ESTRUCTURA DEL PRESUPUESTO: INGRESOS Y GASTOS EN COLOMBIA.
1. ESTRUCTURA
DEL PRESUPUESTO DEE INGRESOS Y
GASTOS DE COLOMBIA
EDISON A. JAIME CÓD. 1461290
RONALD PEREZ CÓD. 1461280
MARIO J. SANDOVAL CÓD. 1461292
TECNOLOGÍA COMERCIAL Y FINANCIERA
UFPS-2013
2. .
NORMA MATERIA
DECRETO 111 DE 1996 Estatuto Orgánico de Presupuesto. Compila las leyes
38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995,Ley 819 del 2003
DECRETO 359 DE 1995
DECRETO 115 DE 1996
Estatuto Orgánico de Presupuesto para las empresas
industriales y comerciales del estado y sociedades de
economía mixta.
PAC, reservas presupuestales, cuentas por pagar
Plan financiero, vigencias futuras, desagregación de
los gastos, PAC, cuentas por pagar y reservas
DECRETO 568 DE 1996
CONSTITUCION POLITICA
ARTICULOS 345 A 364 El presupuesto
NORMATIVIDAD APLICABLE
DECRETO 630 DE 1996 Modifica el decreto 359 de 1995
LEY 819 DE 2003
Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de
presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscaL.
DECRETO 4730 DE 2005 Por el cual se reglamentan normas orgánicas del
presupuesto
3. .
NORMA MATERIA
LEY 715 DE 2001
Competencias y Recursos. Sistema de Participación.
LEY 152 DE 1994
PLAN DE DESARROLLO
NORMATIVIDAD APLICABLE
4. Una noción ideal del presupuesto…
El presupuesto es una de las herramientas fundamentales para la ejecución de la
política económica por parte del Estado, a través de su función como financiador y/o
proveedor directo de bienes y servicios.
El presupuesto está llamado a lograr :
•Un equilibrio real entre las necesidades
de un país en particular y los recursos
disponibles para satisfacer la
Así, el Estado hace explícito su objetivo
de bienestar y lo ejecuta
5. PRESUPUESTO
GENERAL DE LA
NACION
Plan Financiero
(CONFIS-
CONPES)
Plan Operativo
Anual de
Inversiones -
POAI (CONFIS-
CONPES)
BPIN
PLAN NACIONAL DE
DESARROLLO
-Parte General
- Plan Nacional de Inversiones
(Congreso de la
República)
Política Fiscal, Monetaria y
Cambiaria
(CONFIS)
META DE
PAGOS
PAC PAGOS
6.
7.
8. DECRETO 111 DE 1996
(ENERO 15)
DIARIO OFICIAL 42.692 DE ENERO 18 DE 1996
ART1.
Por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225de
1995 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto.
•Que la Ley 225 de 1995 introdujo algunas modificaciones a la Ley 38 de
1989 y a la Ley 179 de 1994, Orgánicas del Presupuesto, y en su artículo 24
autorizó al Gobierno para compilar las normas de las tres leyes mencionadas,
sin cambiar su redacción ni contenido;
•Que la compilación que el Gobierno efectúa mediante el presente Decreto
será el Estatuto Orgánico del Presupuesto, según lo dispone el artículo 24 de
la Ley 225 de 1995,
9. ART2.
El Estatuto Orgánico del Presupuesto
General de la Nación a que se refiere el
artículo 352 de la Constitución Política. en
materia presupuestal deben ceñirse a las
prescripciones contenidas en este Estatuto
que regula el sistema presupuestal.
Esta Ley Orgánica del Presupuesto, su
reglamento, las disposiciones legales que
ésta expresamente autorice, además de lo
señalado en la Constitución, serán las
únicas que podrán regular la programación,
elaboración, presentación, aprobación,
modificación y ejecución del presupuesto,
así como la capacidad de contratación y la
definición del gasto público social.
En consecuencia, todos los aspectos
atinentes a estas áreas en otras
legislaciones quedan derogados y los que
se dicten no tendrán ningún efecto.
