120 Esa referencia, que también se repite en el testimonio de Medrano, llama la atención. Se refieren al capitán Guillermo Cervantes Vásquez, que encabezó la llamada revolución de Iquitos en 1921, por lo que fue condenado a 15 años de cárcel en ausencia. En el tomo anterior de esta historia hicimos mayores referencias a él, incluso que en agosto de 1930 Sánchez Cerro lo llamó al servicio en el Ministerio de Guerra, favor que aquí pagó mal. Cervantes fue capturado por la policía y el prefecto de Lima hizo conocer de ello al juez de la causa que comentamos. Ese oficio se encuentra en el Archivo Central de la Marina de Guerra del Perú.

FMP 149


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

consigo, teniéndolo a bordo hasta el día que se lo prestó con cargo de devolución a otro ex-tripulante O.M. de tercera maquinista, hoy chofer, cuyo nombre no recuerda; que la noche del veintinueve de abril, estuvo en casa de su amigo el sargento Cornejo, junto con el sargento Colina y los marineros Medrano y Guerrero, estando presentes también el Capitán Cervantes y un civil llamado Chocano. Que la víspera del movimiento estuvo en casa de Cornejo otra vez, con el Capitán Cervantes, los dos sargentos indicados y los marinos Guerrero y Medrano y que en esa oportunidad fijaron la noche del sábado para el levantamiento… Que la noche de la sublevación no estuvo a bordo, por haber faltado ese día al buque.” Telmo Arrué Burga, de 18 años 7 meses de edad, natural de Cajamarca, soltero, de profesión empleado y ayudante de mecánica en el Bolognesi, dijo que el jueves tuvo conocimiento, por el cabo Guerrero, el marinero de 2ª Medrano y por el marinero de 1ª Collazos, que estos recibirían pistolas de sargentos de la policía y de miembros al servicio de la aviación, para llevar adelante un movimiento subversivo, de acuerdo con las ideas políticas apristas. “Que el declarante en su calidad de simpatizante con dicho partido, en un principio se resistió a acceder a la invitación que le hicieron sus compañeros para plegarse al movimiento, ofreciendo

hacerlo en caso de que este diera resultados formales; que sus compañeros aludidos le manifestaron que el movimiento tenía por objeto constituir un sindicato de la marinería a fin de poder hacer sus reclamaciones de cualquier orden. Que el día viernes 5 del presente el cabo Guerrero bajó a tierra con el propósito de recoger las pistolas que tenía ofrecidas para llevarlas a bordo. Que el día sábado, a las dos de la tarde, el aprendiz Collazos le pidió un chinchorro al jefe de servicio del Bolognesi con el objeto de hacer un paseo al Grau, pero que este viaje fue para llevar munición al Grau, que le fue entregado por Medrano. Dicha munición consistía en cuarenta tiros de fusil. Que Collazos le refirió a su regreso del Grau que de esta munición solo entregó veinte tiros al cabo Baluarte de la dotación del Grau.” En su concepto, los jefes del movimiento fueron el cabo 2ª Luis Guerrero, marinero de 1ª Artemio Collazos,121 marinero de 2ª Eleuterio Medrano, cabo 1ª Gregorio Pozo, que en ausencia del jefe del motín Guerrero asumió la dirección del movimiento, una vez que fue detenido en el R-4 el marinero Medrano. En el Grau el líder del movimiento era el cabo 1ª Bustamante, que ese día había bajado a tierra, relevándolo Nalvarte. El 9 de mayo de 1932, el juez instructor elevó al presidente de la corte marcial “el informe final de la instrucción seguida contra los responsables del

121 Guerrero, Collazos y Bustamante, los organizadores de la rebelión, el día los hechos, convenientemente, estuvieron en tierra.

150 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

movimiento subversivo ocurrido en los buques de la escuadra, surta en el Callao, en la noche del 7 del actual (7 de mayo de 1932).” El informe precisa que durante el crucero de verano que los buques “Bolognesi” y “Grau” realizaron a Balboa (Panamá), parte de la tripulación tuvo contacto con exiliados apristas, como Luís Alberto Sánchez, Carlos Manuel Cox, Pardo Acosta y otros, quienes incitaron a un grupo de marineros para preparar un movimiento armado. Se dice en el informe, textualmente: “preparando así el terreno con la propaganda sediciosa del partido aludido (aprista), va germinando en la marinería el móvil justificativo del hecho delictuoso; constatándose de autos que con tal finalidad se ha apelado a causales nimias, para justificar el hecho de armas materia de este proceso. En el examen de los móviles del delito, se confunde la intervención política del Partido Aprista Peruano con la injerencia del comunismo soviético.” Se narran los hechos ocurridos la noche de 7 y la madrugada del 8 de mayo de 1932. “En efecto, pasadas las ocho de la noche y cuando los oficiales de servicio del Coronel Bolognesi se encontraban comiendo, fueron sorprendidos por el asalto intempestivo de un grupo de marineros armados, dirigidos por el marinero de segunda Eleuterio Medrano, a quien acompañaban Zenobio Durand, Telmo Arrué, Francisco Coloma y Pedro Gamarra, los que intimaron de rendición a sus superiores

jerárquicos; en este momento se encontraban a bordo el Teniente 1° de sanidad Burga (Víctor M. Burga Hurtado, de Chachapoyas), Alférez Jiménez (Fernando Jiménez Reyes, de Huacho), Teniente 1° Ing. Ceppi (Luís Ceppi Hurtado, de Chocope) y Alférez de Fragata Ordóñez (Fernando Ordóñez de la Haza), encarándoles las armas de que estaban previstos y colocándoles centinelas de vista. Previamente, ya los amotinados habían apresado a los Oficiales de Mar, colocándoles también centinelas de vista.” Se continúa detallando en el informe: “Después de adquirir el pleno dominio del comando del “Coronel Bolognesi”, los jefes del movimiento se dirigen al Crucero “Almirante Grau” a cuyo bordo llegan y de acuerdo con el elemento que tenían allí preparado, toman la nave y adquieren el control absoluto de ella; dejando allí tropa procedente del “Coronel Bolognesi”; apresando a los Oficiales de Guerra y Mar del Buque y verificando trasmisiones con las unidades insurrectas.” Prosigue el informe indicando que “A continuación, pasan los amotinados al “Teniente Rodríguez”, donde verifican también prisión de la oficialidad, así como adquiriendo el comando de esta unidad. Posteriormente se destaca una comisión al Submarino R-4 con el objeto de solicitarle su cooperación en el motín; y así mismo se practican por parte de los sublevados una serie de actos de fuerza que trasgreden básicos principios de la disciplina

FMP 151


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

militar y muestra palmariamente la condición moral de quienes han intervenido en estos hechos.”

los apristas en Panamá. Su participación activa y múltiple lo hace responsable.

“La finalidad del movimiento fracasado ha sido indudablemente la de subvertir el orden público, destituyendo a las autoridades legalmente constituidas, solicitando al efecto la renuncia del Señor Presidente de la República, quien debería ser conducido preso a uno de los buques sublevados con el objeto de que allí dimitiera y permaneciera prisionero; verificando la libertad del líder aprista Víctor Raúl Haya de la Torre, a quien debían investir del mando supremo, apoyado por las fuerzas rebeldes.” Este último texto es claramente un razonamiento excesivo del instructor, pues de las pruebas que se actúan en la instrucción, la frontera del movimiento no daba para tanto; nadie expresa en esos términos lo que debe hacerse con el presidente Sánchez Cerro. Como se dice en el argot militar, ello es de la cosecha del instructor.

2) José Mansilla.- No ha tenido participación en el motín, por el contrario, trató de evadirse.

Termina el informe señalando, en cuanto a los hechos: “Este movimiento ha tenido conexión con personas ajenas a la tripulación de los buques sublevados, que han servido de enlace entre los elementos armados, de tierra con los amotinados.”

3) Gregorio Pozo Chunga.- Es “otro cabecilla principal, el verdadero director del movimiento subversivo, quien en todo momento ha tenido el comando de él.” 4) Telmo Arrué Burga.- Es “otro de los cabecillas del movimiento que actuó decididamente en su ejecución.” 5) Fredegundo Hoyos López.- “ha estado en todo momento interviniendo directamente y a órdenes de Pozo.” Apresó a los oficiales del Grau. 6) Félix Fernández Yaque (Llaque).- Trató de evadir su responsabilidad, pero tuvo directa injerencia en los hechos, dando órdenes, trasladándose a los buques; “de autos ha quedado comprobado su responsabilidad penal.”

Luego se detalla los nombres de los participantes en los hechos y el grado de su responsabilidad. Señalaremos ello resumidamente:

7) Mariano Saldarriaga Zapata.- Tuvo participación activa en los hechos y estuvo en la prisión de los oficiales. Fue quien preparó la ametralladora antiaérea cuando se tocó zafarrancho de combate.

1) Eleuterio Medrano Chuquiza.- Ha sido uno de los jefes del movimiento que se reunió con

8) Arnulfo Ojeda Navarro.- Fue uno de los cabecillas; apresó al contramaestre Gárate a quien

152 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

además maltrató de obra; tomó posesión del Rodríguez y disparó contra la lancha en la que venía el comandante Vargas Prada. 9) Arturo Pacheco López.- Ha actuado secundariamente. 10) José Vidal Mozanet.- Es otro cabecilla del movimiento; se declaró confeso de haber sostenido una reunión en Panamá con Luís Alberto Sánchez y otros, pero que “esas conversaciones solo tuvieron carácter amigable”. 11) Rogelio Dejo Delgado.- Estando de servicio presenció la captura del contramaestre Gárate y no dio cuenta; se puso a órdenes de Pozo y lo secundó en el movimiento. 12) Eugenio Ponce Pulgar.- “Este enjuiciado no se encontraba en el barco cuando estalló el movimiento… y a juicio del Juzgado no tiene responsabilidad penal alguna.” 13) Manuel Espinoza Alejo.- “De lo actuado no aparece ninguna responsabilidad penal sobre este enjuiciado.” 14) Jorge Mendoza Paredes.- “De autos no se desprende responsabilidad contra este enjuiciado.” 15) Carlos Mantilla Garagay.- No se acredita su responsabilidad. 16) Manuel Arias Cornejo.- “No se ha acreditado en autos intervención de este enjuiciado.”

17) Benjamín Martínez Franco.- Tripulante del Grau, no tiene responsabilidad en autos. 18) Carlos Sevilla Ríos.- Perteneciente al Grau, no tiene ninguna responsabilidad. 19) Francisco Coloma Díaz.- De las “actuaciones practicadas hay mérito suficiente para sindicarlo como autor principal de los hechos perseguidos, a los que ha contribuido decididamente efectuando prisiones, impartiendo órdenes y dando instrucciones; por lo que hay responsabilidad penal que hacerse efectiva sobre este enjuiciado.” 20) César Salmón Salazar.- “Ha intervenido en forma secundaria en los hechos ocurridos… cumpliendo órdenes de los cabecillas del motín.” 21) Zenobio Durand Tarazona.- Participó en el motín secundariamente, cumpliendo órdenes de los cabecillas. 22) Andrés Valle y Risco.- No hay imputación precisa, dice el juez: “Durante la estación del proceso podrá esclarecerse debidamente la actuación de este encausado.” 23) Lorenzo Sánchez Guerra.- Expresa ignorar el motivo del motín. Pertenece a la dotación del Grau. “La participación de este enjuiciado es dudosa por lo que debe esclarecerse debidamente en la estación del proceso.”

FMP 153


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

24) Juan Izaguirre Figueroa.- Expresa que como marinero del Bolognesi intervino obligado por la situación. Pozo le impartió la orden de hacer funcionar las calderas; “pero existiendo cargos en autos contra este enjuiciado, es procedente su elevación a proceso.”

del Grau; además permaneció en esta última unidad, en una de las fases del movimiento en compañía de Nalvarte, quien tenía el comando del Grau y después en el Bolognesi tuvo la supervigilancia del cumplimiento de las órdenes impartidas por los jefes del motín.”

25) Santos Isidro Condesa.- Perteneciendo al Grau, no participó directamente en el motín. 26) Manuel Carpio Tejada.- De la dotación del Grau, se encuentra en la misma situación al anterior.

31) Eduardo Huapaya.- Perteneciente al Bolognesi, “se armó a la primera orden impartida; desempeñó comisiones de los cabecillas y ha contribuido en forma eficaz a la producción del hecho delictuoso.”

27) Emilio Lazo Bazán.- De la dotación del Grau, dice que no se armó cuando le dijeron porque no sabe manejar un arma.

32) Alejandro Delgado Milla.- Ha contribuido a la producción del motín, cumpliendo órdenes de los cabecillas.

28) Carlos Castañeda.- De la dotación del Grau, ha obedecido en todo momento las órdenes que le impartieron.

El juez instructor expresó también que “los marineros Víctor Espinoza Contreras, Vicente Ormeño Muñoz, Julio García Zapata, Carlos Buendía Grados, Alfredo Ramos Arroyo, Baltazar López Balta (del Bolognesi); Pedro Cartagena Malpartida, Ángel Dueñas Reyes, Alejo Villar Álvarez, Salomón Arias Juanino, Héctor Macedo Rodríguez, Felipe Guten Bobadilla, Sacarías Vizcarra Díaz, Jorge Ortega Reyes, Gerardo Palma Aguilar, Julio Sánchez Cornelio, Silvio Prado Falcón, Ezequiel Villar Sánchez, Eulalio Gómez Chávez, Alfredo Ramos Arroyo y Eleodoro Reyes; pertenecientes a las distintas unidades sublevadas, han presenciado los hechos ocurridos, pero a juicio del juzgado no han tenido intervención en ellos en forma directa sino secundariamente, por lo que ha prescindido

29) Eleazar Nalvarte.- De la dotación del Grau, “está sindicado como el que tomó el comando de este barco de acuerdo con las instrucciones emitidas por los jefes del movimiento; y ha actuado en forma tal que se llega al convencimiento de que estuvo en antecedente de todos los acontecimientos producidos.” 30) Pedro Gamarra Gutiérrez.- “ha actuado en el Coronel Bolognesi en forma decidida; ha tenido entrevista antes del motín con los cabecillas del movimiento; personalmente ha detenido a los oficiales de ese barco, así como a los

154 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

de tomarles sus declaraciones en vista de haberse aclarado debidamente los hechos y sindicado a los responsables y en razón también de que se trata de un juicio sumario; por lo que propone a la superioridad que el testimonio de estos marineros se produzca de forma oral ante la Corte Marcial en el momento de la vista de la causa.” Ha quedado también evidentemente probado, dice el juez de la causa, “que el cabo de segunda Luís Guerrero y (el) marinero Artemio Collazos, de la dotación del Bolognesi, han sido también cabecillas del motín; que han estado en permanente contacto con el elemento de tierra que debía intervenir en la realización de los hechos; que se entrevistaron en Panamá junto con las personas que indica el dictamen, con los líderes apristas Sánchez, Cox, y Pardo Acosta y junto con estos y demás cabecillas…” El 9 de mayo de 1932, el auditor opinó “que aparece claramente probada la responsabilidad de la mayor parte de los enjuiciados. La Auditoría de mi cargo opina porque se eleve la causa a proceso y que sea el Consejo el que resuelva la situación jurídica de los que no tienen o tienen leve responsabilidad, pues no es aplicable en estos casos sobreseimiento.” Ese mismo día se elevó la causa a proceso y se dispuso pasaran los autos al “Fiscal nombrado para los fines del trámite de exposición”. La exposición fue emitida el 10 de mayo y en su III parte se

refiere: “Que de lo expuesto en autos aparece el cargo de rebelión, de conformidad con el artículo 239, incisos 1°, 2°, 6° y 7° del código de justicia militar, contra los siguientes tripulantes: Eleuterio Medrano, Gregorio Pozo, Telmo Arrué, Pedro Gamarra, Félix Fernández Llaque, Mariano Saldarriaga, Arnulfo Ojeda, José Vidal Mozanet, Rogelio Dejo, Artemio Collazos, Luis Guerrero, Pedro Bustamante, Alejandro Pérez, Eleazar Nalvarte, Santiago Salcedo, Zenobio Durand, Fredegundo Hoyos, Francisco Coloma, Eduardo Huapaya, Arturo Pacheco, César Salmón, Eulalio Gómez, Juan …, Alejandro Delgado y Carlos Castañeda. El fiscal no estimaba necesario ninguna otra prueba. La Corte Marcial prestó juramento, se designó al teniente segundo Félix H. García Seminario como defensor de oficio y se notificaron los cargos a los procesados. El fiscal, en su acusación, pide la pena de muerte por rebelión, “de conformidad con el Decreto Ley N° 7060, para: Gregorio Pozo, Eleuterio Medrano, Telmo Arrué, José Vidal Mozanet, Pedro Gamarra, Félix Fernández Llaque, Mariano Saldarriaga, Arnulfo Ojeda, Rogelio Dejo, Alejandro Pérez, Eleazar Nalvarte, Santiago Salcedo, Zenobio Durand, Fredegundo Hoyos, Francisco Coloma, Eduardo Huapaya y Carlos Castañeda. El fiscal dice también que merecen igual pena los ausentes Artemio Collazos y Luis Guerrero y el presente Pedro Bustamante. FMP 155


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

El fiscal precisó, además, que estaba comprobada la responsabilidad de Arturo Pacheco, César Salomón, Eulalio Gómez, Juan Izaguirre y Alejandro Delgado en la comisión del delito de rebelión, “en forma secundaria, pero no desprovista de delictuosidad, (por lo cual) el fiscal en cumplimiento de su deber de tal pide para ellos la pena de penitenciaría en 2° grado, con las accesorias de ley.” De acuerdo con el fiscal, han actuado como instigadores, los civiles Manuel Cox, Luís Alberto Sánchez, Pardo Acosta, Arce Arnao, Dr. Colina, Arístides Guillén y Boluarte Cáceres, el capitán Cervantes, los sargentos de policía Mina y Cornejo y el civil Chocano. El fiscal es también “de opinión que el resto de la tripulación del Bolognesi, (cuando menos) que estuvo a bordo durante la noche del levantamiento, y desde la clase de cabo de 1ª debe ser licenciada en el día, debiendo efectuarse una seria investigación con (el) fin de depurar el personal de las tripulaciones de los buques.” Finalizaba su acusación expresando: “Antes de terminar, el Fiscal invoca el alto espíritu militar de la Corte Marcial, llamándole de manera especial la atención hacia el peligro que entraña la conmiseración en los casos en que como el presente es doloroso pero necesario, reprimir con mano de hierro cuando aún es tiempo, esta acción disociadora que pone en peligro la estabilidad de los institutos armados, por

156 FMP

los cuales es nuestra obligación velar y por el bien del país, cuya nacionalidad se ve amenazada.” El teniente Félix H. García Seminario, defensor de oficio, llevó la defensa al principio al plano político, calificando a sus defendidos como sujetos que solo seguían los propósitos de terceros, decía “que el delito que se les imputa a mis defendidos no es sino el fruto de una labor paciente y meditada de elementos comunistas que sin pertenecer al seno de la marinería, han actuado de manera eficaz, infiltrando sus doctrinas en el personal de ella, compuesto en su mayor parte de individuos casi sin cultura y por lo tanto muy fáciles de impresionar y convencer.” Decía que, si se analizaba los hechos con conciencia sana, se sacaba en limpio que no había sido sino un plan de inconscientes que no llevaba otro propósito que el “satisfacer la ambición perniciosa del apra-comunismo que traidora y canallescamente ha hecho delinquir a estos irresponsables”. Exhortaba a los señores miembros de la Corte Marcial que vieran “que casi todo el personal de cabos y marineros de nuestra armada está formado por una serie de muchachos incultos, sin preparación suficiente para poderse dar cuenta del peligro que entrañaba seguir los consejos de aquella secta de miserables, que en su deseo de lucro no tienen el menor reparo de lanzar una masa de gente hasta el crimen, con tal de ver satisfechos sus desmedidos apetitos y sus bastardas ambiciones…”


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

“No soy jurista, pero en mi espíritu se agita la idea como se ha de agitar también en el espíritu de los Señores Vocales, que quien comete un acto delictuoso, teniendo gravemente alterada la conciencia, está exento de toda responsabilidad legal. Y mis defendidos, Señor presidente, han procedido bajo esa alteración, impulsados y presionados por la fuerza sugestiva de aspiraciones y de ideas que nunca fueron suyas.” Decía que la ley penal distinguía los delitos en consumado, frustrado, conato o tentativa, acto preparatorio, confabulación y proposición y al sujeto se le clasificaba en autor, cómplice y encubridor. Expresaba que “los hechos realizados son punibles, pero hay que preguntarse dentro de que clasificación de delictuosidad deben enmarcarse”, El defensor afirmó que para que cayera sobre los encausados todo el peso de la pena máxima, era menester que el delito se haya consumado y que ello no había ocurrido, quedando tan solo “en el ámbito del delito frustrado”. En consideración del defensor de oficio, los únicos que merecían la pena de muerte eran los “autores intelectuales y decididores del delito y a los que sí cabría aplicar todo el rigor de la ley penal.” Concluyendo su alegato dijo: “la defensa pide clemencia para estos acusados y que se les imponga la pena más benigna, o sea el mínimum que señala la ley.”

La Corte Marcial votó 105 cuestiones de hecho. La primera, por ejemplo, decía: “El hecho del que se acusa al marinero de segunda Eleuterio Medrano de haber sido uno de los directores del movimiento subversivo ocurrido la noche del sábado siete del presente en los buques de la escuadra; ¿está debidamente probado? Probado por unanimidad. Las cinco primeras cuestiones de hecho estaban referidas a la actuación del marinero de segunda Eleuterio Medrano. La sentencia fue pronunciada el miércoles 11 de mayo de 1932, en la isla San Lorenzo. “Condena: a los enjuiciados Eleuterio Medrano, Gregorio Pozo, Telmo Arrué, Pedro Gamarra, Arnulfo Ojeda, José Vidal Mozanet, Fredegundo Hoyos y Rogelio Dejo a la pena de muerte; - Condena asimismo a los enjuiciados Félix Fernández Llaque, Pedro Bustamante Santiago, Francisco Coloma Díaz, Alejandro Pérez Hinostroza, Julio García Zapata, Eleazar Nalvarte, Eduardo Huapaya, Zenobio Durand, Mariano Saldarriaga, César Salmón Salazar, Eulalio Gómez, Juan Eyzaguirre Figueroa, Santiago Salcedo y Alejandro Delgado, cómplices de los delitos de rebelión e insulto al superior, a la pena de quince años de cárcel, con las accesorias de ley; - Condena también a los enjuiciados Manuel Espinoza Alejo, Jorge Mendoza Paredes, Carlos Mantilla, Manuel Arias, Benjamín Martínez Franco, Carlos Sevilla Rivas, Andrés Valle Risco, Lorenzo Sánchez Berna, Santos Isidro

FMP 157


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Condeso, Manuel Carpio Tejada, Emilio Lazo Bazán y Arturo Pacheco López, comprendidos en el caso del artículo doscientos cuarenta y dos del código citado, a la pena de diez años de reclusión, con las accesorias de ley; y absuelve definitivamente a los enjuiciados José Mansilla, Eugenio Ponce y Carlos Castañeira de los delitos materia del juzgamiento; Llamando la atención de las autoridades judiciales, naval y militar, a las que respectivamente pasarán estos autos, para que instauren contra las personas responsables, y cuyo enjuiciamiento procede en la vía ordinaria de conformidad con la ley, la correspondiente acción judicial; - Llamando también la atención a la superioridad naval sobre la necesidad del licenciamiento de la tropa de los buques sublevados que estuvo a bordo durante la realización de los hechos delictuosos.” De los 37 procesados, 8 fueron condenados a muerte, 14 a 15 años de cárcel, 12, a 10 años de reclusión y 3 fueron absueltos. El expediente fue remitido al juez para la ejecución de la sentencia, quien pidió al presidente de la Corte Marcial indique la fecha y el lugar donde debía cumplirse “el fallo expedido”. El presidente de la corte resolvió: “Visto el oficio del Juez, señálese el día once del presente para la ejecución de la pena, a horas catorce y cuarenta del día, en la Caleta del Panteón de la Isla de San Lorenzo, debiendo

158 FMP

auxiliar un pelotón del Regimiento Guardia Republicana.” El día y hora señalados, en el lugar ordenado, se hicieron presentes los ocho reos condenados a muerte, con uniforme de parada y, luego de ser degradados, fueron fusilados de cuatro en cuatro, “primeramente los reos Vidal, Pozo, Gamarra y Arrué y después los reos Medrano, Hoyos, Dejo y Ojeda”. Se dice en el acta que los condenados fueron reconciliados previamente por el sacerdote y luego de ser fusilados se le aplicó a cada uno de ellos el tiro de gracia reglamentario. “Reconocidos después por el médico, Dr. Eduardo Ojeda, se le comprobó la defunción; y hecho el desfile de la tropa delante de los cadáveres fueron conducidos al cementerio, donde se les dio sepultura, con cargo de hacerse inscribir la defunción”. El Dr. Ojeda emitió los certificados de defunción de los ocho tripulantes del “Coronel Bolognesi” fusilados el 11 de mayo de 1932. El día 17 del mismo mes y año, la tesorería de la Sociedad de Beneficiencia Pública del Callao, otorgó los recibos de los ocho pagos efectuados “por derecho de entierro con ataúd en zanja”. Los recibos eran del Cementerio Baquíjano, pero tal referencia fue tarjada en los recibos, anotándose en la parte superior de cada uno de ellos: “Cementerio Provisional de la Isla “San Lorenzo”.


FMP 159


160 FMP


FMP 161


162 FMP


FMP 163


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

III.2. La revolución de Trujillo de 1932 en la versión de algunos autores Margarita Guerra dice que “El plan subversivo comprendía no solo Trujillo, sino todo el norte: Cajabamba, Chimbote, Chiclayo y Huaraz, aparte de disturbios en Lima; debía intervenir, igualmente, el comandante Jiménez, quien estaba en el exilo en Arica y debía llegar a Chimbote para asumir la dirección militar, la fecha convenida para actuar era el 15 de julio. Las acciones en Trujillo debían empezar con el ataque al cuartel O’Dónovan, por un grupo de 150 hombres de la hacienda Laredo y estudiantes del colegio San Juan, a órdenes de Barreto”.122 123 Estos planes no se cumplieron y Manuel “Búfalo” Barreto Risco, atacó el cuartel O’Dónovan de Trujillo, en la madrugada del jueves 7 de julio de 1932, dado que las fechas para dar inicio a las acciones militares habían sido pospuestas en varias oportunidades y había presión de los militantes que deseaban actuar inmediatamente, más cuando se decía que Víctor Raúl Haya de la Torre, que

se encontraba detenido, estaba siendo torturado y sería condenado a muerte en cualquier momento. Peter Klaren dice que “Con las sucesivas postergaciones de las revueltas, cada vez se hizo más difícil a los dirigentes apristas controlar a los elementos civiles comprometidos en el movimiento. A la postre, aparentemente incapaz de contener a sus partidarios, Manuel Barreto, contraviniendo órdenes del comité ejecutivo del PAP de Trujillo, en la mañana del 7 de julio de 1932 lanzó prematuramente, ocho días antes de lo planeado, el fatal ataque contra el cuartel O’Dónovan.” 124 Manuel Barreto cayó muerto en el ataque. Los revoltosos tomaron la ciudad de Trujillo y Agustín Haya de la Torre asumió la prefectura del departamento, “estableciendo su cuartel general en el aristocrático Club Central”. “Los rebeldes, apoyados por la llegada de grandes contingentes de trabajadores azucareros de toda la región, aumentaron sus filas en más de seiscientos hombres y con armas capturadas a la guarnición O’Dónovan, incluida una docena de cañones Krupp, febrilmente comenzaron a levantar barricadas para enfrentarse a las tropas del gobierno, despachadas

122 GUERRA, Margarita, Ob. Cit., Tomo XII, pág. 105. 123 KLARÉN, Peter F., Formación de las haciendas azucareras y orígenes del APRA, Instituto de Estudios Peruanos, Perú problema 5, 2ª edición, agosto 1976, pág. 249. Este autor refiere ese contexto en semejantes términos. 124 Ibidem, pág. 250.

164 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

desde Lima por vía marítima y por tierra desde Piura.”125 Por otra parte, Julio Cotler dice sobre estos hechos: “En julio de 1932 las masas populares y los dirigentes apristas de Trujillo, foco del enclave azucarero y capital del “sólido norte” aprista, se levantaron en armas sin esperar la orden superior. Pero al fracasar el esperado apoyo de otras regiones, el movimiento se vio aislado y fue aplastado por las Fuerzas Armadas. La escalada de violencia por ambas partes había entrado definitivamente en un espiral del que no parecía haber otra salida que no fuera la destrucción de uno de los contendientes.”126 Sobre la retoma de Trujillo por fuerzas del gobierno, Margarita Guerra refiere: “El 7 y 8 el avance de las fuerzas del gobierno es muy fuerte y emplean la aviación para bombardear la ciudad, con lo cual el movimiento se acerca al fin. Las tropas regulares

recuperaron Cartavio y ocupan Chiclín, con esto empiezan las ejecuciones sin juicio y son fusilados ocho de los principales dirigentes. Posteriormente se hizo un juicio post morten. El 9 de julio, el mayor Miró Quesada ocupó Salaverry y avanzó a Trujillo… Todos los grupos iban siendo derrotados, hasta que en la madrugada del 10 de julio un grupo de delincuentes asesinó en la cárcel de Trujillo a 10 oficiales, un soldado de artillería, 15 policías y 25 civiles. Sobrevivieron de la masacre 5 civiles, 12 guardias y un sargento. Se responsabilizó de lo ocurrido al comando aprista.”127 Basadre, a su vez, dice que el gobierno de Lima entregó el mando del agrupamiento enviado para debelar la rebelión de Trujillo al coronel Manuel Ruiz Bravo, quien elaboró un plan junto con su Estado Mayor encabezado por el teniente coronel Eloy G. Ureta. “Este plan combinó la acción en dos frentes de las tropas provenientes de Lima, a

125 Ibidem, pág. 251. No sabemos de donde tomó el autor la referencia de la “docena de cañones Krupp” que los revoltosos tomaron del cuartel O’Dónovan. Las unidades de artillería no tenían en ese tiempo sino un tercio de ese número y es lo que se vio cuando los revoltosos emplazaron los cañones en inmediaciones de la plaza de armas para tomar la prefectura y posteriormente para oponerse a las fuerzas del gobierno durante la retoma de Trujillo. Sabremos con mayor exactitud sobre la cantidad de los cañones y el desplazamiento de estos, cuando revisemos el testimonio de los actores y testigos de los hechos. 126 COTLER, Julio, Clases, Estado y Nación, Instituto de Estudios Peruanos, tercera edición, 2ª reimpresión, octubre 2009, pág. 226. El mismo texto aparece en la primera edición de marzo de 1978, pág. 246. 127 GUERRA, Margarita, Ob. Cit., pág. 106. Llama la atención la referencia que esta autora hace al presunto fusilamiento de ocho de los principales dirigentes, a quienes posteriormente se les habría hecho “un juicio post morten”. ¿Quiénes fueron estos ocho, que evidencia tiene la autora sobre el juicio post morten?, no lo dice. Ella es uno de los autores que reclama el conocimiento del expediente de la corte marcial, que según dice, daría luces a los hechos controvertidos.

FMP 165


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

órdenes del mayor Miro Quesada cuya base era Salaverry, y la de las tropas del norte que tenían su vanguardia al N.O. del aeropuerto situado al extremo opuesto de donde operaron las primeras. La aviación recibió la misión de colaborar señalando los nidos de ametralladoras y los focos de resistencia de los facciosos.” 128 En la noche del 10 de julio las tropas de Miró Quesada entraron en acción y a la mañana siguiente ya se combatía por la posesión de la plaza de armas y la prefectura, que fue tomada a la una de la tarde del día 11 de julio. “Agustín Haya de la Torre, el capitán (Leoncio) Rodríguez Manfaurt (Manfurt) y Víctor Silva Solís, fugaron en la noche del 9 de julio. La ciudad quedó en poder del pueblo y la cárcel en el de los penados. En la madrugada del 10 de julio se produjo el horrible asesinato de los jefes y oficiales de los regimientos de infantería N° 1 y de artillería N° 1 y de la Guardia Civil, así como de sargentos, clases, cabos, soldados y guardias. Los jefes y oficiales fueron el teniente coronel Julio P. Silva Cáceda, el mayor Luís Pérez Salmón, el capitán Manuel Morzán H., el Capitán Armero Víctor Corantes, los alféreces Miguel Picasso Rodríguez y Ricardo Revelli Elías, los subtenientes Carlos

128 BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., tomo 15, pág. 207. 129 Ibidem, pág. 209.

166 FMP

Hernández Herrera y Federico Mendoza Gastón, el capitán G.C. Eduardo Carbajal Loayza y el teniente GC Alberto Villanueva Gómez. Los cadáveres fueron mutilados y saqueados y quedaron extraídos el corazón del comandante Silva Cáceda y los órganos genitales del teniente Villanueva de quien se recuerda la frase “mátenme a mí, pero no toquen a mis guardias.” Fueron masacrados catorce jefes, oficiales y soldados del ejército y veinte guardias civiles entre oficiales, clases y guardas, según atestigua el general Rómulo Merino Arana en su libro Historia policial del Perú en la República.” 129 El autor mencionado por Basadre, en efecto trata el tema de Trujillo con cierta extensión. Sobre la masacre de los prisioneros en la cárcel pública de esa ciudad, Merino Arana refiere que al aproximarse las fuerzas militares para la retoma de Trujillo, se produjo la fuga del “triunvirato que dirigía la revolución”, dejando “la ciudad en manos del pueblo y la cárcel en la de los propios penados, que antes estuvieron dentro. Es así que, a las dos y media de la madrugada del día 10 de julio de 1932, fecha tristemente célebre para el país y para los responsables del crimen, los carceleros masacraron a los prisioneros militares, entre ellos


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

al comandante Silva y al capitán Carbajal, jefe de la Guardia Civil (cayeron 20 guardias civiles y 14 miembros del ejército) …” El autor expresa, también: (…) no conformes con el asesinato, contrario a todas las leyes de la guerra, mutilaron los cadáveres, los saquearon y algo más, el corazón del comandante Silva Cáceda y los órganos genitales del valiente teniente de la Guardia Civil, Villanueva, fueron extraídos, encendiendo así la pasión de las represalias que culminó con numerosos fusilamientos de facciosos, cuando estos fueron derrotados.”130 Esa versión sobre la extracción del corazón de Silva y los genitales de Villanueva, que exacerbó los ánimos de los militares en su momento, la hizo circular el propio ministro de Gobierno y Policía, no teniendo asidero. Como veremos más adelante, el juez militar que ordenó el levantamiento de los cadáveres no hace mención alguna de ello en el acta.

La “Insurrección de Trujillo (jueves 7 de julio de 1932)”, es el título con el que el Fondo Editorial del Congreso publicó la investigación de Margarita Giesecke.131 La autora tenía su punto de vista sobre estos hechos. Por ejemplo, sobre el asesinato de militares y policías en la cárcel de Trujillo, dice que “Jamás se supo ni la causa del crimen ni tampoco la identidad de los asesinos, pero esto no ha impedido una amplia gama de especulaciones. El gobierno militar culpó a civiles apristas. Si bien no podía probarse quién dio la orden, el coronel Manuel A. (Ruiz) Bravo no tenía ninguna duda que había partido de alguno de los jefes revolucionarios. Sindicaba al ex alcaide de la prisión, Sebastián Céspedes Lara, como el encargado de trasmitirla.”132 Según la autora, Basadre y Thorndike están de acuerdo con su posición. El libro fue publicado seis años después de su muerte, ocurrido en 2004.

130 MERINO ARANA, Rómulo, Ob. Cit., Páginas 214 y 215. 131 Margarita Giesecke Sara Lafosse (1948-2004). Nació en Huancayo. Siguió la carrera de Historia en la PUCP, donde se graduó de bachiller en 1972 con la tesis “Masas urbanas y rebelión en la Historia”, abordando desde una nueva perspectiva los sucesos desencadenados por la elección de Manuel Pardo como primer presidente civil. Obtuvo el doctorado en el Birbeck College de la Universidad de Londres en 1993 e integró el Centro de Divulgación de Historia Popular. Entre sus trabajos figura Historia de la Cámara de Comercio de Lima 1991-2004, publicado póstumamente el 2007. <http://blog.pucp.edu.pe/blog/victornomberto/2011/08/11/margarita-giesecke-sara-lafosse/> 132 GIESECKE, Margarita, La Insurrección de Trujillo (jueves 7 de julio de 1932), Fondo Editorial del Congreso del Perú, impreso en el Perú, primera edición, 2010. La presentación es de Luís Alva Castro, Presidente del Congreso de la República. El prólogo de Armando Villanueva del Campo, el proemio de Raúl Haya de la Torre La Rosa.

FMP 167


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

La historia novelada de Thorndike: “el año de la barbarie”, trata el asunto de Trujillo de forma particular, como una epopeya aprista y describiendo situaciones irreales como ciertas. Por ejemplo, en un pasaje del libro refiere: “Uno a uno sacaron los cañones, se agitaron las banderas, se hizo formar a los oficiales y a los soldados vencidos, de a cuatro en fondo, y la muchedumbre emprendió la marcha hacia Trujillo, ejército que marchaba sobre ojotas, los fusiles en bandolera, los rostros manchados de lodo y pólvora, las ropas húmedas de lluvia, cantando por la ancha alameda O’Dónovan bordeada de álamos y laureles. Iba al frente el joven capitán de la turba revolucionaria, enjuto y palúdico, extasiado en su propia victoria, arrastrando un inmenso sable de caballería. Seguían los cañones, las ruedas chirriantes, Pedro Canseco abrazado de su Krupp, empujándolo, choferes-artilleros, el licenciado Manuel Leyton al mando de otra batería, moreno y sonriente. Seguían los cañones y los otros jefes, los líderes campesinos, Esquivel con un fusil colgado de cada brazo. Y luego los campesinos que llevaban las banderas rojas y también los niños que cargaban picas y las mujeres que cantaban la marsellesa aprista y los oficiales pálidos y derrotados, tiesos en medio del populacho; una multitud que reía y cantaba y se contemplaba así misma,

cargando balas de cañón, agitando los fusiles máuser, que llegaba a la Plaza de Armas y la desbordaba.”132 “La vesania de Sánchez Cerro no tenía límites ni cálculo. Quienes osaron levantarse contra la tiranía estuvieron condenados a pagar con el festín macabro de sus vidas”. “Al caer la noche la resistencia de Mansiche quedaba reducida a escombros. Cadáveres mutilados por la artillería cubrían las baldosas de la ancha avenida. De las copas frondosas de sus ficus pendían los restos mortales de los francotiradores”. “Una vez aplastada la Revolución se instaló la Corte Marcial en el antiguo local de un burdel… Día y noche sentenciaron a la pena de muerte a centenares de obreros, campesinos y estudiantes en número indeterminado; simplemente disponían su fusilamiento.” Estas y otras afirmaciones hiperbólicas y excesivas abundan en el libro de Rogger Mercado, aprista hasta el tuétano, naturalmente.133 Vesania significa locura, demencia, furia; tiranía, de acuerdo con el diccionario, es “una forma de gobierno en la que el gobernante tiene un poder total o absoluto, no limitado por unas leyes, especialmente cuando lo obtiene por medios ilícitos, y abusa de él.” ¿Ese era el caso de Sánchez Cerro?

133 THORNDIKE, Guillermo, el año de la barbarie, Perú 1932, editorial nueva américa s.a., Lima – Perú, 1986. 134 MERCADO, Rogger, Las Guerrillas del Perú y la Revolución de Trujillo, 2da edición, Editorial de Cultura Popular, enero 1982.

168 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Luís Miguel Sánchez Cerro inició su período presidencial el 8 de diciembre de 1931, tras ganar las elecciones que los apristas la tildaron de fraudulentas, por no haberlas ganado ellos; supuesto fraude que jamás demostraron. Cuando ocurrieron los hechos de Trujillo, Sánchez Cerro tenía siete meses en el gobierno y solo 4 meses se había atentado conta su vida, cuando un aprista le disparó en una iglesia de Miraflores y se había ya producido la rebelión de los marineros de los cruceros “Coronel Bolognesi”, “Almirante Grau” y B.A.P. “Teniente Rodríguez” y la corte marcial que se formó en referencia a esos hechos había condenado a muerte a ocho marineros y se había establecido su conexión con el aprismo. Lo que ocurrió en Trujillo marcó negativamente la historia del Perú. No hubo en ello nada revolucionario, democrático ni servicial para la patria, sino criterios ideológicos y actitudes autoritarias. Como ha ocurrido en otros momentos de la historia del Perú, los verdaderos responsables no fueron juzgados efectivamente. Agustín Haya de la Torre, auto nombrado coronel, Prefecto del Departamento y Augusto Silva Solís, auto nombrado mayor, Subprefecto del Departamento, abandonaron Trujillo antes de que las tropas llegaran. De los testimonios recibidos en el proceso seguido por esos hechos, se puede deducir que Agustín Haya y Silva Solís, estuvieron en esa posición circunstancialmente, luego del ataque al cuartel

O’Dónovan, las instalaciones de la Guardia de Seguridad y la Guardia Civil. El papel del capitán Leoncio Rodríguez Manfurt como jefe militar del alzamiento, es otro asunto controvertido, como lo es también la posición pasiva que adoptó el teniente coronel Julio P. Silva Cáceda, comandante del Regimiento de Artillería acantonado en Trujillo, al no ponerse al frente de sus hombres y defender la guarnición, lo que finalmente le costó la vida también a él; no obstante, la versión que señala que estuvo de acuerdo con los subversivos no es sustentable y daña su memoria. Ninguno de los autores que hemos citado tuvo acceso al expediente que se tramitó en Trujillo, por una a corte marcial. Hay autores que refieren que ello hubiese sido valioso para entender mejor los hechos, opinión que compartimos. En efecto, considerando lo valioso que es ello para la historia del Perú, ponemos a la consideración del lector esos hechos, sin ningún juicio de valor, señalando fielmente su contenido, en forma extensa, más aún cuando no hay referencia sobre el destino actual del expediente. El autor tuvo acceso a él en el año 2005, cuando se hallaba en el archivo de la Primera Zona Judicial del Ejército, ubicado en Lambayeque, oportunidad en la que hizo las anotaciones que siguen y tomó copias de la acusación fiscal, del acta de la audiencia oral, de la sentencia y del acta de cumplimiento de la sentencia, entre otras piezas.

FMP 169


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

III.3. Corte marcial seguida en julio de 1932 por el ataque al cuartel O’ Dónovan, el ataque a las instalaciones de la Guardia Civil y la Guardia de Seguridad, el asesinato de jefes, oficiales y subalternos en la cárcel de Trujillo y otros hechos conexos Retomada la ciudad de Trujillo por las fuerzas del orden, se ordenó la instalación de una corte marcial para juzgar a los responsables de la rebelión y el asesinato de un numeroso grupo de oficiales, clases y guardias. El juez instructor nombrado para el caso, inició su labor inspeccionando las instalaciones donde ocurrieron los hechos más notorios de la rebelión. Inspección del cuartel O’Dónovan Primera cuadra.- “Las prendas y tarimas en completo desorden, hay tres grandes manchas de sangre que indican igual número de muertos; reguero de sangre junto a la cocina, manchas de sangre junto al almacén del primero (sargento) documentario; en la segunda cuadra, un pizarrón que señala el servicio interior del cuartel: Sargento de Semana Cabo Julio Villar; Cabo de Cuartel José Luján; cuarteleros, el primer nombre borrado el segundo nombre T. Gutiérrez, el tercero una cruz derecha llamado Avalos y el cuarto A. Paredes, cabo caballerizo Soldado J. Valderrama; Quezada; N. Ponce y J. Villareal.

170 FMP

Segunda cuadra.– “huellas de haber sido perforado por balazos y enorme mancha de sangre, todas las cajas rotas e indumentaria de la tropa desechos”. Almacén del documentario de la segunda batería.- “Todo destrozado, hay ropa ensangrentada; Detall de la segunda batería asesinado el furriel; comedor de Oficiales vacío; biblioteca vacía; cuatro cuartos de Oficiales vacíos; todos los departamentos del lado derecho vacíos; cantina en completa destrucción; alojamiento del comandante destrozado, una estatua de Bolognesi destrozada; guardia de prevención destrozada, con trapos manchados de sangre.” Cuartel de Seguridad en la calle Independencia.- “Hubo saqueó general tanto a la tropa como a los investigadores.” Club Central.- “En el patio carro Nº 100 destrozado, sin llantas, con catorce perforaciones, en los asientos traseros charcos de sangre abundantes, así como en el piso; camión Nº 20 destrozado sin llantas, la biblioteca en desorden; en la cocina 18 posillos de tropa y 3 pailas grandes, las sillas encontradas pertenecen a la prefectura y al Rotary Club, se encontró también una bomba explosiva de mano, etc.” Inspección de la cárcel de Trujillo.- “El 13 Jul 1932, a las cuatro de la tarde se constituyó personal del Juzgado a la cárcel de esta ciudad, situada en la calle Progreso. Se recorrió todo el local


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

constatando a la entrada al lado izquierdo una habitación cuyos enseres estaban en completo desorden y recorrida esta se encuentran dos cadáveres en estado de putrefacción, luego al mismo lado se visitó una habitación separada de la anterior por un largo callejón en cuyo piso había un reguero de sangre, que comenzaba en el fondo y terminaba casi en la puerta, viéndose en los extremos dos grandes charcos de sangre, en el primer patio se constató también numerosas manchas de sangre, así como huellas de haber sido arrastrados los cadáveres de las víctimas, “llegando a la conclusión de que ese primer patio da la impresión de un matadero, pues todo se halla empapado de sangre”. “Se deja constancia que tanto al lado izquierdo, a tres o cuatro metros de la puerta de entrada y frente a la primera habitación, como dentro de la reja donde se hallaban los criminales rematados, se encontraban desparramados fragmentos de sesos de algunas víctimas”. Hacia el lado derecho, pasando un callejón se advierte una gran fetidez que demuestra la existencia de gran cantidad de cadáveres en plena putrefacción. En vista del abandono en que se encontraba la cárcel y falto de auxilio frente a esta situación, se deja constancia de que el Juez Instructor, por la fuerza obligó a varios transeúntes para que ayudaran a sacar los cadáveres de dicha habitación, que tiene dos cuartos, entrando, al lado izquierdo muy oscuros. “Se comenzó la operación de sacar los cadáveres, constatándose doce, que todos habían sido masacrados, observándose que casi todos revelaban

actitudes de dolor y desesperación que precedió a la muerte. Estos cadáveres se encontraban amontonados, revelando por la posición en que se les encontró, que se habían refugiado despavoridos en ese lugar; según la versión de uno de los presentes, habían sido asesinados en ese lugar usando una linterna los asesinos para ubicarlos mejor”. “Luego se recorrió el largo callejón de lado lateral, encontrándose treinta y cinco cadáveres, también en putrefacción, sacándose todos al primer patio. En seguida advirtiéndose en el corredor del segundo patio una extensa mancha de sangre, se vio en el techo que es de caña manchas rojas, por lo que se hizo poner una escalera, encontrándose dos cadáveres.” El total de cadáveres encontrados en la cárcel es de CUARENTA Y NUEVE. “En resumen, la cárcel ha sido el escenario más sangriento que puede imaginarse pues ella se ha convertido en un camal que no es posible describir en una diligencia de inspección”. “Se deja constancia de que, según los informes de los vecinos de la cárcel, los apristas sacaron más de veinte cadáveres que fueron conducidos en camiones al cementerio general.” Declaraciones recibidas en el expediente 1. Manuel Otiniano Pereda, de ocupación chauffer (chofer), inscrito en el PAP, no conoce de los hechos; (fojas 21). 2. Eduardo Llerena Smith, de oficio chauffer, inscrito en el PAP, no conoce de los hechos; (fojas 22).

FMP 171


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

3. Justo Sánchez Marín, ayudante de chauffer, no pertenece a ningún partido, detenido por las fuerzas del orden en su domicilio; (fojas 23). 4. José Segundo Escalante Mariños, agricultor, detenido en su domicilio; (fojas 24). 5. Héctor Zambrano Cueva, chauffer y mecánico al servicio de la Prefectura, refiere que el día ocho llevó al prefecto a la casa de la familia Gamero donde fue a refugiarse; un grupo de facciosos lo detuvieron y le obligaron a que diga donde se encontraba el prefecto y les refirió que lo había llevado a Moche, por lo que le obligaron a ir a dicho lugar, en el carro de la prefectura y que felizmente en ese lugar dijeron que el prefecto había seguido camino; dijo que el jefe del movimiento fue “el aprista J. Agustín Haya de la Torre”, “pues este le entregó una tarjeta para sacar dos llantas de donde el japonés Yabuque; que el día nueve el capitán Rodríguez Manfurt lo llevó a la portada de Mansiche, donde estaban construyendo trincheras y de allí a la portada de Moche y continuó a las órdenes de este Oficial pudiendo escaparse en horas de la noche. Fue detenido cuando llegó a la prefectura a saludar al prefecto; (fojas 24 y 25). 6. Pedro Ascoy Tejada, albañil, refirió que se encontraba preso en la cárcel por el delito de homicidio en agravio de un Andrade, realizado el año 29; dijo que una partida de apristas

172 FMP

tomaron la cárcel y dieron libertad a los presos y llevando a los Jefes y Oficiales presos, los que fueron depositados en las habitaciones de la parte fronteriza, salió de la cárcel el día nueve a las diez de la mañana y encontró en el patio a un número de Jefes y Oficiales muertos (versión falsa); que reconoció entre los asaltantes a un tal Vallejos y otro Vélez así como a un hijo del último llamado Antonio; (fojas 25). 7. Segundo Alfredo Villafuerte Gonzales, soldado, declara sobre la detención de un extranjero de nacionalidad irlandesa que era “un agente comunista al servicio de los apristas”; (fojas 26 vuelta a 27). 8. Subteniente Leopoldo Cossio, dijo que, a la denuncia de varias personas de esta localidad, como agente comunista, se capturó a Julio Steimberg, que tiene un taller de relojería y fue detenido en estado de embriaguez; (fojas 27 vuelta 28). 9. Soldado Julio Rojas Carrasco (18), del Regimiento de Infantería Nº 1, 3ra Compañía, en traje de civil, refirió que estando en su Compañía de imaginaria, en la noche del siete de julio, asaltaron el Cuartel O’Dónovan los apristas, defendió junto con sus compañeros el cuartel hasta las seis de la mañana, en que fugaron del cuartel por orden del Capitán Villena, en un camión que encontraron en el


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

camino y siguieron con rumbo a Otuzco; que en el camino, cerca de Sama, fueron atacados nuevamente por los apristas, “que en esta virtud el Capitán Villena los abandonó, tan pronto se produjo el ataque, que el instruyente al mando del Sargento Jacinto Periche y los Soldados Belisario Ramos Yarlequé, Moisés Rojas Varillas, Flores Torres y diez hombres más cuyos nombres no recuerda fueron tomados prisioneros”; “ que el instruyente fue el que sacó un pañuelo blanco por orden del Sargento antes citado”. Todos fueron traídos amarrados a esta ciudad, internados en la cárcel pública y encerrados bajo llave, permaneciendo presos dos días, siendo puestos en libertad por los presos que fugaron de la cárcel, tomando diferentes direcciones, llegando circunstancialmente a la casa del criminal Pedro Ascoy; (fojas 28 vuelta a 29). 10. Julio Steimberg (41), irlandés, relojero, residente en Trujillo, dijo que no se ha dedicado a actividades políticas por ser de nacionalidad irlandesa y que el comunismo es contrario al régimen que su patria tiene; no visitó el local de los apristas y no conoce a los jefes del movimiento, se enteró de los hechos en la mañana, cuando fue a tomar desayuno en el “Bar Trieste”; (fojas 31). 11. Instructiva de José Modesti Guevara (26), pintor, con dos hijos, no participó en nada, el “día seis en la tarde que salió de su trabajo

en la Estación del Ferrocarril oyó decir, al pasar por la bodega “Luisa”, de que iba a estallar la revolución en esa tarde, pero que el instruyente se sobreparó para oír, por espíritu de curiosidad, pero que los personajes que hablaban y cuyos nombres no sabe, por no conocer a dichas personas, pero que no dio importancia a esa habladuría y optó por seguir su camino”; (fojas 33 a 34). 12. Víctor M. Vargas Ortiz (21), soltero, universitario, afiliado al partido “Unión Revolucionaria”, llora la muerte de su hermano Manuel Elías Vargas Ortiz, quien fue tomado preso en la noche del siete por Javier Meléndez, Simón Becar y el hijo mayor del Doctor Nicanor León Díaz, que fueron conducidos a la prefectura que se encontraba en poder de los facciosos, “al ingresar encontraron a las siguientes personas, quienes son: Augusto Silva Solís, Agustín Haya de la Torre, Ciro Alegría y su primo, los Loyer, que fueron maltratados por estas personas y en seguida conducidos a la cárcel por los mismos que los sacaron de su domicilio”, “una vez en la cárcel mi papá y mi hermano fueron puestos en un calabozo los tres hasta la madrugada del domingo que principiaron a fusilar a todos los detenidos, que entre los que cometían este crimen reconoció a un individuo llamado Ganduri, residente en la hacienda Laredo, que también cita a un joven a quien conoce de vista en esta localidad, que era el que sacaba a los FMP 173


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

detenidos para hacer sus necesidades corporales, que después también ayudó al asesinato de todos los detenidos y que a las diez de la mañana fue puesto en libertad por varias personas que se dieron cuenta de su situación”; “que la masacre se efectuó a las dos de la madrugada del día domingo diez, que al salir encontró a su padre herido y a su hermano muerto, así como también muertos los jefes oficiales y soldados”; que, sabe que un individuo que trabaja en la mecánica de Cáceda ha participado en el movimiento y el “Alcaide de la cárcel, quien enseñaba a manejar las armas a los revolucionarios, siendo estos Carril, el menor, jugador de foot ball del Club Carlos Tenaud de esta localidad”. “También hace presente que han sido nombrados alcaide y soto alcaide de revolucionarios, respectivamente, un Villanueva e Icochea de la “Baronof y Asuero” fábrica de sombreros; “que también ha visto al auxiliar del Centro Educativo llamado Enrique Vásquez que estaba al lado de un cañón que estaba emplazado frente al local del Centro Escolar número doscientos cuarenta y uno; así mismo ha podido observar que las tropas de la guardia de seguridad daban vivas al Apra recorriendo las calles de la ciudad al mando de un Oficial que no lo conoce, pero que es de la clase de Teniente; que un guardia de seguridad llamado Alvarado le contó “que el guardia Ascue había tomado la comisaría donde estaba la guardia

174 FMP

de seguridad y que había recibido la suma de sesenta mil soles para repartirlos entre los demás guardias de seguridad”; que también ha tenido participación el civil Matallana, agente de la Singer, quien daba órdenes a los revolucionarios tanto en la prefectura como en la cárcel; (fojas 34 vuelta a 38). 13. Pedro H. Vargas Morzán (47). Hospital Belén Sala San José, comerciante. Fue apresado en su casa junto a sus dos hijos por un grupo de personas encabezadas por el hijo del Dr. Nicanor León Díaz y llevados a la prefectura en automóvil, que estaba ocupada por el Comité de Defensa de la Plaza. Fueron llevados a un calabozo de la cárcel, donde encontró a los señores Helí Tello y un señor Campos, llegando a sumar hasta el día de la masacre 22 detenidos en la celda, “penetrando un grupo al mando de un individuo llamado Godensi, que este inmediatamente ordenó la salida de uno de lo Vargas, pero que no salió ninguno, inmediatamente hicieron fuego a dentro de la celda, al segundo disparo el declarante hizo una caída aparatosa para simular que estaba herido, que siguieron fusilando o mejor dicho asesinando a todos los detenidos y que después procedieron en igual forma con los Jefes y oficiales”(los presidiarios habían sido puestos en libertad). Después de la masacre cerraron la puerta de la cárcel y fugaron sin darse cuenta que quedaban algunos


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

sobrevivientes. La cárcel fue abierta por vecinos con una barreta. “El capitán Rodríguez Manfurt y Augusto Silva Solís, subprefecto revolucionario, dijeron que respetarían sus vidas y que gestionarían con el Comité de la Junta de Defensa”; (fojas 38 a 41). 14. José Mariños Díaz, chauffer de una góndola, dijo que fue detenido por los apristas y le dieron un arma que la rechazó diciendo que no sabía manejarla; le obligaron a ir a Otuzco manejando el carro Ford Nº 310 con una comisión de 5 apristas a quienes no conocía; una persona que transitaba por la carretera dio el dato de que un grupo de soldados de quince hombres se habían apoderado de un ómnibus de Waralla y se dirigían a la sierra, las personas que conducía decidieron seguir y tomar presos a los soldados, con otros dos carros más, lo que hicieron y fueron regresados a la ciudad; “al día siguiente regresó a Otuzco por orden del prefecto revolucionario Agustín Haya de la Torre”, llevando a un aprista para entrevistarse con otros en esa localidad; fue herido en la mano por un proyectil de arma de fuego; (fojas 41). 15. Mario Quevedo Iparraguirre (testigo), jefe de la oficina de teléfonos, “que comunicación telefónica por escrito ha pasado solamente una de procedencia de este lugar a Otuzco”; interceptó una comunicación de Laredo, oyó decir a Agustín Haya… “por represalia

y exceso pueblo autoridades nombradas por pueblo cesan en sus funciones”; (fojas 45) A fojas 46 del expediente aparece una comunicación telegráfica procedente de Laredo, al ministro de Gobierno en Lima: “Actitud gobierno bombardeando por tierra aire y mar atacando bárbaramente ejército población y niños inocentes que hace imposible mantenimiento orden que venía observándose en forma laudable declino toda responsabilidad por represalias y exceso pueblo. (Autoridades nombradas por pueblo cesan en sus funciones. Agustín Haya de la Torre, julio 10 hora 5 y ¼ p.m.” 16. Salvador León Aréstegui, alcaide de la cárcel, dijo que el siete a las once de la mañana “una poblada de más de cien personas se aglomeraron en la puerta principal gritando afuera ese alcaide y los presos políticos, que la puerta permanecía con llave, así como todos los calabozos, estando en esta situación un grupo de detenidos en el canchón llegaron a violentar la puerta de dicho canchón y de improviso se precipitaron a sus espaldas tomándolo preso y tumbándolo al suelo; que conseguido esto, le quitaron las llaves y procedieron a abrir la reja de la puerta de la calle, así como la de los calabozos y por último optaron por salir fugando”. Quedaron sólo seis presos que entregó con acta firmada a Rosas Villanueva (Pedro Ascoy, Carlos Villanueva, Lorenzo

FMP 175


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Gamboa, Arturo Paredes Lizarzaburu, Víctor Flores y Martín Ganoza), Rosas Villanueva se presentó con quince hombres armados. La seguridad de la cárcel estaba a cargo de ocho guardias civiles al mando del primero Benjamín Quiroga; “como vieron llegar a los revoltosos conduciendo al teniente Alberto Villanueva, jefe de la Guardia Civil, optaron por subir al techo utilizando una escalera sin hacer ninguna resistencia”; (fojas 48 vuelta a 49). 17. Teodoro Núñez García, instalador de la luz eléctrica de Trujillo, dice que permaneció en su casa sin salir, está afiliado al partido aprista; (fojas 51 vuelta a 53). 18. Ulderico Mannucci Quevedo, soto alcaide de la cárcel, dijo que el día siete supo, como a las nueve de la mañana, que el cuartel O’Dónovan había sido tomado por el pueblo “encabezados por Agustín Haya de la Torre, prefecto y Augusto Silva Solís, subprefecto, nombrándose por ellos mismos; se nombró como alcaide a Rosas Villanueva y a Celso Rodríguez como soto alcaide. “Que a esto el instruyente se opuso y pensó hacer resistencia con la guardia; pero que el Clase de guardia Sargento Primero Benjamín Quiroga, de la Guardia Civil, así como los seis números de guardia que estuvo al cuidado de la cárcel, sin atender a la insinuación del instruyente, se fueron por los techos y abandonaron su

176 FMP

puesto”. Fugaron los presos en número de 62 y momentos después de haber tomado la cárcel, sirvieron de guardia “individuos a quienes señala como conocedores de la mayor parte de las personas autores de la masacre, siendo sus nombres César Pérez Núñez, Humberto Echeverría Domínguez, Manuel Arbaiza Torres y Gonzalo Zegarra Aliaga y otros más que los reconocería a medida que sean tomados presos”; (fojas 53 vuelta a 56). 19. Agripina Mimbela Asencio. Se encontró en su poder retratos y papeles relacionados con el aprismo y una fotografía autografiada de Haya; dijo “que los retratos compraron a los muchachos que vendían estos retratos y que los demás papeles le fueron entregados por Manuel Rodríguez, quien ha sido muerto en los días del combate”. Mantenía correspondencia con Haya de la Torre; (fojas 56 vuelta a 57). 20. César Pérez Núñez (25), con 3 hijos. Reconocido por Ulderico Mannucci, soto alcaide, de haber prestado guardia en la cárcel después del asalto. Niega haber participado en los hechos y refiere que no concurrió a la cárcel, que estuvo en la panadería de su suegro trabajando; “que cuando estaba en sus labores oyó decir a la gente “no corran compañeros” y que estos emplazaron los cañones a media cuadra del cuartel de la seguridad, pero que no llegaron a disparar ni un solo cañonazo...”


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

y que el instruyente les convidó desayuno a cuatro de ellos −soldados− que dos de estos están en este local, pues ayer habló con uno de ellos”; (fojas 58 a 60). 21. Humberto Echeverría Domínguez (18). Dijo “que al cuartel de la artillería no fue, por estar durmiendo en su casa, pero que a la cárcel si fue por haberle obligado el Cabo licenciado apellidado Rodríguez, de oficio sastre, cuyo nombre no se recuerda”; ante la pregunta de quienes mataron a los jefes y oficiales en la cárcel dijo: “que no ha visto, pues salió de la cárcel el instruyente aun dejándolos todavía con vida, que salió porque no tenía que comer”; (fojas 70 vuelta a 71). 22. Manuel Arbaiza Torres (firma como Mendoza), colegial. Dijo que “lo único que hizo obligado por César Chávez, fue llevar un cuarto de costalillo de munición de la trinchera de la Portada de Huamán a la casa de éste”; que en la trinchera encontró a nueve hombres, de los cuales conoce “a dos, un tal Gonzáles, apodado “Totoco” y otro, o sea el segundo de los hermanos Ascoy, que también es chauffer, pues el último de estos se encuentra detenido en este cuartel por ser prófugo de la cárcel”; (fojas 72). 23. Gonzalo Zegarra Aliaga (20), natural de Celendín, soltero, católico; dijo que es falso que haya tomado participación en estos actos, estuvo en su casa desde el siete hasta el 10,

en que fue tomado preso en su casa y traído preso. El soto alcaide aseveró que lo vio en la cárcel montando guardia después del asalto; dijo: “el alcaide se equivoca, probablemente con alguna otra persona”; (fojas 73 a 74). 24. Doctor Nicanor León Díaz.- se le imputa haber participado en los hechos en compañía de su hijo apodado “carioco”. Refiere que el día seis en la noche estuvo en una comida que el Rotary Club dio en el Club Central para la que fue invitado especialmente por el señor Cecilio Cox, por conducto del señor Armando Gerstein, a la que concurrió como socio ingresante” y que encontró a los Rotarios Doctores Cecilio Cox, Presidente de la Institución, doctor Ignacio Meave Seminario, Rector de la Universidad, al señor Arturo Vásquez Cuadra, gerente del Banco Italiano, al señor Vicente del Solar, Inspector de las Aguas Potables; al Comandante Julio Silva Cáceda, Jefe del Regimiento; al señor Alfredo Pinillos y otros, que la comida terminó a las once y media de la noche”, al día siguiente se enteró que un grupo de gente del pueblo había tomado el cuartel O’Dónovan; presenció desde las ventanas del estudio “como el populacho armado de rifles y cañones intimó la rendición de la prefectura, la que izó una bandera blanca en señal de rendición y entonces esta fue tomada por el pueblo”; dijo que fue a “la casa Iturregui donde funciona el Club Central y también donde los FMP 177


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

amotinados habían establecido la Prefectura de ellos”, al ingresar a dicho lugar encontró “ a don Agustín Haya de la Torre, a N. Heredia llamado el “chiquito”, don Néstor Alegría y un grupo numeroso de gente armada, a quienes no pudo conocer porque no son de este lugar”; (fojas 74 a 79). 25. Eleodoro Castañeda (testigo) (51) actuador de matrículas, Tesorero de la Junta Departamental Pro Desocupados, refiere que alquiló en su casa un cuarto a un raspadillero llamado Manuel Burga o Burgos y este en compañía de varios otros rompió la puerta principal de su casa, luego del garaje y sacó su automóvil Chevrolet. El día viernes regresó como a la una de la mañana armado de fusil y no regresó después; “el día martes a las ocho de la mañana llamó el declarante a los soldados del once y uno del Regimiento número uno... penetró al cuarto que ocupaba el citado Burga y encontró sobre una mesa un kepí de Capitán de Artillería, con número dos, una chaqueta blanca de Oficial, una escopeta de dos cañones y varios retratos de Jefes y Oficiales inclusive el de Burga, asimismo insinuó la idea de romper la caja del citado Burga, donde encontraron también retratos una boina..” “pudo distinguir de entre los individuos que llevaban al Teniente Alberto Villanueva fueron: Francisco Fernández, aprista que iba con carabina, Octavio Cobián, José

178 FMP

Quevedo, Julio Mori de oficio, albañil, Fernando Dávalos que portaba una bolsa con munición, Toribio Sánchez, aprista y de oficio carpintero, Genaro Vera, Teófilo Zavala y Pedro Juan Santos de la Escuela de Artes y Oficios que alcanzaba balas de cañón en la calle del “Progreso”; “ha visto al fotógrafo Paredes Vides, tomar preso personalmente a un individuo del pueblo y conducirlo a la cárcel”. “En el The Royal Bank Off Canadá hay dos empleados llamados Antonio Torres y un Yépez que desde antes del movimiento preguntaban al hijo del declarante si tenía armas, estos son de filiación aprista- rojos” “un individuo de sobrenombre “chotano”, todavía muchacho, ha tomado parte activísima en todo el movimiento; ha oído decir a varias personas que el alemán Breneisen vio que un japonés de un techo mató a un soldado de un grupo de tres que eran estos”; (fojas 70 a 72). 26. Pedro Blomberg (testigo). Dijo “que el día tres de julio a las cuatro de la tarde tuvo conocimiento por su servidumbre, llamados Javier, cuyo apellido no recuerda, y Mario Rodríguez, de que se hablaba de un movimiento aprista en este lugar; que en posición de este dato vino a la Prefectura e informó al señor Prefecto sobre este rumor..., la citada autoridad tomó nota de su informe; que después se dirigió al Capitán Comisario Carbajal a quien también informó en igual forma, llamando al


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Cuerpo de Investigaciones e impartió órdenes de inamovilidad después de las ocho de la noche para adelante. Asimismo, informó e insinuó al citado Comisario de que era menester vigilar muy de cerca al Capitán Rodríguez Manfurt a quien conocía el declarante cuando estuvo en Cajabamba, su filiación de aprista y que el declarante vio su carnet como tal”. Que por versión de su concuñado Isaac Akerman, que presenció la toma del Cuartel de Seguridad por Haya de la Torre, el Capitán Rodríguez Manfurt, Luis Gamero y Luis Gonzáles y que su casa fue asaltada por un grupo de 25 hombres al mando del Chauffer Pedro Canseco; (fojas 73 a 75). 27. Manuel Holguín Crevillero, capturado a petición de Víctor N. Vargas, el que lo denuncia de ser uno de los principales masacradores de los jefes y oficiales en la cárcel de esta ciudad; de Salaverry, de 31 años, de filiación aprista, conoce a Víctor Vargas Ortiz, a Pedro H. Vargas y a Manuel Elías Vargas; (fojas 75 a 76). 28. Alberto Cárdenas de La Torre dijo: “solo abandoné mi domicilio solicitado por el comandante Julio P. Silva Cáceda, por intermedio del señor teniente Ramírez del Regimiento de Artillería número uno, con el objeto de aceptar la Prefectura del Departamento, como garantía de seguridad para los Oficiales del uno, detenidos ya; que me excusé ante el

propio comandante Silva, debido a mi comprobada sordera y a la gran responsabilidad que dicha aceptación encerraba. Que en todo momento que me fue posible procedí a calmar los exaltados ánimos, salvando la vida a buen número de funcionarios públicos y policías de la Seguridad, como pueden atestiguarlo muchos testigos presenciales, como el sargento Cumpa y el propio teniente Ramírez, que se encontraba junto con el malogrado capitán Carbajal, cuando se produjo el ataque a la Comisaría; que ha tenido asilados en su casa, que es la misma del señor Luis Gamero, al señor Prefecto del Departamento Pedro Manuel La Riva; al Intendente de Policía señor Francisco Carranza y al anuencero de la columna de la guardia de seguridad don César Molina”; que vio en el local de la prefectura “al señor Agustín Haya de la Torre, Augusto Silva Solís y capitán Rodríguez Manfurt y que la gente del pueblo era desconocida para el declarante, por ser la gente de la hacienda Laredo”; (fojas 77 a 79). El guardia civil Nicolás Rabanal formuló un parte dirigido al teniente Héctor Gómez, refiriendo que se encontraba de guardia en la cárcel al mando del Sgto. 1º Benjamín Quiroga y seis hombres; “el 7 de julio, a las 7 y ½, por orden del Tte. Alberto Villanueva, comandante de compañía, 4 hombres se dirigieron a la comisaría; a las 10 a.m., el mencionado Tte., hizo formar a los guardias y armados FMP 179


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

los llevó a la Prefectura, donde entregaron sus armas; una vez desarmados volvieron a su puesto vigilados por gente armada, quienes les instaron a abrir las cajas de munición y les quitaron sus revólveres; a las cinco de la tarde los llevaron a algunos al centro escolar de varones, donde fueron encerrados, de donde huyeron a las 11 ½ de la noche”; (fojas 80). El cabo Enrique Begazo López, dijo en su parte que a la una de la mañana del 7 de julio se oyeron disparos en el Cuartel O’Dónovan, se dio voz de alerta y armados se ubicaron unos en el techo y otros en la prevención; el vigilante Urizar le refirió que el guardia Julio Ascue Miranda se insubordinó con el capitán Carbajal, encarándole con un revólver. Permanecieron hasta las 8 de la mañana en estado de alerta y vio llegar a un parlamento que pidió al capitán Carbajal que se plegara con su personal a la revolución, a lo cual el mencionado oficial se negó; que en la puerta de la comisaría se habían desplegado varios cañones y piezas de ametralladora y una muchedumbre intentó forzar la puerta, por lo que se dispusieron a disparar, pero el capitán sacó su silbato y pidió que se parara el fuego, pues en la calle se habían producido algunos disparos; el pueblo se dirigió a la plaza dejando dos cañones frente a la comisaría; a las 6 p.m. el Sgto. 1º Gálvez entregó armas y munición con cargo a la guardia urbana; el

180 FMP

capitán Carbajal fue llevado a la prefectura; una persona hizo reconocer al guardia Ascue como comisario de Trujillo, a quien sus compañeros increparon su actitud, respondiendo que la detención del capitán Carbajal y el primero Gálvez era por orden del señor Haya de la Torre, Prefecto del departamento; el día 8, a las 2 p.m., el guardia Ascue y el guardia civil Oré Pinto, en compañía de 3 individuos, entre ellos un tal Porras, se presentaron en la comisaría para decirles que los que se plegaban a la revolución tendrían toda clase de seguridades y al responderles que no se plegarían se retiraron, volviendo luego de 20 minutos, refiriendo que de parte del señor Haya de la Torre, no garantizaba sus vidas, puesto que no estaban con el partido; (fojas 81). Fernando Urizar, del “Cuerpo de Investigación”, dijo que el capitán Carbajal fue informado de un levantamiento de la población. El guardia Julio Ascue Miranda “sacó su revolver e intimó al capitán. El 7 de julio, a las 8 ½ a.m., estando presentes el capitán Carbajal y el Sub Prefecto, se presentaron a la puerta de la comisaría “el capitán del Ejército Rodríguez Manfurt, jefe del movimiento, manifestando que el Regimiento de Artillería, en compañía del pueblo atacaba al uno de Infantería, que después de unos disparos dominarían y entonces avanzarían a tomar el Cuartel de Policía, el capitán Rodríguez


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

terminó entrevistándose con el señor Subprefecto”. “A las nueve de la mañana se presentó el primer parlamento integrado por Lastenio Morales, empleado de la Casa Campo ( a quien habían visto momentos antes sacar un fúsil de la jefatura de la Zona Militar), un estudiante Tejeda y un obrero Galarreta, quienes manifestaron que venían de parte del capitán Rodríguez Manfurt, jefe del movimiento, a pedir se adhieran a la revolución, contestando el capitán Carbajal “que no podía solidarizarse, pues su misión de policía no se lo permitía, pero como respetos guardan respetos, también él exigía y ofrecía garantías para su personal”, retirándose el parlamento. “A las diez de la mañana se presentó otro parlamento en dos automóviles y ante la negativa del capitán a plegarse al movimiento, emplazaron cañones en la puerta de la comisaría, “saliendo en este momento el guardia Ascue a entregar su arma al populacho, pidiendo a esta que ingresaran a desarmar a la tropa que estaba dentro del cuartel, pero como cerraron la puerta del cuartel no pudo conseguir su objeto, entonces cargando uno de los cañones intimó rendición, no llegando a disparar por intervención del capitán Herrera, haciendo los civiles varios disparos en dirección de la comisaría”. Varios civiles armados con fusiles ingresaron por el costado de la comisaría, apoderándose de algunos fusiles, retirándose después a recorrer la población llamando más

adeptos”. A las siete de la noche se presentaron civiles armados al mando del guardia Ascue, quienes fusil en mano intimaron rendición y se apoderaron de las armas y munición; (fojas 85 a 89). 29. Oswaldo Llorente Alvarado, “nombrado Administrador de Correos de Trujillo por Agustín Haya de la Torre”, dijo que no tuvo conocimiento de este nombramiento y no podía aceptar; (fojas 96). 30. José Larrea Gamarra, de 25 años de edad, natural de Eten, soltero, de profesión industrial, dijo que no sabe nada; que no participó en los ataques al cuartel O’Dónovan ni al puesto de la GC; que le salvó la vida al guardia Aldave y estuvo refugiado en su casa; (fojas 100). 31. Isaac Flores Sáenz, guardia civil, desempeñando el puesto de central de la Guardia Civil, dijo que fue atacado la mañana del jueves siete del presente por el populacho aprista; reconoció entre los atacantes al puesto a Arbaiza y Marín, así como a un tal Flores quien tenía un fusil y un Larrea Gonzales; “es uno de los pocos sobrevivientes de sus compañeros, masacrados en la cárcel unos y asesinados en otros lugares los demás, presentando al juzgado una relación o lista de sus compañeros muertos, habiendo identificado a muchos de ellos en una visita especial que hizo a la cárcel en compañía del Sargento Wilfredo

FMP 181


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Díaz Tejeda y el Guardia José Vargas Machuca”; (fojas 101). 32. José Larrea Gamarra, se confronta con el GC Isaac Flores Sáenz. Refiere que no estuvo en el ataque al puesto de la Guardia Civil y pueden dar testimonio de ello el Guardia Aldave, la señorita Rosa María y el arquitecto Modesto Rodríguez; el guardia dice como pudo estar con el guardia Aldave si estuvo preso en la cárcel y fue uno de los que salvaron de la masacre; (fojas 103). 33. Antonio Moreno Sifuentes, niega haber participado en los hechos; (fojas 104). 34. Justo Castro Ríos. Niega su participación en los hechos; dijo, además, “que en cuanto a los atacantes han sido jóvenes de este lugar, tanto universitarios como también artesanos, a los que conoce únicamente de vista, pero que asegura haber visto a Julio Vargas en el mercado armado de un fusil…” Trabaja al servicio de la Municipalidad como barredor del mercado; (fojas 105). 35. Raúl Puertas Portilla, dijo no saber nada de los hechos; hermano de Delfín Puertas, acusado de haber hecho fuego sobre las tropas, natural de Trujillo, de 24 años de edad, soltero, empleado en la casa Gracey, apela al testimonio del señor Manuel Fernández y otro señor apellidado Tresierra, no sabe de su hermano Delfín, quien fue perseguido por un guardia; (fojas 106).

182 FMP

36. Juan Puertas Portilla, de 17 años, no ha participado en ningún hecho delictuoso, no sabe de su hermano Delfín, que falta de su casa desde el día martes doce, que han ido a su casa a buscarlo dos soldados y dos guardias civiles y al no encontrarlo trajeron al declarante como también a sus otros hermanos Pedro y Raúl, “pues a pesar de haber visto a varios civiles con armas no ha podido reconocerlos porque parece que las dos terceras partes de los amotinados no eran gente de este lugar, pues hay rumores callejeros, de que la mayor parte ha sido gente de la hacienda Laredo”; (fojas 107). 37. Luis Sánchez Baquedano, de 27 años, prensista, dijo que no ha tenido ninguna participación en los hechos y que “ha visto a un buen número de personas pasar con armas del Estado pero que no ha reconocido a ninguno”; (fojas 109). 38. Abel Rojas Quea, reconocido como uno de los asaltantes de la cárcel y que después montó guardia en dicha cárcel, de 30 años, de oficio barretero, de Tacna, soltero, niega esa acusación y manifiesta que estuvo preso en la cárcel por hurto y que le faltaba sólo un año para cumplir su condena, la que fue de dos años; “fue puesto en libertad por el pueblo que fue armado y asaltó dicha cárcel”; que “ fue el instruyente nuevamente llevado a la cárcel por no aceptar el tomar


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

un fusil”; que ha reconocido a Humberto Echevarría como el joven que estuvo de guardia en la cárcel; “que el día sábado en la noche para amanecer a domingo, como a las doce de la noche se sentía que en los cuartos asesinaban a los jefes y oficiales, porque decían “no nos maten, no nos maten”, que después de muchísimos disparos sobrevino un silencio muy grande , que al día siguiente, a las doce del día, viendo que nadie se presentaba donde ellos, optaron por romper la puerta del calabozo y salir y en su trayecto vieron muchos oficiales y guardias muertos; los presos que estuvieron con él fueron, Ganoza, Gamboa, Ascoy, Chirinos y Paredes, todos presos rematados; (fojas 111). 39. Roberto Arbaiza Bello, de 34 años, natural de Ascope, casado, con 4 hijos, de oficio mecánico, acusado por el guardia Sierralta de haberle quitado el correaje en la Prefectura, niega ello y refiere que no participó en los hechos, “pues el día siete, cuando el instruyente ingresó a la puerta de la Prefectura, todos los amotinados lo señalaron como “soplón” por lo que tuvo que huir a su domicilio, que estando en la puerta de su casa, vio con armas a Sergio Quiroz, Encinas y otros que no recuerda sus nombres pero que se encuentran detenidos, luego del reconocimiento señaló a Manuel Holguín, José L. La Madrid, Francisco Esequiel, Humberto Fernández y Arturo Holguín, que todos éstos armados pasaron

a la portada de Moche donde construyeron trincheras; (fojas 113). 40. Arturo Holguín Charcape, natural de Santiago de Cao, de 35 años, de oficio fotógrafo, niega haber tenido participación en los hechos y que no estuvo armado con un fusil; dijo “que cuando se produjo el ataque al cuartel de la artillería el instruyente estuvo preso en el cuartel de la guardia de seguridad y que fue llevado por el investigador Cordero, que al día siguiente ocho el capitán Carbajal lo puso en libertad, que después ya no intervino en nada”; fojas 114. Confrontado con Arbaiza, este afirma haberlo visto armado con una carabina, dirigiéndose al Hospital con un herido, al segundo día del ataque al cuartel O’Dónovan; (fojas 115). 41. José L. La Madrid Vásquez, de 24 años, natural de Chiclayo, albañil, niega su participación en los hechos. Se confrontó con Arbaiza, quien refiere que lo vio el sábado a las cuatro de la tarde armado de un fusil, La Madrid niega los hechos; (fojas 116 a 117). 42. Francisco Inguil Rodríguez dijo que el día siete, como a las cuatro de la mañana, se despertó por las detonaciones de cañones y armas de fuego y salió de su casa a las seis de la mañana, “observando que una multitud de gente se venían hacia la ciudad y que el instruyente se plegó por curiosidad y que en la plazuela de la Libertad tomó la palabra un FMP 183


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

oficial de talla alta, delgado y dijo: “que estaban llanos a entregar la ciudad a fin de evitar derramamiento de sangre”; que el declarante, al venir el populacho hacia la ciudad, también se plegó y que al llegar al cuartel de seguridad oyó detonaciones por lo que se escapó. Salió en la noche hacia la plaza de armas, encontrándose con mucha gente armada, en cuyas circunstancias salió un individuo armado de la Prefectura, lo hizo pasar al local y entregándole una espada, que la recibió, le dio instrucciones para que no dejara pasar a nadie al interior de un cuarto, lo que cumplió, conforme a las instrucciones que le dio el Sub- Prefecto don Augusto Silva Solís. Que en esta situación permaneció hasta la una de la mañana en que fue trasladado en un automóvil por un tal Tello, al nuevo local donde se había instalado la nueva Prefectura y que estando allí y por ser la hora avanzada, entregó la espada al mismo Tello y se regresó a su casa, que en esos acontecimientos sólo pudo conocer al tal Tello y al Chauffer Roberto Arbaiza; fojas 118 vuelta a 119. Confrontado con Arbaiza, Inguil refiere que lo vio la noche del jueves con un capote de la guardia civil que lo llevaba puesto, teniendo un sincho encima, Arbaiza niega; (fojas 121). 43. Elías Iglesias Coronado dijo que no tomó parte en los hechos, pero, “el siete en la noche, en la Plaza de Armas, vio mucha gente

184 FMP

armada, entre los que conoció a Lucio Cueva, David Peláez, un Gallardo, Manuel Caján “que se puso a disparar tiros”, Agustín Haya de la Torre, Augusto Silva Solis, Matallana, a un tal Echeandía (gordo) y otros más que no recuerda; (fojas 122). 44. Instructiva de David Peláez Jara, de 35 años de edad, albañil, con siete hijos, dijo que no tuvo ninguna participación, fue apresado por los apristas, siendo estos Augusto Silva Solis y otro que ha sido muerto en la plazuela de Mansiche, llamado Canseco; que en esta situación llegó un avión que comenzó a bombardear, entonces los que lo conducían preso lo soltaron, lo que aprovechó para escapar a su casa (fojas 124); el guardia Sierralta lo acusa como uno de los atacantes de la cárcel. Elías Iglesias Coronado manifestó, acercándose a David Peláez Jara, de haberlo visto “armado de un fusil y un morral con munición el día ocho por el paseo Muñiz en compañía de cuatro civiles” Peláez recapacita y “dice que es cierto, pero que iba en condición de preso” (confrontación de fojas 125) 45. Instructiva de Víctor Vereau García, natural de Platanar, del distrito de Simbal, provincia de Trujillo, de 44 años, soltero, con dos hijos, de ocupación alarife, refiere que no es cierto que haya tomado parte en el ataque del cuartel O’Dónovan, pues el día jueves siete se levantó a las siete de la mañana con el objeto


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

de irse a Platanar; manifiesta que estuvo alojado en el hotel Astro desde el día martes y que el día siete estuvo esperando al escribano M. Gonzales en la plazuela de San Francisco, pero que no fue el escribano; que hasta esa hora sólo sintió disparos en el sector del cuartel O’Dónovan y se fue a su alojamiento hasta el día once en que fue capturado por un Oficial del Cuerpo de Seguridad, dijo que vio con armas y disparando a “Pedro Canseco, Ángel Villalobos y a otros muchos más cuyos nombres no recuerda”; (fojas 125 vuelta a 126 vuelta). 46. Acta de confrontación entre Humberto Echeverría Domínguez y Abel Rojas Quea. Echeverría afirma que estuvo en la cárcel llevado preso y que no estaba armado; Abel Rojas le replica con firmeza: “tú estabas armado de un fusil máuser, haciendo guardia en la cárcel”, el día sábado nueve a las cuatro de la tarde, en circunstancias que lo pusieron preso (a Rojas); Echeverría refiere que “no estuvo armado y que solo lo llevaron por la fuerza para hacer guardia”; “que es cierto que pusieron preso en una celda a Rojas pero solo para que duerma”; (fojas 127). 47. Miguel Aguilar Henríquez, de 37 años de edad, natural de Cincicapo, Otuzco, casado, con 4 hijos, de oficio comerciante, dijo que no participó en los hechos. Se acostó temprano y que, al día siguiente, jueves, se informó

por las personas que pasaban gritando en carros “viva el apra”; que fue traído a la prefectura y presentado al Sub Prefecto Silva Solis y que en esa situación aprovechó de la llegada de varios guardias, que entraron en la condición de presos, y se fue a su casa; (fojas 128). 48. Alberto Encinas Saavedra, natural de Casagrande, de 28 años de edad, de ocupación “chauffer”, con un hijo; dijo que no participó en los hechos; a la acusación del guardia Teófilo Jaramillo, “que lo vio en el Puesto de la Guardia Civil sacando armas”, niega los cargos; (fojas 129). 49. Aurelio Fonseca Quiroz, natural de Trujillo, de 19 años de edad, con dos hijos, de ocupación albañil, niega su participación, pero dice “que ha visto disparar a un borradito sobre los aviones, pero que no sabe el nombre”. El Juez refiere que se cierra en mutismo; (fojas130). 50. Declaración testimonial de la señora Pascuala Diaz de Gonzales B., natural de Trujillo, de 35 años, con una hija; dijo que no puede dar razón de quienes asaltaron los cuarteles, pero que el día jueves a las cinco de la tarde, encontrándose en su casa, se presentaron seis individuos apristas armados, tres con fusiles, uno con una espada, otro con palo, otro con una berga y se llevaron a viva fuerza a su esposo Manuel Gonzales B., bajo amenaza de victimarlo, siendo llevado sin ninguna garantía a la cárcel pública. En la calle, al ser conducido, FMP 185


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

era golpeado bárbaramente con la espada y las armas, llegando hasta romperle los anteojos. Envió comida con un muchacho para su esposo, quien le manifestó que estaba como Alcaide Andrés Eloy Paredes Vides y entre los guardias un Icochea. Después no tuvo noticias de su esposo hasta “el día martes en la mañana que algunos familiares se acercaron a darme el pésame, a cuya noticia salí precipitadamente con dirección a la cárcel, encontrándolo efectivamente cadáver, masacrado, con una herida en la sien derecha”. Tiene conocimiento fidedigno que “Andrés Eloy Paredes Vides, cerca del Hospital de Belén, capturó a Carlos Sánchez Castillo, relacionado en su casa, en medio de maltratos con una espada lo condujo a la cárcel preso, y el día martes que fue a la cárcel a ver el cadáver de (su) esposo, vio también el cadáver de Sánchez Castillo, masacrado.” Hace presente, “que entre los seis apristas asaltantes a su casa conoció al individuo Grau Gonzales, quien estaba armado de una carabina. El día de hoy me informé, que este individuo Grau Gonzales estaba escondido en la casa de Clemente Gonzales y entonces he llamado a mi hijo político Eduardo Gonzales, soldado del Regimiento de Artillería número uno, y él, acompañado de una clase del mismo Regimiento, han ido a la casa y buscándolo lo han encontrado escondido en el reservado, de donde lo han sacado, conduciéndolo al cuartel a disposición del Juzgado”; (fojas 131 a 134)

186 FMP

51. Instructiva de Grau González Alvarado, de 25 años de edad, soltero, católico, sin hijos y de oficio tipógrafo, dijo que se enteró de los hechos al “ver el día jueves por la mañana muchos carros que portaban gente vivando al apra, pero no hizo caso y se fue a la imprenta Blondet donde trabaja, y le dijo que no había trabajo la señora; en la tarde, después del almuerzo, le dijeron que llevaban cadáveres del cuartel O’Dónovan y se fue por curiosidad a ver los cadáveres; pudo ver un grupo de cuatro individuos armados, entre los que conoció a un Chávez, alto, pantalón plomo y saco azul que pasaba por la calle Grau; que al pasar frente a la casa de Manuel Gonzales, que estaba parado en mangas de camisa, lo vio conversando con un individuo llamado Paredes Ponciano. Dicha comisión se paró frente a Gonzales, lo amenazó con un fusil y le dijo que estaba preso; como se resistiera, un amigo le aconsejó que obedeciera, lo cual hizo, siguiendo viaje custodiado por el grupo, mientras otro grupo numeroso salía de la Prefectura y se dirigieron hacia Gonzáles, en actitud agresiva, como para matarlo, llevando uno de ellos un sable y los otros carabinas, por lo que el declarante salió al encuentro para defenderlo, salvándole así la vida; se apartó entonces de la comisión y después de acompañarlo una cuadra se quedó en la plazuela de Santo Domingo, regresó entonces a su casa…; un muchacho llevó una carabina y


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

su madre le dijo: llévatela, por lo que al llegar y encontrarla la llevó a la calle, habló con un grupo de revoltosos, pidiéndoles que le recibieran la carabina, a lo que se negaron y después en vista de esa negativa, se dirigió a la Prefectura, entregándole el arma a un Capitán borrado y de ojos zarcos, que se la recibió, en este momento dicho Capitán le dio una orden por escrito, para que fuera a traer sándwich y soda, sacando los primeros del salón seiscientos seis y la soda del Ucayali, artículos que dejó por orden del Capitán sobre una mesa que había en el salón de la Prefectura, lugar donde encontró dos en el primer salón y seis en el segundo más o menos, manifestándoseles que se los mandaba el Capitán, lo que le contestaron “muchas gracias caballero”. Cumplida esta comisión se retiró a su casa. Todo esto sucedió el jueves siete a las cuatro de la tarde. “A las cinco de la tarde de ese mismo día, vio mucha gente armada que corría hacia el lado de Salaverry, lo que vieron sus hermanas diciéndole: estos hombres son apristas y se mueren de miedo”; “arreció el tiroteo, se aparecieron varios aeroplanos a las cinco de la tarde, la gente aplaudía”. “El día viernes apreció gran algazara y salió a las diez de la mañana, subiéndose a los altos con el objeto de cerciorarse si en realidad se encontraba el Grau; y como no viera nada se fue a su casa. El sábado, domingo y lunes no salió, estuvo en su casa; (fojas 134 vuelta a 138).

52. Inocente Zerdán Orbegoso, de 19 años, soltero, doméstico, no tiene conocimiento de los hechos, niega su participación aun cuando el guardia Humberto Chávez afirme que estuvo en el desarme de los guardias del Puesto de la Guardia Civil; (fojas 139). 53. Baltazar Beraún Ortiz, natural de Ascope, mecánico, de 27 años de edad, dijo que no salió de su casa hasta las dos de la tarde el día jueves, en que fue sacado de su casa por un amigo suyo llamado Martín Zapata, “con quien pasó por Mansiche y vio apostado un cañón en la penúltima cuadra de la calle Zela, otro en Mansiche, otro al costado de la casa del señor Ganoza, Juan Julio, y un cuarto cañón que estaba en el patio de la Prefectura; que después tomó un carro marca roster, manejado por el chauffer Burga, quien se encuentra también detenido, en cuyo carro se dirigió a Pacasmayo, acompañado del mismo amigo, sin saber el declarante la misión que llevaba, pues Zapata recibió la misión de Cucho Haya de la Torre. Que, llegado a Pacasmayo, fue detenido por el teniente Barreto y un cabo de la Guardia Civil; que este oficial les hizo un registro y le quitaron una pistola mauser a Zapata, con cacerina y un paquete de balas, que al instruyente, así como al chauffer ayudante, no les encontraron ningún arma, pero quedaron detenidos hasta el día de ayer en Pacasmayo”; (fojas 140 vuelta a 143).

