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Aprueban Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana 2016-2020

Establece orientaciones básicas para implementar políticas públicas que garanticen su inclusión social

ANDINA/archivo

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11:00 | Lima, jul. 15.

El Ejecutivo aprobó el Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana 2016-2020, documento que tiene como objetivo establecer las orientaciones básicas para la implementación de políticas públicas para la población afroperuana, que guíen la acción del Estado para contribuir a su desarrollo integral e inclusión social.

Mediante un Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que este plan consta de cuatro objetivos estratégicos: garantizar la visibilidad estadística en el sistema estadístico nacional de la población afroperuana, respetando su derecho a la identidad étnica; así como garantizar el derecho a la igualdad y no discriminación de la población afroperuana.

Asimismo, promover el desarrollo social, político, económico, productivo y cultural de la población afroperuana con identidad e igualdad de oportunidades; y también fortalecer la institucionalidad pública vinculada a la promoción y protección de los derechos de la población afroperuana promoviendo la ciudadanía, su participación y acceso a las instancias de decisión.

La norma dispone que los Ministerios, las entidades públicas, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales adopten, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para la implementación de forma progresiva del “Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana 2016-2020”, y velen por su cumplimiento.

Se encarga al Ministerio de Cultura la supervisión y monitoreo del cumplimiento del “Plan Nacional de Desarrollo para la Población Afroperuana 2016-2020”, a través del Viceministerio de Interculturalidad.

Los gastos que demande la aplicación de la presente norma se ejecutan con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, precisa el dispositivo legal

El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, y es refrendado por los ministros de Relaciones Exteriores, Ana María Sánchez de Ríos; de Justicia y Derechos Humanos, Aldo Vásquez Ríos; de Educación, Jaime Saavedra Chanduví; de Salud, Aníbal Velásquez Valdivia; de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate Romero; de Comercio Exterior y Turismo, Magali Silva Velarde-Álvarez; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Marcela Huaita Alegre;  y de Cultura, Diana Álvarez-Calderón Gallo.

(FIN) LZD/


Publicado: 15/7/2016