10. COBERTURA DEL ESTATUTO.
ART 3. CONSTA DE DOS (2) NIVELES:
1.un primer nivel que corresponde al PRESUPUESTO GENERAL DE LA
NACIÓN, compuesto por los presupuestos de los establecimientos públicos
del orden nacional y el presupuesto nacional.
EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIONAL comprende las ramas
legislativa y judicial, el Ministerio Público, la Contraloría General de la
República, la organización electoral, y la rama ejecutiva del nivel nacional.
LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, las empresas industriales y
Comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta.
11. PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
- RAMA LEGISLATIVA
- RAMA JUDICIAL
- MINISTERIO PUBLICO
- CONTRALORIA GENERAL
- ORGANIZACIÓN ELECTORAL
- RAMA EJECUTIVA
MINISTERIOS
PRESUPUESTO DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS
NACIONAL 1/ SUPERINTENDENCIAS SIN PERSONERIA JURIDICA
SUPERINTENDENCIA DE VALORES
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, ENTRE OTRAS
UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES SIN PERSONERIA JURIDICA
COMISION NACIONAL DE REGALIAS
COMISIONES DE REGULACIÓN, ENTRE OTRAS
PRESUPUESTO POLICIA NACIONAL
GENERAL - SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA NACIONAL
DE LA NACION
- ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS CON PERSONERIA JURIDICA
SENA
ICBF
ESTABLECIMIENTOS INVIAS, ENTRE OTROS
PUBLICOS - SUPERINTENDENCIAS CON PERSONERIA JURIDICA
(RECURSOS SUPERBANCARIA
PROPIOS) 2/ SUPERPUBLICOS, ENTRE OTRAS
- UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON PERSONERIA JURIDICA
DIAN
AERONAUTICA
1/ Igualmente contiene los aportes que la nación hace a los establecimientos públicos
2/ 120 entidades
12. EMPRESAS INDUSTRIALES Y
COMERCIALES DEL ESTADO
Y LAS SOCIEDADES DE
ECONOMIA MIXTA CON EL
REGIMEN DE AQUELLAS
ENTIDADES TERRITORIALES
Y SUS ENTES
DESCENTRALIZADOS
REGIMEN, CAPACIDAD DE
CONTRATACION
Y ORDENACION DE PAGOS
METAS FINANCIERAS
DISTRIBUCION UTILIDADES
ESTABLECIMIENTOS
PUBLICOS NACIONALES
NACION
PERSONAS JURIDICAS
PUBLICAS
NACIONALES QUE
ADMINISTREN
FONDOS PUBLICOS
EMPRESAS DE SERVICIOS
PUBLICOS DOMICILIARIOS
EMPRESAS SOCIALES DEL
ESTADO
ESTABLECIMIENTOS
PUBLICOS
13. EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
Es un instrumento que permite cumplir con los planes y programas de
desarrollo económico y social , conformado por el presupuesto de la
nación y el presupuesto de los establecimientos públicos del orden
nacional.
“Es la herramienta que le permite al sector público cumplir con la
producción de bienes y servicios públicos para satisfacción de las
necesidades de la población de conformidad con el rol asignado al
Estado en la economía y sociedad del país” (Asociación Internacional
de Presupuesto Público, ASIP)
14. OBJETIVOS
EQUILIBRIO
ENTRE INGRESOS
Y GASTOS
QUE PERMITA
LA SOSTENIBILIDAD
DE LAS FINANZAS
PÚBLICASASIGNACIÓN
DE RECURSOS
DE ACUERDO A
DISPONIBILIDADES
Y PRIORIDADES
UTILIZACIÓN
EFICIENTE
DE LOS RECURSOS
EN ELCONTEXTO
DE LA
TRANSPARENCIA
ESTATUTO ORGÁNICO DEL PRESUPUESTO
GENERAL DE LA NACIÓN
23. ARTICULO 6. SISTEMA PRESUPUESTAL:
ESTATUTO ORGÁNICO DEL PRESUPUESTO
Ley Orgánica que contiene las normas generales del presupuesto y el
sistema presupuestal que a su vez comprende
• Plan operativo anual de inversiones
• Plan financiero
• Presupuesto anual de la Nación
(Ley 38/89, artículo 3o., Ley 179/94, artículo 55, inciso 5o.).