FMP 187


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

54. José M. Olórtegui Sánchez, prófugo de la cárcel, que fue puesto en libertad por los revolucionarios, quienes nombraron como alcaide a Erasmo Tello y soto alcaide era un comerciante aprista, a quien conoce de vista; quien puso en libertad a los presos fue una persona de tipo alto, flaco, trigueño, barbudo y que estuvo armado de una pistola, pero que el soto alcaide Mannucci debe conocerlo, porque le dio la mano y se pusieron a conversar; (fojas 143). 55. Aurelio Burga Valderrama, natural de Chocope, de 28 años, con dos hijos, de oficio chauffer, dijo que el jueves, a las tres de la tarde, lo tomaron preso dos civiles y lo condujeron ante Cucho Haya de la Torre, quien lo puso a órdenes de un Zapata; como no conocía el camino a Pacasmayo, el mecánico Beraún fue designado para guiar el camino; fue detenido el carro por el capitán Barreto, tomados presos los cuatro con Segundo Llenque y que ayer fueron traídos a este lugar; de los cuatro, el único que llevaba una pistola, con un paquete de balas, fue el individuo Zapata, arma que le fue quitada por el capitán Barreto, así como le fueron quitados los papeles que llevaba; que en la prefectura se encontraba con Cucho Haya Augusto Silva Solis y que no reconoció a ninguna otra persona; (fojas 144 a 145). 56. Segundo Llenque Ortiz, natural de Trujillo, de 25 años, de oficio albañil, sólo tomo

188 FMP

participación en haber ido a Pacasmayo en un carro como ayudante del chauffer Aurelio Burga y que fueron tomados presos por un sargento de la guardia civil; dijo que no sabe quiénes hayan atacado los cuarteles, “pero que la mayor parte del pueblo a estado con armas”; (fojas 145 vuelta a 156). 57. Manuel Morillas Desposorio, natural de Virú, de 38 años, de oficio carpintero, dijo que el día siete por la mañana “vio una cantidad de gente con fusiles en la Portada de Moche, que estaban haciendo trincheras y que conoce a algunos de ellos, llamados uno Pimanchumo rodeador de Santo Tomás, un zambito Benavídez que trabaja en el taller de mecánica Chirichugno, Manuel Ramírez, que todos estos se encontraban armados con fusil, que estos estaban posesionados en la trinchera”; (fojas 146 vuelta a 147). 58. Mario Rodríguez Muñoz, natural de Guadalupe, de 40 años, de oficio comerciante, dijo que no participó en los hechos. Fue tomado preso por los apristas, “un tal Torres y un chauffer Pulido; que fue traído a la Prefectura el mismo día jueves siete, en la tarde” y con ayuda de un joven que no conoce, escapó por la puerta trasera; (fojas 147 vuelta a 148). 59. Carmen Carreño Conde, de 22 años, dijo que “el viernes ocho en la mañana se presentó en su domicilio Mario Rodríguez Muñoz, quien


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

estaba armado de una espada y un revólver; de hecho, penetró al domicilio con el objeto de buscar si había allí algún soplón, hablando “ya hemos desarmado a los Oficiales de la Artillería del cuartel O’Dónovan y ahora vamos acabar con todos” y como no consiguiera nada salió”. En la tarde, cuando salió a comprar una vela para poner a la virgen, nuevamente vio al mismo individuo armado con sable, que llevaba al cinto, saliendo de su casa, que está cerca de la mía; al siguiente día corría gente armada, que desgraciadamente no pudo reconocer a nadie, “gritando estamos perdidos”; (fojas 149). 60. Confrontación entre Mario Rodríguez Muñoz y doña Carmen Carreño Conde; ambos mantienen su dicho, refiriendo Rodríguez que la conoce porque es mujer de mala vida; (fojas 150). 61. Luis Arbaiza Strombeir, natural de Trujillo, de 26 años, de oficio empleado, dijo que se enteró de los hechos el jueves, a las nueve de la mañana, y fue a la morgue a ver a los muertos; en la tarde, como a las tres y media, propuso a Olegario Bracamonte, Manuel Roberto Ganoza, Jorge Uceda , Roberto Linch y otros, la formación de una guardia urbana; que hizo igual cosa en el Cuartel de Seguridad, cosa que le consta al capitán Demetrio Martínez y al subteniente Padilla de Artillería; después se entrevistó con el capitán

Comisario Carbajal, le ofreció 12 carabinas para la guardia en formación, pero que no llegó a efectuarse esta entrega por estar las armas en la calle, pero que recibió, cuando fue en la noche con la guardia cabalgada, 8 revólveres con 50 tiros cada uno y para igual número de personas y que cada uno acusó recibo; también recibió 8 caballos de la guardia civil que fueron ofrecidos por el Primero Bustamante, realizándose una ronda por toda la ciudad; al venir a dejar los caballos, a las 9 de la noche, para ir a comer, se encontró con el capitán Rodríguez Manfurt, quien alegando ser el jefe de la plaza, quiso disponer de los jinetes para ponerlos en las portadas; que el instruyente rechazó y se entrevistó con Silva Solis, exponiéndole lo sucedido y comunicándole la disolución de la guardia; luego entregaron los revólveres al Primero Gálvez de la guardia de seguridad, retirándose todos a sus domicilios; no sabe quiénes masacraron a los Jefes y Oficiales en la cárcel y que no pertenece al partido aprista; (fojas 150 vuelta a 153). 62. Manuel Roberto Ganoza Vargas, nacido en Moche, de veinticinco años de edad, soltero, agricultor, católico, dijo que en la noche y en la mañana del ataque estuvo en su domicilio y que esto le consta al Sub Prefecto Paco Carranza, quién estuvo en su casa a horas nueve más o menos del día jueves siete y que después salió para formar la guardia urbana a fin de evitar los desmanes del populacho, que FMP 189


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

había atacado y que se encontraban armados con los fusiles tomados al Regimiento de Artillería; que fue de esa idea Luis Arbaiza, con quién tiene relación de amistad y que esta guardia estuvo compuesta por veinticuatro personas, de los cuales no tomaron parte más que ocho personas y que son: Luis Arbaiza, Pepe Fernández, el Ingeniero Mendiola, Jorge Uceda, un Arana, Víctor Urquiaga, Olegario Bracamonte y el declarante y se extraña que esta actividad se haya tomado en forma distinta; después de recibir ocho revólveres de la guardia de seguridad con cincuenta tiros cada uno y ocho caballos de la guardia civil, practicaron el servicio hasta las nueve y media de la noche, hora en que los vio el capitán Rodríguez Manfurt, quién interpretando mal los fines, comenzó a dar instrucciones en la idea, posiblemente creyéndolos policías apristas. Recapacitando con esto de lo que habían hecho con buena intención, se retiraron y procedieron a entregar las armas, así como los caballos, y municiones, de donde los habían recogido; dijo que en el recorrido que hicieron vio a Pedro Canseco (chauffer), armado de fusil, resguardando el Cuartel de Seguridad, tomado por los revolucionarios; igualmente, un individuo apellidado Rázuri, con apodo “Canuto”, que estaba puesto con un capotín de la guardia de seguridad; el chauffer del carro noventa y cinco, que estuvo manejando esa noche el auto

190 FMP

de la luz eléctrica, que cree el declarante se llama Carranza; que el instruyente recomendaba a todos los que veía con armas que los devolvieran al centro escolar, donde debían depositarlos, por orden del Sub Prefecto revolucionario Silva Solis; que ignora quien o quienes hayan sido los que masacraron a los Jefes y Oficiales en la cárcel pública, así como la orden de donde emanó, pero que lamenta enormemente lo ocurrido, por cuanto el instruyente fue muy amigo del comandante Julio Silva y demás Oficiales; (fojas153 vuelta a 156) 63. En una declaración testimonial que corre de fojas 156 vuelta a 157 vuelta, se dice que “entre los que están detenidos (reconoce) al civil Miguel Aguilar, quién atacó al guardia Alfonso Bernal a puñadas, una vez desarmando en el puesto de la Hacienda Laredo y posteriormente traído a esta ciudad; que este maltrato se realizó como a las tres de la tarde, en la puerta de la Prefectura, cuando dicho guardia bajaba”; así mismo, reconoce “como a uno de los que lo desarmaron, quitándole el espadín y correaje al detenido Roberto Arbaiza Bello”. 64. Confrontación entre Roberto Arbaiza Bello y el guardia civil Pablo Sierralta Gutiérrez; este último refiere que fue Arbaiza quién le quitó el correaje y el espadín; “Arbaiza contesta llorando que le pidió la correa y el espadín y que


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

estos objetos los entregó en la secretaría de la Prefectura y que después de estos actos ya se retiró a su casa de donde ya no volvió a salir”; (fojas 157 vuelta a 158).

un par de llantas para el carro de esta Prefectura, con sus cámaras. Truj. Julio 8-932” (escrito a máquina) firmado Agustín Haya de la Torre.

65. Confrontación entre el detenido Miguel Aguilar Henríquez y el guardia Pedro Sierralta Gutiérrez; el guardia Sierralta afirma que fue Aguilar quién maltrató al guardia Alfonso Bernal; Aguilar dijo: “que no es cierto lo que asevera el guardia Sierralta, porque el instruyente aprovechó la llegada de los guardias presos de Laredo y Salaverry para irse a su casa y oyó que el Sub Prefecto revolucionario Silva Solis mandó a estos guardias presos a la cárcel”; (fojas 158 vuelta a 159).

Orden Nº 2.- El Subprefecto e Intendente de Policía (impreso) “Entregue Yabuki una cámara aro 19 o 18 al portador y una caja de parches eléctricos” (puño y letra) firmado Silva Solis.

66. Declaración del súbdito japonés T. Yabuki Lluing, natural de Kobe, por haber proporcionado llantas y gasolina a los revolucionarios; dijo: “que es cierto el haber proporcionado un par de llantas y cámaras, una caja de parches eléctricos y gasolina una lata, en virtud de haberle exigido cinco individuos armados de fusil, a quienes no conoce, que fueron con dos órdenes, una firmada por Agustín Haya de la Torre y otro por el Sub Prefecto revolucionario Augusto Silva Solis, cuyas órdenes presenta al Juzgado”; (fojas 159 a 172) Orden Nº 1.- El Prefecto del Departamento de La Libertad (impreso) “Al Sr. T. Yabuki: Sírvase proporcionar en calidad de préstamo

67. Mario Pretel Montoya, natural de Tampillo, soltero, de treinta años, de oficio empleado; dijo que no es cierto que haya tomado parte en “estos hechos desgraciados, a pesar de ser de afiliación aprista y condena dichos actos horrorosos. El instruyente, en la mañana del ataque al cuartel O’Dónovan, estuvo en su oficina establecida en la calle de la Unión, en la que se atiende el tráfico de transporte, así como se expende gasolina y aceite. Que se presentó ese día ante el instruyente un carro ocupado por cuatro apristas armados de carabinas, de los que pudo reconocer únicamente a un Galarreta, que sirve en la portada de la sierra, estos exigieron al instruyente la entrega primero de una lata de gasolina y un cuarto de galón de aceite, lo que tuvo que entregar en vista de la actitud de los individuos; en esta situación se presentaron varios carros más, los que también exigían entrega de combustible, estos también se apoderaron por la fuerza hasta llenarse diez cajones, que

FMP 191


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

de todos estos no pudo conocer más que al que cita y a otro apodado “yuca”; que permaneció hasta el día siguiente en que lo llevó a la casa de Cassinelli su mamá, en virtud de ser su cuñado”; (fojas 172 vuelta a 179). 68. Daniel Leca Torres refiere que no participó de forma alguna en los hechos, que conoce de vista al Alcaide León y no se explica porque se le imputa de haberlo visto armado en la cárcel el día de la masacre; (fojas 175). 69. Confrontación entre Daniel Leca Torres y el Alcaide de la cárcel don Salvador León. Leca niega haber estado en el asalto a la cárcel; León refiere que estuvo y que incluso se le escapó un tiro de la carabina que portaba; (fojas 175 vuelta a 176). 70. Declaración de Ramón Silva Taboada. Dice que no conoce de los hechos; que fue tomado en su casa por el inspector Urizar, el que le preguntó dónde estaban las armas que tenía en su poder; (fojas 177). 71. Testimonio de Santiago Negua Chávez, inspector general del servicio radiotelegráfico del Perú; dijo que fue detenido en Moche, cuando restablecía las líneas del telégrafo; que fue de Trujillo acompañado del radiotelegrafista Pardo Figueroa; (fojas 177 vuelta a 179). 72. Instructiva de Alberto Novoa Fernández, ingeniero civil, de 25 años de edad, casado, no

192 FMP

conoce sobre los hechos; (fojas 179 vuelta a 182). 73. Alfonso Guevara Tarazona, dijo que “oyó los gritos de viva el apra y saliendo hasta la esquina (de su casa) vio varios carros conduciendo gente armada; transitaban disparando en distintas direcciones y que viendo este laberinto se regresó a su casa, de donde no quiso salir para evitar compromisos y peligro, pero que el día jueves catorce se presentaron dos guardias civiles a su casa y le intimaron que se entregara preso y que en estas condiciones se encuentra hasta la fecha, sin saber a qué se debe su prisión…”; (fojas 182 vuelta a 183). 74. Carlos Chunga Otoya, natural de Chocope, de profesión empleado del correo, de 23 años de edad, dijo que “ya en el correo supo que gente venida de Laredo y de filiación aprista, habían atacado el cuartel O’Dónovan y que se venían a apoderar de la ciudad…”; “que también oyó decir, por boca del señor Enrique Ramírez, que el señor (Oswaldo) Llorens había sido nombrado administrador de correos y que conversando estos dos señores, le oyó decir al señor Llorens, que él no aceptaba nombramientos de revoltosos, si no del gobierno constituido…” El viernes ocho llegaron los aviones (tres de la tarde) y comenzaron a bombardear, es entonces donde la mayoría de empleados del correo salieron a sus casas; el miércoles catorce, a las tres de la


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

tarde, se presentaron 4 policías y lo condujeron preso. Preguntado “quienes eran los jefes del movimiento subversivo, que plan tenían, que perseguían y quién lo secundaba; dijo: “que después ha venido a saber que los jefes del movimiento eran de carácter aprista y encabezados por Barreto alias Búfalo, Agustín Haya de la Torre, Augusto Silva Solis y como jefe de la plaza el capitán Leoncio Rodríguez, a quiénes todo el pueblo secundó en sus ideas y movimientos”; (fojas 183 a 185). 75. En su instructiva, Pablo Morales B., gerente de la casa comercial Víctor, dijo que cambió los artículos de más valor al Gran Hotel, en precaución de lo que podría venir si triunfaban los revoltosos. El siete, a las 4 de la tarde, salió a buscar noticias y lo que pudo ver “fue un cañón en la esquina de la catedral y gran aglomeración de gente en la Prefectura”; se dirigió a ese lugar y “por las conversaciones que pudo oír supo de que todo el Perú estaba de acuerdo con el movimiento aprista”. Ante la pregunta quienes fueron los autores de este movimiento, dijo: “el Búfalo Barreto, Agustín Haya de la Torre y Silva Solis”; (fojas 185 vuelta a 187). 76. Félix Medina Chávez, natural de Bambamarca, de profesión arboricultor, de 32 años de edad, empleado de los parques públicos, dijo que no ha participado en los hechos “que después ha sabido que los jefes eran Don

Agustín Haya de la Torre, Silva Solis y que también sabe que el fin que los indujo a la revuelta fue derrocar al gobierno constituido y que el menos que nadie podría simpatizar con una política tan mala que ha traído por consecuencia los lamentables sucesos que han ocurrido”; (fojas 187 vuelta a 189). 77. Instructiva de Luis Gonzales Pinillos, natural de Trujillo, de 28 años de edad, soltero, católico, sin hijos, de ocupación estudiante universitario, prestó su instructiva el 16 de julio de 1932. “El señor Juez le manifestó está acusado de haber tomado parte en los hechos delictuosos realizados en esta ciudad desde el miércoles seis, con el ataque al cuartel O’Dónovan, puestos de policía y la masacre de la cárcel...”; dijo: “Que el miércoles en la noche fue al cinema y después se fue a su casa; que al día siguiente, a horas diez, se vino con dirección a su oficina, donde él trabaja; que viendo que la oficina estaba cerrada continuó su camino hasta la Plaza de Armas, donde encontró mucha gente estacionada en la puerta de la Prefectura y que al mirar hacia la parte interior vio al señor Luis Gamero, que paseaba en el corredor del frente; que después de esto continuó su camino hasta la Sociedad Importadora del Perú, donde no encontró trabajo pero si encontró a la familia Taboada, con quienes se puso a conversar de lo que ocurría esa mañana; que ya tenía conocimiento, antes de salir de su casa, del FMP 193


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

asalto del cuartel O’Dónovan; que después de almorzar en compañía de dicha familia, se vino a curiosear por el centro y que al llegar a la plaza vio llegar al señor Silva Solis, saliendo de la Prefectura, llegando a tomar un carro y acercándose el declarante le preguntó que a donde se iba, a lo que le respondió que al cuartel de seguridad y que le ofreció su compañía, que le aceptó; que en el trayecto le preguntó que como había sido el movimiento y este le dijo que Barreto, alias Búfalo, era el que había tomado el cuartel O’Dónovan y que llegando al cuartel de seguridad bajaron y entraron; que el señor Silva Solís pasó a un compartimiento de la izquierda, a hablar no sabe con quién, y que el declarante se concretó a quedarse en el patio del cuartel, conversando con algunos policías y observando las huellas del combate, que habían sostenido en esa mañana; que luego de esto salió el señor Silva Solis, a quien siguió hasta el carro, regresando hacia la Prefectura; que se despidió en la puerta, yéndose hacia su casa a cambiar sombrero, de donde salió nuevamente en dirección de la calle del Progreso, hacia la Plaza de Armas, donde oyó, a dos individuos, que estaban armados, que en la casa del doctor Elías Iturri se notaba que entraba gente sospechosa; que al oír esto se dirigió a la casa del doctor, para prevenirle sobre el particular; que al llegar a dicha casa se encontró con la señora del doctor y su suegra, manifestándole que

194 FMP

quería hablar con el doctor Iturri, haciéndolo pasar al salón, a donde salió el doctor Iturri, manifestándole que acababa de oír que a su casa entraban personas sospechosas, lo que le prevenía porque era peligroso tanto para él como para su familia, a lo que contestó que tal versión no era cierta, por el contrario, le habían sacado su carro un grupo de gente armada y que si podía rescatarlo, le agradecería; que en efecto salió a recorrer algunas calles, encontrando el carro, corriente y con su llave de contacto puesto, en el jirón Salaverry, procediendo inmediatamente a llevarlo a la casa del doctor, donde lo entregó, despidiéndose de él y dirigiéndose a su casa; que más tarde salió a comer, después fue a la Plaza de Armas y se encontró con el señor Cáceres, ex vendedor de fósforos, con quien entró al local de la Prefectura y pudo enterarse que dentro del local había mucha gente armada, conociendo a don Agustín Haya de la Torre, Prefecto Aprista, a don Augusto Silva Solis, Sub Prefecto y a un joven Heredia; que comentando con Cáceres la situación, este le dijo que tenía temor del cuñado, entonces le aconsejo que podía ver y pagar dos de los hombres que estaban armados… y después de llevarlo a su casa se retiró, encontrándose después, en el trayecto, con los hermanos Urrutia y sus esposas, a quienes atendió, llevándolos a la casa de ella, donde vive su madre política; dijo, también, después de lo cual, regresé a dejar el


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

carro a un lado de la calle, frente a la Prefectura, retirándome de allí a mi casa, de donde salí solo el día viernes, a las diez de la mañana; estando en la calle oyó volar los aviones que lanzaron descargas de ametralladora y entonces fui a la casa del doctor Taboada, donde almorcé, saliendo a las tres, después de que comentando la situación el Doctor Taboada me aconsejó que no me metiera en estos actos, contestándole que yo no me metía y que toda persona de orden debe controlar para evitar los sucesos desagradables que se producen en estos casos; saliendo a la calle me dirigí al puesto de la Guardia Civil, donde sabía que también se había efectuado un combate; en la puerta encontré un hombre armado, quien me dejó pasar y en el interior encontré al guardia Jorge Vidal y al guardia Jaramillo, al primero le dijo que temía de su vida y entonces lo saqué llevándolo a la casa Taboada, después me dirigí a mi casa, saliendo luego a comer en las Ñorcas y terminada la comida salí al centro y en la calle del Progreso me encontré con el señor Rabines, y comentando los sucesos y en vista de que le comunicara que no había sido posible la reunión de cónsules, acordaron entrevistarse con los miembros de la corte superior y así lo hicieron, viéndose primero con don Alfredo Pinillos, en la casa del Doctor Julio Cuevas; se reunieron el Presidente de la Corte Doctor Vásquez, don Néstor León, Director de

Beneficiencia, don Alfredo Pinillos y todos juntos tratando de la situación, acordaron dirigir tres telegramas, uno al Presidente de la República, otro múltiple a los ministros Rivadeneira y Chávez Cabello y otro, del mismo carácter, a los Doctores Alva y Cerro, con el fin de evitar el bombardeo de la ciudad, telegramas que se hicieron por mí mismo en una máquina. Al día siguiente, salí temprano y tomando un carro me dirigí hacia Mansiche y en el trayecto me encontré con el señor Edmundo Soyer, quien me pidió por favor conducir a suegro y cuñada a su casa, a lo que accedí gustosamente y dejándolos en su casa continué hacia Mansiche, parándome a inmediaciones a conversar con la señorita Tello, sobre la situación que se presentaba; en este momento aparecían nuevamente los aviones, por lo que procedí a guardar el auto bajo de unos ficus, después de esto se regresó a la ciudad, yendo a almorzar, donde se apareció el señor Ramón Ulloa, quien lo había visto pasar y que lo seguía para pedirle el servicio de conducirlo a la fábrica de cerveza de Dolmau, a lo que accedió gustosamente; una vez en dicho lugar, le ofreció almorzar, lo cual no aceptó, prefiriendo esperarlo unos cinco minutos y después lo condujo a su casa, donde lo dejó, continuado al restaurant de los Ñorcas a reunirse con sus amigos, a la vez que almorzar, una vez que terminó se dirigió al constado del Club Central dejando el

FMP 195


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

carro por temor de los aviones que aparecieron nuevamente, se dirigió a su casa, de la que no salió hasta el día miércoles trece, en la mañana, ya confiado en el bando que se publicó para el restablecimiento del orden, pero después de andar algunas cuadras se dirigió donde su tía, que a poco rato llegaron sus dos hermanos, trabándose una charla sobre la vida que había experimentado en esos días, pero esta fue interrumpida por la presencia de dos policías que acompañaban a un investigador, el cual lo reconoció de haber estado manejando carro en esos días, por cuyo motivo lo condujo preso, en cuya condición se encuentra hasta el presente”; (189 vuelta a 193). 78. Instructiva de Carmen P. Loayza, natural de Ancash, casado, con dos hijos, de veintisiete años de edad, dijo que no ha tomado parte en ninguno de los sucesos, que estuvo dedicado a sus labores, habiéndolo visto don Carlos Gracey y don Adolfo Luna Victoria, que trabajó hasta el domingo en la mañana; “que el día viernes en la noche, obligado por la fuerza aprista fue a Salaverry, con la máquina número veinte, con dos cañones de artillería y escoltado por cuatro apristas armados; además, la máquina jalaba dos coches y un carro donde iban muchos apristas armados; que estando en Salaverry llevaron la maquina hasta el muelle, donde desembarcaron los cañones, regresando a las once y media de la

196 FMP

noche; que entre los apristas armados pudo reconocer a un tal ( ) Postigo, a un tal Julio, a un tal Mariño, a los que lo podía reconocer en cualquier momento”; a la pregunta si sabe quiénes eran los jefes del movimiento aprista y que fin perseguían, dijo: “que el que ordenaba por teléfono la salida de las máquinas era el Prefecto Agustín Haya de la Torre, a quien conoció cuando lo trajeron a la Prefectura, donde se enteró que el Prefecto no quería que saliera Vásquez sino Romero, con cuyo efecto y acompañado de dos apristas fueron a la casa de Romero y lo trajeron a la estación, que estaba custodiada por tres guardias apristas, los cuales le dijeron que eran de Laredo; que el fin que perseguían, le dijeron, era la revolución del pueblo”. Que fue capturado por el sargento Luis Sánchez Córdova, que conoció en la portada de Moche; (fojas 193 vuelta a 194 vuelta). 79. Instructiva de Tomás Casuso Chavezta, natural de Chiclayo, de veintidós años, soltero, de oficio panadero, dijo que la noche del ataque al cuartel O’Dónovan se encontraba en la panadería de Fernando Chang...; que “poco más o menos a las dos de la mañana oyó disparos, pero no supo donde eran estos disparos”; que fue capturado por un teniente que venía con guardias…; “que vio efectivamente muchas personas pero que no pudo reconocerlas; que la masacre de la cárcel solo lo ha venido a conocer por periódico”; (fojas 195 a 196).


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

80. Instructiva de Enrique A. Morales Meléndez, natural de Ascope, de cuarenta y nueve años de edad, de oficio empleado, administrador del Club Central, dijo que fue padrino y asistió a un bautizo en la Iglesia San Agustín; “que se recogió a su casa a la una y media de la mañana, en unión de sus amigos..., sintieron disparos en la dirección del Cuartel O’Dónovan…”; dijo que “se enteró en el Club, por el portero Manuel Landaveri, de que habían tomado el Cuartel O’Dónovan, Prefectura, Comisaría, pero no supo quienes; que se enteró también que Agustín Haya de la Torre y Augusto Silva Solis eran Prefecto y Sub Prefecto, respectivamente...; que a la una de la mañana el Capitán Leoncio Rodríguez Manfurt le tocó la puerta de su casa y al salir el instruyente le presentó una orden del Vicepresidente de dicho Club, para que pusiera el Club a disposición de este Capitán, encargándole que se pusieran de acuerdo para resguardar algunos útiles.” Ante la pregunta que se le hace: Con qué número está afiliado usted en el partido aprista, dijo: “que no se acuerda del número, pero que hace tiempo rompió su carnet y que cree que esto fue después de las elecciones”; dijo, además, “que vio gente armada pero desconocida para el declarante”; que no conoció a ninguno de los ocupantes del Club Central. Ante la insistencia en la pregunta dice: “que si conoce a don Agustín Haya de la Torre y Víctor Augusto

Silva Solís, después agrega que también ha visto a un señor Matallana”; (fojas 196 vuelta a 199 vuelta). 81. Noe Agreda Cárdenas, natural de Trujillo, de ocupación mecánico, dice en su instructiva que no participó en ningún acto; (fojas 199 vuelta a 201). 82. Instructiva de Víctor Sánchez Ciudad; dijo que no participó en los hechos que se le pregunta, “a pesar de pertenecer al partido aprista”; “que vio una gran cantidad de gente armada y que el instruyente no reconoció a ninguno”; “el instruyente temía salir en virtud de haber caminado siempre con un señor Cedrón del partido Sánchez Cerrista”; ante la pregunta de quienes habían sido los jefes de este movimiento dijo: “que un Capitán Rodríguez Manfurt, Agustín Haya de la Torre, Augusto Silva Solís y que los dos últimos fueron Prefecto y Sub Prefecto, respectivamente”; (fojas 201 a 204). 83. Instructiva de Remigio Esquivel Diestro, se le tomó la declaración instructiva en el hospital Belén de Trujillo, natural de Santiago de Chuco, de cuarenta años, soltero, con cinco hijos, de oficio comerciante, católico; dijo: “no haber tomado participación en nada, a pesar de ser aprista”; a la pregunta “si no tiene algún cargo conferido por Agustín Haya de la Torre”, indicó que no; diga si recibió el documento que se le pone a la vista, firmado

FMP 197


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

por Agustín Haya de la Torre, nombrándolo comisario del Valle de Santa Catalina; “que no recibió”; “que el instruyente no ha estado armado, así tampoco ha estado en compañía de nadie.” “Negándose este encausado a declarar nada a pesar del documento comprobatorio de su participación”; (fojas 204 vuelta a 205).. 84. A fojas 207 obra un recibo firmado por Adolfo León: “He recibido del Instituto Moderno cuatro carabinas, por disposición del señor Prefecto Agustín Haya de la Torre, Winchester 52 calibre 22 y para constancia firmo el presente en presencia de dos testigos. Trujillo 7 de julio de 1932”. (Los fusiles entregados fueron los números 7450, 6604, 7648 y 7696). 85. A fojas 210 se encuentra el nombramiento de Remigio Esquivel: “Trujillo, 8 de julio de 1932. Señor Remigio Esquivel. Pte. Esta Prefectura, por resolución de la fecha, ha nombrado a Ud. Comisario del Valle de Santa Catalina, debiendo en consecuencia asumir inmediatamente las labores de su cargo y procurar que sus disposiciones sean cumplidas estrictamente. Atentamente de Ud.” firmado por Agustín Haya de la Torre. 86. Instructiva de Manuel Sánchez Ruiz, natural de la hacienda Roma, soltero, de veintiún años de edad y de oficio obrero; ante la imputación que se le hace: “Está Usted acusado de

198 FMP

ser autor del ataque al Cuartel de Artillería, así como de haber masacrado a los Jefes, Oficiales y Tropa en la cárcel pública de esta ciudad”, dijo: “que el instruyente no ha tomado participación en nada de estos actos”; “entonces explique por qué presenta la herida de bala que recibió el día siete”; dijo: “que el instruyente estuvo en Laredo en ese día, donde supo que su hermano, llamado Julio Sánchez Ruíz, había sido herido en este lugar, por lo que vino a verlo y que también fue herido cuando ya estuvo en esta ciudad, por la calle de la plaza nueva, donde lo recogió un camión de los revolucionarios, trayéndolo a este hospital; de su hermano Julio sabe que ha sido muerto.” Comentario del que recibe la declaración: “Este encausado niega su participación, lo que está comprobado con la muerte del hermano que cita”; (fojas 211 a 211 vuelta). 87. Instructiva de Lorenzo Arteaga y Cumplido, enfermo, herido de bala en el antebrazo derecho, natural de Huanchaco, de veintidós años, soltero y de oficio pintor; a la imputación “en compañía de quienes estuvo Usted en el ataque del Cuartel de la Artillería”, dijo: “que el instruyente no tomó parte; pues se levantó a las cinco de la mañana y se dirigió a la casa de su hermano en la calle nueva, donde fue herido por los revoltosos, que su hermano se llama Manuel, no teniendo más que decir, pues manifiesta que desde las seis de la mañana del día siete se encuentra en este hospital”.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Comentario del Juzgado: “Por la hora y día en que fue herido este Juzgado opina que este encausado tomó participación, pues la calle que nombra está a mucha distancia; además, no es posible que, a esa hora, sabiendo que había disparos casi en toda la población, el instruyente haya ido con el objeto que señala”; (fojas 211 vuelta a 212 vuelta). 88. Instructiva de Delfín Montoya Vílchez, herido de bala en el antebrazo izquierdo y costilla del mismo lado, de cincuenta años, natural de Usquil, soltero, con tres hijos, de oficio carpintero”; a la pregunta “qué participación tuvo usted en el ataque al Cuartel O’Dónovan y porque presenta las heridas”, dijo: “que el instruyente salió a las seis de la mañana de su casa, con dirección a la calle del ahorro, y un grupo de gente numerosa desembocaba hacia la placita del mercado, de la portada de la sierra y que estos le hicieron el alto al instruyente, insultándolo de viejo soplón y muchas interjecciones, disparándole y produciéndole las heridas que presenta; que no pudo reconocer a ninguno de los del grupo, pues era gente desconocida para el instruyente”. Hace presente que esto le sucedió el jueves siete y que no pertenece a ningún partido político, así como tampoco sabe quiénes hayan sido los directores, pero que desde días antes corría rumores que se iba levantar Chiclayo y Cajamarca; (fojas 212 vuelta a 213 vuelta).

89. Instructiva de Rosario Reyes Lara, enfermo, natural de Cajabamba, de veintiún años, casado, con dos hijos y de oficio trabajador de campo; a la pregunta “qué participación tuvo Usted en el ataque al Cuartel O’Dónovan y en compañía de quienes, así como quienes fueron los directores del movimiento”, dijo: “que el instruyente es peón de la hacienda Laredo, de donde salió muy temprano con el objeto de pagarle al farmacéutico Juan Quevedo, pagarle la cantidad de noventa centavos que le adeudaba, encontrando la botica cerrada todavía, que está en la portada de la sierra, entrada de la Hacienda Laredo y que fue herido junto a la capilla, por uno de los guardias civiles, que vino de Laredo en un automóvil, que no conoce el número del carro ni al chauffer”; precise si el carro era de la hacienda o de quién y con quienes vino, dijo: “que no conoce y que vino solo”; a la pregunta “qué gente y en qué número vinieron armados de Laredo, dijo “que vinieron ciento treinta hombres al mando de un tal Barreto de este lugar y que no conoce el nombre; que salieron de Laredo a las doce de la noche, se reconcentraron en este lugar en el campo de maniobras, que la puerta del cuartel estaba abierta, por la que penetraron y sorprendieron a la tropa, la que estaba durmiendo en sus cuadras; así mismo fue otro numeroso grupo de este lugar por la avenida O’Dónovan, que hacía un total de quinientos hombres más o

FMP 199


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

menos; que el instruyente salió herido y fue llevado a la casa de un señor Hoyle, que vive por los ( Masquientos), donde encontró también a un soldado herido del Regimiento, que la casa de este señor era la ambulancia donde varias mujeres atendían a los heridos que llegaban, donde había un médico blanco algo colorado que atendía a los heridos, que este movimiento fue hecho por todos los apristas”. “Después de haber firmado el declarante Rosario Reyes Lara, indicó al señor Juez que también el herido Manuel Sánchez tomó participación en el ataque”; (fojas 213 vuelta a 215). 90. Confrontación de los encausados Manuel Sánchez Ruíz y Rosario Reyes Lara. Manuel Sánchez dijo “que si vino de este lugar –Laredo- al mando de Barreto en número de cien más o menos”; cite los nombres: “José Santos Torres, Juan Peláez, Helí Polo, Herminio Llanos, José López, Segundo Tello, Candelario Chacón, Francisco Villanueva, Gilberto Ruiz, Segundo Ruiz, Ricardo (Grau), Mercedes Rabines y Julio Rodríguez, que no tiene más nombres que citar por no acordarse”; Rosario Reyes dijo: reconocer al herido Manuel Sánchez que es el mismo que vino con él de Laredo y atacaron el cuartel; por su parte Sánchez (Reyes) cita a los siguientes: “Raúl Vásquez, Santiago Vásquez, Juan Polo, Tomás Escalante, Luis Mendoza, Juan Eslava que hacía de Jefe, José Carrión, Roberto

200 FMP

Bernuy, Roberto Montoya, Monje Rabines, Pedro Obeso, Francisco Vásquez, Arturo Miñano”; (fojas 215 vuelta a 216). 91. Testimonial del cabo del Regimiento de Artillería número uno Julio Villar Heredia, natural de Lima, de 22 años de edad, soltero, de ocupación panadero. A la pregunta de qué servicio estuvo usted en la noche del seis del presente, dijo: “el declarante estuvo de guardia bajo las órdenes del Teniente Wilfredo Quezada; que esta guardia del Cuartel O’Dónovan estuvo formada por un Cabo y doce soldados y que estaba formada por grupos, pero de tres, que se relevaban estos grupos cada dos horas, comenzando el servicio de noche a las nueve, siendo para el último cuarto de tres horas, siendo la primera hora formada por el soldado Manuel Ríos, soldado Beltrán y otro más; segundo cuarto, soldado Santiago Gonzáles, Pablo Gutiérrez y el tercer grupo por Carlos Mannucci, Olaya y Manuel Tarazona”. Diga: quienes y a qué hora fue atacada la guardia del Cuartel; dijo: “que el declarante no recuerda a la hora que fue porque se encontraba durmiendo en la guardia de prevención; que, el declarante no llegó a practicar su servicio por la causa del ataque, que debía ser de tres de la mañana a seis; siendo el servicio del último grupo por el declarante, soldado Arturo Asto, Santiago Cabezas y Cristóbal Mattos; que con los disparos que sintió en el local en que estaba


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

durmiendo se despertó, pero no pudo tomar ninguna actitud por el fuego nutrido que sentía que hacían sobre ellos; que por esta causa el declarante se tendió al suelo y ordenó hacer lo mismo a los demás y callarse para evitar ser muertos; que el número de soldados en este momento eran doce; que cuando sintió que ya no había fuego sobre el cuarto de la guardia salió el declarante hacia fuera solo, siendo herido en este instante en el vientre; que, perdió el conocimiento, el que recuperó como a las cinco y media de la mañana y permaneció sin moverse hasta la hora que comenzaron a recoger los heridos y que fueron trasladados a una casa de un civil apellidado Hoyle, donde habían varias niñas, se le hizo la primera curación y después fueron trasladados a este hospital, donde permanece hasta la fecha”. Preguntado diga, donde se encontraba el oficial de guardia; dijo: “que hasta las nueve de la noche estuvo en su puesto, que después el declarante se fue a dormir con su guardia, habiendo dejado instalado la primera guardia”. Preguntado diga, que oficiales estuvieron presentes en ese momento; dijo: “que no llegó a verlos porque el declarante no pudo moverse”. Preguntado diga, a quienes de los atacantes reconoció usted; dijo: “que no reconoció a nadie porque al ser herido quedó privado”; (fojas 216 vuelta a 218). 92. Agustín Collantes Sifuentes, natural de Huamachuco, de 32 años de edad, soltero, con

dos hijos, de oficio calderero y residente en Laredo. A la pregunta: en compañía de quienes atacó el Cuartel O’Dónovan en la noche del seis del presente; dijo: “que no es cierto que el instruyente haya tomado parte en el ataque, pero que salió de Laredo, faltando veinte minutos para las cinco de la mañana, con dirección a la haciendita “Santa Rosa” y que en el camino lo hirieron tres hombres a quienes no conoce, diciéndole que era soplón de Laredo”; dijo “que no sabe nada relacionado con el asalto y masacre de los Jefes, Oficiales y tropa”; (fojas 219). 93. Instructiva de Federico Urquizo Jara, natural de Santiago de Chuco, de 24 años de edad, soltero y de oficio zapatero. A la pregunta, en compañía de quienes vino usted de la hacienda Laredo, bajo las órdenes de quien o quienes, para atacar el Cuartel de Artillería, en la noche del seis del presente; dijo: “que vino solo a horas cinco de la mañana, en vista de haberse declarado en huelga la gente de la hacienda, por lo que se vino sólo a esta ciudad”; diga por que presenta la herida de la pierna y quien lo hirió, dijo: “fue Miguel Chamanchumo, porque creían que el declarante era militar”; diga, al declararse en huelga la peonada de Laredo, cuanta gente vino a Trujillo; dijo: “que no sabe, así mismo dijo que ignora que hayan atacado el Cuartel O’Dónovan; así mismo no sabe quiénes lo hayan traído a este hospital”; (fojas 219 vuelta a 220). FMP 201


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

94. Instructiva de Ramón Mendoza Reyes, natural de Santiago de Chuco, con residencia en la hacienda Cartavio, de 22 años de edad, soltero y de oficio trabajador en el campo a la afirmación “está usted acusado de haber tomado parte en el ataque del Cuartel O’Dónovan en la mañana del siete del presente mes, así como de la masacre de los jefes, oficiales y tropa en cárcel pública de esta ciudad”; dijo: “que no es cierto que haya tomado parte en estos actos, pues el instruyente vino de Cartavio el día nueve del presente en un camión y que al llegar a la población fue herido estando el camión en marcha, que no sabe quién lo hirió; pues fue a las cuatro de la mañana”; diga como sabe la hora en que fue herido; dijo: “que supo por el chauffer Segundo Mercado, quien lo llevó así herido a la Prefectura y traído en brazos al hospital”; diga, a quienes vio usted en la prefectura, dijo: “que vio a civiles armados a quienes no conoce”, firmó la declaración a ruego del declarante el guardia civil José Espinoza Valdivia; (fojas 220 vuelta a 221). 95. Instructiva de Félix Sánchez Ulloa, natural de Calipuy, de 25 años de edad, soltero y de oficio agricultor. Diga donde se encontraba en la noche del seis del presente mes; dijo: “en el caserío de Huamán, de donde vino el siete a las siete de la mañana, con una carga de junco, que llegó a su casa en la calle Grau, que

202 FMP

salió a la plaza a las nueve con el objeto de hacer compras, que en este acto fue herido, sin saber cómo, pues no vio a ninguna persona armada; después fue traído al hospital por dos personas, a quienes no conoce; que una vez curado lo llevaron a su casa, los mismos que lo habían traído, en vista de no haber cama desocupada y al día siguiente ocho, vino en un carro que pasó por la puerta de su casa”; que no tomó parte en los hechos y no vio a nadie armado; (fojas 221 vuelta a 222). 96. Instructiva de Víctor Cáceres, de 34 años de edad, soltero, natural de Trujillo y de oficio empleado; a la imputación de estar acusado de haber tomado parte en el ataque al cuartel O’Dónovan, así como de la masacre de los jefes, oficiales y tropa; dijo: “que el instruyente no ha tomado parte en nada, así también ignora quienes hayan sido, pues el instruyente, el día nueve, en la madrugada, como a las tres, fue herido en su casa, en la puerta, por los apristas”. Primeramente, dijo que había sido herido al ir a componer la línea telefónica, porque le avisó su compañero Anastasio Choco, ahora dice que no compuso nada, cayendo en contradicción; diga a quienes vio con armas desde el día siete hasta que fue herido; dijo: “que no ha visto a nadie”. Dijo que el jefe del movimiento fue Agustín Haya de la Torre, que ignora quienes hayan sido los ejecutores de la masacre; (fojas 223).


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

97. Instructiva de Octavio Chávez Delgado, natural de Pacasmayo, de 22 años, soltero y de oficio carpintero; el juez le dijo está usted acusado de haber tomado parte en el ataque del Cuartel O’Dónovan, diga bajo las órdenes de quienes; dijo: “que no ha tomado parte en este asalto”; entonces diga cómo explica la herida que tiene, dijo: “que el instruyente vive en la Alameda O’Dónovan como a cinco cuadras del cuartel y que al oír los disparos, poco más o menos a las cinco de la mañana, salió de su casa por curiosidad, que en esos momento vio una gran cantidad de gente de Laredo, que pasaban para el cuartel O’Dónovan, en estas circunstancias hubo un disparo, al que contestaron los apristas cayéndole un tiro al instruyente y que él fue el primer herido que llegó al hospital; pues los demás heridos del O’Dónovan, eran curados en la casa Hoyle, que esto lo supo aquí en el hospital por el Cabo Villar, del Regimiento de Artillería, haciendo presente que se encuentra en este hospital desde el día siete; (fojas 224 a 225). 98. Instructiva de Julio Eduardo Puente Urquiaga, natural de Trujillo, de 38 años de edad, casado, con 7 hijos y de ocupación comerciante. A la afirmación está usted acusado de haber tomado parte activa en el ataque al Cuartel O’Dónovan, así como de haber instigado para la masacre de los jefes y oficiales, perpetrados en la cárcel pública de este lugar;

dijo: “que es un chisme lugareño y de origen criminal de que se me imputa, como voy a probarlo por mi actitud que como patriota y peruano e cumplido, quizás como ninguno de los civiles de Trujillo. A las seis de la mañana del día siete fui despertado por la servidumbre de la casa”. Diga cómo es que se despertó a las seis de la mañana, cuando desde las doce de la noche se hacía fuego en todas direcciones; dijo: “que el declarante no supo hasta las seis de la mañana (de los hechos que se investigan); enterado de lo que se trataba, por la servidumbre de la casa, avisé inmediatamente al comandante Rubén Del Castillo, que ocupa la casa vecina de mi propiedad como Jefatura Departamental. De primera intención el comandante se dirigió a la Prefectura del Departamento y el declarante en busca de noticias verídicas me trasladé a la esquina de la cuadra, en compañía del señor Enrique Chávez Cabello, en este momento, una banda de forajidos asaltó el local de la Jefatura, llevándose munición y armamento, cosa que inmediatamente comuniqué al comandante Del Castillo por teléfono, quién inmediatamente se constituyó a constatar el hecho. En este momento se presentó una turba de gentes a tomarlo prisionero, fue entonces que me vi obligado a asilarlo en mi casa, la que constantemente fue asediada; corriendo el consiguiente peligro, tanto yo como mi familia, de ser vejada por los asesinos, fue así

FMP 203


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

como cumpliendo con un deber patriótico pude salvar la vida a un digno jefe del Ejército, que hoy tendríamos que lamentar. Para demostrar más mi inocencia en estos salvajes atentados, fui comisionado por el comandante Del Castillo para entrevistarme con el Prefecto La Riva, pidiendo una dotación de cien hombres para debelar este movimiento, contestándole que eso era imposible porque también estaba aislado, poniendo como testigos de estos hechos al comandante Del Castillo y al doctor La Riva y quiero hacer presente, de manera especial, como patriota y peruano, que protesto de los horrorosos crímenes cometidos por los apristas a los Jefes y Oficiales del Regimiento”. Preguntado: precise que personas han dirigido este movimiento, así como a los que vio armados con fusiles del Estado; dijo: “que era voz pópuli que el autor de este movimiento ha sido un individuo apodado “Búfalo” y las autoridades, que todos conocemos por los diarios de la localidad, fueron Agustín Haya de la Torre como Prefecto y Víctor Augusto Silva Solis como Sub Prefecto. En cuanto a las personas armadas que recorrían la población era gente de la hacienda Laredo y gente baja de este lugar, a las que no puedo identificar”. Preguntado diga por que causa no se entrevistó con Haya de la Torre para poder salvar la vida de los jefes y oficiales masacrados, cuyo acto condena usted; dijo: “Porque estaba aislado en mi casa

204 FMP

ni saber la forma como actuaban estas autoridades, de lo contrario hubiera procedido en la misma forma que lo hice con el comandante Rubén Del Castillo”; (fojas 225 a 228). 99. Instructiva de Rosas Villanueva Vargas, natural de Huari, departamento de Ancash, residente en Queruvilca, de tránsito en esta ciudad, casado, con 4 hijos, de ocupación empleado del gobierno y católico. El señor juez le manifestó de estar acusado de los delitos de ataque al Cuartel O’Dónovan, puestos de policía y como masacrador de la cárcel de esta ciudad; dijo: “yo no he tomado parte en ninguno de estos hechos, vine de Queruvilca el dos de julio último a esta ciudad, por tercera vez, con el objeto de vender jamón que yo fabrico, alojándome en el hotel del señor Kemper, cuarto número tres. El día jueves salí del hotel a las diez de la mañana para cobrar al señor Callegari y ya desde las ocho tenía conocimiento que los revoltosos apristas habían tomado el Cuartel O’Dónovan; que en circunstancias en que se encontraba frente a la casa Callegari pasó un carro con apristas, quienes lo tomaron preso, preguntándole de donde era, y a la contestación que le diera de ser de Queruvilca, dijeron este viejo es bueno para alcaide y que lo trajeron a la plaza de armas, llegando en los momentos que salía otro grupo de apristas de la Prefectura, con dirección a la cárcel; un desconocido del grupo, dirigiéndose a él, le dijo “va ir usted de


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

alcaide de la cárcel”, protestó y entonces varios lo llevaron a la fuerza; al llegar a la cárcel, jugaban todos los presos, le presentaron al alcaide León y la gente se desparpajaban sin que los que ingresaban hicieran por contenerlos y todos salían vivando al apra. Encontró en la primera pieza de la derecha al ex alcaide León y mientras se arreglaba la dimisión de éste, sus acompañantes lo pusieron en una habitación de la derecha, oficina del ex alcaide, donde los apristas le dijeron, “quédate aquí que el apra ha ganado en Lima”. Sus apresadores conferenciaron con León y acordaron de común acuerdo entregar el puesto al declarante y se firmó un documento que quedó en poder de León, esto pasaba de once a doce del día. Le pusieron como ayudante a un tal Icochea y Mannucci, indicándole a León que se quedara para que le diera instrucciones al declarante; los cuatro han estado actuando en la administración de la cárcel, donde sólo había en ese momento seis presos paisanos: Arturo Paredes Villanueva y los otros cuyos nombres constan en el documento entregado a León, había tres guardias apristas abajo y tres en los techos armados con carabinas, cuyos nombres no sabe, pero que los conoce de vista. Los primeros presos que llegaron a la una de la tarde fueron catorce prisioneros del Cuartel O’Dónovan, soldados de artillería número uno, los que fueron colocados en el canchón, a continuación ingresó el teniente

Villanueva, escoltado por seis apristas armados, colocándolo en el segundo cuarto de la mano izquierda, después llegaron tres telegrafistas que iban a Cajamarca, después llegó el gobernador de Salaverry Fernando Nuelly junto con el señor Donaire, que tiene un restaurante en el hotel Astro. Eran las cuatro de la tarde, en seguida llegaron veintitrés guardias civiles que fueron llevados por el capitán Rodríguez Manfurt, jefe de la Plaza, los guardias lo llevaron al cuarto llamado la “Siberia”, indicando “el citado capitán en este sitio, para que les caigan las bombas de los aviones”. La noche del jueves se pasó normalmente, León estuvo hasta las siete de la noche y yo me quedé con Icochea. El día viernes a las diez de la mañana llegaron doce presos paisanos, llevados por un grupo de apristas armados, colocándolos, por indicación de Mannucci, en la primera habitación que se mira al frente, en el callejón de la derecha y más tarde, Mannucci encerró en el segundo calabozo de dicha habitación a tres de estos presos, llamándolos “pájaros de cuenta”; a las once ingresó otro grupo de apristas armados llevando al investigador Cárdenas, quien estaba golpeado del rostro y conversando con él le dijo: que lo habían puesto en ese estado sus apresadores como consecuencia del puesto que desempeñaba, colocándolo también, por indicación de Mannucci, en la sala junto con los prisioneros; a las seis de la tarde el

FMP 205


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

prefecto aprista Haya de la Torre mandó por el investigador Cárdenas y al salir, el declarante le dijo: “ya se salvó usted”, contestándole: “yo también he servido al señor Haya”. Posteriormente otro grupo de apristas llevó a dos guardias civiles, colocándolos en el cuarto de reja que hay volteando a la izquierda, por el callejón de la derecha, al frente; después llegaron catorce presos guardias civiles de Salaverry, colocándolos junto con los otros guardias en las dos habitaciones que hay en el callejón de la derecha, había dos guardias presos... el otro gordo creo que era el jefe de la guardia civil, ambos fueron llevados por los apristas. La noche pasó tranquila. El día sábado, a las nueve de la mañana, se presentó en la cárcel el subprefecto aprista Augusto Silva Solis, uniformado de mayor, visitando de cuarto en cuarto a los presos; el señor Silva sacó al guardia civil Feliciano Campo, por indicación del declarante al señor Donaire, y a seis u ocho guardias civiles, entre ellos, a un Flores, vestidos de paisanos para que hagan el servicio; que en esto llegó el capitán Rodríguez Manfurt, quien, de acuerdo con Silva Solis, ordenaron que si los presos fugaban les metieran fuego; que se separó el declarante de la cárcel a la una de la tarde, dejando a cargo de ella a Mannucci y a Icochea, no regresando más; que su jefe inmediato en el puesto que tiene en Queruvilca es don Julio Tapia Jiménez; que cuando el investigador Cárdenas

206 FMP

regresó ya no estaba en la cárcel; que cuando salió tomó dos tazas de leche en el Ucayali, de donde se fue al hotel, no saliendo más, como lo puede testificar el señor Kemper; agrega que cuando estuvo en la cárcel trató a los presos con la mayor consideración, como lo puede decir el señor Donaire... y el mismo investigador Cárdenas”. Preguntado diga si da razón como se realizó el fusilamiento y masacre de los presos en la cárcel; dijo: “que no sabe nada”. Preguntado si sabía de los preparativos para el fusilamiento de los presos; dijo: “la noche del viernes oyó que los apristas, que hacían guardia en la cárcel, dijeron que iban a venir doscientos guardias apristas a matar a los presos”; (fojas 228 vuelta a 243) 100. Instructiva de Francisco Orbegozo Carranza, natural de Otuzco, residente en Trujillo, soltero, con tres hijos y treinta y cuatro años de edad, trabajador de la cervecería Dolman. El señor Juez le hizo saber que estaba acusado del asalto al Cuartel O’Dónovan, puesto de policía y masacre de la cárcel; dijo: “En la mañana del siete y a horas seis más o menos, se oyó gran cantidad de disparos en la dirección del Cuartel O’Dónovan, motivo que no le permitió salir a su trabajo, procurando más bien proveerse de víveres para el sostenimiento de su casa, de la que no salió hasta el día miércoles trece, en que se dirigió a su trabajo, confiado en que las tropas del gobierno habían restablecido el orden, pero a las cinco de


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

la tarde se presentaron a la fábrica dos sargentos de la Artillería número uno y lo apresaron a él, a su hermano Agustín Baquedano, Pablo Vidal, Fortunato López y Epifanio Morán, con todos los cuales fue reducido a prisión, que no sabe el motivo por el cual se encuentra detenido y que tampoco supo del ataque a los puestos de policía y masacre de la cárcel, sino el día trece que salió a su trabajo, donde oyó decir de tales sucesos que hasta esa fecha los ignoraba…”; dijo: “que supo que el jefe del movimiento fue Agustín Haya de la Torre y Silva Solis su segundo y no sabe sobre el fin que perseguían.” A la pregunta si conoce a los sargentos de artillería que lo apresaron o si media con ellos amistad o enemistad; dijo: “que no sabe el nombre de ellos, pero que los conoce de vista y que menos puede tener amistad con ellos”; (fojas 244). 101. Instructiva de Agustín Baquedano Carranza, natural de Trujillo, con tres hijos, de profesión chofer de la fábrica de cerveza Dolman, de 27 años de edad, católico. El señor Juez le hizo saber que estaba acusado del asalto del cuartel O’Dónovan, puesto de policía así como de la masacre perpetrada en la cárcel, exhortándolo para diga la verdad, sobre la forma que tomó parte y todo lo que supo respecto a estos delitos; dijo: “que el día siete, habiéndose levantado a las seis de la mañana, salió a la puerta de su casa, donde pudo ver tropeles de gente que se dirigían en distintas

direcciones; que a pesar de esto y haber sentido muchos disparos en la dirección del cuartel, salió a su trabajo, a la fábrica, donde le dijeron que posiblemente no habían labores, tanto por las bullas como falta de guías de la cerveza que solía llevar a Laredo; que se regresó a su casa, donde se recluyó hasta el día siguiente a las ocho, que se dirigió a la fábrica donde tampoco había labor; que en este lugar se encontró con su hermano Francisco Orbegozo, quien le manifestó que el señor Francisco Dolman había ordenado colocar los fardos de cerveza tras de las puertas, a fin de no permitir que fueran abiertas por los revolucionarios; que después de esto apareció el señor Dolman, quien desistió dicha orden, dirigiéndose el declarante a su casa hasta el día siguiente, que concurrió a la fábrica, manifestándole el señor Dolman que le habían sacado su carro los revoltosos y que era necesario poner a salvo los camiones, sacándoles el lápiz del magneto a dos y el radiador al tercero para impedir que corrieran el peligro del otro carro, a lo que procedió después de una fuerte faena que terminó a las doce, hora en que se dirigió a su casa, de donde no salió hasta el día miércoles trece que fue a la fábrica, pero a horas cinco de la tarde se presentaron dos guardias civiles en busca del ex empleado Arona de la Caja de Depósitos, contestándoles los jefes que ese empleado no era permanente en la fábrica y que no sabían dónde

FMP 207


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

vivía; poco después aparecieron un sargento de la Artillería y varios soldados en busca de Fortunato López, el que se presentó diciendo que él no había tomado participación alguna, de la cual sabía su patrón, pero insistiendo el sargento y los soldados apresaron a López, al declarante, a su hermano Orbegozo, Epifanio Morán, Pablo Vidal y los condujeron al cuartel de la Artillería; que fueron trasladados a la Prefectura, a hora siete de la noche, donde permanece hasta la presente.” A la pregunta si conoce o sabe quiénes fueron los jefes del movimiento, que fin perseguían, si conoció al sargento que lo apresó y soldados que lo acompañaban y si ha tenido con ellos rivalidades o amistad; dijo: “que oyó decir por su barrio que Agustín Haya de la Torre se había hecho cargo de la Prefectura y Silva Solis de la Sub Prefectura, que no sabe el fin que perseguían, que él no conoce al sargento que lo apresó ni soldados y que menos puede haber tenido amistad o rivalidad con ellos”; (fojas 245 a 246). 102. Instructiva de Epifanio Morán, natural de Pacasmayo, residente en Trujillo, de 25 años de edad, soltero con un hijo, trabajador en la fábrica de cerveza (Dolman), de religión católica. El señor juez le hizo saber que estaba acusado del asalto del cuartel O’Dónovan, puesto de policía y masacre de la cárcel y exhortando para diga la verdad de todo lo que supiere y haya visto sobre los delitos que se imputan;

208 FMP

dijo: “que él estaba en su casa durmiendo, cuando más o menos a las dos de la mañana, oyó muchas detonaciones por la alameda del Cuartel, pero que no se atrevió a salir hasta las ocho de la mañana, en que se dirigió a la fábrica de cerveza Dolman, en busca de noticias que no los pudo conseguir, saliendo de esta fábrica en dirección a su casa donde permaneció hasta el día siguiente, a horas once, que determinó trasladarse a la casa del panadero Solis, por creerla más segura para la vida de él y su familia; que en dicha panadería permaneció todo ese día y el día siguiente sábado, pero determinó ir él a dormir a la fábrica, puesto que a su familia la tenía segura en la panadería; que el día siguiente, domingo, estuvo por ratos en la fábrica y entre esta y su casa hasta el trece; que a las cinco de este último día se presentó dos comisiones de policía; que la segunda compuesta de un sargento de artillería y varios soldados, determinó reducirlos a prisión, al declarante y compañeros Fortunato López, el que fue solicitado en primer término por la policía, el mismo que ha sido puesto en libertad, según me han dicho, los demás son Agustín Baquedano, Pablo Vidal y Francisco Orbegoso, los cuales permanecemos detenidos hasta la presente”. A la pregunta quienes eran los jefes del movimiento, que fin perseguían y a que atribuye su prisión, dijo: “que él, en su modesta condición, no puede alcanzar a saber estas cosas, de los cuales es


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

completamente ajeno y que el atribuye su prisión por ser compañero de trabajo de López”; (fojas 246 vuelta a 247). 103. Instructiva de Pablo Vidal Mariño, natural de Salpo, residente en esta ciudad, trabajador en la fábrica de cerveza (Dolman), de treinta y dos años de edad, soltero, con cinco hijos, de religión católica; El señor juez le hizo saber que estaba acusado del ataque al cuartel O’Dónovan, puestos de policía y actos sangrientos de la cárcel, exhortándolo para que diga la verdad sobre los hechos que se le imputan; dijo: “que el día siete, a horas siete y media, se dirigió a la fábrica donde trabaja, con el fin de emprender sus labores; que el señor Dolman le dijo que no podía haber trabajo porque era exponerse y que solamente se concrete a dar presión de temperatura a las codejas, dirigiéndose seguidamente a su casa, donde permaneció hasta el día siguiente ocho; que más o menos a la misma hora se dirigió a la fábrica para vigilar su trabajo de codejas, demorándose hasta las diez y cuarto, en que se dirigió a su casa, en la que permaneció hasta el día nueve; que el día diez, a las ocho de la mañana, volvió a la fábrica, al trabajo de codejas, saliendo a las diez y media con dirección a su casa, hasta el día siguiente, en la misma forma anterior, atendió su trabajo y regresaba a su casa, pero en la tarde del día trece llegaron dos comisiones de policías; que la segunda, compuesta de un sargento de

artillería y varios soldados, llegaron a la fábrica en busca del trabajador Fortunato López, el cual se presentó, y conjuntamente con él lo trajeron preso al declarante, en compañía de Epifanio Morán, Francisco Orbegoso y Agustín Baquedano; que tiene conocimiento que López ha sido puesto en libertad, pero que él y sus compañeros permanecen hasta la presente detenidos”. Si tiene conocimiento quienes encabezaban el movimiento revolucionario y que fin perseguían; dijo: “que después de todo ha llegado a saber que todos los jefes de la revolución estaban presos, entre ellos Agustín Haya de la Torre, Silva Solis y que no sabe qué fin llevaba el movimiento revolucionario”. Si conoce al sargento y soldados que lo apresaron, que si sabe que López estuviera comprometido con los revoltosos o que hubiera hecho fuego; dijo: “que él no conoce al Sargento ni soldados que los apresaron ni el motivo de tal prisión, que a López lo ha visto en la fábrica siempre que iba a ella, que no pudo notar que tuviera arma ni tendencias de revoltoso”; (fojas 247 vuelta a 248). 104. Instructiva de Francisco Gutiérrez Paredes, natural de Huamachuco, residente en Trujillo, trabajador en la fábrica Dolman, de 28 años de edad, casado, con tres hijos, católico. El señor juez le hizo saber que está acusado de los graves sucesos que pesan sobre él y que son: asalto al cuartel O’Dónovan, cuarteles de policía y masacre de la cárcel y lo exhorta FMP 209


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

para que diga verdad sobre las acusaciones que se le atribuyen; dijo: “que por estar enfermo con la gripe desde el día cuatro, no concurrió a la fábrica a pesar de que su patrón lo hizo llamar los días cuatro y cinco; que en esta condición ha permanecido hasta el jueves catorce, día en que más o menos a las seis de la tarde, se presentó un sargento del once acompañado de un soldado, quien lo intimó darse preso sin explicarle el motivo y que también trajeron a su primo Domingo Gutiérrez Pérez, quien estaba alojado en su casa, por haber venido de Sayapuyo a efectuar negocios en esta y que en esta condición de detenido se encuentra hasta la fecha, sin saber el motivo de su prisión; que de su comportamiento como de su verdad, puede certificar su patrón señor Dolman, no teniendo más que declarar por ignorar todo lo que ha ocurrido”; (fojas 249). 105. Instructiva de Domingo Gutiérrez Pérez, natural de Huamachuco, de tránsito en esta ciudad, de 34 años de edad, viudo, con un hijo, católico, empleado. El señor Juez le hizo saber que estaba acusado del asalto del cuartel O’Dónovan, puestos de policía y masacre de la cárcel, exhortando para que diga la verdad de todo lo que supiese al respecto; dijo: “que el salió de Sayapuyo el primero de julio, para efectuar un contrato con la Caja de Depósitos y Consignaciones, sobre el cobro de rodaje en la carretera de Huayday a Simbón, en una

210 FMP

garita llamada “Gras”; que los días cuatro, cinco y seis arregló la póliza de fianza y demás documentación que acreditaba su empleo, disponiéndose para marchar el jueves siete, día que multitudes de hombres armados y desarmados recorrían la alameda del Ejército, lo que pudo ver, puesto que estaba alojado en la casa de su primo Francisco Gutiérrez, la que queda en dicha alameda, optando el declarante por no salir de la casa hasta que calmaran las bullas; en esta disposición ha permanecido hasta el jueves catorce en que llegó a la casa un sargento y un soldado, a quienes no conoce, diciéndole que debían acompañarlo para dar una declaración; el declarante contestó su condición, contestándole el sargento que hoy se esclarecería y trayéndolo en compañía de su primo permanecen detenidos hasta la presente...; que ignora por completo de todo lo ocurrido, que no tiene vinculación política ni particular con nadie y que el objeto de su venida a Trujillo fue única y exclusivamente el tomar posesión de su cargo”; (fojas 249 a 250). 106. Instructiva de Sixto Cáceres Yépez, natural de Sausal, residente en Trujillo, de 18 años de edad, soltero, sin hijos, de profesión empleado doméstico, católico. El señor juez le hizo saber que estaba acusado del delito de ataque al cuartel O’Dónovan, puestos de policía y cárcel pública, exhortándole para que diga la verdad sobre los cargos que le recaen;


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

dijo: “que él, como sirviente de don Eduardo Gonzales (Orrego), atendía la parte de sus labores que tenía encomendadas en las horas de la mañana y tarde, después de los cuales concurría a tomar sus alimentos a su casa, que está en el barrio de Chicago y que las noches las pasaba en la casa de su empleo, que en esta forma ha transcurrido hasta el día martes doce, en que al dirigirse a comer a su casa, fue detenido por un policía al que no conoce y diciéndole que si tenía armas, que si había estado metido con los revoltosos, a lo que contesté que jamás me inmiscuía en asuntos de esta clase, que yo estaba concretado a la atención de mi empleo…, que mis patrones Horacio Rubio, doctor Solórzano, la señorita Isabel podían certificar sobre mi comportamiento y la presente declaración, que es la veracidad de mi conducta en los días de los movimientos revolucionarios…; que no puede dar razón de otras cosas, por cuanto no le interesaba ni la sabe”; (fojas 250 vuelta y 251). 107. Instructiva de Isaac Luna y Luna, natural de Chicamita, residente en Trujillo, de 18 años de edad, doméstico de Pedro Isaías Mantilla, soltero, sin hijos, católico. El señor juez le hizo conocer las acusaciones de que es objeto como asalto al cuartel O’Dónovan, puestos de policía y masacre de la cárcel, exhortándole para que diga la verdad sobre los cargos que le atribuyen; dijo: “que él, como sirviente del

señor Mantilla, ha permanecido de orden de este sin salir de la casa, concretándose a sus obligaciones de criado y que así han transcurrido los días siete, ocho, nueve, diez y once, hasta el día doce que sabedor de que todo había terminado, salió a la calle dirigiéndose a la plaza del mercado, parándose en una de las esquinas, donde se llegó un policía a quien no conoce y le dijo que lo siguiera, reduciéndolo a prisión en la Prefectura, sin que el declarante sepa los móviles de tal (detención) y que en esta condición permanece en esta fecha en que se le llama a declarar; que él no sabe ni conoce, por sus condiciones de sirviente, nada de política y de lo que haya ocurrido hasta la fecha”; (fojas 251 vuelta a 252). 108. Testimonial de Manuel Dulanto, quien debe prestar declaración por una cita que hace a su persona el detenido ingeniero Alberto Novoa. Si conoce al ingeniero Alberto Novoa y que participación ha tenido en los últimos movimientos subversivos; dijo: “que si lo conoce por ser vecino y porque el cómo vacunador veterinario ha tenido que concurrir al fundo “El Palmo”, propiedad del hermano Felipe Novoa y que con esta ocasión lo ha conocido sin que medie mayor motivo para esto; que no sabe qué participación haya tenido en el movimiento subversivo Alberto Novoa, a quien siempre que en esos días salía a mi puerta, por curiosidad, lo veía parado en la FMP 211


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

suya; que también notó que recibía y despachaba a los lecheros, que probablemente venían del Palmo”; si tiene algo más que decir sobre el comportamiento de Alberto Novoa, sus tendencias políticas; dijo: “que hasta la presente ha notado en él una persona bastante tranquila a la vez que culto, pues sabe que últimamente vino de Estados Unidos con motivo de la muerte de su padre, que es todo lo que sabe con respecto a Alberto Novoa”; (fojas 253 vuelta a 253). 109. Instructiva de Gustavo Lora, natural de Otuzco, residente en Trujillo, de 16 años de edad, soltero, católico, ayudante de albañil, sin hijos, que no ha sido enjuiciado ni preso. El señor juez le hizo saber las graves acusaciones de que es objeto y que son: el asalto del cuartel O’Dónovan, puestos de policía y masacre de la cárcel, exhortándolo para la verdad en todo lo que supiere o haya oído decir al respecto; dijo: “que el día siete salió a su trabajo, a la construcción Jacobs, pero que no encontró trabajo por las novedades que ocurrían en el cuartel O’ Donovan; que a poco llegó el contratista señor Barriga y hablando con el señor Jacobs acordaron suspender los trabajos, en vista de lo cual se dirigió a la casa del señor Grijalba, a donde también se le ocupaba en arreglar la huerta, siendo a la vez la madre del declarante la cocinera de esa casa; que el día siete continuó con esa casa hasta las nueve, hora en salió en compañía de su

212 FMP

mamá en dirección de su tía Angélica Lavoleta, que vive en la portada de la sierra, en cuya casa durmió; que al día siguiente salió con dirección a su trabajo, que no había labores y caminó por diferentes calles hasta las once y media de la mañana, en que fue a almorzar a la casa del señor Grijalba, cuya puerta encontró cerrada, dirigiéndose entonces por la calle del comercio hasta el Club Central y parándose en la esquina pasó una señora, a la que no conoce, que le solicitó que le cargara una canasta que contenía víveres, al interior del Club Central; que después de esto, la misma señora lo ocupó en hacerle traer agua del interior de ese local y saliendo el declarante al patio principal se puso a observar el gran movimiento de hombres armados, desconocidos para él, y como notara que había un teléfono, se le ocurrió hablar por el a la oficina del señor Grijalba, solicitándole ir a almorzar a su casa, respondiéndole que no había inconveniente, que se fuera inmediatamente, donde permaneció hasta el día siguiente nueve, a horas cinco y media de la tarde, en que se dirigió a la casa del señor Jacobs, para cobrarle sus días de trabajo, pero no encontrándolo se dirigió de regreso a la casa del señor Grijalba, cuya puerta encontró cerrada, este motivo le sugirió hablar por el teléfono del Club Central, como lo había hecho antes, pero no lo dejaron entrar hombres armados, que hacían la guardia en esa puerta, llegando poco después


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

un camión en el que conducían varias cajas de fierro, a lo que se acomidió ayudando a bajarlos, a fin de tener oportunidad de entrar al local, para hablar por teléfono, cosa que no consiguió fácilmente porque lo botaban; que después de esto persistió en el cargeo de cajas de fierro, lo que le dio la oportunidad de entrar a hablar por teléfono, pero no encontrándolo donde lo había dejado, le preguntó a un injertito, a quien lo podía reconocer si lo viera, diciéndole este que el teléfono está sobre una mesa en ese cuarto, señalándole con la mano y dirigiéndose a él habló a la casa del señor Grijalba, solicitándole si podía ir a dormir a su casa, a lo que accedió diciéndole vente inmediatamente, llegando más o menos a la diez y media de la noche, donde pasó la noche hasta el día domingo a las ocho de la mañana, hora en que salió encaminándose por la calle del comercio y encontrándose con su compañero de trabajo que se llama Gavilán, el que le manifestó que el hijo del señor Jacobs estaba pagando; que en efecto se dirigió y tocando la puerta cobró sus dos días de trabajo, regresando inmediatamente a la casa del señor Grijalba, de donde no salió hasta el jueves catorce en que llegó el señor Sub Prefecto y después de hablar con el señor Grijalba, que este le dijo anda da tu declaración de lo que hablaste todas estas noches por teléfono, lo trajo el señor Sub Prefecto, ordenando su detención hasta la presente..., que no ha

reconocido a nadie en el corto tiempo de cinco meses que permanece en Trujillo, no tiene amistades y es poco conocedor de la gente de esta ciudad…, oyó decir que los jefes- de la revolución- eran Agustín Haya de la Torre y Silva Solis y no sabe que perseguían”; (fojas 253 a 255). 110. Instructiva de Segundo E. Quiroz L., natural de Trujillo, de 20 años de edad, soltero, sin hijos, de profesión estudiante; dijo: que vive en la portada de la sierra y que el día siete a horas nueve de la mañana le llamó la atención la bulla en la calle, donde pudo ver en la avenida del Ejército el desfile del populacho “que venían hacia la población con todo el armamento de la artillería y jalando los cañones”; “que el día viernes ocho salió a la plaza de armas y a eso de la una y quince minutos en que regresaba a su casa, aparecieron aviones; que el 17 se presentó a su casa un cabo del regimiento número uno con dos soldados y luego de registrar su casa le ordenó que lo siguiera; que sabe por diarios que el jefe del movimiento fue Risco Barreto (Barreto Risco, “alias” Búfalo) y un tal Calderón, los que asaltaron el cuartel O’Dónovan y el jefe de todo el movimiento era Agustín Haya de la Torre y que el fin que llevaban era derrocar al gobierno”; (fojas 255 vuelta a 257). 111. Instructiva de Eleodoro Barrantes Cipirán, natural de Paiján, resiente en Trujillo, 53

FMP 213


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

años de edad, viudo, con 8 hijos; “que oyó decir que el hijo de don Eloy Cueva era uno de los jefes que combatió en Casa Grande, el mismo que responde al nombre de Lucio Cueva y que también sabe que el cabecilla que atacó el cuartel fue Barreto”; (fojas 257 vuelta a 258 vuelta). 112. Instructiva de José Fernández, natural de Malabrigo, de 64 años de edad, con cinco hijos, agricultor. No refiere nada importante; (fojas 258 vuelta a 259 vuelta). 113. Instructiva de Segundo Luis Sandoval O., natural de Trujillo, de 28 años de edad, casado, con dos hijos, de profesión empleado. El día siete, a horas diez de la mañana vio “que por el jirón independencia venían hacia la plaza gran cantidad de gente disparando”; que vio al señor Francisco del Campo interrogando a unos jóvenes que pasaban en un carro: “como sigue, como va… a lo que contestaron que estaban en todo el tiroteo...”; poco después bajaba un Oficial, el que después de pasar un trecho…, el señor del Campo manifestó a sus amigos “que era el Capitán armero que acababa de llegar de Salaverry y que venía en ese momento del cuartel O’Dónovan, de ver que los heridos se desangraban sin auxilio de ninguna clase y que se dirigía a la Prefectura, para que resolvieran algo al respecto”; se paró a observar en dirección a la calle Independencia, hacia el cuartel, donde notó que

214 FMP

gran cantidad de gente armada se venía hacia la plaza, luego notó, que ese grupo se paró en la puerta del “Cuartel de Seguridad”, intensificándose en ese lugar las descargas y para evitar que las balas lo tocaran se colocó tras de la esquina de la Beneficiencia, donde siguió observando por espacio de veinte minutos poco más o menos, después de cuyo tiempo llegaron los facciosos a la plaza y colocando los cañones frente a la catedral apuntaban hacia la Prefectura; que, después de esto, salieron de ese grupo cinco individuos con dirección a la Prefectura, entre los que pudo reconocer al señor Haya de la Torre, Silva Solis, a un joven Galarreta y que a los demás no los conoce; que, después de penetrar estos señores a la Prefectura, notó que habían puesto una banderita blanca en el hasta; después de un gran rato, notó que otro grupo de los facciosos desembocaba de la calle Progreso, con un cañón que lo colocaron frente a la Prefectura, notando entre ellos que un soldado estaba junto a la pieza; que después de esto vio que el joven Galarreta, en compañía de otro, a quien no conoce, salió a la puerta de la Prefectura y les gritaba “compañeros, haciéndoles seña con las manos para que avanzaran, y avanzando hacia la Prefectura se estacionaron frente a ella, empezaron una gritería que no entendió nada, sin embargo vivaron al apra, después empezaron a repartirse por grupos por diferentes direcciones, uno que tomaba la


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

dirección del jirón Independencia, que estaba capitaneado por un tal Matallana, empleado de la Singer, otra que se dirigió a la vuelta de la Prefectura por la calle Progreso, que poco después fueron y golpeaban fuertemente las puertas…; otro grupo, conducido por un individuo moreno, alto, a quien no conoce de nombre, se dirigió por la calle Salaverry y al verlo parado en la esquina, le dijo a este hay que matarlo si no nos dice dónde está ese ladrón de Prugue, a lo que les contestó que él no sabía dónde estuviera, que también había venido a buscarlo, ordenando a uno de sus compañeros apuntarle, uno de ellos procedió a ello, colocando el cañón en el estómago y como se retirara para evitar el contacto del arma, fue abofeteado por el que hacía de jefe, diciéndole “soplón”; que después de esto se oyó unos disparos y tres de ellos se dirigieron hacia la catedral, quedando los otros dos para llevar al declarante en la misma dirección, donde decían no pasa nada compañeros, que después de esto lo llevaron a la Prefectura, diciéndole, este es soplón siempre lo he visto con el ingeniero Prugue, hablando y metiéndose a la Prefectura, le dijo “hoy mueres, a cuantos de mis compañeros le habrán dado palo por ti”; al llegar a la Prefectura vio que aparecían por los balcones de ella el señor Haya de la Torre, Silva Solis y muchos otros a quienes no conoce y que después de pedir silencio el señor Haya de la Torre, lo que dio

lugar a que toda la gente se aglomerara a la puerta para escuchar lo que iba a decir, en ese momento, lo abandonaron al declarante y aprovechando de esta circunstancia pudo evadirse en dirección de la calle Salaverry, pudiendo haber escuchado que el señor Haya de la Torre decía, que había asumido el cargo de Prefecto…; podía observar los movimientos de los revoltosos en dirección de la portada de moche, donde afanadamente construían trincheras con adobe y sacos de arena…; que el día lunes por la mañana buscaban asilo tres soldados del uno de infantería, que según decían, habían fugado de la cárcel y que querían ropas para quitarse el uniforme; el declarante, en compañía de don Santiago Quispe y Juan Flores, le proporcionaron algunas ropas viejas a fin que los revoltosos no los atacaran y que permanecieron en la casa del vecino Santiago Quispe hasta el miércoles trece, en que pasaron las tropas del gobierno a los que se incorporaron”; (fojas 259 vuelta a 264). 114. Instructiva de Andrés Gómez; dijo que no sabe nada; (fojas 264 vuelta a 265). 115. Instructiva de Deomino Gonzales Sarmiento, natural de Santiago de Chuco, de 40 años, de profesión sastre; dijo, que el día siete, como a las cinco de la mañana, le tocaban la puerta de su casa, cita en la calle del Palmo, diciéndole “arriba compañeros” y que en la misma forma continuaron varias puertas, sonando,

FMP 215


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

acompañado de los gritos “arriba compañeros”; que después de una hora salió a la calle y pudo ver que la policía montada a caballo marchaban con dirección a Laredo y que antes de llegar a la calle del Pino echaron pie a tierra y empezaron a disparar; después de esto continuaron su marcha en dirección a Laredo y que el declarante, después de una hora, se dirigió al cuartel O’ Donovan, pero que uno de los revoltosos armado le impidió la entrada, diciéndole que todos se habían encaminado a Trujillo y que siguiendo por la alameda hasta la plaza Bolognesi, pudo ver bastantes revoltosos con un cañón que apuntaban al centro de la ciudad, de los cuales no reconoce a ninguno; que después de esto se dirigió a la plaza del Recreo, donde encontró otro cañón que apuntaba hacia la ciudad y que lo rodeaban un grupo de gente armada y que tampoco pudo reconocer a ninguno de ellos...; que a la una más o menos, volvió a salir de su casa hacia la plaza de armas, donde notó que en el balcón de la Prefectura hablaba Haya de la Torre, recomendando serenidad, que todavía no estaban con el triunfo..”; (fojas 265 vuelta a 266). 116. Instructiva de Guillermo Asnarán Gamboa; dijo que no sabe nada; (fojas 266 vuelta a 267). 117. Instructiva de Herminio Cueva, no sabe nada; (fojas 268).

216 FMP

118. Instructiva de Ignacio Mostacero Rodríguez, no sabe nada; (fojas 269). 119. Instructiva de Santiago Saúl Ramírez, natural de Santiago de Chuco, de 31 años de edad, casado, con un hijo; dijo: que el siete de julio “se encontraba como preso en la cárcel pública de esta ciudad, por el delito de lesiones en agravio de Arturo Vásquez y que en la mañana de ese día fue puesto en libertad, como todos los demás, por los apristas; que no conoce a ninguno de los que fueron a la cárcel a ponerlos en libertad, así como tampoco sabe quiénes hayan sido los autores…; que después de su libertad, fue a casa de su hermana que vive en la calle Salaverry número ochocientos cincuenta y tres, en que fue recapturado por tropa del uno de Infantería, el día doce, en circunstancias que salía de su casa; que fue llamado por el oficial que conducía esta tropa para ayudar a votar adobes que habían en aquel lugar, que antes fue trinchera de los apristas…; (fojas 270). 120. Instructiva de Manuel Cortez, agricultor en el valle de Casa Grande, fue detenido en Chiclín, no está inscrito en el partido aprista ni sabe de los hechos; (fojas 270 vuelta a 271). 121. Instructiva de Pedro Encalada Puente, de 30 años de edad, albañil, natural de Trujillo, dijo: “que no ha tomado participación en los


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

actos y como Cabo licenciado del Ejército condena este acto criminal cometido por el partido aprista”; (fojas 271vuelta). 122. Instructiva de Juan Aguirre Angulo, natural de Chachapoyas, barredor de la baja policía; dijo: “que encontrándose en sus labores de barredor en la calle “Bolívar”, a las siete más o menos de la mañana, se informó, por los transeúntes que pasaban comentando, que la gente de Laredo había tomado el cuartel O’Dónovan y que también sintió disparos de fusil...; por rumores de la gente sabe que los autores de los hechos son los apristas”; (fojas 272). 123. Instructiva de Humberto Fernández Angulo, natural de Trujillo, casado, fondero, dijo que no sabe nada de lo que se le pregunta; (fojas 272 vuelta). 124. Instructiva de Darío Huarcayo Misajel, natural de Ica, casado, sin hijos, de 32 años de edad, católico, sombrerero, no sabe de los hechos; (fojas 274 a 275). 125. Instructiva de Eladio Arteaga Silva, natural de Cutervo, de 46 años de edad, soltero, de oficio jornalero; dijo: “que el instruyente no ha tomado parte en estos actos vandálicos y criminales de los apristas, que no conoce los nombres de los directores; (fojas 275 a 276). 126. Instructiva de Alejandro Solari Verástegui, natural de Trujillo, de 18 años de edad,

empleado, que el día siete se levantó en la mañana y “oyó en la calle a un grupo de gente que vivaban al partido aprista y se dirigió a la Prefectura…; que al llegar a dicho lugar encontró una gran cantidad de gente armada, así como a los Jefes y Oficiales de la artillería que habían sido apresados por los apristas, que se encontraban como prefecto y sub prefecto revolucionario, Agustín Haya de la Torre y Silva Solis, respectivamente…”; (fojas 276 a 277). 127. Instructiva de Segundo Vidal Chirinos, natural de San Pedro, de 19 años de edad, de oficio mecánico; dijo: que no ha tomado parte en los hechos, pues “el instruyente venía de Chiclayo el jueves siete en un camión número treinta y uno de propiedad de Jorge Tumato Elorriaga y que al pasar por la portada de Mansiche fueron detenidos por los revolucionarios apristas, a horas dos de la tarde; que les quitaron tres sacos de arroz, además, quisieron llevarse el camión, pero por estar malogrado no lo agarraron, que no conoce a los autores y masacradores de los jefes y oficiales.”; (fojas 277 vuelta a 278). 128. Instructiva de Manuel Natividad García Luján, natural de Chicamita, con residencia en Laredo, de 23 años de edad, soltero, con un hijo y de oficio machetero, declaración tomada en el hospital de Belén. Diga bajo las órdenes de quién y porque jefe aprista atacó

FMP 217


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

usted el cuartel O’Dónovan el siete del presente; dijo: “que fueron de Trujillo a traerlos, un señor Barreto, Corleón ( Calderón?) y con otro llamado Remigio Esquivel; que estos son apristas, quienes dijeron a la gente que ya estaba reunida: “compañeros, ha llegado el momento en que ganaremos más salario y ustedes nos acompañarán”, después emprendieron marcha para el ataque al cuartel, en número de ciento sesenta, pues el instruyente era una de los últimos en la fila; que llegaron a los filtros que está antes de llegar al cuartel y les ordenó que se echaran; Esquivel vino al encuentro de Barreto el “Búfalo” y que se dirigió a la gente de Laredo hacia la parte de atrás del cuartel, por el sitio donde hacen ejercicio los soldados, rodeando todas las tapias penetrando por la portada, se abalanzaron a las cuadras donde dormían los soldados, quitaron las armas y exigieron que se les entregase munición, por que los soldados no tenían; que de ella se proveyeron de unos cuartos donde estaban depositados y que en seguida fue herido el instruyente”; diga el nombre de todos los que conozca usted; dijo: “Juan Valverde, Segundo Rodríguez, Conversión Gutiérrez, Asunción Borja, Víctor Juárez, Manuel Valverde, Máximo Miñano, Juan Alvarado, Inocente Rodríguez, Juan Polo, un sastre Estracián, Benito Herrera, Tomás Escalante, Juan Moris, que no conoce a los demás; (fojas 278 a 279).

218 FMP

129. Instructiva de Asunción Borda (Borja), natural de Otuzco, de 23 años, soltero, de oficio agricultor; dijo: “que el instruyente no ha tomado participación en el ataque (al cuartel O’Dónovan); que vino el nueve de Laredo y al llegar a la población distinguió la trinchera de los revolucionarios, que por esta razón dio media vuelta y que por esta razón fue herido”; que no conoce a nadie que vino de Laredo y atacó el cuartel; (fojas 280). 130. Instructiva de Manuel Leyton Cumplido, natural de Huanchaco, de 22 años de edad, soltero, de oficio chauffer; dijo: “que el instruyente no ha tomado participación en este acto criminal y que como patriota se horroriza, aún más con el asesinato del Comandante Julio Silva, de quien el instruyente era su chauffer, cuando pertenecía al Regimiento de Artillería; que ha sabido por referencias que ha sido gente de Laredo”; explique la causa porque está herido de bala y donde fue; dijo: que el día diez, al salir el instruyente de su casa para ir a Huanchaco, en vista de los continuos disparos, fue herido en la esquina de la fábrica de velas, por tres individuos desconocidos para el instruyente, que a uno de ellos conoce de vista, pero que no sabe su nombre; que al llegar a dicha esquina le dijeron “usted es el soplón del Comandante Silva; le exigieron el decirles donde estaba el carro setenta y cinco de propiedad del chauffer Antero Hidalgo, Sánchez Cerrista, al no quererles


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

decir uno de ellos le disparó un balazo; pero que en ese momento disparaban por el club Libertad, por lo que lo dejaron herido y se marcharon, viniéndose el instruyente al hospital”; dijo: “que en la población casi no se encontraba gente con armas, pero que recorrían en carros en toda la población”; (fojas 280 vuelta a 281). 131. Instructiva de Yaderico Echeandía Otoya, natural de Piura, de 37 años de edad, casado, empleado; dijo: “al llegar a la esquina de Santana, desembocando por San Martín, un inmenso grupo de gente armada y acompañada de tres policías me solicitaron fuera al cuartel de policía, para que el Capitán Carbajal se rindiera…”; como el declarante se negara manifestándoles que yo no era revolucionario, porque desaprobaba lo que estaban realizando, encolerizados me dieron tres empujones, diciéndome “como es blanco y tiene cuello es enemigo de nosotros que somos el pueblo”; los policías me dijeron mejor siga señor no le va pasar nada, a lo que tuve que acceder por la fuerza que se me hizo y los maltratos de que fui víctima; cuando llegué a la puerta de la comisaría, donde había otro gran grupo de gente, vi en el interior al capitán Carbajal, con su tropa, que hablaba con dos individuos, mientras esto (ocurría) yo saludé al primero Gálvez, entonces dije al capitán Carbajal: “mi Capitán yo no soy revolucionario, pues no tengo ni siquiera una cuchilla en el bolsillo,

pero creo que sus tropas no quieren combatir a los revolucionarios”; el capitán Carbajal me respondió textualmente “señor ya me canso de decir a los parlamentarios que yo no me puedo rendir con mi tropa y sólo cuidaré del orden público”, en este momento llegó en un camión el capitán Rodríguez Manfurt, el que quitándose el kepí dio un viva al Perú y “dijo que todo estaba terminado, que la resistencia de la policía era inútil, todos somos hermanos y no debemos matarnos”. El pueblo gritó “que entreguen las armas, pues con ellas nos van a matar”; que en este instante se produjeron muchas detonaciones de los revolucionarios, por lo que me vi precisado a huir, lo que hice por la calle San Martín en compañía de tres o cuatro personas”; “no iba a meterme en la aventura descabellada de los apristas, fatalmente partido al que me inscribí en virtud de ser uno nuevo y por lo tanto creí que sus ideas modernas iban a ser sanas, pero la triste realidad me pone en el caso como peruano y como hombre de trabajo y padre de familia de renunciar”; (fojas 282 a 287). 132. Testimonio del ex prefecto doctor Pedro Manuel La Riva Bazán, natural de Lima, casado, con 4 hijos, católico, de cincuenta y cuatro años de edad y doctor en jurisprudencia y abogado, se ratifica en el contenido y firma del Parte que elevó al coronel Comandante General, el 11 Julio, al que adjunta copia del informe que ha elevado a la Dirección de FMP 219


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Gobierno en la misma fecha, sobre los hechos delictuosos ocurridos en esta ciudad; (fojas 287 vuelta a 288). 133. Instructiva de Carlos Rosas Castro, natural de Piura, de 21 años de edad, soltero, de oficio agricultor; fue capturado el 12 de julio por un teniente, en presencia del teniente Quezada; que, vino el 7 trayendo carbón y que los revolucionarios no lo dejaron vender, regresando a la hacienda Tomabal y que volvió y pasando por la Prefectura fue detenido, no sabe sobre los hechos sólo por los diarios; (fojas 288 a 290). 134. Instructiva de Roque Peña Goicochea, natural de Cajamarca, de 21 años de edad, soltero, de oficio agricultor y católico; dijo que no ha tomado parte en los hechos, “pues desde el quince de mayo pasado, más o menos, hasta la noche del seis de julio, el instruyente estuvo en el cuartel de la Guardia Civil, en la condición de sirviente de los guardias, y que permaneció en el cuartel hasta el día siete a las nueve de la mañana, cuando una gran cantidad de gente armada venía con dirección a la Prefectura, momentos en que el instruyente salió a comprar cigarros para uno de los guardias; que poco más o menos a las nueve de la mañana, la Prefectura y el puesto de la Guardia Civil fue tomada, al mismo tiempo que el día ocho, poco más o menos a las dos de la tarde, fue llevado a la cárcel por ocho

220 FMP

hombres apristas, manifestando de que era soplón de la Guardia Civil, llegando a la cárcel los registraron y al no encontrarle nada en sus bolsillos lo incorporaron al grupo”; preguntado precise si estuvo de guardia de cárcel custodiando a los jefes y oficiales presos en aquel lugar, dijo: “que el instruyente no vio presos a ningún Oficial”; diga a qué horas estuvo usted de centinela armado de un fusil; dijo: “que estaba en un cuartito de la derecha, a la entrada, que no había ningún preso en la celda que cuidaba, sino que estaba parado allí haciéndose al sonso para escaparse, en virtud de haber sido llevado sin su voluntad; que, el mismo día ocho pudo escaparse, dejándole el fusil a otro individuo a quién no conoció; diga cómo pudo escaparse cuando en la puerta principal había otro centinela, así como esta puerta estuvo cerrada; dijo: “que abrieron la puerta y el instruyente se escapó, que esto fue el ocho a las seis de la tarde”; diga donde estuvo escondido hasta la fecha en que fue capturado; dijo: “que no ha estado en ningún sitio fijo”, que caminaba por las calles, ganándose la vida, cargando sacos de papas , llevando canastas en la condición de cargador y que dormía donde podía; (fojas 290 a 292). 135. Testimonial del soldado del Regimiento de Infantería Mercedes Benítez A., natural de Piura, de 22 años, soltero y de oficio arriero. Preguntado para que diga todo lo que


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

sabe sobre lo ocurrido entre el siete y doce; dijo: “que estaban durmiendo en el Cuartel O’Dónovan y que a las dos de la mañana más o menos, el imaginaria Andrés Arica dio la voz de alarma dirigiéndose al primero Pepe Vargas: “revolución a las armas” y un grupo de gente trataba de penetrar a la cuadra mientras todos se armaban, comenzaron los disparos entre atacantes y atacados, mientras un grupo de los primeros se apoderaba del armamento; en ese momento se presentó el subteniente Valderrama que estaba durmiendo en los cuartos de los Oficiales y estuvo en el primer encuentro, aprovechando de que cesaron un tanto el fuego, toda la tropa se dividió en tres grupos; veinte hombres al mando del subteniente Valderrama; trece con el capitán Villanes y el resto con el primero Vargas, aprovechando de la oscuridad continuaban combatiendo y la gente que iba con el declarante tomaron el camino a Santiago de Cao, por la playa, donde se trabó un tiroteo con los revolucionarios y vencidos por el número, el subteniente Valderrama levantó un pañuelo en señal de rendición, los condujeron en un camión a Santiago y de aquí a esta ciudad, siendo maltratado y vejado el subteniente, los llevaron a la cárcel en condición de presos, colocándolos en un calabozo el día sábado ocho, pudiendo reconocer al detenido Roque Peña que hacía de guardia armado con un fusil, los hizo formar el alcaide

tomándoles sus nombres; como de una a dos de la mañana, todos los presos que estaban en el calabozo con el declarante, muertos de sed y hambre, que ascendían más o menos a cuarenta, no podíamos dormir y apercibíamos todos los ruidos que se producían en el local, pudiendo escuchar, como a las dos de la mañana, muchísimos disparos de fusil y junto con las detonaciones los clamores y gritos de dolor, de las muchas de las personas que fusilaban en el resto de los compartimientos de la cárcel, hasta que se hizo el silencio, no escuchándose más ruidos que se iban apagando a medida que exhalaban el último suspiro los moribundos; debo advertir que un grupo de los asesinos se aproximó al cuartito donde nos encontrábamos presos y daban sacudidas violentas a la reja, con ánimo de penetrar, seguramente con el fin de asesinarnos también; pero por suerte no tuvieron las llaves a la mano y nerviosos con los crímenes que acababan de cometer abandonaron el local, dejándonos abandonados y fue así que yo soy uno de los sobrevivientes, junto con mis compañeros testigos presenciales, cuya relación entregaré a este Juzgado; el domingo a las cinco y media de la tarde resolvimos salir de todos modos de ese sitio y con tal motivo rompimos la reja y nos salimos, encontrando por todas partes cadáveres, sobre todo en el primer patio, donde reconocimos a varios de nuestros jefes y oficiales asesinados, una vez

FMP 221


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

en la calle varias señoritas nos arrojaban ropa de paisano para que nos disfrazáramos, tomando veintitrés dirección al sur, cobijándonos en una chacra donde un grupo de revolucionarios nos hizo fuego, tomándonos presos pero como el día martes entraron las fuerzas del gobierno y tomaron las trincheras, nuestros apresadores fugaron dejándonos en libertad y nosotros nos dirigimos al balneario de Buenos Aires, presentándonos al subteniente Medina que estaba de comisión en el radio; agrega el declarante que entre los presos que existen a disposición del juzgado ha podido reconocer a varias personas que estuvieron en la cárcel la noche de los asesinatos y ofrece presentar sus nombres tan pronto los obtenga”; (fojas 292 vuelta a 296). 136. Confrontación del inculpado Roque Peña y el testigo soldado Mercedes Benites. Roque Peña se reafirma en su declaración instructiva y dice que no estuvo en la cárcel la noche de la masacre; el soldado Benites refiere “yo lo conozco desde que estábamos en el cuartel O’Dónovan, como lo conoce toda la tropa, pues iba con frecuencia a pedir rancho y cuando se acababa el rancho de la tropa, el comandante Julio Silva Cáceda ordenaba que le dieran del rancho de los oficiales y recuerda que una noche se quedó a dormir en una cuadra y el alférez Molina lo votó en la mañana, agrega el declarante, afirmándose con

222 FMP

entereza, que el mismo Roque Peña, que tiene por delante, estuvo en la cárcel de guardia, la noche de los asesinatos y tiene la seguridad de no haberse equivocado, pues lo vio armado de un fusil y con la misma ropa con que está vestido y llevaba también un morral”; (fojas 296 a 297). 137. Declaración testimonial de Rosa de Villena, natural de Piura, residente en Trujillo, de 42 años de edad, viuda, comerciante, dijo: “sólo he visto en el interior del mercado, armado de un fusil, a Eleodoro Campos, no se quienes sean los autores de ese movimiento, que un cargador que le dicen Tayabamba, armado de un espadín y correaje, amenazó a uno de mis hijos y que la negra que le llaman “Agripina”, señaló a la declarante para que fuese tomada presa. Que no sabe nada más”; (fojas 298). 138. Instructiva de Agustín Causio, natural de Trujillo, de 21 años de edad, soltero, con un hijo, católico, chofer; dijo que no ha participado en los hechos, que el día jueves salió con su carro hasta las nueve, hora en que fue notificado por guardias a caballo, para que guardara el carro, lo que cumplió, llevándose a su casa...; conoce por voladas que Agustín Haya de la Torre y un tal Barreto son los autores principales de este delito”; (fojas 298 vuelta).


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

139. Instructiva de Octavio Bernal Obian, natural de Cajamarca, de 46 años, con 9 hijos, católico, empleado de la Junta Pro- Desocupados, dice no haber participado en ningún hecho... “en la mañana del jueves supe que un tal Calderón y un tal Barreto, con gente armada, habían asaltado el cuartel y en la segunda vez vio en los balcones de la Prefectura a Don Agustín Haya de la Torre, que incitaba al pueblo”; (fojas 299). 140. Instructiva de José Moral, natural de Cajabamba, de 42 años de edad, agricultor, no sabe de los hechos; (fojas 300). 141. Instructiva de Nicolás Ávila Merino, natural de la hacienda de Laredo, residente en esta ciudad, de 22 años de edad, soltero, sin hijos, católico, albañil; dijo que no ha tomado parte en los hechos; sabe que los autores de estos delitos son Agustín Haya de la Torre y Silva Solis, que esto lo decía toda la gente, no sabe nada más; (fojas 300 vuelta). 142. Instructiva de Simón Quintana Valdivia, natural de Chachapoyas, de 39 años de edad, agricultor, católico, ha sido enjuiciado; que hasta el día viernes ocho en la tarde estuvo trabajando en la carretera de Chicama…; no conoce a los autores de los hechos; (fojas 301). 143. Instructiva de Héctor Flores Chavarri, natural de San Pedro, de 32 años, casado, sin hijos, mecánico; dijo: “señor yo no he tomado

parte en ninguno de los hechos que se me acusa... fue tomado preso por la policía cuando se encontraba parado frente a un garaje; (fojas 301). 144. Instructiva de Pedro Huertas Diaz, natural de Cascas, 37 años, soltero, con 2 hijos, mecánico, católico; dijo: “que no es responsable de ninguno de los delitos que se le acusa... ni le gusta mezclarse en pleitos… ha oído decir que Agustín Haya de la Torre era candidato a la Prefectura, así como también mataron a los Oficiales de la Artillería”; (fojas 302). 145. Instructiva de Pedro D. Gutiérrez Gonzales, natural de Trujillo, de 30 años de edad, soltero, con 4 hijos, de oficio herrero, dijo que no ha participado en los hechos; que “el siete en la mañana se enteró por su hermana Elvira que había estallado una revolución aprista y que por referencias sabía que el jefe del movimiento era un tal Barreto, apodado el “Búfalo”, que todo esto lo supo únicamente por noticias callejeras, pues el declarante vive en la Floresta, “en un restaurant llamado los Tumbos, retirándose a su casa más o menos a las nueve de la mañana, en que vio un cañón que estaba emplazado a media cuadra de la casa de sus padres, en la calle Bella Aurora”, donde había mucha gente que no conocía; “que por referencias y los periódicos sabe que han sido autores de este movimiento el señor Agustín Haya de la Torre y Augusto Silva

FMP 223


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Solis, Prefecto y Sub Prefecto, respectivamente”; (fojas 303 a 304). 146. Instructiva de Tomás Nanajulca Calle, de 43 años, natural de Ayabaca, soltero, agricultor; dijo: “que él no sabe nada de lo que se le pregunta..., que no está inscrito en ningún partido, pero que en las elecciones votó por Haya de la Torre… que al saber por noticias callejeras del levantamiento de los revoltosos se encerró en su casa y no salió… que encontrándose en su casa fue extraído por guardias civiles y conducido a este lugar”; (fojas 305). 147. Instructiva de Víctor Chávez Cuellar, natural de Moquegua, de 43 años de edad, soltero, con dos hijos, empleado; que no tomó parte en los hechos... por rumores callejeros supo que el cabecilla del movimiento fue un tal Barreto, alias “Búfalo”… fue sacado de la casa de su suegro, Eleodoro Barrantes y llevado después a este lugar por los guardias civiles... “que se encuentra inscrito en el Partido “unión Revolucionaria” y que no recuerda el número de su inscripción”; (fojas 306). 148. Instructiva de Luciano Quiroz Gamboa, natural de Trujillo, de 22 años de edad, soltero, albañil; dijo “que no está inscrito en ningún partido político pero que si votó por el señor La Jara y Ureta para Presidente de la República”; que no tomó parte en los hechos; “que el instruyente, el jueves a las ocho de

224 FMP

la mañana, supo por varias personas, una de ellas la familia Barrantes, que vive en la calle nueva, que los apristas habían tomado el cuartel O’Dónovan y que al seguir su camino encontró un enorme gentío, todos armados, distinguiendo a Félix Céspedes que estaba armado de un fusil; que se acercaron varios apristas, cuyos nombres no conoce y le interrogaron si era licenciado y si tenía carnet aprista, a lo que contestó que no era nada de lo que preguntaban, lo que me respondieron con un culatazo en el pecho…; que el día viernes nueve, al salir a la calle, vio que cuatro individuos entraron a la casa del señor Méndez y lo sacaron acompañado de su papá y lo llevaron preso a la Prefectura; que fue tomado preso por la guardia de seguridad”; (fojas 306 vuelta a 307). 149. Instructiva de Luis Vicente Lozada Alfaro, natural de Trujillo, de 26 años, soltero, carnicero; dijo: “que está inscrito en el partido aprista y que su número no se acuerda de el”; no ha participado en los hechos; “que el domingo no salió para nada de su casa, hasta las cuatro de la tarde que fue a la casa de su mamá, Elvira Alfaro y que en ese momento dieron noticias que su hermano había muerto; que en efecto fue a traerlo y lo encontró muerto en el sitio “Tres Esquinas”, trayendo el cadáver a su casa para velarlo”; que el miércoles a las cuatro de la tarde lo tomaron en


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

su casa los guardias de seguridad…; que sólo por referencias callejeras supo de la toma del cuartel y la masacre en la cárcel y que el cabecilla se decía era un tal Barreto”; (fojas 308 a 309).

calle, hasta que el miércoles que salió a comprar arroz fue capturado por la policía”; que “no conoce a los cabecillas de los actos que se preguntan”; “que no está inscrito en ningún partido”; (fojas 311).

150. Instructiva de César Armando Bustamante Bustamante, natural de Tacna, de 26 años, soltero, empleado; dijo: “que no está inscrito en ningún partido”; que el día siete estuvo enfermo y por ello no salió de su casa… “cómo lo pueden testificar el señor José Modesti, un señor Domínguez que viven en el mismo callejón donde habita el instruyente, lo mismo que doña Juana Espejo que también vive en el mismo cuarto del referido callejón”; (fojas 309 vuelta a 310).

153. Instructiva de Francisco Barrantes, natural de Trujillo, de 24 años de edad, soltero, albañil; dijo “que no conoce nada de lo que se le pregunta”; que ha estado trabajando donde su patrón Francisco Marchena; que el miércoles, cuando se encontraba trabajando en su casa fue llevado preso por guardias civiles”; que “estuvo inscrito en el partido aprista; pero que hace tiempo ha dejado de serlo y ahora más que nunca viendo el salvajismo con que han actuado, lo que condeno como peruano”; (fojas 311 vuelta a 312).

151. Instructiva de Juan Medina Bernabé, natural de Trujillo, de 29 años de edad, carnicero; dijo “que no ha tomado ninguna participación en los actos que se menciona; que por decires callejeros se decía que el cabecilla era un tal “Búfalo”; (fojas 310). 152. Instructiva de Víctor Black Moyas, natural de Trujillo, de 33 años de edad, soltero y albañil; dijo “que ha sido enjuiciado por calumnia pero probada su inocencia fue absuelto por el Tribunal Correccional de esta”; “que trabaja con su patrón Julio Zelada, donde desayuna, almuerza, come y duerme y durante los días del siete al doce inclusive no ha salido a la

154. Testimonial de Estuardo Bolognesi, operador del cable de esta ciudad, natural de Paita, de 25 años, casado, con 2 hijos y de profesión cablegrafista. Se le preguntó: diga todo lo que sepa con relación al movimiento apro comunista, que culminó con el ataque al cuartel O’Dónovan y masacró a los jefes y oficiales en la cárcel pública; dijo: “estando el instruyente en la puerta del cable vio la toma de la Prefectura, en la que no hubo ningún tiro; pues inmediatamente se izó bandera blanca; terminado la toma de la Prefectura se presentó el joven hijo del Doctor León Díaz a preguntarme por los aparatos, contestándole FMP 225


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

que él no debía meterse, que para eso teníamos de censor al señor Rafael Bouseyú Barreto, nombrado por el Prefecto aprista Agustín Haya de la Torre; la censura principió el mismo día siete a las once de la mañana; antes de tener censura enviamos tres cables al Ministro de Gobierno y Guerra firmado por el Prefecto La Riva; después otro cable al Ministro de Guerra firmado por el Prefecto La Riva y otro al Ministro de Gobierno, firmado por el Comandante Silva; se recibió respuesta del Ministro de Guerra pero fue retenido por el censor aprista Barreto Bouseyú; documentos en copias que dejo a disposición del Juzgado”. Si sabe quiénes fueron los cabecillas del movimiento aprista; dijo: “que como lo tiene dicho, las órdenes las impartía como Prefecto Agustín Haya de la Torre y Barreto Bouseyú; (fojas 312 vuelta a 313). 155. Declaración testimonial de Eloy Cuevas, natural de Trujillo, de 66 años de edad, casado, con seis hijos, panteonero en esta ciudad; diga, a que partido político está afiliado usted; dijo: “estoy inscrito en el partido revolucionario del Coronel Sánchez Cerro; y que además agrega que ha votado a favor de su candidato y además es amigo personal del señor Miguel H. Cerro y dejo a disposición del Juzgado una tarjeta de dicho señor”; diga y refiera todo lo que sepa sobre el ataque al cuartel O’Dónovan y masacre de los jefes y

226 FMP

oficiales en la cárcel pública de esta ciudad, precisando, en su calidad de panteonero, cuantos cadáveres han sido sepultados; dijo: “que en cuanto al ataque al cuartel como de la masacre no sabe nada porque sus ocupaciones de panteonero le obligan a estar en su puesto, diariamente, y con mayor razón mi avanzada edad que no permite ni siquiera como mirón expuesto a recibir una bala; que en lo que se refiere a los sepultados, según una libreta que tiene, aparecen ciento ochentaitrés, en la siguiente forma; ciento sesentaicuatro en la zanja y diecinueve en nicho; hace además presente que en los diecinueve nichos se encuentran únicamente los apristas; que ofrece hacer una revisión en el panteón y en caso de que existan más dará cuenta”; (fojas 313 vuelta a 314). 156. Instructiva de Rodolfo Escobedo Ramos, natural de Chachapoyas, con siete años de residencia en esta ciudad, de 30 años de edad, soltero y chofer; dijo: “que no conoce nada de lo que se le pregunta”, que cuando salió el día siete con su carro tuvo noticias que los apristas habían tomado el cuartel, por lo que regresó y guardó su carro; “agrega que cuando ingresaron las tropas del gobierno fui el primero en presentarme voluntario, sirviendo a órdenes del comandante Ovalle, los días jueves y viernes de la semana pasada, habiendo puesto su carro a su disposición”; que no sabe quiénes


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

fueron los cabecillas, autores y cómplices de los hechos, “pero que las gentes decían que el cabecilla era Agustín Haya de la Torre”; dijo, además, “no estoy inscrito en ningún partido, que es un hombre dedicado a su trabajo únicamente y apela a casi todo Trujillo de su conducta honrada”; (fojas 314 a 315). 157. Instructiva de Santiago Vega Velásquez, natural de Otuzco, de 33 años de edad, casado, con tres hijos, empleado de la Imprenta “El Norte”; dijo: “que antes de la masacre ha sido afiliado al partido aprista, pero después de ella ha dejado de serlo”; que “el día de los sucesos estaba en Casa Grande, en casa del señor Miguel Villacorta, en gira de cobranzas; el jueves, como ya no hubo tren para venirme a ésta, más o menos, serían las seis y media a siete de la noche, llegó un carro de un chauffer apellidado López, que iba y venía trayendo pasajeros, entonces se vino a Trujillo de pasajero, junto con cuatro japoneses y un cura que se quedó en San Agustín; antes de salir de Casa Grande, una familia Caballero encargó a los pasajeros preguntar si había muerto el cabo Alvarado; en la esquina de la catedral nos paró el carro un grupo de gente armada de rifles y un cañón, les hizo alto, pero como el chauffer tenía un pase del mismo prefecto aprista Agustín Haya de la Torre, pasó y nos dejó a todos en nuestro domicilio; el día domingo se rumoreaba que iban a bombardear el barrio de Chicago, me he venido al Hotel

Comercio a buscar un cuarto para transportar a mi familia; en ese momento las tropas del orden iniciaron de la esquina de Belén, calle Ayacucho, un tiroteo con los revolucionarios que se encontraban en la calle de las boticas españolas con un cañón y varios individuos armados, en su mayor parte, gente desconocida de Laredo y Cartavio; que a los únicos que pude distinguir es a un Peláez, alias “Petiganzo”, y a los dos hermanos que les llaman “Canuto”; (fojas 315 vuelta a 317). 158. Instructiva de Alfredo Merino Adrianzén, natural de Trujillo, de 37 años, casado, con tres hijos; dijo: “que está inscrito en el partido aprista”; que el día siete se levantó como de costumbre a las seis y media de la mañana, con el fin de abrir su tienda; en esos momentos se informó, por los tiros sucesivos y por las versiones de las gentes que traficaban, que estaban combatiendo para tomar el cuartel O’Dónovan, en esos momentos venía de la comisaría el subprefecto señor Carranza, a quien saludé; en seguida vi pasar varios automóviles conduciendo heridos; poco después de esto se presentaron unos individuos armados a solicitar le proporcionara la carroza de segunda de su agencia, la que negó por ser cerrada y prestarse para dudar del empleo que le iban a dar; pero a indicación del señor Juan Montalva, que me manifestó que era un deber de humanidad proporcionarla, lo hice; “que como a las dos de la tarde fue llamado FMP 227


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

por el Prefecto aprista Agustín Haya de la Torre para que se hiciera cargo de velar el cadáver del cabecilla Barreto en la prefectura, lo que no aceptó, ofreciendo sólo obsequiar una caja corriente, como compensación de que no se me obligara como querían velar al Barreto”; “que era voz populi que Barreto, con gente armada de Laredo, era el que había atacado el cuartel...”; (fojas 317 a 318). 159. Instructiva de Miguel Jaramillo, natural de Trujillo, de 28 años de edad, casado y empleado; que no ha participado en los hechos; “dijo que los cabecillas del movimiento eran Agustín Haya de la Torre, Víctor Silva Solis, capitán Rodríguez Manfurt; que pudo apreciar que estos eran los cabecillas, porque encontrándose en la puerta de su casa vio el desfile de los revoltosos; que de los demás no ha podido conocerlos por ser gente extraña al lugar; que en este momento manifiesta que siempre desde el principio que vio a los revoltosos condenó el movimiento descabellado y con mayor razón hoy, que se sabe han hecho actos de barbarie y salvajismo sin precedentes, de los que protesto como hombre de bien y como peruano”; (fojas 318 vuelta a 319). 160. Instructiva de Luís Hoyle Salcedo, natural de Trujillo, de 33 años, casado, con un hijo, empleado; dijo: “que no ha tenido ninguna participación” en los hechos; diga donde ha

228 FMP

estado el día jueves siete del presente; dijo: “que en su casa, en la hacienda Laredo donde vive; que el jueves siete a las ocho de la noche vino a ver a su padre don Carlos Hoyle, que vive en la huerta los Manguitos, en donde me quedé a dormir, como le consta a los alféreces Carlos Goycochea y Padilla, así como al soldado Rodolfo Gamarra Silva del Batallón número uno, quienes se refugiaron ese día en la casa de mi padre, salvándose así de los acontecimientos, es decir de la furia de los revolucionarios; como tenía que regresar a su puesto se regresó a Laredo, a las ocho de la mañana, no saliendo de Laredo para Trujillo una vez que las fuerzas del gobierno entraron a dicha ciudad; y como necesitaba ver a mi padre, por si le hubiese ocurrido algo, vine a esta ciudad donde me capturaron el domingo en casa de mi padre; y agrega para comprobar lo que digo puede testificarlo el gerente de la Negociación Laredo y se probará que siempre he estado en mi puesto”; (fojas 319). 161. Instructiva de Humberto Bergers Salazar, natural de Trujillo, de 19 años de edad, soltero, estudiante; dijo que no tuvo ninguna participación en los hechos; “por voces callejeras he sabido que los cabecillas han sido un Barreto, Calderón, Agustín Haya de la Torre y Víctor Silva Solis”. Fue tomado preso el día sábado en su casa; (fojas 320).


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

162. Instructiva de Alberto Bergers Salazar, natural de Trujillo, de 17 años de edad, soltero, estudiante; dijo que no ha participado en los hechos; que el siete se encontraba en su casa el Gran Hotel, de donde no ha salido durante los días en que se han sentido balas; (fojas 320 vuelta a 321). 163. Instructiva de Horacio Cacho Inchaustegui, natural de Cajamarca, de 26 años, soltero, empleado de la agencia “El Sol”; dijo que no ha tenido ninguna participación en los hechos; “me levanté como ordinariamente a las seis de la mañana a buscar pasajeros a los Hoteles, porque esa era su obligación; que al salir a lo indicado, encontró por la puerta de la casa de la agencia (la portada) un grupo de gente, decían que habían tomado el cuartel; en vista del peligró, opté por no salir a recorrer los hoteles…”; (fojas 321 a 322). 164. Instructiva de Manuel Zavaleta Gil, natural de Otuzco, de 46 años de edad, soltero, comerciante; no conoce nada sobre los hechos; que tiene una tienda y que “al saber por el bullicio de la gente que habían tomado el Cuartel O’Dónovan”, no abrió la misma entre el 7 y el 11; (fojas 322). 165. Instructiva de Augusto León Pérez, natural de Trujillo, de quince años de edad, soltero, estudiante; dijo “que él no ha tenido participación alguna en los hechos que se indican”; “que el día sábado a las doce del día se

encontraba el instruyente con su hermano parado, en la puerta de su casa, y llegó un investigador con una guardia y nos condujo presos a la comisaría”; (fojas 322 vuelta a 323). 166. Instructiva de Alfonso León Pérez, natural de Trujillo, de 17 años, soltero, estudiante; dijo “que como a las siete y media de la mañana del día jueves, supo por su mamá y por varias personas que pasaban diciendo que los apristas habían tomado el cuartel; que su mamá le dijo al instruyente y entonces salió por la ventana (a ver), hasta que llegó las diez y media, hora más o menos en que tomaron los revolucionarios la Prefectura; que como a las once de la mañana salió por curiosidad a la plaza y regresó luego…”; que toda la gente decía que el cabecilla era Barreto”; (fojas 323 vuelta a 324). 167. Instructiva de Mario Arriarán Hopkins, natural de Lima, con residencia en esta ciudad hace cuatro meses, de 21 años de edad, soltero y chofer; dijo que no ha tomado parte en ningún acto; que el día siete como los siguientes los pasó en un cuarto de la agencia “El Sol”, en cuya empresa trabaja buscando pasajeros y durante esos mismos días, almorzaba y comía en el Bar “Lima”; “que el jueves último fue tomado preso por un Oficial de la Guardia de Seguridad y conducido en esta condición a la Comisaría”; (fojas 324). FMP 229


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

168. Cablegrama. - ALL AMERICA CABLES, Inc. Oficinas en Perú. - Trujillo- 430- Progreso. - 22 palabras, 7 julio, 11 A/M.- Ministro de Gobierno Lima. - Situación completamente seria urge envío escuadrillas aviones guerra única forma repeler ataque pueblo tiende a desbandarse contésteme. - Prefecto Larriva., Firmado Prefecto Larriva. - Domicilio Trujillo. - pasado 11.15 AM; (fojas 329). 169. Cablegrama. - 19 palabras. - 7 julio. - 11AM.Ministro de Guerra Lima. - 7 Julio 1932 situación aguda urge envío aviones guerra caso contrario declino responsabilidad. - Prefecto Larriva; (fojas 330). 170. Cablegrama. - 14 palabras. - 7 julio. - 11 AM.- Ministro de Gobierno Lima. - Situación difícil urge envío aviones guerra registro prefectura. - comandante Silva. - Firma Comandante Julio P. Silva; (fojas 331). 171. Cablegrama recibido en Trujillo. - Cable procedente de Guayaquil depositado julio 9 a las 11.52 am.- Zarwe Trujillo. Anoche aviso Arica comunicaciones sur interrumpidas trataban comunicarse hoy repetimos noticias urgiendo inmediata acción avisaremos decididos viajar contesten urge. - Amper (Este cable fue recibido por el Sr. Barreto Borseyu); (fojas 332). 172. Cablegrama. - Amper Guayaquil. - Situación revolucionaria sur consolidase diga noticias sur. Aviones tiranía bombardearon puerto

230 FMP

Salaverry matando mujeres niños causando enorme indignación pueblo fuerzas militares norte unidas decididas heroica defensa. Zarwe. (Enviado por el Sr. Agustín Haya de la Torre. El día 9 a las 10.05 am); (fojas 333). 173. Cable procedente de Panamá, recibido el día 9 a las 10.18 am.- APRA TRUJILLO. Cablegrafíen posibilidad enviarles mensaje. Cox (Este cable fue entregado al Sr. Agustín Haya de la Torre); (fojas 334). 174. Instructiva de Francisco Toico, natural de Huamán, Trujillo, de 26 años, casado, con un hijo, agricultor, católico; dijo que no vino para nada a Trujillo “y que solamente el día diez y siete llegaron los guardias civiles y después de buscar su casa, en la que no encontraron nada, le ordenaron darse preso y que lo trajeron en compañía de Gabriel Valenzuela, a quien le encontraron en su casa una espada vieja, que dicen perteneció a un General Baquedano, de quien se cree ser descendiente “; (fojas 347). 175. Instructiva de Gabriel Valenzuela Mayurí, natural de Ica, avecindado en Huamán, de 47 años, casado, con seis hijos, agricultor, católico; dijo “que como él vive en Huamán no le preocupa venir a Trujillo”; “que los guardias al tomarlo registraron su casa “diciéndole que entregue los cinco heridos que tenía en su casa”, lo que lo buscaron sin encontrar más que una espada vieja, con la cual juegan sus


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

hijos, que la trajeron también con el declarante”; (fojas 347 vuelta a 348). 176. Instructiva de Humberto Guerrero Rodríguez, natural de Trujillo, de 28 años de edad, soltero, sin hijos, de profesión empleado; dijo “que el jueves siete estuvo en Salaverry a recibir a su prima hermana que llegaba en el Urubamba, que habiendo desembarcado la condujo a Trujillo en el tren de once, al llegar a esta ciudad vio un alboroto decía toda la gente que habían tomado el Cuartel O’Dónovan... que cuando el salió a su casa para dirigirse a Salaverry vio en la esquina del recreo un sombrero de policía, sangre en el suelo y que decían habían muerto a un policía, rectificándose el declarante que no fue muerto sino herido...”; permaneció todos los días siguientes en el Gran Hotel; “que él sabe que Barreto así como Haya de la Torre fueron los jefes y que no conoce a los demás…”; (fojas 348 a 350). 177. Instructiva de Félix Loyer Tote, natural de Australia, nacionalizado peruano, residente

en Trujillo, de 37 años, con 4 hijos, empleado, católico; dijo: “como él tiene una asignatura en el Colegio de San Juan concurrió a este local a las ocho de la mañana donde se vio y conversó con el Doctor José Gabriel Cossio135, Manuel Herrera Córdova, Doctor Leopoldo Flores…, Ramiro Ñique, Ingeniero Manuel Mendiola...; que poco después de esto llegó una comisión al Colegio compuesto de Céspedes Lara, Alegría,136 un joven ex alumno llamado León y dos más desconocidos; estos individuos estaban armados, quienes solicitaron hablar con el Director Doctor Cossio, que poco después salían estos hombres a sacar las carabinas que para la instrucción posee el colegio, los cuales fueron entregados previo recibo, a poco de haber salido estos individuos, regresaban furiosos a reclamar las cacerinas que no las tenían y buscándolo por distintos sitios no fue posible encontrarlos, resolviéndose retirarse sin ellas; que el declarante permaneció en el colegio hasta las siete de la noche, hora

135 Se refiere a José Gabriel Cossio (Cosio o Cosío para otros) Medina, el notable cusqueño que nació en Accha, Paruro, el 18 de marzo de 1887. Se graduó en filosofía, historia y letras por la Universidad Nacional de San Antonio del Cusco. Fue profesor de literatura y castellano y catedrático en la citada Universidad. Director del Colegio “San Carlos” de Puno, “San Juan” de Trujillo, tiempo en que ocurrieron los hechos que narramos y en el Colegio Nacional de Ciencias y Artes del Cusco. Periodista y escritor en las revistas “La Sierra”, “Revista Universitaria”, los periódicos “El Sol” y “El Comercio”. Sus temas preferentes fueron escribir biografías de cusqueños notables y los relativos a la arqueología cusqueña, entre otros. Se le conocía como “El cusqueño cusqueñista”. Falleció en Lima el 23 de noviembre de 1960. 136 Se refiere a Ciro Alegría Bazán, después escritor laureado, autor, entre otras novelas de “La serpiente de oro”, “El mundo es ancho y ajeno” y “Los perros hambrientos”.

FMP 231


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

en que se dirigió a su casa, donde encontró un papel en que le manifestaban los choferes de la baja - policía, cuyo ramo también administra, que los revoltosos postulaban por los camiones para su servicio, teniendo esta noticia se fue a la Prefectura y hablando con los señores Haya de la Torre y Silva Solis, a quienes les manifestó que si deseaban los camiones los mandaría inmediatamente, cosa que no lo cumplió en guarda de sus intereses, pues dando orden a los choferes que encerraran los carros y le devolvieran las llaves, tanto de estos como del garaje…”; dijo, también, que la manifestación que vino del cuartel O’Dónovan pasó por delante del colegio, de donde pudo ver que un grupo grande de individuos estaban precedidos de un auto, en el cual iban el señor Haya de la Torre y Silva Solis, que más adelante venía el señor Alberto de Cárdenas y que también reconoció al capitán Rodríguez Manfurt y a un tal Esquivel, toda esta turba arrastraban más o menos cuatro cañones y los muchachos llevaban en el hombro los proyectiles de artillería, que también pudo ver a uno de sus alumnos llamado Lorenzo Ruiz, parado en el estribo de un carro, vivando al apra...”; (fojas 350 vuelta a 354). 178. Instructiva de Alberto Hoyle Salcedo, natural de Trujillo, 30 años de edad, soltero, sin hijos, empleado (de la Empresa Eléctrica), católico; dijo: “que él no ha tenido participación

232 FMP

alguna…”; “que en efecto cuando él se dirigía a la Empresa, por el trayecto notó gran movimiento de gente, en especial en la alameda del Cuartel O’Dónovan; que a poco de estar en la Empresa vio que un tumulto de gente armada se lanzaba disparando al cuartel de seguridad y que diciéndole al contador que iba a ver lo que ocurría en el cuartel, se encaminó hasta la esquina, regresando con la noticia de que había corrido bala...; que al día siguiente se dirigió a la oficina, encontrándola cerrada y con dos individuos armados en la puerta…; agrega el declarante que el día siete, cuando regresaba (a su casa), encontró a los alféreces Carlos Goicochea y Juan Padilla con dos soldados refugiados y que se les proporcionó comodidades y garantías hasta el día once en la mañana en que con una comisión de tropa los hicieron llamar; también agrega que el día diez en la mañana, cuando atacaban las tropas del teniente Castañeda, tocaron su puerta fuertemente, llamando al alférez Padilla y abriendo la puerta se abrazaron y se saludaron con él, que lo acompañaban cuatro soldados, todos los que permanecieron más de una hora atendiendo a un soldado de seguridad, después de lo cual el teniente Castañeda dejó a los oficiales que mejor era que se quedaran, porque corrían peligro, saliéndose con sus cuatro soldados, dejándole antes en su poder su anteojo y capote, el cual fue recogido al día siguiente, así como el cadáver del


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

guardia Cristian Ulderico,137 el que falleció el día diez a las seis de la tarde, también fue entregado veintisiete soles y centavos al capitán Vargas Machuca..”; (fojas 354 vuelta a 355). 179. Instructiva de Carlos José Flores Delgado, natural de Trujillo, avecindado en Salaverry, de 28 años de edad, casado, con 2 hijos, comerciante; dijo: “que el día siete y estando en Salaverry, donde tiene su establecimiento comercial, supo que había estallado en el país y Trujillo se había plegado a ese movimiento; que después de esta noticia resolvió dirigirse a Trujillo para comprar arroz, que le faltaba en su establecimiento; en su trayecto a la estación vio que un individuo, en un carro, precipitadamente se dirigía a Trujillo, al cual lo conoce por el nombre de Flores y que también estaba armado, pero como no alcanzara el tren empezó a buscar un carro para viajar, lo cual demoró más de una hora, permaneciendo todo este rato en la esquina de la Agencia Grace, de donde pudo observar que el Capitán del Puerto embarcaba unos cajones de munición con ayuda de varios vecinos; después de esto ha visto que varios carros procedentes de Trujillo se dirigieron hacia la playa, saliendo de estos carros varios armados, entre los que reconoció

a un señor Maurtua, que no portaba arma, quien llevaba la misión de hacerse cargo de la gobernación; que la demás gente que llegó con este señor disparaba al aire y que el declarante, acordándose que como Capitán del Club de Tiro número doscientos noventa y ocho debía velar por la seguridad del armamento y munición de ese Club, se apresuró hacia la comisaría donde se guardaban los tres fusiles, viendo que ya no existían, solamente encontró un cajón con un poco de munición, la cual la tapó con una maleta de un guardia…; salió en la tarde hacia la playa, encontrándose con el obrero Emilio Delgado, quien observaba tendido lo que ocurría en el muelle, es el mismo que le dijo, señalándole una lancha: “creo que es el Capitán que se escapó”; después de esto se dirigió a la calle de las agencias, donde pudo ver que una multitud de gente se acercaba a la Capitanía, a la que él también se dirigió, y notando que la muchacha (sirvienta) del Capitán de Puerto se encontraba en una de las puertas de la Capitanía y teniendo en cuenta el declarante que en estos casos la poblada es muy abusiva, se situó al lado de ella, con lo cual posiblemente evitó un daño a ésta...; que el día domingo diez se presentó a su casa un

137 De acuerdo con la “relación del personal subalterno de la Guardia Civil muerto en el combate y toma de Trujillo”, que el general G.C. Rómulo Merino Arana consigna en su libro ya citado, página 223, sería Christian Hulering S.

FMP 233


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Oficial de Mar acompañado de cuatro guardias, comunicándole que sabía que él tenía armas y municiones y que se las entregara…, procediendo a registrar su casa, en la que no encontraron tales armas, lo llevaron preso a bordo del crucero Grau hasta el jueves catorce, que lo mandaron en unión de cinco presos más… Agrega el declarante que el asaltante de la Capitanía es el mismo que fue muerto, lleva el mismo apellido, y que es posible una confusión…”; (fojas 355 vuelta a 358). 180. Instructiva de Germán Risco, natural de Trujillo, de 26 años, soltero, sin hijos, chofer, mecánico, católico; dijo: “que el día siete estuvo en su casa y en la mañana sintió muchos disparos en dirección del Cuartel O’Dónovan y que después de un rato salió a la plaza de armas, donde vio gran cantidad de gente que escuchaba las palabras del señor Haya de la Torre, que después de un rato se fue a su casa y no volvió a salir hasta el día diecisiete en que apareció en su casa un investigador que lo trajo preso”; (fojas 358 a 359). 181. Instructiva de Miguel Félix Chivichigno de Mortini, natural de Lima, con residencia en Trujillo, de 34 años, casado, con 11 hijos, comerciante, católico; dijo: “que el día siete muy temprano y estando todavía en cama oyó unos rumores de carros y voces que decían “Viva el apra”... pero que al atravesar la plaza, por delante de la prefectura, notó que

234 FMP

un Capitán Carbajal, con algunos guardias, se encontraba en la puerta de la prefectura y que la mitad de estos estaban parados en la vereda…; el día ocho, a las nueve o diez de la mañana, “pudo ver que los revoltosos afanosamente construían una trinchera” (avenida Rebolledo), y al pasar escuchó a uno de los que trabajaba decir: “bueno, bueno, los que no trabajan son enemigos del pueblo”; “al día siguiente nueve, a horas ocho de la mañana, salió a la puerta de su casa para ver lo que ocurría en la calle, pudiendo haber notado que la trinchera ya estaba construida y ocupada, que además tenían dos cañones atados a dos camiones..” (fojas 360 a 361). 182. Instructiva de José D. Capristán Cáceda, natural de Paiján, de 21 años, soltero y tipógrafo; dijo: que el jueves “se encontraba en su casa; que en la madrugada oyó en su cama gritos de “Viva el apra”, cosa que el instruyente no le dio importancia; que a las ocho de la mañana del citado día se fue a su trabajo, a la imprenta “La Industria”, y entonces se informó por voces callejeras que había estallado una revolución; que estando ya en la imprenta llegó un trabajador de la misma imprenta y manifestó que los revolucionarios entraban a la ciudad”; (fojas 362). 183. Instructiva de Eulogio Vílchez, natural de Santiago de Chuco, de 24 años, soltero y carpintero; dijo: que no tiene ninguna


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

participación en los hechos y que no estuvo acá; “que el jueves catorce del presente, como a las once más o menos de la mañana, viniendo desde Santiago de Chuco, me encontré a esa hora en el trayecto con los revolucionarios; se adelantó a él un hombre gordo y le dijo: lleva este papel a Trujillo, al Coronel, a lo que yo me negué, diciéndole que yo me iba a Laredo, donde tenía mi familia, entonces insistió diciéndome que lo llevase que no tenía ninguna responsabilidad, que al contrario hacía la paz e impedía un derramamiento de sangre...; que habiéndose presentado al señor Coronel el mismo día a las cuatro de la tarde, fue conducido detenido hasta hoy”; (fojas 362 vuelta a 363). 184. Instructiva de Alberto Gonzales Ortega, natural de Huacho, de 35 años de edad, chofer (de la Junta Pro Desocupados); dijo: “que no ha tomado participación alguna” en los hechos; “que el día siete, como de costumbre, se dirigió a sacar el carro tanque de la Junta Pro Desocupados, donde trabaja, encontrando la puerta cerrada, dirigiéndose a la oficina de la Pro Desocupados, sería más o menos las ocho de la mañana; “que media hora más tarde vio venir un enorme gentío que vinieron a la plaza, mandando entonces unos ocho individuos a tomar la Prefectura; la que llegaron a tomar, en estos momentos se encontraba con cinco guardias de la civil, conversando sobre la situación, en toda la

puerta de la Prefectura; que unos minutos antes, el señor Maurice, redactor de “La Industria”, le dijo que le manifestara a la Prefectura que venían ya los revolucionarios a tomar ese despacho, lo que así hizo el instruyente; entonces ellos se posesionaron de la prefectura; en esos momentos que ellos organizaban todo, alguien me reconoció a mí, y me mandaron con dos hombres armados a casa del señor Castañeda, a que sacara el carro que tenía él; como no abriesen la puerta para sacarlo, se regresaron a la Prefectura; luego lo mandaron al garaje Grau, con una orden de Silva Solís, para que sacara un carro o un camión; como no hubo nada allí tampoco, nos regresamos nuevamente a la Prefectura; de allí hemos estado hasta las diez de la noche en el patio de la prefectura, hora en que me pude escapar a mi casa; al otro día me levanté temprano para irme a refugiarme por las chacras y allí fue que me reconoció el aprista Canseco; y en lugar de dejarme libre, me agarró y me llevó al Club Central, donde habían hecho la prefectura, en momentos en que estaban seleccionando a la gente para mandarla al valle; me preguntó un tal Peláez si sabía manejar armas y le dije que no; entonces me mandaron capachero (ayudante), llevaba aceite y gasolina para los carros; como a eso de las diez de la mañana (del 8 de julio), se dirigieron al valle y en momentos en que se encontraban

FMP 235


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

a la altura de Santiago de Cao, alguien dio noticias de que por allí iban veinte hombres más o menos del Ejército, lo cual apuraron más la marcha para perseguirlos; entonces dieron con ellos, se bajaron y tomaron posición los de la revolución, venciendo a los del Ejército como al cuarto de hora; allí cayó un muerto de los revolucionarios y dos de los soldados; entonces me mandó el tal Peláez para que recogiera ese fusil, por lo cual yo lo recogí y lo tuve; de allí se encaminaron hasta Santiago de Cao donde distribuyeron (…); seguimos a Cartavio por lo cual Peláez tubo noticias y mandó decir a la Prefectura de que Casa Grande estaba muy fuerte y que le mandaran más gente; allí estuvimos hasta las siete de la noche; viendo que las fuerzas no llegaban mandó un carro en el que vine yo y dos más armados a la Prefectura; al llegar a Mansiche, por no saber las señales que ellos habían tratado de luces para conocerse si eran del partido, hubo una descarga contra el carro, resultando uno muerto; después de aclarado el asunto nos dirigimos a la Prefectura, donde estaba Cucho Haya, para trasmitirle la orden que traía el chofer, allí fue, que como para descansar me quité el fusil y lo dejé, por lo que otro que venía a entrar de guardia lo tomó; allí fue que yo engañándole al chofer que me trajo, que iba en comisión, le dije que me dejara en la Plazuela Santa Ana..”; (fojas 363 vuelta a 365).

236 FMP

185. Declaración testimonial del doctor Pedro Manuel de la Riva, Prefecto del departamento de La Libertad; Preguntado diga, si han sido firmados por usted los cables y diferentes comunicaciones que se le ponen a la vista (fs. 329 y 330); dijo: “las últimas comunicaciones oficiales dirigidas por el suscrito, en su carácter de Prefecto del Departamento, fueron los que entregados al telegrafista Alejandro Contreras, noticiaban del estallido revolucionario apro- comunista al Ministro de Gobierno, al Ministro de Guerra y a la Jefatura del Estado Mayor de la Región. Son pues fraudulentas y a base de la falsificación de mi firma, las que posteriormente a esas se me atribuyen; es decir, las que se me ponen a la vista. Debo agregar que es también fraudulenta la comunicación cablegráfica que se le atribuye al comandante Silva Cáceda (fs. 331), pues este infortunado jefe en ningún momento gozó de libertad para hacerlas; (fojas 370). 186. Instructiva de Enrique Carrión Medrano, natural de Trujillo, de 28 años, soltero, empleado; dijo: “que no ha tenido ninguna participación en los actos que se le preguntan...; que el día sábado dieciséis salí a mi puerta y entonces un guardia me condujo detenido…”; (fojas 370 vuelta a 371). 187. Instructiva de Carlos Briceño Balque, natural de Cajabamba y domiciliado en Cartavio, de 18 años, soltero y bracero; dijo: “que es


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

barchilón138 del hospital de Cartavio, que encontrándose en ese lugar el día nueve del presente, tres guardias civiles lo trajeron preso a esta ciudad...”; dijo que no conoce nada sobre los hechos; (fojas 371 vuelta a 372). 188. Instructiva de Ernesto Saucedo Inciso, natural de Jesús, provincia de Cajamarca, con residencia en Casa Grande, de 21 años de edad, chofer: dijo: que el siete del presente “se encontraba preso en Casa Grande; que a las tres y media de la mañana se presentó en su casa un Cabo y un guardia, los cuales me llevaron a la cárcel, ignorando el motivo…”; no conoce sobre los hechos; (fojas 372). 189. Instructiva de Francisco Mariño Azcate, natural de Moyobamba, con residencia en Cartavio, hace algunos años, de 24 años de edad, soltero, obrero centrifuguero. Diga cuándo y por orden de quien se declararon en paro los trabajadores de Cartavio, dijo: “que no conoce nada sobre lo que se le pregunta; que el día miércoles seis entró a trabajar a las ocho de la noche y salió a las cuatro de la mañana; el día jueves durmió hasta las once de la

mañana, almorzó y entró a su trabajo, saliendo a las ocho de la noche y se acostó; después de estar acostado sintió disparos pero no se levantó, porque pensaba levantarse a trabajar a las cuatro de la mañana, pero como no lo despertaron, como es costumbre, se quedó dormido hasta las seis de la mañana; que el día viernes salió a la calle y vio multitudes de gentes pero que no se acercó, por lo que no puede precisar quienes estuvieron en el movimiento y quien fuera el cabecilla; además, hace constar que los días sábado y domingo no ha salido a la calle; que el día lunes supo que una sobrina suya había venido de la sierra a Trujillo y quiso venir a este lugar a verla; que se encaminó a pie porque no habían carros y al llegar a la dirección del campo de aterrizaje lo detuvo un soldado y lo llevó al cuartel, donde quedó detenido”; (fojas 373). 190. Instructiva de Santiago del Rosario Solano, natural de Santiago de Cao, de 27 años, soltero y agricultor; dijo: “que el día siete estaba trabajando en la carretera de Moche, todo el día; que el día viernes lo pasó allí también porque precisamente cerca de la carretera

138 “Se usa en el Perú y el Ecuador aplicado a la persona encargada de la atención de enfermos en hospitales al nivel más prosaico. El origen de este término se debe a Pedro Fernández Barchilón, un oficial pizarrista que fue absuelto después de haber sido condenado a muerte. El hecho lo convirtió en una persona muy religiosa y servicial. Por ello, cuando fue administrador en el hospital de Huamanga, los enfermos gritaban su apellido para solicitar auxilio. Barchilón se aplicó luego a los ayudantes de enfermería y se ha mantenido hasta nuestros días.” (HILDEBRANDT, Martha, El habla culta, publicación de “El Comercio”, 2015).

FMP 237


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

tenía un cuarto en el que vivía; que el sábado se vino a las ocho de la mañana a Trujillo y fue donde un compañero al paseo Muñiz, que allí la ha pasado hasta el día doce en que salía en dirección a su trabajo; que pasó por las trincheras de Mansiche y entonces fue llamado por los guardias, que lo condujeron detenido”; que no sabe de los hechos; (fojas 373 vuelta a 374). 191. Instructiva de Luis Peláez Flores, natural de Trujillo, de 21 años, soltero, chofer; dijo que el día siete “se levantó como a las nueve de la mañana y que su mamá le dijo que las gentes decían que se habían en el pueblo levantado contra las tropas, que en seguida tomó desayuno y salió a la calle y se encontró con varios amigos de su barrio, quienes le dieron más detalles de los sucesos, que el pueblo había tomado el Cuartel O’Dónovan…; que fue aprendido por dos guardias civiles el domingo diez, a las siete de la mañana, en circunstancias en que iba a tomar desayuno dentro de su casa, donde fueron los guardias y lo sacaron lo mismo que a su tío…”; por versiones de todo Trujillo sabe que los cabecillas han sido: el Capitán Rodríguez Manfurt, Cucho Haya de la Torre y Silva Solis”; (fojas 374 vuelta a 375). 192. Instructiva de Eusebio Pérez Islas, natural de Pallasca, con residencia hace seis años en Barrasas, comprensión de Laredo, de 25 años,

238 FMP

soltero y bracero; dijo: “que él no ha tomado parte absolutamente (en los hechos) y que durante los días siete, ocho, nueve, diez y once ha estaba trabajando en el referido lugar; que el martes doce salió de Barrasas con su compadre Francisco Chávez en dirección a Mansiche, para cobrar su compadre a una comadre que tiene en el citado sitio; que llegando a la portada de la línea de Laredo, cerca al barrio “Pesqueda”, cuatro hombres de la guardia de seguridad los tomaron presos…”; no conoce nada de los hechos; (fojas 375). 193. Instructiva de Francisco Chávez, natural de Huamachuco, domiciliado en Barrasas hace dieciséis años, de 42 años, casado y agricultor; “que no conoce absolutamente nada de lo que se le pregunta…”; “que el martes doce vino de Barrasas a cobrar una cuenta a su compadre Eladio Escobedo, que reside en “El Cortijo” y que al llegar a “Pesqueda” tres guardias que estaban en la línea lo capturaron como preso…”; “ que venía en compañía de Eusebio Pérez”; (fojas 376). 194. Instructiva de Manuel Rodríguez Nicar (Niopaso), natural de San Pedro, con residencia en su chacra la Pesqueda de esta ciudad, de 29 años de edad, soltero, carpintero; Refiera lo que sabe sobre el ataque al cuartel O’Dónovan y masacre de los jefes y oficiales en la cárcel pública de esta ciudad; dijo: “que sólo supo del movimiento el día jueves siete


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

porque vi a un hombre armado por el camino de mi chacra, haciendo disparos y haciendo saber que se habían apoderado del cuartel O’Dónovan, pero que no conoce a este hombre, que era injerto, que no sólo le dio la voz a él sino a otro obrero apellidado Sevillano”. Preguntado donde se encontraba el día siete del presente, dijo: “que el día que se le pregunta ha estado en su casa, lo mismo que los días viernes y sábado; que el domingo fue a refugiar a su familia en la casa Hacienda, para su mejor seguridad y la de su familia, por lo cual pidió permiso al hijo del administrador del fundo Pesqueda; que el día lunes, en previsión de algo seguramente, los guardias revisaron la casa hacienda, cuando ellos salían vimos que traían a un herido y fuimos, tanto el instruyente como Alfredo Cabanillas y un tal Robles, a traerlo, ayudado de un cabo Espinoza; en estos momentos mi madre lo atendió, proporcionándole los socorros que estaban a su alcance, pues en ese momento supimos por el teniente Navarro y el alférez Vizcarra, que el herido era el teniente Luis Lanata; que el martes fue una comisión y no les hizo nada, pero que la segunda comisión lo llevaron preso; un guardia y un soldado”; (fojas 376 Vta. a 377). 195. Instructiva de Adelfio Cerna Benites, natural de la hacienda Carabamba, residente en esta, soltero de 20 años, de oficio comerciante; dijo que del siete al once “estuvo en la casa de

su patrón Leopoldo Cerna R., calle Bolívar, quinientos cuarenta y cuatro..., hasta el doce en que fue detenido en la Prefectura, cuando fue a ver a su patrón Leopoldo Cerna…; que no ha tomado parte en nada”; (fojas 378). 196. Instructiva de Agustín Meléndez Torres, de 30 años, natural de Chota, agricultor, casado, con dos hijos; dijo: “que no conoce el cuartel, así como tampoco tomó parte en nada…; que del siete al doce estuvo en el puerto de Salaverry y fue capturado el martes, o sea el doce, por la guardia civil”; (fojas 378 vuelta a 379). 197. Instructiva de Rafael Rubén Rebaza Gamboa, natural de Paiján, de 28 años, soltero, católico, de oficio jornalero; dijo: “que no ha tomado parte en nada de los actos que se le preguntan…; que está afiliado al partido aprista y que su jefe es Víctor Raúl Haya de la Torre…”; (fojas 379 vuelta a 380). 198. Instructiva de Fortunato Vásquez Gonzales, natural de Otuzco, de 21 años, soltero, de oficio mecánico; que “fue capturado el día nueve por la Guardia Civil, en la calle Vicente Delgado de la hacienda Cartavio”; que durante los días del siete al nueve estuvo trabajando en la fábrica, en que fue capturado y traído el mismo día por la noche y depositado en el campo del Stadium, hasta el doce que fueron llevados a la comisaría y en seguida puestos a disposición de este Juzgado...; FMP 239


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

que no ha tomado parte en el movimiento revolucionario, así como tampoco sabe quiénes sean los autores ni cómplices…; que el día siete en la noche la peonada de la hacienda asaltó el puesto a las nueve de la noche, pues la peonada se declaró en paro, tocando el pito de la fábrica como señal (para) que atacaran el puesto de la guardia civil en aquel lugar. Que el instruyente no tomó parte en el levantamiento de toda la peonada”; que no sabe quién levantó la peonada…; “agrega de que no sabe si después del paro se vino hacia Trujillo”; (fojas 380 vuelta a 381). 199. Instructiva de Wenceslao Barrionuevo Yerren, natural de Santiago de Chuco, soltero, con dos hijos, de 27 años, de oficio brasero y católico, peón de la hacienda Cartavio; dijo: “que no sabe el instruyente que se haya levantado esta peonada - de Cartavio-, pues es guardián de campo, donde estuvo hasta el sábado nueve en que le manifestó su compañera de que había llegado una fuerza de Trujillo y que iban hacer una huelga”; después, dice que esta fuerza lo tomó preso. El que recibió la declaración instructiva anotó: “Este encausado cae en una serie de contradicciones y termina manifestando de que la peonada de Cartavio no vino a esta ciudad”; (fojas 382). 200. Instructiva de Cesáreo Arteaga Vera, natural de Huamachuco, de 30 años, soltero, con dos hijos, de oficio carnicero y católico, con

240 FMP

residencia en Cartavio, dijo: “que fue capturado el día nueve por la noche, en el Campamento del Ingenio, por la guardia civil en la hacienda Cartavio”; “que el jueves siete, a las diez de la noche más o menos, se tocaba el pito, no en la forma acostumbrada, más bien para alborotar a la gente, que en seguida se oyó disparos; que el instruyente no se levantó pues quedó en su cama, que tampoco ha oído decir quiénes fueron los que hacían los disparos”; diga, bajo las órdenes de quien vino la peonada de Cartavio a atacar el Cuartel O’Dónovan; dijo: “que no sabe nada”; (fojas 382 vuelta a 383). 201. Instructiva de Pablo Ramírez Carrascal, natural de Trujillo, de 21 años de edad, soltero, de oficio empleado, católico; dijo: “que fue capturado el lunes once en la esquina de la calle Junín, que de orden del mayor Alfaro, y fue traído por el sargento Teseira”; “que desde la noche que fue tomado el cuartel durmió en su casa, así como la noche del siete, y que los demás días los ha pasado en la casa de César Pérez, en compañía de su familia; dicho Pérez también se encuentra preso”; “que no está inscrito” en el partido aprista; después dice que está, pero no recuerda el número de su carnet y que no se ha metido en nada...; que ha asistido una sola vez a la manifestación aprista, ”cuando llegó su jefe de partido Víctor Raúl Haya de la Torre”; que no se ha


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

plegado al movimiento, que no podía dar razones, así como tampoco ha visto a las personas armadas que caminaban en la población; (fojas 383 vuelta a 385). 202. Instructiva de Antonio Galán Flores, natural de Salaverry, con residencia en Cartavio, de 49 años, soltero, de oficio cargador y católico. Preguntado, con qué motivos, en la noche del seis del presente, tocó varias veces el pito de la hacienda; dijo: “que fue para declararse en paro la peonada, pero que ignora el motivo para que haya sido, que desarmaron la guardia civil, que se vinieron a esta ciudad, pero no sabe bajo las órdenes de quien y que sintió los disparos en la salida de la hacienda hacia Chiclín, esto ocurrió el día ocho en la noche”; cite testigos: “que cita al preso Chinchayan, Ángel Zapata”; (fojas 385). 203. Instructiva de Lorenzo L. Espinoza Cárdenas, natural de Trujillo, de 21 años, soltero, de oficio albañil y católico; dijo: “que fue capturado el lunes once en su casa por el Mayor Alfaro, el Sargento Teseira, que penetró a su domicilio rompiendo una puerta, porque las dos puertas de la casa estaban trancadas”; que no está inscrito en ningún partido; “que los únicos disparos que ha oído son los que la tropa hicieron al entrar a la ciudad”, que no ha estado en ninguna manifestación pública, porque su papá es Sánchez Cerrista; (fojas 385 vuelta a 386).

204. Instructiva de Burgos Concepción Navis, natural de Santiago de Chuco, de 28 años, soltero, con 5 hijos, de oficio machetero y católico; dijo: “que estando durmiendo el instruyente, tocó tres pitos la fábrica, que era la señal de paro, que el instruyente no se levantó porque estaba cansado; que no sabe que la gente vino en la mañana del siete; firmó la instructiva a ruego Ricardo Albán Torres, por no saber firmar; (fojas 386 vuelta a 387). 205. Instructiva de Samuel Balladares Moreno, natural de Cajabamba, con residencia en Cartavio, casado, con dos hijos, de oficio agricultor y católico. ¿Cuándo, para que y bajo las órdenes de quien se declaró en paro la hacienda Cartavio? dijo: “que fue el viernes, que no sabe la hora que fue, cuando regresaba de su trabajo le dijeron que había paro”; que no tiene conocimiento si la gente de Cartavio vino a Trujillo al hacerse el paro; (fojas 387 vuelta a 388). 206. Instructiva de Manuel Burga Quezada, natural de Trujillo, 26 años, soltero, de oficio mecánico y católico; dijo que fue capturado “el lunes once en la calle Colón, por las tropas del Regimiento once”; que no participó en los hechos, que está inscrito en el partido aprista “bajo el número seis mil doscientos sesenta y tres”; (fojas 388 a 389).

FMP 241


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

207. Instructiva de Rafael Rodríguez Ponciano, natural de Trujillo, de 29 años, soltero, con un hijo, de oficio mecánico y católico; Está usted acusado de haber tomado parte en el ataque del Cuartel O’Dónovan, en la mañana del siete del presente; dijo: “que no ha tomado parte, que ha amanecido en su casa, durmiendo, que no ha sentido disparos y que no ha oído nada el día jueves siete”; dice que los demás días a sentido, pero que no se movió de su casa hasta el martes doce en que fue capturado; que el instruyente vive en La Unión, pero que estuvo durmiendo cinco días en la casa que es pensionista, siendo esta pensión del señor Antonio Solari…; diga bajo qué número está inscrito en el partido aprista; dijo: “que no recuerda el número, pero que pertenece a este partido”; (fojas 389 a 390). 208. Instructiva de Cecilio Aguilar Bravo, natural de Chiclayo, de 30 años, casado, con tres hijos, de oficio picapedrero y católico; Preguntado cuando fue usted capturado, en donde y por quién; dijo: “que durante los cinco días del movimiento el instruyente no salió a la calle, pues vive en su chacra, en el Cerro de Pesqueda; cite testigos; dijo: Benigno Caballero, Pedro Cruz que está detenido, Alfredo Cabanillas, Avelino Caballero, que reside en Pesqueda; que hasta el doce no se había enterado de los movimientos; rectifica que si oía

242 FMP

disparos desde la noche del siete y los demás días; que no sabe nada más de lo ocurrido; (fojas 390 a 391). 209. Instructiva de Manuel García Pereda, natural de Santiago de Chuco, de 26 años, soltero, de oficio agricultor y católico; Preguntado donde estuvo usted la noche del asalto al Cuartel O’Dónovan, cuando fue tomado y por quién; dijo: “que fue tomado por la tropa que estuvo en el cerro Pesqueda el día doce y que desde el siete hasta el doce, así como tampoco no ha trabajado esos días, por estar enfermo”; diga si estuvo haciendo guardia en la cárcel el día siete; dijo: “que como repite a estado enfermo”. Este encausado ha sido reconocido por los soldados Teófilo Jaramillo e Isaac Flores de haberlo visto en esta cárcel, cuando fueron traídos por los revolucionarios; (fojas 391 a 392). 210. Instructiva de Eleodoro Campos Fernández, natural de Santiago de Cao, avecindado en Trujillo, de 25 años, de profesión camalero, casado, con dos hijos, católico; dijo: “que el día siete, muy temprano, se dirigió al mercado, a su negocio de carnicero...; que hoyó decir que habían tomado el Cuartel O’Dónovan, a las tres de la mañana, gente armada de Laredo...;que en la misma plaza, el día doce, oyó de la gente que habían matado en la cárcel a todos los presos”; (fojas 393).


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

211. Instructiva de Octavio Miranda Encalada, natural de Trujillo, de 25 años, mecánico, católico; dijo: “que el día siete y después de levantarse, notó gran movimiento de gente que decían que habían tomado los revolucionarios el Cuartel O’Dónovan...; que - formulasu más enérgica protesta por crímenes como el de la cárcel, que mancha a todo el pueblo; que si él supiera quienes son no trepidaría en delatarlos, a fin de que la sanción caiga sobre esos criminales”; (fojas 393 a 394). 212. Instructiva de Eulogio Valle Chican, natural de Chachapoyas, residente en Trujillo, de 27 años, soltero, sin hijos, católico, trabajador de la baja de Policía; dijo: “que no ha visto ni oído nada de lo que se le pregunta, que ignora por completo lo que ha ocurrido esos días...”; (fojas 394 vuelta a 395). 213. Instructiva de Manuel Arroyo Acosta, natural de Santiago de Cao, de tránsito en Trujillo, soltero, con 4 hijos, jornalero de la hacienda Chiquitoy, no conoce de los hechos; “que el jueves catorce… aparecieron dos guardias por la tapia de atrás de la casa y le dijeron que se diera preso, a lo que les contestó que cual era el motivo, contestándole éstos que habían encontrado unas armas votadas frente de su casa y que por este mismo motivo también apresaron a Luis Baquedano, que vive a lado donde estuvo alojado...”; (fojas 395 vuelta a 396).

214. Instructiva de Genaro Agreda Cárcamo, natural de Trujillo, de 31 años, soltero, con dos hijos, mecánico; dijo: que “en la mañana del siete vio mucha gente que bajaba del Cuartel O’Dónovan portando las armas y cañones, pero que no conoció a nadie de estos, que tenían aspecto de forasteros; que la hora que atacaron fue en la madrugada y que presume fue la hora del ataque...”; (fojas 396 vuelta a 397). 215. Instructiva de César Carranza Orbegoso, natural de Otuzco, vecino de Trujillo, de 51 años, soltero, sin hijos, albañil; dijo: “que el día siete notando gran movimiento de revoltosos y muchos disparos, por distintas partes, resolvió no salir de su casa...”; (fojas 397 vuelta a 398). 216. Instructiva de Humberto Carranza Sánchez, natural de Trujillo, de 17 años, soltero, sin hijos, lavador de carros, católico; dijo: “que el día siete se disponía a ir a su trabajo, pero notando el gran movimiento y los disparos, su mamá le indicó que no saliera”; ignora por completo sobre los hechos; (fojas 398 a 399). 217. Instructiva de Mercedes Riojas Melgarejo, natural de Lambayeque, residente en Trujillo, de 30 años, soltero, con dos hijos, zapatero, que ha estado enjuiciado y preso en la cárcel; dijo: “que el día siete, en circunstancias de encontrarse preso en la cárcel, a horas once

FMP 243


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

del día, llegaba a la cárcel un gran grupo de apristas armados, gritando que salgan los criminales y obligando se abrieran las rejas; salimos todos los presos a la calle y el declarante a toda carrera se fue hasta su casa, cita cerca de la alameda del Ejército, donde se escondió, permaneciendo (allí) hasta el miércoles trece; que resolvió irse por las haciendas para evitar ser tomado por la policía, pero cuando caminaba por las inmediaciones del panteón, fue tomado por dos guardias de seguridad, le dijeron que él era aprista, contestándoles que no era aprista, que lo que era es prófugo, que como le habían dado libertad trataba de ponerse a salvo, pero procedieron a aprisionarme, me trajeron a este cuartel, donde permanezco...”; (fojas 399). 218. Instructiva de César Augusto Saavedra Ramírez, natural de Trujillo, de 50 años, casado, con cinco hijos, calderero, católico; dijo: “que el día siete estando en su casa durmiendo oyó unos rumores de carros y vivas al apra, lo cual le llamó la curiosidad y aguaitó hacia la calle, que oyó también disparos; poco después de aclarar el día salió a averiguar qué pasaba y notando gran movimiento y que las gentes decían que había revolución, se resolvió recluirse en su casa…”; (fojas 400 a 401). 219. Instructiva de Ovidio Pando Mendo, natural de Jesús, residente en Casa Grande, de 23 años, soltero, sin hijos, zapatero, católico; El

244 FMP

señor Juez le hizo saber que estaba acusado de los graves delitos de ataque a los cuarteles O’Dónovan y Policía, así como de los crímenes perpetrados en la cárcel de esta ciudad. Dijo: “que él, como trabajador de Casa Grande, desde hace varios años, en la noche del seis, encontrándose en su cita en la calle Urubamba diez y siete, salió a comprar cigarros, encontrándose con Ernesto Saucedo, Manuel Zapata, Oscar Romero, Pedro Pando y Milcíades Pando, con todos los cuales regresó a su casa a jugar “siete y medio” y que sintiéndose mal del estómago salió con intención de tomar una “cola”, encontrándose con Manuel Acuña este le dijo “acompáñame un momento”, a lo que se negó por no estar en disposición, yéndose a dormir a su casa, donde ya no encontró a los amigos que había dejado y trancando su puerta se hecho a dormir; que más o menos a las cuatro de la mañana, el cabo La Rosa le toca la puerta insistentemente, diciéndole que se diese preso y llevándole al cuartel en unión de su hermano Milcíades Pando; lo interrogaron al declarante (diciendo) que si sabía del movimiento que había estallado, a lo que contestó que él no sabía nada absolutamente, que había estado durmiendo y que la noche estuvo jugando barajas; que después de tenerlo preso hasta el viernes quince, lo remitieron a ésta, donde se encuentra; agrega el declarante que el mismo viernes y antes de remitirlo a ésta, pusieron


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

en libertad a su hermano Milcíades, lo mismo que a Manuel Zapata y que le llama la atención que se le diga que él haya tomado parte en los asuntos de Trujillo, puesto que él no vive en Trujillo y que como se ve, desde la madrugada del siete ya estaba preso; (fojas 401 a 402). 220. Instructiva de Eusebio Borques Loredo, natural de San Pedro, residente en Puerto Chicama, de 33 años, con 4 hijos, soltero, jornalero, católico; dijo que “hasta cuando le notificaron que era necesario que llegase al cuartel, porque tenía una acusación, esto le dijo el señor Maly, quién después le aconsejó que se fuera a Casa Grande, donde estaban los dos individuos que lo acusaban de haber dado muerte al soldado Díaz (guardia) y al cabo Salinas, cosa que llamándole la atención no trepidó en encaminarse a Casa Grande, en compañía de cuatro guardias civiles, que luego de haber llegado a esa había salido el camión de Casa Grande con algunos presos, entre los que se encontraban los dos individuos que debían atestiguarle, que son Abraham Vides y Lorenzo Cordero, de manera que dispusieron que en el mismo camión que llegaron de Chicama continuaran a Trujillo, donde ambos se encuentran presos...” El señor juez dispuso que se presenten los acusadores Abraham Vides y Lorenzo Cordero para proceder al reconocimiento del acusado

presente; Abraham Vides reconoce a Eusebio Borques, diciendo que lo conoce pero que no se ha ofrecido mentarlo como autor ni cómplice de la muerte del cabo (guardia) Diaz ni del guardia Salinas; que el sí ha oído decir, estando en esta preso, que los autores de tal hecho son Agustín Gamarra, Augusto Rivas Plata y Leopoldo Pérez...; Borques es inocente”; (fojas 402 a 404). 221. Instructiva de Florencio Cordero.- Dijo “que Eusebio Borques era inocente, que él no se había metido en el asunto, que más bien el declarante estuvo con los autores del delito, antes que estos se marcharan al santo que iban a festejar en el pueblo “misterioso” y estos individuos son Augusto Rivas Plata, Agustín Gamarra, Leopoldo Pérez, Edmundo Vides, Víctor Oliva, Fernando Carrascal, Carlos Ramírez, Genaro Aimar, Eusebio Ramírez; que él no ha manifestado que Borques estuviera con ellos; que cuando ellos se encontraban en una de las calles del pueblo “misterioso”, el cabo Salinas les hizo el alto, contestando Rivas Plata que si era prohibido andar en grupo, contestando el cabo que no pero que era necesario el orden y que gritando dentro del grupo Agustín Gamarra les dijo a los guardias “manos arriba”, sacando el revolver él y Augusto Rivas Plata como Leopoldo Pérez, abalanzándose sobre los guardias; que entre todos ellos se trabaron una lucha,

FMP 245


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

siendo Agustín Gamarra el único que disparó contra los guardias; agrega el declarante que un tercer guardia fue agarrado contra la pared por Fernando Carrascal y Rufino Fernández y le decían, usted no sabe compañero lo que es, esta es la revolución; el nombre de este guardia es Vásquez; que después de esto los reunió Agustín Gamarra a todos, diciéndoles “vamos a tomar el puesto”, el declarante le manifestó que no podía ir adelante porque no tenía arma, que ellos que tenían armas debían entrar adelante y así lo hicieron, pero poco después salían diciendo que no convenía porque los guardias estaban armados y que mejor era esperarlos por la iglesia, reuniéndose en el sitio donde había caído el guardia Diaz y el cabo Salinas, procedieron a recoger al herido y muerto, así como al guardia Vásquez que lo habían dejado prisionero, al cuidado de Rufino Fernández y Edmundo Vides; que ordenando imperiosamente, Agustín Gamarra les obligó al declarante y Abraham Vides para que cargaran al herido y muerto para esconderlos a fuera del pueblo; que después de esto Agustín Gamarra y Rivas Plata dijeron que se venían a Trujillo, regresándose todos los demás a Malabrigo; agrega el declarante que al retirarse Gamarra y Rivas Plata se llevaron al guardia Vásquez con intención de matarlo, pero que no lo hicieron”; “que el fin que perseguían era la revolución y que no sabe quién les daría las armas”. El juez

246 FMP

pregunta que cosa hicieron con las armas de los tres guardias; dijo: “que no recuerda, pero que sabe que Carrascal Fernando es poseedor del revólver del guardia Vásquez”; (fojas 404 a 405). 222. Instructiva de Genaro Aimar, natural de Cajamarca, domiciliado en Puerto Chicama, con seis hijos, carpintero; dijo: “que Agustín Gamarra apareció en Chicama (puerto) el día seis y notó que este individuo hacía comentarios políticos, con todo el elemento trabajador y que en la noche se reunieron en el sitio denominado “misterioso”, Agustín Gamarra, Augusto Rivas Plata, Pérez de nacionalidad colombiana, Abraham Vides, Edmundo Vides, Vicente Ramírez, Eusebio Ramírez, Florencio Cordero y como cuatro más que no conoce; que después de reunirlos en una construcción de casas, Gamarra les dijo, que el Comandante Jiménez era el Jefe de la Revolución que ya había estallado en todos los pueblos del Dpto. y que el movimiento debía hacerse sin derramamiento de sangre; que lo que debían (hacer) era procurarse armas y después de esto se dispersaron, notando al poco rato que un individuo desconocido le decía a Gamarra que la policía (estaba) de ronda, entonces Gamarra empezó a reunir a toda la gente se dirigió al sitio denominado “misterioso”; al encontrarse con la ronda del cabo Salinas, que les hizo el alto, a lo que respondió Gamarra que si era prohibido andar


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

en grupos, entonces Gamarra sacando su revólver disparó contra los guardias, cayendo el guardia Diaz y el cabo Salinas, ordenando apresarar al guardia Vásquez, cosa que lo hizo Edmundo Vides con cuatro más, que no recuerda quienes fueron; que después de esto Gamarra ordenaba a todos que lo siguieran a lo que obedecieron y llegando al cuartel de policía entraron en el Gamarra, Rivas Plata y Pérez y los demás quedaron en la puerta de afuera, en espera; que poco después salieron estos individuos, quienes dijeron antes de salir del cuartel a los policías, que vinieron a comunicar que habían herido a un pariente de Gamarra, noticia que provocó que los guardias procurasen sus armas para salir a la calle, este motivo hizo que Gamarra y sus dos acompañantes salieran de prisa llevando consigo al grupo que los esperaba a fuera y encaminándose al lugar donde había caído el guardia y el Cabo, Gamarra ordenó que retirasen al herido y al cadáver a una cuadra más allá, no sabe con qué objeto; que después de esto Gamarra y Rivas Plata manifestaron que se iban a Paiján y que a esto se dispersaron todos en distintas direcciones; que no sabe qué cosa hicieron con el guardia preso al que lo tenían atado de las manos; que el declarante, asustado de lo que ocurría, empezó de la gravedad del hecho y del encargo de Gamarra de no matar, fue el primero que lo hiciera; dijo el declarante que si él hubiera sabido que

Gamarra y los demás eran unos criminales, nunca se hubiera atrevido acompañarlos y que estando en esta cavilación se encontró con una pareja de guardias, los que lo detuvieron y después de buscarlo si tenía armas lo condujeron preso, que permaneciendo tres o cuatro días lo trasladaron a Casa Grande y a continuación a esta donde se encuentra; (fojas 406 a 407). 223. Instructiva de Juan Merino Barreto, natural de Ascope, residente en Puerto Chicama, de 39 años, jornalero, soltero, con 7 hijos, católico; El señor juez le hizo saber de qué estaba acusado de haber tomado parte en los asesinatos de Malabrigo, en las personas del cabo Salinas y el guardia Díaz; que niega los hechos y refiere que del guardia Vásquez es el único que en forma equivocada refiere que participó en los hechos; el Juez hizo ingresar a Genaro Aimar y Florencio Cordero para saber si participó en los hechos, ambos refieren que no estuvo; (fojas 408 a 409). 224. Acta de ratificación de los peritos doctores Luís G. Tapia, Luis Valentín y Carlos A. Mori, quienes elaboraron el dictamen del reconocimiento de los cadáveres de las víctimas de la cárcel; (fojas 410). 225. Confrontación entre Miguel Aguilar Enríquez y el guardia civil Pablo Sierralta Gutiérrez; Sierralta se ratifica que Miguel Aguilar y

FMP 247


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

otro individuo moreno, al momento en que llegaron presos de Laredo, al salir del carro lo agarraron a trompadas y puntapiés, metiéndolo así al local de la Prefectura al guardia Alfonzo Bernal que venía preso y que ha sido masacrado en la cárcel; (fojas 410 vuelta). 226. Instructiva de Fernando Yupanqui Flores, natural y residente en Trujillo, de 22 años de edad, soltero, sin hijos, empleado, católico. - El juez le hizo saber que estaba acusado del ataque al cuartel O’Dónovan y los cuarteles de policía y la masacre de la cárcel; dijo: que “no es cierto, yo no he estado en ninguno de estos sitios ni soy autor de ninguno de estos delitos; el miércoles en la noche estuve en mi casa y no salí; el jueves después de ciertos quehaceres domésticos me dirigí a la oficina de la Singer donde trabajo y la encontré cerrada, como no llegara el señor Nelly me dirigí a la señorita Elvira Gonzales, con quien conversó sobre lo que ocurría y entonces le aconsejó al declarante que se retirara a su casa y así lo hizo de donde no volvió a salir”; preguntado por qué se le acusa que en su casa, en el callejón Portilla, ha fabricado bombas explosivas y se reunía un grupo de revoltosos; dijo: “que no es cierto”; preguntado si conoce a los autores del movimiento revolucionario; dijo: “que no conoce nada”; preguntado si conoce a doña Juana Aguilar que vive en el mismo callejón Portilla; dijo: “que si la conoce que es su vecina y que tiene amistad”; (fojas 411).

248 FMP

227. Instructiva de Alberto Asnarán Cisterna, natural de Trujillo, de 29 años, soltero, sin hijos, operador de cinema; dijo: que no ha participado en ningún hecho, estuvo en su casa con su madre enferma y que es malogrado de ambas manos, que no conoce a los participantes; (fojas 412). 228. Instructiva de Luis Herrera Prieto, de 18 años de edad, natural de Trujillo, agricultor, soltero; dijo que no ha participado en los hechos y no conoce quienes lo hicieron; (fojas 412 vuelta a 413). 229. Instructiva de Lizardo Torraca Olguín, natural de Trujillo, de 21 años, soltero, carpintero, católico; dijo: que no ha participado en nada y no conoce a los autores de los hechos; (fojas 413). 230. Instructiva de Pedro Andrade Sandoval, natural de Chocope y vecino de Trujillo, de 36 años, soltero, con un hijo, albañil; dijo que no ha tenido ninguna participación en los hechos; “se informó después que el jefe de los atacantes al cuartel era un individuo que le llamaban el taita, que también supo que el prefecto era Agustín Haya de la Torre”; (fojas 413 vuelta a 414). 231. Instructiva de Francisco Cristóbal Vásquez, natural de Cajabamba, residente en Cartavio, de 17 años de edad, soltero, católico, empleado de fábrica; el juez le manifestó que estaba acusado como uno de los asaltantes a la


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

guardia civil cuando pasaba con dirección a esta ciudad; dijo: “ no señor, no es cierto, yo soy un muchacho enfermo y por esta razón no he salido ni doy razón quienes serían los que atacaron a la policía; que el día sábado nueve los guardias me sacaron de mi casa, trayéndome a esta ciudad”; (fojas 414). 232. Instructiva de José Santos Viviano Flores, natural de Huamachuco y residente en Trujillo, de 22 años, soltero, católico, con un hijo; El juez le manifestó estar acusado de los delitos de asalto a los cuarteles O’Dónovan y Policía y de haber asesinado a los presos de la cárcel; dijo: “señor no es cierto, el miércoles en la noche estuve en mi casa, el día jueves fui a la plaza del mercado donde estuve hasta las dos de la tarde, de allí me fui a mi casa regresando con mi mujer a la casa de Julio Kong, quién vive a la vuelta del cine del pueblo, durmiendo allí, el viernes fui a la casa de mi mamá, allí dormí y de allí se fue a su (me fui a mi) casa hasta el viernes quince que me tomaron preso”; preguntado quienes son los autores de este delito; dijo: “no le doy razón”; preguntado quien lo vio en el mercado el día jueves siete; dijo: “que lo ha visto don Juan Leyva y don José Quirós que son camaleros”. No sabe firmar, lo hizo por él, el testigo Juan Campos; (fojas 414 vuelta a 415). 233. Instructiva de Roberto Sánchez Huatay, natural de Cajabamba, residente en Casa Grande,

de 24 años, soltero, fogonero, católico.- El juez le manifestó que estaba acusado de atacar a la policía en Casa Grande; dijo: “que no es responsable del delito que se le acusa, que no tiene ninguna participación en ningún delito; que en la hacienda Casa Grande está establecido que en un solo cuarto pueden vivir hasta cuatro hombres solteros y con este motivo hacían diez días se dispuso que Carlos Romero pasara a ocupar el mismo cuarto que tengo; que el día jueves siete del presente mes la policía al hacer sus pesquisas de armas, penetró a mi cuarto a las nueve y media de la mañana del indicado día jueves, hora en que el declarante todavía estaba durmiendo, porque como fogonero encendedor de máquinas trabaja de noche, y entonces la policía procedió hacer una búsqueda a él en su cama y en su caja y no le encontraron absolutamente nada; pero al registrar la caja de propiedad de Romero se le encontró dos bombas, entonces la policía me ordenó que la llevara al cuartel indicándome que debía permanecer precautoriamente en la prevención, de donde me han traído...”; (fojas 415 vuelta a 416). 234. Instructiva de José Adán Castro Vélez, natural de Cajamarca, residente en la hacienda Casa Grande, de 26 años de edad, zapatero, soltero, sin hijos, católico; “El Sr. Juez le manifestó de estar acusado del delito de ataque a la policía en Casa Grande y de ocultar armas de fuego”; dijo: “no he cometido ningún FMP 249


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

delito; supongo que la policía me ha tomado preso porque en la noche del miércoles me vieron con dos individuos: Pablo Paredes y Manuel Acuña, de malos antecedentes y sindicados como los promotores de un ataque que se preparaba contra el puesto de la policía; el teniente del puesto, con un vigilante de la hacienda Casa Grande, me hizo comparecer al puesto, de donde me han traído acá; que la policía me hizo un registro de toda mi casa no encontrándome nada..”; (fojas 416). 235. Instructiva de Francisco Aldana Carril, natural de Trujillo, de 25 años, soltero, mecánico; refiere no saber nada sobre el ataque a los cuarteles; “yo no he cometido ningún crimen, no todos los sentimientos y corazones son iguales, yo no soy hombre malo. Yo no tenía conocimiento de la revolución, la mañana del jueves me percaté de lo que ocurría”; (fojas 417) 236. Instructiva de Lorenzo Castillo Navarrete, natural de Chocope, residente en Puerto Chicama, de 21 años de edad, soltero, sin hijos, católico; el Juez le hizo saber que estaba acusado como cómplice de la muerte del guardia civil Diaz; dijo: “no tengo ninguna participación en este delito, el día miércoles en la tarde estuvo en el puesto de la guardia civil y como allí había una vitrola estuvimos bailando hasta las seis y media, hora en que se fue a su casa a comer, regresando nuevamente

250 FMP

al puesto, más o menos a las ocho a jugar casino, permaneciendo más o menos hasta las diez, hora en que me retiré a dormir; estando en mi casa y durmiendo, mi familia me despertó al ruido de unos tiros, retirándonos todos a dormir, ignorando lo que hubiera ocurrido”; (fojas 417 vuelta a 418). 237. Instructiva de Félix García Asmat, de 49 años, casado, con 8 hijos, agricultor y negociante, católico; dijo que no sabe nada sobre el ataque a los cuarteles: “yo vivo en moche dedicado a mis negocios; todas las mañanas vengo a esta ciudad en la góndola de Salinas a expender leche y me regreso en la misma góndola, a las diez más o menos…”; (fojas 418). 238. Instructiva de Juan Ñique Ramos, natural y residente en Moche, de 37 años, peluquero, soltero, sin hijos; se le imputa el ataque a los cuarteles y la masacre de los presos de la cárcel; dijo: “no tengo conocimiento ni menos tengo responsabilidad en esos delitos; yo vivo en Moche y recién estoy convaleciendo de un fuerte reumatismo a las piernas, hecho que es visible al juzgado...”; (fojas 418 a 419). 239. Instructiva de Pedro Huanilo Laredo, natural de San Pedro, que se encontraba detenido en la cárcel pública de esta ciudad, de 30 años, con tres hijos, jornalero, católico.- El juez le manifiesta de que estaba acusado de los delitos de asalto a los cuarteles


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

O’Dónovan y policía y del asesinato de los presos en la cárcel; dijo: “yo no soy responsable de ninguno de estos delitos, yo me encontraba detenido en la cárcel desde el mes de marzo hasta la mañana del jueves, en que un grupo de gente armada se presentó en la cárcel y ordenó que pusieran en libertad a todos los presos, inclusive al declarante”; se dirigió a buscar la casa de su primo Amador Laredo, donde permaneció hasta el miércoles trece, en que hubo tren al valle, tomando pasaje para Chocope, donde desembarqué para tomar un carro para dirigirme a Puerto Chicama y de allí dirigirme a San Pedro; pero al pasar por Paiján me tomó la policía preso, de donde me han traído a esta ciudad…”; (fojas 419 a 420). 240. Instructiva de Manuel López Miranda, de 31 años, natural de Trujillo, residente en Salaverry, soltero, con cinco hijos, católico, estibador; dijo que ha estado enjuiciado una vez y preso en la cárcel; el juez le manifestó que estaba acusado de los delitos y asalto a los cuarteles O’Dónovan, de policía y haber tomado parte en el asesinato de los presos de la cárcel; dijo: “no soy responsable de ninguno de estos delitos; al siguiente día que estalló la revolución de Trujillo y cuando en Salaverry se pronunció también la revolución, el día viernes, a las cuatro de la tarde, me encontré en la calle Libertad con don Pedro Baldelomar, quién me dijo que este movimiento lo

encabezaba don Ramón Caballero…; que sabe que una comisión de revoltosos fue de aquí de Trujillo, cuyos nombres no conoce, para hacer renunciar al Capitán del Puerto; pero que el declarante no ha tomado parte en ningún movimiento”; a la pregunta de si conoce a los autores y cómplices de estos hechos delictuosos; dijo: “de Trujillo no sé nada, de Salaverry, don Ricardo Maurtua, Gobernador; un comerciante Flores de Salaverry desempeñaba el puesto de Sargento Mayor y daba las órdenes a los apristas y Caballero Ramón era el Jefe de la Plaza...” Sabe que está acusado de haber buscado al Capitán de Puerto para matarlo, pero eso no es cierto; (fojas 420 a 421). 241. Instructiva de Leopoldo Marquina Goicochea, natural de Trujillo, de 23 años, soltero, empleado y católico; fue detenido por tres investigadores en la Caja de Depósitos y Consignaciones; que no pertenece al partido aprista ni a ningún otro; “que por la voz pública sabe que atacó el Cuartel el chauffer Barreto, apodado “Búfalo” …”; (fojas 422 a 423). 242. Instructiva de Pedro Cruz Gutiérrez, natural de Salpo, de 21 años, soltero, agricultor; dijo que el día de los hechos estuvo en la hacienda Pelqueda, no sabe nada de los mismos; (fojas 423 vuelta a 424). 243. Instructiva de Lucio Lizarzaburu Vásquez, natural de Trujillo, de 22 años, soltero, FMP 251


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

empleado; fue capturado en su casa por tres investigadores y un guardia de seguridad; que no ha participado en los hechos; que con “el jefe de la casa de Depósitos y Consignaciones, Carlos Solari, fue al Banco Italiano con el fin de dejar el dinero, para que no fuese sacado por la turba”; a la pregunta que grupo político es el que ha originado los sucesos sangrientos de esta ciudad dijo: “que es el partido aprista, encabezado por su líder político en esta Agustín Haya de la Torre, como se desprende por el hecho de haber sido Prefecto revolucionario y que el atacante al Cuartel O’Dónovan, como es sabido por todos, fue Barreto, apodado “Búfalo”; “que en la tarde del siete estuvo el instruyente únicamente como curioso frente a la Prefectura y que vio cuando el investigador señor Cárdenas fue maltratado por el pueblo, salió al balcón Cucho Haya de la Torre y Silva Solis, quienes recomendaron que no siguieran maltratando a los presos y que se mantuvieran más serenos... que vio a mucha gente - armada- pero que fatalmente no puede citarlos en razón de haber sido gente del pueblo y del campo...”; (fojas 427 vuelta a 428). 244. Instructiva de Guillermo Cerna Avalos, natural de Otuzco, residente en Trujillo, de 25 años, casado, con tres hijos, agricultor; “que fue capturado el martes doce en el cerro de Pesqueda, por la tropa…” no sabe de los hechos; (fojas 427 vuelta a 428).