24. El plan financiero. Es un instrumento de planificación y gestión
financiera del sector público, que tiene como base las operaciones
efectivas de las entidades cuyo efecto cambiario, monetario y
fiscal sea de tal magnitud que amerite incluirlas en el plan. Tomará
en consideración las previsiones de ingresos, gastos, déficit y su
financiación compatibles con el programa anual de caja y las
políticas cambiaria y monetaria (L. 38/89, art. 4º; L. 179/94, art. 55,
inc. 5º).
25. Considera la proyección de ingresos, gastos,
déficit y financiamiento compatibles con el
PAC y las políticas macroeconómicas.
Instrumento de planificación y
gestión financiera de mediano
plazo.
Incluye operaciones efectivas de entidades
con impacto fiscal, cambiario y monetario
relevante.
PLAN FINANCIERO
26. ARTÍCULO 8º
EL PLAN OPERATIVO
ANUAL DE INVERSIONES
El plan operativo anual de inversiones señalará los proyectos de
inversión clasificados por sectores, órganos y programas. Este plan
guardará concordancia con el plan nacional de inversiones. El
Departamento Nacional de Planeación preparará un informe regional y
departamental del presupuesto de inversión para discusión en las
comisiones económicas de Senado y Cámara de Representantes (L.
38/89, art. 5º; L. 179/94, art. 2º).
27. PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSION (POAI)
Según lo
establecido en
el Plan de
Inversiones del
Plan Nacional
de Desarrollo y
en el Plan
FinancieroSolo los proyectos incluidos
en el POAI pueden hacer
parte de la Ley de
Presupuesto General de la
Proyectos de
inversión
clasificados por
sectores, órganos
y programas
28. PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES
PLAN DE
DESARROLLO
OBJETIVOS
METAS
POAI
INSTRUMENTO DE GESTION QUE PERMITE
OPERACIONALIZAR LOS OBJETIVOS Y LAS
METAS DEL PLAN DE DESARROLLO.
TIENE POR OBJETO DETERMINAR LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS
DE INVERSION A EJECUTAR EN CADA AÑO Y QUE SON FINANCIABLES
CON LAS DISTINTAS FUENTES DE RECURSOS.
(DECRETO 2680/93)
ESTRATEGIAS
30. ARTÍCULO 9º.
Banco nacional de programas y proyectos. Es un conjunto de
actividades seleccionadas como viables, previamente evaluadas
social, técnica, económicamente y registradas y sistematizadas en
el Departamento Nacional de Planeación.
En el plazo de un año y a partir de la vigencia de la presente ley, el
Departamento Nacional de Planeación conjuntamente con el fondo
nacional de proyectos para el desarrollo, deberán reglamentar el
funcionamiento del banco nacional de programas y proyectos.
Los proyectos de inversión para el apoyo regional autorizados por la
ley formarán parte del banco nacional de programas y proyectos (L.
38/89, art. 32; L. 179/94, art. 55, inc. 12).
31.
32. ARTÍCULO 10.
EL PRESUPUESTO ANUAL
Ley Anual sobre el Presupuesto General de
la Nación es el instrumento para el
cumplimiento de los planes y programas de
desarrollo económico y social
(L. 38/89, art. 6º).
33. CLASIFICACION DE LOS INGRESOS
IMPUESTOS DIRECTOS
IMPUESTOS INDIRECTOS
CORRIENTES
CONTRIBUCIONES
PARAFISCALES
FONDOS
ESPECIALES
RECURSOS
DE CAPITAL
ESTABLECIMIENTOS
PUBLICOS
NO
TRIBUTARIOS
TRIBUTARIOS
MULTAS
TASAS
TRANSFERENCIAS
EXCEDENTES FINANCIEROS
RECURSOS DEL CREDITO
RENDIMIENTOSFINANCIEROS
DIFERENCIAL CAMBIARIO
DONACIONES
RECURSOS DEL BALANCE
1
2
3
4
5
34.