252 FMP

245. Instructiva de Antonio Cerna Avalos, natural de Otuzco, de 25 años, soltero, agricultor; que fue capturado en el cerro de Pesqueda por la Guardia de Seguridad, cuando se iba a trabajar…; “no sabe de los hechos”; (fojas 429 a 430). 246. Diligencia de confrontación entre el Soto Alcaide Ulderico Mannucci y el acusado Rosas Villanueva, alcaide revolucionario; (fojas 430 a 431). 247. Instructiva de Alberto Pérez Sánchez, natural de Lima, dijo que no tuvo ninguna participación en el ataque al cuartel O’Dónovan y la masacre de los jefes y oficiales en la cárcel pública; que el jueves siete, como a las ocho o nueve de la noche, fueron cuatro civiles armados (desconocidos) a su casa, que querían llevarse a la fuerza su carro, el que no pudieron porque estaba desarmado; en consecuencia, ni su carro ni el prestaron servicios a los revoltosos; (fojas 445). 248. Instructiva de Estuardo Lizarzaburu, natural de Trujillo, de 30 años de edad, empleado; dijo: “por los vecinos del barrio se enteró de que los comunistas habían tomado el cuartel O’Dónovan, derrotada la tropa y que venían hacia la ciudad con el fin de tomar el cuartel de seguridad, Prefectura y guardia civil...; que después de una hora que estaba parado allí (junto al cuartel de seguridad), vio en la puerta del cuartel al subprefecto, entonces


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

creyó oportuno preguntarle si era cierto lo que decían los vecinos, que si en caso la tropa de seguridad no se rendía se cañonearía la manzana; que el subprefecto le contestó que no tenía seguridad, pues en ese momento estaba en todo el jaleo y que era una buena movida si yo sacaba a mi familia de la casa...; que entonces vio en la puerta del cuartel de seguridad un grupo del pueblo a quienes arengaba un capitán, que se paró un momento a oìrlo y después comenzó a llegar más gente…; oyó que muchos de los civiles armados gritaban: “no, no, que entreguen las armas”, que de repente los civiles comenzaron a disparar en todas direcciones…, entonces corrió hasta la esquina del correo y allí estuvo parado conversando con el doctor Juan Herrera Casas, quién le preguntó qué es lo que sucedía, a lo que él contestó: “esas bestias se van a asesinar entre ellos”; que allí se estuvo hasta que todo el grueso de gente pasó en dirección de la Prefectura; que regresando a su casa, frente al Gran Hotel, se encontró con un grupo de gente que llevaban detenidos a varios telegrafistas, a la cabeza de los cuales iba su primo político don Ulderico Rivas, jefe del telégrafo; que este le avisó que iba en calidad de detenido y que el instruyente creyó oportuno seguirlo, pues sabía que a algunos de los detenidos se les había llevado a golpes; que llegó hasta la puerta de la prefectura, donde había gran cantidad de gente armada y

muchos curiosos; que se detuvo un momento conversando con un tal Huanilo, prófugo de la cárcel, que allí vio llegar a otro grupo de civiles que traían presos a varios individuos, entre los que conoció a un tal Rodríguez, que había sido aprista...; se encontró en la esquina del hotel Americano con la esposa de Riva, que venía acompañada del doctor Fernando Chávez; que la señora le suplicó que hiciese algo por su marido y ella le dijo que “traía una tarjeta de la mamá de Víctor Raúl Haya de la Torre para su hermano Agustín, que estaba de prefecto revolucionario; que entraron los tres al cuartel no sin antes haber sido dado el permiso por uno de los civiles armados que hacía de cabo, le señalaron la oficina del prefecto, entrando a la mano izquierda; que él subió las gradas y entró en el primer cuarto que había a la izquierda y se encontró que allí estaban detenidos muchos militares y varios civiles, entonces el centinela de la puerta le dijo que los presos estaban incomunicados y que en el momento de salir, el comandante Silva y el capitán Carbajal, de quienes era muy amigo, le suplicaron le mandara al farmacéutico Llontop o a cualquier médico, para curar al investigador Cárdenas; que mientras el doctor Chávez y la señora de Riva esperaban en el patio, él fue conducido a presencia del prefecto, a quien encontró conversando con don Félix Doyer; que entonces le suplicó y pidió por la libertad del señor Riva y que el señor

FMP 253


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Haya, aunque se resistió al principio, le dio su palabra de soltarlo y le dijo que si quería hablar con él lo hiciera, pero que a la señora no la recibía, y que yo le diera todas las explicaciones que estaba en completa seguridad de que nada le sucedería; que habló con Riva, quién le dijo que le manifestara a su señora que no pidiera favores a nadie y que se fuera tranquila y se fue; que entonces llegaron al poco rato los aviones...; que el día once en la madrugada, lo sacó la tropa y lo llevó detenido al Matadero General; (fojas 446 a 448). 249. Instructiva de Eleodoro Becar Duclos, natural de Trujillo, de 30 años, empleado de la Caja de Depósitos; dijo que no ha tomado parte en ninguna forma en el ataque del cuartel O’Dónovan y masacre de la cárcel, “al contrario, era siempre perseguido por los apristas, porque era empleado del gobierno, lo tenían como soplón y porque su padre, Eleodoro Becar Villalobos, figuraba siempre en las listas de firmantes en varios telegramas y memoriales de adhesión como miembro de la Unión Revolucionaria; (fojas 448 vuelta a 449) 250. Instructiva de Abel Vásquez Zavaleta, natural de Pallasca, con residencia en Cartavio; preguntado para que diga todo lo que sabe del ataque que hicieron en Cartavio a las tropas del orden, indicando por orden de quien se declaró el paro; dijo que la noche del jueves

254 FMP

siete se encontraba, junto con su hermano, durmiendo en su cuarto; “que a eso de las once o doce de la noche, oyó en su cama unos disparos y toque del pito de la fábrica”, que muy temprano fue a su trabajo el viernes y no había trabajo; que el sábado, como a las ocho de la noche, fueron dos guardias y los sacaron a él y su hermano de su cuarto; que él no conoce quien era el cabecilla que ordenó el paro; (fojas 449 Vta.). 251. Instructiva de Obdulio Álvarez, natural de Otuzco, residente en Cartavio, de 25 años, cambiador de máquinas; dijo: “que él trabaja en el campo, en el corte de las líneas, como es malogrado de la mano, le han dado ese trabajo de enganchador o cambiador; que el sábado se presentó a la hacienda a cobrar su pago y que entonces vio como ochenta hombres reunidos, que decían que habían partido como cinco o seis carros con hombres armados; que en seguida se fue al hospital a vacunarse, lo que logró hacerlo...; que a eso de las siete de la noche oyó en su casa un fuerte tiroteo; que por versiones de las gentes se sabía que el cabecilla y el que había ordenado el paro era un tal Vargas, que trabaja en la fábrica; que a las ocho de la noche, después del combate, entraron dos soldados a su casa y lo sacaron detenido; (fojas 450). 252. Instructiva de Manuel Ramos Aguilar, natural de Cajamarca, residente en Cartavio; dijo


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

no ha tomado parte alguna en el movimiento de Cartavio…; que el jueves siete, estando ya dormido, sintió algunos disparos y luego el pito de la fábrica y no salió para nada; “que por versiones de las gentes de Cartavio sabe que los cabecillas son Adán Sánchez, un tal Lezama que trabaja en la fábrica, en los tachos, y un tal Buenaño, que es dependiente del bazar, también ha oído hablar a las gentes que el jueves habían venido a Trujillo gente armada; que el sábado, como a las nueve y media de la noche, lo tomó en su casa un guardia y lo condujo preso; (fojas 450 vuelta a 451). 253. Instructiva del marinero de segunda, del buque “Almirante Grau”, Jorge Campos Llaque, por la denuncia que se le hace por subversión, natural de Pacasmayo, de 18 años, soltero, de oficio empleado y católico; preguntado si conoce a los marineros Miguel Calderón y Enrique Sheen y en que buque sirven, dijo: que conoce al marinero Enrique Sheen, que fue dado de baja el primero de enero, por habérsele comprobado faltas en esta ciudad, en el barrio de Chicago, como embriagarse y faltar a la policía; diga donde se encontraba el día dieciséis de diciembre del año próximo pasado; dijo: “estuvo navegando hacia el Callao y cumpliendo un castigo de sesenta días de arresto por haber faltado seis días al buque”; diga cómo es que dice

usted que el dieciséis de diciembre estuvo navegando, cuando esa fecha usted escribió una carta de Salaverry; dijo: “que si escribió una carta para su madrastra que se encuentra en esta..., llamada Felicitas Fonseca; diga quién es el compañero V.R.H.T, a quién le escribió usted una carta en compañía de Miguel Calderón y Enrique Sheen; dijo: “que si recuerda haber suscrito la carta, la que fue redactada por Sheen y que este compañero es el jefe del partido aprista Víctor Raúl Haya de la Torre, que se encontraba en esta ciudad; diga si es verdad y con quienes estuvo comprometido para sublevar el buque, la que no se ejecutó y que dieron cuenta al compañero Víctor Raúl; dijo: “que sí”; diga si el tenor de la carta es la misma que se le lee, después de haberla oído dijo que sí.; señale los nombres de los demás marineros que estuvieron comprometidos; dijo: “que todos son dados de baja y estos son La Cerna, Mantilla, que está en la Zona Naval, Pedro Celis, Infantas, el contramaestre Ulloa Sevilla, Castillo y que no se acuerda de los otros”; diga que objeto debía este movimiento proyectado; dijo: “que era con el fin de derrocar al gobierno y poner en el poder al compañero Víctor Raúl”; diga si este movimiento subversivo del buque proyectado iba ser apoyado por este departamento; dijo: “que sí; que esto lo supo porque así se le manifestó el contramaestre Ulloa”; (fojas 460 a 462).

FMP 255


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

254. Instructiva de José Luis Quiñonez Arbulú, natural de Saña, residente en Puerto Chicama; acusado de la muerte del guardia Diaz y heridas del cabo Salinas, dijo que conoce de los hechos por versiones del pueblo, que es inocente; (fojas 463 a 464). 255. Instructiva de Eusebio Ramírez, natural de Pacasmayo y residente en Puerto Chicama, 21 años, soltero, trabajador marítimo, lanchero; está acusado de la muerte del guardia Diaz y heridas del cabo Salinas; dijo: “que en la noche del día seis y a hora nueve más o menos, se reunieron, mandados por Agustín Gamarra, el declarante, Abraham Vides, Vicente Ramírez, Juan Colchado, Edmundo Vides, Fernando Carrascal, Eusebio Ramírez, Julio Alza, Genaro Aimar, Florencio Cordero y Aponte; después de reunidos todos los nombrados, se dirigieron al barrio denominando “Misterioso”, que Gamarra les iba diciendo que iban a quemar un santo; que luego de estar en el barrio les dijo que no debía haber un derramamiento de sangre; que en esa circunstancia la ronda se presentó…, haciéndoles el alto; Gamarra les dijo ustedes no son nadie para que vengan a imponer… y sacando los revólveres Gamarra, Rivasplata, Leopoldo Pérez, fue Gamarra el que disparó contra los guardias, cayendo dos de ellos al suelo y apresando al tercero el declarante, en compañía de Cordero, Fernández y Carrascal...; tomándolo de las

256 FMP

manos al guardia Cordero le quitó el Capote y Carrascal le quitó el revólver; después de esto, Gamarra ordenaba que recogieran el cadáver, herido y prisionero y lo condujeran para el lado de las salinas, donde los dejaron abandonados, regresando al cuartel de policía, con revólver en mano, Agustín Gamarra, Leopoldo Pérez, Edmundo Vides y Augusto Rivasplata, quedando afuera el declarante, Florencio Cordero, Aimar, Fernández, Alza, Carrascal, Colchado, Ramírez Vicente y Ramírez Eusebio; que después de un momento salían antes los tres nombrados, quienes seguramente arrepentidos no procedieron a tomar el cuartel, limitándose a poner como disculpa, de que un pariente de ellos había sido apuñalado; una vez en la calle, Gamarra y Rivasplata manifestaron que se iban a Paiján, dispersándose cada cual; el domingo fue a visitar a su familia a Pacasmayo donde fue capturado; (fojas 464 a 465). 256. Instructiva de José Cuestas, natural de Ascope, residente en Puerto Chicama; que está acusado de los crímenes ocurridos el día seis en las personas del guardia Diaz, cabo Salinas y guardia Vásquez; dijo: que no ha participado en nada de ello; (fojas 465 vuelta a 466). 257. Instructiva de Antero Navarro Meléndez, natural de Lambayeque, residente en Puerto Chicama; no sabe sobre el ataque al cuartel


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

de Policía ni de la muerte del guardia Díaz; (fojas 467). 258. Instructiva de Alejandro Martínez Cerpa; no sabe sobre el ataque al cuartel de Policía ni de la muerte del guardia Díaz; (fojas 467 vuelta). 259. Instructiva de Eduardo Sosa Castañeda, natural de Salaverry y residente en Puerto Chicama; dijo que no ha participado en el ataque al cuartel de Policía; “al día siguiente me informé que habían atacado el puesto de policía y muerto a un guardia y que los autores eran Agustín Gamarra, Augusto Rivasplata, Leopoldo Leca, Abraham Vides y Edmundo Vides”; (fojas 468). 260. Instructiva de Daniel Galloso Casasola, natural de Chiclayo y residente en Puerto Chicama. El juez le manifestó que está acusado del ataque al cuartel de policía del Puerto Chicama, donde resultó muerto el guardia Diaz y heridos el cabo Salinas y el guardia Vásquez; dijo que no conoce los hechos; (fojas 468 vuelta a 469). 261. Instructiva de Roberto Miranda Pérez, natural de Tulpo, residente en Cartavio. El juez le manifestó que estaba acusado de haber atacado a la policía y tropa del Ejército, el jueves en la noche, en la hacienda Cartavio, adhiriéndose al movimiento de Trujillo; dijo: que no sabe, que estuvo enfermo en su casa; (fojas 469 vuelta a 470).

262. Instructiva de Agustín Rodríguez Iparraguirre, natural de Cajabamba, residente en Cartavio; el juez le dijo que estaba acusado del delito de asalto y ataque al puesto de la guardia civil y a la tropa en Cartavio la noche del jueves siete; dijo que no sabe de los hechos; (fojas 470). 263. Instructiva de Lázaro Rosales Bermúdez, natural de Tulpo, residente en Chiclín. El juez le dijo que estaba acusado del delito de asalto y ataque al puesto de la guardia civil y a la tropa en Cartavio la noche del jueves siete; dijo que no sabe de los hechos; (fojas 470 vuelta a 471). 264. Instructiva de Apolinario Paisig Vásquez, natural de Gualgayoc y residente en Cartavio. El juez le dijo que estaba acusado del delito de asalto y ataque al puesto de la guardia civil y a la tropa en Cartavio, la noche del jueves siete; dijo que no sabe de los hechos; (fojas 471). 265. Instructiva de José Contreras Bocanegra, natural de Tulpo y residente en Cartavio. El juez le dijo que estaba acusado del delito de asalto y ataque al puesto de la guardia civil y a la tropa en Cartavio, la noche del jueves siete; dijo que no sabe de los hechos; (fojas 471 vuelta a 472). 266. Instructiva de Paulino Liñán Chávez, natural de Huamachuco y residente en Cartavio. El FMP 257


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

juez le dijo que estaba acusado del delito de asalto y ataque al puesto de la guardia civil y a la tropa en Cartavio, la noche del jueves siete; no sabe de los hechos; (fojas 472). 267. Instructiva de Emilio Arce Peña, natural de Huamachuco y residente en Cartavio. El juez le dijo que estaba acusado del delito de asalto y ataque al puesto de la guardia civil y a la tropa en Cartavio la noche del jueves siete; no sabe de los hechos; (fojas 472 vuelta a 473). 268. Instructiva de Gerónimo Vásquez Reyes, natural de Santiago de Chuco, residente en Cartavio. El juez le dijo que estaba acusado del delito de asalto y ataque al puesto de la guardia civil y a la tropa en Cartavio la noche del jueves siete; dijo que no sabe de los hechos; (fojas 473). 269. Instructiva de Visitación Agreda Julca. El juez le dijo que estaba acusado del delito de Asalto y ataque al puesto de la guardia civil y a la tropa en Cartavio la noche del jueves siete; no sabe de los hechos; (fojas 473 vuelta a 474). 270. Instructiva de Esteban Flores Valderrama, natural de Cajabamba, residente en Cartavio. El juez le dijo que estaba acusado del delito de asalto y ataque al puesto de la guardia civil y a la tropa en Cartavio la noche del jueves siete; dijo no sabe de los hechos; (fojas 474).

258 FMP

271. Instructiva de Tomás Valdivia Infantes, natural de Huamachuco, residente en Cartavio. El juez le dijo que estaba acusado del delito de asalto y ataque al puesto de la guardia civil y a la tropa en Cartavio la noche del jueves siete; dijo no sabe de los hechos; (fojas 474 vuelta a 475). 272. Instructiva de Pedro Silva Marroquín, natural de Trujillo, de ocupación chauffer. El señor juez le manifestó que estaba acusado de los delitos de asalto a los cuarteles O’Dónovan y de policía y del asesinato de los presos en la cárcel; no sabe de los hechos; (fojas 475). 273. Testimonial de Samuel Hidalgo Iparraguirre, natural de Cajabamba y residente en Trujillo, de ocupación barredor municipal; diga si conoce a Manuel Zavaleta y que participación ha tenido en los últimos acontecimientos sangrientos; dijo: si conoce a Manuel Zavaleta, quién es zapatero y tiene una tiendecita y este señor la mañana del domingo diez estuvo parado en la última cuadra de la calle “Grau”, dirigiéndose a mí me dijo: “aquí hay que fregarlos, señalando la casa de Manuel Gonzales”; (fojas 476). 274. Instructiva de Julio Ramos Bejarano, natural de Santiago de Chuco y residente en Casa Grande, mecánico. Está acusado de haber tomado parte en los últimos sucesos sangrientos ocurridos en esta ciudad, desde el


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

miércoles en la noche, el ataque a los cuarteles y la muerte de los presos en la cárcel; dijo: “que el miércoles en la noche estuvo en Casa Grande y sólo el jueves a la una de la tarde vino con su familia a esta ciudad, con el ánimo de pasar a Santiago de Chuco; pero, al llegar a la Portada de Mansiche, el chofer dijo que era peligroso entrar a la ciudad por las balas...; el lunes en la mañana se presentó al comandante Mattos, quien sin duda por sospechas ordenó que pasara al camión, donde había más detenidos…”; (fojas 476 vuelta a 477). 275. Instructiva de Augusto Landa Aranguren, natural de Ocupe, residente en Trujillo, zapatero. El señor juez le manifestó que estaba acusado de los delitos de asalto a los cuarteles O’Dónovan y de policía y del asesinato de los presos en la cárcel. Dijo que no ha tomado parte en los hechos. Respecto a los autores de estos delitos dijo: “un tal “Búfalo”, Agustín Haya de la Torre, Augusto Silva Solis y otros que no conoce”; (fojas 477). 276. Instructiva de Segundo Maurtua Melosevich, natural y residente de Salaverry, estibador del ferrocarril. El juez le manifestó que estaba acusado de haber tomado parte en el movimiento revolucionario, actuando en Salaverry, armado de un fusil; dijo: el lunes, martes, miércoles y jueves de la semana que ocurrió los sucesos revolucionarios he estado en mi trabajo, que

tengo en la estación del ferrocarril; que el viernes por la tarde vino a Trujillo, acompañando a un compañero herido de trabajo, regresando cerca de la noche a mi casa de Salaverry…; “seguramente me han confundido con mi hermano Ricardo Maurtua, que es el que estaba armado de fusil, junto con otros que no sé cómo se llaman...”; (fojas 478). 277. Instructiva de César Carbajal Sánchez, natural de Trujillo, estibador. El señor juez le manifestó que estaba acusado de que armado con un fusil ha tomado parte en el movimiento revolucionario en Salaverry; dijo: “es falso, una calumnia, el día jueves, como estibador del muelle, trabajé medio día y como el Capitán del Puerto manifestó que ya no había labores, me vine a esta ciudad en tren de cuatro, permaneciendo en esta ciudad, en mi casa, hasta el día que hubo tren a Salaverry; como no encontrara el buque nacional, busqué al capataz, quién me dijo que había trabajo ocupándose en el desembarco del regimiento de caballería número siete, terminada esta labor, me vine a Trujillo… El día lunes fui a verme con el Capitán del Puerto, señor Peiffer, quien le manifestó que estaban suspendidos y que no había trabajo; el día de ayer (19 de Julio) regresé nuevamente en pos de trabajo y al verme con el capitán ordenó a los bogas que fuera detenido en el cuartel, de donde me han traído…”; (fojas 478 vuelta a 479). FMP 259


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

278. Instructiva de Tomás Cuadrado Loyola, natural y residente en Salaverry, carpintero; El señor juez le manifestó estar acusado de haber tomado parte en el movimiento revolucionario en Salaverry, armado de un fusil atacando el puesto de la guardia civil y deponiendo a las autoridades legales; dijo: que no ha tomado parte en el movimiento. Preguntado quienes son los autores del movimiento allá en Salaverry, que estaban armados con carabinas; dijo: los autores son Ricardo Maurtua, que tomó la gobernación, Ramón Caballero, jefe de plaza, Germán Asencio, armado de fusil, un tal Baylón, armado también de fusil, Juan Gonzales, los hermanos Escobar, un tal Barón, estos también armados de carabina, que no ha visto más…”; (fojas 479 vuelta a 480). 279. Instructiva de Eduardo Cornejo Otero, natural de Sullana y residente en Salaverry, jornalero; El señor juez le manifestó estar acusado de armado de un fusil haber tomado parte en el movimiento revolucionario en Salaverry; dijo: “que no ha tomado parte en el movimiento revolucionario, que a las once de la noche del día jueves siete, fue obligado por Germán Asencio, quién acompañado de cuatro o cinco personas, a quienes no conoce, para que tomase un fusil y cuidase el orden en ciertas calles de la población; que aunque se negó hacerlo, la circunstancia que su mujer estaba enferma con un mal parto y temiendo a las amenazas que le hicieron, aceptó muy a

260 FMP

su pesar; que hecha la ronda, a la una de la mañana devolvió el fusil al mismo Germán Asencio”...; “los cabecillas del movimiento fueron Ramón Caballero, Germán Asencio y Ricardo Maurtua”; (fojas 480 vuelta a 481). 280. Instructiva de Elio Pinedo Lara, natural de Quiruvilca y residente en el mismo lugar, de 23 años, soltero, sin hijos, católico, chauffer. El señor juez le manifestó de que estaba acusado de haber tomado parte en el asalto y ataque de los cuarteles O’Dónovan y de policía y del asesinato de los presos en la cárcel; dijo: “yo no he tomado parte en ninguno de estos hechos, estoy muy limpio, yo vine de Quiruvilca el día martes, manejando un camión Ford, estacionándome en el garaje el Sol…; el jueves en la mañana salí a ver al señor Cárdenas, dueño de la carga, y entonces se informó que habían atacado el cuartel O’Dónovan y que habían puesto trancas en la portada de la sierra, que no podían hacer viaje; en esta situación, el señor Roggiero les aconsejó que guardaran el carro, que la situación era crítica; que cumpliendo esta indicación guardó el camión y permaneció en el garaje; que el día viernes también estuvo en el garaje y serían más o menos las nueve de la mañana, cuando un grupo de apristas llegó a recolectar carros, llevándose otros menos mi camión, porque le había sacado una llanta…; el día sábado tampoco salí, y siendo la una de la tarde llegó un soldado de artillería a preguntarme, si salía


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

algún carro para la sierra, para poderse salvar, contestando que no era posible viajar...; el martes doce fue un capitán de ejército a traer el camión, que lo arreglé, poniéndome desde ese día al servicio de la prefectura, haciendo varios viajes con la tropa. Hemos ido a Otuzco y Simbal y aquí en las noches he transportado a las tropas que hacían las rondas, hasta el día de hoy, que, al regresar de Otuzco, en Laredo, me tomaron preso y me trajeron a esta ciudad. Preguntado quienes son los autores de estos delitos, contestó los cabecillas son un tal Barreto que murió en el cuartel, Agustín Haya de la Torre, prefecto, Augusto Silva Solis y otros cuyos nombres no recuerdo pero que los podía reconocer, todos armados con fusil”; (fojas 481 a 482). 281. Testimonial del sargento de artillería Federico Andreu Miranda, natural de Andahuaylas; dijo: “entre los atacantes al cuartel O’Dónovan, donde se encontraba alojado el regimiento de artillería número uno, a que pertenezco, he reconocido hoy en Laredo al chauffer Elio Pinedo, quien la noche del asalto, estuvo armado de un fusil y cartucheras y cuando los revoltosos atacantes nos hicieron presos este nos vigilaba, después que nos hizo formar, teniéndonos en esta actitud cerca de una hora; cuando nos traían del cuartel con dirección a la cárcel, lo perdí de vista; pero se por el soldado Silverio Sánchez, que este chauffer estuvo también en la cárcel, el mismo día

jueves…; agrega que el chauffer Elio Pinedo está preso; (fojas 482 vuelta a 483). 282. Confrontación de Elio Pinedo y el sargento Federico Andreu; ambos se ratifican en sus declaraciones y el sargento Andreu refiere que Elio Pinedo está con la misma ropa con la que estuvo en el cuartel; (fojas 483). 283. Confrontación de Elio Pinedo y el acusado Raúl Mantilla; Elio Pinedo refiere que le dijo a Mantilla que le habían contado en la calle que los apristas habían tomado el cuartel O’Dónovan y que en la prefectura había mucha gente; Mantilla le sostiene a Pinedo que éste le refirió que había estado en el cuartel O’Dónovan con los apristas, que también había tomado el puesto de policía y que en la prefectura había mucha gente; (fojas 484). 284. Testimonial del soldado del regimiento de artillería número uno Silverio Alejandro Sánchez; dijo: “cuando estaba preso en la cárcel, entre los individuos que nos custodiaban y armado, ha conocido ahora al chauffer Elio Pinedo, que está preso”; (fojas 484 vuelta). 285. Confrontación de Elio Pinedo y el soldado Silverio Alejandro Sánchez.- Elio Pinedo dice que no estuvo en la cárcel; El soldado Silverio Alejandro Sánchez “le afirma haberle visto al chauffer Pinedo, que tiene al frente, el día viernes ocho de los corrientes, a las tres de la tarde, haciendo guardia armado junto con otros y FMP 261


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

que lo reconoce más porque está con la misma ropa y gorra”; (fojas 484 vuelta a 485).

encaminarse a ella fue tomado por dos guardias…”; (fojas 489).

286. Instructiva de Ismael Santillán Espejo, natural de Chocope. El juez le dijo que estaba acusado de haber tomado parte en el ataque que se le hizo a la policía, en circunstancias que esta marchaba a Trujillo; dijo: que no ha participado; (fojas 486).

290. Instructiva de Francisco Chavarry Quevedo, natural de Cajamarca, residente en Trujillo, de profesión empleado; el juez le hizo saber que estaba acusado del ataque al cuartel O’Dónovan, puestos de policía y masacre en la cárcel; dijo: no ha participado en esos hechos, trabaja en una oficina en Cartavio; que el día siete vio gente armada recorriendo las calles; que en la plaza , delante de la catedral y el bar Americano, se hallaban varios cañones apuntando hacia la prefectura; que también vio gran cantidad de automóviles, con gente armada, que parece salían en comisiones...”; (fojas 489 vuelta a 491).

287. Instructiva de Julio Paredes, natural de Huamachuco. El juez le hizo conocer de los ataques a la policía, el día siete, en Cartavio; no conoce los hechos; (fojas 487). 288. Instructiva de Nicasio Ruiz Fernández, natural de Huamachuco, peón de Cartavio; el juez le hizo conocer que está acusado de los ataques a la Policía en Cartavio, los días siete y nueve; dijo: no ha participado y no sabe de los hechos; (fojas 487 a 488). 289. Instructiva de Juan Vásquez Polo, natural de Huamachuco, trabajador de Cartavio; el juez le dijo que está acusado de los ataques al cuartel de policía los días 7 y 9; dijo: “que lo único que ha cometido es un acto de humanidad, porque al encontrarse durmiendo en su casa le tocó la puerta Petronio Casana, diciéndole que se levantara para que le ayude a cargar un herido, prestándole un costal, en el cual lo condujeron a distancia de una cuadra; a poco rato de esto, empezaron de armas, escondiéndose en una casa asustado, donde desistió, regresándose a su casa; que a poco de

262 FMP

291. Instructiva de Obdulio Benites León, natural de Ascope, residente en Trujillo, empleado de la Recaudadora; el juez le hizo saber que estaba acusado del ataque al cuartel O’Dónovan, puestos de policía y masacre en la cárcel; dijo: “que el día siete, como de costumbre, abrió la oficina cita en la Portada de la Sierra y que despachó el camión número ciento diez, que se dirigía a Otuzco y que es el único camión que controló en todo el día, a pesar de tener la oficina abierta todo el día...; hace constar que en su casa dio refugio a uno de los soldados fugitivos de la artillería número uno, que responde al nombre de Manuel Moreno, al mismo que le proporcionó ropa de paisano


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

y los menesteres para la vida hasta el día trece...”; (fojas 491 vuelta a 492). 292. Instructiva de Jesús Chunga Carguaray, natural de Santiago de Cao; el juez le dijo que está comprometido en las muertes de los guardias de Malabrigo y el ataque al cuartel de policía de Santiago de Cao; dijo que no conoce nada de lo ocurrido en Malabrigo y “que en Santiago de Cao, el día ocho, que atacaron el cuartel de policía, él estuvo temprano por el pueblo, pero que después se retiró a su casa...”; (fojas 493). 293. Instructiva de Pablo Alvarado Salazar, natural de Ocupe, avecindado en Salaverry, sastre; el juez le refiere que está acusado del ataque al cuartel de policía y Capitanía del Puerto de Salaverry, en cuyo ataque a tomado parte principal; dijo: “que el día siete, estando en su casa, donde tiene su taller de sastrería, a horas tres o cuatro de la tarde, más o menos, oía disparos que no puede precisar de donde eran, por el eco que producían los cerros…”; el señor juez le pregunta que si a esa hora solamente sentía disparos o si desde las nueve de la mañana y que si no supo que atacaron la capitanía y el cuartel de policía, dijo: “que efectivamente desde la mañana había gran

agitación y que supo que habían venido camiones con gente armada de Trujillo, los mismos que atacaron la Capitanía y obligaron al capitán de puerto a refugiarse en el vapor nacional…; que a las siete, más o menos, estando en su taller, llegaron dos individuos armados diciéndole que había que hacer la guardia urbana para guardar el orden, cosa que accedió por no contrariar ni exponerse y después de esto se acostó…; pero a las cuatro de la mañana tocaron su puerta con insistencia los mismos individuos armados, a quienes no conoce, le ordenaron que los siguiera y llevándolo hasta el cuartel, donde estuvo hasta las seis de la mañana, hora en que los dos armados le dijeron ustedes se quedan con el gobernador que era don Ricardo Maurtua… retirándose a su casa a las nueve de la mañana”; (fojas 493 vuelta a 495). 294. Instructiva de Raúl Mantilla Castro, natural de Santiago de Chuco, de 19 años, ayudante de chauffer. El juez le hizo saber que estaba acusado de haber tomado parte en el ataque al cuartel O’Dónovan, puestos de policía y masacre de la cárcel; dijo: que trabaja como chulillo139 del camión número 34, de propiedad de Francisco Paredes, el que corre de

139 Chulillo, “al parecer peruanismo exclusivo, designa a un joven ayudante ocasional que realiza muy diversas y secundarias tareas” (Martha Hildebrandt). Según la Real Academia Española de la Lengua: “cobrador de un autobús”.

FMP 263


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Quiruvilca a Trujillo; llegó el cinco a Trujillo, esperando regresar el siete, pero como el siete estalló la revolución fue imposible salir, encerrándose en el garaje “El Sol”; el día ocho, a las ocho de la mañana, se aparecieron 4 revoltosos armados a solicitar carros, que el señor Roggero, dueño del garaje, se opuso y uno de los armados le dijo que estaba en la lista negra por Sánchez cerrista y señalando el camión en que trabajaba el declarante y otro de matrícula de Cajabamba, los obligaron con amenazas sacarlos; que empezaron a recoger cajas mortuorias de diferentes partes y los depositaron en el hospital; que uno de los últimos viajes fue al asilo chino y aprovechando que se encontraban en el interior se fueron con el carro al garaje y le quitaron una llanta, hasta el miércoles trece en que el mayor León Velarde le solicitó sus servicios, transportando tropas a Otuzco, del siete de caballería y cuando retornaba, un sargento de la artillería reconoció al chofer Pinedo de haberlo visto la noche del ataque al cuartel O’Dónovan, con fusil en mano y por el hecho de ser el chulillo ordenaron que también lo trajeran; que Pinedo salió como a las seis de la mañana del siete y no regresó hasta las tres de la tarde y con la cara asustada le empezó a contar que había estado en el cuartel O’Dónovan con los apristas y que también habían tomado el cuartel de Policía y que la prefectura estaba llena de gente; (fojas 496 a 497).

264 FMP

295. Instructiva de Germán Sandoval Rodríguez, natural de (...), residente en Julcón, de 25 años, agricultor: El juez le hizo saber que estaba acusado de haber tomado parte en el ataque al cuartel O’Dónovan, puestos de policía y masacre de la cárcel; dijo: que no ha participado en los hechos, vino a Trujillo el día once trayendo catorce ovejas para vender, las que vendió en la Portada de la Sierra a Artidoro Rojas; que retornando y al pasar por Samne, salió de una casa un individuo armado y amenazándolo le obligó a acompañar a ocho revoltosos por Chalhuacocha y aprovechando que lo pusieron de guardia escapó, tirando el arma; que fue tomado preso por las tropas el día 19 en Samne; (fojas 497 vuelta a 499). 296. Instructiva de Enrique Sheen Montoya, natural de Contumazá, de 22 años, agricultor, instructiva tomada el 21 de julio de 1932. Preguntado diga, anteriormente donde estuvo, Dijo: que hasta el tres de enero del presente año fue marinero de la dotación del Grau, de donde fue dado de baja junto con veinticinco marineros más, sin saber el motivo porque era esta baja; cuando fue detenido, por quienes y en donde; dijo: que fue detenido el día quince del presente, pasando por la hacienda Chiclín, por la guardia de seguridad; diga dónde están las armas que quitó a los gendarmes del puesto de Santiago de Cao


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

y en compañía de quienes; dijo: que no ha estado en este lugar, ni conoce; (fojas 500 a 5001). 297. Confrontación del detenido Tomás Casuso y el soldado Artidoro Rodríguez. Rodríguez “le asevera el haber estado en el cuartel y de haberse armado de una carabina”; Casuso niega; que en seguida fue presentado el soldado Juan Ávila, “quién aseveró que es el mismo que estuvo con carabina a las dos de la mañana, le asevera con entereza”; Casuso dice que no es cierto, que a esa hora estaba trabajando en la panadería de Fernando Chun; (fojas 501). 298. Confrontación de Carmen P. Loaiza con el soldado Juan Ávila. El soldado refiere que no asegura si es el que vio; (fojas 502). 299. Confrontación del acusado José Modesti y el soldado Guillermo Gamboa. El soldado Gamboa dijo: “que es el mismo que lo vio de guardia armado de carabina en esta cárcel, el viernes ocho”; Modesti dice que es falso; (fojas 502 vuelta). 300. Confrontación de Darío Huarcayo, José Fernández y Rafael Rodríguez, con el soldado Eleodoro Echeverría; frente a Huarcayo Echeverría dice que no tiene seguridad pero que fue uno muy parecido; Huarcayo dice que no ha tomado parte y muestra y presenta una boleta del partido “Unión Revolucionaria”; a

Fernández le asegura haber estado en el cuartel; Fernández dice que no es verdad porque ha venido de Puerto Chicama enfermo; frente a Rafael Rodríguez dice: “que es el mismo que atacó el cuartel”; Rodríguez, “con insolencia contesta que me va a conocer yo no he estado”; (fojas 503). 301. Confrontación del soldado Eduardo De la Cruz y José Santos Viviano; De la Cruz dice: “te conozco, has estado aquí en la cárcel, desde el ocho hasta el nueve, a las tres de la tarde, también dice: te he traído de tu casa y he encontrado en ella munición, capote, carpa, cinturón de gala de Oficial de Artillería y par de calzados de tropa, un baúl de Oficial”. Viviano dice que él no ha llevado nada y que no ha estado de guardia en la cárcel, firmó por Viviano, a ruego, Salvador León Aréstegui; (fojas 503 vuelta a 504). 302. Instructiva de Juan Novoa Llaque, natural de Lima, de 15 años, estudiante. El juez le dice está usted acusado de haber tomado parte en el ataque al cuartel O’Dónovan, así como de la masacre de jefes, oficiales y tropa en la cárcel de esta ciudad; dijo: que no ha tomado parte, pues cuando se levantó (de la cama), los revoltosos ya habían tomado el cuartel O’Dónovan; pero vio a Cucho Haya de la Torre entrar con gente armada a la prefectura y que anteriormente hizo poner un cañón apuntando a dicho local; que también conoció a un

FMP 265


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

licenciado del uno de caballería, apellidado Pajares y al capitán Rodríguez Manfurt; diga: que es del armamento que tenía usted en los días de la revolución; dijo: “que tiene en un callejón escondido y que este fusil le fue entregado por un individuo que vive por la calle del tren que va a Salaverry; que conoce a otro de vista que vive por el mismo lugar, que no sabe su nombre, que fue el que disparó el cañón; diga quienes son los autores de la masacre de los jefes y oficiales en la cárcel de esta ciudad; dijo: que no sabe nada y que según dicen fue de noche. “Este encausado ha declarado al parecer con sinceridad, hasta con lágrimas en los ojos; dada la edad que tiene se debe tomar en consideración esto”; (fojas 504 vuelta a 505). 303. Preventiva del guardia de seguridad Julio Vásquez Rodríguez, del puesto de Malabrigo, natural de Chepén, 32 años; porqué presenta la herida en la mano izquierda; dijo que fue herido en Malabrigo en el sitio denominado “El Misterioso” por un grupo de revolucionarios armados, encabezado por Augusto Rivasplata, Agustín Gamarra, Florencio Cordero y Eduardo Vides con residencia en Malabrigo y un individuo llamado Aimar, que se encuentra detenido en la prefectura de esta ciudad y Eusebio Ramírez, en este mismo lugar y que una vez que fuimos apresados los revoltosos nos quitaron las armas y un capote; (fojas 505 vuelta a 506).

266 FMP

304. Testimonial del cabo Ramón Alfaro Caicedo, natural de Uchumarca, de la provincia de Cajamarquilla, de 21 años, soltero; preguntado diga donde se encontraba en la noche del siete del presente mes y que pasó; dijo: “que cuando él estuvo durmiendo la noche del seis en el Detall de la segunda batería, sintió que hacían disparos; que inmediatamente se vistió y agarrando su carabina se salió por una ventana y se fue por el caballerizo, pero que antes de salir apagaron las luces los revoltosos, pudiendo observar que penetraron muchísimos civiles haciendo fuego; que no llegó a salir del cuartel porque en el callejón habían muchos civiles disparando; que el instruyente, en vista que no tenía munición, enterró su carabina en el guano, no habiéndola sacado hasta la fecha y que después fue apresado y traído a la cárcel de esta ciudad, donde permaneció hasta que fueron libertados por ellos mismos, saliéndose por una ventana el domingo diez a las cinco de la tarde; preguntado si sabe quiénes han sido los autores de la masacre en la cárcel a los Jefes, Oficiales y Tropa; dijo: que si los conoce de vista”; (fojas 506 a 507). 305. Testimonial del soldado Guadalupe Chuhuaman Gil, natural de Bambamarca, de 21 años; diga si estuvo durmiendo en el cuartel cuando fue tomado por los revoltosos y si ha conocido a alguno de los atacantes; dijo: “que si durmió en el cuartel en la noche y que como


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

a las dos de la mañana penetró gente armada haciendo disparos y apresando a los oficiales y soldados, trayéndolos al día siguiente a la ciudad y puestos presos en la cárcel”; preguntado si conoció a los apristas que estuvieron de guardia en la noche que masacraron a los jefes, oficiales y tropa; dijo: “que únicamente a reconocido ahora que está detenido y que resulta ser César Bustamante, quién lo llevó en compañía de otros el sábado nueve, como a las once del día; que fueron depositados, que fueron encarcelados en un calabozo en el canchón; que el declarante se durmió en el calabozo, pero por efectos del fuego que sentía en la dirección de la puerta de la cárcel se despertó, así como todos los demás soldados detenidos y oyeron el lamento de los que estaban asesinando y las interjecciones de los asesinos que decían so cojudo, so carajo donde te corres, que después de un largo rato de esta escena trágica, se oyó un silencio sepulcral; que a las once del día domingo diez, entraron como cuatro individuos los que les dijeron, esta noche van a ser fusilados; como a las cuatro de la tarde pudieron escapar por una ventana de la reja, después se dirigieron por la portada de Huamán y fueron apresados, teniéndolos dos días; (fojas 507 a 509). 306. Se deja constancia que el fusil que Juan Novoa Llaque dejó en un callejón fue recuperado: fusil Nº 1277, sin cerrojo y 16 cartuchos

marca punta de lápiz; así mismo, se recogió una libreta personal del licenciado de la armada José Castro Salazar; (fojas 509). 307. Preventiva del soldado del Regimiento de Artillería Nº 1 Artidoro Rodríguez, natural de Otuzco, de 18 años; diga a quienes de los revolucionarios conoció en el ataque al cuartel O’Dónovan y de los que haya visto tomar participación activa en estos acontecimientos; dijo: “que reconoció a Tomás Casuso como uno de los atacantes al cuartel O’Dónovan, el que se encontraba armado de un carabina; que cuando cayó prisionero, el citado Casuso lo hizo formar al instruyente, lo mismo que a los demás compañeros”; (fojas 510). 308. Preventiva del soldado Guillermo Gamboa, natural de Ayacucho, de 21 años; diga a quienes de los revolucionarios conoció en el ataque al cuartel O’Dónovan y de los que haya visto tomar participación activa en estos acontecimientos; dijo: “que el día viernes encontrándose preso, vio en la cárcel que hacía guardia José Modesti, el que se encontraba armado de un fusil y que en la actualidad se encuentra preso en la cárcel donde pudo reconocerlo”; (fojas Fs. 510 vuelta). 309. Preventiva del soldado de artillería Juan Ávila Lavado, natural de Huamachuco, de 20 años; diga a quienes de los revolucionarios conoció en el ataque al cuartel O’Dónovan; dijo: “que

FMP 267


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

cuando cayó prisionero en el cuartel conoció a Tomás Kasuso (Casuso) el día jueves a las dos de la mañana, el que se encontraba armado con una carabina; que cuando lo llevaron preso a la cárcel vio de guardia a Carmen P. Loaiza que estaba con un galón de subteniente; estos dos individuos actualmente se encuentran en la cárcel y es allí donde los ha podido reconocer; hace presente que a Carmen Loaiza lo vio el mismo ocho como a la una de la tarde y que como a las cinco de ese día los pasaron a los cuartos de adentro, ya no pudo verlo más; (fojas 511). 310. Preventiva del soldado de artillería número uno Eduardo De la Cruz, natural de Huamanga, de 19 años de edad; diga a quienes de los revolucionarios conoció en el ataque al cuartel O’Dónovan; dijo: “cuando fui conducido preso reconocí a José Santos Viviano, que vestido con el capote de guardia civil y con canana, hacía guardia con un fusil, a eso de las doce del día; que después lo llevaron a dentro el viernes ocho y que este individuo entraba al canchón constantemente; que la última vez que lo vio fue como a las tres de la tarde del día sábado nueve”; (fojas 511 vuelta). 311. Preventiva del soldado Eleodoro Echeverría, del Regimiento de Artillería número uno, natural de Cajamarquilla, de 17 años; diga a quienes conoció en el ataque al cuartel

268 FMP

O’Dónovan, así como en la cárcel pública; dijo: “que el jueves siete a las seis de la mañana los revolucionarios lo hicieron formar, lo mismo que a sus demás compañeros; que allí conoció, armados de fusil, a Darío Huamancayo, José Fernández y Rafael Rodríguez; que como a las doce de la mañana lo llevaron los revolucionarios a la cárcel; que en aquel lugar vio nuevamente a los mismos individuos el día viernes, como a las doce del día y cuatro de la tarde, haciendo guardia de cárcel, con rifle y que estos tres individuos se encuentran actualmente en la cárcel, donde he podido reconocerlos”; (fojas 512). 312. Preventiva del soldado Lizardo Riveros del Regimiento de Infantería Nº 1, natural de Morropón, de 22 años; diga a quienes de los revolucionarios ha conocido; dijo: “que como a las seis, después de haber salido de la cárcel el día domingo, al pasar por una calle, encontró a Juan Angulo Aguirre que estaba armado de un fusil y cartucheras, que le hizo alto y le apuntó con el arma diciéndole que se parase, que entonces se fue a unirse con sus compañeros y que como corrió no pudo hacer disparo; que a este individuo lo ha reconocido que está preso en la cárcel de esta ciudad”; (fojas 512 vuelta a 513). 313. Preventiva del soldado Manuel Prado Juárez, natural de Catacaos, de 23 años de edad; diga a quienes de los revolucionarios ha conocido,


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

tanto en el ataque al cuartel O’Dónovan como en la cárcel u otros lugares; dijo: “que cuando vinieron presos de Santiago de Cao y estuvieron sus compañeros junto con él en la cárcel de esta, vio a José Larrea, Luis Sánchez, Héctor Flores, Alfonso Guevara y José Modesti, ambos combatieron en Santiago de Cao y siempre hacían guardias en la cárcel, que todos estos individuos están actualmente presos y es así como he podido identificarlos”; (fojas 513). 314. Preventiva del soldado Andrés Arica Ramírez, natural de Piura, de 20 años de edad; diga a que personas de los revolucionarios ha conocido, tanto en la cárcel de esta ciudad como en Santiago de Cao; dijo: “que al ir a esta cárcel pública, he reconocido a Miguel Aguilar, armado de un fusil, el que lo desarmó, lo mismo que a los compañeros del instruyente, cuando cayeron presos en Santiago de Cao; que también ha reconocido a Alfonso Guevara en el mismo sitio y en la misma misión; que últimamente ha reconocido a Carlos Alberto Gonzales, cuando combatían al lado de la orilla de la playa, que este individuo armado con fusil, hizo el desarme; que tiene que agregar que este Gonzales debe conocer a un negro alto que le dio una cachetada al subteniente Valderrama”; (fojas 514). 315. Preventiva del soldado Francisco Gonzales Vilela, de veinte años, soltero, sin hijos,

católico; diga a quienes de los revolucionarios reconoció tanto en el ataque al cuartel como en otras partes; dijo: “al ir a la cárcel pública de esta ciudad he visto y reconocido a José Mariños que estuvo en el ataque al cuartel O’Dónovan, a quien se le quitó dos fusiles y un machete; a Gonzalo Zegarra que estuvo de guardia armado en la cárcel pública el sábado nueve a las once de la mañana; a Francisco Mostacero cuando se encontraba de guardia el día ocho; a José Fernández en el ataque al cuartel O’Dónovan así como estuvo armado en Samne en el momento del combate y finalmente a Justo Castro cuando estuvo de guardia en la cárcel pública, el que disparaba con un fusil cuando pasaban los aviones”; (fojas 514 vuelta a 515). 316. Preventiva del soldado Manuel Chero Naquiche, natural de Piura, de 21 años; diga a quienes ha conocido de los revolucionarios en la cárcel pública de este lugar; dijo: “que cuando se encontraba preso por los revolucionarios en la cárcel, conoció y vio a Segundo Llenque y Aurelio Fonseca prestando servicios de guardia de cárcel con fusil; que recuerda haberlos visto los días viernes y sábado pero que no recuerda la hora”; (fojas 515). 317. El teniente primero J. J. Elías, jefe de la Guarnición de Salaverry, remite a Eduardo Cornejo, Pablo Alvarado y Tomás Cuadrado, que estuvieron armados de fusil, “personas

FMP 269


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

comprometidas en los últimos luctuosos acontecimientos”; (fojas 516). 318. El 21 de julio de 1932, el presidente de la Corte Marcial le concede al Juez instructor, “el definitivo plazo de cuarenta y ocho horas para que termine de practicar las diligencias de la instrucción a su cargo”; (fojas 517). Acusación Fiscal: Fue nombrado fiscal del caso el teniente coronel Gerardo Dianderas, formulando la acusación el 26 de julio de 1932. Inicia esta señalando los hechos, razón del proceso: “En la noche del 6 al 7 del presente mes (julio de 1932), un numeroso grupo de subversivos de esta ciudad y de Laredo, armados y capitaneados por don Manuel Barreto, alias Búfalo, sin duda alguna, procedieron a cumplir las órdenes de los instigadores del movimiento subversivo, presentes en esta ciudad, Agustín Haya de la Torre, Víctor Augusto Silva Solis, Capitán Leoncio Rodríguez Manfurt, de asaltar el Cuartel O’Dónovan, donde se encontraba alojado el Regimiento de Artillería Número 1140 y una fracción

del Regimiento de Infantería Número 1 y después de encarnizado ataque se apoderaron del cuartel e hicieron presos a los jefes y oficiales que en él se encontraban, lo mismo que a la tropa que no pudo escapar o que no murieron en el sangriento ataque, presos que al día siguiente, a las ocho o nueve de la mañana, fueron trasladados por los asaltantes a la cárcel pública de esta ciudad, traídos también por un fuerte populacho, que al pasar por el cuartel de seguridad, procedieron a atacar el cuartel. Durante la mañana del día jueves, el populacho revoltoso, encabezado por Agustín Haya de la Torre, y los demás indicados, se apoderaron del local de la prefectura, donde permanecieron algunas horas, trasladando después su centro de operaciones revoltosas, al local ocupado por el Club Central en la calle de Progreso. Durante todo este día, viernes y el sábado, los revoltosos, hacían presos indistintamente a los guardias civiles, policías de seguridad, algunos civiles, entre ellos al gobernador de Salaverry, encerrándolos a todos en la cárcel pública, que estaba custodiada por individuos apristas uniformados con ropas robadas de la policía, y muchos de ellos con ropas de oficiales y sus respectivas armas (Silva

140 Con la Misión Militar francesa se establecieron en el Perú los regimientos, en base a dos unidades. Hoy hablamos, en artillería, de grupos, cuya magnitud de escalón en infantería es igual a un batallón y en caballería a un regimiento. El antiguo Regimiento N° 1 es hoy el Grupo de Artillería de Campaña “Dos de Mayo” N° 1, cuyo lema es: “El Deber Siempre el Deber”. Fue creado el 17 de mayo de 1915, como Grupo de Artillería de Montaña N° 1 y el 19 de setiembre de 1949 se le asigna el nombre actual. En 1932 aparece como jefe de esa unidad el teniente coronel Julio Silva Cáceda. (OFICINA DE INFORMACIÓN DEL EJÉRCITO Y COMISIÓN PERMANENTE DE HISTORIA DEL EJÉRCITO, Historial de las Unidades del Ejército del Perú, páginas 157 y 158.)

270 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Solís, por ejemplo, visitó la cárcel el día 8 vestido de oficial, con galones de mayor).” El fiscal narra también otros hechos, como la toma del telégrafo, la radio, la destrucción de instalaciones públicas, “(…) hasta que llega el día incalificable en que por primera vez en la historia del Perú y del mundo civilizado, estos individuos criminales, réprobos, pertenecientes a la secta condenable del apro comunismo, van a la cárcel y en la noche cometen los execrables asesinatos de los presos de la cárcel, entre los que se hallaban jefes y oficiales del ejército y si bien es cierto que algunos detenidos pudieron escaparse, fue porque los favorecía la oscuridad de la noche y otros por haberse fingido muertos, entregándose después de esta tragedia, con linterna en mano, al repaso despiadado y salvaje de los muertos o moribundos, masacrándolos y robándoles todas las prendas que tenían, habiendo podido constatar uno de los sobrevivientes que uno de esos individuos llevaba puesto el reloj pulsera del alférez Picasso…” Agrega el fiscal: “Al mismo tiempo que se realizaron estos acontecimientos en la ciudad de Trujillo,

en las poblaciones vecinas, elementos disociadores de la misma secta, alarmaban a los pobladores, llegándose a producir en algunos sitios ataques a los puestos de policía, con numerosas bajas, como ha ocurrido por ejemplo en Puerto Chicama, Laredo, Santiago de Cao y otros…, entregándose en todos ellos al saqueo y al robo.” El fiscal agrupa la conducta de los procesados en: “Delitos contra los poderes del estado y la autoridad de la constitución, rebelión y sedición (y) Delitos contra la seguridad pública, destrucción de vías de comunicación, delitos contra la vida y, por último, delitos consignados en la ley 7060 y cuyos autores se hallan sometidos al juzgamiento de la Corte Marcial.” “En concepto del Fiscal, merecen la pena de muerte: Agustín Haya de la Torre, Capitán (Leoncio) Rodríguez Manfurt y Augusto Silva Solís, como gestores e instigadores, dirigiendo en todo tiempo el movimiento.” 141 “Así mismo, merecen pena de muerte como participantes... Manuel Sánchez Ruiz, Lorenzo

141 El autor piensa que la participación de los tres se produce inmediatamente después del ataque al cuartel O’Dónovan. El planeamiento del ataque en sí fue obra de Barreto y su entorno, con gente mayoritariamente de Laredo. Tras la muerte de Barreto en el ataque, se produce un vacío de mando que será cubierto por Haya, Solís y Rodríguez. Como es sabido, el movimiento “revolucionario” debía producirse en fecha posterior, mandada militarmente por el comandante Gustavo Jiménez, que se encontraba en Arica, según decisión de Víctor Raúl Haya de la Torre y otros líderes apristas. Barreto actuó desobedeciendo el mandato de esos líderes, según decía, presionado por los militantes que no querían seguir esperando. Los tres abandonaron Trujillo el día nueve, por la tarde, camino a Otuzco y como siempre ha ocurrido en el Perú, no solo no recibieron sanción, sino que, como en el caso de Haya, continuaron en la escena política.

FMP 271


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Arteaga Cumplido, Delfín Montoya, Rosario Reyes y Justiniano Vargas, Manuel N. García, Máximo Flores, Remigio Esquivel, Asunción Borja, José Modesti, Rosas, Villanueva Vargas, Luís Gonzáles, Luís Mariños Díaz, Humberto Echevarría, Gustavo Iparraguirre, Gonzalo Zegarra Aliaga, David Peláez, Aurelio Fonseca Quiroz, Grau Gonzales, Erasmo Tello (Alcaide), Ulderico Mannucci (Soto alcaide), Daniel Lecca Torres, Alfonso Guevara Tarazona, Germán F, Loaiza, Sixto Cáceres Zapata, Gustavo Lara, Ignacio Mostacero, Roque Peña Goicochea, Héctor Flores, Víctor Black, Enrique Carril Medrano, Francisco Mariño, Manuel Rodríguez, (…) Condori, (…) Carril, Icochea (Alcaide), Matallana, Castillo que trabaja en la imprenta Blondet, Adelfio Cerna, Agustín Meléndez, Cesáreo Arteaga, Rafael Rodríguez, Cecilio Aguilar Bravo, Manuel García, (…) Pereda, Elio Pino Lara, José Santos Viviano, César Bustamante, Darío Huarcayo, José Fernández, Juan Aguirre Angulo, José Larrea, Gonzalo Zegarra, Raúl Puertas, Luís Sánchez, Héctor Flores, Alfonso Guevara, Carlos Alberto Gonzales, Segundo Llenque, Aurelio Fonseca, Juan Luís Perales, Alberto Encinas Saavedra, Sergio Quiroz, Elías Iglesias y Herminio Cueva.” Dijo también el fiscal: “Opino que se debe aplicar la pena de internamiento, con sus respectivas accesorias, a todas las personas que aparecen en la relación presentada por el señor Auditor en su vista de fojas…”

272 FMP

Dice el fiscal, que “teniendo en cuenta las declaraciones actuadas en este proceso… Víctor Raúl Haya de la Torre, es el incitador de las actividades sediciosas que dieron origen al levantamiento…; que la instigación se ha dirigido no solo al cambio de régimen político de la República, sino esencialmente al cambio completo de la organización social y económica de ella, desconociendo el régimen de la propiedad que reconocen las leyes del País y la institución orgánica del régimen familiar mismo.” Finaliza el fiscal diciendo que de acuerdo con la ley de emergencia y la ley 7491, “el mencionado don Víctor Raúl Haya de la Torre, debe ser juzgado por la Corte Marcial, como responsable de todos los delitos que se juzgan en este proceso…”

Audiencia de la Corte Marcial El 26 de julio de 1932, a horas nueve, se reunió la Corte Marcial para la audiencia oral. Integraron la Corte el teniente coronel Daniel Matto, como presidente y como vocales actuaron el capitán Gamaniel Inostroza; capitán Luís Tirado Vera; teniente J. Francisco Oliva; sub teniente Francisco Scarneo, actuando como auditor el doctor Rómulo Paredes; como defensores los doctores Enrique Echevarría y Arcesio Condemarín y la presencia del fiscal, teniente coronel Gerardo Dianderas. Votadas las cuestiones de hecho, se dictó sentencia.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Sentencia de la Corte Marcial Se impuso pena de muerte a Agustín Haya de la Torre, Augusto Silva Solís, capitán Leoncio Rodríguez Manfurt, Federico Chávez y Manuel Barreto Risco, alias “Búfalo”, como autores del delito de rebelión, previsto y penado en el artículo cuarto de la ley 7066, concordante con el artículo 239°, incisos 2 y 6 del Código de Justicia Militar. Manuel Barreto Risco murió en el ataque al cuartel O’Dónovan, la madrugada del 7 de julio de 1932: “cayó fulminado por un tiro en la garganta y otro en los testículos.” 142 Haya y los demás abandonaron Trujillo la tarde del 9 de julio, camino a Otuzco. Fueron condenados en ausencia. Se impuso igualmente pena de muerte, con las accesorias del artículo 161° del Código de Justicia Militar, “a los adherentes a la rebelión y responsables, además, del homicidio calificado de los jefes, oficiales, guardias y soldados y a los atacantes del cuartel O’Dónovan: Manuel Sánchez Ruiz, Delfín Montoya, Justiniano Vargas, Máximo Flores, Pedro P. Paredes, Manuel Rosado, Daniel Revoredo, Lorenzo Arteaga, Rosario Reyes, Manuel N. García, Remigio Esquivel, Máximo Fernández, Manuel Acuña, José Modesti, Luis Sánchez, Agustín Baquedano, Manuel Rodríguez M.,

Rafael Rodríguez, Isaac Barreto; Víctor Beraun, Raúl Puertas P., César A. Bustamante, Fortunato Vásquez, Tomás Casuso Ch., Roque Peña Goicochea, Francisco Mariño A., Cesáreo Arteaga, José S. Viviani, Manuel García P., José Larrea, Ignacio Mostacero, Víctor Black, Agustín Meléndez, Cecilio Aguilar, Elio Pinedo Lara, David Peláez, Sergio Quiroz, Gonzalo Zegarra, Grau Gonzales, Luis Gonzales Pinillos, Fernando Yupanqui, José M. Olórtegui, Ovidio Pando y Asunción Borja. Todos ellos fueron fusilados. También se impuso pena de muerte a los siguientes reos ausentes: José Santos Torres, Elí Polo, Segundo Tello, Candelario Chacón, Segundo Ruíz, Mercedes Salinas, Raúl Vásquez, Focías Escalante, Juan Eslava, Juan Peláez, Emilio Llanos, José López, Francisco Villanueva, Gilberto Ruíz, Julio Rodríguez, Santiago Vásquez, Luís Mendoza, Roberto Bernuy, Roberto Montoya, Pedro Obeso, Arturo Buenaño, Juan Lino Robles, Segundo Rodríguez, Convención Gutiérrez, Manuel Valverde, Máximo Miñano, Inocente Rodríguez, N. Estrinau, Tomás Escalante, José Mariños, Monje Rabines, Francisco Vásquez, José Miguel Chamanchumo, Juan Valverde, Asunción Barja, Víctor Juárez, Juan Alvarado, Juan Polo, Benito Herrera, Juan Moris, Gustavo Iparraguirre, Sixto Cáceres

142 Según versión de Herbert Mujica Rojas.

FMP 273


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Zapata, N. Condori, N. Icochea, Erasmo Tello, N. Couril, N. Castillo, Juan Luís Morales, Humberto Rázuri, alias “Canuto”, N. Carranza, chofer, Julio Sánchez, Agustín Gamarra,143 Agustín Rivasplata. Se impusieron penas de penitenciaría de 10 y 5 años, a otro grupo numeroso de personas, que anotar los nombres de todos ellos resulta ya excesivo.

Acta de cumplimiento de sentencia de la Corte Marcial “Trujillo, a los 27 días del mes de julio de 1932, siendo las cuatro de la mañana, el Juez de la causa, acompañado de su secretario y cincuenta hombres de la Guardia Civil, al mando del Capitán Mario Vargas Machuca y Teniente Manuel Caballero, se constituyeron en la cárcel del lugar donde se encontraban los condenados, siendo conducidos en cinco camiones al lugar indicado para su ejecución, previa la construcción de una loza de quince

metros de largo, por dos metros de ancho y uno ochenta de profundidad. Se procedió en seguida a dividirlos en grupos de cinco, formando el primer grupo Manuel Sánchez Ruiz, Lorenzo Arteaga Cumplido, Delfín Montoya, Rosario Reyes y Justiniano Vargas; el segundo grupo estuvo formado por Manuel N. García, Máximo Flores, Remigio Esquivel, Asunción Borja y José Modesti; el tercer grupo por Luis Sánchez, Agustín Baquedano, Manuel Rodríguez, Rafael Rodríguez e Isaac Barrueto; el cuarto grupo por Víctor Beraun, Raúl Puertas, César Bustamante, Fortunato Vásquez y Tomás Casuso Ch.; el quinto grupo por Roque Peña, Francisco Mariño, César Arteaga, José S. Viviano y Manuel García P.; el sexto grupo por José Larrea, Ignacio Mostacero, Víctor Black, Agustín Meléndez y Cecilio Aguilar; el sétimo grupo por Elio Pinedo, Ángel D. Peláez, Sergio Quiroz, Gonzalo Zegarra y Grau Gonzales; octavo grupo por Luis Gonzales P., Fernando Yupanqui, José M. Olórtegui, Ovidio Pando y Pedro P. Paredes y el noveno grupo formado por cuatro, Manuel

143 “Agustín Gamarra apareció en Chicama (puerto) el día seis y notó que este individuo hacía comentarios políticos, con todo el elemento trabajador y que en la noche se reunieron en el sitio denominado “misterioso”, Agustín Gamarra, Augusto Rivas Plata, Pérez de nacionalidad colombiana, Abraham Vides, Edmundo Vides, Vicente Ramírez, Eusebio Ramírez, Florencio Cordero y como cuatro más que no conoce. Gamarra empezó a reunir a toda la gente se dirigió al sitio denominado “misterioso”; al encontrarse con la ronda del Cabo Salinas, que les hizo el alto, a lo que respondió Gamarra que, si era prohibido andar en grupos, entonces Gamarra sacando su revólver disparó contra los guardias, cayendo el guardia Diaz y el Cabo Salinas, ordenando apresarar al guardia Vásquez, cosa que lo hizo Edmundo Vides con cuatro más, que no recuerda quienes fueron. Intentaron tomar el puesto policial, pero fueron repelidos.” Mató al guardia Díaz e hirió al cabo Salinas. Instructiva de Eusebio Ramírez, declaración 255.

274 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Rosado, Daniel Revoredo, Máximo Fernández y Manuel Acuña, grupos que fueron colocados sucesivamente en sitios concurrentes, frente a siete tiradores, quienes a la voz de mando del Capitán que los dirigía disparaban a la voz de fuego, los que caían a consecuencia de los disparos, muertes que fueron constatados por los médicos de la Unidad, Mayor Luis Valentín y Capitán doctor Francisco Escudero Franco, después de lo cual se procedió a darles sepultura, quedando así cumplida la ejecución de los condenados; se hace constar al final del acta que en el momento que eran colocados los grupos para la ejecución, se les notificó la pena de muerte a la que habían sido condenados por la Corte Marcial; ese mismo día el Juez de la causa se constituyó en la cárcel de Trujillo para notificar al resto de condenados y absueltos, la sentencia de la Corte Marcial.” El lugar designado para el cumplimiento de la pena de muerte fue al “nor- oeste, a ciento cincuenta metros del Campo de aviación.”

aprista.” 144 José Agustín Haya de la Torre, como era su nombre completo, apodado “Cucho”, fue condenado a muerte en ausencia, pero no fue fusilado, pues, como ya dijimos, antes que entraran las tropas gobiernistas a Trujillo se marchó a Otuzco, en compañía de Augusto Silva Solís, el capitán Leoncio Rodríguez Manfurt y otros.

Comentando estos episodios, el general de división Enrique Gallegos Venero dice: “Se instauraron Cortes Marciales y las sentencias a muerte se cumplían con fusilamientos, habiendo sido fusilado Agustín Haya de la Torre, hermano del líder

El 9 de agosto de 1933, el presidente de la República Oscar Raimundo Benavides y Larrea, promulgó la Ley N° 7732 que el Congreso Constituyente emitió concediendo amnistía para los acusados y enjuiciados por delitos políticos cometidos hasta

El general GC. Rómulo Merino Arana, comentando la sentencia de la Corte Marcial dice que a parte Haya, Silva Solis, Rodríguez Manfurt, Federico Chávez y Manuel Barreto, fueron condenados a muerte 44 reos presentes y 53 ausentes; a penitenciaría 19 presentes y 62 ausentes. “Las sentencias para los reos presentes fueron cumplidas de inmediato.” Refiere, igualmente, que durante estos hechos la Guardia Civil “sufrió la pérdida de 3 oficiales y 33 individuos de tropa (sargentos, cabos y guardias)”, quedando heridos un oficial y 14 subalternos.145

144 GALLEGOS VENERO, Enrique. Un Siglo de Luchas (1863 – 1962), Imprenta del Ejército, marzo de 1999, Lima, pág. 169. 145 MERINO ARANA, Rómulo, Ob. Cit., pág. 221.

FMP 275


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

la fecha; cortando todos los juicios pendientes iniciados por dichos delitos y autorizando “al Poder Ejecutivo para dictar las disposiciones convenientes a efecto de que las personas confinadas o expatriadas, por razón de los hechos a que se refiere esta ley, puedan regresar al territorio de la República.”

III.4. La revolución de Huaraz del 13 de julio de 1932 El 13 de julio de 1932 se produjo un levantamiento armado en Huaraz, encabezado por el sargento mayor Raúl López Mindreau,146 en el que tuvieron actuación decisiva los guardias civiles y los de seguridad de esa ciudad y parte del Callejón de Huaylas, pues el movimiento se extendió hacia Yungay, Caraz, Pomabamba, entre otros pueblos de la región. Este levantamiento se produjo seis días después del que estalló en Trujillo (7 de julio de 1932) y cuando este ya había sido dominado. Se dice que los apristas tuvieron acuerdo para subvertir el orden

en varios lugares de la República al mismo tiempo, pero esa versión parece no sostenerse al examinar los hechos. Si bien el sargento mayor Raúl López Mindreau aparece como líder del movimiento, en la declaración instructiva que prestó en la causa que se le siguió por estos hechos, dijo que su participación en los sucesos “fue como jefe del movimiento, mientras venían a hacerse cargo de éste los señores Doctor Sixto Alegre, Milcíades Reyna y el Mayor Isidoro Nieto.” Sobre cómo se involucró en los hechos, López Mindreau dijo “que el móvil que lo llevó a ponerse frente al movimiento fue primero por la fuerza y después viendo el caso que el movimiento tomaba, que implicaba para la República un desastre,147 pretendió variar la faz del movimiento hacia la descentralización federalista.” Afirmó que no tenía filiación aprista y que no tuvo ninguna comunicación con los que participaron en la revolución de Trujillo. Durante el movimiento, se produjeron exacciones en los comercios de la ciudad y se tomó dinero

146 En la causa que se le siguió por exacciones en Huancayo, en 1930, aparece su foja de servicios, donde se dice que ingresó a la Escuela Militar de Chorrillos el 15 de marzo de 1912; ascendió a subteniente el 27 de julio de 1916; a teniente el 27 de julio de 1919; a capitán el 1° de febrero de 1925; y a mayor el 1° de febrero de 1930. 147 Semejante versión dio el capitán Leoncio Rodríguez Manfurt luego de su participación en el levantamiento aprista de Trujillo. Dijo que su presencia había calmado los desmanes que pudieron producirse en Trujillo.

276 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

y mercancías de la Caja de Depósitos y Consignaciones de Huaraz, por montos significativos. Se apresó a las autoridades principales y se reemplazó al prefecto y a los subprefectos de varios pueblos del Callejón de Huaylas. En los últimos días del levantamiento, circuló una información sobre la organización de la “Junta de Gobierno de Ancash”, que estuvo integrada así: “Presidente y Jefe Político Militar: Sargento Mayor de Infantería del Ejército: Raúl López Mindreau. Secretario de la Junta: Sr. Aurelio Valenzuela (hijo). Ayudante del presidente de la Junta: Sr. Alejandro Mainetto. Secretario de Justicia e Instrucción: Dr. Sixto M. Alegre. Secretario de Gobierno: Sr. Milcíades Reyna. Secretario de Guerra: Mayor de Infantería del Ejército: Isidoro Nieto. Secretario de Fomento: Sr. Dr. Pablo Melgarejo. Asesor Jurídico: Dr. Genaro Flores G. Tesorero de Hacienda Pública: Sr. Santiago Sevilla.”

Finalizaba el cartel expresando: “Dado en la Casa de Gobierno, a los dieciséis días del mes de julio de mil novecientos treintaidos.” El cartel fue impreso en la “Tipografía “Comercial”- Huaraz”. En este contexto hubo atentados dinamiteros sobre puentes de la vía férrea que unía el callejón de Huaylas con Casma, cuya ejecución se imputó a Carlos Philipps y Juan Alonso. Se sustrajeron numerosas armas, proyectiles y material de guerra, por lo que hubo necesidad de abrir una causa para averiguar la cantidad de armas sustraídas y juzgar a sus autores, que más adelante detallaremos. Tomada la ciudad de Huaraz por las tropas del gobierno, comandadas por el sargento mayor Jesús Lazo, el 18 de julio de 1932, se instauró una Corte Marcial que condenó, entre otros, a cinco personas a muerte: sargento mayor Raúl López Mindreau, teniente Inocencio Soto, guardia civil Alberto Torres, Carlos Philipps y el español Juan Alonso. “Se dice que Philipps antes de morir hizo profesión de fe católica y aprista con la frase “solo Dios salvará a las almas, solo el aprismo salvará al Perú.” 148 Basadre, en referencia escueta a estos hechos dice: “El levantamiento de Trujillo repercutió en Huaraz. Después de haber sido vencidos, cinco rebeldes fueron ejecutados, en cumplimiento de la sentencia de una corte marcial, con el voto en contra

148 GUERRA, Margarita, Ob. Cit., tomo XII, pág. 109.

FMP 277


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

de dos vocales de ella. Entre los fusilados, en un acto de crueldad innecesaria, estuvieron el mayor Raúl López Mindreau y el joven dirigente aprista Carlos Philips. Uno de los reos, Arístides Boza, recibió la pena de prisión sin haber sido acusado por el Fiscal y sin habérsele nombrado defensor. El juzgamiento fue hecho primero, por grupos clasificados de antemano por los jueces como actores, cómplices e inculpados y las cuestiones de hecho y las sentencias fueron dictadas individualmente, sin haberse oído y juzgado a todos los acusados. El abogado José Manuel Robles logró que se enmendara, en lo posible este procedimiento. A las pocas horas de expedido y cumplido el fallo, el expediente fue llevado a Lima. Similares anomalías hubo en los procesos de Trujillo.”149

III.5. La corte marcial que se instauró en 1932 para juzgar a los líderes de la rebelión de Huaraz.150 El coronel Manuel Ruiz Bravo,151 el 20 de julio de 1932, desde Trujillo, ordenó al mayor Jesús Lazo,

Jefe Político y Militar del Departamento de Ancash, “disponer toda clase facilidades traslado Casma esa comandante Aspilcueta y capitán Camino nombrados Juez y Secretario Instrucción causa sublevados Huaraz y que debe llegar por avión de Lima, mañana.” El 22 de julio de 1932, el juez instructor, teniente coronel Tomás Aspilcueta, considerando que el 13 de julio de dicho año, “el Sargento Mayor don Raúl López Mindreau encabezaba un movimiento revolucionario contra el orden constitucional, para deponer al gobierno de la Nación y trastornar el orden social establecido en la República (resolvió) abrir la correspondiente instrucción contra los autores y cómplices de dicho movimiento…”, ordenando las diligencias respectivas. Actuaba como secretario el capitán de caballería Manuel Camino Calderón. El 23 de julio se recibió la declaración del Dr. Leoncio Valderrama Linares (natural de Arequipa), presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash, quien manifestó que el día 13, a horas 12.30,

149 BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., Tomo 15, pág. 211. 150 Este expediente estuvo guardado, por muchos años, en el archivo de la antigua “Primera Zona Judicial del Ejército” con sede en Lambayeque. Desde 2017, se encuentra en el archivo central del Fuero Militar Policial. Desgraciadamente, solo se encuentra el cuaderno N° 1, no habiéndose podido hallar el cuaderno N° 2, donde suponemos se encontraba la acusación fiscal, la sentencia de la corte marcial y la ejecución de la misma. 151 Mediante resolución legislativa N° 7667, de 10 de enero de 1933, fue ascendido a general de brigada. Fue hermano del periodista Pedro Ruíz Bravo, fundador del diario “El Tiempo” y otro hermano suyo, Alejandro Ruíz Bravo, llegó también al grado de general de brigada, siendo ascendido mediante resolución legislativa N° 9721, promulgada el 18 de enero de 1943.

278 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

aproximadamente, se constituyó en su domicilio un guardia acompañado de un civil, ordenándosele que debía presentarse a la prefectura por mandato del mayor López Mindreau. En dicho lugar encontró al señor obispo de la Diócesis y personas notables, ante quienes el referido mayor leyó un manifiesto. El declarante refiere haber solicitado respeto para las personas y que no se derramara sangre, aclarando que él estaba impedido de participar en política por su cargo. Ese mismo día, se recibió también la declaración del obispo de la Diócesis doctor Juan Domingo Vargas Salinas, natural de Arequipa, quien refirió que fue llamado a la prefectura el día 13, encontrando en ese lugar a personas notables, entre ellos al doctor Valderrama, circunstancia en que “el jefe revolucionario expuso que se había levantado en armas contra el gobierno constituido y para cuyo efecto leyó una Proclama o Manifiesto. Que después de esto el Doctor Valderrama emitió su opinión y que en seguida el declarante como Pastor espiritual exhortó a los concurrentes…”, el mantenimiento de la paz. El “Jefe Político Militar” puso a disposición del Juzgado “al ex –Prefecto del Departamento don

Manuel López Alfaro, para que deslinde ante su despacho la responsabilidad que sobre él gravita, por su actuación en la revolución presidida por el Mayor Raúl López Mindreau.” Por la misma razón, puso también a disposición del juzgado “a los ex – subprefectos don Pedro Artola de esta provincia (Huaraz), don Benjamín Rivero, de la de Huaylas. Al Subprefecto de Pomabamba, don Gerardo Villanueva, al de Yungay, don Víctor Philipps y al de Pallasca, don Daniel Ballesteros, (a quienes) se les ha ordenado que se constituyan en el día.” Varios comerciantes y vecinos de Huaraz certificaban, a fojas 11 del expediente, que conocían a Rigoberto López Sánchez, “hermano político del señor Alejandro L. Pow Sang, comerciante de esta plaza” 152. Igualmente, a fojas 12, el presidente del Sub Comité “Sánchez Cerro N° 2” certificaba que López Sánchez había sido socio fundador de esa institución. López Sánchez acompañaba estas constancias a su solicitud de libertad, expresando que su hermano político Alejandro L. Pow Sang, comerciante de esa plaza, había sido víctima de robo y prisión arbitraria de parte de los revolucionarios, encabezados por el sargento mayor López Mindreau, según constaba de la denuncia que se

152 Fue abuelo del extinto general de brigada Hugo Manuel Pow Sang Sotelo, quien ejerció la presidencia del Fuero Militar Policial entre 2013 y 2014, además de haber ocupado diversos cargos en la Jurisdicción Militar; por ejemplo, el de “Auditor General del Consejo Supremo de Justicia Militar”. Esta versión le fue confiada por el propio general Pow Sang al autor.

FMP 279


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

había interpuesto ante el mismo juez, agregando que había sido injustamente detenido. Se recibió la declaración de Ricardo Emiliano Ayulo Chávez, “de ocupación chauffer, pero que al presente se encuentra de negociante de sombreros… de jipi japa”, refirió éste que no tomó parte en los hechos. Se recibió, igualmente, la declaración de Juan Alonso Silla, natural de Zaragoza, república de España, de treinta y nueve años de edad, de estado civil soltero, agricultor, residente en Caraz, quien dijo que fue procesado criminalmente por haber sido interventor de la hacienda de Colcas, propiedad de la familia Leguía, pero que de dicho juicio salió sobreseído. Refirió que nadie lo tomó preso, “sino que el declarante teniendo noticias de haber sido denunciado ante la Prefectura, por el teniente de Marina Llosa, acantonado en el puesto de Chimbote, de haber volado el puente del ferrocarril entre la Limeña y el Chorro, con el doctor Philipps, cosa que no hizo, se presentó para aclarar. Lo que puede aseverar por ser cierto, es que el mayor Nieto, trató de comprometer al declarante para que fuera hacer volar dicho puente con una cuadrilla de veinte hombres, pero que el declarante se negó a hacerlo; pero que en vista de su negativa, el mayor Nieto nombró en su lugar al dentista Philipps, quien dijo a Alonso que aceptaría la comisión pero que no la cumpliría; que el día catorce había estado en la estación de Huallanca hasta las doce del día, dirigiéndose después a la hacienda

280 FMP

Colcas en la que durmió en la noche y que en la estación de Huallanca dejó a Philipps acompañado de seis hombres y que tenía dinamita que le dieron en la estación a los revolucionarios y presume que sean esos hombres los destructores de dicho puente; que no es cierto que haya dirigido telegrama de felicitación de Caraz al mayor López Mindreau y que finalmente un soldado le dio el arma, con un morral de munición y que el entregó dicha arma a las fuerzas del gobierno, sin haber disparado ni un tiro, por ser el extranjero y no tiene por qué meterse en las revoluciones del país…” Se tomó la declaración al “acusado” Juan Mac-Donald Checa, quién dijo que su participación en esos hechos fue secundaria y “que, en cuanto al recibo de la Casa Romero y Hermanos, por cincuentaisiete cajones de gasolina (valorizado en 684 soles oro), firmado por el declarante lo reconoce ser cierta, el mismo que se acompaña a la presente”, refiriendo que fue comisionado por el mayor López Mindreau, quien puso el visto bueno en dicho recibo. Varias denuncias sobre falta de pago se presentaron; así, Manuel Salinas, administrador del bar del club Huaraz, denunció que el mayor López Mindreau adeudaba al club la suma de 102 soles con sesenta centavos por consumo. Se recibieron las declaraciones de Augusto Carrión Matos, Timoteo Maguiña Cochachin, Rigoberto López Sánchez, Germán Antonio Guzmán Icaza y Antonio (Antenor) Antúnez Vásquez.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

A fojas 31 y siguientes del expediente aparece la declaración de Milcíades Reyna Villavicencio, quien fue nombrado por el mayor López Mindreau “Secretario de Gobierno de la Junta de Gobierno de Ancash”. Dijo tener cuarenta años de edad, ser natural de Chachapoyas, cirujano dentista de profesión. Expresó que el 13 de julio fue llamado por el mayor López Mindreau a la prefectura, donde se encontraban el obispo de la diócesis, el Dr. Valderrama y otras personas visibles de la localidad, refiriendo el citado mayor “que se había levantado en armas contra el gobierno constituido y que todos debían aceptar el nuevo estado de cosas, pronunciando un discurso y leyendo una proclama…” Dijo Reyna Villavicencio que “al día siguiente catorce fue llamado por el mismo mayor con el fin de que se dispusiera el cupo que debiera imponérsele a Tomás La Rosa Sánchez, en la que puso su intervención para que no se le hostilizara; que al siguiente día dieciséis, el doctor Castillo se ofreció hacerse responsable del cupo que le iban a imponer al referido La Rosa Sánchez, ofreciendo ganado y todo lo necesario para la alimentación de los revolucionarios…” El diecisiete se informó que las tropas leales al gobierno estaban muy cerca de la ciudad y que aviones estaban volando sobre Caraz y “como quiera que habían muchos presos políticos en la Prefectura, el mayor López Mindreau ordenó se los llevaran a la cárcel y juntamente que él se dirigieron a aquel lugar, en donde facciosos armados esperaban la llegada de las tropas del gobierno; que el mayor López Mindreau fue

el primero en tomar un fusil y hacer una descarga con el fin de que toda la gente que se encontraba aglomerada por los cerros se retirara… que entre tanto los facciosos minaban el puente de cal y canto y que al ver esto se indignó, por que comprendió que tal cosa era un crimen, sobre todo porque la ciudad de Huaraz iba a quedar completamente aislado de la costa, que conminó a los facciosos de su criminal intento, a lo que estos accedieron.” Ese mismo día al iniciarse el tiroteo entre las fuerzas del gobierno y los facciosos y no teniendo la posibilidad de sostenerse, “el Mayor López Mindreau manifestó la necesidad de huir, lo que hicieron inmediatamente y el declarante tomó la dirección de Paria, con el fin de refugiarse por la hacienda de Collón. En el mencionado lugar de Paria fue detenido por los indios, poniéndolo preso y a disposición de la autoridad.” Refirió que “no niega el haber aceptado el cargo de Secretario de Gobierno Revolucionario”, pero que lo hizo para no ser fusilado y evitar que se produjeran hechos de sangre. Se recibió la declaración de Honorato Dextre Cáceres; igualmente, de Santiago Sevilla Villareal, natural de Lima, quién dijo que se le ordenó constituirse en la prefectura y así lo hizo y fue llevado detenido a la comisaría. Como le dijera al mayor López que tenía en su poder treinta y dos mil soles en valores, “manifestó el mencionado Mayor, que fuera a la oficina de la tesorería custodiado para que atendiera a las funciones de su

FMP 281


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

cargo de tesorero y que por repetidas veces se le ha traído a la Prefectura custodiado, a fin de que diera cuenta del dinero que tenía recibido, que así ha estado hasta el día dieciséis de los corrientes, fecha ésta en que se escondió…” Refiere que por orden de López Mindreau, del 13 al 15 de julio, recibió la suma de seis mil ciento ochentainueve soles con ochentaitrés centavos, pertenecientes a diferentes personas, “que se lo llevaban personalmente a entregar” extendiendo los recibos. De esa suma, dijo que por orden del mayor López entregó cinco mil ochocientos once soles, sesenta centavos, quedando trescientos setentaiocho soles con veintitrés céntimos, que los pone a disposición del juzgado. Que su nombramiento como “Tesorero de Hacienda Pública” ocurrió cuando él ya estaba escondido, por lo tanto, el no aceptó en ningún momento el cargo. Se recibieron las declaraciones instructivas de Víctor Villaorduña Rodríguez, del colegial Elías Robles Gonzales, de dieciséis años, alumno del primero de media del “Colegio La Libertad de Huaraz”, de Emilio Ortiz Robles, Manuel G. Cadillo Rojo, Alejandro Moutino Mejía, Tomás Sal y Rosas, Claudio Berrio Arguedas, Mariano Cotrina Espinoza, Eladio Bernuy Arguedas, Máximo Cotrina Espino, Daniel Uribe Cano, Luis David Mejía Lazarte, Aurelio Valenzuela Camones, Teófilo R. Luna, quien manifestó “que el Mayor Nieto pretendía destruir el puente “Florita” de Marcará a lo que se opuso y convenció al citado Mayor para que no hiciera ello”.

282 FMP

El Jefe Político Militar de Ancash remitió al juez instructor “un decreto prohibiendo la venta de bebidas alcohólicas en esta ciudad y sus alrededores, bajo pena de multa de doscientos a mil soles oro, sin perjuicio del decomiso de todo el licor existente en el establecimiento infractor”, de 14 de julio de 1932, firmado por el Secretario General de la Junta de Gobierno formada por el mayor López Mindreau. El juez instructor ordenó al médico titular de Huaraz, practique un examen médico legal al mayor López Mindreau. El galeno en cuestión, refirió, luego del examen practicado, que “El examinado acusa dolorabilidad muy intensa en la región costal derecha, particularmente a la altura de la octava costilla. El atento examen de las piezas óseas, dificultosa por el intenso dolor que acusa el examinado, hace notar fractura de la octava costilla derecha. En otras partes del cuerpo presenta ligeras escoriaciones de la dermis”. Ratificada la pericia el 24 de julio, el doctor Leoncio Vega Gamarra, médico titular de Huaraz, manifestó “que no es indispensable su internamiento en el hospital y que las curaciones se le deben (hacer) en el lugar de su prisión.” El 22 de julio, el mayor Jesús Lazo pone a disposición del juzgado al capitán Carlos Briolo, “jefe de la Guardia Civil del Departamento, que está bajo la responsabilidad de haber guardado por muchos días (desde el 8 de julio) en su poder la suma de dinero que le fue entregada por la Tesorería, para


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

abonar a su tropa, dinero que, según declaración del mismo, le ha sido robado por los facciosos.” Se recibió la declaración de Cornelio Veramendi Solórzano, quien fue detenido arreando “unas cinco reses que las enviaba el Gobernador Aprista de San Marcos (Ortega), para el consumo de los facciosos comandados por el Mayor Mindreau…” El juez ordenó telegrafiar “al Gobernador de San Marcos para la captura y remisión bajo buena custodia del faccioso Zósimo S. Ortega.” Se recibieron, también, las declaraciones de Casimiro Collazos Huamán, Clemente Melgarejo Almendras, Leoncio Zorrilla Ortiz, Ciriaco León Torre, Braulio Arsenio Mantilla Fajardo, Jacinto Maguiña Padilla, Fortunato Collas Paucar y Grimaldo Caballero Malqui, A fojas 123 del expediente, aparece la queja de Estremadoyro & C°., respaldado por un recibo, en el que refiere que el cabo Torres López, comisionado por el mayor López, retiró 8,500 fulminantes N° 6 para dinamita, más un paquete de gelignita del 62%. Además, el saldo de municiones. Así mismo, Américo Matellini reclamó haber entregado S/. 1,500.00 y veinte sacos de arroz para la tropa, para lo cual adjunta dos recibos firmados por el mayor López. Se recibieron las instructivas de Teodosio Ramírez Palacios, Marino Sánchez Pérez, Francisco Robles Checa, Carlos Alzamora Serrano, Andrés Tarazona Durán, Esteban Porcel Félix, Manuel Ramírez

Macedo, Ricardo Hidalgo Blondó, Justo Castro Torres, José Valenzuela Pomiano y Francisco Jara Meza. El 26 de julio de 1932, el teniente coronel presidente de la Corte Marcial se dirige al juez instructor en los términos siguientes: “Habiéndose reunido en la mañana de hoy la Corte Marcial de mi Presidencia, para contemplar sobre la prórroga solicitada por ese despacho en la estación de Instrucción que lleva a efecto sobre los sucesos revolucionarios del día 13 de los corrientes, manifiesto a Ud. haber atendido favorablemente su solicitud, concediéndosele TRES (3) días más a partir del día 28 del presente.” Prestaron sus declaraciones instructivas Carlos Figueroa Cabeza, Rodolfo Coral Rossemberg, Eloy Díaz Colmenares, Delfín Calle Dávila, Emilio Montero Cuentas, Froilán Cruz Pineda, Abad Alegre Romero, Víctor Romero Villarán, Antonio Mejía Flores, Cipriano Mejía Chávez, Pedro García Vega, Juan García Rodríguez, Héctor Ochoa Mendizábal, Isaías Meza Vargas, Maximiliano Pedreros Vásquez, Juan Lazarte Ramos y José María Norabuena Solón. El 22 de julio, el “Jefe de la Caja de Depósitos y Consignaciones, Departamento de Recaudación”, Benjamín Zubiate, denunció ante el juez militar, que “la oficina cuya jefatura desempeña y algunas de sus sucursales, han sido víctimas de exacciones violentas de parte de los amotinados”; así, de la FMP 283


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

oficina de Huaraz habían sacado 112 sacos de sal, por el valor de 1,826.90 soles; 2,000 cajetillas de cigarrillos “Nacional” cuyo costo es de 852.00 soles; dinero efectivo 980.00 soles. De la sucursal de Carhuaz, 20 sacos de sal por 270.48 soles; 145 cajetillas de cigarrillos “Nacional” cuyo valor era de 49.79 soles. De la sucursal de Huari 79.74 soles. De la sucursal de Recuay, 48.00 soles en efectivo y 50 cajetillas de cigarrillos cuyo costo era 21.30 soles. Jorge Melgarejo, “Jefe Político y Militar de la Provincia de Huari”, mandó publicar, el 17 de julio de 1932, la organización de la “Junta de Gobierno de Ancash”. El 15 de julio había ya publicado un bando, refiriendo que “habiendo triunfado las fuerzas revolucionarias en este Departamento, que actúan bajo la bandera reivindicadora del aprismo, y habiéndose pronunciado con iguales éxitos en los departamentos de (La) Libertad, Cajamarca, Tacna, Cuzco y Puno, que son secundados en forma decisiva y eficaz en todos los pueblos del Perú, que no tardarán en tomar su puesto de lucha para liberarnos de la ignominiosa tiranía que hemos vivido, desde que el civilismo festinó con el poder”. Decretó que los efectivos del partido quedaban a desempeñar el papel de la guardia civil; todos los ciudadanos quedaban obligados a respetar y obedecer a los que conservaban el orden y las disposiciones de ese despacho, “bajo la pena de ser sometidos, en caso de infracción, a la Ley Marcial dictada por el Jefe Político Militar del Departamento Mayor

284 FMP

López Mindreau, y de ser declarados traidores a la santa causa de liberación, por cuyo triunfo se debate en estos momentos, la generación consiente, patriota y desinteresada del país.” Prohibió también, “totalmente, todas las reuniones callejeras, o grupos que pasen de dos.” El 25 de julio, en “EL DEPARTAMENTO”, diario de la tarde, cuyo director era Moisés E. Haro, se publicó un edicto del juez instructor Tomás F. Azpilcueta, con el que cita, llama y emplaza a los acusados ausentes: mayor Isidoro Nieto, Aurelio Valenzuela (hijo), Alejandro Mainetto, Sixto M. Alegre y muchos otros. Serkovic Hnos. denunció que por orden del mayor López retiraron de su tienda 1,200.00 soles oro, otorgando un recibo “el Tesorero Fiscal Santiago Sevilla” y como no había más dinero, el mayor Nieto obligó al empleado Paseta “a firmar un vale por QUINIENTOS SOLES ORO para que fueran entregados al señor Francisco López Robles, quien se encargaba de entregar esa suma a la esposa del nombrado Mayor Nieto”. De fojas 283 a 284 del expediente aparece la declaración instructiva de Carlos Philipps Olivera, natural de Caraz, de 38 años de edad, casado, con un hijo, dentista, católico, hijo de Luis Enrique Philipps y Ercilia Olivera. Dijo que el día trece de julio en que se iniciaron los hechos, él se encontraba en Caraz “y oyendo que se daban órdenes terminantes para que una comisión saliera con el objeto de


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

hacer volar determinados puentes del ferrocarril, el declarante se ofreció para ir en comisión, pues lo que pretendía no era otra cosa (que) engañar a los revoltosos que efectivamente iba a hacerse tal destrucción de los puentes indicados, pues como hijo del lugar no quería (que) su pueblo sufriera la pérdida material de puentes tan importantes y como conocedor de los efectos que causan los explosivos, hizo uso de ellos solo en forma aparente y que cree que el puente no ha sido en ninguna forma destruida; el declarante manifiesta que no es cierto que en las estaciones del ferrocarril haya penetrado con gente armada y se haya sustraído determinadas cantidades de dinero; que posteriormente recibió instrucciones del jefe revolucionario de Huaraz para que se hiciera cargo de la Subprefectura de Caraz, como aparece del telegrama que se le ha puesto a la vista, pero que durante el tiempo que ejerció tal función no ha ejercitado acto de venganza alguna, pues aun cuando se le ordenaba que se capturara a los civilistas, el no cumplió con esa orden; que, con relación al telegrama que obra a fojas dos153 de los antecedentes es cierto; con relación al

telegrama de fojas tres porque él no lo ha pasado y no es su firma154 y con relación a los documentos de fojas seis155 y siete156, efectivamente son del declarante; que en relación a la imputación que Juan Alonso le hace en cuanto a la voladura del puente con gente armada, no es verdad en lo absoluto. Que deja constancia que durante la función que se le confirió como Subprefecto de Caraz, dio toda clase de garantías a todo el mundo, exhortando al pueblo a que estuvieran tranquilos y que no cometieran exceso alguno.” En relación con esos hechos, el teniente Eduardo Llosa envió desde Chimbote, el 18 de julio, un radiograma dirigido al jefe político del departamento, mayor Lazo, expresando: “comunícole para su juzgamiento en caso sean habidos el español Alonso, Dr. Philipps y los hermanos Ángeles, fueron las personas que volaron puente entre Chorro y Limeña, saludos.” Se recibieron las declaraciones instructivas del doctor Abel Ramos Guardia, de Juan Demetrio

153 “Compañero Philipps. Caras. Sin novedad en el frente estoy mi puesto responsabilidad, linda vida la de revolucionario, viva el apra. Sixto” 154 “Caraz, a 17 de julio de 1932. Gobernador alcalde – Huata. Entregarán puestos a personas designe apristas de esa; caso resistencia constituiré mi persona apresarlos. Subprefecto revolucionario provincia. Carlos Philipps” 155 “El jefe de la guarnición Aprista de la Plaza entregara al portador de la presente a Francisco Mejía para que dé cuenta a este comando de ciertos cargos que se le hace. Secretario General. Carlos Philipps.” 156 “Compañero Jefe del Cuartel Aprista: Entregue Ud. al portador dos ruedas de cigarrillos, para los del servicio telegráfico. Caraz, a 17 de julio de 1932. Carlos Philipps.”

FMP 285


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

García, Nicanor Atanacio Pacheco Unzueta, Medardo Cruz Aguilar, Toribio Checa Seminario, Juan Broncano Figueroa, Federico Vidal Agüero, Cristóbal Cruzado Cabrera, Justino Figueroa Castillo Adolfo García Osorio, Zoilo García Osorio, Pedro Ramos Salazar, Emilio Vílchez Vargas y Manuel López Alfaro, ex – prefecto del departamento, quien dijo que fue detenido, junto al capitán Briolo, por el sargento Castro, el cabo Frisancho y otros. El sargento Castro y el cabo López Torres y seis u ocho miembros más de la Guardia Civil, se presentaron en el cuartel de la Guardia de Seguridad. “Castro en voz alta les dijo: “Yo estoy jodido carajo, que ya lo tengo apresado a Artola” y “que si ustedes no me acompañan tendremos que matarnos entre nosotros.” Un grupo de seis o siete guardias civiles y de seguridad, “mandados por el Cabo López Torres de la Guardia Civil, se dirigieron al telégrafo, al llegar a la esquina encontraron al vigilante Lucio Ramírez y el Cabo López Torres encarándolo o apuntándolo con un revolver le obligó a que lo siguiera, tratando al mismo tiempo de desarmarlo a lo que se desistió dicho vigilante…” Nicanor Frisancho Sifuentes, cabo del cuerpo de seguridad, de 29 años de edad, soltero, hijo de Gregorio Frisancho y de María Sifuentes, dijo al prestar su declaración instructiva “que ha sido capturado en el fundo Ocopa, en Carhuaz, junto con el guardia Vidal, el día veintidós del actual.”

286 FMP

Marcelo Zelada Marín, al prestar su declaración refirió que el sargento Castro había dicho “que también habían capturado al Subprefecto y Secretario, manifestando que en toda la República se habían levantado (en) armas la policía por falta de pagos de sus haberes, que ellos también debían acompañar a los institutos armados; además, dijo que el capitán Briolo iba a encabezar el movimiento, puesto que dicho capitán, según manifestó en ese momento el Sgto. Castro, no podía aparecer ante las autoridades como jefe del movimiento, convenía la captura del referido capitán; en ese momento se presentó el subteniente (César) Morzán (Carrera) que iba al club y haciéndole alto lo detuvo el sargento Castro y le intimó al declarante para que lo desarmara y lo hizo así y lo llevaron al puesto de la Guardia Civil…” Se recibieron las declaraciones de Oscar Muñoz Gil, Teobaldo Manrique Neyra, Gerardo Córdova Pretell, Patricio Castro Aliaga y Néstor Sotelo Gutiérrez. Personas distintas denunciaron atropellos sufridos durante los días de la revolución. A fojas 377 y siguientes del expediente aparece la declaración instructiva de Alberto Torres López, “natural de Piura, de veintitrés años de edad, casado, con una hija, guardia civil, católico, sabe leer y escribir, hijo de don Juan Francisco Torres y de doña María Jesús López, que no ha sido procesado jamás, que nadie le ha tomado, que él se presentó a plegarse a las fuerzas del gobierno, el domingo diecisiete, a las diez de la noche.” Dijo


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

en su declaración instructiva “que, desde las primeras horas de la madrugada del trece, el declarante se encontraba como clase de ronda de dos a seis de la mañana, descansando en su cuartel; que como a las once y media de la noche el sargento Castro llegó llevando de presos al subprefecto y a su secretario… en seguida salió el declarante con cuatro guardias mandados por el sargento Castro en dirección a la comisaría, quedándose el declarante en la esquina con los cuatro guardias…” Al formarse dos grupos, uno al mando del sargento Castro y el otro del sargento Rodríguez, dijo que él se mantuvo en este último, que se dirigió al telégrafo donde fueron capturados los telegrafistas y conducidos a la comisaría de la Guardia Civil, donde encontraron al prefecto, al teniente López y al alférez Morzán y otros más, “siendo esta la primera vez que vio al Mayor López Mindreau, dando órdenes imperativas”; que pocos momentos después se presentó el sargento Castro conduciendo preso al capitán Briolo y encerrándolo en el cuarto de clases, circunstancia en la que tuvo una entrevista pequeña con Castro, quien le dijo “que atrasado vive usted, en toda la República se ha levantado en armas la guardia civil, por encontrarse impagos, así como por el hecho de que hacía dos años que no les daban uniforme, manifestándole también que las tropas del gobierno en Trujillo se habían pasado a formar causa de los revolucionarios y a la vez le dijo también que el Capitán Briolo estaba de acuerdo con el Mayor López Mindreau…”

Dijo que fue comisionado para ir a Yungay y Caraz “con el fin de que ponga en conocimiento de los puestos lo sucedido en la ciudad”. Refirió que no quiso ir porque su señora estaba enferma y lo hizo porque no había más clases en la guardia civil. “Recibió la orden de sacar el armamento de la Jefatura Militar de Yungay, recibir dinero de la Caja de Depósitos, avisar a Daniel Fernández que se hiciera cargo de la Subprefectura de Yungay; que pasara a Caraz y pusiera en conocimiento de la tropa estos mismos hechos; así mismo, que se entrevistara con el mayor Nieto y le entregara el armamento para que armara a la gente; que el dinero recogido en Yungay fue entregado al Cabo Caballero, por orden del mayor Nieto”. Dijo, también, “que el dieciséis en la mañana le encargó el mayor López Mindreau, que fuera a recoger explosivos de diferentes personas, a quienes ya había notificado, dándoles el recibo correspondiente en la Prefectura”. El 15 de julio fue comisionado por el mayor López Mindreau para que se dirigiera a Carhuaz y que se entrevistara con el gobernador, quien tenía la consigna de entregarle determinadas personas en calidad de detenidos y traerlos a Huaraz, hecho que cumplió. Que empezó a rebelarse contra las personas que lo habían engañado, manifestando a una parte de la tropa “que debían abstenerse de hacer resistencia a las tropas leales…; que una vez que empezó el tiroteo Mindreau y Castro se encontraban en las alturas con cincuenta hombres y

FMP 287


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

como a las seis y media bajaron, disponiendo Mindreau que el cabo Oliva fuera con diez hombres a impedir la entrada por el sitio Tacllán, pero en ese momento se interpuso el sargento Castro para que el declarante fuera también en compañía del cabo Oliva, “pero como quiera que se resistiera el declarante, le manifestó que las órdenes en campaña se cumplen estrictamente y sacando su revólver le decía, que en caso de no ir le dispararía un balazo y en vista de estas amenazas el declarante se vio obligado a ir, pero una vez que el cabo Oliva distribuyó la gente, el declarante se escapó…” El guardia de seguridad Enrique Rivera Pantoja, en su declaración de fojas 380 y siguiente, refirió que “si ha participado en este movimiento ha sido debido a que ha sido engañado de manera vil y contra quien el sargento Castro aprovechando de su autoridad, le imponía que hiciera comisiones contra su conciencia honrada de soldado…” Refirió que la noche del doce, cuando se encontraba de servicio en la cárcel, “se apareció el Capitán Briolo, el Comisario y el Subprefecto y les dio una academia, manifestándoles que cumplieran con su deber y que cualquier noticia se la pusieran en

conocimiento de sus superiores…” En la madrugada del día trece de julio de 1932, el sargento Castro se presentó en la cárcel obligándoles a que abrieran la puerta, “viendo que entonces penetraban muchísimas personas juntamente con las autoridades; que al principio el declarante creyó que a Mindreau (lo) llevaban preso, pero después se convenció que no era así y que eran las autoridades que iban en calidad de presos y esto se lo confirmó mejor el sargento Castro, manifestándole que se había levantado la revolución en toda la República, que Briolo estaba provisionalmente prisionero, pues iba a ser puesto en libertad para después encabezar el movimiento, mal que le pese manifestó en son violento: ¡Carajo!, todo aquel que no nos acompañe será atravesado por las armas…” Armando Pugliese Torres, que prestaba servicios en Pomabamba, dijo en su declaración instructiva que llegó a LLata el día dieciséis, “poniéndose a órdenes del teniente Octavio Díaz, donde permanecieron ya reunidos tres días, esperando al capitán Ísmodes157 que llegaba de Huánuco con setenta hombres y habiéndose dispuesto emprender viaje el declarante junto con todos los demás, el

157 Se refiere al entonces capitán de la Guardia Civil (GC) Alejandro Ísmodes Romero, que llegó al grado de teniente general (el primero en llegar a este grado dentro de la GC) y fue Director General de esta institución en 1956 – 1957. (https://es.wikipedia.org/wiki/Guardia_Civil_del_ Per%C3%BA, consultado 6 de octubre de 2018).

288 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

teniente Díaz ordenó que desensillase, sin mencionar la causa por la cual se quedaba en el Puesto de LLata, y a los pocos momentos el sargento Ernesto Valverde que quedaba encargado del destacamento en ese lugar, recibió un papel firmado por el capitán Ísmodes en el que ordenaba encerrarle en el calabozo inmediatamente…” Nicolás Mestanza Santillana dijo en su declaración instructiva, que “en la madrugada del día trece y cuando se encontraba durmiendo en la comisaría, bruscamente lo despertaron el sargento Castro, los cabos Frisancho y Torres López, haciéndole vestir amenazando de muerte si no se plegaba al movimiento…” Carlos Vargas Vargas, cabo comandante del Puesto de Caraz, dijo “que fue aprehendido por los indígenas de Marcará, la noche del diecisiete de julio, cuando se dirigía a esta ciudad a plegarse a las fuerzas del orden.” El español Juan Alonso amplió su declaración instructiva a fojas 442 vuelta y dijo: “que los cargos que se le hacen al declarante sobre destrucción del puente del ferrocarril entre la Limeña y El Chorro, por el jefe de la estación de Huallanca, señor Novoa N., son ciertas y que se ratifica en todas las demás partes”, de su declaración anterior. El 18 de julio de 1932, el director de gobierno del Ministerio de Gobierno, Guzmán Marquina, se dirigió a los prefectos y subprefectos de la República:

“Comunícoles… tropas leales tomaron Huaraz, después corta resistencia, Mayor López Mindreau que engañó fuerzas locales fin facilitar motín, huyó dirección Yungay. Tenía sesenta hombres línea y ciento cincuenta civiles. Su primera medida fue imponer cupos Tesorería Fiscal, Caja de Depósitos y familias adineradas. Restablecido orden República con pacificación Huaraz…” El 19 de julio de 1932, “el Jefe Militar y Político del Departamento, Mayor Jesús Lazo Rosas”, emitió un bando que los subprefectos mandaron publicar. Se decretó que quedaba establecido el estado de sitio en la ciudad; por tanto, las casas comerciales se cerraban a las seis de la tarde y el “tráfico de peatones, vehículos y acémilas quedaba prohibido en la ciudad a partir de las 10 de la noche”. Se restablecían las garantías constitucionales y se disponía que los que tenían armas del Estado debían devolverlas a la comisaría y los que poseían armas propias, registrarlas y la advertencia de “que serán considerados… rebeldes los ciudadanos que oculten en sus domicilios a los particulares del movimiento revolucionario.” Se recibieron las declaraciones de Segundo Estrada Borda, Dagoberto Hinostroza Méndez y de los guardias Federico Bedriñana Barrientos, Norberto Poma Sánchez, Collantes Meléndez, Miguel Vilca, Héctor Olivera Bustamante, Artemio Barrera Ocampo, Fidel Vega Montañez, Ezequiel Campoblanco Trinidad, Teófilo Díaz Romero, Rafael

FMP 289


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Morales Vásquez, Amador Zumaeta Arana, Juan González Perales y Estanislao Cabrera Pro. El guardia civil Luís Salazar Aliaga declaró en Cabana, el 22 de julio de 1932, que “llegó el Teniente Santos Soto y conferenció con el cabo Montero en secreto y a los pocos instantes terminada la conferencia, el Teniente Soto les mostró unos telegramas en los cuales hacia ver que la revolución había estallado en Huaraz y que desde ese momento él era el Jefe Político del movimiento y que la policía estaba a las órdenes de él, confirmando esta aseveración el cabo Montero a quien como superior le obedecieron. ” El teniente Soto ordenó la captura del subprefecto Daniel Ballesteros, del alcalde Raúl Vásquez Pizarro y su hermano, a quienes no encontraron en su casa. Soto nombró gobernador a Fidel Reyes, con quien capturaron a varios Sánchez cerristas…” El guardia civil Teodoro Núñez Beato, confirmó la versión de Salazar Aliaga, refiriendo, además, que cada guardia había recibido del teniente Soto la suma 20 soles, entregando recibo. Dijo, también, que el 18 en la mañana se dieron cuenta que el teniente Soto y los Reyes se habían fugado y corría la noticia que Huaraz había sido recuperada por las tropas del gobierno. Entonces decidieron ir a Huaraz, pero después de caminar un kilómetro “el guardia Caldas tomó el mando y les indicó que fueran a capturar al Teniente Soto” y se dirigieron a Pallasca, donde se informaron “que Soto había tomado el rumbo a Conchucos”, por lo que

290 FMP

continuaron camino en esa dirección, llegando a Lacabamba a media noche, donde encontraron al teniente Soto y a los Reyes durmiendo y “después de increparle la conducta de Soto le manifestaron que se diera de preso, sin que hubiera oposición a la captura”, pero al día siguiente el teniente Soto se escapó y ellos retornaron a Cabana. Se recibieron las declaraciones del guardia Isidro Tafur León, de Carmelo Rasta Yanac (en su choza se encontró enterrado un fusil, un sable-bayoneta y treinta y un cartuchos), de Manuel G. Pinto Rojo, guardia civil Diógenes Ortiz Mejía y guardia del cuerpo de seguridad Emilio Meléndez, quién refiere que fue hecho preso por tres guardias civiles y que “el sargento Castro jefe del movimiento, lo intimó para que se afiliara a la revolución, amenazándole de muerte y levantando el fusil para darle un culatazo al que declara, que ha sido víctima de presión…” El guardia de seguridad Víctor Pineda Sánchez declaró, que cuando se encontraban durmiendo “fue sorprendido el cuartel por el sargento Castro que armado y en actitud violenta intimó se levantara para seguirlo, agregando estas palabras, “quien dice no” encarándole el fusil, ante tal amenaza y acto de fuerza tuvo que seguirlo obedeciendo las órdenes del sargento Rodríguez y cabo Frisancho; que entonces salió del cuartel y se dirigieron al club “Huaraz” con el objeto de hacer algunas detenciones, diciéndoles Castro, su teniente los ha traicionado y en este momento un grupo de paisanos atacan la


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

guardia civil y que él tenía orden del capitán Briolo de hacer algunas detenciones y que no estaba obligado a dar satisfacciones ni explicaciones a ningún subalterno y que la disciplina obligaba a obedecer al superior de parte del inferior. Que el Prefecto señor López Alfaro fue tomado preso por el sargento Castro… y el cabo Frisancho lo desarmó…” Se recibieron las declaraciones del guardia Carlos Alberto Sinvás, guardia de seguridad Atilio Chávez Zegarra, guardia de seguridad Mariano López Zavaleta, guardia Manuel Gonzales Chinchay, guardia Carlos Román Valladares, guardia Hermenegildo Zegarra Vargas, ciudadano Agripino Gómez León, ciudadano Arístides Boza, guardia Héctor Silva Cépeda, guardia Daniel Serruto Bermejo, guardia Mariano Calle Pérez, guardia Isaac Agama Agurto, guardia José Mikkelsen Hidalgo, guardia José Varillas Garay, guardia Julio Chávez Rodríguez, guardia Teodoro Núñez Beato, guardia Ovidio Quiroz Torres, ciudadano Estefar Torres de Paz y Samuel Castillo Agüero. Se recibió también la declaración del sargento mayor de artillería Manuel Bocanegra, jefe provincial de Yungay. El capitán Carlos Briolo Surco, al prestar su declaración instructiva dijo que el cargo que ocupaba era el de “Capitán Comandante Accidental del Escuadrón de la Guardia Civil de este Departamento” (Ancash). Pedro Artola, subprefecto de Huaraz dijo que en circunstancias que rondaba la ciudad, acompañado de su secretario, fue tomado preso por cinco guardias armados. A la pregunta de ¿cuándo

se dio cuenta que el Mayor López Mindreau era el jefe del movimiento?, dijo: “que, estando ya detenido en el cuarto de monturas del cuartel, observó que salía el Mayor López Mindreau de uno de los cuartos, en momentos en que hacían ingresar preso al Prefecto; que el Mayor López estaba uniformado.” Señaló, igualmente, que los agitadores de ideas subversivas “eran el Sargento Castro y el Cabo López Torres de la Guardia Civil y el Sargento Rodríguez y todos los cabos de la sección de seguridad.” Las tropas de seguridad y guardia civil se encontraban impagos por dos meses. Pedro Arturo Bernaola, subprefecto de Huari, prestó su instructiva; igualmente, Gerardo Villanueva, subprefecto de Pomabamba, quien dijo que fue tomado preso el día trece, a las cinco de la tarde, por el cabo Pugliese, y liberado tres horas después; “en cuanto a la actitud del Mayor López Mindreau, Jefe Provincial de Pomabamba, (dijo que) se le vio en la capital de la provincia, en compañía de un señor Solís, entregado por completo a la vida social y excursiones, que hacía frecuentemente a las ruinas incaicas del lugar…” Emilia Velásquez, dueña del hotel “Progreso” de Pomabamba, refirió que el mayor López tomó alojamiento en su hotel “el día veinticinco de junio último… (y) dejó el hotel definitivamente el ocho del presente (julio), día viernes, como a las nueve y media de la noche, que a esa hora le llamó a la puerta para entregarle la llave de su alojamiento, dejándole indicado que su maleta negra debía entregarlo al cabo Pugliese al

FMP 291


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

día siguiente y que en caso de que no se presentara dicho Pugliese continuará en poder de la declarante por unos cinco días, al cabo de los cuales regresaría… que el referido Mayor le manifestó que se dirigía a Yungay con el objeto de buscar dinero para traer a su señora, debido a que le habían quitado dos mensualidades.” Prestaron declaraciones instructivas Arcadio Anaya Reyna, Pablo Yupan Muñoz, Néstor Ponte Escudero, Teodoro Labán Ciriaco, el guardia Manuel Rojas Bautista, Esteban López Flores, Pascual Alba Infante, Víctor Lozada Carrillo, Baltazar Dávila Cóndor, Víctor López Penadillo, Víctor Béjar Montañez, José Figueroa Mayhuay, el guardia Manuel Aparicio Gómez y Octavio Díaz Calderón. Al prestar declaración en la causa, el capitán Manuel Monzante Rubio158, jefe provincial de Huari, de cuarenta y un años de edad, natural de Chachapoyas, dijo que no acató las órdenes del mayor

López para marchar sobre Huaraz con su tropa, recoger todas las armas, como también el dinero de la Caja de Depósitos y reemplazar al subprefecto con un tal Zósimo Ortega, por el contrario, protegió al subprefecto nombrado. El teniente de la guardia civil Guillermo López Martínez, comandante de la Sección de Seguridad de Huaraz, formuló denuncia contra el mayor López Mindreau, a quien pretendieron capturar sin éxito. Se recibió la declaración del mayor Raúl López Mindreau (fojas 768 y siguientes del expediente), en Huaraz, a los veintiocho días de julio de mil novecientos treinta y dos, en el local del Regimiento de Infantería número tres, “encontrando (se) en cama, enfermo e incomunicado”. De treinta y seis años de edad, natural de Lima, casado, con tres hijos, hijo de Cristian López (Marquina) y María Luisa Mindreau (Eslava), ha sido procesado una vez por exacción en Huancayo,159 habiendo sido

158 Llegó al grado de teniente coronel. Su hermano Hernán Monzante Rubio fue coronel del Cuerpo Jurídico Militar, secretario general del Consejo de Oficiales Generales y en 1956 Diputado de la República. 159 El expediente se encuentra en el archivo del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú, sección justicia militar, año 1930. Benigno Peñaloza dijo que el 27 de agosto de 1930, el mayor Raúl López Mindreau, “Jefe Provincial de Huancayo”, le pidió 20,000 soles “para resguardar sus intereses y sus vidas, amenazados con la invasión de los indios que se acercaban a saquear la ciudad.” Dijo que el señor Narciso Lusa llevó 7,000 soles. El dueño de la casa T. Okugawa dijo que le pidió 25,000 soles, “alegando que millares de indios asaltarían y saquearían la ciudad”. Ante la negativa rebajó a 10,000 soles y finalmente a 633 soles, que negociaría en cheque de la Tesorería Fiscal, en la Caja de Depósitos y Consignaciones, Departamento de Recaudación. Fue designado jefe provincial de Huancayo el 3 de abril de 1930; separado del cargo, el 25 de octubre de dicho año, aparece como suplemento en la Comandancia General de la II División. El 24 de abril de 1931 fue sobreseído. Estando en Huancayo protagonizó también otros hechos cuestionables; el ingeniero Dorca le imputó haberle quitado su automóvil; Pedro Valle le alquiló su automóvil de plaza N° 202 por dos días y el mayor López “fugó en ese automóvil”, siendo “capturado por el capitán de aviación Leonardo Alvariño, en la hacienda Santa Clara en Chanchamayo. Posteriormente fue procesado por el delito de abandono de destino.

292 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

sobreseído definitivamente. Fue capturado en la hacienda de Cayasbamba de propiedad del señor Hudson, el 19 del actual, a las cinco de la mañana, por haberse levantado en armas el día trece; que vino a Huaraz (de Pomabamba, donde era jefe provincial) el día doce, “sin ninguna autorización, por no tener ya recursos con que vivir en esa y haber recibido de Lima carta de su señora, en la que le decía que hacía tres meses que no recibía un centavo y porque en el mes de junio se quedaba también sin sueldo, según telegrama transcriptorio del Jefe de Reclutamiento y del Comandante Isaac Inchaustegui, Jefe Departamental, quien anteladamente le había ofrecido hacerle pagar su sueldo del mes de junio…”; que su participación en los sucesos recientes “fue como jefe del movimiento, mientras venían a hacerse cargo de éste los señores Doctor Sixto Alegre, Milcíades Reyna y el Mayor Isidoro Nieto.” Dijo, también, “que en principio no había comprometido a ningún elemento ni civil ni militar ni de ninguna clase, pues como se verá después fue forzado por la situación que se produjo…; que el móvil que lo llevó a ponerse frente al movimiento fue primero por la fuerza y después viendo el caso que el movimiento tomaba que implicaba para la República un desastre, pretendió variar la faz del movimiento hacia la descentralización federalista.” Agrega que “la responsabilidad que le afectaba la sabía, pero que podía hacer cuando tenía frente a su pecho un revólver, una voluntad resuelta como la del Sargento Castro, que durante todo el tiempo

que ha durado el movimiento no se ha despegado del declarante”; que ignora la conexión que pudiera haber tenido el movimiento con el de Trujillo, toda vez que tenían que reemplazarlo en la dirección de él los señores Alegre, Reyna y el Mayor Nieto…; que jamás se ha inscrito en el partido aprista y desde luego no es aprista; que como militar no está ligado a ningún partido político.” Que no “siendo aprista no estaba en comunicación con ninguno de esos elementos…; que al sublevarse no ha recibido órdenes de ningún partido, que los actos fueron ejecutados por la presión…; que dentro del ejército no tiene ningún enemigo personal, que su política ha sido completamente independiente… no ha pensado nunca en desorganizar la paz de La República y que tan solo aspiraba a su descentralización, porque creía que era la forma del rápido resurgimiento de la nación…” A la pregunta del instructor, de si fue complicado en otras épocas en complots revolucionarios, dijo: “Que el mismo día que el Comandante Jiménez entró a Lima en los primeros días del mes de febrero del año mil novecientos treintaiuno se embarcó hacia Mollendo, pasando en seguida a Arequipa, donde se encontró con el Coronel don Abelardo González, quien lo comprometió para que fuese a hacerse cargo de uno de los regimientos que él tenía movilizado en el Cusco, según él le dijo y que a pesar de no haber ido con intención revolucionaria, sino con el objeto de buscar trabajo, pues se encontraba separado del servicio, FMP 293


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

aceptó trasladarse al Cusco con el fin comprometido; que llegado al Cusco, no estando el Coronel González allí por haberse trasladado a Lima, a arreglar con la Junta de Gobierno del señor Samanez Ocampo, no teniendo ya en el Cusco la Comandancia General ni el declarante noticias del Coronel González, el Comandante Cabrera que desempeñaba la Comandancia General no solo no le confió el mando de las tropas que había ordenado el Coronel González sino que lo acusó a Lima de pretender hacer una revolución de reacción Sánchez Cerrista, motivo por el cual fue llamado a Lima por el Comandante Jiménez, quien después de oírle le aconsejó la conveniencia de ingresar nuevamente a filas, con la condición de ser destinado al norte de la República, el cual vista su estrechez económica, pues hacían ocho meses que no percibía un centavo, aceptó ser nombrado jefe provincial de Huari.” A fojas 771 del expediente, López Mindreau, agregó que llegó a Huaraz el 12 de junio y que no habló con nadie, porque “un guardia de seguridad que dijo apellidarse Rodríguez le dijo que iba ser tomado preso por lo que se ocultó… con el fin de reemprender nuevamente viaje a Pomabamba, lo cual no pudo hacerlo, porque el día trece, a horas 23.00, el sargento Castro lo redujo a prisión en el cuartel de la guardia civil, lugar donde después de esa hora fueron sucesivamente hechos presos por el referido sargento todas las autoridades políticas y militares del lugar; a horas veinticuatro,

294 FMP

más o menos, el referido sargento encarándose al declarante le dijo que la revolución estaba hecha en Huaraz por él y todos los clases de la guardia civil y seguridad y que debía el declarante tomar el mando de este movimiento, toda vez que era unánime el sentir de la revolución en las fuerzas armadas y la policía; al manifestarle el declarante que no podía asumir la jefatura del movimiento ni tampoco la responsabilidad de él, manifestó, sacando un revólver y apoyándoselo en la sien, que estaba decidido a destaparle los sesos, sino se hacía el declarante cargo del movimiento, ya que él tenía expuesta su vida en caso de fracasar, manifestándole además el mismo sargento, que estaba comprometido con él el Capitán Briolo ...” Refería López Mindreau, que la fecha del bando que se publicó no fue el 16 de julio sino el 17. Dijo también que se resolvieron varios puntos, “entre los cuales el principal era la organización militar de las tropas, que estuvieron dirigidas tanto por el declarante como por el Mayor Nieto, en su carácter de secretario de guerra y que el declarante debía salir ese mismo día… a dar el encuentro a las (tropas) del gobierno en Cayán… y el Mayor Nieto debía salir con tropas a fin de reconocer si era cierto… que por el lado del fundo Sauja venían tropas del gobierno; en su decisión el referido Mayor creyó necesario la destrucción del puente de Sauja, como efectivamente lo hizo…; fue su deseo también, o creyó conveniente, la destrucción del puente de la Florida,


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

cosa que no llevó a efecto porque (un mensajero) llegó a tiempo con la orden del declarante de no destruirlo… Hace presente el declarante que dentro del plan de su defensa figuraba la destrucción del puente de cal y canto sobre el (río) Santa, pero que a pesar de que estaba listo la mina para volar dicho puente, ordenó el declarante no fuera tocado, pues consideró que no tenía ningún objeto la destrucción de dicho puente en vista de que iba abandonar la ciudad de Huaraz.” Dijo asimismo, que a las veinte horas más o menos, dispuso que los presos políticos debían trasladarse junto con las tropas hacia Yungay, punto principal de la retirada…, lugar donde los presos políticos fueron detenidos en el puesto de policía; el declarante, teniendo en cuenta que debía hacer la retirada con cincuenta hombres entre tropa y civiles y más de dieciséis presos políticos, salió en la madrugada de ese día a requisar víveres… (y) estando listo el camión para marchar, siendo más o menos las cuatro y treinta de la mañana del día dieciocho, pudo ver que toda la tropa se había (dispersado) en la población y un muchacho que servía de chauffer (chofer) vino a manifestarme que los presos políticos se habían escapado. Salió de Yungay en compañía del señor Leoncio Zorrilla con dirección a Caraz, lugar donde supo que la tropa de Yungay se había desmembrado con el fin de llevar a cabo el saqueo; al saber esto el declarante pretendió regresar nuevamente a Yungay con el fin de restablecer el orden, reunir las tropas, pero a

mitad de camino, en la hacienda Cayasbamba, fue delatado, hecho preso por los indios, donde ha sido cruelmente maltratado, lo cual ha dado origen al grave mal que hoy adolece, de donde fue traído en calidad de preso a esta ciudad, donde permanece como tal en el cuartel del Regimiento de Infantería N° tres, postrado en cama, bajo el cuidado de los médicos: el titular, el doctor Mariano Meza a pedido del declarante…” A la pregunta, “¿Qué relación tuvo con los señores Phillips y Alonso y si él había ordenado la voladura de los puentes del ferrocarril, puente número veintiocho de la Limeña? Contestó que absolutamente había tenido conocimiento ni injerencia en la destrucción de dicho puente hasta que el mayor Nieto le comunicó lo que había ocurrido en dicho sector…” Hasta esa declaración llega el contenido del expediente, no habiendo sido posible encontrar el siguiente cuaderno, donde debía hallarse, entre otras diligencias, la acusación fiscal, la sentencia de la corte marcial y la ejecución de las penas que se impusieron. La Corte Marcial se instaló en los ambientes del colegio “La Libertad” de Huaraz y condenó a muerte al mayor Raúl López Mindreau (“Presidente y Jefe Político Militar de la Junta de gobierno de Ancash”), mayor Isidoro Nieto (Secretario de Guerra de la Junta de Gobierno), teniente Santos Soto, cabo guardia civil Alberto Torres López, sargento

FMP 295


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Eugenio Rodríguez, Gustavo Tenorio, Sixto Alegre (Secretario de Justicia e Instrucción de la Junta), Carlos Philipps Olivera, Juan Alonso Silla y Pablo Melgarejo (Secretario de Fomento de la Junta). De ellos, fueron fusilados cinco: mayor Raúl López Mindreau, teniente Santos Soto, cabo guardia civil Alberto Torres López, Carlos Philipps Olivera y Juan Alonso Silla. Los cinco restantes fueron no

habidos y la pena que se les impuso no se cumplió y se acogieron finalmente a la ley de amnistía que se dio durante el gobierno de Benavides. El fusilamiento se llevó a cabo el 4 de agosto de 1932, en la pared nor-este (otra versión dice en la pared este) del cementerio de Huaraz. La Corte Marcial impuso también penas de penitenciaría y de cárcel a otros.

SARGENTO MAYOR RAÚL LÓPEZ MINDREAU160

160 Tomado de https://www.geni.com/people/Raul-Lopez-Mindreau/6000000051337183876 (2018)

296 FMP


Bando propalado por el Jefe Militar y Político del Departamento de Ancash, mayor Jesús Lazo Rosas, después de retomar Huaraz.

FMP 297


Bando comunicando la organanización de la Junta de Gobierno de Ancash.

298 FMP


Uno de los muchos recibos que los revoltosos firmaron después de apoderarse de fondos públicos y privados.

FMP 299


Bando publicado por el Jefe Político y Militar “revolucionario” de la provincia de Huari.

300 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

III.6. Causa seguida por la pérdida de armamento, munición, vestuario y extracción de dinero durante el movimiento subversivo estallado el 13 de julio de 1932, en Huaraz El 23 de agosto de 1932, el mayor Enrique Barreda fue nombrado, por el jefe de la Primera Zona Judicial, coronel Alcalde, juez instructor sustituto en Huaraz, para investigar la pérdida de armamento, munición, vestuario y extracción de dinero durante el movimiento subversivo que estalló el 13 de julio de 1932, en Huaraz. La corte marcial nombrada para investigar esos hechos no comprendió esos aspectos. De diferentes provincias de Ancash reportaron la sustracción de armamento y munición; así, Ernesto Faraggi, gerente de la Anglo-French Ticapampa Silver Mining C°. Lta., refirió que el “guardia civil Norberto Poma, en compañía de varias personas armadas que procedían de Recuay, (le) intimó la inmediata entrega de las armas y existencia de dinamita de la empresa”, llevaron con ellos dos carabinas Winchester con 40 cartuchos. Al día siguiente se presentó el guardia Daniel Cerruti, quien llevó dos cajas de dinamita y 4 fusiles del Club de Tiro de Collaracra, que ordenaron traerlos el día anterior. De Yungay reportaron la sustracción de 5 fusiles Máuser argentino con 4, 254 cartuchos, 6 fusiles Winchester calibre 22 y 6 fusiles de distintos

sistemas; igualmente, del colegio “Santa Inés” sustrajeron 30 fusiles viejos de distintos sistemas, participando en estos hechos el cabo Torres López, el guardia Carlos Roberto Yungblut Orihuela de la comandancia de Yungay, “de tal manera, que el total de armamento que llevaron los revolucionarios es siete Winchester, 5 Máuser y 36 fusiles viejos”. De Caraz reportaron que el miércoles 13 de julio de 1932, “a las 12 y cuarto de la mañana poco más o menos, se presentaron al local de la Jefatura Militar Provincial de Huaylas, cito en el jirón Grau sin número, el guardia N. Castillo y tres civiles que responden a los nombres de Héctor Ochoa Mendizábal, Aurelio Rodríguez Villón y Eginhardo Ángeles y Ángeles, capitaneados por el cabo de la guardia civil apellidado Caballero”, quienes sustrajeron 5 fusiles Máuser con 783 cartuchos, 8 fusiles Wínchester calibre 22; igualmente, sustrajeron 4 fusiles Winchester y 2,000 cartuchos de la subprefectura. En Huaraz, de la Sociedad de Tiro N° 40, sustrajeron 10 fusiles sin cerrojos. En el colegio nacional de “La Libertad”, el “Jefe Revolucionario, Mayor Raúl López Mindreau… ordenó entregar las carabinas Winchester (7) a los alumnos para que ellos cuidaran el local del colegio.” Los fusiles no se perdieron, “se encuentran en el colegio, pero sin cerrojos, pues estos han sido depositados por orden del Sr. Prefecto del Departamento en la comisaría…” FMP 301


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

El comandante del 2° Escuadrón de la guardia civil de Huaraz remitió al juez una copia de los antecedentes que elevó al teniente coronel Director General de la Guardia Civil y Policía, sobre la sustracción de dinero para pagos del personal del Escuadrón; igualmente, remitió el parte sobre la pérdida de armamento y munición, consistente en 11 fusiles, 1,265 cartuchos, 5 carabinas Winchester, 2 carabinas Winchester de salón, 16 revólveres, 4 pistolas, 8 escopetas y sables; así mismo, 9 monturas, 4 bridas, correajes, prendas, 25 mantas de caballo y ganado extraviado: 3 caballos y 2 mulos, entre otra cosas. El teniente comandante de la 2ª Compañía de Seguridad Guillermo López Martínez, da cuenta que en el último movimiento revolucionario se han extraviado armamento, munición y prendas: 12 fusiles, 2 revólveres, 1730 tiros de fusil, 100 cartuchos, prendas y equipo. Igualmente, da cuenta de la sustracción de 31 libretas de servicio de un sargento, 2 cabos y 28 guardias, 320 soles y enseres varios. De Huari se informó que los revolucionarios se apropiaron de 4 fusiles Máuser con 9,875 cartuchos y otros 4 con 3,700 cartuchos de las Sociedades de

Tiro Huari N° 199 y Chavín N° 335, respectivamente, y 12 fusiles Winchester calibre 22 que se encontraban en la subprefectura. El auditor de la Primera Zonal Judicial opina que procede la instrucción contra “el cabo Frisancho de la Sección de Seguridad, el guardia civil Moisés Herrera y Rafael H. Torres, ex amanuense de la Jefatura Provincial, su padre Esteban Torres de Paz, Carlos Alzamora, Carlos Sotelo, Alberto Chávez, Juan Mac Donald y otros”, por la pérdida de armamento y munición a cargo de las Jefaturas Provinciales y Clubes de Tiro, “por los delitos de rebelión, sedición, contra el orden constitucional y la seguridad, disciplina del Ejército, sustracción de armamento y maltratos en agravio de Alejandro A. Gonzales y Amador Rojo, previstos y penados por los artículos 239, 245, 335, 391, 392 y 395 del Código de Justicia Militar161, concordante con el artículo 166 del Código Penal.” El coronel Jefe de Zona, por resolución de fecha 22 de octubre de 1932, ordenó se realicen las investigaciones correspondientes contra las personas citadas por el auditor. El juez recibió las declaraciones instructivas del ex - cabo del cuerpo de seguridad de Huaraz Nicanor Frisancho Fuentes, natural del

161 Artículos del Código de Justicia Militar de 1898: 239° (Rebelión), 245° (Sedición), 335° (Enajenación y distracción de objetos y prendas militares), 391° (Traición, contra el orden constitucional y la seguridad de la disciplina del Ejército), 392° (Contra el servicio del Ejército) y 395° (Lesiones).

302 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Cusco, procesado por la corte marcial, habiendo sido sentenciado con motivo del movimiento revolucionario de julio último, quien reconoce haber sustraído armamento de la Jefatura Provincial por orden impartida por el mayor López Mindreau y los sargentos que también recibieron órdenes, “que solo recuerda al Sargento Eugenio Rodríguez de la Guardia de Seguridad y Moisés Herrera de la Guardia Civil”. Refirió que el armamento fue llevado al cuartel de seguridad. El mayor juez instructor sustituto, con fecha 26 de noviembre de 1932, comunica al Jefe de Zona de Lambayeque que el ex - cabo Frisancho ha sido condenado por la corte marcial a cinco años de cárcel y el paisano Carlos Alzamora a reclusión en primer grado; han sido puestos en libertad por la misma corte Estefar Torres de Paz y Juan Mac-Donald y puesto también en libertad por el mayor Enrique Barreda el paisano Carlos Sotelo, absuelto, y “se encuentran ausentes llamados por edicto de la Corte Marcial el Guardia Moisés Herrera, paisanos Rafael H. Torres y Alberto Chávez.” El 20 de diciembre de 1932, prestó juramento como juez instructor sustituto el mayor José Ferreira. Prestó declaración instructiva Julio Alegre Méndez, quien dijo que el 14 de julio de 1932 “fue llamado por el Subprefecto aprista David Fernández, el que le entregó un fusil Máuser Argentino, cuyo número no recuerda, que esto lo hizo en el Cuartel de Policía y que no solamente le entregó a él el fusil sino a otros más, que son:

Rogelio Izaguirre, Alejandro Olivera, Manuel Beteta, Leoncio Jaramillo, Helí Ángeles, Arnaldo Ángeles, Ricardo Moreno, Eduardo Osorio, Humberto Carrión, Roosevelt Menacho, Damián Menacho, Carlos Carrión, Julián Ángeles, César Moncayo, César Lago Ángeles, Francisco Dueñas, Manuel Dueñas, Raúl Méndez, David Ramírez y muchos otros que no conoce.” Dijo también, “que el Subprefecto los armó y municionó con el objeto de que formaran la Guardia Urbana… que se proponían resguardar el pueblo de una posible agresión de los apristas sublevados en Huaraz.” Cuando las tropas del gobierno llegaron a Huaraz, el subprefecto David Fernández les dijo que se escaparan y así lo hizo cada uno con su fusil. El entregó posteriormente el fusil y setenta cartuchos al gobernador Rafael Villón. Manuel Beteta Pajuelo dijo en su instructiva que el día trece fueron solicitados todos los apristas por el cabo López Torres, a cuyo partido pertenece el declarante, “les dijo que quedaban a sus órdenes formando la Guardia Urbana para el resguardo de la población y para el efecto les entregaron cinco fusiles y una dotación de cincuenta cartuchos…, que como jefes hacían el Cabo Caballero, el Subprefecto David Fernández y como Gobernador Alejandro Olivera.” Refirió que la razón de su actitud fue “la opresión de su partido en los derechos de ciudadanía y que de igual manera la clase obrera oprimida al extremo de negárseles sus más rudimentarios derechos y que esto fue lo que les obligó

FMP 303


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

a protestar contra el régimen de ese entonces.” Los fusiles que se les entregó eran objeto de relevo y que el declarante entregó el fusil a Julio Alegre y tiene conocimiento que fue devuelto al subprefecto Eduardo Hudson. Eduardo Osorio Roca dijo en su instructiva que se plegó al movimiento junto con sus amigos, quienes “le contaron que habían venido los Policías de Huaraz al mando del Cabo López Torres, quienes levantaron la revolución aprista; que estos mismos amigos le propusieron fuera el declarante Subprefecto a lo que se negó sabedor de que ya estaba nombrado con tal cargo David Fernández… y que el declarante fue nombrado por sus demás compañeros Jefe de la Guardia Urbana; que para el efecto disponía de cinco fusiles Máuser Argentino…” Refiere que tomaron conocimiento que el día 18 las fuerzas del orden se encontraban en Huaraz, por lo que se retiraron a sus casas y que el armamento fue llevado por los que cubrían servicio ese día. David Fernández Corello, al prestar su declaración instructiva, dijo que el 13 de julio de 1932 se apareció en su domicilio “el Cabo López Torres con un guardia a quien no conoce, los mismos que solicitaron hablar reservadamente con el declarante, manifestándole el Cabo López Torres que había estallado una revolución en toda la República y para el efecto era el Jefe Político del Callejón de Huaylas, y que para el efecto nombraba al declarante Subprefecto de esta Provincia (Yungay); ante esta declaración del cabo López, le manifestó que

304 FMP

no se inmiscuía en movimientos revolucionarios, contestándole el cabo que era indispensable su actuación en el movimiento y que lo acompañara al Cuartel; que llegado al Cuartel notó una confusión que no dio lugar a que el declarante se hiciera cargo efectivamente de la Subprefectura y que solo se concretó desde ese momento a acompañarlos y secundarlos en la formación de la Guardia Urbana, que se hacía indispensable por la gran confusión que reinaba en esos momentos.” Sobre los fusiles refirió que se los llevaron los últimos en cubrir la guardia urbana. Prestaron también sus declaraciones instructivas Rogelio Izaguirre Roca, Roosevelt Menacho Duque, Ricardo Moreno Minaya, Carlos Carrión, César Moncayo, César Lago Arias, Alejandro Olivera Cabrera y Alberto Ramos Olivera, A fojas 86 del expediente aparece una relación de armamento recuperado que suscribe el capitán jefe de la Circunscripción Provincial de Huaraz, fechado el 24 de julio de 1933. El mayor Jesús Lazo Rosas, comandante del destacamento de las fuerzas leales del gobierno y Jefe Político y Militar del Departamento de Ancash, emitió un bando el 18 de julio de 1932, refiriendo que “Por la acción valerosa del destacamento, la ciudad de Huaraz ha sido librada de la horda de criminales que la tenían en su poder, quedando así reestablecido el orden” y decreta en esa ciudad el estado de sitio y dispone que todos los ciudadanos que tengan en su poder armas del estado las entregarán en la comisaría de


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

la ciudad antes de las 6 de la tarde de mañana; los infractores de esta disposición serán considerados como rebeldes que como tales serán juzgados sumariamente.” En Yungay, el 22 de setiembre de 1933, el juez resolvió “remitir el presente expediente en el estado en que se encuentra, el que consiste en fojas 92, útiles” a la Jefatura de Zona de Lambayeque, en cumplimiento “al telegrama número doscientos cincuentaicuatro, fecha veinte del presente… que dispone la remisión inmediata de todos los expedientes que se tramitan en este juzgado y teniendo en cuenta que la presente causa es de carácter político, toda vez que los incidentes que lo provocaron fue del resultado de la revolución política estallada en este Departamento en los días del trece al diecisiete de julio de 1932.” El 14 de octubre de 1933, el auditor de la Primera Zona Judicial, con sede en Lambayeque, opinó que no procedía la amnistía otorgada por Ley N° 7732162, de 9 de agosto de 1933, para los sentenciados por la corte marcial. “Sobre los demás acusados, a quienes se les imputa otros delitos distintos del de rebelión, procede aplicar dicha ley de amnistía…” A fojas 95, el oficial archivero de

la Zona Judicial extiende la razón siguiente: “El cabo Nicanor Frisancho y el civil Carlos Alzamora se encuentran en la cárcel pública de Huaraz, cumpliendo la condena de reclusión en primer grado (5 años de cárcel) que le impuso la Corte Marcial reunida en dicho lugar, el 3 de agosto del año próximo pasado, por los delitos de Rebelión, contra el orden Constitucional de la República, y contra el Gobierno legalmente constituido. Siendo la condición de los sentenciados, la de presentes, en el momento del fallo.” El Jefe de Zona, coronel Alcalde, resolvió cortar “la secuela del presente juicio respecto del Guardia Civil Moisés Herrera, paisanos Rafael H. Torres, Estela Torres de Paz, Carlos Sotelo, Alberto Chávez y Juan Mac- Donal, acusados del delito de Rebelión y sedición y sáquense las copias pertinentes para que el Juez Instructor Sustituto de Huaraz abra el juicio correspondiente por sustracción de armas del Estado, contra Rafael H. Torres, y las demás personas que resulten responsables.” El auto fue elevado en consulta al Consejo de Oficiales Generales, que la confirmó en todos sus extremos. El teniente coronel Abel Grados, juez instructor, notificó la ejecutoria del Consejo.

162 Ley N° 7732: “Artículo 1°. - Concédase amnistía para los acusados y enjuiciados por delitos políticos cometidos hasta la fecha. Artículo 2°. Córtense todos los juicios pendientes iniciados por dichos delitos. Artículo 3°. - -Autorizase al Poder Ejecutivo para dictar las disposiciones convenientes a efecto de que las personas confinadas o expatriadas, por razón de los hechos a que se refiere esta ley, puedan regresar al territorio de la República.” Esta ley fue dada por el Congreso Constituyente de entonces y promulgada el 9 de agosto de 1933 por el presidente de la República Oscar Raimundo Benavides y Larrea.

FMP 305


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Se adjunta al expediente una sumaria investigación sobre la pérdida y recuperación de armamento y munición de las Circunscripciones Provinciales de Huaylas, Huari y Caraz, remitido por el General de División Inspector General del Ejército, A. S. Santisteban, en 104 fojas, con oficio del 3 de julio de 1944. Con fecha 16 de julio de 1944, el Auditor de Guerra de la Primera Zona Judicial opina que el armamento sustraído el 13 de julio de 1932, fecha en que estalló un movimiento revolucionario en Huaraz, ha sido recuperado en parte y lo demás dado de baja. La denuncia se hizo el 6 de agosto de 1932 “y como desde que se perpetró el delito han transcurrido hasta la fecha más de doce años, cree este Ministerio que ha prescrito en exceso. En efecto; según el art. 335 del C de J M que regía entonces, la pena que sancionaba ese delito, era, en el peor de los casos, de dos años de cárcel, que prescribía a los ocho años, según el art. 222 del mismo Código; y conforme a constantes Ejecutorias del C de O G (Consejo de Oficiales Generales), que ha citado siempre el art. 121 del Código

Penal, el delito prescribe, en todo caso, cuando la duración del término ordinario sobrepasa en una mitad, como pasa en la actualidad en que han trascurrido más de doce años desde que se consumó el delito. En consecuencia, conforme a lo prescrito en el inc. 3 del art. 465 del C de J M vigente, se ha de servir Ud. desestimar la denuncia y ordenar el archivamiento del expediente.” El 8 de agosto de 1944, así lo resolvió el Jefe de Zona.

III.7. El levantamiento de Gustavo Jiménez en Cajamarca y la corte marcial que se instauró para juzgar a los responsables El 11 de marzo de 1933 se produjo en Cajamarca “un pronunciamiento militar encabezado por el ex Ministro de Guerra de la Junta Nacional de Gobierno, quien se proclamó caudillo de la revolución restauradora con el título de jefe supremo político y militar de la República y delegado de las organizaciones revolucionarias” contra el gobierno de Sánchez Cerro.”163 El teniente coronel Gustavo Jiménez164 emitió un decreto por el que asumía la

163 BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., tomo 15, pág. 215. 164 El teniente coronel Gustavo Adolfo Jiménez Saldías nació en Cerro de Pasco en 1886 y fue hijo de Manuel Benjamín Jiménez Velita y María Rosa Saldías García. Egresó de la Escuela Militar de Chorrillos como alférez de caballería, ascendiendo, con el tiempo, hasta el grado de teniente coronel. Fue ministro de Gobierno de la Junta Militar de Gobierno de Sánchez Cerro. Tras dejar el poder este, se conformó una Junta Transitoria presidida por el doctor Elías, que fue cesada por Jiménez, que presidió su propia Junta de Gobierno (5 de marzo de 1931), entregando el poder, días después, a la Junta Nacional de Gobierno presidida por David Samanez Ocampo, siendo nombrado ministro de Guerra de la Junta, el 11 de marzo de 1931. Durante el gobierno de Leguía sufrió prisión, por varios años, en las prisiones de Taquile y San Lorenzo; igualmente, sufrió destierro en Arica durante el segundo gobierno de Sánchez Cerro. Murió en Paiján, La Libertad, el 14 de marzo de 1933,

306 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

presidencia hasta que se realizaran las elecciones, luego de la disolución del Congreso Constituyente, derogando todas las leyes y decretos dados hasta la fecha. Lanzó un extenso manifiesto dando razones de su actitud y su propósito. Jiménez había sublevado al 11 de Infantería acantonado en Cajamarca y comprometido a la guardia civil del lugar, por lo menos a dos oficiales que aceptaron cargos dados por él, como el mayor Manuel Castillo Vásquez y el teniente Julio Tasayco Tejada. Dejando una parte del regimiento en Cajamarca, al mando del capitán Daniel Villafuerte, nombrado jefe político y militar de la plaza, los facciosos tomaron el camino de la costa hacia Trujillo, esperando, como se había pensado, que habría un fuerte apoyo civil y la participación de “Tropas amigas: Escuadra, Regimiento de Infantería N° 1, Regimiento de Artillería N° 1, Destacamento de Infantería N° 3 con una ametralladora (compañía)”,165 de acuerdo a un documento encontrado en poder del capitán Luís tirado Vera. Las tropas de Jiménez llegaron a Chilete la misma tarde del día 11, pasaron de allí a Pacasmayo en

tren, siendo amagados por fuerzas de la Guardia Civil. El gobierno envió desde Lima el Regimiento de Infantería N° 5, al mando del mayor Remigio Segundo Morales Bermúdez y el Regimiento de Caballería N° 3, al mando del teniente coronel Reynaldo Contreras, los que arribaron al puerto de Salaverry la noche del día 13, uniéndose al Regimiento de Infantería N° 3, acuartelado en Trujillo, al mando del teniente coronel Luís Vinatea; el Regimiento de Infantería N° 1, al mando del teniente coronel Juan Dongo Montoya, que estaba acantonado en Lambayeque y un destacamento de la Guardia Civil de Chiclayo a órdenes del capitán Ignacio Cervantes, todos bajo el comando del teniente coronel Luis Vinatea.166 “En la noche del 13 de marzo y en la madrugada del 14, hubo un encuentro en Malabrigo entre los rebeldes y el destacamento Cervantes. Detenidos aquellos a costa de 18 bajas (también murieron en las fuerzas de la Guardia Civil el alférez Luis Roa Flores y otros), la llegada del 5 de Infantería permitió decidir el combate.” 167 El mismo 14, por la mañana, hubo otro encuentro breve en una llanura entre Malabrigo y Paiján, rindiéndose los sublevados,

tras el fracaso de la rebelión que levantó en Cajamarca. La versión general, abalada por la necropsia que se practicó sobre su cadáver, es que se suicidó, disparándose con su revólver en la sien. Basadre dice que no se le ha hecho aún justicia, pues no se ha escrito sobre él. Su apelativo de “zorro”, según Luís Alberto Sánchez, provenía desde su tiempo de cadete, por la apariencia de su rostro y aún lo puntiagudo de sus orejas. 165 BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., tomo 15, pág. 219. 166 El teniente coronel Luís E. Vinatea Rivera llegó al grado de general de brigada y fue presidente del Consejo de Oficiales Generales en 1950 y 1951. 167 BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., tomo 15, pág. 219.

FMP 307


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

ordenando sus oficiales que la tropa formara pabellones a lo largo de la carretera. Tomaron esta actitud al darse cuenta de que habían sido engañados que otras fuerzas se plegarían a la rebelión. El teniente coronel Gustavo Jiménez, al ver que no encontraba apoyo, como le habían ofrecido, ordenó no continuar la lucha y tras entregar un dinero que tenía en el bolsillo (15 billetes de cincuenta soles que había recibido como apoyo para su revolución) al capitán Tirado Vera, saltó una acequia y se disparó un tiro en la sien con su revólver, sin que los hombres que se hallaban en el lugar pudieran evitarlo. Por decreto de 14 de marzo, el Regimiento de Infantería N° 11 fue borrado de la las unidades de línea del Ejército, retirado del orden de batalla y su bandera incinerada solemnemente, por su deslealtad, al haber “defraudado su razón de existencia levantándose en armas contra el régimen legalmente constituido en convivencia (connivencia) con una

secta adversa a las instituciones patrias en los momentos mismos en que otros órganos de la defensa nacional luchan valerosamente contra la agresión extranjera.” 168 169 Tres cortes marciales se organizaron para juzgar estos hechos, que después se redujo a una, en cumplimiento de la Ley N° 7720, de 29 de marzo de 1933. Previamente, se había promulgado la ley N° 7709, de 14 de marzo de ese mismo año, que tipificaba los hechos ocurridos en Cajamarca como traición a la Patria, dado que el Perú se encontraba en un conflicto armado con Colombia, a raíz de la toma de Leticia por un grupo de peruanos, el año anterior. Esta ley preveía, también, que quienes fuesen condenados por el delito traición a la Patria, perdían “todos los derechos y goces que les correspondan (correspondían) por razón de servicios prestados al Estado.” Las penas que debían aplicarse al caso eran las previstas en las leyes 7491 y 7542.

168 Todo esto nos recuerda, por ejemplo, lo que los romanos hacían con las legiones levantiscas o con las que demostraban flaqueza en el cumplimiento de sus obligaciones castrenses. Tras la batalla del bosque de Teutoburgo, enfrentamiento que tuvo lugar en la baja Sajonia, el año 9 después de Cristo, en la que los germanos, al mando de Arminio, destruyeron tres legiones romanas, mandadas por Publio Quintilio Varo, ninguna legión del Imperio romano volvió a llevar los números XVII, XVIII y XIX, números de las legiones derrotadas. Este hecho marcó tanto a los romanos, que Suetonio Tranquilo dice que el emperador Augusto “dejó crecer su barba y cabellos durante varios meses, y a veces se golpeaba la cabeza contra la puerta, gritando: “¡Quintilio Varo, devuélveme mis legiones!”, y que el aniversario de este desastre fue siempre para él día de tristeza y duelo.” SUETONIO TRANQUILO, Cayo, Los doce Césares, traducción y prólogo de A. Espina, Editorial Mediterráneo, Madrid, España, 1965, pág. 52. 169 Mediante decreto supremo N° 10 EMGE, de 7 de noviembre de 1957, se crea nuevamente el Batallón de Infantería Motorizado “Tumbes” N° 11, en base a la Compañía Reforzada N° 111. Su lema es: “Siempre Alerta” y se encuentra acantonada en Papayal, Tumbes, en la línea de frontera con el Ecuador. (Historial de Unidades del Ejército del Perú, Ob. Cit., página 21.)

308 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Fueron procesados el mayor Guardia Civil Manuel Castillo Vásquez y los oficiales del 11 de Infantería: capitanes Luís Tirado Vera, Daniel Villafuerte Arguedas y Mauro Castañeda Vargas; tenientes Nazario Bardales Angulo, Augusto Gil Bravo, Luís Merino Rivera, Isidro Montoya Robles, Leopoldo Cossio Freyre, César Centurión Alfaro, Félix Ticona Valdivia, Santiago Pineda Alcocer, Julio Tasayco Tejada; subtenientes Héctor Saldaña Alavedra, Teobaldo Zapatero Fernández, Jorge Cabrera Márquez y Manuel Jiménez Rivera; los civiles Luís Benjamín Gálvez, Nicolás Puga Arroyo, Mariano Burga Chávez, Eugenio Kaor Corona, Ángel Macciota Rivasplata y Francisco Cobas, además de 189 elementos de tropa. La corte marcial estuvo integrada por el teniente coronel Arístides Alfaro, como presidente y como

vocales por los capitanes Juan Becerra, Oriel Zúñiga y Claudio Vargas Díaz y el teniente Guardia Civil Carlos Vallejos; actuó como fiscal el mayor Remigio Segundo Morales Bermúdez y como defensores actuaron los abogados Alfredo Elmore, para los oficiales, y Guillermo Vílchez, para el resto de procesados. La sentencia se expidió en Trujillo el 6 de abril de 1933, siendo condenados a muerte el mayor Guardia Civil Manuel Castillo Vásquez, los capitanes del Ejército Luis Tirado Vera y Daniel Villafuerte Arguedas, el subteniente Héctor Saldaña Alavedra y el civil Luis Benjamín Gálvez; la corte impuso penas de penitenciaria y reclusión a otros y absolvió al personal de tropa y a los civiles restantes. Los condenados a muerte fueron pasados por las armas.

FMP 309



CAPÍTULO IV La coyuntura peruana en 1933 - 1940 y la jurisdicción militar



IV.1. El conflicto peruano colombiano de 1932–1933, sus causas y el desenlace final El 24 de marzo de 1922, los plenipotenciarios Fabio Lozano Torrijos representando a Colombia y Alberto Salomón Osorio por el Perú, llegaron a un acuerdo directo en Lima para una definitiva demarcación fronteriza entre ambas naciones, que se conoce como Tratado “Salomón- Lozano”. Por este Tratado, el Perú cedía extensos territorios entre los ríos Putumayo y Caquetá y el llamado “Trapecio Amazónico” a Colombia, donde se encontraba el emblemático pueblo de Leticia. Cinco años después, el 20 de diciembre de 1927, el Congreso peruano aprobó el Tratado y el 17 de marzo de 1928 el Congreso colombiano ratificó el mismo, entrando en vigencia dos días después, para finalmente consumarse el 17 de agosto de 1930, con la entrega física de los territorios, cinco días antes del golpe de Estado encabezado por el teniente coronel Luís Miguel Sánchez Cerro.

La suscripción de este Tratado generó un profundo rechazo, particularmente en Iquitos y Leticia, por no haber, supuestamente, razón que explicara esa mutilación territorial. Unos, los más, tildaron de traidor y entreguista a Augusto Leguía; otros, trataron de justificar esa acción necesaria para recibir el apoyo diplomático de Colombia en el asunto de Tacna y Arica con Chile y en nuestros problemas fronterizos con el Ecuador. Hoy se sabe que hubo presión de Estados Unidos para ello. “Conveniencias e intereses de los Gobiernos del Perú y de Colombia culminaron con la aprobación y ratificación del pacto “Salomón-Lozano”, entregándose a Colombia 120, 272 kilómetros cuadrados de territorios peruanos, incluyéndose pueblos y propiedades privadas en el Putumayo-Amazonas”, dice Araujo Arana.170 En este contexto, el primer día de setiembre de 1932, “48 personas, principalmente residentes de Caballo Cocha y Chimbote…”171, capitaneados por el ingeniero Óscar Ordóñez de la Haza,

170 ARAUJO ARANA, Humberto, Conflicto Fronterizo Perú-Colombia, Año 1932 – 1933, primera edición, tomo primero, Lima, Perú, 1963, pág. 15. 171 BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., tomo 16, pág. 15. Basadre dice que el “jefe lejano de este movimiento fue… el alférez Juan Francisco La Rosa.” El ingeniero Oscar Ordóñez era hijo del coronel Oscar H. Ordóñez y hermano de Fernando Ordóñez de la Haza, quien como alférez de fragata estuvo presente durante el levantamiento de los marineros de los cruceros Grau y Bolognesi en 1932.

FMP 313


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

tomaron Leticia con apoyo de la población, redujeron a las autoridades y policías colombianos y los enviaron a territorio brasilero, desatándose así el llamado conflicto peruano colombiano de 19321933. Otra versión señala que en “la madrugada del 1° de setiembre, 57 moradores de las cercanías, al mando de Ordóñez y Francisco La Rosa, atacaron sorpresivamente Leticia, depusieron a las autoridades e izaron de nuevo la bandera peruana. No se derramó una sola gota de sangre.”172 173 El 14 de febrero de 1933, las tropas colombianas atacaron el puesto peruano de Tarapacá y al día siguiente Colombia rompió relaciones diplomáticas con el Perú, iniciándose la escalada de la guerra, que concluyó con el retiro de las tropas peruanas de Leticia el 25 de junio de 1933, tras los acuerdos a que arribaron los representantes del Perú y Colombia, por intermediación de la Sociedad de Naciones. El Perú movilizó sus tropas y el gobierno nombró Comandante en Jefe del Teatro de Operaciones del Nor-Oriente al general de brigada Fernando Sarmiento, quién para los efectos de instaurarse procesos penales militares, advirtió a sus subordinados que estaban en campaña; así, el 1 de marzo

de 1933 dirigió un oficio al teniente coronel Comandante General del Agrupamiento de Leticia, Isauro Calderón, comunicándole que por resolución suprema se ha considerado “en Campaña para los efectos de la Justicia Militar, a todas las fuerzas que actúan en este teatro de operaciones y que, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55° del Código de Justicia Militar, queda Ud. autorizado para asumir las funciones de Jefe de Zona en el sector de su jurisdicción y para ordenar juicios en campaña, tal como lo prescriben los artículos 648° y siguientes del mismo código.” El 14 de febrero de 1933, las fuerzas colombianas muy superiores en hombres y pertrechos militares, atacaron el puesto peruano de Tarapacá, bombardeándolo desde el aire y de embarcaciones artilladas. El teniente Gonzalo Díaz Rojas, jefe del puesto peruano, ordenó el repliegue de sus hombres por el Cotuhé hacia Leticia. Marchó él por tierra con 56 hombres y a bordo de la lancha “Estefita” se desplazaron 27 hombres con su jefe de sección el subteniente Antonio Cavero y 9 hombres con el alférez César Linares. “Conocida la crítica situación, por el Comando de Leticia, organizó a base de las tropas retiradas de Tarapacá el “Destacamento del Cotuhé”, reforzándolo con 50 hombres que

172 MONTALVÁN, Pablo Carmelo, El Rescate de Leticia, Lima, Perú, 1978. 173 Araujo Arana lista los nombres de 48 personas, “los valientes de Leticia”, que divididos en cinco grupos tomaron Leticia. Ob. Cit. tomo tercero, páginas 47, 48 y 49.

314 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

condujo de Leticia el ingeniero Oscar Ordóñez, asimilado a la clase de alférez de reserva, por sus servicios prestados en la toma de Leticia el 1° de setiembre de 1932.” Ordóñez tenía instrucciones del comandante del Agrupamiento de Leticia de tomar el comando de todas las tropas y frenar el avance de los colombianos por el Cotuhé, pero Ordóñez no podía tomar el comando por encontrarse en la zona un oficial de mayor grado y dos del mismo grado, pero más antiguos. Ordóñez presentó un informe al comando, calificando la retirada de Tarapacá como un acto de cobardía, informe que fue tomado como fundamento para abrir instrucción contra los oficiales que estuvieron en ese puesto. Ordóñez retornó a Leticia. El siguiente hecho resaltante del conflicto ocurrió el 26 de marzo de 1933 y fue la toma del puesto peruano de Güepí por los colombianos, tras ocho horas de combate, con fuerzas muy superiores, otra vez. Este enfrentamiento fue el más resaltado

en el contexto de este conflicto armado, por la brava defensa que los peruanos presentaron al enemigo, distinguiéndose en el combate varios soldados y clases, ofrendando algunos de ellos la vida por su patria. Es el caso del soldado Alfredo Vargas Guerra,174 del sargento 2° Fernando Lores Tenazoa175, quien “a pesar de encontrarse gravemente herido, sigue disparando su ametralladora entre una y otra posición, multiplicándose para detener a las múltiples armas automáticas enemigas. El heroísmo del sargento Lores y del soldado que lo acompañó Milcíades Tananta Pinche, hasta en los últimos momentos de su vida en la defensa de Güepí, merecen exponerlos en los pasajes más sublimes de estos valores, émulos de los héroes calificados en la Historia del soldado peruano.” 176 Murieron también heroicamente en el combate el cabo Alberto Reyes y el soldado Reynaldo Bartra Díaz. “La noticia de Güepí, el heroico sacrificio de Lores y de los que con él cayeron para proteger la retirada del grueso de la Compañía, quebró el hielo que estuvo congelando el sentimiento de fraternidad y

174 Un fuerte militar en Iquitos lleva su nombre: “Fuerte Militar Soldado Alfredo Vargas Guerra.” 175 La primera biografía extensa escrita sobre Fernando Lores Tenazoa fue obra del entonces teniente Lorenzo Morachimo Torres: El héroe de Güepí (Sgto. 2° Fernando Lores Tenazoa), Iquitos, enero de 1950. Morachimo llegó al grado de coronel. Tenía una particular afición por las letras y escribió, también, una biografía sobre Ramón Castilla, ganando un concurso organizado por el Ejército. Dos unidades del Ejército llevan el nombre del sargento 2º Fernando Lores Tenazoa: el Batallón Infantería de Selva Nº 83 y el Batallón de Transportes Nº 115 (Historial de Unidades del Ejército, páginas 109 y 374, respectivamente). El centro de formación de sub oficiales del Ejército lleva también el nombre de Lores, como calles, plazas y hasta un distrito en Loreto. 176 Ibidem, pág. 126.

FMP 315


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

la confianza mutua en las tropas del Agrupamiento de Leticia: el silencio se transformó en una sola expresión que significaba un desagravio que excedía los límites de la admiración: ¡Eran loretanos!... decían todos.” 177 Después de Güepí, las tropas peruanas tomaron la iniciativa y batieron a las fuerzas colombianas reiteradamente, con operaciones de sorpresa, que hoy calificaríamos como operaciones especiales, de comandos. “El domingo 16 de abril de 1933, las tropas colombianas constituidas por una Compañía de Infantería reforzada, fueron diezmados al ser sorprendidos en Calderón (“La sorpresa de Calderón”), por un reducido efectivo de soldados y Oficiales peruanos” 178 A las sorpresas sufridas por las tropas colombianos en el Cotuhé, Tarapacá y Calderón se sumó la sorpresa y combate por el fuego en Yabuyanos, ocurrido el 28 de abril de 1933. Por comunicaciones radiotelegráficas interceptadas a los mandos colombianos, el comando del “Agrupamiento Táctico de Puerto Arturo” supo “que se encontraban en viaje a Calderón más de 600 hombres transportados en tres lanchas, protegidas por las cañoneras “Cartagena” y “Santa Marta”, con la misión de recuperar la posición de Calderón, que

177 MONTALVÁN, Pablo Carmelo, Ob. Cit., pág. 293. 178 ARAUJO ARANA, Humberto, Ob. Cit., tomo tercero, pág. 147. 179 Ibidem, pág. 159.

316 FMP

creían se encontraba en poder de las tropas peruanas que habían diezmado a la guarnición colombiana.” 179 El 28 de abril, en Yabuyanos, sobre el lado derecho del río Putumayo, sector peruano, se preparó una emboscada que se desencadenó después de las 21.30 horas con los disparos de un cañón, 80 fusiles individuales y 3 fusiles ametralladoras sobre las cubiertas de la “Cartagena” y la “Santa Marta”, que fueron tocados por la gruesa munición disparada por el cañón Krupp 1905, que utilizó granadas adaptadas de Schneider. La primera sufrió averías en su departamento de máquinas y la segunda fue tocada en su línea de flotación, frenando el avance de las tropas colombianas, que protegidos por la oscuridad trataron de rehacerse, sin lograrlo. En esta acción murió el soldado peruano Javier Silva Angulo, alcanzado por un proyectil enemigo y el soldado Francisco Torres Montes en Puerto Arturo, “por agotamiento físico y complicaciones, en la ida y regreso de Yabuyanos.” En esta coyuntura, el 30 de abril de 1933, el general de brigada Luís Miguel Sánchez Cerro, presidente de la República, fue asesinado en el hipódromo de Santa Beatriz, cuando se retiraba después


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

de pasar revista a los movilizables que marcharían a la frontera con Colombia. El Consejo de Ministros asumió el poder, declaró el estado de sitio en la República y pidió al Congreso resuelva la sucesión presidencial. El general de división Oscar R. Benavides fue designado por el Congreso para completar el período presidencial del asesinado presidente y por ley N° 7748 se declaró duelo nacional. Benavides había sido ascendido a general de división y designado director del Consejo de Defensa Nacional en el contexto del conflicto con Colombia, que ya, como presidente, puso fin. El 7 de mayo de 1933 ocurrió la “sorpresa de Puca Urco”. Con anterioridad, el teniente coronel Andrés Adolfo Granadino Almonte, comandante del Destacamento de Purma Fagui, había pedido autorización para enviar “a las proximidades de la desembocadura del río Algodón, un ligero destacamento que minando el Putumayo realice una “sorpresa” al adversario en el momento que pase a su altura a atacar Puerto Arturo”. El Destacamento se puso al mando del capitán Juan Ragúz Verán, se le dotó de una pieza de artillería Schneider de 75 mm y se designó 50 hombres de tropa para integrarla, comandando la sección de infantería el teniente Celso

Butrón García. El teniente segundo AP José Mosto y Mosto180 fondeó seis minas, fabricadas por él, “con material de fortuna”, en el lecho del rio, encargándose de hacerlas explotar oportunamente. El 7 de mayo, a las 2.00 horas, la cañonera “Barranquilla” llegó al lugar de la emboscada, seguida de la “Córdova”, más 2 lanchas auxiliares armadas; Mosto cerró el contacto y una columna de agua se levantó, creando zozobra en las fuerzas colombianas que empezaron a disparar sin control; por el lado peruano entró en acción la pieza de artillería y la infantería inició el fuego cruzado, haciendo que los colombianos buscaran refugio, retrocediendo por el curso del río. La tropa peruana se replegó en orden, como precisaba el plan de operaciones. El comando colombiano, al conocer el fracaso de sus tropas dirigió dos radiogramas; el primero decía: “Mayor Collazos. - En sus manos están tres barcos con excelentes cañones y ametralladoras y mitad fuerzas de infantería. - Ataquen nuevamente y amárrense los pantalones. - (Fdo.) General Rojas.” El segundo radiograma, trasmitido el mismo 7 de mayo, decía: “Del “NARIÑO” al “SUCRE”.- General Cortez Vargas.- Cogimos ya comunicación peruana en claro, felicitando sus tropas por haber rechazado tres

180 El caso del teniente Mosto es particular. En “Puca Urco” es héroe y años después, el 3 de octubre de 1948, ya con el grado de capitán de corbeta, participó activamente, como uno de los jefes de la rebelión que un numeroso grupo de marinos y civiles, especialmente de filiación aprista, protagonizaron contra el gobierno de Bustamante y Rivero, siendo condenado a catorce años de penitenciaría. En este mismo tomo, más adelante, haremos conocer los entretelones de ese levantamiento. En ese proceso, Mosto presentó, como argumento de defensa, un pequeño libro escrito sobre la acción de “Puca Urco”, cuya carátula mostramos más adelante.

FMP 317


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

cañoneras colombianas con fuerte número de tropas a bordo.- Por honor nuestra bandera empuje esa gente.- (Fdo.) General ROJAS.” 181 182 Tiempo después, en diciembre de 1933, el comandante de la “Barranquilla”, capitán Pablo E. Nieto, en carta abierta que se publicó en el periódico “Mundo al Día”, dijo: “El 6 de mayo fuimos afrentados por los peruanos debido a la impericia de los Jefes y al miedo… La única vez, que estuvimos en contacto con el enemigo, la única oportunidad que tuvo el Destacamento “Amazonas” para entrar en acción, fue la noche del 6 de mayo de 1933, cuando por la incapacidad de los altos dirigentes, por la desorganización general, agregándose a la cobardía de los jefes, Colombia recibió una afrenta inmerecida… que la irresponsabilidad de los círculos superiores convirtió en victoria…” 183 Finalmente, ocurrió el golpe de mano en el río Campuya, el 12 de mayo de 1933, siendo la última acción militar de la campaña. Una patrulla de reconocimiento encabezada por el subteniente Ángel Chávez y compuesta de 8 hombres, cruzó el río y encontró una embarcación colombiana que cumplía la misma misión; en el enfrentamiento murió un soldado colombiano, la embarcación

fue abandonada, encontrando en ella un croquis de sondaje, un plano con indicación de los puntos por los cuales el coronel Solano pensaba atacar Puerto Arturo y unos binoculares. Ese mismo día se dispuso la suspensión de las hostilidades. Resumiendo, las acciones militares a lo largo del conflicto diríamos que las fuerzas colombianas, superiores en efectivos y material bélico, sobre todo en embarcaciones aparentes para patrullar, transportar y combatir en la selva, tomaron la iniciativa y basados en esa superioridad, atacaron con éxito los puestos peruanos de Tarapacá y Güepí. En este último lugar volaron a la inmortalidad el sargento Lores, el cabo Alberto Reyes y los soldados Alfredo Vargas Guerra, Milcíades Tananta Pinche y Reynaldo Bartra Díaz. El objetivo de la fuerza colombiana era tomar Puerto Arturo, sobre el Putumayo, lo que no se cumplió; por el contrario, las tropas peruanas se hicieron de la victoria, sucesivamente, en Calderón, Yabuyanos, Puca Urco y Campuya, con acciones especiales sorpresivas y golpes de mano. Finalmente, lo que en nuestro concepto fue un triunfo militar, se vio opacado por la decisión diplomática de devolver Leticia y el resto de territorios cedidos por el tratado “Salomón - Lozano”.

181 Ibidem, pág. 173. 182 Una información detallada sobre la sorpresa de Puca Urco se encuentra en el libro del teniente coronel Augusto D. Jaramillo Ruíz, ¡Puca Urco!, 7 de Mayo de 1933, Imprenta Gráfica Industrial, Lima, Perú, 1972. 183 Ibidem, pág. 56.

318 FMP


SARGENTO 2° FERNANDO LORES TENAZOA Héroe de Güepí Retrato ubicado en la galería de héroes del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú

FMP 319


Carátula del libro que el capitán de Corbeta José Mosto Mosto presentó en su defensa, durante el proceso que se le siguió en 1948 por rebelión.

320 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

IV.2. Juicio extraordinario en campaña seguido al teniente Gonzalo Díaz Rojas y otros por los delitos de negligencia y contra el honor y decoro militar, en el contexto del conflicto peruano colombiano de 1932 – 1933. Como se dijo, el alférez de reserva Oscar Ordóñez de La Haza presentó un informe al comando, haciendo ver que la retirada de Tarapacá como un acto de cobardía, informe que sirvió de referencia para ordenar se incoara un proceso por negligencia y contra el honor y decoro militar,184 al teniente Gonzalo Díaz Rojas, el subteniente Antonio Cavero Mariátegui y el alférez César Linares Iglesias. El proceso se llevó a cabo en Leticia, habiéndose condenado al teniente Díaz a seis años de penitenciaría, pena que fu confirmada por el Consejo de Revisión en Campaña. Habiendo terminado el conflicto, la sentencia fue sometida a la revisión del Consejo de Oficiales Generales, que resolvió, con fecha 14 de agosto de 1933, lo siguiente: “Visto el

testimonio de la Sentencia expedida por el Consejo de Revisión que ha funcionado en el Nor-Oriente, condenando al Teniente Dn. Gonzalo Díaz Rojas, a la pena de seis años de penitenciaría, por los delitos de negligencia y contra el honor y decoro militar… Estando a lo dispuesto en el artículo 602 del citado Cuerpo de Leyes y habiendo fallecido el primero de los reos nombrados (teniente Díaz), según consta del radio 1070 del Comandante en Jefe, razón por la cual ya no puede ejecutarse el fallo en lo que a éste respecta…” 185 Procedía en ese entonces el sobreseimiento del teniente Díaz por fallecimiento y el archivo definitivo de la causa respecto de él. En cuanto al subteniente Cavero y el alférez Linares, el Consejo de Oficiales Generales emitió la ejecutoria correspondiente, en los términos siguientes: “Lima, 28 de noviembre de 1934.- Vistos: de conformidad con el dictamen del señor Auditor General, cuyos fundamentos se reproducen, absolviendo el grado, desaprobaron el apelado de fojas…, seguidas contra el Subteniente don Antonio Cavero y Alférez don

184 El tipo penal de negligencia previsto en el artículo 283° del Código de Justicia Militar de 1898, contemplaba como tales varias conductas. A Díaz, Cavero y Linares, presumimos, se les imputaba “que, por negligencia u omisión en el cumplimiento de sus deberes, pierda (n) una acción de guerra, o sea causa de daño con las operaciones de ella.” El delito contra el honor y decoro militar que se les imputó estaría en relación con la conducta prevista en el artículo 301°, inciso 1°: “El militar que, sin haber empleado todos los medios de defensa que exigen las leyes del honor y del deber, entregue al enemigo, por capitulación, o de otro modo… la plaza, puesto o fuerzas que tenga a su cargo, o se deje arrebatar un convoy.” 185 ARAUJO ARANA, Humberto, Ob. Cit., tomo tercero, pág. 99

FMP 321


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

César Linares, por los delitos de negligencia y contra el honor y decoro militar; sobreseyeron definitivamente en esta instrucción; y los devolvieron.- Rúbrica de los señores Ponce, presidente, Mindreau, Torres, Arenas, Garavito, Carbajal y Bernales. Relator secretario Benjamín Puente.” 186 Pablo Carmelo Montalván, soldado en Leticia en ese tiempo, escribió: “¡El Consejo de Guerra!... ¡Qué espanto! Fuera de la Comandancia, en el patio frontal, una doble fila de soldados armados en correcta formación haciendo relucir al sol sus brillantes bayonetas; el teniente que los mandaba, erguido como un poste, con la espada vertical empuñada a la altura del cinturón, no pestañeaba siquiera… Dentro, los oficiales, serios, circulando apresuradamente en silencio… Cuchicheos… Nerviosismo…” “El Consejo se reunió a las 9 de la mañana; vagamente nos enteramos de cómo se desarrolló: leyeron las declaraciones y cargos hasta la una de la tarde, a esa hora entraron en receso, el que se prolongó hasta las 4, para que los oficiales almorzaron; a esa hora volvieron a reunirse. Nosotros permanecíamos cerca de la Comandancia, esperando alguna novedad hasta las 11 de la noche; ellos continuaron.”

186 Ibidem, pág. 101. 187 MONTALVÁN, Pablo Carmelo, Ob. Cit. pág. 300. 188 Expediente que se encuentra en posesión del autor.

322 FMP

“Algunos habían tenido oportunidad de oír algo; dijeron que la defensa estuvo brillante, pero, pasaría mucho tiempo antes de llegar a nuestro conocimiento la sentencia y su posterior revocatoria; algunos hablaban de absolución, otros de 6 años de cárcel… Hubiera sido interesante escuchar las declaraciones y argumentos de Díaz y como justificó su actitud, pero no creo que se haya atrevido a esgrimir como atenuante la “falta de espíritu de los soldados de la selva.” 187

IV.3. Juicio extraordinario en campaña seguido al espía colombiano José María Hernández, en el contexto del conflicto peruano colombiano de 1932 – 1933.188 El 16 de marzo de 1933, el teniente coronel Isauro Calderón, “Jefe de Zona en Campaña de Leticia”, haciendo referencia a los artículos 14°, 17°, 648° a 655° del Código de Justicia Militar de 1898, abrió juicio contra los civiles de nacionalidad colombiana José María Hernández y Francisco Vargas Nariño, sorprendidos en el acto de comisión del delito de espionaje por las tropas peruanas del río


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Cotuhé y dispuso la detención de ambos. Nombró juez instructor al sargento mayor de artillería Adolfo Vásquez y secretario al teniente Arturo W. Cornejo. El juez se avocó al conocimiento de la causa y dispuso se reciban las declaraciones instructivas de los imputados y las declaraciones testimoniales de Santiago Llamayate y Ernesto Omer. La declaración instructiva de José María Hernández se recibió en Leticia el 16 de marzo de 1933. Sus generales de ley dicen que era natural del departamento de Nariño, provincia de Obando, distrito de Pupiales, con dos hijos llamados Sergio y Justina Hernández Iles; que su residencia antes de ser capturado fue el puerto fluvial de Ipiranga, situado en el bajo Putumayo, entre Tarapacá y San Guillermo, lugar al que llegó en octubre de 1932, después que dejó de ser policía de frontera. Reconoció que antes de ser apresado, vio en Tarapacá al coronel Acevedo, a quién conocía de tiempo atrás y que el general Rojas189 lo mandó llamar a bordo del vapor Nariño, “quien le dijo que no le daba orden de hacer fuego con sus armas, dos carabinas calibre treinta y ocho, en caso de encontrarse con tropas peruanas, y que debía regresar otra vez

a Tarapacá después de cinco días de estadía en el Cotuhé y de arreglar sus problemas particulares con Hilario Fonseca, a quién no encontró, ni tampoco a sus indios; y que más bien se encontró con tropas peruanas al mando de un sargento, quién lo capturó y lo hizo surcar el río Cotuhé durante dos noches y un día, hasta que durante ese viaje encontró al Alférez Ordoñez…” En otra parte de su declaración, Hernández admitió “que recibió de dichos jefes (Rojas y Acevedo) (órdenes) de entrar al río Cotuhé para observar a las tropas peruanas, porque sabían que el alférez Ordóñez había salido con cuatrocientos hombres y probablemente debían estar en marcha por el varadero. Además, recibió la orden de ir donde Hilario Fonseca quién debía proporcionar indios para hacer leña para los barcos colombianos”. Refiere que no dio ninguna información porque no retornó a Tarapacá por ser capturado antes; que salieron de Ipiranga con él, como bogas, Ernesto Omer, Santiago Llamayate y Francisco Vargas Nariño. Aparece en el expediente, a fojas seis, una comunicación oficial del Consulado General de Colombia en New York, de fecha 25 de noviembre de 1931, en el que se hace referencia a José María Hernández y Luis Luna como agentes de Colombia, a quienes

189 El general Rojas era el comandante de las fuerzas colombianas y el coronel Acevedo el jefe de estado mayor.

FMP 323


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

se pagó por sueldos en diciembre de 1930, la suma de 70 pesos a cada uno. El testigo Manuel Santiago Llamayate dijo que era peruano de nacimiento, natural de Caballococha, de 18 años de edad, no sabe leer ni escribir; dijo, además, que su lugar de residencia es el puerto Esperanza, en el río Cotuhé, donde trabajaba para Hilario Fonseca. Conoció a Hernández en Tarapacá, quién le pidió que le ayudara a trabajar, pero al no aceptar, lo tomó a su servicio a la fuerza; que él mismo “fue en Esperanza a dar parte a los soldados peruanos de encontrarse ahí el colombiano Hernández para que lo tomaran preso, porque le decía al declarante que venía a ver a las tropas peruanas si estaban por esos sitios, pero que nunca lo vio hacer algún apunte.” Ernesto Omer, en su testimonial, refiere que conoció a Hernández en Ipiranga, “de donde lo trajo como boga, con su compañero Santiago Llamayate hasta el río Cotuhé, puerto de Esperanza; en este sitio lo tomaron preso los soldados peruanos y lo trajeron a Leticia, punto que conoce bien porque ha venido tres veces; que así mismo conoce la trocha de Tarapacá hasta este sitio por Amacayacu, marcha que se hace en ocho días; agregó que es peruano y antiguo residente de puerto Victoria, que queda entre Tarapacá y Cotuhé…; que estuvo en Tarapacá ocho días y “que vio seis aviones o sea hidros y tres buques colombianos y que soldados colombianos, no vio ninguno, porque solo lo tenía Hernández en la playa.”

324 FMP

El 22 de marzo se recibió la declaración instructiva de Francisco Vargas Nariño, natural del puerto de Tiparaná, situado en la boca del Caquetá. De nacionalidad brasilera, llevado niño por su padre Justo Vargas a Ipiranga. Preguntado por la chaqueta de soldado que usaba dijo que fue obsequió del teniente colombiano Lizarazo, porque llegó al lugar casi desnudo y porque “las tropas colombianas tenían gran cantidad de ropa militar, cree el declarante que no les hacía falta; que el declarante no es soldado de ninguna nación.” Viajó a Tarapacá con su padre que es colombiano y vieron al teniente Lizarazo para que un médico le curara la llaga del pie que aún lo tiene y que estuvo en una enfermería a donde le llevaban la comida. Esos días llegó a Tarapacá José María Hernández, acompañado de los indios Santiago y Ernesto, quienes le dijeron al declarante que habían llegado en el vapor Nariño. Al cuarto día de estar en Tarapacá, su padre le dijo que acompañara a Hernández al Cotuhé, al puesto de Hilario Fonseca, junto con los dos indios citados, lucharon tres días, pero no llegaron al puesto de Fonseca por haberlos tomado los soldados peruanos. Desconoce las intenciones de Hernández, pues a él su padre le dijo que traería unos chanchos de la propiedad de Hernández para venderlos en Tarapacá; “agrega que Hernández era policía colombiano”, quién les manifestó “que si los encontraban las tropas peruanas los matarían.” El juez de la causa emitió su informe sobre los resultados de la investigación, afirmando que


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Hernández fue “sorprendido por las tropas peruanas en el acto de cometer el delito de espionaje a favor del ejército colombiano, con grave peligro de la seguridad de las fuerzas peruanas que operan en el sector río Cotuhé y en la guarnición de esta plaza militar de Leticia, lo que está probado con la instructiva del encausado…” y las declaraciones testimoniales de Francisco Vargas Nariño e indios “Ticunas” (Tikunas) Santiago Llamayate y Ernesto Omer y que el encausado se trasladó al río Cotuhé “en demanda de datos para ser comunicados a los jefes colombianos General Rojas y Coronel Acevedo…” “Por lo que es de aplicación lo dispuesto en el artículo seiscientos cincuentaicinco del Código de Justicia Militar, por estar en campaña las tropas peruanas que operan en este frente, y quedar comprendido dicho delito en el artículo doscientos treinta del citado código.” El 26 de marzo de 1933, el Jefe de Zona en Campaña de la guarnición de Leticia, teniente coronel Isauro Calderón, sobreseyó definitivamente “al encausado civil Francisco Vargas Nariño; ciudadano de la república de Brasil, por resultar irresponsable del delito de que se le acusa” y elevó a proceso la causa “contra el civil de nacionalidad colombiana José María Hernández, agente de policía del Ejército de la República de Colombia, en Campaña contra el Perú, por el delito de espionaje previsto y penado en los artículos diecisiete y doscientos treinta del Código de Justicia Militar; y no habiendo auditor

nombrado para esta Zona en Campaña, procédase como lo dispone el artículo seiscientos cincuenta del citado código; nombrándose fiscal al Teniente de Infantería José Cáceres Mendieta; quien prestará el juramento de ley ante el suscrito en el día.” El teniente Cáceres, del Batallón de Infantería N° 19 (V División), prestó juramento el mismo día. La acusación que el fiscal formula en cumplimiento del artículo 503° del Código de Justicia Militar, tiene como argumento fundamental que el colombiano Hernández fue tomado preso “cuando cumplía una misión dada por los jefes colombianos… General Rojas y Coronel Acevedo de buscar datos sobre las tropas peruanas en el río Cotuhé y de llevar indios para hacer leña para la flota colombiana”, confirmándose que Hernández es “policía colombiano” y que cometió delito de espionaje. El 27 de marzo, el acusado compareció ante el juez, acompañado de su defensor, y “se le entero de los cargos que le resultan de la instrucción, leyéndole al efecto la exposición fiscal y demás diligencias en que se funda”. Se le preguntó si deseaba alegar alguna excepción, enmendar o ampliar su declaración, que los testigos ratifiquen sus declaraciones, a lo que respondió que no pedía nada. A la pregunta si se conformaba con los cargos que le hacían en el dictamen fiscal; contestó: “que no se conformaba. El mismo día se puso en libertad a Francisco Vargas Mariño, por haber sido sobreseída la causa a su favor el día anterior.

FMP 325


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

El 28 de marzo, el fiscal amplió su acusación, afirmando que “no hay ninguna circunstancia que modifique su responsabilidad” y concluyendo: “Como consecuencia, no hay más que una solución: Al acusado le corresponde la pena de muerte, señalado en el artículo 230 del Código de Justicia Militar”. El 28 de marzo, el defensor, alegando por escrito, afirmó que su defendido llevó el encargo de conducir indios para cortar leña en Tarapacá, más no encontró al indio Hilario Fonseca, con quien comerciaba desde antes. Si bien es cierto que el general Rojas y el coronel Acevedo le solicitaron datos militares, él no tenía intención de hacerlo porque había también servido a los peruanos “haciendo que rajaran leña para sus lanchas de guerra; sucedió mucho antes de la toma de Tarapacá por tropas colombianas. Que si es verdad que fue en 1931 agente policía de frontera en Tarapacá, en este año ya no lo era, pues vivía de su trabajo personal.” En razón de ser su defendido padre de familia, solicitaba al “respetable Consejo” tome como atenuante esta situación especial. El 29 de marzo, el Jefe de Zona en Campaña, designó a los integrantes del consejo de guerra: “Presidente: capitán de corbeta don Hernán Tudela; Vocales: capitán Pedro Noel Rochabum; teniente primero de la armada don Aureliano Navarrete; capitanes Oswaldo Berrocal; José Cardeña; teniente don Humberto Paz y subteniente don Raúl Diez Quiñones; efectuándose este

326 FMP

nombramiento como lo dispone el artículo seiscientos cuarenta y nueve del C. de Justicia Militar, por ser juicio sumario en campaña. El citado consejo se reunirá el día de la fecha, a las quince horas en el local de la Comandancia General; debiendo actuar como relator el teniente don Arturo W. Cornejo, secretario del juez militar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo quinientos veintitrés del citado Código.” Llevada a cabo la audiencia en secreto y votadas las cuestiones de hecho y de derecho, se emitió la sentencia fechada en 29 de marzo, que señala que está probado que el acusado había servido de espía a los jefes colombianos general Rojas y coronel Acevedo; que el hecho probado constituía el delito de espionaje, previsto y penado en el artículo trescientos treinta, inciso tercero del Código de Justicia Militar, cometido en campaña, correspondiéndole la calificación de autor; que las circunstancias en que se ha cometido el delito, agravan la responsabilidad del acusado, como lo indica el artículo ciento sesenta y ocho, incisos segundo y décimo; por tanto, condenaron a José María Hernández como autor del delito de espionaje en campaña, “a la pena de diez años de cárcel en segundo grado, sin circunstancias.” El treinta de marzo, el Jefe de Zona en Campaña no se conforma con dicha sentencia, “por creerla no estar arreglada a ley, por cuanto la pena que debe aplicársele es la comprendida en el inciso primero y no tercero del artículo doscientos treinta


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

del código de justicia militar o sea la de muerte”. El expediente y el sentenciado pasaron “a órdenes del señor General Comandante en Jefe, a fin de que de acuerdo con el articulo seiscientos cuarenta y uno del citado código, solicite opinión del Auditor de Guerra…” El 4 de abril, el teniente coronel Isauro Calderón eleva los actuados al general Sarmiento en Iquitos, pone a su disposición al sentenciado y solicita la opinión del auditor de guerra para que se celebre un Consejo de Revisión. El 8 de abril el general Sarmiento decretó: “Vista al Auditor de Guerra, entendiéndose con el Señor Fiscal de la Corte Superior de Loreto.” El 10 de abril, el doctor Oscar Julio Alarcón, fiscal de la Corte Superior de Loreto, fungiendo de auditor de guerra a falta de un titular, conforme a ley, dice: “en razón del estado de guerra en que nos encontramos, debe usted proceder al nombramiento del Consejo de Revisión que se encargue de la aprobación de las sentencias que expidan los Consejos de Guerra en Campaña… que por disposición de la última parte del art. 653° del C. de J. M. y Ley número 273° (el Consejo de Revisión) tiene las mismas atribuciones que el Consejo de Oficiales, deberá instalarse solemnemente en forma análoga a la determinada por el art. 86° del C. de J. M., para revisar inmediatamente la sentencia pronunciada en el juicio seguido contra el ciudadano colombiano José María Hernández, acusado del delito de espionaje.”