VENTA DE BIENES
VENTA DE SERVICIOSDISPONIBILIDAD
INICIAL
INGRESOS
CORRIENTES
RECURSOS
DE CAPITAL
APORTES
INGRESOS DE
EXPLOTACION
OTROS INGRESOS DE
EXPLOTACION
COMERCIALIZACION DE
MERCANCIAS
EXCEDENTES FINANCIEROS
RECURSOS DEL CREDITO
RENDIMIENTOSFINANCIEROS
DIFERENCIAL CAMBIARIO
DONACIONES
1
2
3
CLASIFICACION DE LOS INGRESOS
Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta
OTROS
INGRESOS
35. CLASIFICACION DE LOS GASTOS
AMORTIZACIÓN
INTERESES
FUNCIONAMIENTO
SERVICIO DE
LA DEUDA
INVERSION
GASTOS GENERALES
GASTOS DE PERSONAL
TRANSFERENCIAS
1
2
3
AMORTIZACIÓN
INTERESES
DEUDA EXTERNA
DEUDA INTERNA
36. CLASIFICACION DE LOS GASTOS
GASTOS DE
COMERCIALIZACION
GASTOS DE PRODUCCION
FUNCIONAMIENTO
GASTOS DE
OPERACIÓN
COMERCIAL
SERVICIO DE
LA DEUDA
INVERSION
DISPONIBILIDAD
FINAL
GASTOS GENERALES
GASTOS DE PERSONAL
TRANSFERENCIAS
1
2
3
4
5
Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta
37. ARTÍCULO 11. COMPONE DE LAS
SIGUIENTES PARTES:
El presupuesto de rentas contendrá la estimación de los ingresos
corrientes de la Nación; de las contribuciones parafiscales cuando
sean administradas por un órgano que haga parte del
presupuesto, de los fondos especiales, los recursos de capital y los
ingresos de los establecimientos públicos del orden nacional;
El presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Incluirá las
apropiaciones para la rama judicial, la rama legislativa, la Fiscalía
General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación,
38. La Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, la
Registradora Nacional del Estado Civil que incluye el Consejo Nacional
Electoral, los ministerios, los departamentos administrativos, los
establecimientos públicos y la Policía Nacional, distinguiendo entre gastos
de funcionamiento, servicio de la deuda pública y gastos de inversión,
clasificados y detallados en la forma que indiquen los reglamentos.
Disposiciones generales. Corresponde a las normas tendientes a
asegurar la correcta ejecución del presupuesto general de la Nación, las
cuales regirán únicamente para el año fiscal para el cual se expidan (L.
38/89, art. 7º; L. 179/94, arts. 3º, 16 y 71; L. 225/95, art. 1º).
39. Corrientes
Recursos
De Capital
Contribuciones
Parafiscales
Ingresos De Los
Establecimientos
Públicos
Fondo de recursos del
Superávit de la Nación
Funcionamiento
Servicio De
La Deuda
Inversión
Incluye excedentes de los Establecimientos
públicos y Utilidades de las Empresas
Unicamente las administradas
por el Estado
Ingresos Corrientes
Recursos de Capital
IngresosIngresos
GastosGastos
Gasto Social
Fondos Especiales
COMPOSICIÓN
DEL
PRESUPUESTO
43. DEL CONTROL
CONTROL
POLITICO
CONTROL
FISCAL
DEL SEGUIMIENTO
Y EVALUACION
SEGUIMIENTO
DEL PRESUPUESTO
SEGUIMIENTO
DEL PLAN
FINANCIERO
EVALUACION DEL
PLAN DE DESARROLLO
CONGRESO
CONTRALORIA
D.G.P.N.
CONFIS
D.N.P.
CONTROL
ADMINISTRATIVO
PROCURADURIA
DISPOSICIONES GENERALES
45. PRESUPUESTO DE EFECTIVO O PAC
INGRESOS
CORRIENTES
FONDOS
ESPECIALES
RECURSOS
DE CAPITAL
GASTOS DE
FUNCIONAMIENTO
SERVICIO
DEUDA
INVERSION DESEMBOLSOS
RECAUDOS
46. IMPORTANCIA DEL PAC
Sirve para pronosticar los recursos que estarán disponibles cada mes para atender
los pagos de la entidad .