Instalado el Consejo deberá nombrarse el fiscal y el defensor, antes que expida el dictamen pedido, dice el Auditor. El acusado nombró como su abogado defensor al señor Catalino Salazar, “quién actualmente está autorizado por el Tribunal Correccional de Loreto para defender juicios, e igualmente lo ha hecho ante Consejo de Guerra en esta guarnición.” El Consejo resolvió: “inacéptese la designación de defensa” por tener que ser el defensor militar letrado, por lo que designó “al Teniente de Infantería Andrés Gómez de la Torre, quien comparecerá a prestar el juramento de ley”. Los nombres y apellidos de los integrantes del Consejo de Revisión, no aparecen en el expediente; no obstante, puede identificarse al que lo presidió: coronel Ernesto Montagne Markholz, “jefe del Estado Mayor del Ejército de Operaciones del Nor- Oriente”. El 12 de abril, el teniente Gómez de la Torre presentó su alegato de defensa y el sargento mayor Benjamín Chiurliza, fiscal nombrado para el caso, el 14 de abril, pasa “a calificar los hechos objeto del procedimiento, determinando la responsabilidad que le compete al reo José María Hernández, de nacionalidad colombiana.” El fiscal pide desaprobar la sentencia expedida por el Consejo de Guerra en Campaña y solicita para el reo la pena de muerte “autorizada en el artículo ciento sesenta y nueve del Código de justicia Militar” FMP 327


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

El auditor opina que la revisión de la sentencia es “procedente por no existir la conformidad que requiere el art. 645 del C, de J. M.” y debe ser desaprobado, conforme a lo dispuesto por el inciso 2 del artículo 94 del C. de J. M. En opinión del auditor, Hernández cometió el delito de espionaje en estado de guerra, comprendido en los incisos 1 y 2 del artículo 230 del código de justicia militar. El Consejo de Revisión emitió su sentencia el 16 de abril de 1933 y en lo esencial reitera “que los hechos que se juzgan se hallan probados plenamente por la misma aprehensión del acusado José María Hernández en el territorio ocupado por fuerzas de nuestras avanzadas, en las circunstancias que se describen en el parte de fojas dos, elevado por el subteniente Antonio Cavero, jefe de la guarnición del Cotuhé, por las declaraciones de los testigos Manuel Santiago Llamayate, de fojas siete, Ernesto Omer de fojas ocho y Francisco Vargas Nariño de fojas ocho vuelta; por la misma instructiva del acusado de fojas cuatro, en la que si bien admite su presencia en el territorio ocupado por nuestras tropas , sin haber llegado a comprobar ninguna de las alegaciones que hizo para exculpar su conducta, siendo por el contrario revelador del espionaje que practicaba, el hecho de haber llegado a aquella región precediendo a la nave colombiana que hizo el ataque a la guarnición del río Cotuhé”. De acuerdo con la sentencia, la pena que correspondía aplicarse al caso era la prevista en inciso primero del artículo doscientos treinta del Código de

328 FMP

Justicia Mlitar, “así como en el número diecisiete del mismo código”, en razón de haberse declarado en campaña a las fuerzas que actuaban en el “Teatro de Operaciones del Nor-Oriente”, habiendo hecho el Consejo de Guerra en Campaña que se reunió en Leticia una mala calificación de la pena, al aplicar al caso el inciso tercero del artículo doscientos treinta, como si los hechos hubiesen ocurrido en tiempo de paz. El consejo de revisión desaprobó la sentencia del consejo de guerra en el extremo de la pena, imponiendo a Hernández la pena de muerte “la que se ejecutará en esta ciudad por el Juez Militar Permanente de la Zona Militar de la quinta región Teniente Coronel don Adrián Zela …, actuando como secretario el permanente de dicho juzgado Teniente don Arturo W. Cornejo, a quienes se nombra conforme a lo dispuesto en el artículo seiscientos dos del Código de Justicia Militar; transcríbase a la Comandancia en Jefe; dese cuenta al Ministerio de Guerra y tómese razón.” La sentencia fue notificada a Hernández el 16 de abril de 1933, en la cárcel pública de Iquitos, leyéndosele la misma enteramente. En ese mismo acto se le comunicó que se le ponía en capilla, “notificándolo para que haga su testamento si lo deseare y poderle facilitar los auxilios religiosos, si también así lo deseara, tal como lo instruye el artículo seiscientos siete del citado código; manifestando el reo que, si desea hacer su testamento ante


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Notario Público, e igualmente desea los auxilios religiosos de un sacerdote.” El juez de la causa dirigió un oficio al general comandante en jefe, “para los efectos del cumplimiento de los artículos seiscientos siete primera parte, y seiscientos ocho del Código de Justicia Militar.” El ayudante general del comandante en jefe, trascribió el decreto correspondiente, cuyo texto es; “Visto el oficio que antecede y para los efectos del artículo 607, inciso 1° y artículo 608 del Código de Justicia Militar; señalase como sitio para la ejecución de la sentencia, las inmediaciones del cementerio de esta ciudad, debiendo tener lugar dicha ejecución, a las cinco horas del día lunes diecisiete del presente.- Designase para proporcionar el piquete que debe custodiar y ejecutar al reo, a la Compañía de Seguridad de esta ciudad, con cuyo objeto se le dirigirá el oficio respectivo.- Comuníquese al Juez de la causa y archívese.- El General Comandante en Jefe.- (firmado) F. Sarmiento.” El mismo 16 de abril, el juez transcribió la orden para que el alcaide de la cárcel pública tenga al reo listo a las cuatro horas del día 17 “para ejecutarlo”

y proceder de acuerdo con el Capitán Comisario para que proporcione al Notario Público y al sacerdote, a fin de dar debido cumplimiento a lo solicitado por el reo.” El día 17 de abril de 1933, a la hora programada, se fusiló al reo, “no sin antes haber recibido éste los auxilios religiosos y extendido su testamento ante el Notario Benjamín Pérez Rangel… Reconocido por el Capitán de Sanidad de la división doctor Francisco Villagarcía, perito nombrado por el juez que suscribe, declaró que estaba muerto”; así consta del acta pertinente. El mismo día 17, el juez remitió el expediente al presidente del consejo de revisión, coronel Ernesto Montagne Markholz190, quien, al día siguiente, remitió el mismo al comandante en jefe, en 49 fojas, sin antes haber dispuesto, incidentalmente, que el juez debía citar al notario público Dr. Benjamín Pérez Rangel y al padre agustino Lucas Espinoza y enterarles que mientras se mantenga el estado de guerra con la República de Colombia, “no debe salir del Territorio Nacional el testamento otorgado… ni aun copia de él.” Igualmente, el padre

190 Ernesto Montagne Markholz nació en Lima en 1885. Fue hijo del francés Adhemar Montagne Crepin y de la inglesa María Eugenia Markholz Walsh. Egresó de la Escuela Militar de Chorrillos en 1905, como espada de honor de su promoción. Fue ministro de Relaciones Exteriores en la Junta de Gobierno presidida por el teniente coronel Luis Sánchez Cerro (1930-1931). En el segundo gobierno de Óscar R. Benavides fue ministro de Justicia, Instrucción, Culto y Beneficencia (1934-1935), ministro de Educación Pública (1935-1939) y presidente del Consejo de Ministros (1936-1939). Fue también senador de la República (1939-1948) y presidente del Senado (1939-1940). En 1950 fue candidato a la presidencia enfrentando al general Manuel A. Odría, pero fue apresado y desterrado. Fue padre del general de división Ernesto Montagne Sánchez que fue primer ministro del gobierno del general Juan Velasco Alvarado. Falleció en 1954.

FMP 329


Carátula del expediente que se siguiera al espía colombiano José María Hernández

330 FMP


GENERAL DE BRIGADA ERNESTO MONTAGNE MARKHOLZ Retrato ubicado en la galería de presidentes del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú Con el grado de coronel, en Iquitos, presidió el Consejo de Revisión que condenó a muerte al espía colombiano José María Hernández.

FMP 331


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Espinoza, “por ningún motivo, debe dar cumplimiento a lo que le solicitara el reo, tanto en el acto de la Confesión, como particularmente.” El juez cumplió el mandato, levantando el acta respectiva y comunicando al coronel Montagne, que en la cláusula sexta del testamento expresó “haber servido en la frontera Perú-Colombia, como Policía Nacional, y encarga a los jefes, General Vásquez Cobos y Coronel Luis Acevedo, velen por su esposa e hijos, con lo que queda comprobado su condición de espía.” El expediente fue remitido al Consejo de Oficiales Generales para su archivo, el 21 de julio de 1933.

IV.4. La jurisdicción de guerra en la Constitución de 1933 La promulgación de la Constitución Política de 1933 tuvo como prolegómeno la dación de reiteradas normas previas, tanto para la organización de la Asamblea Constituyente como para la elección presidencial. Llegado al poder Luís Miguel Sánchez Cerro, tras un golpe de Estado, mediante Decreto - Ley N° 6953, de 8 de noviembre de ese mismo año, dispuso la convocatoria de una Asamblea Constituyente para el 2 de mayo de 1931, aprobándose por Decreto – Ley N° 695, de 19 de noviembre de 1930, el “Reglamento Electoral para la Asamblea Constituyente”.

332 FMP

Esas normas y otras que se dieron con los indicados propósitos, fueron declaradas sin vigor por el Decreto – Ley N° 7036, convocándose nuevamente a una Constituyente para: “a) Organizar provisionalmente el Poder Ejecutivo; b) Dictar una nueva Constitución del Estado; c) Dictar las leyes de elecciones generales y municipales; y d) Fijar la fecha de convocatoria para elecciones de presidente de la República.” Durante el gobierno de la Junta Nacional presidida por David Samanez Ocampo y Sobrino, se promulgó un Estatuto Electoral, mediante Decreto –Ley N° 7177, de 26 de mayo de 1931; y el 11 de octubre de ese mismo año, se realizaron las elecciones para presidente de la República y para los integrantes de la Asamblea Constituyente. El 8 de diciembre de 1931 prestó juramento como presidente de la República Luís Miguel Sánchez Cerro y se instaló la Asamblea Constituyente. La Constitución de 1933, promulgada por Sánchez Cerro el 9 de abril de 1933, fue fruto de la labor de esa Asamblea Constituyente. En cuanto a la competencia de la jurisdicción militar, la Constitución de 1933 precisaba: “Artículo 229.- La ley determinará la organización y las atribuciones de los tribunales militares y de los demás tribunales y juzgados especiales que se establezcan por la naturaleza de las cosas.” Esta Constitución, no precisaba en su texto, la competencia específica de la jurisdicción de guerra, como lo hacía la


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Constitución de 1920: “Artículo 156º.- La justicia militar no podrá por ningún motivo, extender su jurisdicción sobre personas que no estén en servicio en el Ejército, a no ser en caso de guerra nacional.” Este artículo fue modificado después y se incluyó en el a la policía. Como se recordará, al promulgarse el Código de Justicia Militar de 1898, se dejó en suspenso la aplicación de la pena de muerte en la jurisdicción militar, hasta que el Congreso precisara sus alcances, lo que no ocurrió finalmente, sustituyéndose esa pena por la de penitenciaría. Ello implicó de hecho que en la jurisdicción militar no se pudiese imponer la pena de muerte por delitos tan graves como la de traición a la Patria y en la jurisdicción común hasta por un homicidio con circunstancias calificativas. En la Constitución de 1920 se estableció: “Artículo 21º.- La ley protege el honor y la vida contra toda injusta agresión y no puede imponer la pena de muerte sino por el crimen de homicidio calificado y por el de traición a la Patria, en los casos que determine la ley”; había pues un límite establecido. En la Constitución de 1933 la imposición de la pena de muerte fue ampliada: “Artículo 54.- La pena de muerte se impondrá por delitos

de traición a la patria y homicidio calificado, y por todos aquellos que señale la ley.” Estos cambios constitucionales, tendrán correlato en la competencia de la jurisdicción de guerra y en los alcances de la pena de muerte en el Código de Justicia Militar de 1939.

IV.5. Sesiones del Consejo de Oficiales Generales en 1934 y 1935 Los libros 18, 19 y 20 de las actas de las sesiones ordinarias del Consejo de Oficiales Generales no han sido hallados, de forma que no se ha encontrado información sobre los difíciles años de 1931 a 1933. El libro N° 21 empieza con la sesión del Consejo de Oficiales Generales del 15 de diciembre de 1933. Integraban el Consejo en esta sesión, el general de brigada Manuel M. Ponce, presidente, el general de brigada Julio F. Mindreau, los coroneles Enrique L. Torres, Edgardo Arenas, Julio C. Bernales y Oscar H. Ordóñez; los capitanes de navío Juan M. Garavito, Julio Carvajal,191 Julio Goicochea, el

191 Fue hijo del vicealmirante Manuel Melitón Carvajal Ambulódegui.

FMP 333


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

doctor Juan Gallagher y Canaval como fiscal y Manuel Echecopar García como relator.192 En la sesión del 20 de diciembre, “se acordó solicitar proformas a la imprenta Gil, por trece ejemplares de la colección de leyes de García Calderón; trece ejemplares de la novísima Constitución del Estado y trece ejemplares de cada uno de los libros editados por el archivero del Tribunal a fin de que se remitan dos ejemplares a cada Zona, para el señor Jefe de Zona y Juez Instructor.” En 1933, sesión del 22 de diciembre, aparece como auditor general el Dr. Reynaldo Pastor.

IV.5.1. Sesiones del Consejo de Oficiales Generales en 1934 El 12 de enero de 1934, se dio cuenta de la solicitud del amanuense Raúl Fernández García, “pidiendo al Tribunal se sirva autorizar el gasto que demande la impresión del Código de Justicia Militar que ha anotado y concordado. El Tribunal accedió a lo solicitado aprobando la proforma de la

Imprenta del Gabinete Ministerial, por la suma de setecientos cincuenta y seis soles, en razón de ser la más económica, debiendo tomarse la cantidad de doscientos sesenta soles del fondo existente en el Consejo, y la diferencia con cargo a los fondos de justicia militar, con arreglo a lo dispuesto en el Decreto Supremo de cuatro de setiembre de mil novecientos veintinueve, debiendo entregar el autor sesenta ejemplares al Tribunal.” En la sesión del 14 de enero “Se procedió a verificar la elección de suplentes de los funcionarios del Consejo en la siguiente forma: Del señor fiscal doctores don Porfirio Martínez la Rosa, don Germán Gutiérrez y don Federico Eráusquin. Del señor auditor general doctores don Germán Amat y León, don Samuel del Mar y don José León Barandiarán193. Del relator secretario doctores don Fernando Quevedo, don Enrique Gallegos y don Benjamín Puente… A continuación, se procedió a la elección de suplentes para las Zonas Militares y Naval en la forma siguiente: Del auditor de guerra de la Primera Zona doctores: don Alejandro Seminario, don Arturo Rendón y don Amador Mondoñedo. Del Relator Secretario doctores: don Nicéforo Barrios Medina, don Juan Francisco Landaeta y don Miguel García

192 Manuel Federico Germán Echecopar García, fue hijo de Germán Echecopar García (1861-1908) y de María Teresa Mercedes Aurelia Crispina García y Lastres (1867-1937), hija del héroe naval capitán de navío Aurelio García y García. Casado en 1934 con María Benavides Lazarte, tuvo 2 hijas, 4 hijos y 9 hermanos, uno de ellos, Luís, fue el fundador del Estudio Jurídico Echecopar.

<http://gw.geneanet.org/fracarbo?lang=es&p=manuel&n=echecopar+garcia>

193 Recordado maestro sanmarquino.

334 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Llaque. Del auditor de guerra de la Segunda Zona doctores: don Germán Grimaldos, don Enrique de la Puente y Ganoza y don Javier Arias Schereiber. Del Relator Secretario doctores: don Andrés Durán y Dulanto, don Ricardo Elías y don Jorge Valverde. Del auditor de la Tercera Zona doctores: don Manuel de Piérola, don Enrique Bustamante Corzo y don Santiago Vargas Ballón. Del relator secretario doctores: don César Casalone, don Javier Taboada y don José Cuadros. Del auditor de guerra de la Cuarta Zona doctores: don Santiago Meza, don Leoncio Miranda y don Flavio Lazo. Del relator secretario doctores don Máximo Guillén, don Alberto Flores Saldívar y don Asunción de la Vega. Del auditor de la Quinta Zona doctores don Wenceslao Pinillos Rossell, don Neptalí García y don Luís Ramírez del Villar. Del relator secretario doctores don Pedro del Águila, don Alberto Cáceres y don Ricardo Bahamonde. Del auditor de guerra de la Zona Naval, doctores don Manuel Cisneros Sánchez194, don César Revoredo y don José Vargas. Del relator secretario doctores don Miguel Martínez Torreblanca, don Alfredo Elmore y don Emilio Bohórquez.” El 22 de enero se dio cuenta de la resolución suprema que nombra auditor de guerra de la Quinta Zona Militar al doctor don Sebastián Souza Peixoto. En la misma sesión se dio cuenta de “la solicitud de los Oficiales condenados a la pena

de penitenciaría y otras, en la que se quejan por haberse ordenado se les ponga el uniforme de los penitenciados. Se pidió vista al señor Auditor.” En el mismo sentido, de “la solicitud de los miembros de familia de los condenados a penitenciaría…” En la sesión del 29 de enero se informó de un recurso “de los Oficiales condenados, por la rebelión de Cajamarca, (condenados por una corte marcial) presos en el panóptico, quejándose de que se les obliga a ponerse el uniforme de los penitenciados comunes…” En la sesión del 19 de febrero, de conformidad con los dictámenes de los señores Fiscal y Auditor General, el Consejo declaró “sin lugar dicha solicitud”. El 19 de febrero se supo de un oficio del jefe de la Segunda Zona, “elevando el oficio del jefe de la prisión de Ancón, por el que le comunica que en dicho establecimiento se va a establecer (sic) la colonia infantil de vacaciones, con cuyo objeto se llevan a cabo diversos trabajos”. El referido Jefe de Zona pide “se resuelva lo conveniente, a fin de habilitar un local para prisión militar, por haber quedado suprimida la de Ancón.” El 26 de febrero se dio cuenta de un oficio del ministro de Guerra, transcribiendo la resolución suprema que dispone “que el coronel don Enrique L. Torres continúe desempeñando las funciones de

194 Se asimiló a la Marina de Guerra y llegó al grado de contralmirante.

FMP 335


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

vocal del Consejo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.” En la sesión del 23 de abril el Consejo acordó oficiar al ministro de Guerra “solicitando la expedición de un decreto que ordene que los funcionarios que prestan sus servicios en la justicia militar, permanezcan por el tiempo mínimo de dos años en sus puestos.” El 7 de mayo se informó de la “solicitud del señor vocal Capitán de Navío don Juan M. Garavito, dirigido al Presidente de la República por acuerdo del Consejo, para que se le permita continuar en el cargo de vocal, a mérito de lo dispuesto en la Resolución Suprema de diecinueve de febrero del presente año.” En la sesión del 30 de mayo de 1934 conformaban el Consejo el general de brigada Manuel M. Ponce, como presidente y como vocales el general de brigada Julio F. Mindreau195, coroneles Enrique L. Torres, Edgardo Arenas; capitanes de navío Juan M. Garavito, Julio Carvajal; coronel Julio

C. Bernales, capitán de navío Julio V. Goicochea, coronel Oscar H. Ordóñez196 y el doctor Juan Gallagher y Canaval como fiscal general. El auditor general era el Dr. Reynaldo Pastor. El 4 de junio se dio cuenta de un oficio del ministro de Marina “comunicando el enjuiciamiento del Capitán don José de San Martín, y los que resulten responsables de la pérdida de dos aviones”, por accidentes en la Base Aérea “Las Palmas”. El relator Echecopar firmó hasta la sesión del 22 de junio de 1934. A partir de la sesión del 25 de junio de 1934 firma Benjamín Puente. En la sesión del 4 de julio se da cuenta que el relator Echecopar está ausente de su puesto por siete días, “sin que se conozca su paradero, lo que significa el abandono del cargo” y se acordó consultar al respecto. El 9 de julio se informó de la carta remitida por el “doctor Luís Echecopar García, manifestando que, por encargo de su hermano, el doctor Manuel Echecopar García, presenta renuncia del cargo que desempeña como Relator Secretario del Consejo.”

195 El general Mindreau nació en Lima el 9 de enero de 1877. Ingresó a la Escuela Militar en 1892, ascendiendo a subteniente en 1895. A la llegada de la Misión Francesa fue oficial alumno, integrante de la sección de infantería e instructor de la “División Superior” de la Escuela Militar. Ascendió a teniente en 1899, a capitán en 1903 y a mayor en 1908, en la Escuela Superior de Guerra. Fue jefe del Batallón N° 7 entre 1909 y 1912, ascendiendo a teniente coronel en 1911. Sirvió en el Estado Mayor General del Ejército como jefe de la primera sección (personal) entre 1913 y 1918 y fue comandante del Regimiento de Infantería N° 13 en 1919 e Inspector de Infantería ese mismo año. Ascendió a coronel en 1920 y fue nombrado comandante general de la II División de Lima, desempeñando después otros cargos. Con el grado de general de brigada fue vocal del Consejo de Oficiales Generales. 196 El coronel de artillería Oscar H. Ordoñez Eráusquin, nació el 23 de junio de 1878. Pasó a la situación militar de retiro el 23 de junio de 1938, por límite de edad. (Información obtenida del Escalafón General del Personal de Oficiales del Ejército, Situación de Retiro, Ley N° 12326, año de 1961, publicación del Ministerio de Guerra, Ayudantía General del Ejército, N° 77).

336 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

En la misma sesión del 9 de julio se informó de una comunicación del presidente de la “Sociedad Vencedores de San Pablo y Veteranos del Perú”, invitando a los miembros del Consejo a “la actuación solemne que tendrá lugar el día trece del presente, en conmemoración de la Batalla de San Pablo” 197

exposición que presenta (sobre la Campaña del Nor-Oriente) sea agregada a sus antecedentes. El Consejo acordó se consigne en el acta de la sesión el contenido de dicha exposición…”, que va de fojas 201 a 215 del “Libro Copiador de Actas de Sesiones Ordinarias” del 15 de diciembre de 1933 al 15 de octubre de 1934.

El 11 de julio se tomó conocimiento de un oficio de ministro de Guerra, transcribiendo la resolución suprema, “que nombra un Consejo de Investigación sobre la campaña del nor- oriente”. El coronel Ordóñez propuso se abra instrucción por los delitos que “pudieron haberse realizado con motivo de la campaña del Nor – Oriente, devuelta con dictamen por el señor Fiscal y Auditor General”

La exposición del coronel Ordóñez es larga e incide en el pedido de abrir proceso contra los responsables de haber permitido que el enemigo tomara los puestos importantes de Tarapacá y Güepí, cuando había medios y personas para su adecuada defensa, asuntos que se hacían eco en la prensa en mengua de la imagen del Ejército. Sobre el proceso al coronel Ramos, dice que solo estaba suspendido y no “fenecido” como refería el fiscal. Habla del Consejo de Revisión en Campaña, establecido conforme al decreto de doce de mayo de mil novecientos treinta y tres, que establecía dicha justicia especial en el teatro de operaciones conforme al artículo seiscientos cincuenta y tres del código de justicia militar…, que, cesado por decreto de diez de julio de ese mismo

En la sesión del 16 de julio se informó de la resolución suprema por la que se nombraba “secretario del Consejo de Investigaciones al coronel don Fausto Figueroa San Miguel, en lugar del coronel don Juan F. Bueno, que ha renunciado.” En esa misma sesión, el coronel Ordoñez “pidió que la

197 La batalla de San Pablo ocurrió el 13 de julio de 1882, en el contexto de la guerra del Pacífico. Mediante resolución suprema N° 76-A de 20 de abril de 1937, se designó una comisión para formular un reglamento y recomendar el nombre que debiera llevar la nueva institución patriótica que nazca de la fusión de los “Fundadores de la Independencia y Vencedores el 2 de Mayo de 1866”, “Vencedores de Tarapacá”, “Vencedores en San Pablo y Veteranos del Perú” y “Sobrevivientes de Arica”. Mediante Decreto Supremo N° 387-A, de 2 de diciembre de 1937, se unificaron todas esas instituciones en la “Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo de 1866 y Defensores Calificados de la Patria.” (150 Años de Historia de la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo de 1866 y Defensores Calificados de la Patria, Lima, 2010, pág. 78).

FMP 337


RETRATO DEL GENERAL DE BRIGADA JOSÉ MARÍA PONCE BROUSSET EN 1921, cuando ostentaba el grado de coronel y era “Director del Tiro Nacional de Guerra”, tomado de la edición especial por el centenario de la independencia del Perú de la revista “Memorial del Ejército”.

338 FMP


RETRATO DEL GENERAL DE BRIGADA JULIO F. MINDREAU EN 1921, cuando ostentaba el grado de coronel y era “Comandante General de la II División del Ejército”, tomado de la edición especial por el centenario de la independencia del Perú de la revista “Memorial del Ejército”.

FMP 339


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

año, conforme al artículo 654 pasaron los autos a la justicia militar ordinaria.198 En la sesión del 20 de julio de 1934 se vio la causa seguida al “Capitán don Guillermo Cervantes y otros, por el delito de rebelión”. Aprobaron el auto de sobreseimiento definitivo los generales de brigada Ponce y Mindreau y los vocales Torres, Arenas, Garavito, Carvajal y Bernales. El 25 de julio el fiscal general “pidió que el Consejo se asociara a las manifestaciones en homenaje al héroe de Angamos Contralmirante don Miguel Grau, con motivo del centenario de su nacimiento199. El Consejo acordó que el mayor ayudante del Tribunal, saludara al señor Enrique Grau, descendiente más próximo del héroe que se encuentra en la capital, y se enviara un aparato floral al monumento del héroe en el Callao.” En la sesión del primero de agosto se dio cuenta de la resolución suprema por la que se acepta la renuncia del doctor Manuel Echecopar García, relator secretario del Tribunal. Se acordó formular la terna correspondiente para el nombramiento de su

relevo. En la sesión del 13 de agosto se procedió a votar la terna para relator secretario. En la primera votación, solo el Doctor Benjamín Puente obtuvo mayoría (diez votos). Samuel del Mar obtuvo cinco votos, Alfredo Elmore dos, Alfredo Gonzales Olaechea dos, Velarde uno, Miguel Martínez tres, Agustín Espinoza uno, Eduardo Bustamante dos, Alfredo Hohagen tres, Héctor Barreto uno. En reiteradas votaciones se designaron finalmente a los tres integrantes. “En consecuencia, la terna quedó formada con los siguientes doctores: Benjamín Puente, Eduardo Bustamante Miller y Miguel Martínez Torreblanca”. En la sesión del 17 de agosto “se vio la solicitud del Teniente Coronel Julio Arboleda Viñas, pidiendo se abran diligencias previas o juicio, para esclarecer su conducta. De conformidad con el dictamen del señor Auditor General, declararon sin lugar dicha solicitud.” En esta misma sesión el general presidente informó que había recibido dos oficios del ministro de Guerra: “uno sobre el juicio seguido contra el sargento Alfonso Pinedo y Otros, por rebelión, y otro acerca del seguido por el delito de

198 Su hijo, Oscar Ordóñez de la Haza, ingeniero de profesión, encabezó la toma de Leticia. Este mismo, con el grado de alférez de reserva, presentó un informe al jefe del Agrupamiento de Leticia, insinuando que los oficiales que se hallaban en el puesto de Tarapacá habían demostrado cobardía. Se procesó, como ya lo dijimos, al teniente Díaz, subteniente Cavero y al alférez Linares. El mismo coronel Ordóñez tenía relación con un hacendado de Leticia, que pretendía que los colombianos pagaran el valor de la propiedad, siendo Ordóñez su representante. Tenía interés, no solo patriótico, en esos hechos. 199 Nació el 27 de julio de 1834.

340 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

intento contra la vida del señor Presidente de la República…” Manifestó que había dado respuesta a los dos oficios. El primero, remitiendo los informes correspondientes y sobre el segundo indicando que “ante el Fuero Militar no se seguía ningún juicio sobre el intento contra la vida del jefe del Estado…” El 24 de agosto “se dio cuenta de un telegrama del jefe de la Primera Zona pidiendo que el Consejo se sirva gestionar ante el Ministerio de Fomento que sea entregada a dicha Zona la casa que han desocupado las madres dominicas. Se acordó se oficie al señor Ministro de Fomento apoyando el pedido, y se telegrafíe al jefe de la Primera Zona, para que remita datos y antecedentes sobre el particular.” El 27 de agosto, a petición del fiscal general, se reconsideró que el trámite se haga a través del ministro de Guerra.200 En la sesión del día siete de setiembre se dio cuenta de la remisión de un informe sobre el local dejado por las madres dominicas. Se dio cuenta también

de un oficio del ministro de Justicia, “invitando al Tribunal a las honras fúnebres que se ofrecerán en la Basílica de Nuestra Señora de las Mercedes, con motivo del fallecimiento del señor doctor don Solón Polo, ministro de Relaciones Exteriores, y a la traslación del cadáver el día seis del presente.” 199 En la misma sesión del 7 de setiembre, se informó de un oficio del ministro de Guerra pidiendo “los expedientes sobre las acciones de guerra de Tarapacá y Güepí y contra el Capitán don Manuel Baldárrago, para remitirlos al Consejo de Investigación…” No estando permitido por la ley “remitir expedientes en tramitación”, se respondió al ministro que no era posible acceder a su pedido. El 12 de setiembre se hace referencia que el jefe de la quinta zona comunicó “el enjuiciamiento del juez de primera instancia de Chachapoyas, doctor Max León, por los delitos de Motín y Falsa Alarma.” El mismo jefe de zona elevó el “expediente seguido contra el capitán don José Tenorio y otros, por abandono de la guarnición de Güepí, que le ha

200 Se refieren al local que hoy mismo ocupa la Comandancia General de la 7a Brigada en la Plaza Independencia de Lambayeque, hacia la avenida Huamachuco, en cuyos altos funcionó por largo tiempo la Primera Zona Judicial del Ejército y posteriormente, parte del Tribunal Superior Militar Policial del Norte. Estas instalaciones que se asemejan a un alcázar medieval, fueron construidas durante el gobierno de Augusto B. Leguía, lambayecano ilustre, como centro de operaciones del proyecto de irrigación Olmos, que tras el golpe de Estado de Sánchez Cerro quedó paralizado, pasando el local a ser ocupado, por pocos años, por monjas dominicas, que hoy regentan la Institución Educativa Privada “Nuestra Señora del Carmen”, que está ubicada en la misma plaza. 201 El doctor Solón Polo Vega fue auditor general del Consejo de Oficiales Generales, del 21 de agosto de 1912 al 20 de setiembre de 1913. Una breve biografía de él y su retrato podemos ver en el tomo II de esta obra; fojas 256 y 257.

FMP 341


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

sido solicitado por el jefe del Gabinete Militar para remitirlo al Consejo de Investigaciones.” Se acordó oficiar al ministro de Guerra manifestándole que el expediente se encontraba en el Tribunal. En la sesión del 26 de setiembre se autorizó su remisión, por ser expediente “fenecido”. En setiembre de 1934 era juez militar permanente de la quinta zona el teniente coronel Antonio Dianderas. En la sesión del 17 de setiembre, el jefe de la primera zona eleva en consulta el auto “que manda acumular la causa seguida al Capitán Daniel Villafuerte al expediente seguido por la Corte Marcial de Cajamarca…” El 8 de octubre se informó “que el Mayor Ayudante del Consejo había cumplido debidamente la comisión que se le encomendó para saludar a los sobrevivientes del Combate de Angamos señores Vice Almirante Don M. Melitón Carvajal, Contralmirante Don Federico Sotomayor y Vigil y el Señor Don Manuel Elías Bonnemaison…” 202 El 26 de octubre, el jefe de la zona naval comunicó “haber ordenado abrir instrucción para el esclarecimiento de la actuación de los funcionarios nacionales que han intervenido en los contratos sobre adquisición de material de aviación.” En la misma sesión, el fiscal recordó que hace algún tiempo el

202 Se inicia el libro copiador de actas de sesiones ordinarias N° 22.

342 FMP

coronel Ordoñez había pedido “que se investigue la actuación de los jefes y oficiales en la campaña del Nor – Oriente sobre la que el Tribunal no ha expedido resolución, por lo que en vista del tiempo transcurrido considera conveniente se resuelva este asunto en algún sentido. El Tribunal accediendo a la petición acordó pedir razón a la secretaría.” El 31 de octubre se dio cuenta de una petición del Congreso Constituyente “para que sea severamente reprimido el atentado de que da cuenta, cometido por el doctor Carlos Rojas”. Se acordó “informar que el doctor Rojas fue Capitán asimilado y que habiendo cesado en el servicio del Ejército con fecha veintitrés de enero de mil novecientos treintaitrés y no siendo persona que depende del Ministerio de Guerra, no puede tomar medida alguna respecto del mencionado doctor Rojas…” En la sesión del 3 de noviembre se da cuenta de una petición del “Fiscal de la Corte Suprema en lo administrativo pidiendo se le informe sobre la situación legal del enjuiciado ante el fuero militar doctor Agustín Max León Juez de Chachapoyas por el delito de sedición”. En la sesión del 7 de noviembre se dio cuenta del estado de la causa, por el informe del jefe de la quinta zona. Se acordó comunicar el estado del juicio al fiscal en lo administrativo.


Carátula de uno de los libros escritos por Raúl Fernández García, oficial auxiliar y archivero, primero del Consejo Supremo de Guerra y Marina y, desde 1906, del Consejo de Oficiales Generales. Laboró en la jurisdicción de guerra por más de 35 años, siendo el primero y el único que tuvo el empeño de comentar, sumillar y concordar el Código de Justicia Militar de 1898 y de anotar su jurisprudencia. El libro cuya carátula mostramos se halla en la biblioteca del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú, bajo el código: 344.7C/F 38.2. Gracias don Raúl por su compromiso con la jurisdicción militar.

FMP 343


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

IV.5.2. Sesiones del Consejo de Oficiales Generales en 1935 El 2 de enero de 1935 se informó de la solicitud de “doña Catalina G. de Villafuerte, madre del sargento Pedro Villafuerte, pidiendo que el Consejo se sirva revisar la sentencia de la Corte Marcial reunida en Iquitos que impuso al expresado la pena de ocho años de penitenciaría…” El 7 de enero la composición del Consejo era la siguiente: el general de brigada Manuel M. Ponce como presidente; como vocales el general de brigada Julio F. Mindreau, los coroneles Enrique L. Torres, Edgardo Arenas, Julio C. Bernales, Oscar H. Ordoñez; capitanes de navío Juan M. Garavito, Julio Carvajal, Julio Goicochea y el fiscal general doctor Juan Gallagher y Canaval. En la sesión del 14 de enero de 1935 se verificó la elección de cargos para el año: “Vocal visitador coronel don Enrique L. Torres; Vocal encargado de la cuenta capitán de navío don Julio V. Goicochea; suplentes del señor fiscal doctores Porfirio Martínez la Rosa, Federico Eráusquin y Germán Gutiérrez. Del auditor general Teobaldo Gonzales López, José León Barandiarán y Samuel del Mar. Del relator secretario del Consejo doctores Fernando Quevedo, Enrique Gallego y Héctor Barreto. Del auditor de guerra de la Primera Zona Militar doctores: Máximo N. Calderón, Amador Mondoñedo y Alejandro Seminario. Del relator secretario

344 FMP

doctores Rodolfo Morante, Francisco Landaeta y Agustín Herrera. Del auditor de la Segunda Zona Militar doctores Germán Grimaldos, Enrique de la Puente Ganoza y Javier Arias Schereiber. Del relator secretario doctores Andrés Dumy Dulanto, Ricardo Elías Aparicio y José Valencia Cárdenas. Del auditor de la Tercera Zona Militar doctores Manuel E. de Piérola, Santiago Vargas Ballón y José Enrique Bustamante y Corzo. Del relator secretario doctores José G. Cuadros, César A. Casanova y Demetrio Velásquez. Del Auditor de la Cuarta Zona Militar Rafael Flores Saldívar, Leoncio Olazábal y César Jesús Gallegos. Del relator secretario: doctores Manuel Martínez, Moisés Alegría y Antonio Guerra. Del auditor de la Quinta Zona doctores Wenceslao Pinillos Rosell, Luís Ramírez del Villar y Neptalí García. Del relator secretario: doctores Victoriano Terrones Quiroz, Alberto Cáceres y Víctor Arévalo. Del auditor de la Zona Naval doctores Manuel Cisneros Sánchez, José Vargas y Carlos Valdez de la Torre. Del relator secretario Alfredo Elmore, Emilio Bohórquez y Eloy Burga Cisneros.” El 21 de febrero el fiscal general manifestó “que por los diarios se había enterado de que el Consejo Provincial con motivo del centenario (cuarto centenario) de la fundación de Lima, había acordado un premio al oficial archivero del Consejo don Raúl Fernández García, por sus servicios al Tribunal durante treintaicuatro años, por lo que pedía que el Consejo, reconociendo los méritos


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

contraídos por dicho empleado, expresara su satisfacción.” El Consejo, por unanimidad, expresó su complacencia y dispuso “comunicar este acuerdo al interesado…” En la misma sesión, el fiscal general hizo saber que la prensa informaba que el coronel Oscar H. Ordóñez “había sido nombrado Director General de la Guardia Civil…”

En la sesión del 20 de marzo prestaron el juramento de ley los suplentes que el catorce de enero fueron designados como tales (guarnición de Lima). Asistió a la sesión “el Auditor General doctor Reynaldo R. Pastor y el presidente del Consejo, General de Brigada Manuel María Ponce Brousset, dio lectura a la memoria anual”.

En la sesión del 28 de febrero prestó juramento como jefe de la quinta zona judicial el coronel Enrique V. Pérez.203

El 25 de marzo se informó que el ministro de Guerra había aceptado se dote de un piquete de tropa a la segunda zona militar. (El 10 de mayo el ministro comunicó que se había destacado un cabo y 5 soldados). En la misma sesión del 25 de marzo se comunicó de la elevación por el jefe de la segunda zona del oficio del “juez instructor permanente que conoce del juicio por la muerte del General Sánchez Cerro, pidiendo conocer sobre las investigaciones seguidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores para conocer el paradero de la pistola N° 352872.”

El 14 de marzo el fiscal general informó que había tomado conocimiento por los diarios que había “llegado a Pisco un niño de doce años que aparece como soldado del Regimiento de Infantería N° 5 y como la incorporación de dicho menor al ejército es contraria a la ley, pide se tome alguna medida sobre el particular.” Se acordó disponer una investigación previa, “con el voto en contra del señor vocal coronel Arenas por considerar que es un hecho en el que no debe intervenir la justicia porque tiende a estimular el patriotismo.” El 22 de mayo, el jefe de la segunda zona judicial comunica “haber ordenado el archivamiento de las diligencias previas mandadas seguir por el Tribunal, para esclarecer el hecho de la incorporación del menor José Herrera Ruiz al Regimiento de Infantería número cinco.”

El 3 de abril el coronel Arenas manifestó “que, revisando la relación de enjuiciados de las distintas zonas, ha observado que numerosos juicios iniciados contra jefes y oficiales, por delitos graves, desde hace algunos años, se encuentran aún en estado de instrucción, teniendo algunos de ellos cinco o hasta siete años de duración; y como en algunos casos se atribuye la demora al cambio de personal,

203 Enrique V. Pérez Alvarado llegó al grado de general de brigada y fue después presidente del Consejo de Oficiales. Su biografía se verá más adelante.

FMP 345


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

de las zonas, es indispensable se encuentre al día el cuadro respectivo…” Se dispuso se oficie al Ministerio de Relaciones Exteriores sobre el “resultado de la investigación hecha por la legación en Berlín relativa a la pistola cuerpo del delito en el juicio seguido contra el civil Leopoldo Pita y otros, por delito contra el orden constitucional…” El 5 de abril se hizo saber de un oficio del ministro de Guerra, “solicitando copia de la resolución por la que se manda instaurar nuevo proceso al capitán don Leoncio Rodríguez Manfurt, sentenciado por la Corte Marcial de Trujillo…”.204 En la sesión del 12 de abril se hace referencia a la aprobación del auto de corte de secuela de juicio “en la causa seguida por la rebelión de Ancash…” Sobre estos mismos hechos, en la sesión del 3 de junio, “se vio la causa seguida contra el civil Arístides Boza y otros, por la rebelión realizada en Huaraz el año de mil novecientos treinta y dos. Aprobaron el auto por el que se corta la secuela de la causa.” El 17 de mayo se informó de la resolución ministerial “por la que se nombra amanuense de la primera zona al meritorio don Víctor Solís Escurra,

en reemplazo de don Clodomiro Garcés que ha renunciado”. En la sesión del 5 de junio se dio cuenta de dos comunicaciones del ministro de Marina; la primera, “transcribiendo la resolución suprema por la que se resuelve que el señor Capitán de Navío don Juan M. Garavito pase a la situación de retiro por límite de edad” y, la segunda, “por la que el señor Capitán de Navío don Juan M. Garavito continúe desempeñando las funciones de vocal de conformidad con lo dispuesto en la ley número doscientos setenta y tres y en el inciso dos del artículo catorce de la ley orgánica del poder judicial.” El 19 de junio se dio cuenta de una resolución del jefe de la segunda zona, “elevando en apelación el auto que declara sin lugar la apertura de instrucción por el delito de Bigamia, pedida por el Teniente Coronel don Félix Castro, contra el Capitán don Mario Navarro”.205 Ese mismo día, se vio la solicitud “del oficial archivero del Consejo pidiendo que el Consejo le acuerde un subsidio por el trabajo referente al Código de Justicia Militar que ha publicado, se acordó se agreguen los antecedentes respectivos.” En la sesión del 26 de junio se resolvió: “Vista la solicitud del oficial auxiliar y

204 Como ya hemos anotado, Rodríguez Manfurt fue condenado a muerte por la corte marcial de Trujillo en 1932, en ausencia. 205 Anotamos esa extraña petición del teniente coronel Félix Castro, para significar que algunos creen que, en la jurisdicción militar, de esos y de estos tiempos, se puede procesar a un militar por cualquier delito, aún de naturaleza común.

346 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

archivero del Tribunal don Raúl Fernández García, pidiendo se remunere la labor con motivo de la preparación del Código de Justicia Militar anotado y concordado, se acordó oficiar al Ministerio de Guerra, pidiendo se reintegre a los fondos de Justicia Militar las sumas que se sacaron para la reimpresión de dicho Código.” El 12 de julio se informó de “un oficio del presidente de la Sociedad de Vencedores en San Pablo y Veteranos del Perú, invitando al Consejo a la actuación solemne que se celebrará con motivo del cincuenta y tres aniversario de la Batalla de San Pablo”. Ese mismo día, prestaron juramento “los señores suplentes del Fiscal doctores don Víctor Martínez y Teobaldo Gonzáles López.” En la sesión del 17 de julio, el fiscal suplente doctor Teobaldo Gonzáles López, “solicitó que para mejor conocimiento y estudio de los expedientes, se recomendara a los Jefes de Zona dispongan que las diligencias judiciales se extiendan con letra legible y conservando el margen suficiente para que la costura de los expedientes no impida su lectura. Este pedido fue ampliado por el señor vocal coronel Torres, en el sentido que se recomiende a la

vez el cumplimiento del acuerdo que dispone que todos los expedientes lleven un índice de las actuaciones.” El 19 de julio se procedió a la elección de suplentes del auditor general, “resultando elegidos los señores doctores don Enrique La Puente y don Carlos Echecopar Hercé.” 206 En la sesión del 23 de julio prestaron juramento. El 5 de agosto se dio cuenta de un oficio del ministro de Gobierno y Policía, “trascribiendo el decreto supremo por el que se crea la Zona de Policía”. “Se acordó nombrar una comisión para que emita su opinión sobre dicho decreto, compuesta por un vocal del Tribunal y los señores Fiscal y Auditor General. Hecha la votación respectiva resultó elegido el señor vocal coronel Arenas.” En la sesión del 7 de agosto, se informó que el ministro de Guerra había remitido igual documento sobre la creación de la zona de Policía y al haber la comisión nombrada proyectado una respuesta al ministro de Gobierno y Policía, se dio respuesta. En la sesión del 21 de agosto, el ministro de Guerra transcribe un oficio del ministro de Gobierno

206 Carlos Echecopar Hercé (12-XII-1892- 17-X-1967). Fue abogado de profesión, título que obtuvo tras dispensa de la práctica de Derecho que el Congreso le otorgó por Res. Leg. N° 2400, de 30 de enero de 1916. Se desempeñó como encargado de negocios “ad interim” en la Embajada del Perú en Argentina, entre 1946 y 1951. Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Brasil y Miembro del Comité Jurídico Interamericano, entre otros cargos.

FMP 347


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

y Policía, por el cual, mediante decreto supremo se dispone “que la Zona Militar de Policía funcionará transitoriamente con personal correspondiente al Ejército o a la Armada.” El 23 de agosto de 1935, el capitán de navío Julio V. Carvajal no asistió a la sesión, por el fallecimiento de su señor padre, el vicealmirante Manuel Melitón Carvajal Ambulódegui. En la sesión del 30 de agosto, el presidente del Consejo “manifestó el sentimiento de todos los miembros del Tribunal por el sensible fallecimiento del señor Vicealmirante don Melitón Carvajal, padre del señor vocal Capitán de Navío don Julio Carvajal, que significa una pérdida nacional. El señor vocal Capitán de Navío Carvajal agradeció la condolencia de los miembros del Tribunal y las atenciones recibidas por este con motivo de su reciente duelo.” En la sesión del 2 de octubre de 1935, integraron el Consejo de Oficiales Generales, el general de brigada Manuel M. Ponce, como presidente; como vocales actuaron el general de brigada Julio F. Mindreau, los coroneles Enrique L. Torres, Edgardo Arenas y Julio C. Bernales; los capitanes de navío Juan M. Garavito, Julio Carvajal, Julio V. Goicochea y el fiscal general doctor Juan Gallagher y Canaval. Después de esta fecha, no hemos

207 La causa se encuentra en el archivo central del Fuero Militar Policial.

348 FMP

encontrado más libros de actas, lo que es lamentable, dificultando el conocimiento del quehacer del Consejo años después.

IV.6. Causa seguida a Francisco Vargas Miranda y Otros por los ataques a los Cuarteles de la Policía de Cajamarca206 El 6 de enero de 1935, a horas 13.30, dos grupos de personas, “Uno en un automóvil de plaza, número 218, manejado por el chauffer de plaza Toribio Noriega, de filiación aprista; y un camión de número 314, manejado por el chauffer de plaza, también aprista, Ítalo Camacho, y, según convenio de los Directores del Asalto, el auto se detiene en la Plazuela de Belén, bajando del (mismo) 5 personas, las que siguen de pie al Cuartel de la Guardia Civil. Este grupo está compuesto por José Quiroz, Jesús Infante, Rosario Vélez, Napoleón Silva y Gonzalo Zurita; el camión número 314, que ha hecho su recorrido por la calle “Dos de Mayo”, en dirección a “Santa Apolonia”, dobla a la derecha por la calle Junín y se detiene cuasi frente al Cuartel de la Guardia Civil; los principales de este grupo lo componen Ricardo Revilla Castro, aprista, y al mando de todos, Camilo Cabrera, Aniceto


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Paredes, y otros, sumando más o menos 15 a 20 personas, las que habiendo llevado su armamento oculto en el auto y camión, irrumpen juntos y llevan a cabo el asalto al Cuartel.” “El armamento ha sido repartido convenientemente en la casa de Adolfo Silva, aprista, pero que ha estado depositado en la casa de Manuel Silva, en Bellavista, fundo que se encuentra fuera de la población…” El otro grupo destinado a atacar el Cuartel de la Guardia de Seguridad, no lo hizo al mismo tiempo que el grupo que atacó el Cuartel de la Guardia Civil, por lo que no produjo el efecto previsto. “En el Cuartel de la Guardia Civil, los atacantes lograron sorprender a la guardia y penetrar en él; el personal de servicio al darse cuenta, y oída la voz de “A las armas”, dada por el Cabo Ántero Matta, el guardia Eleazar Torres, de servicio de prevención, defiende su puesto en compañía del citado cabo, de los guardias José Tarquino y Miguel Pinto (cuarteleros), Julio Peche y Benedicto Gárate (francos), y Celso Rivera castigado, los únicos que tomaron sus armas para defender su cuartel, y que logran hacer blanco certero, matando a José Quiroz, quien tuvo un pugilato con el guardia Torres; al zapatero aprista y uno de los jefes asaltantes Gonzalo Zurita, quien quedó mal herido, muriendo después, el 7 de enero, en el Hospital de Belén; Ricardo Revilla Castro jefe de todos los asaltantes, quien recibiera una herida mortal en el pulmón

derecho, y que con los estertores de la agonía, cayó fulminado en la esquina, más o menos a 20 pasos de la puerta del Cuartel; Aniceto Paredes, atacante, herido en la pierna izquierda, quien abandonó el Cuartel, refugiándose en la casa de don Joaquín Araujo.” “El Cabo Ántero Matta, que ha recibido una herida en la mano, y que le sangra, es auxiliado por sus compañeros guardias, quienes lo ponen a salvo, y se refugia en una de las casas contiguas, quedando el Cuartel, sin la defensa que se estableció al principio, pues para atender tanto al Cabo como al guardia Torres, herido gravemente, queda la defensa descuidada.” Los disparos producidos durante el ataque al cuartel de la Guardia Civil, alertaron al capitán Maximiliano López Gamarra y alféreces Julián Quevedo Reyna y Erasmo Roselló, que salían de almorzar del “Restaurant Cajamarca” y se encontraban de camino a Moyobamba. Luego de sortear a los atacantes, se constituyeron en el cuartel de la Guardia de Seguridad, donde organizaron la defensa de la instalación, sumándose luego el “Teniente Comisario Antonio Thurner (Jhonson)”, el comandante Campos (teniente coronel Domingo E. Campos, jefe de la Circunscripción Territorial de Cajamarca), el teniente Félix Villanueva Coronel y otros. El ataque al Cuartel de la Guardia de Seguridad se produjo por dos frentes, “pero como no hay concierto y dirección, se produce la lucha, pero el FMP 349


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

ataque fracasa ampliamente, durando sin embargo hasta las 16 ½ más o menos. Hay que aclarar que los defensores del Cuartel de Seguridad fueron también reforzados, a medida que llegaban los del personal franco y por los de la Guardia Civil que por alguna circunstancia se encontraba más cerca de este cuartel.” “En el ataque al Cuartel de la Guardia de Seguridad, resultaron heridos los guardias: Masías Julca y Julio Álvarez; muerto el asaltante Camilo Cabrera, cerca del Cuartel de Seguridad; heridos civiles: La mujer Beatriz Romero, Ildefonsa Therán y su menor hijo de 2 años, que lo llevaba a la espalda, Manuel Calúa, menor de 12 años; indígena Encarnación Chuquimango, que muriera poco después de recogido por la Cruz Roja, en el Hospital de Belén.” Durante estos eventos, “el carpintero Vélez, autor de la muerte del Alférez Roselló, cerca del sitio “Cruz Verde”, fue muerto por los guardias que allí hacían su servicio”. En la fecha que ocurrieron estos hechos, era prefecto del departamento Jacinto Ibarra; sub prefecto José Félix Espino; jefe accidental de la Guardia Civil el capitán Julio A. Hurtado. Actuó como juez instructor el sargento mayor de Infantería Juan P. Ochoa y como secretario Gregorio Huamán Vásquez. Adolfo Asunción Silva Rojas dijo en su declaración instructiva, que el día de los hechos “Llegó Revilla

350 FMP

en un auto de plaza e ingresó a su casa recibiéndolo el declarante y los hizo reunir en el corral de la casa a todos los que estaban jugando tejos, diciéndoles: “compañeros hemos luchado bastante, sin que hayamos podido conseguir nada, ha llegado el momento en que debemos de ver lo mejor”; en seguida tomó la palabra el compañero Quiroz, quien dijo que defendían una causa justa y que debíamos ir hasta el sacrificio por el bien del Pueblo y de las nuevas generaciones.” “Previamente Revilla había hecho traer el armamento de la finca Bellavista de propiedad de Manuel Silva, en un camión de propiedad de Revilla, número trescientos catorce, manejado por el chauffer Ítalo Camacho…, habiéndose distribuido antes de salir la munición; después de lo cual partieron a más de la una de la tarde, Quiroz y cuatro compañeros en el automóvil y Revilla, el declarante y demás en el camión.” “El objetivo del ataque a los cuarteles había sido sugerido porque por primera y segunda vez el Congreso engañaba al pueblo postergando las elecciones, persiguiendo como finalidad para el caso del triunfo de su causa, que el Congreso Constituyente fuera renovado con representantes auténticos de su pueblo y que les dieran toda clase de garantías; que ellos no han atentado contra la forma de gobierno, tan es así que no atacaron a las autoridades políticas, haciendo solamente el movimiento como una señal de protesta para que el señor Presidente de la República viera que (no) estaban conformes con los representantes que


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

tenían; que los representantes del movimiento han sido Ricardo Revilla, José Quiroz, Gonzalo Zurita, Aniceto Paredes, Manuel Silva, Rosario Veliz, el declarante y todos los compañeros obreros que los ayudaban con su opinión para la ejecución del movimiento…” “El armamento, munición, bombas explosivas y demás material han sido adquiridos por un sistema de bonos entre todos los compañeros, dinero que era entregado al Secretario de la Defensa del partido Ricardo Revilla, quien estaba encargado de las adquisiciones; que el armamento ha estado guardado hasta el día del movimiento en la finca de Bellavista de propiedad de don Manuel Silva…” Durante el ataque “hizo uso de un revólver que le dio Revilla, el que un día que estuvo a punto de ser capturado, lo arrojó a un cerco y se ocultó…” Dijo, además, “que todos los compañeros del aprismo peruano estaban listos para cooperar en este movimiento, no solo en el Departamento de Cajamarca sino también en los demás de la República…” El juez Instructor sustituto de Cajamarca, sargento mayor de Infantería Juan P. Ochoa, llamó y emplazó por edicto, publicado en el “Diario Informativo Renovación”, del 9 de abril de 1935, a los inculpados Raúl Vera, Absalón Ortiz, Manuel Villanueva, N. Guerra, N. Barboza, Francisco Vargas (a) Chivillo, chauffer Olazo, Napoleón Tello y Manuel Vergara. Secretario de la causa era Gregorio Huamán Vásquez.

El 14 de mayo de 1935, el juez instructor, “Cumplidas todas las diligencias legales, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 490, del Código de Justicia Militar”, elevó al coronel jefe de la Zona Militar de la Primera Región, “el presente – DICTAMEN– con el voluminoso Expediente, en CINCO Cuadernos, y en fojas 720 útiles.” Decía el juez que “La existencia de los Delitos de Rebelión y Ataque a los Cuarteles y demás hechos delictuosos, se hallan acreditados en debida forma. De lo actuado se desprende, la culpabilidad de los enjuiciados: Unos que actualmente se encuentran en la Cárcel; otros en libertad bajo fianza; y, los demás prófugos, que han sido llamados por Edictos.” Detenidos: Segundo Rodríguez Malca, Toribio Noriega Sánchez, Cruz Portal Urteaga, Manuel Vera Gutiérrez, Justiniano Ordoñez Tambo, Teófilo Vílchez Sánchez, Pedro Silva Trillo, Manuel Pastor Pinedo, Constante Rojas Fernández, Patrocinio Cáceres Villavisencio (Guardia civil dado de baja por plegarse al ataque: “estaba de franco y en unión de dos guardias más, salió armado y municionado a la cabeza de los facciosos”), Guillermo Cacho Rojas, Eudocio Rojas Fernández, Anastasio Rojas Salazar, Osías Peralta Cépeda, Aniceto Paredes Briones (“aprista herido, medicinándose en el Hospital… en condición de preso. Es uno de los cabecillas del movimiento. Está convicto y confeso… de haber tomado participación activa, tanto en los actos preparatorios, como en el ataque al Cuartel de la Guardia Civil… Tiene como

FMP 351


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

antecedente, que en junio de 1933, cumplió un castigo impuesto por la Prefectura”), Javier Vera Cerdán, Clemente Mejía Campos, ex guardia civil, “convicto y confeso de haber abandonado su servicio y huido escalando los muros del cuartel hasta el día siguiente…”, Absalón Ortiz Pacheco, quien fue capturado por el guardia Zavaleta, porque el día de los hechos estuvo armado disparando al cuartel de la Guardia de Seguridad; al ser detenido cambió de nombre por Absalón Pacheco Guevara y Asunción Silva Rojas. En libertad bajo fianza: Pelayo Posadas Ravines y puestos en libertad incondicional: Reynaldo Villanueva Muñoz, Rogelio Alcalde Ducos, Fabio Cacho Pérez, Neptalí Silva Mejía, Absalón Guerra Rodríguez, Sebastián Aguilar Jordán, Marcial Gil Pérez, Eliseo Castañeda Silva, Magna Rosa Bernal, Amílcar Asunción Sanes Ramírez, Víctor Tejada Mestanza, César Pacífico Peralta, Juan Sánchez Sarmiento, Artidoro Fernández Tarríos, Beatriz Concepción Romero Muñoz, “fue herida en la mano izquierda… habiendo sida amputada, después, en el hospital… a donde fue conducida por la Cruz Roja…”, María Ildefonsa Therán Cueva, “fue herida de arma de fuego, en la entrepierna y en los dedos mayor y anular de la mano derecha y conducida por la Cruz Roja, la tarde del mismo día al Hospital de esta ciudad”, Pedro Cueva González, herido en el pie izquierdo fue trasladado al hospital por la Cruz Roja, Manuel César Calúa Tafur, de 12 años, “fue herido de bala en el tórax,

352 FMP

con orificio de entrada en el omóplato izquierdo y conducido después al hospital por la Cruz Roja.”, Segundo Bartolomé Villena Acuña, Pedro Huangal Villanueva, Francisco Vargas Miranda, Francisco Minchán García, Francisco Minchán Jáuregui y Julio Vera Cerdán. Enjuiciados que se encuentran en su cuartel: Oscar E. Chávez Ampuero, investigador del Cuerpo de Seguridad, a quien se le abrió instrucción por no haber cumplido con sus obligaciones y retornado a su cuartel pronto y el sargento 1° Oswaldo González Burga, armero de la Guardia Civil, por no haber cumplido con su deber de constituirse inmediatamente en su cuartel. En su “dictamen”, el juez incluyó la relación de los “Revolucionarios fallecidos el mismo día de los acontecimientos, o después a consecuencia de heridas recibidas: Ricardo Revilla Castro, aprista, principal cabecilla del movimiento revolucionario… fue el jefe de la revolución… habiendo sido herido y muerto junto a la acequia de las calles San Martín y Junín, como consta de la partida de defunción.”; Rosario Vélez, “aprista, cabecilla del movimiento… Falleció el día de los sucesos, en la calle Junín, cerca de la “Cruz Verde”, como consta del certificado de sepultación (Sic) del cadáver, otorgado por el Administrador del Cementerio”; Camilo Cabrera, “aprista, cabecilla del movimiento… falleció el día de los sucesos, habiendo sido encontrado el cadáver en la finca de la señora Magda Bernal,


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

cerca del río San Lucas, como consta del certificado de sepelio del Administrador del Cementerio”; José Quiroz, “aprista, cabecilla del movimiento… fue muerto en el interior del Cuartel de la Guardia Civil, en circunstancias en que efectuaba el ataque al indicado cuartel”; Gonzalo Zurita, “aprista, cabecilla del movimiento… fue herido en el Cuartel de la Guardia Civil, cuando efectuaba el asalto… Falleció al día siguiente, en el hospital de Belén”; Abelino Correa, “acusado como revolucionario… fue muerto en una de las calles de esta ciudad… su cadáver fue identificado en la Morgue por el señor Juez Instructor Pelayo Miranda…”; Luciano Cueva, “acusado como revolucionario, fue muerto el día de los sucesos en una de las calles de esta ciudad…, su cadáver fue identificado por el Juez Instructor Dr. Pelayo Miranda...”; Encarnación Chuquimango, “acusado como revolucionario… fue muerto el día de los sucesos en una de las calles de esta ciudad…, su cadáver fue identificado por el Juez Instructor Dr. Pelayo Miranda...”; Alejandro Correa, “acusado como revolucionario, fue muerto el día de los sucesos en una de las calles de esta ciudad…, su cadáver fue identificado por el Juez Instructor Dr. Pelayo Miranda...”; Julio Mosqueira, “acusado como revolucionario, fue muerto el día de los sucesos en una de las calles de esta ciudad…”, su cadáver fue identificado por el Juez Instructor Dr. Pelayo Miranda...” El juez expresó también que la finalidad inmediata del movimiento habría sido “el robo y el saqueo…

pues el grupo de dirigentes tenía conocimiento de la existencia de más de CIEN MIL SOLES, en la Caja de Depósitos y Consignaciones y de más de DIEZ MIL SOLES, en la Tesorería Fiscal…” Sustentaba esa posibilidad en que uno de los cabecillas del movimiento, José Quiroz, “fue uno de los que asaltaron a los que llevaban el contingente de CINCUENTA MIL SOLES, que la Caja de Depósitos y Consignaciones remitía a Chachapoyas, habiendo tenido lugar el asalto, en un sitio estratégico de las jalcas de “Zendamal” de la comprensión de Celendín. Es presumible, que el asalto al Cuartel de la Guardia Civil por los revoltosos, haya tenido también, como una de las finalidades, liberar a los guardias civiles comprometidos en este asalto y al padre de José Quiroz, los que se encontraban enjuiciados y detenidos en el indicado cuartel”; otra de las finalidades habría sido, “no hay duda… para apoderarse de las armas y municiones que existían en los cuarteles, para fines ulteriores.” El Juez dudaba que “El movimiento que en las primeras horas de la tarde del día 6 de enero… estalló en Cajamarca, fuese un verdadero movimiento de carácter político, más bien sus autores principales –apristas extremistas- quisieron, en forma premeditada, darle ese colorido, para en esa forma cometer toda clase de actos vandálicos, reñidos con la civilización, cuestión secundaria para ellos, pero si habiendo previsto el beneficio particular del pequeño número de sus dirigentes, pues no es posible creer que un grupo relativamente reducido de

FMP 353


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

hombres armados, sin relieve político de ninguna clase, y sin conexión con elementos de los otros Departamentos de la República, hayan pretendido derrocar a un Gobierno legalmente constituido y que lo acompaña toda la Opinión Pública, y con honradez y patriotismo trabaja por el engrandecimiento de nuestra Patria.” 208 El Juez consideró, también, que la “actitud de las Autoridades Políticas” no fue muy satisfactoria; que el teniente coronel Domingo E. Campos, jefe de la Circunscripción Territorial, merecía una palabra de elogio, pues al darse cuenta del movimiento, sin temor alguno, se dirigió al lugar de los hechos, “armado solamente de su gran corazón de soldado y guiado por el estricto cumplimiento de sus deberes, penetra en el Cuartel de la Guardia Civil, en el momento más crítico, exponiendo su vida, y con su sola actitud enérgica, logra dominar a los revoltosos arrojándolos del Cuartel, establecer el orden y terminar cuasi virtualmente el movimiento; Jefe de esta talla prestigia y honra a la Institución Militar, a la que me honro en pertenecer.” El Juez da cuenta, además, “que el Comandante Roberto Duncan, Jefe de la II Comandancia de la Guardia Civil, se encontraba ausente en Yumagual, acompañado del Alférez Paulet y un guardia, a donde había ido a tomar baños desde el día sábado 5, por

encontrarse enfermo, habiendo regresado… a horas 5 y ½ de la tarde del día de los sucesos.” “El Capitán Hurtado, ausente desde la mañana del día 6, en una fiesta de familia, en el fundo “Tartar”, se presentó a horas 4 y 20, después de haber sido llamado por el Prefecto, cuando todo había terminado”; el teniente Comisario Antonio Thurner se encontraba “ en su casa, después de haber festejado su cumpleaños el día anterior; llegó al Cuartel de Seguridad, después que habían tomado medidas de defensa el capitán Max López Gamarra y los alféreces Quevedo y Roselló…” El personal de tropa de la Guardia Civil, “con excepción hecha del cabo Ántero Matta, de los guardias Eleazar Torres, José Tarquino, Julio Peche, Celso Rivera y Benedicto Gárate Gil, que cumplieron con su deber defendiendo valientemente su cuartel, el resto del personal que se encontraba en el Cuartel el día de los sucesos, debido a la sorpresa del ataque y al poco concepto que tenían del honor, que según su Cartilla y reglamentos, es su DIVISA, cuasi todos abandonaron su Cuartel escalando sus muros, para refugiarse en casas particulares, o huir hacia las afueras de la ciudad…” Refería también el juez que los guardias Juan Martínez Cubillas y Ezequiel Echevarría Rojas traicionaron

208 Estaba en el gobierno el general de división Oscar R. Benavides Larrea, completando el período presidencial del asesinado Sánchez Cerro.

354 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

cobardemente a sus compañeros, “haciendo armas en contra de sus hermanos de armas, y traicionando a su Institución y a su Patria.” El jefe de Zona, siguiendo la opinión de su auditor, ordenó se amplíe la instrucción, comprendiendo en ella a las autoridades de policía, a los investigadores que no cumplieron con sus deberes y a los guardias que huyeron del cuartel, además de adjuntar los periódicos publicados en el departamento los días anteriores a los hechos, pues de ellos se desprendería que se conocía con anticipación los ataques a los cuarteles de policía. Los detenidos, en número de 19, fueron trasladados a Lambayeque, el 16 de octubre de 1935, por nueve guardias y el cabo Jaime Quiroz Torres, al mando del teniente Miguel Collantes Rojas. Con el dictamen del auditor doctor R. Paredes, el coronel jefe de Zona, R. Alcalde, con fecha 15 de enero de 1936, sobreseyó la causa respecto de unos y elevó la misma contra los reos presentes: Adolfo Silva Rojas, Segundo Rodríguez Malca, Toribio Noriega Sánchez, Luis Cruz Portal Urteaga, Manuel Vera Gutiérrez, Justiniano Ordoñez Tambo, Teófilo Valqui Sánchez, Pelayo Posada Rabines, Pedro Silva Trillo, Manuel Pastor Pinedo, Constante Rojas Fernández, Guillermo Cacho Rojas, Eudocio Rojas Fernández, Anastasio Rojas Salazar, Osías Peralta Cépeda, Aniceto Paredes Briones, Javier Vera Cerdán, Absalón Almanzor Ortiz Pacheco, Aurelio Sáenz Ramírez, Guillermo Cacho

Rojas, Clemente Mejía Campos, Napoleón Tello Rodríguez y los reos ausentes: Adolfo Asunción Silva Rojas, Investigador Oscar Chávez Ampuero, sargento primero Oswaldo Gonzales Burga, guardia Juan Martínez Cubillas, guardia Ezequiel Echevarría Rojas, civiles Alfredo Elías, Francisco Rodríguez, N. Zafra, Marcolino Pérez, Ítalo Camacho, Francisco Rojas, Alejandro Castañeda, Alberto Zurita, Napoleón Silva, Jesús Infante, Manuel Silva, Manuel Cabrera, Agustín Chilón, Abraham Pajares Rojas, Elías Bardales, Raúl Vera, Manuel Villanueva, N. guerra, N. Barboza, N. Olazo, Manuel Vergara Ortiz, Teófilo Abanto Sánchez y N. Peche. Este Auto fue aprobado por el Consejo de Oficiales Generales el 28 de agosto de 1936 y está firmado por: Mindreau, Torres, Arenas, Garavito, Carvajal, Zubiaga, Bernales, B. Puente- secretario. El jefe de Zona nombró fiscal al teniente coronel Alfredo Miro Quesada Sánchez, quien se excusó, “por tener interés en la causa, se trata de elementos filiados al partido aprista, cuya secta ha dado fin con la existencia de dos miembros de mi familia, y por lo tanto de conformidad con lo que dispone el art. 143 del C. de J.M., me excuso del conocimiento de dicha causa, por comprenderme la incompatibilidad prevista en los incisos 7° y 8° del art. 137 del mismo Código.” Declarada fundada la excusa, se nombró fiscal al “Teniente Coronel Don Ántero Gargurevich”. El 11 de mayo de 1935, el fiscal refiere que “La responsabilidad que afecta a los procesados, es la de

FMP 355


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

autores de los hechos imputados en sus respectivos grados… que serán apreciados en la acusación”. El mayor Esequiel Padrón Arellano, jefe del Servicio de Armamento y Arsenales de la División y el teniente coronel Néstor Gambetta,209 segundo comandante del Batallón de Infantería N° 1, nombrados defensores de oficio, piden se les exima de cumplir esa función. El 31 de julio de 1936, el fiscal formula su acusación por los delitos de rebelión, previsto en el art. 242 del Código de Justicia Militar y de ataque a fuerza armada previsto en el art. 257 del mismo código y pide se imponga la pena de reclusión en primer grado, término medio, es decir 30 meses, para algunos; para otros, reclusión en primer grado, término máximo, o sea, 5 años. En el caso de los guardias que se involucraron en la rebelión, fueron acusados, además por el delito contra el honor y decoro militar. Los acusados pidieron ser comprendidos en la Ley N° 8368, de 6 de julio de 1936210, que amplía la

amnistía otorgado por la Ley 7782, de 9 de agosto de 1933211. El auditor opinaba porque la ley no es aplicable al caso y el jefe de Zona declara “sin lugar lo solicitado por los enjuiciados.” El capitán de artillería Isaac Orjeda E., capitán de infantería Genaro Arizaga Sáenz, mayor de caballería Juan Abelardo Vildoso R., capitán de administración Máximo Escajadillo Castro, teniente de infantería Salustio Quevedo Ortiz, teniente de caballería Manuel Molero, teniente de administración José Scarpati Vidaurre, fueron designados defensores de oficio. El doctor Miguel A. Puga actuó como defensor de Toribio S. Noriega Sánchez. El 23 de octubre de 1936, el jefe de Zona, coronel Castillo, designó a los integrantes del Consejo de Guerra: teniente coronel Mariano Alfaro, presidente; capitanes Oriel Zúñiga Gonzáles, Francisco Mindreau Ruzo y Luís F. Azcarate Azcárate; tenientes Samuel Romaní Robles y Pastor López Pardavé; subteniente Julio Lacca Ormeño; suplentes: teniente Roberto Severino Campos y subteniente Samuel Angulo Hernández.

209 Se trata de Néstor Gambetta Bonatti, político, militar, autor de varios libros y promotor del “chalaquismo”. 210 La ley 8368 disponía se comprendiera en la ley de amnistía N° 7782 a los enjuiciados por los sucesos ocurridos en la República, con motivo del proceso electoral de 1931; a los enjuiciados por los sucesos de Ccochapata el año 1925 y al ex subprefecto de Ucayali Feliciano Santiago Rivera, por el juicio iniciado contra él por los desórdenes promovidos el año de 1934 por miembros del partido aprista. 211 La ley 7782 concedía amnistía a los acusados y enjuiciados por delitos políticos cometidos hasta el 9 de agosto de 1933; disponía se cortarán los juicios pendientes iniciados por dichos delitos y se autorizaba a los confinados o expatriados para que regresaran al territorio nacional.

356 FMP


DOCTOR TEOBALDO GONZALES LÓPEZ Fiscal general del Consejo de Oficiales Generales entre 1936 y 1955 Retrato ubicado en la galería de fiscales generales del Fuero Militar Policial

FMP 357


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Se ordenó que el Consejo debía reunirse “en el salón de sesiones del Casino Civil Militar de esta localidad (Lambayeque), el martes tres de noviembre próximo, a horas diez…; y por cuanto los defensores, Mayor Abelardo Vildoso Rejas, y tenientes Arturo Bernales y Manuel Molero, se encuentran ausentes, requiérase a sus defendidos para que nombren nuevo defensor, y caso contrario desígneseles defensor de oficio al teniente Oscar Gárate Delgado…” El teniente coronel Alfaro pidió ser subrogado del cargo de presidente del Consejo, por encontrarse “atacado de una grave enfermedad”; el Jefe de Zona nombró entonces para el cargo al capitán de fragata Manuel Gonzáles Zúñiga, Capitán del Puerto de Pimentel, “por no haber personal expedito entre los miembros de jefes del Ejército”, quien refirió que no aceptaba el nombramiento, “por el motivo de encontrarse delicado de salud”, acompañando un certificado médico; el jefe de Zona lo relevó con el comandante Alejandro Aliaga. El expediente tiene como fecha de la última diligencia el 2 de noviembre de 1936, que es precisamente la notificación a los acusados de la postergación del Consejo para el día 4 del mismo mes y año.

212 El expediente se halla en el archivo central del Fuero Militar Policial.

358 FMP

IV.7. Causa seguida por el delito de ataque a Fuerza Armada a Luís Tasayco y otros212 El 16 de febrero de 1935, a horas 21.30, los civiles Augusto Bueno y Luís Tasayco Saravia atacaron el cuartel de la guardia civil de Casma, provistos de armas de fuego, siendo rechazados por los guardias que se encontraban de servicio. Luís Tasayco fue capturado al día siguiente, con dos heridas de arma de fuego, “una… con orificio de entrada en la mitad derecha del labio inferior, circular, de tres milímetros de diámetro… La bala en su trayectoria perforó el labio y fue a chocar contra el canino y el premolar inferior derecho, piezas dentarias que han desaparecido… la bala terminó su trayectoria contundiendo levemente el borde de la lengua…” y otra que penetró en la cavidad bucal, lesionando “los pilares del paladar, ha perforado la úvula (campanilla), ha penetrado en el carrillo izquierdo y ha ido a alojarse en la masa muscular… Con una pequeña intervención se extrajo el proyectil que corresponde a una bala de revolver de calibre 38. Las características del disparo corresponden al realizado a regular distancia.” El guardia Arturo Silva Arguedas recibió un disparo de arma de fuego, que le impactó en el tercer botón de la polaca, salvándole la vida. El guardia


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Emilio Díaz Sánchez se enfrentó a Augusto Bueno, arrojándole la pequeña mesa que tenía por delante. Bueno, que estaba armado de dos revólveres y había disparado ya tres veces contra Díaz, sin impactarle, esquivó la mesa que arrojó éste y le propinó un golpe que le produjo una herida contusa en el cuero cabelludo, de seis centímetros. “La herida le ha sido ocasionada por contusión con la culata del revolver…”, refirió el médico que lo examinó. Augusto Bueno y Luís Tasayco habían salido de Lima el día anterior, en un automóvil especialmente contratado, con matrícula de Caraz, de propiedad de Germán Ramos Jiménez y conducido por Augusto Godensi, quienes fueron detenidos tras el ataque al cuartel y el vehículo retenido; igualmente, fueron retenidos dos revólveres Smith y Wesson y una pistola que sirvieron para el ataque. Estas armas y la munición que se utilizó en dicho ataque habían sido transportados desde Lima en un depósito de agua, sujeto al tapabarro del vehículo, que antes de llegar a Casma fueron sacadas, secadas y acondicionadas para ser utilizadas. Al prestar su declaración instructiva, Luís Tasayco Saravia refirió tener treinta y cinco años de edad, de profesión sastre, licenciado de la Marina, con domicilio en la calle del Suspiro número trescientos cuarenta y seis altos, número trece. Refirió, además, que encontrándose en la calle Manco Cápac de Lima conoció a Augusto Bueno, quién le ofreció trabajo en Casma, por lo que viajó junto con él y otros pasajeros en un vehículo contratado.

Entre estos se encontraba también el cabo Frisancho, quien “eludía siempre el control de la Policía, pero que en Supe un guardia civil subió al carro y le solicitó sus documentos, contestando Frisancho que no los tenía pero que era Cabo de Seguridad, quedando detenido”. Dijo, también, que “antes de llegar a esta ciudad (Casma), cerca de las nueve de la noche, Bueno hizo detener el carro en el despoblado y sacó la lata que estaba amarrada en el estribo; para abrir la lata que estaba soldada y que aparentemente era un depósito de agua, pidió un fierro al chofer; que el declarante, el chofer y el dueño del carro se quedaron sorprendidos al ver que la lata además de agua contenía una cajita donde se encontraban cuatro revólveres, una cantidad de munición y tres bombas, manifestando Bueno que así se traían contrabandos; después de secar estas armas, Bueno dio dos revólveres al declarante llevándolo a un lado del carro, donde a solas y en voz baja le dijo que iba a estallar una revolución esa misma noche en toda la República y que en Casma debía atacarse al Puesto de la Guardia Civil, comprometiéndolo para que lo acompañara en este ataque, a lo que el declarante se alarmó diciéndole que como iba hacer eso si estaba loco, entonces Bueno le dijo que aquí se decidían los hombres y que si pretendía dar un paso atrás lo mataría.” Llegados al puesto de la Guardia Civil, “se bajó el chofer a controlar, bajándose en el mismo instante Bueno seguido del declarante armados con dos revólveres cada uno. Que el declarante permaneció en la puerta del Puesto con un revólver en FMP 359


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

cada mano, conforme se lo había indicado Bueno, pero que no hizo ningún disparo; que el mencionado Bueno penetró al interior del puesto y disparó contra el guardia que en esos momentos hacía las anotaciones del control, que el referido guardia cayó debajo de la mesa y el otro guardia que se encontraba en el puesto corrió hacia el interior de donde hizo varios disparos al aire; que en esas circunstancias el declarante fue atacado por la espalda recibiendo dos heridas de arma de fuego; al verse perdido se dio a la fuga solo corriendo por las calles de la ciudad e internándose a los potreros, sin saber dónde iba, por no conocer absolutamente este lugar, hasta que fue capturado por los guardias.” Entre otras muchas preguntas, se le hizo a Tasayco una sobre su relación de parentesco “con el Capitán Tasayco que tomó parte en la revolución de marzo de mil novecientos treinta y tres y que actualmente cumple condena en la penitenciaría de Lima”. Tasayco reconoció que eran parientes “por llevar el mismo apellido y ser ambos de Chincha Alta”. Negó conocer de unas “Instrucciones importantes para los que emplean explosivos” que fueron encontrados entre sus documentos. El 7 de marzo de 1935, el jefe de línea de Casma informó al juez instructor, al ser requerido sobre el paradero del automóvil número uno en el que los atacantes se habían transportado a Casma, “que el automóvil en referencia se encuentra en la actualidad en la ciudad de Huaraz en poder del Señor Prefecto del Departamento, quien manifestó que

360 FMP

el automóvil quedaba decomisado por orden del Señor Director de Gobierno y afectado a la prefectura que hago referencia.” El examen pericial realizado arrojó que el revólver Smith y Wesson, de serie 254826, que usó Augusto Bueno en el ataque, se encontraba en perfecto estado de funcionamiento. El revólver Smith y Wesson de serie 59327 no tenía munición y tenía el percutor roto, luego, no fue disparado. La pistola Browning 447569, calibre 25, con una cacerina y cuatro cartuchos, no fue disparada por estar malograda. Estas dos últimas armas eran las que Bueno entregó a Tasayco, quien, como refiere en su declaración, no hizo uso de ellas. Se hace referencia a “3 bombas de preparación extranjera… así como a cuatro cartuchos de dinamita con su rollo de mecha blanca.” El 8 de marzo de 1935, el mayor de infantería Hernán Coloma, juez instructor sustituto (actuando como secretario Juan R. Fernández, amanuense de la Primera Circunscripción Provincial del Santa), en cumplimiento del artículo 490 del Código de Justicia Militar, emitió su “dictamen” sobre el resultado de la instrucción. Dijo: “El ataque al Puesto de Casma es de índole terrorista y está en conexión con los atentados que vienen produciéndose últimamente en la República y cuyo objeto principal es mantener a la Nación en constante alarma… Premeditado en Lima, se ejecutó actuando como principal organizador y autor del ataque el propagandista Augusto Bueno, secundado por otros individuos afiliados todos al Partido Aprista


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Peruano, rama de la Alianza Popular Revolucionaria Americana; suponiendo los atacantes que en esta ciudad iban a ser eficazmente apoyados por sus correligionarios políticos, y contando con la acción sorpresiva que produciría confusión y desconcierto éntrelos guardias civiles…” El 21 de diciembre de 1935, el jefe de zona de la Primera Región Militar, de acuerdo con el auditor de guerra Paredes, sobreseyó definitivamente la causa a favor del “chauffer Augusto Godensi, Germán Ramos, Rodolfo Ramírez y Indalecio Oré” y elevó la causa a proceso respecto de Augusto Bueno, Luís Tasayco, León Pedro Saavedra y el cabo Nicanor Frisancho. Este auto fue confirmado en todos sus extremos por el Consejo de Oficiales Generales, el 21 de agosto de 1936. Se nombró fiscal al teniente coronel Juan Dongo Montoya. Posteriormente, por ausencia de éste, fue nombrado el teniente coronel Néstor B. Gambeta Bonatti213, quién el 18 de mayo de 1936, en cumplimiento del Art. 503° del Código de Justicia Militar, presentó su informe.

Finalmente, actuó como fiscal el mayor Ezequiel Padrón Arellano, quien acusó a Augusto Bueno “como autor principal de los delitos de Ataque a la Fuerza con lesiones al Guardia Emilio Díaz Sánchez, rebelión y ataque al Cuartel de Casma, con marcada premeditación y alevosía, delincuencias previstas y penadas por el Artículo 256°, última parte, del inciso 2°, del Código de Justicia Militar y Artículo 302° del Código Penal Común, por lo que, teniendo como principal delito el de Ataque a Fuerza Armada, y los otros como agravantes, debe imponérsele la pena de Reclusión en 2° grado, término medio, o sea, 7 años y medio de dicha pena, que comenzará a contarse cuando éste sea habido… Luis Tasayco Saravia…, es coautor de los delitos de Ataque a Fuerza Armada, Rebelión y Ataque al Cuartel de la Guardia Civil de Casma, también con marcada premeditación y alevosía, consumó los hechos, de que salió herido, cuya delincuencia está penada por el Artículo N° 257° del Código de Justicia Militar y Artículo 302° del Código Penal Común, por lo que, teniendo como principal delito el de Ataque a Fuerza Armada que es el más grave y los otros como

213 Néstor Gambetta Bonatti nació en el Callao, el 11 de junio de 1894. Egresó como subteniente de infantería el 1 de febrero de 1919 y de capitán viajó a España y Francia a perfeccionarse. Estuvo en la guerra con Colombia y, con el grado de teniente coronel, comandando el Batallón de Infantería N° 17, en el conflicto contra Ecuador, en 1941, ascendiendo a coronel por acción distinguida. Encontrándose ya en la situación militar de retiro, fue Prefecto del Callao y Senador por esa Provincia Constitucional, entre 1950 y 1956. Fue autor de varios libros: España en África (1930), Cosas del Callao (1936), El Real Felipe del Callao (1945), Diccionario militar (1946), Los grandes capitanes a través de la historia militar (1949), Genio y figura del Callao (1967). Fue presidente de la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo de 1866 y Defensores Calificados de la Patria entre 1960 y 1968 Falleció el 9 de marzo de 1968. Un personaje muy ligado al Callao, que ayudó a su mejoramiento. La Institución Educativa Nº 4016 y una avenida llevan su nombre.

FMP 361


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

agravantes, debe imponérsele la pena de Reclusión en 1° grado, término máximo, o sea, 5 años de dicha pena, descontándosele la carcelería que sufre desde el 17 de febrero de 1935. Para el ex cabo Nicanor Frisancho, “que ha actuado en otros movimientos subversivos” 214, que salió de Lima junto a Bueno y Tasayco con el objeto de atacar el cuartel de la Guardia Civil de Casma, no obstante, no haber participado en el ataque del cuartel, por haber sido detenido en el camino, resultaba ser para el fiscal “cómplice, como lo determina el Artículo 160° del Código de Justicia Militar y por tanto de conformidad con el Artículo 102° del Código Penal Común, debe aplicársele la pena de Reclusión en 1er grado, o sea, 26 meses de dicha pena.” Respecto a León Pedro Saavedra Zapata, que sufrió “prisión entre el 7 de marzo de 1935 hasta el 30 de setiembre del mismo año, en que fue puesto en libertad bajo fianza”, el fiscal pidió su absolución. El consejo de guerra estuvo conformado por el teniente coronel Mariano Alfaro Argote como presidente; como vocales actuaron los capitanes Gamaniel Hinostroza Guzmán, Juan Alberto Calle Páez y Luís F. Azcárate Azcárate; tenientes Salustio Quevedo Ortiz, José F. Chaparro Olano y sub teniente Julio Laca Ormeño; suplentes: teniente Samuel Romaní Robles y sub teniente José Hernández Calmet.

La sentencia fue pronunciada en Lambayeque, el diez de diciembre de 1936. El consejo de guerra condenó “a Luís Tasayco Saravia a la pena de tres años de reclusión en primer grado, por los delitos de ataque a fuerza armada y rebelión, con las accesorias de ley, descontándosele la carcelería sufrida; absolvieron definitivamente a León Pedro Saavedra Zapata, a quién se le pone en inmediata libertad; y ordenaron se reserve el expediente respecto a los acusados ausentes Augusto Bueno y el ex – cabo Nicanor Frisancho, hasta que sean habidos, debiendo reiterarse las órdenes para su captura.” El 15 de diciembre de 1937, el Consejo de Oficiales Generales, en revisión, confirmó la sentencia en todos sus extremos, firmando la ejecutoria “los señores: Ponce. - Mindreau. - Arenas. - Garavito. - Carvajal. - Zubiaga. - Bernales. - Se publicó conforme a ley- B. Puente – secretario.” El 5 de marzo de 1937, el coronel Castillo, jefe de Zona de la Primera Región, otorgó a Tasayco el beneficio de la liberación condicional, ordenando su libertad, al haber cumplido más de las dos terceras partes de la condena y demostrado comportamiento adecuado, en base al artículo 58 del Código Penal. Actuaba como relator Rodolfo Morante Salcedo, que asimilado al Cuerpo Jurídico Militar llegó al grado de general de brigada.

214 Nicanor Frisancho Sifuentes estuvo involucrado en la rebelión de Huaraz del 13 de julio de 1932. Fue condenado a cinco años de cárcel por la corte marcial que se organizó para juzgar esos hechos, pena que no terminó de cumplir por haberle alcanzado la amnistía que se otorgó en el gobierno del general Benavides.

362 FMP


Firma del cabo Nicanor Frisancho Sifuentes, que obra en el expediente de la “Revolución de Huaraz”

FMP 363



CAPÍTULO V La Justicia Militar en tiempos de Benavides y el Código de Justicia Militar de 1939



V.1. El General Benavides y su designación como presidente de la República El 30 de abril de 1933 fue asesinado el presidente de la República, general de brigada Luis Miguel Sánchez Cerro. Ese mismo día, mediante Ley N°. 7746, se declaró en estado de sitio la República y el Congreso eligió “Presidente de la República al señor General de División Oscar R. Benavides, quien deberá terminar el período presidencial para el que fue elegido el señor General Luis M. Sánchez Cerro, asesinado el día de hoy en esta ciudad.” 215 El segundo período presidencial de Sánchez Cerro se inició el 8 de diciembre de 1931 y debía concluir cinco años después, el 8 de diciembre de 1936; en consecuencia, Benavides debía desempeñar el cargo de presidente de la República hasta esa fecha. Próximo a concluir dicho mandato presidencial, se realizaron las elecciones generales el 11 de octubre de 1936, siendo declarados ilegales los votos

emitidos a favor de los “candidatos a Presidente, Vice-Presidentes, Senadores y Diputados del Partido Social-Demócrata, así como los que hubieran favorecido a candidatos encubiertos bajo diversas apariencias. Se encuentran en idéntica situación, por estar comprendidas en las disposiciones de los artículos 53° de la Constitución del Estado, 22 de la Ley N°. 7780 y en la resolución del Jurado Nacional de Elecciones.” 216 (Se refería a los votos de los militantes apristas y de los simpatizantes del Partico Comunista del Perú). El Congreso prorrogó por tres años más el mandato de Benavides y otorgó facultades al Ejecutivo para legislar, mediante Ley N°. 8463. El Congreso Constituyente culminaba sus funciones el 8 de diciembre de 1936. El gobierno emitió la Ley N°. 8486, de 11 de diciembre de 1936, designando como primer vicepresidente de la República al presidente del Consejo de Ministros y como segundo vicepresidente de la República al ministro de Guerra.

215 Ley N° 7747, de 30 de abril de 1933. 216 Ley N° 8459, de 3 de noviembre de 1936.

FMP 367


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Enfrentó Benavides situaciones complicadas durante su gobierno. El 19 de febrero de 1939, el general de brigada Antonio Rodríguez Ramírez, ministro de Gobierno, se sublevó contra el gobierno en complicidad con el general Cirilo Ortega y el apoyo del “pueblo aprista”, presuntamente prometido por Haya de la Torre, que no llegó. El mayor GC Luís Rizo Patrón Lembecke y el capitán GC Alejandro Ísmodes Romero frenaron el intento golpista de Rodríguez, que fue muerto junto a otros dos y detenidos el resto de los conjurados.

miembros de la Guardia Civil y Policía en actos del servicio. El artículo 3° de la ley derogaba el capítulo XIV del Título segundo, segunda parte, del Código de Justicia Militar.

El general de división Oscar R. Benavides Larrea dejó el cargo el 8 de diciembre de 1939, iniciando Manuel Prado Ugarteche su primer gobierno. Mediante Ley N°. 9040, de 20 de diciembre de 1939, se confirió al general Benavides “la jerarquía de Mariscal del Perú”.217

Por ley N°. 8416, de 2 de julio de 1936, se concedió “goces de cesantía, jubilación y montepío, como miembros del poder judicial al fiscal del Consejo de Oficiales Generales, Auditor General del Ejército, auditores y relatores de las Zonas de Guerra, Marina y Policía y Defensor de Oficio de la Zona Militar de Lima.” En idéntica posición se encontraban los relatores de las zonas judiciales.

V.2. Leyes emitidas sobre la jurisdicción militar entre 1935 y 1940

Durante el gobierno del general Benavides, por ley Nº. 8979 de 5 de octubre de 1939, se organizó la “Instrucción Pre- Militar” obligatoria de la juventud en todos los centros de enseñanza primaria, secundaria, especial y superior de la República. En este mismo tiempo, por ley Nº. 8991, se promulgó

Mediante ley N°. 8129, de 15 de noviembre de 1935, se dispuso que la jurisdicción de guerra conocería de los delitos y faltas cometidos por los

En el artículo 1° de la ley N°. 8377, de 2 de julio de 1936, se dispuso: la “Zona Militar de Policía funcionará con personal propio de su Instituto, en las mismas condiciones que las Zonas Naval y del Ejército, sujetándose a las disposiciones del código de justicia militar.”

217 Sobre el segundo nombre de Benavides no existe uniformidad. Dicen unos que era Raymundo y otros que era Rosendo. En la relación de miembros natos de la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo de 1866 y Defensores Calificados de la Patria, el mariscal se llamaba Oscar Ruperto Benavides y Larrea.

368 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

el segundo Código de Justicia Militar, cuyos alcances comentaremos a continuación.

V.3. El Código de Justicia Militar de 1939 Mediante resolución suprema de 23 de octubre de 1937, el gobierno nombró una comisión “para la reforma del Código de Justicia Militar”; a su vez, el Congreso Constituyente concedió facultades legislativas al Poder Ejecutivo, en virtud de la ley N° 8463. Elevado el proyecto al Ejecutivo, se convirtió en la ley N° 8991, entrando el código en vigencia el 1° de diciembre de 1939. La ley derogó “el anterior Código (de 1898), las Leyes Nos. 272, 273 y 2442 y los Decretos – Leyes Nos. 6881, 6882, 6948 y 7085”. En el tomo II de esta obra, detallamos los alcances de las Leyes 272, 273, de 1906 y 2442, de 1917. Esas leyes modificaron sustancialmente la competencia y organización de la jurisdicción castrense. El Decreto – Ley N° 6881 suspendió los efectos del artículo 156 de la Constitución de 1920, de su modificatoria, la ley N°. 5862 y la ley N°. 2442, que restringía drásticamente la competencia de la jurisdicción de guerra; el Decreto – Ley N°. 6882 que disponía “que los Consejos de Guerra juzguen, únicamente, a los reos presentes”; el Decreto – Ley N°. 6948 que aclaraba la competencia de la jurisdicción de guerra; y el

Decreto – Ley N°. 7085 que modificó algunos procedimientos para el juzgamiento del delito de deserción simple.