Permite identificar anticipadamente los déficits temporales y permanentes, para tomar
oportunamente decisiones de financiación.
Permite identificar anticipadamente los periodos de liquidez, para tomar
oportunamente decisiones sobre la utilización de los excedentes.
Es un instrumento para ejercer un mayor control sobre las operaciones realizadas.
Mejora el sistema de información financiera de la entidad.
Fortalece el proceso de planeación financiera de la entidad.
Propicia una mayor participación al interior de la entidad en la programación del gasto.
49. DETERMINAR
METAS
FINANCIERAS
1. EL CONFIS DETERMINA LAS
METAS FINANCIERAS
PROCESO DE ELABORACION DEL PAC
PAC DE
RECAUDOS
ASIGNAR
METAS
DE PAGO
2. LA DIRECCIÓN DEL
TESORO ASIGNA METAS
MENSUALIZADAS DE
PAGO PARA CADA UNIDAD
META DE
PAGOS
ELABORAR
PAC DE PAGOS
POR UNIDAD
3. CADA UNIDAD PREPARA
SU PAC DE PAGOSCON BASE
EN LA META ASIGNADA
CONSOLIDAR
PAC
PAC DE
PAGOS
POR UNIDAD
4. LA DIRECCIÓN DEL
TESORO CONSOLIDA EL
PAC DE PAGOS
PAC DE
PAGOS
CONSOLIDAD
5 EL CONFIS APRUEBA EL PAC
APROBAR
PAC
PAC
APROBADO
51. CUENTAS POR PAGAR Y RESERVAS
APROPIACIÓNAPROPIACIÓN AUTORIZACIÓN
MÁXIMA DE
GASTOS
AUTORIZACIÓN
MÁXIMA DE
GASTOS
COMPROMISOSCOMPROMISOS
SE
CONSTITUYEN
RESERVAS
PRESUPUESTALES
ANTES DE
ENERO 31
SE
CONSTITUYEN
RESERVAS
PRESUPUESTALES
ANTES DE
ENERO 31
SE PAGAN
CON CARGO
AL PAC DE
RESERVAS
SE PAGAN
CON CARGO
AL PAC DE
RESERVAS
PACPAC
AUTORIZACIÓN
MÁXIMA DE
PAGOS
AUTORIZACIÓN
MÁXIMA DE
PAGOS
OBLIGACIONES
POR PAGAR
OBLIGACIONES
POR PAGAR
SE
CONSTITUYEN
CUENTAS POR
PAGAR ANTES
DE ENERO 10
SE
CONSTITUYEN
CUENTAS POR
PAGAR ANTES
DE ENERO 10
SE PAGAN
CON CARGO
AL PAC DE
CUENTAS POR
PAGAR
SE PAGAN
CON CARGO
AL PAC DE
CUENTAS POR
PAGAR
EN
DICIEMBRE
31
EXPIRAN
EN
DICIEMBRE
31
EXPIRAN
52. TRANSICIÓN PRESUPUESTAL
APROPIACIÓN
AUTORIZACIÓN
MÁXIMA DE
GASTOS
CUYOS BIENES
O SERVICIOS
SE RECIBEN EN
LA
VIGENCIA.
OBLIGACIONES
NO EXIGIBLES:
SIN RECIBO DE
BIENES O SERVICIOS
POR FUERZA MAYOR
O GASTOS
NO PERFECCIONADOS
EJECUCIÓN EXTENSIVA
DEL PRESUPUESTO
AFECTAN
APROPIACIONES DE
LA NUEVA VIGENCIA
PAC AUTORIZACIÓN
MÁXIMA DE
PAGOS
OBLIGACIONES
EXIGIBLES:
CON RECIBO DE
BIENES O SERVICIOS
SE CONSTITUYEN
CUENTAS POR PAGAR
QUE SE INCLUYEN
COMO TALES EN EL
NUEVO PRESUPUESTO.