V.4. La organización de la justicia militar en el código de 1939 La organización de la jurisdicción militar se contemplaba en el “Libro Primero” del código. Como en el código de 1898, el ejercicio de la jurisdicción castrense se dividía en dos: a) en tiempo de paz y, b) en tiempo de guerra. En este código, tal organización se encontraba más clara y simplificada. En tiempo de paz, la jurisdicción militar se ejercía por los jueces instructores; los jefes de zona; los consejos de guerra; el Consejo de Oficiales Generales; la Corte Suprema; y los demás funcionarios expresamente determinados en este código. En tiempo de paz, el papel del jefe de zona siguió siendo central como en el código de 1898; a las atribuciones que siempre tuvo se le agregó la de “Fallar, en primera instancia, en los juicios por deserción, cuando no concurran ninguna de las circunstancias del artículo 357 (facultad que le fue concedida por el Decreto – Ley N°. 7085), y en los juicios por infracciones específicamente previstas y reprimidas por la ley con pena no mayor de reclusión militar o separación temporal del servicio…”

FMP 369


MARISCAL OSCAR R. BENAVIDES Y LARREA Promulgó el Código de justicia Militar de 1939 Retrato ubicado en el Centro de Estudios Histórico Militares del Perú

370 FMP


FMP 371


372 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Se mantuvo, asimismo, la conformación de los consejos de guerra especiales; es decir, aquellos que se organizaban para cada caso, no obstante que, en los proyectos de reforma del código, que en el tomo II de esta historia se han expuesto, se abogó, reiteradamente, porque se conformaran consejos de guerra permanentes en Lima y el resto de zonas judiciales de la República. El haber mantenido los consejos de guerra no permanentes afectó la celeridad en la resolución de los casos, agravándose, así, el retardo en la administración de justicia militar. Las modificaciones que se hicieron al código de 1898, a través de las leyes 272 y 273, se ratificaron en este código, correspondiendo a la Corte Suprema, por ejemplo, conocer del recurso de nulidad, cuando en los proyectos de reforma y en las memorias de los presidentes del Consejo de Oficiales Generales se discutía que la Corte Suprema de Justicia funcionase como una tercera instancia. La opinión generalizada era que conociese de las sentencias de la jurisdicción militar en casación. El nombramiento de un fiscal para cada caso, era otro problema recurrente en la administración de justicia militar, que se resaltó en los proyectos de reforma y en las memorias de los presidentes del Consejo. El consenso se inclinaba por la designación de fiscales militares permanentes, con experiencia y entrenados en los alcances de la ley penal militar, que tampoco se recogió en este código.

Asimismo, en cuanto al ejercicio de la jurisdicción militar por razón del delito, por razón del lugar y por razón del estado de guerra, se mantuvo, con la misma amplitud establecida en el primer código, dado que las leyes que la recortaban, particularmente la ley N°. 2442, fueron derogadas. Por razón del delito, la jurisdicción militar conocía no solo de las causas seguidas contra los miembros del Ejército, como decía el código anterior, sino, también, contra los miembros de la Armada, la Aviación, la Guardia Civil, la Guardia de Seguridad y del Cuerpo de Investigaciones; igualmente, se asimilaba a la condición de militares a “los funcionarios, empleados y obreros de los ramos de guerra, marina y aviación, y de todos sus servicios y dependencias” (Art. 9, inciso 1°) y a los omisos a la inscripción en el “Registro de Conscripción Militar”, entre otros. En términos generales, el código no hizo los cambios organizacionales requeridos y largamente anhelados por los presidentes del Consejo de Oficiales Generales y los que se recogieron en los varios proyectos de reforma.

V.5. Alcances de la parte general del Código de Justicia Militar de 1939 En la parte general del código, que correspondía al “Libro Segundo”, se mantuvieron las disposiciones del código anterior en su generalidad. Donde se produjeron, medianamente, cambios

FMP 373


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

positivos, fue en el título relativo a las penas y su duración. Las penas principales en el código de 1898, eran numerosas (12 penas) y muy complicadas en su aplicación, mientras que, en el código de 1939, las penas de expatriación y destierro fueron retiradas, y la aplicación de las penas se simplificó; sin embargo, las de degradación, expulsión de los institutos armados, separación temporal y absoluta del servicio, permanecieron como penas principales.

V.6. Alcances de la parte especial del Código de Justicia Militar de 1939 En cuanto a la tipificación de los delitos, los cambios que se produjeron en relación al código de 1898, fueron muy pocos. En el código de 1939 no se incluyó el delito de “Denegación de Auxilio” que se encontraba previsto en el artículo 287 del código anterior, conducta que se subsumió en otro tipo penal. Se incluyó el delito de insubordinación, entre los delitos contra la disciplina, en los artículos 287 a 293. Se reordenaron los tipos penales, agrupándolos en títulos más de acuerdo con el bien jurídico protegido. Los delitos que en el código de 1898 se encontraban agrupados en el título: “Delitos contra el servicio en el Ejército”, en el código de 1939 fueron disgregados en dos títulos: “De los atentados y extralimitaciones de los que ejercen mando o autoridad” y “Delitos que atacan al servicio militar”. Se tipificó mejor

374 FMP

el delito de deserción; las conductas dispersas de deserción, deserción simple, deserción con circunstancias calificativas, deserción al extranjero e inducción a la deserción, se agruparon en un solo delito: “Deserción”, entre otros.

V. 7. El proceso penal militar en el Código de Justicia Militar de 1939 En el código de 1898, el procedimiento penal militar contemplaba un juicio ordinario con dos etapas: instrucción y proceso; otro procedimiento extraordinario para delitos flagrantes y juicios en campaña; un juicio sumario “Para los delitos que afecten la moral y disciplina de las tropas, la seguridad de las plazas, o la de cosas y personas” (Art. 655); un complicado procedimiento civil para los embargos, fianzas, para hacer efectivas las responsabilidades civiles, reclamaciones por deudas, “Intestado de los militares”, que eran actuados por los jueces civiles y ejecutados por jueces militares; en fin, un proceso engorroso y, finalmente, un procedimiento para las faltas y sus correcciones. El código contemplaba, también, la organización de una “Corte de Honor”, que conforme al artículo 656, se establecía para “Los actos, no definidos como delito o falta, por este código o el común, pero que no se conformasen con el sentimiento vivo del honor y el de la hidalguía, esenciales en el militar, bajo su doble condición de hombre y


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

de soldado, practicados por oficial o jefe (decía la norma), serán sometidos al examen y decisión de un jurado de honor.” En el procedimiento ordinario del código de 1898, la instrucción secreta debía terminar en siete días; la acusación fiscal y los alegatos de defensa se formulaban en tres días cada uno y la sentencia era siempre objeto de revisión por el Consejo de Oficiales Generales. Existía, también, la posibilidad de plantear, ante dicha instancia, un recurso de reposición y desde el 31 de octubre de 1906, se podía interponer ante la Corte Suprema de Justicia de la República el recurso de nulidad. En el juicio extraordinario por delito flagrante218 se seguían las reglas básicas del procedimiento ordinario. Los enjuiciados permanecían siempre presos; los testimonios se recibían con brevedad y solo los más importantes, de tal forma que la instrucción debía terminar en tres días. La revisión de la sentencia no era obligatoria si el jefe de zona se contentaba con ella y el auditor opinaba por su conformidad. En el código de 1939, los procedimientos establecidos en el código anterior se mantuvieron

sustancialmente. Los cambios más notorios ocurrieron en la etapa de instrucción del juicio ordinario, en la que los plazos variaron de 7 días, plazo irreal, a 20 días prorrogables por 20 días más y, extraordinariamente, por otros 20 días más el término de la distancia. La reserva de la instrucción solo podía mantenerse hasta 10 días antes del término de la instrucción, con lo que se permitía el acceso al expediente de los defensores, mejorando, así, el derecho de defensa. Se estableció con claridad un procedimiento para los acusados ausentes, reservándose el proceso contra ellos hasta que fueran habidos. En algún momento, en el proceso penal militar, se condenó en ausencia, afectando el debido proceso, más particularmente, el principio de no ser condenado en ausencia. Tanto en el código de 1898 como en el código de 1939, se estableció un procedimiento originario en el Consejo de Oficiales Generales para investigar y juzgar a oficiales generales y almirantes y a otros oficiales, que, sin ostentar esos grados, cumplían funciones de oficiales generales, además de otros altos funcionarios que prestaban servicios en la jurisdicción de guerra, hasta el nivel de jueces instructores, inclusive.

218 De acuerdo con el artículo 636, el delito flagrante ocurría al ser “Sorprendido en el acto de su comisión o inmediatamente después de ella” y también al ser “Sorprendido inmediatamente después de cometerlo, con efectos o instrumentos que infundan la presunción vehemente de su participación en él.”

FMP 375


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

En el código de 1939 se estableció un “recurso extraordinario de reposición de sentencia en materia militar”, que de acuerdo con el artículo 79, inciso 2°, correspondía conocer a la Corte Suprema de Justicia de la República. De acuerdo con el artículo 780 del código, procedía cuando la condena que se haya impuesto “por el homicidio consumado de una persona que resulta viva”; “Cuando estén sufriendo penas varias personas, en virtud de condena infringida, por un delito que no haya podido ser cometido, sino por un solo autor”; “Cuando, tratándose de un mismo delito, se hayan pronunciado

376 FMP

sentencias condenatorias que se contradicen”; cuando se establezca judicialmente la falsedad de una prueba en que se fundó la sentencia y por conocerse de una prueba nueva que pueda determinar la inocencia de un condenado. Por semejantes motivos, en el código de 1898, se podía plantear el recurso de reposición ante el Consejo Supremo de Guerra y Marina y al sufrir el código sustanciales modificaciones, le correspondió esa función a la Corte Suprema de Justicia. En el código de 1939 desapareció el procedimiento sumario y las cortes de honor establecidas en el código de 1898.


CAPÍTULO VI Normas sobre justicia militar y otros eventos notorios entre 1940 y 1950



VI.1. El primer gobierno de Manuel Prado Ugarteche y los cambios legislativos en la jurisdicción militar

Código de Justicia Militar fueron modificados y toda otra disposición que se opusiera a esta norma.219

Por Ley N°. 9310, de 26 de diciembre de 1940, se crearon “las Zonas Judiciales de Policía del Norte y Sur de la República con sede en las ciudades de Chiclayo y Arequipa, respectivamente.” La jurisdicción de la Zona Judicial del Norte comprendía “la Provincia Litoral de Tumbes y los departamentos de Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, San Martín y Loreto”; mientras que la Zona Judicial del Sur estaba integrada por los departamentos de “Arequipa, Cusco, Puno, Apurímac, Madre de Dios, Tacna y Moquegua, quedando bajo la jurisdicción de la Zona cuya sede se halla (hallaba) en esta Capital, los departamentos de Lima, Ica, Junín, Huánuco, Ancash, Ayacucho y Huancavelica y la Provincia Constitucional del Callao.” Los alcances del segundo párrafo del artículo 55° del

Por Ley N°. 9416, de 26 de setiembre de 1941, se creó el Ministerio de Aeronáutica y se derogó la Ley N°. 6511 que creó el Ministerio de Marina y Aeronáutica, el 6 de febrero de 1929. Ello implicaría que más adelante se establezca una zona judicial para la Fuerza Aérea. El 23 de febrero de 1944 el Congreso emitió la Ley Nº. 9951, que se promulgó el 2 de marzo de dicho año, “Introduciendo diversas modificaciones en el Código de Justicia Militar…” Fueron modificados 11 artículos y se adicionaron párrafos a otros 6, tanto en la parte organizacional como en la sustantiva y adjetiva del mismo. Conforme al artículo 20 modificado, cuando se hubiese cometido un delito común y otro militar, independientes entre sí, la jurisdicción ordinaria

219 “Art. 55.- Las zonas judiciales corresponden a las regiones militares en el ramo de Guerra. Para los ramos de Marina y Aviación habrá una zona judicial y otra para el de Policía, con jurisdicción, ambas, en toda la República.”

FMP 379


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

conocería del primero y la militar, del segundo. Decía también la norma: “Tendrá preferencia para seguir el procedimiento, hasta su terminación, la jurisdicción que, en su caso, habría de imponer la pena más grave, la que se aplicará considerando la otra infracción como circunstancia agravante.”

respecto al quorum para las votaciones y la organización del Consejo para el conocimiento de asuntos originarios, respectivamente. Se modificó, igualmente, el artículo 130, disponiendo que los jueces instructores, los fiscales y los relatores secretarios debían prestar juramente ante el jefe de zona.

Se adicionó al artículo 22 una cláusula que permitía al Consejo de Oficiales Generales designar una zona neutral cuando los agraviados eran militares de otros institutos. Se restableció la vigencia del artículo 40, en el sentido que las contiendas de competencias dentro de la jurisdicción militar, se resolvían por el Consejo de Oficiales Generales y las que se suscitaban entre la jurisdicción militar y el fuero común, por la Corte Suprema de Justicia de la República.

Se adicionó el inciso 7º al artículo 175: “Confiscación de bienes en el caso previsto en el artículo 363º.” Se modificaron los artículos 355, 357, 365 y 369 relativos a la deserción por acción o por omisión. Se adicionó al artículo 427 la obligación de pagar reparación, en todos los casos de pérdida de objetos o prendas militares, “aunque los autores sean liberados de responsabilidad penal; salvo los casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente probados”.

El articulo 46 modificado permitió a los jefes de zona designar “uno o varios sustitutitos del Juez Instructor, siempre que las necesidades lo requieran”, tanto para una causa específica o para todas las causas seguidas en el lugar de su residencia. La modificación del artículo 55 implicó que las zonas judiciales del ramo de Guerra correspondían a las regiones militares; en el de Policía se establecieron tres y en los ramos de Marina y Aeronáutica, “una zona judicial para cada uno de ellos, con jurisdicción en toda la República”. Se modificaron los artículos 70, 71 y 73 sobre la composición del Consejo de Oficiales Generales,

380 FMP

El artículo 712 modificado, establecía que el recurso de apelación o la consulta ante el Consejo de Oficiales Generales, no impedían, “que el acusado sea puesto en libertad, bajo la vigilancia de la autoridad, si la sentencia fuese absolutoria o hubiese sido sobreseído”. “Lo mismo se hará si el acusado ha cumplido la pena impuesta con la prisión preventiva sufrida”. Finalmente, estaba la modificación del artículo 728, que establecía que las resoluciones del Consejo se adoptarían por mayoría de votos; “requiriéndose cinco votos conformes, de toda conformidad, para formar resolución.”


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

VI.2. El conflicto armado Perú – Ecuador de 1941 VI.2.1. Antecedentes del conflicto Los antecedentes del conflicto Perú – Ecuador se extienden desde la vigencia misma de la Gran Colombia, con la que el Perú firmó varios tratados sobre límites, reconociéndose, básicamente, el “Uti-Possidetis” de 1810. En 1830 la Gran Colombia se disolvió, surgiendo en ese territorio las repúblicas independientes de Venezuela, Colombia y Ecuador. Reconocido Ecuador como Estado independiente por el Perú, su representante diplomático, Diego Novoa, dirigió una nota diplomática a la Cancillería peruana el 18 de enero de 1932, declarando sin ningún valor los tratados celebrados con la Gran Colombia, firmándose en cambio un nuevo tratado de “Amistad y Alianza” el 12 de julio de aquel año, en cuyo artículo XIV se establecía: “Mientras se celebra un convenio sobre arreglo de límites los dos Estados, se reconocerán y respetarán los actuales.” Esos límites eran los establecidos por el “Uti-Possidetis” de 1810, estando en posesión peruana Tumbes, Jaén y Maynas. Desde la firma de ese tratado y el conflicto de 1941, ocurrieron un gran número de hechos beligerantes, tanto en el plano diplomático como en el militar, siendo una constante ecuatoriana aprovecharse de los momentos difíciles por los que pasaba el Perú.

En orden de dar una idea general, señalaremos que en 1841 se produjo la “Negociación León - Valdiviezo”, en la que el representante ecuatoriano pidió la reintegración de Maynas y Jaén al Ecuador; la “Negociación Charún - Daste” por la que el representante ecuatoriano insistió en la “devolución inmediata” de Jaén y Maynas; originando que en 1857 se produjera una guerra a causa de que Ecuador, en setiembre de ese año, adjudicó a acreedores británicos, en pago de una deuda, territorios peruanos en las márgenes del río Bobonaza. El mariscal Castilla dispuso el bloqueo de Guayaquil, que duró un año, entre noviembre de 1858 y noviembre de 1859, siendo finalmente tomado militarmente ese puerto. El 25 de enero de 1860 se firmó el “Tratado de Mapasingue”, que reconocía como limites los del “Uti-Possidetis” de 1810, tratado que no fue ratificado por el Congreso ecuatoriano. En 1882, aprovechando el estado de guerra en el que se encontraban el Perú y Chile, tropas ecuatorianas penetraron en territorio peruano hasta el río Coca, tratando de reivindicar “Tumbes, Jaén y Maynas”. En 1887 se suscribió el “Convenio de arbitraje Bonifaz-Espinoza”, acordando el Perú y Ecuador someter sus diferencias limítrofes a un arbitraje. El árbitro sería el rey de España, sin perjuicio de un arreglo directo al que pudieran arribar ambos Estados, firmándose el “Tratado García-Herrera”, que el Congreso peruano no ratificó, por ser contrario a los derechos del país. FMP 381


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

El 26 de junio de 1903 se produjo el “Combate de Angoteros”, en territorio peruano, lugar al que las tropas ecuatorianas se habían desplazado desde su ubicación en el Aguarico, surcando el río Napo. El entonces capitán Juan Francisco Chávez Valdivia, con un pequeño destacamento a bordo de la lancha “Cahuapanas”, comandada por el alférez de fragata Oscar Mavila, llego al lugar y pidió que las tropas ecuatorianas desalojaran territorio peruano, recibiendo como respuesta fuego enemigo. “Chávez Valdivia procedió al desalojo, dispersando en el bosque a la tropa ecuatoriana, tras causarle pérdidas en hombres y armamentos, como hacerles prisioneros, y cuyo colofón fue el suicidio de su jefe, mayor Bermúdez…” 220 Tras el “Combate de Angoteros”, la tropa peruana, al mando del Chávez Valdivia, ascendido a mayor, fijó su guarnición en el sector llamado “Torres Causana”. El 28 de julio de 1904, la base fue atacada por tropas ecuatorianas bien armadas, que contaban incluso con dos piezas de artillería y estaban comandadas por

el coronel Vicente Bravo. Tras el éxito inicial de las fuerzas ecuatorianas, los hombres de Chávez Valdivia se repusieron y contraatacaron con éxito, hasta lograr la victoria, causando al enemigo 28 bajas, tomando prisionero al comisario militar Rivadeneira y haciéndose de numeroso armamento, incluso, de una de las piezas de artillería enemiga. Como dijimos, Perú y Ecuador sometieron su litigio fronterizo al arbitraje del rey de España. Al conocerse en el Ecuador que el dictamen era favorable a la posición peruana, la legación del Perú en Quito y nuestro Consulado en Guayaquil fueron atacados y el vapor “Huallaga”, que se encontraba en el puerto de Guayaquil, saqueado; ello ocurrió el 3 de abril de 1910, en un momento de tirantez política entre Chile y Perú, por la “chilenización” de Tacna. Posteriormente, se dio “La Conferencia de Washington”, que tampoco resolvió la cuestión de límites entre Perú y Ecuador.221 222

220 DE LA BARRA, Felipe. El conflicto peruano-ecuatoriano y la victoriosa campaña de 1941 en las fronteras de Zarumilla y nor-oriente, Biblioteca Militar del Oficial Nº 36, Lima, 1969, pág. 18. 221 Rómulo Zanabria Zamudio, teniente coronel del Ejército en ese entonces, ha tratado largamente el tema fronterizo con el Ecuador, en su libro “LUCHAS Y VICTORIAS POR LA DEFINICIÓN DE UN A FRONTERA” (La lucha en el dominio político), Editorial Jurídica S.A., Lima – Perú, 1969. 222 Para informarse más sobre estos problemas fronterizos se recomienda la lectura del libro: Historia de los Límites del Perú de Raúl Porras Barrenechea y Alberto Wagner de Reyna, Editorial Universitaria, Lima – Perú, 1981.

382 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

VI.2.2. El desarrollo militar del conflicto Entre 1935 y los primeros meses de 1941, las provocaciones ecuatorianas en la frontera norte y nor-oriente fueron numerosas y de distinta índole, que el general De la Barra ha enumerado en detalle en su libro sobre la guerra de 1941.223 Finalmente, la agresión ecuatoriana se produjo los días 5, 6 y 7 de julio de 1941, cuando tropas acantonadas en la provincia de El Oro atacaron los puestos peruanos de “Aguas Verdes”, “La Palma” y “Lechugal”, en una primera fase. El 22 de julio, fuerzas ecuatorianas abrieron sorpresivamente fuego sobre el puesto peruano de “Lechugal”, muriendo el sargento primero Pedro Chamochumbi,224 de la Compañía de Zapadores Nº 1. El 23 de julio del mismo año, se inició la batalla de Zarumilla, continuando los días 24 y 25. En ese contexto, el Agrupamiento del Norte, al mando del general de brigada Eloy G. Ureta Montehermoso, estaba integrado básicamente por un Estado Mayor, cuyo jefe era el teniente coronel Miguel Monteza Tafur, teniendo como elementos orgánicos a la Compañía de Trasmisiones Nº 1, Batallón de Infantería Nº 3, Regimiento de Caballería Nº 5, Grupo de Artillería 105 mm Nº 6 y un

Destacamento de Tanques. El puesto de comando del Agrupamiento se encontraba en Piura. La defensa de la “Frontera de Zarumilla” estaba asignada a la 1ª División Ligera (1ª DL), al mando del coronel Luís E. Vinatea, quien tenía como jefe de Estado Mayor al teniente coronel Manuel Arturo Odría Amoretti; y el sector “Chira – Macará” cubierto por la VIII División Ligera (VIII DL), al mando del coronel César A. Salazar. El Agrupamiento contaba también con el Destacamento del Chinchipe, una Escuadrilla de Caza y una “Flotilla de lanchas patrulleras 103 y 104”. La segunda fase de la operación consistió en alertar al Agrupamiento Norte para el cumplimiento de la misión que se le asignó, entregándole nuevos medios de combate y determinando los detalles para la acción. Durante la tercera fase de las operaciones, los señalados días 23, 24 y 25 de julio, en el marco de la “Batalla de Zarumilla”, se recuperaron en su totalidad, los territorios ocupados por los ecuatorianos. Victoriosas las fuerzas peruanas, los días 29, 30 y 31 de julio, durante la cuarta fase de las operaciones, avanzaron y ocuparon la provincia de “El Oro”, cesando las hostilidades el 31 de julio y dándose paso a la

223 DE LA BARRA, Felipe, Ob. Cit., páginas 26 a 32. 224 Un fuerte del Ejército en Tumbes lleva su nombre (Fuerte Chamochumbi), en el que se encuentra acantonado el Batallón de Ingeniería Nº 1.

FMP 383


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

quinta fase de las operaciones, con la ocupación de la citada provincia, la que duró hasta enero de 1942, tiempo en que se firmó (29 de enero de 1942) el Protocolo de Paz, Amistad y Límites, en Rio de Janeiro. En esta campaña, la “Batalla de Zarumilla” fue el pico más alto de la escalada, desarrollándose esta en el sector de responsabilidad de la 1ª DL (1ª División Ligera). Esa batalla, “no fue en rigor una acción masiva y sujeta a maniobra de estilo clásico, fuere de desbordamiento o de envolvimiento del frente enemigo, que tampoco era continuo, a la vez considerando la misión de la D. L. que prescribía simplemente la expulsión de los puestos ecuatorianos instalados en territorio nacional, la batalla consistió en un conjunto de operaciones parciales, sobre objetivos limitados, si bien sincronizados en el tiempo y espacio, pero eso si desarrollándose

cada una con maniobras tácticas sea frontales o sea de desbordamiento.”225 En la jornada del día 23, en circunstancias que la aviación cooperaba con la ofensiva bombardeando Chacras y Huaquillas y ametrallando Quebrada Seca, el avión del teniente José Abelardo Quiñonez Gonzales fue alcanzado por fuego antiaéreo, picando su nave y estrellándose sobre la posición enemiga para acallarla. Como sabemos, Quiñonez es hoy un héroe nacional reconocido, patrono de la Fuerza Aérea del Perú y se le ha otorgado el grado de “Gran General del Aire”. Este mismo día, el destacamento de “Matapalo”, comandado por el teniente coronel Urteaga, tomó la isla Noblecilla defendida por los puestos “Angulo”, “Rancho Grande” y “Rancho Chico”; no obstante, en el “Angulo” (Puerto Angulo) perdió la vida el sargento 1º Demetrio Acosta Chuez226

225 Ibidem, pág. 61. 226 El Batallón de Infantería de Selva N° 85 lleva su nombre (BIS “Sgto. 1º Demetrio Acosta Chuez” Nº 85). Su lema es: “Vencer solo vencer”. Acosta era oriundo de Lambayeque. (Historial de Unidades del Ejército, pág. 111). En la página web del Ejército, reseña de la 7ª Brigada de Infantería se dice: “Para recordar su memoria, el Batallón de Servicios N° 7, lo tiene como su Patrono y la sede de su cuartel lleva su nombre. Así mismo un club social cultural y deportivo, lleva el nombre del héroe. También lo llevan una calle en el Pueblo Joven “San Martín” y una Asociación Pro Vivienda integrada en su mayoría por militares”.

(<http://www.ejercito.mil.pe/index.php/nosotros/ejercito-del-peru-3/resenas-historicas/143-organos-de-linea-rh/i-division-de-ejercito/216-7a-brigada-de-infanteria-rh>, consultado el 3 de octubre de 2018).

384 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

y en “Rancho Grande”, el sargento 1º Juan de la Cruz Rojas”.227

negro estaba ubicado frente al puesto peruano de Policía “Huásimo”.232

El día 24, las tropas peruanas tomaron Chacras228 y Huaquillas, tras dura lucha. En el ataque a Chacras cayó el teniente Juan Hoyle Palacios229 del 5 de infantería, mientras conducía una sección de hombres en el asalto a una posición enemiga. En los siguientes días, las fuerzas peruanas se preocuparon en consolidar las líneas alcanzadas y capturar los puestos enemigos que aun resistían: “Balsalito”, “Guabillos”, “Carcabón” y “Hualtaco”. El día 26, se capturó “Palo Negro”, pereciendo en la acción el sub teniente Eduardo Astete Mendoza.230 231 Palo

En los días siguientes, las tropas peruanas ocuparon “Santa Rosa”, conquistaron “Machala” y capturaron “Puerto Bolívar”, utilizándose para ello fuerzas aerotransportadas, constituyendo esta la primera operación de este tipo en América del Sur. El alto al fuego llegó el 31 de julio. En el sector de responsabilidad de la VIII D.L., el 25 de julio, se atacó Macará, en represalia por la actitud tomada por las autoridades ecuatorianas contra los peruanos residentes en ese lugar.

227 El Batallón de Infantería Motorizado (BIM) Nº 111 lleva su nombre: “Sgto. 1º Juan de la Cruz Rojas” (Historial de las Unidades del Ejército, pág. 113). 228 En la toma de Chacras tuvo activa participación el “Primer Escuadrón del Regimiento de Caballería N° 5”. El Regimiento N° 5, hoy llamado “Lanceros de Torata”, era orgánico del Agrupamiento del Norte y pasó como refuerzo de la 1ra División Ligera para el ataque de Chacras el 24 de julio de 1941. Su comandante era el teniente coronel Hernán López Cárdenas. El teniente coronel Ernesto Carmelino Seijas narra la participación de su Escuadrón en la toma de Chacras: Batalla de Zarumilla. Primer Escuadrón del Regimiento de Caballería N° 5. Objetivo: Chacras, PERUGRAPH EDITORES S.A., Lima – Perú, 1977. 229 El Batallón de Infantería Motorizado N° 6 lleva su nombre (BIM “Cap. Juan Hoyle Palacios” N° 6). Su lema: “ADELANTE HASTA VENCER” (Historial de Unidades del Ejército, páginas 14 y 15). 230 El Batallón Contrasubversivo (BCS) Nº 63 lleva su nombre (En el Historial de Unidades del Ejército, pág. 100, se dice que falleció el 29 de julio de 1941, en el ataque sobre “El Huásimo”, en la quebrada de Cazadores. El ataque fue sobre “Palo Negro”, puesto ecuatoriano que se hallaba frente al “Huásimo”, dice De la Barra. 231 El coronel del Ejército Rómulo Zanabria Zamudio, en su libro: “La campaña de 1941” (Perú – Ecuador), Editora Impresora Amarilys, LimaPerú, abril de 1996, narra detalladamente la forma en que murió el subteniente Astete y presenta una breve biografía de él, refiriendo, entre otras cosas, que había nacido en el distrito de Urcos – Cusco. Según este autor la muerte de Astete se produjo en el combate de “El Progreso”, páginas 256 a 260. 232 DE LA BARRA, Felipe, Ob. Cit., pág. 62.

FMP 385


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Después del cese al fuego, los ecuatorianos llevaron adelante varias acciones. Los días 10 y 11 de agosto, tropas de la guarnición de “Zapotillo” intentaron vadear el río Chira, siendo rechazados. El comandante peruano del sector ordenó atacar “Zapotillo”, progresando favorablemente, pero el comandante del Agrupamiento Norte ordenó retornara a su posición inicial, respetando el cese al fuego. Se produjeron acciones en el sector del Chinchipe y el 11 de setiembre ocurrió la emboscada de “Porotillo”, acción ecuatoriana cuestionada, en la que perdieron la vida el capitán de caballería Alfredo Novoa Cava,233 el teniente de la guardia civil Alipio Ponce Vásquez,234 el alférez de caballería Luis Reynafarje Hurtado235 y 37 individuos de tropa, salvando la vida solo un sargento. Posteriormente, los días 18 y 19 de setiembre, se produjeron los ataques de “Panupali”, que las fuerzas peruanas rechazaron. El 2 de octubre de 1941, se firmó el “Acta de Talara”, que señalaba una zona de desmilitarización en el territorio ocupado de “El Oro”.

Paralelamente a las acciones del “Frente Zarumilla”, en el frente nor- oriental también se llevaban acciones militares. La V División peruana estuvo comandada por el general de brigada Antonio Silva Santisteban, teniendo como jefe de Estado Mayor al coronel Manuel Morla Concha. Su sede era Iquitos y sus elementos constitutivos se distribuyeron convenientemente en su sector de responsabilidad, cumpliendo con éxito la misión encomendada y desalojando a las fuerzas ecuatorianas de territorio peruano. El 10 de julio, en horas de la mañana, el puesto avanzado “Solsol” de la guarnición peruana de “Bartra”, fue atacada sorpresivamente por efectivos de la guarnición ecuatoriana de “Gonzales Suárez”. El subteniente Gilberto Ugarte Bueno ordenó un contraataque y luego de varias horas de combate las tropas peruanas se apoderaron de esa guarnición ecuatoriana, que desocuparon después por orden del gobierno236, ocupando su posición inicial.

233 Fue ascendido póstumamente al grado de mayor. El Regimiento de Caballería Blindado Nº 123 (RCB 123) lleva su nombre (Historial de Unidades del Ejército, páginas 236 y 237). En caballería se le conoce como el one, two, tree. 234 Fue ascendido póstumamente a capitán, habiendo sido declarado héroe de la Policía Nacional y héroe nacional. Comando la toma de los puestos ecuatorianos de Carcabón y Huabillos. Se le conoce como “El Titán de Carcabón”. 235 El Batallón de Tanques “TTE Luis Reynafarje Hurtado” Nº 232 lleva su nombre. Su lema: “Fortaleza, Tenacidad, Victoria” (Historial de Unidades del Ejército, páginas 133 y 134). 236 Se dice que esa orden era consecuente con la política de no provocación del gobierno peruano. En nuestra opinión, un pacifismo innecesario. Era claro que los agresores eran los ecuatorianos.

386 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

El día anterior al ataque de “Solsol”, la guarnición ecuatoriana de “Huachi”, en el río Pastaza, “atacó por el fuego” la guarnición peruana de “Soplín”, que fue contestada. El 23 de julio, día del inicio de la “Batalla de Zarumilla”, la guarnición ecuatoriana de “Platanoyacu” atacó a la peruana de “Vicealmirante Carbajal”. Estas acciones fueron el inicio de las hostilidades en el Nor – Oriente, que se producirían entre el 31 de julio y el 16 de agosto de 1941. En lo operacional, cada guarnición actuó de acuerdo a su misión y a su realidad. “Con excepción de la operación contra “Rocafuerte”, que tuvo signos de pequeña operación masiva, todas fueron aisladas si bien, por lo mismo, con gran significado en cuanto al dominio que, en cada caso, lograron sobre la guarnición adversa a la que debían enfrentarse.” 237 Entre las acciones que se produjeron en este frente, podemos citar la recuperación de “Gonzales Suárez” por la guarnición peruana de “Bartra”, el 25 de julio, avanzando hasta la boca del “Cunambo”, donde se instaló con el nombre de “Bartra Nuevo”. El desalojo de las guarniciones ecuatorianas del “Tarqui” y “Vencedores” por la

guarnición peruana de “Arica”, en el río “Curaray”; la captura de “Platanoyacu” o “Corrientes” por la guarnición peruana de “Vicealmirante Carbajal”, del rio “Corriente”, que avanzó hasta la confluencia de los ríos “Macusari” y “Corrientes”. En este avance, a bordo de la lancha comercial “Mello Franco”, el 12 de agosto, perdió la vida el subteniente César A. López, de destacada actuación en la toma de “Platanoyacu” y el capitán de la lancha, Julio C. Rodríguez, por fuego de ametralladora. El 31 de julio, tropas de la guarnición peruana de “Subteniente Castro”, tomaron la guarnición ecuatoriana de “Yaupi”, ubicada en la margen izquierda del río del mismo nombre, en la confluencia del río “Santiago”. El 2 de agosto, esta misma tropa peruana tomó la guarnición ecuatoriana de “Santiago”, acción en la que murió el subteniente ecuatoriano Hugo Ortiz, que fue honrado por los peruanos. En ese punto se instaló la guarnición peruana “28 de Julio”. En las operaciones militares del “Nor- Oriente”, la “Captura de Rocafuerte” fue la acción más importante. El 11 de agosto, al amanecer, una patrulla ecuatoriana atacó el puesto avanzado Nº 2 de

237 De la Barra, Felipe, Ob. Cit., pág. 92.

FMP 387


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

“cabo Pantoja”, dando lugar a una respuesta rápida por el lado peruano, desencadenando el ataque de “Rocafuerte”, que fue tomada al medio día, izando las tropas peruanas el Pabellón Nacional en el mástil de la comandancia de “Rocafuerte”. Como consecuencia de estas acciones, cayeron también las guarniciones de “Lagarto Cocha” y “Redondo Cocha”, los días 12 y 13 de agosto. Posteriormente, las tropas peruanas continuaron capturando guarniciones ecuatorianas; y fue así como el 12 de agosto, la guarnición peruana de “Soplín” capturó “Huachi”; el 16 de agosto se capturó “Sihuin”; el 30 de agosto se ocupó, sin oposición, las guarniciones de “Andoas” y “Tunigrada”, alcanzándose, el 2 de setiembre, la confluencia de los ríos “Bobonaza” y “Pastaza”. El 6 y 7 de setiembre se capturó “Cashuime”, sin resistencia y se realizaron operaciones de seguridad en el “Cenepa”, terminando así la misión de la Quinta División, recuperándose una considerable extensión de nuestro territorio ocupado por los ecuatorianos; no obstante, lo ganado con el sudor y la sangre de los soldados, se perdió, como siempre, por las malas decisiones políticas, con

el argumento del pacifismo y la confraternidad continental. El 29 de enero de 1942 se suscribió en Río de Janeiro un Protocolo de paz, amistad y límites entre Perú y Ecuador, actuando como países garantes Estados Unidos de Norteamérica, Argentina, Chile y Brasil. Se pretendía que este instrumento de Derecho internacional pondría fin al diferendo limítrofe en cuestión, pero no fue así. Quedó sin demarcar la frontera en el sector de la cordillera “El Cóndor”, que dio lugar a nuevos enfrentamientos en 1981 y 1995. Tras el conflicto del Cenepa en 1995, la frontera fue definitivamente demarcada. “El número de bajas en el frente Zarumilla fue de 91 muertos. El Ejército perdió 78 efectivos, entre ellos 4 oficiales: capitán Alfredo Novoa Cava, teniente Juan Hoyle Palacios, subteniente Eduardo Astete Mendoza y alférez Luis Reynafarge Hurtado; 72 heridos, de ellos, 6 oficiales. Más de la mitad de las bajas se produjeron en las acciones de Porotillo y Panupali, posteriores a la Batalla de Zarumilla. En el TONO (Teatro de Operaciones del Nor – Oriente), hubo 13 muertos: 10 soldados, 1 civil y 2 oficiales del Ejército: subtenientes Luís García y César López.” 238

238 COMISIÓN PERMANENTE DE HISTORIA DEL EJÉRCITO, Compendio de la Historia General del Ejército del Perú, INDUSTRIALgráfica S.A., agosto 2001. Lima – Perú, pág. 314.

388 FMP


MARISCAL ELOY GASPAR URETA MONTEHERMOSO Comandante General del Agrupamiento del Norte en 1941 Retrato ubicado en la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo y Defensores Calificados de la Patria.

FMP 389


CORONEL LUIS E. VINATEA Comandante General de la 1ª División Ligera en 1941. Con el grado de general de brigada fue presidente del Consejo de Oficiales Generales. Retrato ubicado en la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo y Defensores Calificados de la Patria.

390 FMP


TENIENTE CORONEL MANUEL ARTURO ODRÍA AMORETTI Jefe de Estado Mayor de la 1ª División Ligera Retrato ubicado en la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo y Defensores Calificados de la Patria.

FMP 391


MAYOR ALFREDO NOVOA CAVA Murió en Porotillo el 11 de setiembre de 1941 Retrato ubicado en la galería de héroes del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú (Pintura de Etna Velarde).

392 FMP


CAPITÁN DE LA GUARDIA CIVIL ALIPIO PONCE VÁSQUEZ “El Titán de Carcabón” Murió en la emboscada de Porotillo Retrato ubicado en la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo y Defensores Calificados de la Patria

FMP 393


CAPITÁN JOSÉ ABELARDO QUIÑONEZ GONZALES Murió en Quebrada Seca el 23 de julio de 1941 Retrato ubicado en la galería de héroes del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú

394 FMP


TENIENTE LUIS REYNAFARGE HURTADO Murió en Porotillo el 11 de setiembre de 1941 Retrato ubicado en la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo y Defensores Calificados de la Patria.

FMP 395


B.A.P. “AMAZONAS” (ROCAFUERTE) Integró la Fuerza Fluvial del Frente Nor – Oriental junto a las cañoneras “Loreto”, “Napo”, “Portillo” e “Iquitos”, al mando del capitán de navío Antonio Cantuarias Pardo Pintura ubicada en la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo y Defensores Calificados de la Patria.

396 FMP


FMP 397


398 FMP

“EL HOLOCAUSTO DE QUIÑONEZ” Pintura ubicada en la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo y Defensores Calificados de la Patria.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

VI.3. Causa seguida al ecuatoriano Duberlí Orozco Gómez por Espionaje y Otros239 El 23 de julio de 1941, el sargento segundo guardia civil José Zegarra Zegarra, comandante del puesto “El Salto” (5ta Comandancia Mixta- Línea de Sullana), formuló un parte sobre la intervención a Duberlí Orozco Gómez, de nacionalidad ecuatoriana, refiriendo, que el 19 de julio del citado año, a horas 21.00, aproximadamente, “vio que una persona a lomo de bestia cruzaba la línea divisoria entre el Perú y Ecuador, haciéndole el alto reglamentario, deteniéndose sin oponer resistencia”. Interrogado, dijo ser Manuel Robles Gómez, de nacionalidad ecuatoriana, que venía con el fin de comprar una lata de anisado. Como su actitud infundía sospecha, procedió a su detención y registro, encontrándosele un revólver Smith (&) Wesson (N° 124279), calibre 32, cargado con 6 tiros cortos, 7 tiros largos que portaba en el cinto, 190 sucres (moneda ecuatoriana) y “un mulo aperado, el cual se encuentra depositado en el Puesto de Lancones.” Refería, además, que el detenido no era Manuel Robles Gómez, como inicialmente dijo ser, sino que su nombre verdadero era Duberlí Orozco Gómez y llegó acompañado de Manuel Bustamante, su connacional, quien se

quedó a unos 80 metros atrás y “cuando el suscrito se dirigió a capturarlo se dio a la fuga ingresando a su territorio…” Durante la intervención a Orozco Gómez, el sargento Zegarra sufrió una perforación en la palma de la mano izquierda, cuando accidentalmente se disparó el arma que decomisó a Orozco (“por haber quedado una bala en el tambor”). El detenido, el arma, la munición y el dinero decomisado fue entregado por Zegarra al alférez Guardia Civil Guillermo Vaudenay240, jefe de línea de Sullana, quien, a su vez, puso al detenido, con el “Parte respectivo”, a disposición del coronel César Salazar, “Comandante General de la VIII División Ligera”, el 24 de julio de 1941. El 30 de julio, el coronel Salazar se dirige al General Comandante del Agrupamiento del Norte, general de brigada Eloy G. Ureta Montehermoso, poniendo a su disposición a Orozco Gómez, refiriendo: “Por las manifestaciones tomadas por la policía a este individuo y el mismo hecho de haberlo encontrado armado, hacen suponer que se trate, no de un delincuente prófugo como pretende hacerlo pasar la autoridad ecuatoriana fronteriza en el documento adjunto al Pte. parte, sino de un verdadero espía al servicio de la nación enemiga vecina.”

239 Este expediente se encuentra en el “Archivo Central del Fuero Militar Policial”. 240 Llegó al grado de coronel y fue presidente de la 2da. Zona Judicial de Policía de Lima.

FMP 399


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

El documento adjunto al que se hace referencia, es el que dirige el “Capitán de Artillería y 1er comandante de los destacamentos”, Vájera, al “Cmdte. de puesto Los Encuentros- Perú”, a quien le dice: “me permito encarecerle se sirva hacer conocer a las autoridades de esa jurisdicción, que se trata de un famoso criminal, prófugo del penal “García Moreno”. Hace poco, asaltó el correo de Célica (a Loja), desvalijándola en la suma de (sucres) 10,000.00, con este motivo ya me he dirigido a los jueces del crimen para que soliciten su extradición. De ser posible sería conveniente conducirlo a la raya fronteriza de Zapotillo y entregarlo a las autoridades ecuatorianas”. Firma la nota en Mangaurco, julio 23 de 1941. El alférez Guillermo Vaudenay recibió la declaración de Orozco, quien confirmó las versiones sobre los hechos descritos, refiriendo, además, que, si bien no tiene documentos, es ecuatoriano por haber nacido en la Parroquia de Alamor; que no tiene licencia para portar armas “porque en el Ecuador no exijen”; que “se había cambiado de nombre para que no lo detuvieran por el hecho de que se le acusa de asalto siendo inocente”. Los documentos fueron remitidos a Lambayeque, al coronel Jefe de Zona de la Primera Región, quien decretó: “Vista al Auditor de Guerra”. El Dr. R. Paredes, tras narrar los hechos que se describieron, refirió que “El solo hecho de pretender recuperar a un empedernido criminal –según así lo pinta el

400 FMP

Capitán Vajera- explica que se trata de un importante sujeto, que además de esas cualidades, posee las condiciones de ser un arrojado espía, toda vez que no escapa del conocimiento de ningún ciudadano Peruano o Ecuatoriano, el estado de beligerancia en que se encuentran ambos países y la imposibilidad que existe traspasar la línea fronteriza.” El Auditor opinó que debía abrirse instrucción contra Duberlí Orozco Gómez, por los delitos de espionaje, previsto en el inciso 1° del artículo 221° del Código de Justicia Militar; de falsedad, previsto en el inciso 3° del artículo 452° del mismo Código, “pues, al ser identificado, dio un nombre supuesto; y, el de lesiones, en agravio del Sargento Zegarra, previsto en el artículo 167 del Código Penal Común, “aplicable conforme al art. 260 de la L. O. del P. J., infracciones que, conforme al inc. 5° del art. 11 del Código privativo de Guerra, son justiciables militarmente…, debiendo practicarse el peritaje médico respecto de la naturaleza de las lesiones ocasionadas…” El 20 de agosto de 1941, el jefe de Zona abrió instrucción contra Duberlí Orozco Gómez, por los delitos de Espionaje, Falsedad y Lesiones, en agravio del sargento segundo de la Guardia Civil José Zegarra Zegarra, nombrando Juez Instructor Sustituto para esta causa al mayor Abel Carlín Sánchez, quien prestó juramento para ejercer el cargo ante el “Juez de Primera Instancia de la Provincia de Sullana, el 24 de octubre de 1941”.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Entre esa fecha y el 12 de agosto de 1948, no se realizó diligencia alguna. El Auditor, doctor R. Paredes, opinó porque se devuelva el expediente al juez de Sullana, “para que practique las diligencias de la instrucción”, dado que el delito de espionaje se sancionaba con pena de muerte o con penitenciaría, conforme al Inc. 1 del Art. 221 y 226 del Código de Justicia Militar y, prescribe a los 15 años, de forma que a la fecha han transcurrido 7 años, “tiempo insuficiente para que se opere la prescripción”. El jefe de Zona devolvió el expediente a Sullana, para que el mayor de caballería Luís Gustavo Elías Bregante, juez militar sustituto, actúe las diligencias ordenadas. Se nombró secretario al teniente Carlos Vallejo Garrido y se remitieron oficios para la búsqueda y captura de Orozco Gómez, y la comparecencia de Zegarra Zegarra, sin resultados positivos. Devuelto el expediente a Lambayeque, el auditor opinó porque se llame a Orozco por edicto, se ratifique el “Parte” por el sargento Zegarra y se reciban los testimonios de las personas citadas en el dicho documento, diligencias que no pudieron actuarse por ausencia de las personas que deberían declarar, salvo el edicto, que tampoco dio resultados.

El 2 de junio de 1949, el jefe de Zona de Lambayeque, coronel Mariano Alfaro Argote, por recomendación de su auditor, reserva la causa “hasta que el reo se presente o sea habido”. Actuó como relator secretario Rodolfo Morante Salcedo.241 El 11 de octubre de 1962, el presidente del “Consejo de Guerra Permanente de la Primera Zona Judicial del Ejército”, coronel Luís Jordán Becerra, decretó: “Habiendo prescrito la acción penal: Vista al señor Auditor”. El Auditor, el 18 de abril de 1963, opinó que la instrucción “debe remitirse al Juez de Piura a fin de que reitere las órdenes de búsqueda y captura contra el inculpado”, lo que el Consejo resolvió, actuando como presidente, el coronel Luís Jordán Becerra; como vocales, los tenientes coroneles Alfonso Rivero Winder y Abelardo Delgado Monteza; y como relator secretario, Juan Mariano Barandiarán Pagador.242 El 26 de junio de 1964, el teniente coronel Jorge Muñoz Barata, auditor del Consejo de Guerra Permanente, opinó porque se cortase la secuela del juicio por prescripción, opinión que el Consejo compartió y cortó la secuela del juicio el mismo día y elevó su auto al Consejo Supremo de Justicia Militar en consulta, confirmándose en todos sus

241 Llegó al grado de general de brigada y en 1963 fue fiscal general del Consejo Supremo de Justicia Militar. 242 Ascendió hasta general de brigada.

FMP 401


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

extremos, el 24 de noviembre de 1964. Firmaron la Ejecutoria “los señores Generales: Enríquez; Bockos; Lindley; Vildoso; Navarro. Actuando como secretario el teniente coronel Juan Francisco Miranda Garrido243.” Se archivó definitivamente el 3 de junio de 1965. ¿Qué habrá sido de Duberlí Orozco Gómez?, ¿Quién lo liberó y en qué momento? El Acta de Talara, que se firmó el 2 de octubre de 1941, solo contempló la creación de una zona desmilitarizada en el Teatro de Operaciones del Norte. No se habló de intercambio de prisioneros. Hubo claramente, más que descuido, abandono en la tramitación de la causa.

VI.4. El gobierno de José Luis Bustamante y Rivero y la jurisdicción militar El doctor José Luis Bustamante y Rivero prestó juramento como presidente de la República el 28 de julio de 1945. Llegó a la presidencia encabezando una coalición de partidos denominado Frente Democrático Nacional (FDN), cuyo principal miembro era el partido aprista liderado por Víctor Raúl Haya de la Torre.

Ese mismo día, se promulgó la ley N°. 10220, que concedía “amnistía e indulto a todos los militares y civiles sentenciados y procesados por cortes marciales o por fueros privados, por razones políticas y sociales; y restituyéndoseles los derechos de que hubiesen sido despojados.” El artículo 2º de la ley establecía que “Los miembros de los Institutos Armados que reunían, en el momento del proceso o la sentencia, los requisitos para el ascenso, quedan expeditos para su correspondiente promoción.” Los artículos 3º y 4º disponían la inmediata libertad de los procesados o sentenciados y que el Ejecutivo dictase las disposiciones para el retorno de los expatriados por motivos políticos o sociales, respectivamente. Durante su mensaje a la Nación del 28 de julio de 1948, el presidente Bustamante y Rivero dijo sobre la justicia militar: “Se ha prestado preferente atención a la mejor administración de la Justicia Militar, a base de las sugestiones planteadas por el Consejo de Oficiales Generales. Actualmente se estudia la conveniencia de reemplazar a los actuales secretarios militares de los juzgados permanentes por personal letrado, la creación de dos juzgados permanentes en la Primera Zona Militar, la reforma del Código de Justicia Militar, el proyecto de

243 En 1973 lo encontramos con el grado de general de brigada como Fiscal General del Consejo Supremo de Justicia Militar.

402 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Reglamento de Justicia Militar y el proyecto de organización del personal de empleados de la justicia militar” 244.

VI.5. Causa seguida por los delitos de rebelión, insulto al superior y otros, a los responsables del movimiento “revolucionario” del 3 de octubre de 1948245 El 3 de octubre de 1948, el “Jefe de la Zona Judicial de Marina”, capitán de navío Ernesto Rodríguez, considerando que era público y notorio que en la madrugada de ese día se había producido “un levantamiento en armas en las dependencias de Marina del Callao, La Punta y en algunos buques de la Armada, desconociendo al gobierno constituido”, ordenó al “Juez Militar Permanente de Marina” se constituyera, en cuanto le fuera posible, en los lugares donde era necesario actuar diligencias impostergables que pudieran tener efecto para el esclarecimiento posterior de los hechos.

El 4 de octubre, el juez se constituyó en la sala de autopsias del “Hospital Naval de Bellavista”, para un reconocimiento del cadáver del capitán de corbeta Juan Revoredo Balarezo, muerto a bordo del B.A.P. “Bolognesi”, a las 3.00 horas del 3 de octubre. El teniente primero de sanidad Luís Vargas Botto hizo constar que el cadáver tenía dos perforaciones de bala: “Una a nivel del borde izquierdo del esternón, en el cuarto espacio intercostal, y otra a nivel de la línea media clavicular, en el quinto espacio intercostal izquierdo”; además, indicó que el cadáver se encontraba en descomposición. Ese mismo día se reconocieron, también, los cadáveres del capitán de fragata Enrique Águila Pardo y del “sub oficial de cargo de primera Andrés Arévalo”, ambos muertos por heridas de bala. Consultado el auditor de guerra sobre el procedimiento a seguir, opinó porque el jefe de Zona Naval expidiese el “auto formal de apertura de procedimiento” para el esclarecimiento y castigo de esos “bochornosos sucesos”, que constituían el delito de “Rebelión Militar”. Opinó, también,

244 <http://www.congreso.gob.pe/Docs/participacion/museo/congreso/files/mensajes/1941-1960/files/mensaje-1948-3.pdf>. 22 de octubre de 2018).

(Consultado

245 La información consignada en este punto ha sido tomada, básicamente, del expediente judicial ubicado en el Archivo Central de la Marina de Guerra del Perú, que se halla excelentemente cuidada en 17 cajas. La causa fue seguida en la Zona Judicial de la Marina, entre 1948 y 1952, contra el capitán de corbeta José Mosto Mosto y otros, por los delitos de rebelión, insulto al superior y otros. Nuestro agradecimiento a las personas encargadas del archivo por las facilidades que nos prestaron para su revisión pormenorizada.

FMP 403


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

que debía nombrarse varios jueces para instruir los hechos, dada la magnitud de los mismos. El jefe de la Zona Naval así lo hizo y solicitó al jefe de Estado Mayor General de Marina, contralmirante Víctor S. Barrios, remita los nombres de doce capitanes de fragata e igual número de tenientes, para ser nombrados jueces sustitutos y secretarios, iniciándose así la investigación sobre esos sucesos. El 5 de octubre de 1948, el jefe de la Zona Naval abrió instrucción por el delito de rebelión, al capitán de corbeta José Mosto Mosto y otros 163 oficiales del mismo grado. El expediente fue tramitado, principalmente, por el capitán de fragata Carlos O’Hara, teniendo como secretario al teniente primero Claudio Pizarro. Salvo Mosto Mosto, que fue condenado más adelante a catorce años de penitenciaría, el resto de capitanes de corbeta fueron sobreseídos. En el auto de apertura de instrucción no se explican los motivos para incluir en el proceso a los163 capitanes de corbeta. Tras el control de los hechos subversivos, 652 subalternos fueron detenidos, quedando 121 en la Escuela Militar de Chorrillos y 450 en la Sexta Comisaría, resultando 81 personas por identificar, con lo que sumaban 652 detenidos, que pertenecían a 28 unidades de la Marina de Guerra. Sobresalía, por la cantidad de detenidos, la Escuela Naval, con 136; el Grupo de Artillería Móvil, con

404 FMP

199; el Arsenal Naval del Callao, con 27; la Estación Naval de Entrenamiento, con 31 y 13 elementos de los buques de la Armada. Habiéndose producido la muerte del capitán de fragata Enrique Águila Pardo, el oficial de mayor graduación, activamente comprometido en el levantamiento, fue el capitán de corbeta José Mosto Mosto, por lo que sus declaraciones resultan esclarecedoras para conocer algunos hechos puntuales. Prestó su primera “manifestación” el 5 de octubre de 1948, en la oficina de la “Dirección de la Penitenciaría Central de Lima”. Dijo ser natural de Lima, de 46 años de edad, casado, domiciliado en la Quinta Nazarenas de Lima, letra “L”, prestando servicios en el Arsenal Naval del Callao. Manifestó que había sido comprometido en el movimiento por el capitán de fragata Enrique Águila Pardo, quien lo había visitado, por última vez, al medio día del 2 de octubre, en su oficina del Arsenal Naval, refiriéndole que de todas maneras se realizaría el movimiento esa noche y debía hacerse cargo de la toma del Arsenal Naval, a las doce de la noche, para cuyo objeto se le presentarían, antes de esa hora, sub oficiales y tripulación que estaban comprometidos. Una vez tomado el arsenal, enviaría 25 hombres armados a la puerta del colegio “Dos de Mayo” y otros 25 a la puerta del colegio “Maristas”, para impedir la salida del personal del Batallón de Infantería N° 39 por esa zona.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Refirió también que él (Águila Pardo) tomaría el crucero “Grau”; Romero246, sin precisarle a que oficial o jefe se refería, tomaría la Escuela Naval; un oficial, cuyo nombre no recordaba247, tomaría el Destroyer “Almirante Villar”, agregando que tanto el “Villar” como el “Grau” cubrirían el desembarco de la tripulación de la Base Naval para tomar el cuartel del treinta y nueve; los caza submarinos pararían frente a Chorrillos, para situarse en esa bahía, y una vez dominada la situación, debería tomar la jefatura del Callao y establecer el cuartel general en la capitanía del puerto. Refirió Mosto, igualmente, que preguntó al comandante Águila sobre la situación de Lima, refiriéndole “que no se preocupara, que estaban comprometidos el Regimiento de Tanques, dos cuerpos del ejército, toda la aviación y la policía.” La señal para el inicio del movimiento se daría “por medio de pantallazos del Grau”, a la una de la mañana. Dijo que llegó a la Base Naval a las once y media de la noche del 2 de octubre, se uniformó y media hora después se presentaron 6 sub oficiales. Luego de la señal para el inicio del movimiento, se dirigió a la Defensa de Costa y ordenó “sobre las armas”, dispuso sacar los trenes de transporte y embarcó en

cuatro de ellos a esa tripulación. Se presentaron los tenientes de la Barra y Graner, “a quienes les manifestó lo que sucedía y en calidad de detenidos los condujo a la oficina del segundo comandante del arsenal, donde los dejó custodiados”. Con la tropa embarcada se constituyó en el obelisco, de donde envió cincuenta hombres para custodiar las puertas de los colegios “Dos de Mayo” y “Maristas” y al resto de personal lo desplazó en las avenidas Leoncio Mora y Argentina, resguardando la entrada del arsenal. A las 5 y 30 de la mañana del día tres, se le comunicó que se necesitaba más gente, munición y elementos de combate para tomar el cuartel del Batallón N° 39, enviando cien hombres más, dos ametralladoras y la munición solicitada. A las 8 de la mañana, en vista de que el combate por la captura del treinta y nueve continuaba, “envió un cañón de noventa milímetros con su dotación y los tres cañones restantes de esta batería los emplazó frente al arsenal.” Media hora más tarde llegaron parlamentarios para manifestarle que el capitán de navío Félix Vargas Prada, comandante de Arsenal Naval, le comunicaba que se rindiera, “respondiéndoles que la orden de rendición se la solicitaran al

246 Se refería al teniente primero Víctor Romero Dávila, que en su declaración instructiva lo precisa. 247 En su declaración instructiva cita al teniente segundo Juan Manuel Ontaneda Meyer.

FMP 405


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

comando revolucionario que actuaba en el Grau y que el manifestante no se rendía y que esperaba su ataque, el cual efectivamente empezó, durando hasta las cuatro de la tarde.” A las 9 de la mañana de ese día, “al presentarse a sus respectivas unidades, capturaron al comandante Paulet y al comandante León de la Fuente y los trasladó detenidos a la cámara del crucero “Coronel Bolognesi”, donde anteriormente había dispuesto fueran conducidos los demás oficiales.” Siendo las cuatro de la tarde, más o menos, “en vista de que el Regimiento de Tanques que se le había dicho actuaría de parte de los revolucionarios estaba atacando la Escuela Naval, el Real Felipe y parte de ellos el mismo Arsenal Naval; que la aviación no concurría y los que pasaron lo hicieron en su contra; que dos de los submarinos que iban a ser neutralizados se habían hecho a la mar con su oficialidad; que su aprovisionamiento de munición era muy reducida para continuar combatiendo y que el seguir haciéndolo (era sacrificar vidas) inútilmente, como el deterioro del material, resolvió rendirse, para lo cual se constituyó a bordo del crucero “Bolognesi”, ordenó poner en libertad a los jefes y oficiales detenidos y se entregó al comandante León de la Fuente, ordenando a la

248 Por medida disciplinaria.

406 FMP

tripulación del barco acatar sus órdenes a partir de ese instante, quedando el manifestante detenido a bordo de dicho crucero.” Hizo constar, “que la única persona de quien había recibido orden de actuar en el movimiento era del comandante don Enrique Águila Pardo…”, quien hacía más de cinco meses, le había dicho que “estaba en gestación un golpe revolucionario contra el gobierno, por la forma como estaba actuando fuera de la Constitución…” Que, al comprometerlo, el comandante Águila le dijo “que en caso de que triunfaran, se pondría una Junta de Gobierno, sin decirle a quienes, y que la junta convocaría a elecciones generales inmediatamente.” Cuando se le preguntó sobre su militancia política, dijo “que estando separado del servicio248, con motivo de la campaña eleccionaria para el actual presidente, el manifestante trabajó en la casa política del Frente Democrático Nacional, sita en la calle Chota, afiliándose al Partido del Pueblo (APRA), luego continuó la campaña en el departamento de Ancash. Que, cuando regresó al servicio, en agosto del año cuarenta y seis, dejó de participar en toda clase de actividad política.”


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Precisó también Mosto, que durante una conversación que sostuvo con el comandante Águila Pardo, éste le dijo que vería “si se le podría hablar al contralmirante Maguiña o al comandante Gutiérrez (para que participaran en el movimiento), manifestándole el declarante que esos jefes le parecía difícil que aceptaran”. Insistió en el carácter militar del movimiento y dijo que el día 3 de octubre, a la una de la tarde, “le comunicaron del Bolognesi que el cadáver del comandante Revoredo estaba despidiendo mal olor a bordo, siendo esta la primera noticia que tenía el declarante del fallecimiento de dicho jefe y ordenó que el cadáver fuera trasladado en un camión a la enfermería del Arsenal Naval, a fin de erigir en ese lugar una capilla ardiente.” El 6 de octubre de 1948, “en el local del panóptico”, se recibió su declaración instructiva, teniendo como defensor al de oficio de la Zona Judicial de Marina, doctor Manuel Labarthe, capitán de fragata asimilado. Las preguntas que se le hicieron fueron básicamente las mismas que respondió a nivel administrativo, insistiendo en que el único que lo comprometió en el movimiento y a quién obedeció fue el comandante Águila Pardo, con quien “se conocían desde el colegio, que ingresaron juntos a la Escuela Naval y que una vez salido de ella siempre

habían mantenido gran intimidad.” Preguntado por qué motivo querían derrocar al gobierno, dijo: “que por las repetidas violaciones que el gobierno había hecho de nuestra carta fundamental.” Llevada adelante la instrucción, el capitán de navío Ismael Otárola, nombrado fiscal del caso, formuló la acusación “por los delitos militares de rebelión, insulto al superior y otros, y por los delitos comunes de terrorismo, contra la seguridad pública, contra la tranquilidad pública y otros, y por los delitos acumulados de lesiones, deserción y otros.” En la relación que el fiscal hizo de los hechos, refiere “que en la noche del 2 y la madrugada del día 3 de octubre de 1948 se produjo un movimiento subversivo en los buques “Almirante Grau”, “Coronel Bolognesi”, “Almirante Villar”, “Teniente Ferré”, “Teniente Palacios”, los caza – submarinos 1, 2, 3, 4, 5 y 6, en el Arsenal Naval del Callao, Base Naval de San Lorenzo, Escuela Naval y Real Felipe, con el fin de deponer al gobierno legalmente constituido.” Ese levantamiento en armas “fue encabezado por el capitán de fragata don Enrique Águila Pardo, el capitán de corbeta don José Mosto Mosto249, el teniente primero don Víctor Romero Dávila,

249 Ostentando el grado de teniente segundo, José Mosto Mosto fue héroe del conflicto con Colombia (1932-1933). Su participación en la emboscada de Puca Urco ha sido ya tratado en este mismo libro.

FMP 407


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

el teniente segundo don Juan Manuel Ontaneda Meyer y numerosos oficiales de mar, secundados por otros oficiales de mar, cabos y marineros, con la colaboración de personal subalterno de aeronáutica del Real Felipe, así como numerosos civiles.” En versión del fiscal, claro está, respaldado por las averiguaciones de la instrucción, el movimiento “tuvo ramificaciones en esta capital, que cristalizaron en la toma de la central telefónica ubicada en el jirón Washington, el intento de asalto al cuartel Mariscal Castilla, sede del Batallón de Tanques y se descubrieron numerosas bombas y explosivos en diversos sectores de la ciudad.”

enlace entre el comandante Águila y los miembros del personal subalterno.”

La preparación del movimiento habría comenzado, aproximadamente, “a fines de abril de 1948, después de la llegada al Callao, procedente de los EE. UU., del B. A. P. “Callao”, del que era segundo comandante (encargado del mando) el capitán de fragata don Enrique Águila Pardo, quien tuvo en el citado país contactos directos con dirigentes del APRA.” Refería también el fiscal, “que la labor de sembrar el descontento dentro del personal subalterno y conseguir adeptos al plan revolucionario estuvo principalmente recomendada a los oficiales de mar Nicolás del Río Loayza y Víctor Arévalo, quienes bajo el pretexto de fomentar reuniones para coordinar acciones conducentes a mejorar la organización de la sociedad mutualista de los oficiales de mar, realizaron activa campaña en tal sentido. El mismo del Río era el que establecía el

Posteriormente, aparece comprometido el teniente segundo Juan Manuel Ontaneda Meyer, quien asiste a las reuniones acompañando al comandante Águila y en otras oportunidades solo, presidiendo las mismas. Un mes antes del estallido del movimiento, el comandante Águila comprometió al teniente primero Víctor Romero Dávila, quien asistió a una reunión con el personal subalterno y recibió del comandante Águila, el mismo día 2 de octubre, en el consultorio del doctor Emilio Cahuas, de filiación aprista, las instrucciones para su desempeño dentro del movimiento. Las disposiciones concretas “para la actuación del personal complotado de la armada, fueron impartidas en detalle por el propio comandante Águila en una reunión final que tuvo lugar el viernes 1° de octubre en una casa de la calle América del Callao.

408 FMP

Las reuniones que llevaron a cabo los oficiales de mar fueron varias. En la casa de Víctor Arévalo, en el barrio obrero del Callao; en la de Carlos Pinto Macedo; en la del propio del Río y en muchas otras más. Las primeras reuniones fueron organizadas por del Río y Arévalo y posteriormente tomó la dirección del movimiento el comandante Águila, ratificando los ofrecimientos de estos “de mejoras económicas para el personal subalterno y sus familias, siempre que colaboren con él en forma amplia para la realización del movimiento.”


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

En el B.A.P. “Ferré”, el teniente Ontaneda, que se había hecho nombrar deliberadamente de servicio de guardia el 2 de octubre, notificaba al personal complotado que salía de franco, que debían retornar en el bote de las 23.30 horas, negando incluso la salida de quienes consideraba indispensables y en cuyo regreso no confiaba. Ontaneda solicitó una carta de navegación del “Almirante Grau” y envió al marinero Ricardo Olaya al Centro Naval, “para que traiga una caja de botellas de pisco”, orden que cumplió, depositándolo en el pañol de víveres, para después ser distribuido entre los complotados, lo que ocurrió más tarde. Iniciado el movimiento tras “los pantallazos del Grau”, el teniente Ontaneda detuvo personalmente al alférez de fragata Meza, oficial de guardia del B.A.P. “Ferré”, disponiendo su custodia por marineros armados, haciéndolo conducir más tarde, detenido, al B.A.P. “Almirante Grau”. Dejando el mando del “Ferré”” a cargo del maestro maquinista Diego Miranda Estrada, Ontaneda se embarcó en una lancha y se presentó en el B.A.P. “Palacios”, donde, tras conferenciar con el teniente Romero, se dirigió a los camarotes del oficial de guardia alférez Alexander y del ingeniero de guardia, teniente primero Fidel Escuza, para detenerlos y disponer sean conducidos al “Grau”. Continuó Ontaneda su periplo y llegó al B.A.P. “Almirante Villar”, donde detuvo al oficial de mar Juan Calderón Sandoval, que estaba de servicio de guardia en el portalón y dispuso que la puerta del alojamiento del alférez

Alejandro de la Puente, oficial de guardia del buque, que se encontraba durmiendo, sea cerrado. El oficial de mar Arévalo amarró con un alambre la puerta y Ontaneda apostó al marinero Ricardo Olaya Mogollón en la puerta del referido alférez, con la consigna de “disparar sobre cualquier marinero que se tirara al agua y disparar sobre el oficial de guardia si este salía.” El alférez de la Puente despertó a las 03.00 horas y al encontrar que la puerta de su alojamiento estaba cerrada, se dirigió al baño de oficiales y levantó la tapa de combate para ver, encontrando al marinero Olaya que le apuntaba con un fusil, que, tenía la bayoneta calada, a quien reconoció por haber servido bajo sus órdenes en el anterior crucero de verano. Olaya le gritó: “ríndete” y sin esperar respuesta “le disparó un tiro a boca de jarro, con el inequívoco propósito de victimarlo, desde que, al margen de toda discusión, es evidente que un disparo en tales condiciones debió ser de indudable necesidad mortal y solo por acto providencial escapó a la muerte el alférez de la Puente”, dijo el fiscal. El mencionado alférez “cayó al suelo en un charco de sangre, privado del conocimiento y así lo abandonaron a su suerte, el marinero Olaya y los demás complotados que se enteraron del suceso.” El disparo que recibió el alférez de la Puente fue en el rostro. En el B.A.P. “Almirante Grau”, después de la una de la mañana, llegó el comandante Águila Pardo,

FMP 409


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

“en una chalana manejada por civiles” y los oficiales de mar Gregorio Vargas Garay, Jesús Yáñez Soto, Víctor Grau López y Timoteo Contreras, detuvieron a todos los oficiales de servicio: teniente Ruiz de Castilla, teniente Marco Celli, teniente de sanidad Soriano y los alféreces Mantero, Denegri y Carvajal, después de haberse negado al pedido personal del comandante Águila de adherirse al movimiento. El “Grau” inició “el fuego de artillería contra el cuartel “2 de Mayo”, con sus cañones 4 y 6 de 76 mm, actuando a cargo del grupo de artillería el condestable Roberto Muñoz.” Simultáneamente con dicho ataque, los B.A.P. “Villar”, “Palacios” y “Ferré”, al mando de Ontaneda, zarparon con rumbo a Chorrillos, para actuar sobre la Escuela Militar y el cuartel “San Martín”. En el muelle de submarinos, los oficiales de mar Tomás Nube Soria y Emilio Herrera dispusieron la salida de los 6 caza submarinos, que lo hicieron abarloados250 de dos en dos, dirigiéndose a las proximidades del “Grau”. En el Arsenal Naval del Callao, el capitán de corbeta Mosto adoptó medidas para la defensa del

local, el apoyo a otras unidades sublevadas, envió personal en camiones del arsenal para reforzar las defensas del “Real Felipe”, que ya estaba sublevado, y detuvo a los tenientes de servicio Luís de la Barra y Alejandro Graner. A bordo del “Bolognesi”, que se encontraba en reparación en el Arsenal Naval, los oficiales de mar Domingo Castañón Rivera, Manuel Rodríguez Vacalla, Francisco Ortega Vásquez, Humberto Moreno Alva y Andrés Casas Pichilingue, se armaron con las pistolas del servicio de policía. Ortega y Moreno despertaron al personal, mientras Castañón, Rodríguez y Casas se aprestaron a detener al capitán de corbeta Juan Revoredo Balarezo, jefe de servicio. Rodríguez tocó la puerta del camarote donde dormía el comandante Revoredo, diciendo que había incendio a bordo y luego esperó su salida. Rodríguez le intimó rendición y Revoredo se negó a entregar el buque, intentando regresar a su recámara, presumiblemente para sacar su arma, en versión del fiscal, circunstancia en que Castañón le da la voz de alto y al volver la cara Revoredo se producen los disparos que acabaron con su vida. Como ya dijimos líneas atrás, el comandante Revoredo tenía dos perforaciones de bala: “Una a nivel del borde izquierdo del esternón, en el cuarto

250 Abarloar, significa colocar un buque casi en contacto con el costado de otro, o muy próximo a muelle, embarcadero, batería, etc. (sinónimos: arrimar, barloar, acoderar). CABANELLAS DE TORRES, Guillermo, Diccionario Militar, tomo I, 2da edición, Argentina, página 23.

410 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

espacio intercostal, y otra a nivel de la línea media clavicular, en el quinto espacio intercostal izquierdo”. Revoredo, era además de su superior en grado, comandante del buque en que Castañón servía, circunstancias de doble agravamiento en el procedimiento penal militar. Rodríguez y Casas fueron declarados no habidos en el proceso y solo Castañón, condenado. Siempre en el “Bolognesi”, Castañón ordenó al personal armarse y, dejando a cargo del buque al oficial de mar Moreno, condujo a la marinería hacia la Defensa de Costa y luego los hizo transportar, en camiones del Arsenal Naval, al “Real Felipe”, para tomar parte en la acción contra la tropa del Batallón de Infantería N° 39, que estaba peleando en las calles del Callao. En la Escuela Naval, encabezó el movimiento el maestro de primera Héctor Tirado Fernández, comprometido con el comandante Águila Pardo desde junio de 1948. En su declaración instructiva, refirió que estuvo en la última reunión de coordinación de los complotados y de acuerdo a lo explicado por Águila Pardo, “la Escuela Naval sería tomada por Tirado Fernández, quien debería apagar la luz del muelle para avisar el cumplimiento de esta misión. Si Tirado fracasaba en su misión, la escuela sería bombardeada y el teniente Romero la tomaría con fuerzas de desembarco y después de dominar el Callao, Águila Pardo marcharía a Lima con todas sus fuerzas.” Tirado

recibió instrucciones, en algunas oportunidades, a través de un civil de apellido Collantes. Actuaron como cabecillas en la Escuela Naval, además de Tirado, los oficiales de mar Hipólito Recavarren Valdivia, Roberto Vergara Rojas, Máximo Zegarra Lazo y el cabo de primera Eusebio Heredia Flores. A las 24 horas del 2 de octubre tomaron presos al oficial de guardia, teniente Aurelio Carrillo, al oficial de mar que se hallaba de servicio en la prevención, al comandante Jorge Camino, al interno y al sanitario de guardia, encerrándolos “en el local del cinema, bajo vigilancia de centinelas armados.” Más tarde, a las 2.00 horas del 3 de octubre, luego de los cañonazos del “Grau”, tomaron presos al resto de oficiales que se encontraban en la escuela y al cadete de servicio. Tirado detuvo al sub director de la escuela, capitán de navío Jorge Arbulú y, Zegarra Lazo, a los tenientes Tudela, Marimón, Faura y García Cúneo. La marinería armada, organizada para la defensa de la Escuela, llevaba como distintivo un brazalete blanco. En la mañana del 3 de octubre, “Tirado ordenó confeccionar una bandera blanca con una estrella roja de cinco puntas al centro. “Este trabajo fue realizado por los marineros Enrique Huamán Torres, Luís Paiva Rumichi, Alfonso Flores Cárdenas y Asunción Estrada Arguello.” Esta bandera fue presentada en el proceso como prueba material.

FMP 411


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Habiendo sido tomada la escuela por Tirado y el resto de confabulados, no requirió ya que el teniente Romero ejecutara el desembarco planeado suplementariamente y Tirado fue felicitado por el comandante Águila Pardo, por su acción. A las 9 horas del día 3 de octubre, Tirado salió con 15 hombres a realizar un reconocimiento por La Punta, llegando más allá del Club Regatas Unión, en cuyas inmediaciones fue herido de bala en la cabeza, regresando a la Escuela en un automóvil particular que fue requisado por sus acompañantes. A las 12.30 horas del mismo día, llegaron varios tanques del ejército y se apostaron entre las puertas “Unión” y “Abtao”, iniciándose un tiroteo que duró dos horas y media, “rindiéndose Tirado y entregándose a los cadetes que habían salido del edificio en el que permanecían recluidos.” En la Base Naval de “San Lorenzo”, el oficial de mar Narciso Núñez Nuñovero, reunió a los marineros Pedro Beltrán Andrade, Avelino Torres Cuadros, Simón Miranda Sáenz, Jaime Jensen Silva y Miguel Ángel Cortez, “a quienes manifestó que se levantarían contra el gobierno, que era el día del pueblo, pues los Institutos Armados estaban de acuerdo con la marinería y les prometió que si triunfaban, a todos los enjuiciados (ellos lo eran y San Lorenzo servía también como prisión militar) los ascenderían a oficiales de mar, consiguiendo de esta manera su adhesión al movimiento.”

412 FMP

A la 1.30 horas del día 3 de octubre, Núñez percibió las señales luminosas (pantallazos) del “Grau”, señal de inicio del movimiento, y media hora después, armado y apoyado por el resto de complotados, que tenían los rostros cubiertos con pañuelos, se dirigió al camarote del oficial de guardia, alférez de fragata Luís Indacochea, que era también ocupado por el interno alférez de fragata de sanidad Caballero, apresándolos a ambos, pistola en mano, y conduciéndolos a una caseta de fierro que existía en el muelle número uno, donde fue llevado también, posteriormente, el interno alférez de fragata de sanidad, Gaviria. La Base Naval de “San Lorenzo” colaboró eficientemente con el movimiento, enviando a los buques y al arsenal del Callao personal, armamento y munición, de acuerdo con las solicitudes de los comandantes Águila y Mosto. El lunes 4 de octubre, al conocer la rendición de los buques y otras dependencias navales, Núñez tuvo como propósito victimar a los oficiales detenidos, pero el oficial de mar Meza Cancio, que no compartía esa posición, “lo induce a consultar sobre el particular con los cabecillas, quienes rechazan la criminal insinuación.” Núñez se rindió a las 10.30 horas de dicho día, ante el alférez Indacochea. La guarnición de aeronáutica, que se hallaba acantonada en el “Real Felipe”, fue otra dependencia que se levantó también. El día 3 de octubre, a la 01.30 horas, aproximadamente, el sub oficial de


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

aeronáutica Eduardo Rodríguez Vildósola se presentó en la guardia de prevención y facilitó el ingreso de un numeroso grupo de civiles armados, pertenecientes al partido aprista, que desarmaron al centinela, tomaron preso al teniente Miguel Assareto, oficial de guardia y se apoderaron del local, combatiendo más adelante contra la tropa del Batallón de Infantería N° 39 y demás fuerzas que actuaron en el Callao. “El sub oficial Rodríguez y otros se pasaron a la comisaría del “Real Felipe”, aproximadamente a las 09.00 horas del día 3, entregándose al oficial de guardia, pero la resistencia, aunque desorganizada, continuó actuando hasta la tarde del día domingo en que el local fue recapturado por fuerzas del ejército.” Volviendo al accionar de los buques en el movimiento, que narramos en parte líneas arriba, la navegación se inició con el “Villar” a la cabeza, seguido por las fragatas “Ferré”, comandada por el oficial de mar maquinista Miranda y, “Palacios”, por el maestro del Río, actuando como su segundo el oficial de mar Dávalos. Durante la navegación, el oficial de mar Arévalo pretendió reducir al alférez de la Puente, que herido se encontraba encerrado en la cámara de oficiales; abrió la puerta y le gritó que se rindiera, respondiendo de la Puente con disparos de pistola que pusieron en aprietos a Arévalo, que tuvo que esconderse en el baño hasta que cesara el fuego, para luego salir al pasadizo y disparar desde allí, al igual que sus acompañantes, contra de la Puente, que resultó con múltiples

heridas causadas “por los fragmentos de los proyectiles, producidos al estrellarse estos contra la base de un cañón que existía en el lugar.” Vuelto Arévalo al puente de navegación, informó a Ontaneda: “Todavía el alférez está muy bravo y que se encuentra herido en la cara, hecho un monstruo.” Más tarde, el propio Ontaneda fue a ver a de la Puente, con el propósito de reducirlo, según el fiscal y según Ontaneda para prestarle los primeros auxilios, siendo trasladado a la enfermería del buque y después a la Base Naval de “San Lorenzo”. El “Villar” y las fragatas “Ferré” y “Palacios” tomaron posiciones en la bahía de Chorrillos y en la mañana del día tres, dos aviones volaron de este a oeste sobre los buques, “que tras las verificaciones convinieron que eran fuerzas amigas, lo que implicaba que personal de la fuerza aérea se encontraba comprometido con el movimiento”, dice el fiscal. Más tarde, otros dos aviones evolucionaron sobre los buques rebeldes y los atacaron resueltamente con sus ametralladoras, respondiendo al fuego los buques. En tales circunstancias, el comandante Águila dispuso el retorno de las naves en su ayuda, siendo éstas nuevamente atacadas, llegando a la Base Naval del Callao a las 11 horas, aproximadamente. En cuanto al teniente Romero, que había salido al mando de los caza submarinos y conduciendo, en una barcaza, personal armado para tomar la Escuela Naval, retornó al “Grau” porque la

FMP 413


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

escuela ya había sido tomada por el maestro de primera Héctor Tirado Fernández y el resto de complotados; entonces, el comandante Águila le ordenó que con todos los caza submarinos disponibles “hiciera una corrida a alta velocidad, disparando ráfagas con sus ametralladoras contra las fuerzas que combatían en tierra”, dado que estas respondían al fuego que el “Grau” hacía contra el cuartel “Dos de mayo”. Hostigado por el fuego de tierra, el “Grau” abandonó su fondeadero y como estaba escaso de agua y combustible se acoderó al buque madrina “Napo”, circunstancia en que fue atacado por la aviación, con fuego de ametralladoras y pequeñas bombas, cayendo una de ellas cerca de la chimenea del “Napo”. El “Grau” abandonó la faena que realizaba y contestando al fuego de los aviones, se ubicó en las afueras de la bahía. Durante la tarde, las fuerzas leales al gobierno retomaron la Escuela Naval, el “Real Felipe” y el Arsenal Naval, rindiéndose el comandante Mosto y como consecuencia de ello el orden quedó también restablecido en el B.A.P. “Bolognesi”. La División de Submarinos permaneció leal al gobierno. Tres submarinos se desatracaron al mando de sus oficiales de guardia, los que fueron vistos desde el “Grau”, ordenando el comandante Águila al teniente Romero hiciese un reconocimiento con el caza submarinos N° 4, cesando desde ese momento la participación del teniente Romero y de los caza submarinos.

414 FMP

El “Grau” fue nuevamente atacado por la aviación, por lo que se desplazó hasta las afueras de la isla “San Lorenzo”, siendo seguido por el resto de naves sublevadas. El comandante Águila, entendiendo la gravedad del momento, refirió al personal que había sido engañado por el resto de comprometidos y les informó que había recibido un despacho del Estado Mayor General de la Marina “solicitándole rendición incondicional”. Consultados por la actitud que debían tomar, unos propusieron “emprender la fuga en una de las fragatas hasta un puerto extranjero, de Chile o Ecuador, pero la mayoría se pronunció a favor de la rendición.” El comandante Águila asumió toda la responsabilidad por los hechos y envió un mensaje al Estado Mayor refiriendo que se rendiría al día siguiente, “con todos los honores”; mientras tanto, se comenzó a notar el descontento y un grupo de marineros del “Grau” sostuvieron conversación con los oficiales presos y les ofrecieron armas, adoptando diversas medidas de precaución “para evitar que exaltados oficiales de mar volaran las santa bárbaras del buque o victimaran a los oficiales presos, como habían insinuado, estableciendo vigilancia sobre los pañoles de munición y sobre los propios oficiales de mar cabecillas.” En el B.A.P. “Palacios”, a las 3 de la mañana del día 4, el oficial de mar Moisela encaró enérgicamente “a los oficiales de mar del Río y Dávila y les hace saber que el buque no se moverá sino para dirigirse a su fondeadero y entregarse a las autoridades”.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Dávila y del Río se ven obligados a aceptar esta decisión, que es avalada por el resto de la tripulación, pero solicitan acercarse al “Villar” para recoger al teniente Ontaneda y demás cabecillas de ese buque y dirigirse luego al “Grau” a recoger al comandante Águila y sus colaboradores principales, para acordar la actitud final que tomarían. En esta ocasión, Dávila y del Río insisten en su propuesta de viajar a Chile en una fragata, alegando que había una ley que los amparaba, propuesta rechazada por Moisela y su grupo, amenazándolos con apresar a todos los que habían encabezado el movimiento. En las primeras horas del 4 de octubre, el B.A.P. “Palacios” se acerca al “Villar” y el teniente Ontaneda y los oficiales de mar Ramírez, López y Erazo subieron a bordo, manifestando: “va la cédula parlamentaria aprista a conferenciar.” El “Palacios” se acerca al “Grau” y son llamados a bordo, por alto parlante, el comandante Águila y los maestros Vargas, Baella, Muñoz y Yáñez, pero solo subió a bordo el comandante Águila, siendo recibido por el teniente Ontaneda y “el maestro Del Río coreó algunas hurras.” La reunión se produjo en el puente del “Palacios” y del Río insistió en fugar a Chile en una fragata, lo que fue desechado por ser “técnica y materialmente irrealizable”; mientras tanto, los tres submarinos acechan al “Grau” y a las dos fragatas, teniéndose ya conocimiento de lo que ocurría en tierra y se temía un nuevo ataque de la aviación. En tales circunstancias, Moisela estimó que había llegado el

momento de detener a los dos oficiales, designando para el efecto al maestro Unzueta y a los cabos Lemos y Guevara. El teniente Ontaneda acató la orden de Unzueta de desarmarse y Dávila, que había ya traicionado al grupo de cabecillas amotinados, se ubicó frente al comandante Águila, sobre una plataforma, exigiéndole que entregase su arma. Águila sacó la pistola de su bolsillo y dirigiéndose a Dávila le dijo: “después me la devuelve”, levantando el brazo en dirección de Dávila, circunstancia en que este realiza varios disparos. Uno de ellos hirió en el hombro al teniente Ontaneda y dos impactaron en el comandante Águila Pardo: “uno de los proyectiles penetró por la región mentoniana y el otro por la cara anterior del cuello, en su parte central, ambos de necesidad mortal”, como constaba en la necropsia que se le practicó. En el “Grau”, mientras tanto, el maestro Revilla que se había mantenido al margen de los hechos, seguido de numeroso personal subalterno, desarmó al maestro Vargas Garay, que había quedado al mando del buque tras la partida del comandante Águila, lo condujo detenido a la ante cámara de la Comandancia General, entregándolo al teniente Ruíz de Castilla, haciéndose este cargo del buque y ordenando la detención del resto de cabecillas. En el “Palacios”, ocurrida la muerte del comandante Águila, los oficiales de mar Arévalo, Erazo, López, Ramírez y el marinero Olaya, se embarcan rápidamente para volver al “Ferré”, su buque. El FMP 415


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

teniente Ontaneda fue llevado a la enfermería y se cubrió el cuerpo del comandante Águila con una sábana. El oficial de mar del Río no tenía otra opción que hacer pasar despachos semafóricos al “Grau”, poniéndose bajo sus órdenes. En el “Ferré”, Arévalo manifestó que todo había terminado, puso en libertad al alférez Meza y le entregó el mando del buque. En el “Villar”, igualmente, se dio por terminada la rebelión, pasándose despachos a los submarinos y solicitando la presencia de un oficial para hacerse cargo del buque, llegando momentos después el alférez de fragata Sommerkamp. Mientras el “Grau” y el resto de buques navegaban hacia la bahía del Callao, en demanda de sus fondeaderos, el condestable Arévalo, que se hallaba a bordo del “Ferré” y había conservado su arma, se encerró en el pañol de armamento y se suicidó, disparándose un tiro en la sien. Dejó una carta en la que admitía su papel de cabecilla en el movimiento y se despedía de su esposa. El fiscal de la causa expresó que el partido aprista había actuado directamente en los hechos, por ello, “los sucesos rebalsaron los moldes de una rebelión netamente militar, pues se dieron los métodos característicos de dicho partido, como el empleo de explosivos en zonas no militares… La participación del APRA es evidente e innegable desde los actos preliminares que iban a originar los sucesos materia del juzgamiento.”

416 FMP

Se hallan en el expediente declaraciones y documentos en relación a lo que afirma el fiscal. El dirigente aprista Luís Alberto Barrios Llona informaba a Víctor Raúl Haya de la Torre de gestiones realizadas por él y otros afiliados del partido, con relación al movimiento que estaban gestando. Ramón Regis, Secretario General del Comité de Paramonga informaba a la Secretaría General del PAP, con fecha 4 de setiembre de 1948, “de tener comprometidos a sus servicios veinte militares más.” Entre las 24.00 horas del día 2 y la 1.15 horas del día 3 de octubre, Ramiro Prialé Prialé, citó de emergencia a los dirigentes apristas Luís Heyssen Incháustegui y Guillermo Vegas León en el local del partido aprista, a raíz del movimiento que estaba por ocurrir. En realidad, la campaña de incitación a la rebelión fue pública, a través del diario oficial del partido aprista: “La Tribuna”. Víctor Graciano Mayta, por ejemplo, pregonaba “la impunidad del delito político”. La incitación a la rebelión, a través de pasquines y líbelos, fue también abierta. Algunos de estos llamamientos decían: “Tú, soldado hoy, y ciudadano mañana, debes de afirmarte en tus principios apristas y estar dispuesto a contener con las armas en la mano cualquier intentona de los galonados, tus amos sin derecho, y eternos explotadores del soldado.” Otro “llamamiento” decía: “A los hermanos humildes del ejército vayan estas frases en aras de robustecer la convicción de luchar por un aprismo triunfador y eterno, que tarde o


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

temprano acabará con todos los galonados y succionadores del patrimonio nacional, que, como el llamado Ministro de Gobierno, comercia y lucra con los contratos de las grandes empresas capitalistas…” Estos “llamamientos” eran reiterados y variados: “Soldados: el Perú no puede ser menos que Bolivia. ¡¡¡La juventud boliviana ha domesticado la insolencia ladrona de sus militares!!! 251 Prepararse a hacer lo mismo soldado aprista, es estar dispuesto a luchar por la salvación del Perú. A la boliviana es el grito de esta hora crucial. El soldado aprista, el policía aprista y el aprista civil deben principiar ya a buscar los faroles gloriosos del castigo, hijo de la justicia. ¡¡¡A la boliviana!!! ¡¡¡A la boliviana!!! Viva el soldado y policía aprista, por cuyo porvenir económico, en el próximo Congreso, presentará la célula parlamentaria aprista cuatro leyes reivindicativas.” “La juventud aprista peruana, frente a los últimos sucesos políticos, infractorios de la Constitución del Perú, y que son un reto a las legítimas mayorías parlamentarias apristas de parte de unos abyectos senadores, estimulados por el felón Ministro de Gobierno, General Odría, se siente obligada a

notificar a las masas apristas para que se preparen, pues nosotros que formamos la incorruptible fuerza ciudadana del partido del pueblo, estamos resueltos a imponer en el Perú nuestros sagrados derechos de partido mayoritario, pese a quien pese, y cueste lo que cueste ¡¡¡ o el partido aprista manda y gobierna o desaparece y sucumbe!!! Estamos decididos y preparados para repetir las gloriosas hazañas de Trujillo, cuando hicimos morder el polvo a los galonados del Ejército y la Policía, que solo supieron ponerse de rodillas e implorarnos perdón. Los altos jefes y oficiales de los Institutos Armados nos entienden bien, porque nos han experimentado en carne propia; saben que nuestro jefe, el inmarcesible super hombre Víctor Raúl Haya de la Torre ha ordenado castigarlos, uno a uno, nombrando en su reemplazo a los dignísimos y patriotas clases y sub – oficiales del personal subalterno eternamente postergados por concupiscencia, el abuso, y la compadrería de quien (quienes) hoy los mandan insolentemente.” Otro líbelo hace un llamado a los soldados, marineros, clases, ciudadanos y mujer aprista a salvar el Perú, marchando adelante al compás de la marsellesa aprista, “hasta llegar a Palacio de Gobierno”

251 En 1947, en Bolivia, se produjo una rebelión indígena que duró varias semanas. Los sublevados tomaron haciendas de manera violenta y en algún caso mataron a los patrones. El gobierno utilizó a las fuerzas armadas para reprimirlas.

FMP 417


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

¡¡¡ A la boliviana es nuestro grito de guerra!!! ¡¡¡ Todo por Haya de la Torre!!! ¡¡¡ Los postes de las calles de Lima esperan lánguidamente que se les de trabajo!!!! Hagámoslo heroicos. Para que la historia patria nos anote una hazaña más del aprismo triunfador y eterno… ¡¡¡ Viva el presidente de la República Víctor Raúl Haya de la Torre!!! Estos pasquines tenían al final expresiones como: “Haga circular únicamente entre soldados”, “Hágalos circular con mucha reserva y esté vigilante a la espera de la hora “cero”, cuando recibirá instrucciones precisas y terminantes para actuar”; o esta otra: “Que no llegue a manos de oficiales, es solo para tropa.” El ofrecimiento de ascensos al personal subalterno para que participen en actos sediciosos es bastante común. En el expediente aparece, por ejemplo, el caso del maestro Héctor Tirado Fernández, cabecilla del levantamiento en la Escuela Naval, a quien se le encontró en su ropero un dollman (polaca) con galones de teniente primero. Prueba la participación de los apristas en la rebelión, el hecho de que los civiles apresados en el “Real Felipe” eran todos de filiación aprista. Los que tomaron la Compañía de Teléfonos del jirón Washington de Lima, igualmente, eran de esa filiación. Otro grupo de apristas fue capturado durante el intento de asalto a la sub estación telefónica de Magdalena y otros más, en el intento de asalto al cuartel “Mariscal Castilla” del Rímac. En el local

418 FMP

de la fábrica de cocinas “Cuba”, personas de filiación aprista, confeccionando bombas. En la calle Luna Pizarro N° 120 del distrito de San Isidro, se encontraron 1078 objetos explosivos, entre petardos y bombas. La casa estaba arrendada a Roque Díez Canseco, quien a su vez había sub arrendado el inmueble a Hipólito Alfaro, secretario de economía del partido aprista. Igualmente, en el local central del partido aprista se encontraron 200 cartuchos de fusil, de calibre 7.62 m/m, quemados y un rollo de mecha para dinamita, además de otros muchos hallazgos de petardos en diversas entidades públicas y privadas. El fiscal, en su acusación, refería: “Resulta principal responsabilidad contra el jefe del APRA o Partido del Pueblo, y los miembros del nominado Comité Ejecutivo del mismo, como comprobados promotores, organizadores y directores del fracasado movimiento del 3 de octubre de 1948, de donde resultan autores, en conformidad con lo establecido por el párrafo 2° del artículo 163° y 164° del Código de Justicia Militar, del delito militar de rebelión, dentro de la modalidad prevista y penada en el párrafo 2° del artículo 424° de dicho código y de los delitos comunes de terrorismo y contra la seguridad pública, contemplados en los artículos 263°, 264°, 265° y 270° del Código Penal Común, así como los delitos contra la tranquilidad pública, previstos y penados en los artículos 281° y 282° del mismo Código Penal Común; y también del delito


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Contra el Estado y la Defensa Nacional, previsto y penado en el artículo 295° del dicho código. Haya de la Torre se encontraba en la causa como acusado ausente, condición que también tenían algunos miembros del Comité Ejecutivo. Los que se encontraban presentes eran: Armando Villanueva del Campo, Alcides Espelucín Vega, José Sandoval Nogales, Guillermo Morón Ayllón, Ramiro Prialé Prialé, Luís Heyssen Incháustegui, Luís Felipe Solís Rosas, Arturo Sabroso Montoya, Magda Portal Moreno, Virginia León de Izaguirre, Gustavo Lanatta Luján, Carlos Manuel Cox, Eduardo Goycochea de la Reguera, Justo Debarbieri Rioja, Gumercindo Calderón Cáceres y Luís Felipe de las Casas Grieve. El fiscal solicitó para ellos la pena de seis años de penitenciaría, con las accesorias de ley. El fiscal de la causa formuló acusación contra 253 personas. Las penas que solicitó fueron desde la de muerte hasta reclusión militar. Nosotros solo revisaremos el caso de las personas que mayor pena recibieron, comparando la pena que solicitó el fiscal y la que impuso el Consejo de Guerra, que se formó para juzgar los hechos que largamente hemos referido. Para refrescar tales actos en los que los acusados participaron, haremos referencias breves a ellos, que facilitarán nuestro entendimiento. En cuanto a los integrantes del “Comité Ejecutivo del APRA”, el fiscal solicitó, como dijimos, la pena de seis años de penitenciaría, para cada uno de ellos, con las accesorias de ley. El Consejo de

Guerra absolvió a varios e impuso a parte de ellos penas de prisión; es decir, de menor gravedad que la penitenciaría. A Ramiro Prialé se le impuso 4 años de prisión; a Armando Villanueva, Luís Heyssen y Carlos Manuel Cox 3 años de prisión; a Alcides Espelucín, Luís Felipe Solís y Justo De Barbieri, un año de prisión, absolviéndose al resto de acusados. Fueron también procesados otros 37 civiles, siendo absueltos cinco de ellos y condenados, el resto. Estos condenados fueron apresados en el Real Felipe. Llama la atención en este grupo de condenados el nombre de Víctor Graciano Mayta, quien soliviantaba a las masas apristas desde “La Tribuna”. La pena que para él solicitó el fiscal fue de 6 años de penitenciaría, que en este grupo de procesados fue la pena más alta. Respecto de Luís Felipe de las Casas Grieve, del grupo de dirigentes apristas, Cirilo Cornejo Jerónimo y Fidel Edmundo Cuba Saravia, “el Consejo de Guerra considera (consideró) suficiente – para reprimir su responsabilidad en los sucesos que se juzgan – las penas impuestas por los tribunales de policía que los haya juzgado.” En cuanto a los militares, el fiscal solicitó para el coronel del cuerpo de aeronáutica del Perú (CAP) José Estremadoyro Navarro, nueve años de penitenciaria, como responsable del delito de lesiones con la agravante de rebelión. La imputación que se le hizo fue que estuvo en contacto con altos dirigentes apristas, esperando el desenlace del movimiento. Estremadoyro tenía antecedentes penales, FMP 419


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

pues el 21 de marzo de 1939, una corte marcial le impuso la pena de doce años de penitenciaría por el delito contra la organización y paz interna de la República. Encontrándose prófugo, el 18 de enero de 1943, asesinó al teniente coronel de la Guardia Civil Víctor Najarro, jefe del Batallón de Asalto, en circunstancias “que le intimaba se diera preso”. El tres de octubre de 1948, a las 22.00 horas, hallándose en la casa de Pedro Aizcorbe, disparó e hirió a los investigadores José Olmedo Baca y Jorge Chávez Ferrer, en circunstancias en que estos practicaban un registro. El Consejo de Guerra le impuso 3 años de prisión. Asesinado el capitán de fragata Enrique Águila Pardo por el oficial de mar Dávila, a bordo del B.A.P. “Palacios”, el oficial de mayor jerarquía, involucrado activamente en los hechos, fue el capitán de corbeta José Mosto Mosto, a quien se le imputaba haber estado de acuerdo con el comandante Águila Pardo para llevar adelante el movimiento y, durante la ejecución del mismo, haber comandado la toma del Arsenal Naval del Callao, la Defensa de Costa, del B.A.P. “Bolognesi”, que se encontraba en el dique seco, en reparación, mandar apresar a los oficiales de esas dependencias y enviar personal naval para combatir con la tropa del Batallón de Infantería N° 39. Durante las elecciones de 1945, Mosto se afilió al partido aprista y ayudó en la campaña presidencial de Bustamante y Rivero, que ese partido propiciaba, encontrándose él fuera del servicio por medida disciplinaria. Triunfante

420 FMP

Bustamante, retornó al servicio en 1946, siendo destinado al Arsenal Naval del Callao. El fiscal solicitó para él la pena de catorce años de penitenciaría, con todas las accesorias de ley, por ser responsable del delito de rebelión, en la condición de promotor y director, siendo de aplicación, en su caso, el 2° párrafo del artículo 242° del Código de Justicia Militar. El Consejo de Guerra impuso a Mosto catorce años de penitenciaría, con las accesorias de ley, entre ellas, la expulsión de la Marina. El tercer oficial procesado fue el teniente primero Víctor Romero Dávila, quien se comprometió con el movimiento un mes antes de los sucesos, a petición del comandante Águila Pardo. Durante los hechos, recibió la misión de apoyar la toma de la Escuela Naval con personal de Marina, embarcado en una lancha y escoltado por dos caza submarinos. No cumplió la misión por cuanto la escuela ya había sido tomada por el oficial de mar Tirado Fernández. Posteriormente se hizo cargo de los caza submarinos (CS), y embarcado en el N° 3, hizo unas corridas paralelas a la playa, contestando el fuego de ametralladoras que el personal del Batallón de Infantería N° 39 dirigía al “Grau”. El comandante Águila le ordenó realizar un reconocimiento en la zona de los submarinos, que no cumplió. Por la tarde del día tres, embarcado en el “CS- 3”, se entregó al teniente primero Gastón Herrera.


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

El fiscal dijo que Romero había actuado también como cabecilla, siendo responsable del delito de rebelión, en la modalidad señalada en el inciso 2° del artículo 242° del Código de Justicia Militar. La pena solicitada fue de siete años de penitenciaría, con las accesorias de ley. El Consejo de Guerra le impuso seis años de prisión y las accesorias de ley. El teniente segundo Juan Manuel Ontaneda Meyer fue seguramente el más comprometido con el movimiento. Participó en la preparación del mismo desde abril de 1948, reuniéndose con los complotados en diversos lugares, varias veces, presidiendo algunas de ellas, cuando el comandante Águila Pardo no concurría. Cambió su servicio de guardia a propósito, para estar presente en el B.A.P. “Palacios” el día 2 de octubre; arengó a la tripulación al iniciarse el movimiento, con quienes había bebido una caja de pisco, que mandó llevar con antelación. Tomó preso personalmente al oficial de guardia alférez de fragata Meza; ordenó disparar contra cualquier embarcación que se aproximara al “Ferré” y contra cualquier tripulante que se arrojara al mar. Asimismo, Ontaneda ordenó al oficial de mar Castañón que dirigiera el levantamiento en el “Bolognesi”, tomara preso al comandante Revoredo y en caso de resistirse, actuara de acuerdo a las circunstancias (el comandante Revoredo fue muerto por Castañón); dispuso que, en su ausencia, el oficial de mar mecánico Diego Miranda Estrada asuma el comando del “Ferré” y el cabo Francisco Arroyo

Pimanchumo colabore con él en esa función. Condujo personal al B.A.P. Palacios para tomar el buque. En el “Villar”, ordenó al oficial de mar Arévalo que cerrara la puerta de la camareta de oficiales, para dejar aislado al alférez de fragata Alejandro de la Puente, oficial de guardia de ese buque, a quien hirió de gravedad, más tarde, el marinero Ricardo Olaya, que, por orden de Ontaneda, montaba guardia contra él. Embarcado en el “Villar”, dispuso el zarpe del buque a la bahía de Chorrillos, seguido por las fragatas “Ferré” y “Palacios”, para bombardear la Escuela Militar de Chorrillos, misión que no cumplió por haber sufrido un ataque de aviación las naves que comandaba. Ordenó al condestable Arévalo reducir al alférez de la Puente, que mal herido como estaba, se resistió al arresto, recibiendo múltiples heridas producidas por las esquirlas de las balas disparadas por los acompañantes de Arévalo. Estuvo presente en la reunión que el oficial de mar Dávila dio muerte al comandante Águila y él mismo fue herido de bala en el hombro. El fiscal dijo que Ontaneda Meyer resultaba ser responsable del delito de rebelión, con el carácter de cabecilla o dirigente, conforme al artículo 242°, párrafo 2° del Código de Justicia Militar, con las agravantes establecidas en los artículos 243° y 246° de la referida norma, por cuanto, “no solo usurpó el mando del B.A.P. “Villar”, sino, además, entregó o dejó indebidamente en el comando de su buque, el “Ferré”, al oficial de mar mecánico Diego FMP 421


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Miranda Estrada.” El fiscal solicitó para él la pena de diez años de penitenciaría, con las accesorias de ley. El Consejo de Guerra le impuso doce años de penitenciaría. Al maestro de segunda señalero Nicolás del Río Loayza se le imputaba ser el principal cabecilla dentro del personal subalterno, haber actuado como líder del movimiento en el B.A.P. “Grau” y luego de entregar el buque al comandante Águila haberse trasladado al B.A.P. “Palacios”, usurpando el comando de esa nave, exigiendo que se le tratase como: “mi comandante”. Fracasado el movimiento, planteó huir a Chile en una fragata y tras la muerte del comandante Águila, retiró de sus bolsillos documentos, tras mover el cadáver.

junto con del Río, para retirar documentos. El fiscal decía sobre él: “Dávila es autor confeso del delito de asesinato del comandante Águila Pardo, el que, a mérito de las circunstancias en que ha sido cometido, constituye el delito militar de insulto al superior, dentro de la modalidad prevista y penada en el artículo 278° del Código de Justicia Militar, del que Dávila ha hecho alarde, pretendiendo sacar provecho de este condenable acto, para amenguar su indudable responsabilidad como cabecilla de la rebelión”, delito previsto en el artículo 242°, párrafo 2° del referido código, por lo que pide para él la pena de muerte. El Consejo de Guerra impuso a Dávila la pena de internamiento252.

Dijo el fiscal sobre él que “el maestro de segunda Nicolás del Río Loayza resulta ser comprobado principal y peligroso cabecilla del delito de rebelión…” y solicitó se le imponga la pena de catorce años de penitenciaría. El Consejo de Guerra le impuso doce años de penitenciaría.

Entre todas las penas impuestas en este caso, la más grave, sin duda, recayó sobre el oficial de mar de segunda artillero Domingo Castañón Rivera. El fiscal pidió para el la pena de muerte y el Consejo de Guerra la sostuvo. Castañón, disparó dos veces contra el capitán de corbeta Juan Revoredo Balbuena, comandante del B.A.P. “Bolognesi”, causándole la muerte.

Se imputaba al oficial de mar de segunda maquinista Francisco Dávila Manrique, de la dotación del B.A.P. “Palacios”, haber actuado como cabecilla en el movimiento, dando muerte al comandante Águila Pardo y haber rebuscado en sus bolsillos,

En términos generales, el Consejo de Guerra impuso penas menores a las solicitadas por el fiscal, tratando de uniformar las mismas y solo en casos puntuales las agravó. El fiscal solicitó para el oficial de mar de primera maquinista Diego Miranda

252 “La pena de internamiento será absolutamente indeterminada, más allá de un mínimum de veinticinco años.” Artículo 178° del Código de Justicia Militar de 1939.

422 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Estrada la pena de ocho años de penitenciaría y el Consejo le impuso diez años; el fiscal solicitó para el oficial de mar de primera artillero Héctor Tirado Fernández, quien actuó como cabecilla en la Escuela Naval, la pena de trece años de penitenciaría y el Consejo le impuso doce años; igual suerte corrió el oficial de mar de primera carpintero Narciso Núñez Nuñovero, cabecilla de la Base Naval de “San Lorenzo”. En cuanto al personal de marinería, el fiscal pidió pena de muerte para el marinero de primera artillero Ricardo Olaya Mogollón, quien le disparó en el rostro al alférez de fragata Alejandro de la Puente, causándole lesiones graves. El Consejo de Guerra le impuso pena de internamiento. Respecto al personal del cuerpo de aviación, el sub oficial maestro de segunda de aeronáutica Eduardo Rodríguez Vildósola253, fue el cabecilla principal de la rebelión en el “Real Felipe”. Hizo ingresar por la puerta de la instalación a civiles apristas armados, a la 1.30 horas del 3 de octubre de 1948. Dos de estos civiles, que se hallaban armados, redujeron al personal de guardia, ingresando más civiles armados, con brazaletes blancos en el brazo izquierdo. Despertó al personal, los hizo armar y mandó detener al teniente del cuerpo de aviación Miguel Assareto. Ordenó disparar contra el personal del

Batallón de Infantería N° 39 y a las 9,00 horas del mismo día, pasó a la Comisaría de la Guardia Civil, que se hallaba en la misma instalación del “Real Felipe”, rindiéndose y entregando la pistola que portaba. El fiscal dijo: “Está establecido su condición de cabecilla y que vivaba al APRA”, solicitando para él la pena de nueve años de penitenciaría, por rebelión, pena que el Consejo aumentó a doce años, como lo hizo con todos los cabecillas del movimiento. Acataron las órdenes de Rodríguez los sub oficiales de aeronáutica Carlos Fonken Gallardo, Washington Córdova Díaz, Antonio Moreno Sobero y Fernando Garavito Granados. El fiscal solicitó para Fonken 3 años de prisión, el Consejo le impuso cinco años de la misma pena; para Córdova 5 años de prisión y el Consejo le impuso nueve años de penitenciaría, considerando que despertó e hizo armar al personal, propinó un culatazo al sub oficial Hernán Del Castillo por resistirse a sus órdenes; tocó la puerta del teniente Assareto para que fuera detenido por civiles, declarándose aprista abiertamente. Para los sub oficiales Moreno y Garavito, el fiscal solicitó dieciocho meses y un año de reclusión militar, respectivamente. El Consejo impuso a Moreno la pena de tres años de prisión y a Garavito un año de reclusión militar.

253 Hermano del dirigente aprista Luis Felipe Rodríguez Vildósola.

FMP 423


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Otro acto significativo en la causa es el caso de sargento segundo del ejército Edmundo Dante Pacheco, del Batallón de Infantería N° 39, quien salió de su cuartel al mando de su personal para combatir a los sublevados, pero encontrándose en un canchón próximo al “Real Felipe”, en versión del fiscal, “los civiles que se encontraban allí le gritaron que se pase a su bando o que matase a sus oficiales, y Dante Pacheco, traidoramente, aceptó tan innobles insinuaciones, y abandonando a su gente se pasó al Real Felipe en compañía de dos soldados más, los que se encuentran prófugos…” El fiscal solicitó para el la pena de cinco años de prisión, que el Consejo aprobó. Como ya dijimos, el fiscal de la causa, capitán de navío Ismael Otárola, formuló acusación contra 253 procesados, el 7 de setiembre de 1949, once meses y cuatro días después de los hechos. El Consejo de Guerra se instaló en el cuartel de la policía montada “Gutiérrez Candia”, conocido como “El Potao”, en el jirón Cajamarca N° 715 del Rímac,

siendo presidido por el vicealmirante Carlos Rotalde González del Valle254. La sentencia de primera instancia fue pronunciada el 22 de marzo de 1950, un año y medio después de los hechos. Las condenas, como dijimos, fueron impuestas siguiendo un patrón. El fiscal había solicitado la pena de muerte para tres acusados, pero el Consejo de Guerra impuso, a dos de ellos, penas de internamiento y solo condenó a pena de muerte al oficial de mar Castañón. Mantuvo la pena de catorce años de penitenciaría solicitado para el comandante Mosto y al resto de los sindicados como cabecillas les impuso doce años de penitenciaría, absolviendo de la acusación a varios acusados, especialmente civiles. En cuanto a la reparación civil sostuvo: “El Consejo de Guerra, teniendo en cuenta los daños sufridos con motivo del movimiento subversivo, que es materia de este juzgamiento, en los tanques del Ejército, en los cañones y buques de la Armada, en los edificios militares del Callao, en las armas

254 Carlos Rotalde González del Valle nació en Lima el 22 de enero de 1886. Fue hijo del médico Felipe Rotalde, cirujano principal del “Huáscar” durante la guerra del Pacífico y de doña Carolina Gonzáles del Valle. Ingresó a la escuela Naval en 1900 y egresó de ella, como guardiamarina, en 1905. Prestó servicios en la Escuela Naval (1909); la Capitanía de Puerto de Iquitos (1917); fue jefe de la Flotilla de Loreto; adjunto a la Misión Naval Americana (1920); jefe de Estado Mayor de la Escuadra (1926) y comandante de la Base Naval de San Lorenzo en 1928. Ministro de Marina y Aviación en la Junta de Gobierno de Sánchez Cerro; director de la Escuela Naval (1931) y comandante general de Marina (1932). Fue nuevamente ministro de Marina y Aviación con Benavides; comandante general de la Escuadra y jefe de Estado Mayor General de Marina. En 1941 viajó a Estados Unidos como comisionado naval e integró después el Consejo Superior de Marina. En 1949 fue ascendido a vicealmirante y en 1950, inspector general y jefe de Estado Mayor General de Marina. Pasó al retiro en 1953 y falleció en el Callao el 10 de julio de 1974.

424 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

malogradas o perdidas, en la munición consumida, en los aviones, en el combustible quemado, etcétera, etcétera, fija la reparación civil en la suma de ocho millones de soles, que será de cargo –proporcionalmente– de los responsables.” El 30 de marzo de 1950, el capitán de navío Antonio Trigoso, jefe de la Zona Naval, elevó el expediente al Consejo de Oficiales Generales, “para los efectos de la revisión de la sentencia y las apelaciones interpuestas…” Se acompañó también al expediente, un voluminoso legajo, que bajo el título: “Los crímenes del APRA”, remitiera al jefe de Zona Naval, el 28 de marzo de 1949, el Prefecto de Lima. Se hace allí un recuento pormenorizado de los asesinatos de autoridades, militares, policías y ciudadanos cometidos por militantes apristas en los últimos quince años, con fotografías, recortes de periódicos y otras ilustraciones, que sería aquí largo de enumerar e inoficioso para nuestro propósito histórico. Bastándonos decir, que, de hecho, el Ministerio de Gobierno y Policía publicó un libro con esa información y ese título. El fiscal general del Consejo de Oficiales Generales era en ese tiempo el doctor Teobaldo Gonzales López, quien, en su dictamen, haciendo notar el crecido número de inculpados; dijo: “este proceso consta de cincuenta y cuatro expedientes, con un total de quince mil ochocientos veinte y nueve folios, sumando el relativo a las cuestiones de hecho 438 páginas, indudablemente el de mayor

extensión, gravedad y volumen que ofrece la historia de la justicia militar en el Perú…” Recordó el fiscal que los ausentes en el proceso eran: Víctor Raúl Haya de la Torre, Andrés Townsend Escurra, Manuel Seoane Corrales, Fernando León de Vivero, Guillermo Morón Ayllón, Hipólito Alfaro Romero, Antenor Orrego, Luís Alberto Sánchez Sánchez, Luís Rodríguez Vildósola, Carlos Alberto Izaguirre, Julio Garrido Malaver, Manuel Gutiérrez Aliaga, Juan Villavicencio, Ismael Idiáquez Ríos, Santiago Ríos Idiáquez, Antonio Idiáquez Ríos, Augusto Ramírez Figueroa y otros. El fiscal opinaba que la sentencia en revisión debía ser aprobada por el Consejo de Oficiales Generales, por sus propios fundamentos, “con una sola modificación, la relativa a la pena de muerte impuesta a Domingo Castañón Rivera, que, conforme a ley es procedente, pero que, por el explicable desarrollo lento de este largo proceso, carecería de esa significación severa, ejemplarizadora e inmediata de la justicia privativa de guerra, ejecutándose después de dos años de la comisión del delito. Debe descenderse a la inmediata inferior, o sea a la de internamiento, pena privativa de la libertad absolutamente indeterminada, más allá de un mínimo de 25 años, y accesorias de ley, como lo precisan los artículos 178° y 181° del Código de Justicia Militar.” El dictamen tenía como fecha el 20 de agosto de 1950.

FMP 425


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

El auditor general, Carlos Badani, por su parte, estuvo de acuerdo con los términos de la sentencia. Lo distinto en su opinión fue que se estableciera de mejor manera la forma de pago de la reparación civil, que debía ser solidaria y no proporcional como se expresaba en la sentencia del Consejo de Guerra. El Consejo de Oficiales Generales, de acuerdo con la opinión de su auditor, confirmó la sentencia de primera instancia, el 19 de enero de 1952. El fiscal general no convenció al Consejo con su posición de cambiar la pena de muerte de Domingo Castañón Rivera, por la de internamiento. La posición del fiscal no era legal. La decisión del Consejo de Oficiales Generales no causaba en ese entonces ejecutoria. El artículo 79°, inciso 1°, del Código de Justicia Miliar de 1939, establecía que correspondía a la Corte Suprema de Justicia de la República conocer del recurso de nulidad que interpusieran el “Fiscal General, el enjuiciado o su defensor”, en los casos que procedía de acuerdo a ley. Estando dispuesto por el artículo 745°, inciso 1°, del referido código, procedía el recurso de nulidad contra sentencias que imponían “la pena de muerte, privación de la libertad por

más de seis años y de degradación”, penas que se habían impuesto en la causa. Al ocurrir los hechos (3 de octubre de 1948) y emitirse la sentencia en primera instancia (22 de marzo de 1950), se encontraba en vigencia el código de 1939. Cuando el Consejo de Oficiales Generales revisó la sentencia y elevó la causa a la Corte Suprema para que resuelva la nulidad planteada, ya había entrado en vigencia el Código de Justicia Militar de 1950255, que en los artículos 4°, inciso 1°, y 754°, inciso 1°, establecía las mismas reglas para la nulidad. Sabemos que la Corte Suprema confirmó la sentencia recurrida en casi todos sus extremos, dejando pendiente de resolución, empero, el extremo de la pena de muerte impuesta al oficial de mar de segunda artillero Domingo Castañón Rivera, que no se resolvería finalmente. Mediante Decreto Ley N° 10892, de 2 de noviembre de 1948, se ascendió “al grado inmediato superior como recompensa póstuma, a los Jefes, Oficiales, Clases y Soldados de los Institutos Armados, caídos valientemente, cumpliendo su deber”; se acordó la condecoración militar Ayacucho a las Banderas de Guerra de las Unidades que se

255 Decreto Ley N° 11380, de 29 mayo de 1950, ratificado por la Ley N° 11490, de 1° de setiembre de 1950.

426 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

distinguieron en la acción y se dispuso ascender en grado a las Banderas que estaban ya condecoradas; ordenándose, también, anotar “en las Fojas de Notas de los Jefes y Oficiales” su participación en ella a fin de que sirviera “para su apreciación y calificación”. El 28 de julio de 1956 se promulgó la Ley N° 12654, en cuyo artículo 2° se precisaba: “Concédase amnistía e indulto político y, en consecuencia, declárese cortados los juicios y extinguidos la acción penal y la pena, respecto de todos los civiles y militares procesados o condenados por Cortes Marciales, fueros privativos, consejos de guerra de cualesquiera clases, militares, navales, de aeronáutica y de policía y tribunales ordinarios por causas político- sociales.” Si revisamos las leyes de amnistía e indulto que se han dado en el Perú, que son muchas, es posible que no encontremos otra que tenga los detalles de esta, que trata de cubrir todos los resquicios no deseados que pudieran presentarse en su aplicación y afectar la concesión de la amnistía. Los condenados que cumplían prisión por el movimiento del 3 de octubre de 1948, quedaron liberados a las 3.30 horas de ese mismo día 28 de julio de 1956, día en que también prestó juramento, como presidente de la República, Manuel Prado Ugarteche,

iniciando su segundo gobierno. Prado prometió a los apristas levantarles la proscripción que pesaba sobre su partido, el primer día que asumiera el poder, derogando la “Ley de Seguridad Interior”, que no les permitía participar en las elecciones presidenciales. Ramiro Prialé negoció el apoyo y los apristas votaron por Prado, que cumplió puntualmente su compromiso. Con el tiempo, se tejieron supuestos sobre la participación de los apristas en el movimiento y las incriminaciones corrieron de un lado a otro. Se dijo que no todos los comprometidos en el movimiento habían actuado; así, el comandante de aviación Luís Conterno, que debía actuar en la Base de Las Palmas, inició su colaboración, pero al notar que las fuerzas del ejército no apoyaban el movimiento, se desvinculó. El coronel César Enrique Pardo Mancebo, que debía esperar a una fuerza de trescientos hombres en el puente del ejército, para el control de Lima, no se presentó. Se imputó también al mayor Víctor Villanueva Valencia, que debía comprometer la participación del Regimiento de Tanques del Rímac (sublevar la blindada) y a efectivos del ejército, no haber asistido a la contienda. Víctor Villanueva escribió un libro sobre la sublevación de 1948: “La sublevación aprista del 48 (Tragedia de un pueblo y un partido)”,256 donde explica su posición.

256 Editorial Carlos MILLA BATRES, Lima, julio de 1973 (4ta Edición).

FMP 427


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

De otro lado, se ha dicho que los líderes del aprismo no sabían del movimiento y que se enteraron de ello el mismo día de los hechos. José Barba Caballero, por ejemplo, sostiene esa tesis en “Defensa del aprismo”, ​“Documentos históricos sobre la rebelión de la marina del 3 de octubre de 1948”. Juan Manuel Ontaneda Meyer257, en una entrevista que concedió sobre su participación en el movimiento: “Vivencias revolucionarias, 3 de octubre de 1948”,258 cuenta sobre su participación en los hechos y refiere que los líderes apristas no estaban involucrados en el movimiento, que fue típicamente militar. Para otros, los apristas que participaron en el movimiento, que es un hecho demostrado, eran los que se alineaban con los “dirigentes políticos populares del aprismo, conocidos como los “defensistas.” En fin, fuera de los dimes y diretes, las acusaciones que van y vienen, este fue otro episodio nefasto en la historia del Perú republicano, que los historiadores tradicionales han tratado de pasada, referencialmente, sin ánimo de disgustar a nadie.

VI.6. El gobierno del general Manuel Arturo Odría Amoretti y la jurisdicción militar El 27 de octubre de 1948 estalló en Arequipa el “Movimiento Restaurador” encabezado por el general de brigada Manuel Odría, deponiendo al presidente Bustamante. El 2 de noviembre se promulgó el Decreto - Ley Nº 10889, conteniendo el “Estatuto de la Junta Militar”. Por Decreto – Ley Nº 10890, de 1º de noviembre de 1948, se declaró “fuera de la ley al Partido Comunista Peruano y a la Alianza Popular Revolucionaria Americana o Partido del Pueblo… no permitiéndoseles el ejercicio de actividad política alguna.” Asimismo, por Decreto – Ley Nº 10891, de 31 de octubre de 1948, se cortaron “todos los juicios instaurados con motivo del movimiento revolucionario iniciado en la ciudad de Juliaca en el mes de julio del presente año que encabezó el señor Teniente Coronel don Alfonso Llosa G. P.” Este oficial fue

257 Ontaneda Meyer nació en Talara. Se hizo aprista en 1945, cuando estudiaba en la universidad, ya siendo oficial de marina. Entre los cargos que ocupó en el APRA, estuvo el de “Secretario General Colegiado” entre 1974 y 1979. En su vida profesional, fue profesor en diversas universidades. 258 “Testimonio tomado por los compañeros Percy Murillo y Roy Soto Rivera para la historia del APRA”.

428 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

designado ministro de Fomento y Obras Públicas de la Junta de Gobierno. La Junta de Gobierno, por Decreto - Ley Nº 10892, de 2 de noviembre de 1948, dispuso: “1º Asciéndase al grado inmediato superior como recompensa póstuma a los Jefes, Oficiales, Clases y Soldados de los Institutos Armados, caídos valientemente, cumpliendo su deber.” 2º Acuérdese la condecoración militar de Ayacucho a las Banderas de Guerra de la Unidades que se distinguieron en la acción y asciéndase en grado a las Banderas que están ya condecoradas.” 3º Asciéndase en el grado de la Orden Militar de Ayacucho a los Jefes, Oficiales heridos durante la acción.” Se dispuso, además, que se anotaran en las “Fojas de Notas” de los jefes y oficiales su participación en esa acción de armas. Se refiere, naturalmente, a los que participaron en el develamiento de la rebelión del 3 de octubre de 1948, que una importante cantidad de marinos y civiles iniciaron contra el gobierno de Bustamante y Rivero, con la participación de militantes apristas, hecho del cual hemos hecho referencia oportunamente. El 4 de noviembre de 1948, por Decreto - Ley Nº 10893, la Junta de Gobierno estableció las reglas que debían seguirse contra los responsables por los delitos de rebelión, sedición y motín. El artículo primero disponía que “Los autores y cómplices y los que de cualquier otra manera aparecieran responsables de los delitos flagrantes de rebelión, sedición o motín cometidos por militares o por civiles,

o por ambos juntos, previstos en la Sección Cuarta del Libro Segundo del Código de Justicia Militar, y los cometidos contra la Seguridad y Tranquilidad Públicas indicados en la Sección Séptima, Octava y Décima del Código Penal Común, serán juzgados sumariamente por Cortes Marciales.” Los siguientes artículos establecían la conformación de las Cortes Marciales, el procedimiento que debían seguir, su duración (6 días) y la forma como se imponían las penas. La pena de muerte se imponía con los votos conformes de cuatro de sus cinco integrantes, no siendo revisable, por apelación o consulta, las sentencias que las Cortes pronunciaban. Por Decreto – Ley Nº 10958, de 18 de febrero de 1949, se dispuso: “En los procedimientos judiciales militares por delito que merezca pena mayor de dos años de prisión, dictado auto de formalización de juicio contra uno o varios acusados, éstos deberán permanecer en prisión preventiva hasta tanto que se dicte la sentencia que ponga fin al juzgamiento, revocándose la libertad provisional o incondicional de que hubieren venido gozando.” El 23 de marzo de 1949 se cumplieron cincuenta años de la instalación del Consejo Supremo de Guerra y Marina, máxima instancia de la jurisdicción de guerra en ese entonces, que cambió de nombre y composición en octubre de 1906 a Consejo de Oficiales Generales. Por Decreto – Ley Nº 11045, de 1º de julio de 1949, se creó la medalla conmemorativa del cincuentenario de la Justicia FMP 429


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Militar del Perú, cuyo artículo 2º establecía: “Dicha medalla consistirá en un disco de oro o plata, de tres centímetros de diámetro, conteniendo en su anverso un sello que represente la Justicia con sus atributos; y en la parte media, el Escudo Nacional en primer plano y en el fondo un sol naciente. En el perímetro la siguiente inscripción: “Cincuentenario de la Justicia Militar del Perú, 1899 – 1949”. La medalla estaba sujeta de una cinta de color rojo con ribete negro. La de oro se entregaba al presidente de la Junta Militar, a los ministros de Guerra, Marina, Aeronáutica y Gobierno y Policía. A los miembros del Consejo de Oficiales Generales “y a quienes hayan ejercido la Presidencia del mismo Tribunal.” De plata, a los oficiales generales y superiores que hayan sido vocales del Consejo de Oficiales Generales; a los oficiales superiores y subalternos que servían en ese momento en las zonas judiciales de la Republica, “así como al personal Letrado que tenga más de diez años de servicios prestados a la Justicia Militar.” El 1º de julio de 1949, mediante Decreto – Ley Nº 11049, se promulgó la “Ley de Seguridad Interior de la República.” Tenía relación con el Decreto

430 FMP

– Ley Nº 10893, de 4 de noviembre de 1948, sobre como sancionar penalmente a los autores y cómplices y a los que de cualquier otra manera aparecieran responsables de los delitos flagrantes de rebelión, sedición o motín. En esa norma, como en el Decreto – Ley Nº 11049, que tipificaba como delitos una amplia gama de conductas político sociales, se establecían los procedimientos, la organización y funcionamiento de las Cortes Marciales. Por decreto – Ley Nº 11054, de 15 de julio de 1949, se mandó “cortar los juicios iniciados a consecuencia de hechos producidos con ocasión del movimiento revolucionario del 27 de octubre de 1948.” El 29 de mayo de 1950, por Decreto – Ley Nº 11380, se promulgó un nuevo Código de Justicia Militar, que entraría en vigencia 90 días después, esto es, el 29 de agosto de dicho año; siendo el tercer código promulgado en el Perú republicano, que introdujo cambios sustanciales en la organización de la jurisdicción militar y que comentaremos con mayor detalle en el siguiente tomo de esta obra. El año 1950 fue declarado como año de la “Justicia Militar”.


Teniente 2° Juan Manuel Ontaneda Meyer Condenado a 12 años de penitenciaría, permaneció preso 7 años, 9 meses y 24 días. Fue amnistiado el 28 de julio de 1956.

FMP 431


432 FMP


FMP 433


El oficial de mar de segunda artillero Domingo Castañón Rivera, el día de su matrimonio con Elvira, en mayo de 1945 (Fotografía existente en el expediente judicial)

434 FMP


Carátula del expediente que contiene la sentencia de primera instancia, recaída en la causa que se siguió al capitán de corbeta José Mosto Mosto y otros, por el delito de Rebelión y otros,



CAPÍTULO VII Presidentes del Consejo de Oficiales Generales de 1931 a 1950



VII.1. Biografía del general de brigada Manuel María Ponce Brousset

alumnos, era el sargento mayor Benjamín Puente Urrunaga.259

Nació en Arequipa el 5 de abril de 1874. Sus padres fueron Tomas Ponce y María Balbina Dolores Brousset Wentuisen, descendiente del militar francés Antoine Brousset Franc, asentado en Arequipa a principios del siglo XIX, durante la invasión napoleónica a España. Asistió al Colegio de la Independencia Americana y luego de concluir sus estudios secundarios, se trasladó a Lima. Ingresó a la Escuela de Clases del Ejército en 1889 y continuó sus estudios en la antigua Escuela Militar, obteniendo el grado de subteniente.

Ascendido a capitán en 1899, se le nombró comandante de la Compañía de Zapadores de la Escuela Militar de Aplicación. En 1903 fue nombrado director de la Escuela de Tiro; en 1904 asistió a la Escuela Superior de Guerra y luego de graduarse como oficial de estado mayor, viajó a Europa para integrarse al ejército francés, ya con el grado de mayor.

El 10 de febrero de 1898, al iniciar su labor la Escuela Militar de Aplicación, organizada por la primera misión francesa, encontramos al teniente Ponce Brousset como segundo jefe de los oficiales alumnos de infantería; estando comandada la División de Infantería por el teniente coronel Claudio Perrot (francés) y el jefe de los oficiales

De vuelta al Perú, fue ascendido a teniente coronel en 1908 y al año siguiente, nombrado comandante del Batallón de Infantería N° 11, acantonado en el Callao. Entre 1914 y 1915 asumió la dirección de la Escuela Superior de Guerra, luego que los oficiales de la misión francesa retornaran a Europa a raíz de la primera guerra mundial.260 El 28 de octubre de 1916, mediante Resolución Legislativa N° 2305, de 25 de octubre de dicho

259 Monografía histórica redactada por disposición del director de la Escuela Militar de Chorrillos, coronel Roberto López; Imprenta de la Escuela Militar, 1932, pág. 26. 260 MILLA BATRES, Carlos. Diccionario Histórico y Biográfico del Perú, siglos XV- XX, Ob. Cit6, pág. 249.

FMP 439


GENERAL DE BRIGADA MANUEL MARÍA PONCE BROUSSET Presidente del Consejo de Oficiales Generales entre 1931 y 1939. Retrato ubicado en la galería de presidentes del Fuero Militar Policial.

440 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

año, fue ascendido al grado de coronel y nombrado jefe de Estado Mayor del Ejército en 1917, cargo al que renunció el 26 de junio de 1918, al igual que el ministro de Guerra de entonces, coronel César de la Fuente, tras la agresión de un grupo de oficiales al periodista José Carlos Mariátegui, pasando a desempeñar cargos administrativos. Fue ascendido a general de brigada el 17 de enero de 1929, mediante Resolución Legislativa N° 6461, de 15 de enero de 1929. El 25 de agosto de 1930 renunció a la presidencia de la República Augusto Bernardino Leguía, tras la sublevación del teniente coronel Luis Miguel Sánchez Cerro en Arequipa. La guarnición de Lima constituyó una Junta Militar de Gobierno, que presidió el general Manuel María Ponce y la conformaron el coronel Eulogio Castillo (Gobierno), el capitán de navío Julio B. Goicochea (Relaciones Exteriores), el teniente coronel Arturo Zapata Vélez (Justicia, Culto e Instrucción), el coronel Ricardo E. Llona (Hacienda), el mayor Eduardo Castro Ríos (Fomento) y el contralmirante César Bielich (Marina y Aviación).261 Esta Junta fue disuelta y se instaló otra, presidida por Sánchez Cerro, el

27 de agosto, o sea que Ponce Brousset solo permaneció en el cargo dos días. Fue presidente del Consejo de Oficiales Generales entre 1931 y 1939. Estuvo casado con Felicitas Arenas Salas, con quien tuvo tres hijos: René Fernando, Humberto Tomás y Jorge Alejandro. Falleció en Lima el 18 de julio de 1966, a los 92 años.262

VII. 2. Biografía del general de división César Augusto de la Fuente Álvarez Nació en Lima el 3 de junio de 1877. En su libreta de ingreso al ejército dice que era hijo “natural” de Manuel de la Fuente y de Manuela Álvarez Vda. de Quiroz. En su libreta de servicios de 1913, cuando ya ostentaba el grado de teniente coronel, refirió “ser hijo legítimo”263. En su tiempo, esta no era una disquisición sin importancia, implicaba derechos y hasta ser “bien o mal visto” en la comunidad. La información que se tiene de sus inicios en la milicia, es de que se incorporó a filas en el Batallón Callao N° 5, ingresando posteriormente a la

261 BASADRE GROHMANN, Jorge. Ob. Cit., pág. 294. 262 <https://gw.geneanet.org/antonioalvistur?lang=es&n=ponce+brousset&oc=0&p=presidente+manuel+maria>, consultado en junio de 2018. 263 Expediente de Montepío que tramitó su viuda Renee Amee Locker Lucotte y que se halla en el Archivo Central del Cuartel General del Ejército, MD 2/27 (1962).

FMP 441


GENERAL DE DIVISIÓN CÉSAR AUGUSTO DE LA FUENTE ÁLVAREZ Presidente del Consejo de Oficiales Generales entre marzo y diciembre de 1940 Retrato ubicado en la galería de presidentes del Fuero Militar Policial.

442 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

Escuela Militar creada por el presidente Cáceres. Egresó como subteniente de infantería el 19 de marzo de 1895264, como número uno de su promoción. Dicha información, contrastada con la que obra en el expediente de montepío que tramitó su viuda, no es del todo detallada y exacta. Según la información del expediente, estuvo en el ejército desde el 17 de marzo de 1895 e ingresó a Lima con el “Ejército Coalicionista…, por lo que se le confirió tal clase de subteniente y carece de los despachos respectivos.” Dice también, que sirvió “bajo las órdenes de Nicolás de Piérola, desde el 17 de marzo hasta el 2 de abril de 1895, siendo destinado al Batallón Callao N° 5 el 22 de junio de ese año. En otra parte del expediente, se dice que “El 2 de enero de 1899 se le confirió la clase de subteniente de infantería con antigüedad del 19 de marzo de 1895, según opinión de la Junta Militar, y se le expidió el despacho correspondiente.” Ascendió a teniente el 2 de enero de 1899 y pasó a la Escuela Militar, donde ejerció de instructor en diferentes secciones y entre el 24 de enero de 1901 y el 31 de enero de 1903, “como instructor de los aspirantes a oficiales de infantería”.

Fue cambiado de colocación al Batallón N° 3 en enero de 1903 y el día 27 de julio de ese año, ascendió al grado de capitán. Permaneció en esa unidad hasta el 30 de marzo de 1904, fecha en la que fue destinado nuevamente a la Escuela Militar, “como capitán instructor de oficiales y sub oficiales de infantería”, hasta el 14 de febrero de 1907. Pasó a la Escuela Superior de Guerra como oficial alumno, donde permaneció entre febrero de 1907 y el 11 de marzo de 1909. El 1° de febrero de 1908 ascendió al grado de mayor. Entre el 11 de marzo y el 9 de diciembre de 1909 permaneció en el Estado Mayor General del Ejército, en espera de su viaje a Francia. Se le consideró en misión de estudios en el ejército francés hasta el 27 de diciembre de 1912. Estuvo asignado a los regimientos de infantería 14 y 18. Durante su permanencia en Francia, el 24 de abril de 1911, contrajo matrimonio con Renne Amee Locker Lucotte (1890- 1982), en Paris, con quien tuvo cuatro hijos: César, Max, Mercedes y Graciela. Él tenía 36 años y ella 24. Había ascendido a teniente coronel el 27 de julio de 1911. De vuelta al Perú, fue nombrado primer jefe del Batallón N° 3, puesto en el que permaneció hasta

264 Las fechas de su nacimiento y su alta como oficial han sido tomadas del Escalafón General del Ejército, 1ra. Parte-Actividad, 1939, Imprenta y Librería del Ministerio de Guerra.

FMP 443


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

el 27 de agosto de 1913. Entre esa fecha y el 31 de diciembre del mismo año, fue sub director de la Escuela Militar de Chorrillos. Hasta entonces, había acumulado 18 años, 6 meses y 7 días de servicios prestados al ejército. Entre julio de 1915 y junio de 1917 fue director de la Escuela Militar de Chorrillos.265 Con el grado de coronel, al que ascendió en 1916, fue nombrado ministro de Guerra y Marina, durante el segundo gobierno de José Pardo y Barreda, cargo que ocupó entre el 27 de julio de 1917 y el 26 de junio de 1918, al que renunció tras la agresión que un grupo de oficiales, encabezados por el teniente José Vásquez Benavides, contra el entonces periodista de “El Tiempo” José Carlos Mariátegui, por una publicación que consideraron

ofensiva para el ejército266 y que el gobierno, aparentemente, trató de aprovechar contra sus opositores políticos.267 El 2 de octubre de 1918 fue designado jefe de zona de la tercera región, con sede en Arequipa. El día 4 de dicho mes y año se tomó conocimiento en el Consejo de Oficiales Generales de su solicitud para que se le señale día y hora a fin de prestar el juramento de ley.268 Entre junio y diciembre de 1919 fue comandante general de la 3ª División, en Arequipa. Entre enero y diciembre de 1920 agregado militar en Bélgica y Londres. El 27 de junio de 1922 prestó juramento como jefe de zona de la segunda región de Lima, retornando así al servicio de la justicia militar.269 De

265 <https://es.wikipedia.org/wiki/Escuela_Militar_de_Chorrillos>, consultado en junio de 2018. 266 El 22 de junio de 1918 apareció el primer número del periódico “Nuestra Época”, en el que Mariátegui firma un artículo titulado “El Deber del Ejército y el Deber del Estado (Malas Tendencias)”, en el que sostiene, entre otras cosas, que: “La oficialidad está compuesta, en un noventa por ciento, por gente llevada a la escuela militar unas veces por la miseria del medio y otras veces por el fracaso personal”. Basadre dice que “Reservaba frases despectivas para jefes y oficiales, pues creía ver en ellos elementos de inferioridad personal y social. Recordaba los tiempos en que quien tenía un hijo bribón, desalmado o idiota lo ponía en el cuartel… Hacía aparecer a la institución castrense peruana poco menos que como una burocracia armada de ganapanes y fracasados…” (BASADRE GROHMANN, Jorge. Ob. Cit., tomo 13, pág. 204). 267 “El 26 del mismo mes tuvo lugar una manifestación de solidaridad institucional organizada por los oficiales, con expresiones de adhesión al Gobierno y en ella participó el presidente Pardo, en cuyo discurso se reflejó el hondo resquemor que sentía ante la violenta campaña contra él y su régimen sistemáticamente seguida por El Tiempo. El mismo día renunciaron el ministro de Guerra coronel César A. La Fuente y el jefe de Estado Mayor coronel Manuel María Ponce a quienes, según parece, disgustaron los acontecimientos que se habían producido” (BASADRE GROHMANN, Jorge. Ob. Cit.) 268 BRAVO MAXDEO, Roosevelt. La Justicia Militar Policial en la Historia del Perú, segunda parte: Desde 1895 hasta 1925, editado por el Fuero Militar Policial, marzo de 2018, pág. 339. 269 Ibidem, pág. 377.

444 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

enero a noviembre de 1926 aparece como Intendente General de Guerra. Milla Batres dice que ocupó ese cargo entre 1925 y 1926.270 Ascendió a general de brigada el 16 de octubre de 1926271 y entre diciembre de 1926 y marzo de 1928, según el expediente de montepío, fue nuevamente director de la Escuela Militar de Chorrillos. En la relación de directores de esa Escuela no aparece el nombre del general de la Fuente en ese período, pero ese cargo no está cubierto entre enero de 1927 y febrero de 1928, por lo que es comprensible que ese es el período en que él fue director de la EMCH por segunda vez. Entre abril de 1928 y julio de 1931 fue jefe del Pensionado Militar en Europa y entre agosto de 1931 y junio de 1934, jefe de la Misión Militar en Francia y Bélgica. Entre julio de 1934 y el 30 de marzo de 1936, agregado militar en Estados Unidos de Norteamérica. Ministro de Relaciones Exteriores entre el 22 de octubre de 1936 y el 29 de octubre de 1937, durante el gobierno de Oscar R. Benavides. Luego, Embajador Especial enviado al Japón al frente de

una misión económica y cultural. En su expediente de montepío se indica que, entre el mes de noviembre de 1937 y el mes de febrero de 1940, permaneció en el ejército. Entre marzo y diciembre de 1940 fue presidente del Consejo de Oficiales Generales. Ascendió a general de división el 31 de diciembre de 1940, mediante Resolución Legislativa N° 9238. Fue nuevamente nombrado ministro de Guerra en 1941, reemplazando en el cargo al coronel Teófilo Iglesias Rodríguez, permaneciendo en el hasta el 8 de diciembre de 1944, integrando el gabinete Solf y Muro, durante el primer gobierno de Manuel Prado Ugarteche. Pasó a la situación militar de retiro el 3 de junio de 1945. Mediante Resolución Suprema de 22 de noviembre de 1946 se le reconoció 51 años, 6 meses y 3 días de servicios prestados. Más adelante, por disposiciones legales específicas relacionadas con el grado militar que ostentaba, se le reconocieron 57 años y 3 días de servicios, al 32 de diciembre de 1950. Falleció el 12 de julio de 1962, a las 8.45 horas, en el Hospital Militar, a los 85 años.

270 Para escribir esta biografía nos hemos servido del Diccionario Histórico y Biográfico del Perú, Siglos XV – XX, Ob. Cit., tomo III, pág. 174. 271 Escalafón General del Ejército, Ob. Cit.

FMP 445


GENERAL DE BRIGADA LEOPOLDO ARIAS CÁCEDA Presidente del Consejo de Oficiales Generales entre el 1° de enero y el 4 de mayo de 1941 Retrato ubicado en la galería de presidentes del Fuero Militar Policial.

446 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

VII.3. Biografía del general de brigada Leopoldo Arias Cáceda Nació en Trujillo el 4 de mayo de 1877. Fue hijo de Leopoldo Arias y de Adelaida Cáceda. Ingresó al ejército el 10 de noviembre de 1889 y egresó de la Escuela Militar de Guadalupe, dirigida por el coronel Juan Norberto Eléspuru Lasso de la Vega, con el grado de subteniente de infantería, el 10 de febrero de 1895.272 El despacho correspondiente tiene fecha 19 de marzo de 1895 y está firmado por el presidente Nicolás de Piérola. Ascendió al grado de teniente con fecha 2 de enero de 1899, durante el gobierno de Piérola; a capitán, el 1° de marzo de 1901, siendo presidente de la República Eduardo López de Romaña; a sargento mayor, el 27 de julio de 1906, en el primer gobierno de José Pardo; a teniente coronel, el 1° de febrero de 1910, en el primer gobierno de Leguía y, a coronel, el 7 de diciembre de 1920, en el segundo gobierno del citado Leguía. En cuanto a los servicios que prestó, entre el 10 de febrero y el 29 de marzo de 1895, estuvo en el Batallón Huallaga N° 1; del 29 de marzo de 1895 al 2 de febrero de 1898, en el Batallón Junín N° 1; del 3 de febrero de 1898 al 31 de agosto de 1902,

en la Sección de Infantería de la Escuela Militar de Chorrillos; del 1° de setiembre de 1902 al 1° de enero de 1906 en el Batallón N° 13; entre el 2 de enero y el 26 de julio de 1906, en la Escuela Nacional de Tiro; del 27 de julio de 1906 al 3 de diciembre del mismo año en el Batallón N° 9, como tercer comandante, ya con el grado de sargento mayor; en el Batallón N° 11, entre el 4 de diciembre de 1906 y el 21 de marzo de 1910, primero como tercer comandante y después como segundo comandante; del 22 de marzo de 1910 al 21 de febrero de 1911, como segundo comandante del Batallón N° 1, ya con el grado de teniente coronel, al que ascendió con fecha 1° de febrero de 1910; jefe de Estado Mayor de la División de la Primera Región, del 21 de febrero al 13 de marzo de 1911; segundo comandante del Batallón N° 1, del 14 de marzo al 1° de mayo de 1911; primer comandante del Batallón N° 11, del 2 de mayo de 1911 al 22 de abril de 1912; primer comandante del Batallón N° 1, del 23 de abril de 1912 al 16 de octubre de 1913; primer comandante del Batallón N° 11, del 16 de octubre de 1913 al 8 de setiembre de 1915; primer comandante del Regimiento de Infantería N° 7, del 8 de setiembre de 1915 al 21 de agosto de 1918; primer comandante del Regimiento de Infantería N° 13, del 21 de agosto al 1° de octubre

272 Escalafón general del Ejército, 1ra parte- actividad, Imprenta y Librería del Ministerio de Guerra, 1939.

FMP 447


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

de 1918; Jefe Provincial de Huaraz, del 1° de octubre al 12 de noviembre de 1918; Jefe Provincial de Piura, del 12 de noviembre de 1918 al 30 de enero de 1919; de enero a julio de 1919 permaneció, primero, a órdenes del Ministerio de Guerra y después del Estado Mayor General del Ejército. Del 22 de julio de 1919 al 26 de febrero de 1921, desempeñó el cargo de Sub Intendente General de Guerra, en parte ya como coronel, grado al que ascendió el 7 de diciembre de 1920. Fue sub jefe del Estado Mayor General del Ejército, entre el 26 de febrero y el 31 de agosto de 1921.273 Fue comandante general de la 1ra División y posteriormente de la 3ra División. En efecto, el 3 de febrero de 1926, encontramos al entonces coronel Arias como “Prefecto del Departamento y Comandante de la III División”, pronunciando un discurso

durante la inauguración del monumento al general Trinidad Morán en la ciudad de Arequipa. Ascendió al grado de general de brigada, mediante resolución legislativa N° 6462, de 15 de enero de 1929 y fue presidente del Consejo de Oficiales Generales entre el 1° de enero y el 4 de mayo de 1941. Pasó a la situación militar de retiro el 4 de mayo de ese año, por límite de edad en el grado. Casó en Lambayeque con doña María Ignacia Cúneo.274

VII.4. Biografía del general de brigada Antonio Beingolea Balarezo Nació en Lima el 9 de mayo de 1881. Fue hijo del general Manuel Beingolea Oyague275 y de Dolores Balarezo. Su hermano Manuel fue escritor y

273 Las referencias a los ascensos y a los servicios prestados por general Arias han sido tomadas de su legajo personal, que obra en el Archivo Central del Ejército, caja A-3. 274 Área de Genealogía y Doctrina del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú, Caja N° 11, A-510. 275 Se incorporó al ejército en 1833. Apoyó el pronunciamiento del general Felipe Santiago Salaverry el 22 de febrero de 1835. Durante la guerra con Bolivia, en tiempos de Andrés de Santa Cruz Calahumana y la Confederación Perú – boliviana, peleó en las batallas de Yanacocha (1835), Uchumayo y Socabaya (1836). Durante la segunda expedición restauradora participó en las batallas de Portada de Guías (1838) y Yungay (1839). En la guerra contra Bolivia, estuvo en la batalla de Ingavi (1841), donde recibió tres heridas de bayoneta.

Durante la anarquía militar, secundando al general Francisco Vidal, participó en la batalla de Agua Santa, el 17 de octubre de 1842, siendo ascendido a sargento mayor. Estuvo en la batalla de La Palma, el 5 de enero de 1855, peleando bajo la bandera de Ramón Castilla, siendo ascendido a coronel. Durante la guerra civil de 1856-1858, mantuvo su lealtad a Castilla y estuvo en la defensa del Callao, sitiada por las fuerzas de Manuel Ignacio de Vivanco. Después participó con éxito en el asalto de Arequipa, acción por la que ascendió a general de brigada (7 de marzo de 1858). En la guerra contra el Ecuador de 1858-1860, fue comandante general de las fuerzas de tierra y participó en la ocupación de Guayaquil. Estuvo en el combate naval del Callao, el 2 de mayo de 1866, contra la Escuadra Española.

448 FMP


GENERAL DE BRIGADA ANTONIO BEINGOLEA BALAREZO Presidente del Consejo de Oficiales Generales entre 5 de mayo de 1941 y el 9 de mayo de 1945 Retrato ubicado en la galería de presidentes del Fuero Militar Policial.

FMP 449


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

periodista destacado, autor de la novela corta “Bajo las lilas” (1923) y de una recopilación de cuentos que se publicó en 1933, bajo el título de “Cuentos Pretéritos”, que según los entendidos sentó precedentes en la cuentística nacional. El general Beingolea ingresó al ejército el 14 de setiembre de 1894,276 como alumno de la Escuela Militar de Guadalupe y se graduó como alférez de artillería el 19 de marzo de 1895; ascendió al grado de teniente el 2 de enero de 1899; a capitán, el 27 de julio de 1906; a mayor, el 1° de febrero de 1911; al grado de teniente coronel, el 1° de febrero de 1915; a coronel, el 3 de febrero de 1931y a general de brigada, el 7 de junio de 1936.

entre 1907 y 1910, en el Servicio Topográfico. En un libro publicado sobre la Historia del Instituto Geográfico Nacional, se dice sobre Beingolea Balarezo que “En 1906, cuando ostentaba el grado de teniente (su legajo personal indica que ostentaba el grado de capitán), fue destinado al Servicio Topográfico del Ejército, ascendiendo a capitán un año después. Participó en los levantamientos topográficos, en la frontera del Perú con Ecuador, en 1909; y, por la calidad de su trabajo, fue felicitado por el Ministro de Guerra Juan Norberto Eléspuru. En 1911, asciende a mayor y continúa laborando en el Servicio Topográfico. Participó en las comisiones topográficas de los departamentos de Puno, Moquegua y Tacna.”277

En cuanto a los servicios que prestó, entre 1898 y 1899, con el grado de alférez, estuvo en la Escuela de Aplicación (Escuela Militar de Chorrillos). Con el grado de teniente, sirvió en el Regimiento de Montaña, entre 1901 y 1903. En 1904, en la Escuela Superior de Guerra del Ejército y al año siguiente, en el Regimiento Artillería de Montaña. En 1906 sirvió en el Grupo de Campaña y

En 1914, con el grado de mayor, fue primer jefe del Grupo de Artillería N° 1. En 1915, fue primer jefe del Grupo de Artillería de Campaña y entre 1916 y 1918 primer jefe del Grupo de Artillería de Montaña N° 2, en ambas unidades con el grado de teniente coronel. No hay información en su legajo personal sobre las unidades en las que prestó servicios entre 1919 y 1929.278

276 Esta información aparece en el Escalafón General del Ejército de 1939, 1ra parte – actividad, Imprenta y librería del Ministerio de Guerra. 277 INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL. Historia del Instituto Geográfico Nacional, primera edición, Lance Gráfico S.A.C., páginas 93 y 94. La versión digitalizada se encuentra en: http://www.ign.gob.pe/wp-content/themes/pinboard/descargas/LIBROIGN/LIBRO_IGN. pdf. 278 Las referencias sobre los servicios prestados por el general Beingolea se hallan en su legajo personal, caja B- 1 (B-05), del Archivo Central del Ejército.

450 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

El 24 de noviembre de 1930, durante el gobierno de la Junta Militar presidida por Luis Miguel Sánchez Cerro y tras la renuncia del primer ministro y ministro de Gobierno Gustavo Jiménez Saldías, Beingolea Balarezo, entonces teniente coronel, relevó en esos cargos al renunciante. En su tiempo, el diario “La Prensa” fue devuelto a la familia Durand, sus antiguos dueños; se inició la persecución contra los integrantes del APRA, considerados extremistas y se impidió el retorno de su líder Víctor Raúl Haya de la Torre. Tras la renuncia de Sánchez Cerro al gobierno, dejó sus cargos esos cargos el 1 de marzo de 1931. Ascendió al grado de coronel, mediante Decreto- Ley N° 7010, promulgado el 3 de febrero de 1931. Durante el año de 1931 fue designado en varios cargos: comandante general de la IV División; jefe de la segunda sección del Estado Mayor General del Ejército el 19 de setiembre; comandante general de la 1ra División el 18 de octubre. Fue designado jefe del Servicio Geográfico; Inspector General del Ejército el 23 de febrero de 1932. En el gobierno constitucional de Sánchez Cerro, fue nombrado ministro de Guerra el 30 de mayo de 1932, en reemplazo del coronel Manuel E. Rodríguez, cargo en que permaneció incluso después del asesinato de Sánchez Cerro (30 de abril de 1933), hasta el 21 de mayo de 1933, ya durante el gobierno del general Benavides. El 30 de junio de 1933 fue nuevamente designado Inspector General del Ejército.

El 7 de junio de 1936 ascendió a general de brigada, fecha en la que fue promulgada la resolución legislativa N° 8303, de 3 de junio de dicho año, con la que se le confirió ese grado, siendo nombrado nuevamente Inspector General del Ejército. El 29 de febrero de 1940 fue designado vocal del Consejo de Oficiales Generales, presidiéndolo entre el 5 de mayo de 1941 y el 9 de mayo de 1945, fecha en que pasó a la situación de retiro, permaneciendo en el Consejo 5 años, 2 meses y 10 días. Murió en 1950. Estuvo casado, desde 1911, con doña María Peña.

VII.5. Biografía del general de brigada Germán Guillermo Yáñez León Nació en Tarma el 28 de mayo de 1883. Fue hijo de Guillermo Yáñez y Manuela León. Se casó en Lima con doña Esther María Ordóñez Eráusquin. En su legajo personal aparece que ingresó al ejército el 13 de marzo de 1901, como alumno de la Escuela Militar de Chorrillos. Ascendió al grado de alférez de artillería el 1° de febrero de 1902; a teniente el 27 de julio de 1904; a capitán el 1° de febrero de 1908; a mayor el 27 de julio de 1912; a teniente coronel el 27 de julio de 1917; a coronel el 17 de marzo de 1928 y a general de brigada el 2 de enero de 1941, este último ascenso mediante resolución Legislativa N° 9244, de 31 de diciembre de 1940.

FMP 451


GENERAL DE BRIGADA GERMÁN GUILLERMO YÁÑEZ LEÓN Presidente del Consejo de Oficiales Generales entre el 10 de mayo de 1945 y el 28 de mayo de 1947. Retrato ubicado en la galería de presidentes del Fuero Militar Policial.

452 FMP


GENERAL CAP (MAYOR GENERAL FAP) JUAN ENRIQUE O’CONNOR GUEVARA Presidente del Consejo de Oficiales Generales entre 29 de mayo de 1947 y 5 de julio de 1949 Retrato ubicado en la galería de presidentes del Fuero Militar Policial

FMP 453


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

En cuanto a los servicios que prestó en el ejército, su legajo personal precisa, que, graduado de alférez, permaneció en la Escuela Militar de Chorrillos hasta enero de 1903, pasando a servir, el 27 de enero de ese año, en el Regimiento de Artillería de Montaña. Con el grado de teniente, prestó servicios en el Regimiento de Artillería de Montaña a partir del 27 de julio de 1904; en el Grupo de Campaña, desde el 6 de marzo de 1906 y en la Inspección de Artillería desde el 7 de febrero de 1907. Ascendido a capitán el 1° de febrero de 1908, continuó sirviendo en la Inspección de Artillería; en el Grupo de Campaña desde el 7 de febrero de 1908; en el Estado Mayor General del Ejército desde el 12 de diciembre de 1908 y en el Grupo de Campaña desde el 3 de marzo de 1910. Estuvo en la Escuela Superior de Guerra del Ejército los años de 1911 y 1912. El 27 de marzo de 1913 viajó a Europa y a su retorno, desde el 24 de noviembre de 1914, fue designado segundo jefe del Grupo de Campaña; el 17 de mayo de 1916 como jefe de grupo del Regimiento de Artillería N° 2; el 24 de abril de 1917 fue nombrado sub director del Servicio Geográfico; el 17 de mayo de ese mismo año fue jefe de grupo del Regimiento de Artillería de Montaña N° 2, pero casi de inmediato retornó al Servicio Geográfico y permaneció en el puesto de sub director hasta el 27 de julio de 1917.

454 FMP

Ascendido ya a teniente coronel, fue sub director de la Escuela Militar de Chorrillos, cargo para el cual fue designado el 7 de agosto de 1917; pasó al Ministerio de Relaciones Exteriores el 7 de agosto de 1918; el 26 de setiembre de ese mismo año fue designado primer jefe del Regimiento de Artillería de Montaña N° 2; el 11 de julio de 1919 pasó al Ministerio de Guerra y el día 24 de ese mismo mes y año se le designó sub director de la Escuela Superior de Guerra del Ejército; fue nombrado adjunto a la Inspección de Artillería el 14 de agosto de 1919; jefe de Estado Mayor de la IV División el 13 de marzo de 1923; jefe de la segunda sección del Estado Mayor General del Ejército; director de la Escuela Superior de Guerra del Ejército el 27 de enero de 1925; jefe de la tercera sección del Estado Mayor general del Ejército el 29 de marzo de 1927; jefe de departamento en la III Región de Arequipa el 10 de mayo de 1927; jefe del Estado Mayor de la IV División el 30 de setiembre de 1927 y jefe de Estado Mayor de la III División el 7 de febrero de 1928. Ascendió a coronel el 17 de marzo de 1928, y diez días después, fue designado jefe de la III División; jefe de la II División el 11 de diciembre de 1928; jefe de la III División el 2 de febrero de 1929; en la Inspección General del Ejército desde el 15 de enero de 1930; director del Servicio de Armamento y Arsenales, desde el 11 de marzo de 1930; jefe del Estado Mayor General del Ejército del 30 de agosto


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

de 1930 al 28 de enero de 1931; en la Inspección General del Ejército desde el 10 de diciembre de 1932; y director de Administración Militar desde el 18 de febrero de 1936. Ascendió a general de brigada el 2 de enero de 1941 y fue nombrado Inspector General del Ejército el 24 de enero de ese año y el 15 de enero de 1942, vocal del Consejo de Oficiales Generales279, presidiéndolo entre el 10 de mayo de 1945 y el 28 de mayo de 1947. Nuestro biografiado cumplió también importantes comisiones durante su carrera militar. En 1904 integró la “Comisión examinadora de los cañones Krupp de 87 m/m, bajo las órdenes del coronel René Chaumenton.” Un año después, integró la “Comisión examinadora de los cañones Schneider – Canet de 75 m/m, modelo de campaña, bajo las órdenes del general J. M. (Juan Martín) Echenique.” En enero de 1914, en Francia, fue miembro de la “Comisión receptora de armamento, presidido por el coronel R. B. Peña.”

VII.6. Biografía del general CAP (Mayor general FAP) Juan Enrique O`Connor Guevara El general Juan Enrique O´Connor Guevara nació en Pisagua (Tarapacá), el 5 de julio de 1885, cuando este territorio se encontraba en poder de los chilenos. Fueron sus padres Guillermo O´Connor y Luisa Guevara. Ingresó a la Escuela Militar de Chorrillos (EMCH), como cadete, el 9 de abril de 1904 y egresó de ella como alférez de artillería el 1° de febrero de 1907. Ascendió a teniente el 27 de julio de 1909; a capitán el 1° de febrero de 1912; a mayor el 27 de julio de 1918 y a teniente coronel el 27 de julio de 1922. Durante su permanencia en el Ejército, prestó servicios, sucesivamente, en las secciones preparatoria, técnica y de aplicación de la EMCH; en el Grupo de Artillería de Campaña; en el Regimiento de Artillería de Campaña; en los grupos de artillería 4 y 5, en el Estado Mayor del Ejército y en el cuartel general de la III División, entre otros.280

279 La información sobre los servicios prestados por el general de brigada Yáñez León ha sido tomado de su legajo personal, que obra en el Archivo Central del Ejército, caja Y-01. 280 RAMÍREZ ALFARO, Luis Fernando. Historia Aeronáutica del Perú, Tomo X, publicación del Instituto de Estudios Históricos Aeroespaciales del Perú, Impreso en el Servicio de Imprenta FAP, año 2011, pág. 639.

FMP 455


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

Pidió permiso y viajó a Paris (Francia), con sus propios medios, para matricularse en la Escuela de Aviación de Henrio. Realizó estudios de mecánica aeronáutica y efectuó sus primeras prácticas de vuelo, graduándose como piloto y consiguiendo su brevete, que le fue otorgado por el Aero Club de Francia en 1913. Fue el primer aviador militar peruano (posiblemente también sudamericano) en realizar una observación táctica desde el aire, durante las maniobras militares que el ejército realizó en diciembre de 1915, con un avión Bleriot que él mismo reparó, con ayuda del personal de mecánicos de la Escuela de Artes y Oficios. Durante las maniobras, el 2 de diciembre de 1915, día central de las mismas, después de realizar un vuelo de observación en el que había alcanzado alturas de 60, 100 y 150 metros, sobrevoló por los alrededores de San Juan y cerros de Santa Teresa, aterrizando en el campo de maniobras de la Escuela Militar, siendo felicitado por el presidente de la Republica, José Pardo y Barreda, por su eficiente actuación. “Llegada la primera Misión Militar Francesa de Aviación en 1919, O´Connor fue el primer oficial

peruano que desempeñó la misión de jefe consultor, dando directivas, modelando las funciones propias de una Aviación naciente; luchando por su grandeza y difusión, tanto en el medio militar como en el deportivo”.281 Se integró al Cuerpo de Aviación del Perú en 1929 (creado el 20 de mayo de 1929) y el 10 de marzo de 1930 ascendió al grado de coronel. En agosto de 1930, tras el golpe de estado de Sánchez Cerro a Leguía, reemplazó al capitán de navío USA Harold B. Grow como “Inspector General de Aeronáutica”, cargo equivalente a comandante general.282 Entre los varios puestos en que sirvió el general O´Connor en la fuerza aérea del Perú (FAP), estuvieron los de subdirector de Aeronáutica, jefe del Centro de Aviación Jorge Chávez (Escuela de Oficiales de Las Palmas), director general de Aviación y director general de Aeronáutica. En una publicación del museo de la FAP se refiere: “O’Connor quien llegara a alcanzar, en su madurez profesional el grado de General de nuestra FAP, fue dinámico y eficiente instructor de vuelo de las primeras promociones de Aviadores peruanos y

281 Ibidem. 282 <https://es.scribd.com/document/76428816/CRONICAS-DEL-AIRE-Juan-O-Connor> (visto en junio de 2018).

456 FMP


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

gestor por sus actividades aéreas en el país, del envío de los primeros aviadores militares a la Escuela “El Palomar” de Argentina” 283 Viajó a Francia y a los Estados Unidos de Norteamérica en misión de estudios y fue agregado aéreo a las embajadas de Perú en México, Cuba y Panamá. Su ascenso al grado de general tuvo complicaciones. Mediante resolución legislativa N° 10561, de 10 de abril de 1946, “El Congreso, en uso de sus facultades constitucionales rehabilita en su derecho de ascenso al Coronel de Aeronáutica don Juan E. O´Connor G. expedito desde 1935 y resuelve ascenderlo a la clase de General de Aeronáutica.” Esta resolución no fue promulgada por el presidente de la República, por lo que de acuerdo con el artículo 129 de la Constitución de 1933, el 26 de abril de 1946, la promulgó el presidente del Congreso José Gálvez Barrenechea. El 8 de octubre de 1946, el Congreso de la República emitió la resolución legislativa N° 10819, aclarando la resolución legislativa N° 10561, “en el sentido que dicho ascenso debe entenderse con la antigüedad de 17de diciembre de 1940.”

Otra particularidad en la vida del general O´Connor tiene que ver con su presunta participación en “un frustrado levantamiento que debió haberse efectuado en la Escuela de Aviación de Las Palmas el 6 de julio de 1932.” 284 En esa oportunidad fue apresado junto con los coroneles Aurelio García Godos y Eulogio Castillo, además de otros oficiales y civiles. Esta tentativa se dio en una coyuntura de alzamientos bastante generalizados contra el gobierno de Sánchez Cerro, con la participación de líderes apristas, en los que también aparecieron involucrados numerosos militares y policías de diferentes grados. Ocurrió ello en el llamado “año de la barbarie”, que ya hemos comentado largamente en las páginas de este libro. Acaso ello explicaría el retardo en el ascenso del general O´Connor y también su “rehabilitación”. Fue presidente del Consejo de Oficiales Generales hasta el 5 de julio de 1949. El general CAP (Mayor general FAP) Juan Enrique O`Connor Guevara falleció el 14 de julio de 1958, estando ya en la situación militar de retiro. Estuvo casado con Graciela Carrillo Valencia.

283 <http://www.incaland.com/MuseoFAP/JUAN1.htm> (visto en junio de 2018) 284 BASADRE GROHMANN, Jorge, Ob. Cit., tomo 15, pág. 203

FMP 457


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

VII.7. Biografía del general de brigada Enrique V. Pérez Alvarado Nació el 16 de mayo de 1886.285 Fue hijo de Félix Armando Pérez y de Manuela Alvarado, Se casó en Huancayo con Hortensia Giráldez de la Peña. Inició su servicio como alumno de la Escuela Militar, el 14 de marzo de 1901. Ascendió a subteniente de infantería el 1° de febrero de 1905; a teniente el 1° de febrero de 1908; a capitán el 1° de febrero de 1911. Sus ascensos a oficial superior ocurrieron: a mayor el 27 de julio de 1915; a teniente coronel el 1° de febrero de 1919 y a coronel el 28 de febrero de 1930, por resolución legislativa N° 6825 Ascendió a general de brigada mediante Resolución Legislativa N° 9257, de 8 de enero de 1941. De subteniente prestó servicios en el Batallón N° 3; el 1° de febrero de 1908, ya con el grado de teniente, fue destinado a la Escuela Militar de Chorrillos; el 1° de febrero de 1909 pasó a servir en el Batallón N° 1 y el 22 de febrero de 1910 en la segunda sección del Estado Mayor General del Ejército, donde ascendió a capitán y permaneció hasta el 13 de febrero de 1911.

285 Escalafón de Oficiales del Ejército en actividad de 1941.

458 FMP

El 14 de febrero de 1911 fue destinado al Estado Mayor de la II Región Militar; el 9 de febrero de 1912 fue cambiado al Batallón N° 7; el 29 de febrero de ese mismo año, al Batallón N° 3; el 24 de enero de 1913 al Estado Mayor de la III Región Militar; el 16 de junio del mismo año al Batallón N° 13; unos meses después, el 28 de setiembre, al Batallón N° 1; el 14 de noviembre al Batallón N° 13; el 24 de noviembre a la Escuela Superior de Guerra del Ejército como alumno y el 31 de mayo de 1915, a la primera sección del Estado Mayor General del Ejército. El 27 de julio de 1915 ascendió al grado de mayor y continuó prestando servicios en el Estado Mayor hasta el 8 de setiembre de ese año, en que pasó a servir en el Regimiento de Infantería N° 7, y a partir del 9 de noviembre, en el Regimiento de Infantería N° 3. El 26 de octubre de 1916 fue nombrado ayudante del jefe de Estado Mayor General del Ejército, puesto en que permaneció hasta el 8 de agosto de1918, fecha en que pasó a la Escuela Militar de Chorrillos, como comandante de la Sección de Infantería. Ascendió a teniente coronel el 1° de febrero de 1919 y continuó prestando servicios en dicha Escuela, hasta el 24 de julio de ese


LA JUSTICIA MILITAR EN LA HISTORIA DEL PERÚ

año, en que pasó a desempeñar el cargo de director de la Escuela de Aplicación y Tiro. Fue cambiado de colocación a la Inspectoría General del Ejército, como adjunto, el 30 de octubre de 1919 y pasó el 3 de abril de 1920, a la tercera sección del Estado Mayor General del Ejército, hasta su nombramiento como jefe de Conscripción Vial del Centro, el 11 de marzo de 1922. Se mantuvo en este puesto más de seis años, con el encargo presidencial de abrir las carreteras de la Mejorada a Ayacucho y de Huancayo a Yauyos, que le traerían problemas más adelante. El 3 de octubre de 1929 fue nombrado primer comandante del Regimiento de Infantería N° 15, puesto en el que permaneció hasta el 3 de setiembre de 1930, ya con el grado de coronel, al que ascendió el 28 de febrero de ese año286. Fue separado del cargo y relevado por el mayor Pedro Navarrete Arredondo, siete días después que el teniente coronel Luís Miguel Sánchez Cerro se hiciera del poder tras un golpe de estado en Arequipa. El 4 de setiembre de 1930 fue pasado a la situación militar de disponibilidad y permaneció sin

colocación 3 años, 10 meses y 20 días, retornando al servicio el 24 de julio de 1934, como jefe de la IV Jefatura Territorial, tras dictarse una ley de amnistía. El 16 de febrero de 1935 fue nombrado jefe de zona de la V Región, puesto en el que permaneció 1 año, 3 meses y 2 días. Fue jefe de la II Jefatura Territorial a partir del 18 de mayo de 1936. El 1° de febrero de 1937 fue designado jefe de la sección de prensa y propaganda del Ministerio de Guerra. Inspector General de Instrucción Pre Militar desde el 27 de junio de 1940, cargo en el que permaneció ya ostentando el grado de general de brigada, al que ascendió el 8 de enero de 1941. Pasó al Consejo Superior del Ejército, como miembro nato, puesto en el que estuvo 4 años, 10 meses y 22 días. El 2 de mayo de 1947 fue designado vocal del Consejo de Oficiales Generales, presidiéndolo a partir del 21 de octubre de 1949.287 Para mayor información sobre la vida del general Pérez, digamos que se diplomó como Oficial de Estado Mayor en la Escuela Superior de Guerra y como instructor en la Escuela Nacional de Tiro. Fue profesor de topografía, transportes, economía

286 En el Historial de Unidades del Ejército se confirma que en efecto comandó el hoy Batallón de Infantería Motorizado “Puno” N° 15. (Oficina de Información del Ejército – Comisión Permanente de Historia del Ejército. Historial de Unidades del Ejército del Perú, Imprenta del Ejército, pág. 27). 287 Buena parte de la información que aparece en la biografía del general Pérez ha sido tomada de su legajo personal, que se halla en la caja P-3 del Archivo Central del Cuartel General del Ejército.

FMP 459


ALEJANDRO ROOSEVELT BRAVO MAXDEO

política, estadística y administración en la Escuela Superior de Guerra y de administración y táctica, en la Escuela Militar de Chorrillos. Siendo coronel, escribió el libro “Marcha hacia la selva.” Un estudio geográfico de la selva peruana, publicado por la Imprenta y Librería del Ministerio de Guerra en 1939, de 320 páginas. El libro contiene datos sobre el oriente peruano y los temas que trata, tienen los subtítulos siguientes: “La selva en la actualidad”. “Importancia y necesidad de las carreteras”. “El momento para la construcción de carreteras ha llegado”. “La población y las tierras en nuestra sierra”. “Extensión territorial por zonas”. “Distribución de la población sobre el territorio”. “Ligera descripción del territorio nacional”. “Densidad de la población”. “Factores geográficos que estimulan el retardo o el crecimiento de la población”. “Régimen agrario incaico”. “Colonización”. “Las cuatro regiones económicas”. “Riqueza forestal del Perú”. “Productos de exportación.” Su interés por las carreteras viene claramente del trabajo que en este campo realizó durante el gobierno de Leguía. Otro aspecto de la vida del general Pérez tiene que ver con el proceso que se le siguió por enriquecimiento ilícito y que fue la causa de que permaneciera 3 años, 10 meses y 20 días fuera del servicio. En una solicitud que obra en su legajo personal, dice: “Con fecha 4 de setiembre de 1930, fui pasado a la situación de disponibilidad por razones

460 FMP

políticas, según es público y notorio. Derrocado el régimen del señor Leguía, fuimos separados de la actividad muchos jefes y oficiales, imputándonos relaciones políticas con el régimen depuesto. Fui sometido, también, a la jurisdicción del Tribunal de Sanción Nacional, Tribunal de origen y finalidad políticos, también, pues fue un fuero de emergencia, creado al margen de la Constitución del Estado, en daño de quienes el régimen revolucionario de 1930 creyó desafectos. En la sentencia de fecha 11 de agosto de 1931, que en su caso recayó, el juez falló: “Que el coronel don Enrique V. Pérez Alvarado no es responsable por enriquecimiento ilícito en daño del fisco; y, en consecuencia, consentida o ejecutoriada que sea esta sentencia se levanten las medidas de seguridad dictadas sobre sus bienes y hágase por el actuario las citaciones de ley.” En la parte considerativa de la sentencia se lee, entre otros fundamentos, que estaba probado que durante la administración de Leguía el coronel Pérez había dedicado “casi toda su actividad a desempeñar el cargo de Director de los trabajos de la carretera de la Mejorada a Ayacucho y de Huancayo a Yauyos, percibiendo, a más de su sueldo por la clase militar, asignaciones por el Ministerio de Fomento y una gratificación por el Ministerio de Guerra, ingresos legítimos que necesariamente han tenido que permitirle apreciables economías.”


GENERAL DE BRIGADA ENRIQUE V. PÉREZ ALVARADO Presidente del Consejo de Oficiales Generales entre el 6 de julio de 1949 y el 16 de mayo de 1950 Retrato ubicado en la galería de presidentes del Fuero Militar Policial.

FMP 461



PALABRAS DE CIERRE DE ESTE TOMO Este tercer volumen de “La Justicia Militar en la Historia del Perú”, ha abarcado una difícil etapa de nuestra historia patria (1926 – 1950). La inestabilidad política fue la nota significativa de esos tiempos, que repercutió, naturalmente, en la administración de justicia militar. Golpes de Estado, cortes marciales, dos conflictos armados de carácter internacional, entre otros eventos significativos, han sido tratados aquí, en gran parte sobre la base de documentos inéditos, como ocurrió en el tomo II. Muchos de los retratos publicados aparecen por primera vez en este libro. Gracias por leernos.

FMP 463



FUENTES Y BIBLIOGRAFÍA

FUENTES Anales de la Justicia Militar. 5 tomos (1899- 1912). Archivo central del Fuero Militar Policial. Libros de Acuerdos de sesiones ordinarias del Consejo de Oficiales Generales, de 1926 a 1935. Archivo central del Fuero Militar Policial. Expedientes judiciales diversos. Archivo del Centro de Estudios Históricos Militares. Expedientes judiciales diversos. Archivo del Centro de Estudios Histórico Militares. Documentos históricos diversos (1926- 1950). Archivo del Centro de Estudios Histórico Militares. Área de Genealogía y Doctrina. Archivo Central del Cuartel General del Ejército. Expedientes de montepío y legajos personales. Archivo Central de la Marina de Guerra del Perú. Expedientes sobre las revoluciones de 1932 y 1948. Archivo Digital de la legislación del Perú (http://www.leyes.congreso.gob.pe/) Centro de Altos Estudios de Justicia Militar. Revista especializada en Derecho militar: El Jurista del Fuero Militar Policial, 12 números (2012 – 2018). Escalafón General del Personal de Oficiales del Ejército, Situación de Retiro, Ley N° 12326, año de 1961, publicación del Ministerio de Guerra, Ayudantía General del Ejército, N° 77.

FMP 465


Escalafón General del Ejército, 1ra. Parte-Actividad, Imprenta y Librería del Ministerio de Guerra, 1939. Memorias de los presidentes del Consejo de Oficiales Generales (1926- 1930). La información obtenida de la web, se cita a pie de página.

BIBLIOGRAFÍA ARAUJO ARANA, Humberto, Conflicto Fronterizo Perú-Colombia, Año 1932 – 1933, primera edición, tomo primero, Lima, Perú, 1963. (3 tomos). BARCO LÓPEZ, Alejandro. Los tesoros de Pachacamac y Catalina Huanca, Primera edición, Talleres Gráficos Villanueva, Lima, 1972. BASADRE GROHMANN, Jorge. Historia de la República del Perú (1822- 1933), Empresa Editora El Comercio S. A., Primera edición 2005. BRAVO MAXDEO, Roosevelt. Personajes de la Justicia Militar. Centro de Altos Estudios de Justicia Militar, 2014 BRAVO MAXDEO, Roosevelt. Temas de Justicia Militar. Centro de Altos Estudios de Justicia Militar, 2015. BRAVO MAXDEO, Roosevelt. La Justicia Militar Policial en la Historia del Perú, segunda parte: Desde 1895 hasta 1925, Publicaciones especiales del Fuero Militar Policial, Impreso en Bio Partners SAC, Lima – Perú, marzo de 2018. CABANELLAS DE TORRES, Guillermo. Diccionario Militar (Aeronáutico Naval y Militar), Editorial Claridad, Buenos Aires, Argentina. CÁCERES, Esteban. España en el Perú, Segunda Edición, 12 de octubre de 1923, Casa Editora “La Opinión Nacional”, Mantas 152, Lima-Perú. CARMELINO SEIJAS, Ernesto. Batalla de Zarumilla. Primer Escuadrón del Regimiento de Caballería N° 5. Objetivo: Chacras, PERUGRAPH EDITORES S.A., Lima – Perú, 1977.

466 FMP


CASTAÑEDA MARTOS, Alicia. Reseñas Biográficas de Oficiales de Marina, Serie/Biografías. Publicaciones del Instituto de Estudios Histórico – Marítimos del Perú. Imprenta de la Marina de Guerra del Perú. Lima 1999. CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR DE 1898, edición oficial, oficina tipográfica de “El Tiempo”, por L. H. Jiménez, calle de Ica, antes de Concha, N° 96 – A, Lima, 1899. CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR DE 1939, edición oficial, Lima, 1939. CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR DE 1950, edición oficial, Ministerio de Guerra, Lima, 1961. COMISIÓN PERMANENTE DE HISTORIA DEL EJÉRCITO, Compendio de la Historia General del Ejército del Perú, INDUSTRIALgráfica S.A., agosto 2001. Lima – Perú. COTLER, Julio. Clases, Estado y Nación, Instituto de Estudios Peruanos, tercera edición, 2ª reimpresión, octubre 2009. (La primera edición es de marzo de 1978). DE LA BARRA UGARTE, Felipe. El conflicto peruano-ecuatoriano y la victoriosa campaña de 1941 en las fronteras de Zarumilla y nor-oriente, Biblioteca Militar del Oficial Nº 36, Lima, 1969. DELLEPIANE ALONSO, Carlos. Historia Militar del Perú, 5ta edición, Biblioteca Militar del Oficial N° 32, Imprenta del Ministerio de Guerra, 1965, (dos tomos). GÁLVEZ MONTERO, José Francisco. La Justicia Militar en la Historia del Perú, primera parte: Desde sus albores hasta 1899, Publicaciones especiales del Fuero Militar Policial, Impreso en Bio Partners SAC, Lima – Perú, setiembre de 2017. GÁLVEZ MONTERO, José Francisco y GARCÍA VEGA, Enrique Silvestre. Historia de la Presidencia del Consejo de Ministros, Tomo I, Empresa peruana de servicios editoriales, Lima, 2016. GALLEGOS VENERO, Enrique. Un Siglo de Luchas (1863 – 1962), Imprenta del Ejército, marzo de 1999, Lima. GIESECKE SARA LAFOSSE, Margarita, La Insurrección de Trujillo (Jueves 7 de julio de 1932), Fondo Editorial del Congreso del Perú, impreso en el Perú, primera edición, 2010. GUERRA MARTINIÉRE, Margarita. Historia General del Perú, La República Contemporánea (1919-1950), Editorial Milla Batres, Lima, Perú, 1984, tomo XII. JARAMILLO RUÍZ, Augusto D. ¡Puca Urco!, 7 de mayo de 1933, Imprenta Gráfica Industrial, Lima, Perú, 1972. FMP 467


INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL. Historia del Instituto Geográfico Nacional, primera edición, Lance Gráfico S.A.C. KLARÉN, Peter F., Formación de las haciendas azucareras y orígenes del APRA, Instituto de Estudios Peruanos, Perú problema 5, 2ª edición, agosto 1976. MENDOZA POLICARPIO, Roberto Ysaac. Arequipeños en la Independencia y Defensa Nacional, Universidad Católica de Santa María, Total KRAPS Editores, primera edición, Arequipa, setiembre de 2009. MERCADO, Rogger, Las Guerrillas del Perú y la Revolución de Trujillo, 2da edición, Editorial de Cultura Popular, enero 1982. MERINO ARANA, Rómulo. Historia Policial del Perú en la República, Imprenta del Departamento de Prensa y Publicaciones de la Guardia Civil, Lima – Perú. MEZA, Tomás, 40 años al servicio de los presidentes del Perú en la Casa de Pizarro, 1959. MILLA BATRES, Carlos. Diccionario Histórico y Biográfico del Perú (Siglos XV – XX), Tomo IX, Lima, 1986. Monografía histórica redactada por disposición del director de la Escuela Militar de Chorrillos, coronel Roberto López; Imprenta de la Escuela Militar, 1932. MONTALVÁN, Pablo Carmelo. El Rescate de Leticia, Lima, Perú, 1978. MORACHIMO TORRES, Lorenzo: El héroe de Güepí (Sgto. 2° Fernando Lores Tenazoa), Iquitos, enero de 1950. OFICINA DE INFORMACIÓN DEL EJÉRCITO Y COMISIÓN PERMANENTE DE HISTORIA DEL EJÉRCIT. Historial de las Unidades del Ejército del Perú. ONTANEDA MEYER, Manuel. “Vivencias revolucionarias, 3 de octubre de 1948”, testimonios tomados por Percy Murillo y Roy Soto Rivera para la historia del APRA PIZARRO ROJAS, Tomás. El resurgimiento de la Armada Peruana. Memorias del señor contralmirante Don Tomás M. Pizarro Rojas, 1884 -1971. Instituto de Estudios Histórico-Marítimos del Perú. PORRAS BARRENECHEA, Raúl y WAGNER DE REYNA, Alberto. Historia de los Límites del Perú, Editorial Universitaria, Lima – Perú, 1981.

468 FMP


RADA JORDÁN, Eduardo. Perú – Ecuador, Frontera Sangrienta, Editorial Minerva, Lima, 1995. RAMÍREZ ALFARO, Luis Fernando. Historia Aeronáutica del Perú, Tomo X, publicación del Instituto de Estudios Históricos Aeroespaciales del Perú, Impreso en el Servicio de Imprenta FAP, año 2011 REVISTA MEMORIAL DEL EJÉRCITO, número extraordinario por el primer centenario de la “Independencia Nacional”, Imprenta del estado Mayor General del Ejército, dirigida por el coronel Alejandro Arenas, Lima, 1921. SOCIEDAD FUNDADORES DE LA INDEPENDENCIA, VENCEDORES EL 2 DE MAYO DE 1866 Y DEFENSORES CALIFICADOS DE LA PATRIA. (150 Años de Historia de la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores el 2 de Mayo de 1866 y Defensores Calificados de la Patria, Lima, 2010. SUETONIO TRANQUILO, Cayo. Los doce Césares, traducción y prólogo de A. Espina, Editorial Mediterráneo, Madrid, España, 1965. TAURO DEL PINO, Alberto. Enciclopedia Ilustrada del Perú. Tercera edición. PEISA. Empresa editora El Comercio S. A. Lima, 2001. THORNDIKE, Guillermo, el año de la barbarie, Perú 1932, editorial nueva américa s.a., Lima – Perú, 1986. URETA MONTEHERMOSO, Mario. Eloy G. Ureta trayectoria de una vida, Editorial Jurídica S.A., Lima, Perú, 1973. VILLANUEVA VALENCIA, Víctor. La sublevación aprista del 48 (Tragedia de un pueblo y un partido), 4ta Edición, Editorial Carlos MILLA BATRES, Lima, julio de 1973. ZANABRIA ZAMUDIO, Rómulo. Luchas y victorias por la definición de una frontera (La lucha en el dominio político), Editorial Jurídica S.A., Lima – Perú, 1969. ZANABRIA ZAMUDIO, Rómulo. La Campaña de 1941 (Perú – Ecuador), Editora Impresora Amarilys, Lima – Perú, 1996.

FMP 469



“La Justicia Militar en la Historia del Perú Tercera parte: Desde 1926 hasta 1950” del autor Alejandro Roosevelt Bravo Maxdeo Se terminó de imprimir en febrero de 2019 en Bio Partners SAC Calle Mar Caribe N° 177, Santiago de Surco RUC 20524448379; RNP: 80376421



Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.