SE LES DEBE DAR
PRIORIDAD EN EL PAC
EN DICIEMBRE
31
EXPIRAN
EJECUCIÓN
NO EJECUCIÓN
SI NO:
AUTORIZACIÓN
DE VIGENCIAS
FUTURAS
VIGENCIA ACTUAL CIERRE NUEVA VIGENCIA
53. AUTORIZAR U ORDENAR LA UTILIZACION
INDEBIDA, O UTILIZAR INDEBIDAMENTE
RENTAS QUE TIENEN DESTINACION
ESPECIFICA
ASUMIR COMPROMISOS SOBRE
APROPIACIONES PRESUPUESTALES
INEXISTENTES O EN EXCESO DE SALDO
DISPONIBLE DE APROPIACIÓN O QUE
AFECTEN VIGENCIAS FUTURAS, SIN
CONTAR CON LAS AUTORIZACIONES
PERTINENTES.
ORDENAR O EFECTUAR EL PAGO DE
OBLIGACIONES EN EXCESO DE PAGO
DISPONIBLE EN EL PROGRAMA ANUAL
MENSUALIZADO DE CAJA (PAC)
FALTAS GRAVÍSIMAS EN EL MANEJO PRESUPUESTAL
LEY 734 DEL 2002 ARTÍCULO 48
DESVÍO DE
RECURSOS
DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTAL
VIGENCIAS
FUTURAS
PAC
54. NO ADOPTAR LAS ACCIONES ESTABLECIDAS EN
EL ESTATUTO ORGÁNICO DEL PRESUPUESTO
CUANDO LAS APROPIACIONES DEL GASTO SEAN
SUPERIORES AL RECAUDO EFECTIVO DE LOS
INGRESOS
NO INCLUIR EN EL PRESUPUESTO LAS
APROPIACIONES NECESARIAS Y SUFICIENTES,
CUANDO EXISTA LA POSIBILIDAD, PARA CUBRIR
EL DEFICIT FISCAL, SERVIR LA DEUDA PUBLICA Y
ATENDER DEBIDAMENTE EL PAGO DE
SENTENCIAS, CRÉDITOS JUDICIALMENTE
RECONOCIDOS, LAUDOS ARBITRALES,
CONCILIACIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS
DOMICILIARIOS
NO LLEVAR EN DEBIDA FORMA LOS LIBROS DE
REGISTRO DE LA EJECUCION PRESUPUESTAL DE
INGRESOS Y GASTOS NI LOS DE CONTABILIDAD
FINANCIERA.
FALTAS GRAVÍSIMAS EN EL MANEJO PRESUPUESTAL
PREVENCIÓN DEL
DÉFICIT
APROPIACIONES
OBLIGATORIAS
LIBROS DE
PRESUPUESTO Y
CONTABILIDAD
55. EFECTUAR INVERSION DE RECURSOS PÚBLICOS EN CONDICIONES
QUE NO GARANTICEN, NECESARIAMENTE Y EN ORDEN DE
PRECEDENCIA, LIQUIDEZ, SEGURIDAD Y RENTABILIDAD DEL
MERCADO .
FALTAS GRAVÍSIMAS EN LA EJECUCION
PRESUPUESTAL
LEY 734 DEL 2002 ARTÍCULO 48
NO EFECTUAR OPORTUNAMENTE E INJUSTIFICADAMENTELOS
DESCUENTOS O NO REALIZAR OPORTUNAMENTE LOS PAGOS POR
CONCEPTO DE APORTES PATRONALES O DEL SERVIDOR PÚBLICO
PARA PENSIONES, SALUD Y RIESGOS PROFESIONALES, O,
RESPECTO A LAS CESANTÍAS NO HACERLO EN EL PLAZO LEGAL
SEÑALADO
NO PRESUPUESTAR NI EFECTUAR OPORTUNAMENTE EL PAGO POR
CONCEPTO DE APORTES PARAFISCALES.
Notas del editor
NO., DE ENTIDADES
CONTRATACION: ART 110 EOP OJO MIRARLO CON FDO
SOLO NACION
EN ALGUNOS CASOS EXCEPCIONALES TIENEN INGRESOS TRIBUTARIOS (EJ. COLDEPORTES). NO LO RECIBEN DIRECTAMENTE SINO COMO TRANSFERENCIAS DE LA NACION (COLDEPORTES SI)